DIRECTIVA N MPCH/A DIRECTIVA "ELABORACION, REVISION, APROBACION Y PAGO DE VALORIZACIONES DE CONTRATOS DE OBRA".

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Transcripción:

ti r MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAY0 DIRECTIVA N 13-2016-MPCH/A DIRECTIVA "ELABORACION, REVISION, APROBACION Y PAGO DE VALORIZACIONES DE CONTRATOS DE OBRA". I. OBJETIVO. Establecer los procedimientos orientados al adecuado control previo de las solicitudes de pago de adelanto(s) y valorizaciones de obras, a cargo de Gerencia de Infraestructura Publica. II. III. IV. FINALIDAD Contar con un instrumento tecnico normativo que oriente o determine resporisabilidades en los pagos de adelanto(s) y valorizaciones de obras, tramitados por Gerencia de Infraestructura Publica. ALCANCE. La presente Directiva es de aplicacion para la Gerencia de Infraestructura PUblica, Gerencia de Administracion y Fianzas, Sub Gerencia de Contabilidad, Sub Gerencia de Tesoreria y dermas instancias que intervienen en los pagos de adelanto(s) y valorizaciones. BASE LEGAL. a. Ley N 28112 - Ley Marco de la Administracion Financiera del Sector Publico. b. Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General c. Ley N 27658, Ley Marco de la Modernizacion de la Gestion del Estado. d. Ley N 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion e. Ley N 27972 Ley Organica de Municipalidades. f. Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. g. Ley N 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Alio Fiscal 2016. h. Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria N 28693 y D.S. N 035-2012-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria i. Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros N 26702. j. Ley N 30225 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento Decreto Supremo N 350-2015-EF k. Resolucion Directoral N 002-2007-EF/77.15 - Que Aprueba la Directiva de Tesoreria N 001-2007-EF/77.15, y sus modificatorias aprobada con ResoluciOn Directoral N 001-2011-EF/77.15. 1. Instructivo N 001 "Documentos y Libros Contables, aprobada mediante Resolucion de Contaduria N 067-97/EF/93.01. m. Directiva de Tesoreria N 001-2007-EF/77.15. n. Ordenanza Municipal N 008 2015-MPCH, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Chiclayo. 1

V. DISPOSICIONES GENERALES. 5.1. Para el pago de adelanto(s) (Directo y para materiales) y valorizaciones, la Gerencia de Infraestructura Publica, gestionard los pagos respectivos, ante la Gerencia de AdministraciOn y Finanzas, los cuales previamente deben ser solicitados por el contratista e inspector supervisor de obra, segun corresponda, dentro de los plazos preceptuados en el contrato o Reglamento de Contrataciones del Estado. 5.2. El control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones solo garantiza que se cumplan con requisitos documentarios, al momento de la presentacion de las solicitudes de los citados pagos. 5.3. El control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones, efectuado por Gerencia de Infraestrtictura Publica, es parte de la gestion administrativa de la entidad y comprende la revision de la documentacion sustentatoria de las operaciones financieras. 5.4. El control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones en la fase compromiso y devengado, sera realizado por la Sub Gerencia de Contabilidad, quien llevara el registro auxiliar de la afectacion de las obras. 5.5. La Sub Gerencia de Tesoreria, debera contrastar el pago de adelanto(s) y valorizaciones, presentadas por la Gerencia de Infraestructura Publica, con el Anexo N 01 - Control de Pagos y Valorizaciones por Avance de Obras, que se adjunta. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS. VI.1. De los Responsables de la Documentacion. VI.1.1. Gerencia de Infraestructura PUblica, es responsable de verificar, tramitar y dar conformidad a la solicitud de pago de: valorizaciones de obra, adelantos, valorizaciones de adicionales de obra, valorizaciones por mayores gastos generales asi como verificar la vigencia de las polizas de seguros y constancia de no adeudos. VI.1.2. La Sub Gerencia de Contabilidad, es responsable de revisar la documentacion, relacionada con los pagos mencionados, de acuerdo a los procedimientos contemplados en la presente Directiva. VI.1.3. Los pagos por conceptos serialados en el literal a) deberan efectuarse dentro de los plazos preceptuados en el Reglamento de Contrataciones del Estado, a fin de evitar el pago de intereses, bajo responsabilidad de las Sub Gerencias responsables de los tramites respectivos. VI.2. De la Documentacion Sustentatoria y Procedimientos. VI.2.1. La solicitud de pago de valorizaciones (ejecucion de obra o ejecuci6n de adicionales), debe estar acompariada de: VI.2.1.1. Copia fedateada, de la garantia de fiel cumplimento (10% del monto contratado). Los medios de garantia a utilizarse seran las cartas fianza, las mismas que deberan ser emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ambito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administraci6n de Fondo de Pensiones. VI.2.1.2. Valorizaciones original firmada por: represente legal del contratista, ingeniero residente e inspector o supervisor, segnn corresponda. VI.2.1.3. Factura. 2

VI.2.1'.4. Copia fedateada del Contrato de Ejecucion de Obra. En el caso de solicitud de pago de adelantos, estos deben estar acompanado de: Copia fedateada, de la garantia correspondiente por identico monto. Los medios de garantia a utilizarse seran las cartas fianzas, las mismas que deberan ser emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ambito de la Superintendencia de Banca, Seguros y AdministraciOn de Fondo de Pensiones. Copia fedateada, del Contrato de Ejecucion de Obra. VI.2.1.5. La valorizacion de avance de obra, debe estar acompariada de un Informe Tecnico-Financiero del Inspector o Supervisor, segun corresponda, el cual contendra un item relacionado con el control financiero de la obra (mensuales y acumulados), relacionado con avance de ejecucion de obra, amortizacion de adelantos (Directo y de materiales), avance de ejecucion de adicionales, mayores gastos generales, reajustes, retencion de fondo de garantia (de ser el caso) y retencion de IGV (de corresponder). VI.2.1.6. El Sub Gerente de Estudios y Proyectos, revisard la valorizacion de avance de obra y, de encontrarla conforme remitird la misma, mediante informe a la Gerencia de Infraestructura VI.2.1.7. El Gerente de Infraestructura Publica, revisard la documentacion indicada en el literal precedente y, de hallarla conforme, solicitard el pago correspondiente, remitiendola a la Gerencia de Administracion y Finanzas, adjuntando copia simple de la Certificaci6n de Credit() Presupuestal. El expediente remitido constara de un (01) original y tres (03) copias fedateadas. VI.2.1.8. El requerimiento de pago debe ser suscrito por el Gerente de Infraestructura VI.2.1.9. La Gerencia de Administracion y Finanzas, recepciona la valorizacion y la remite a la Sub Gerencia de Contabilidad, la cual verificard si existe la autorizacion de Certificacion de Credit Presupuestal y saldos, asi mismo afectard y formulary la correspondiente obligacion presupuestaria mediante SIAF-SP. VI.2.1.10. La Sub Gerencia de Tesoreria, recepcionard copia de la obligacion presupuestaria, dispondra la elaboracion del comprobante de pago y el cheque respectivo, revisa la documentacion y firma en el lugar correspondiente. VI.2.1.11. La Gerencia de Administracion y Finanzas, revisa la conformidad de toda la documentacion, de encontrarla conforme, firma el cheque y autoriza el comprobante de pago. VI.2.1.12. La Sub Gerencia de Tesoreria, recepciona la documentacion y efectua la distribucion de las copias; hace entrega de cheque al contratista o procede a la retencion, si es que tiene la autorizacion respectiva. Una vez pagado, efectua el archivo de la documentacion, y remite, a la brevedad posible los comprobantes de pago, a la Gerencia de Infraestructura PCiblica, a efectos de su use en la liquidacion tecnico financiera de obras. VI.2.1.13. El contratista con sus respectivos documentos de identidad se presenta en e la Sub Gerencia de Tesoreria, para solicitar la entrega del cheque respectivo, luego hace efectivo su cheque en el banco que corresponda. VI.2.1.14. En caso de adicionales o reducciones, el contratista aumentard o reducird de forma proporcional las garantias que hubiere otorgado, a la entidad, respectivamente. 3I

VI.2.1.15. Las ampliaciones de plazos, adicionales de obra, mayores gastos generales, seran aprobados mediante Resolucion de Alcaldia, suscrita por el titular de la entidad. VII. DISPOSICIONES FINALES. La Gerencia de Infraestructura Publica, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Contabilidad, Sub Gerencia de Tesoreria del Municipalidad Provincial de Chiclayo., y las demas instancias que intervengan en tramites destinados pagos de: valorizaciones de obra, adelantos, valorizaciones de adicionales de obra, valorizaciones por mayores gastos generales; deberan efectuarlos dentro de los plazos preceptuados en el Reglamento de Contrataciones del Estado, bajo la responsabilidad, a fin de evitar el perjuicio economico a la entidad, debido a los intereses legales a los que tendria derecho el contratista, de conformidad con la Ley de Contrataciones del estado y su Reglamento; y los articulos 1244, 1245 y 1246 del Codigo Civil. La Gerencia de Administracion y Finanzas a troves de la Sub Gerencia de Contabilidad del Municipalidad Provincial de Chiclayo, es responsable del control previo de la documentacion y verificar la certificacion presupuestaria para la afectaci6n e ingreso al SIAF-SP, hasta la fase del devengado de acuerdo a los documentos presentados por la Gerencia de Infraestructura Las instancias que forman parte en la tramitacion de los adelantos y valorizaciones de obra realizados por Gerencia de Infraestructura Publica, asumiran las responsabilidades administrativas, civiles y penales, en caso de acciones dolosas. 4 I

ANEXO N. 01 CONTROL DE PAGOS Y VALORIZACIONES POR AVANCE DE OKRA OBRA: RAZON SOCIAL REPRESENTANTE LEGAL GIRAR A NOMBRE DE. MONTO BRUTO PAGADO. AMORTIZAC ON DIRECTO EXPEDIENTE TECNICO. AMOR TIZAC ON DIRECTO EJECUCION DE OBRA: EXPEDIENTE TECNICO Si EJECUCION DE OBRA : CONTRATO. IMPORTE CONTRATO. FECHA OE CONTRATO' FECMA COMP. PAGO CONCEPTO MONTO BRUTO DIRECTO PENALIDAD FIEL CuMPUMIENTO DESCUENTOS IMPTO. RENTA 6% AMORTIZACION POR: DIRECTO MATERIALES IMPORTE NETO PAGADO S1AF N. in FTO. 06SERVACIONES 4 ',. 4, -it ' 2 I