FONDO DE EMPLEADOS DE CARACOL TELEVISION ACUERDO JUNTA DIRECTIVA N 010

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Transcripción:

FONDO DE EMPLEADOS DE CARACOL TELEVISION ACUERDO JUNTA DIRECTIVA N 010 Por medio del cual se aprueba el Reglamento del Comité de Bienestar, Integración y Deportes del Fondo de Empleados de Caracol FODEMCA La Junta Directiva, en uso de las atribuciones que le confieren los Estatutos, articulo 76º literal c y h). CONSIDERANDO a. Que la Asamblea General ordinaria de asociados celebrada el 27 de marzo de 1999 creó el fondo de Bienestar, integración y Deportes para la organización y desarrollo de actividades de bienestar, sociales, culturales y recreativas. b. Que la Junta Directiva es el organismo de dirección y administración responsable de la ejecución de políticas y directrices de la Asamblea General, por lo tanto debe organizar los comités de funcionamiento. c. Que de acuerdo con el Estatuto Artículo 76º literal l), es deber de la Junta Directiva organizar actividades de bienestar, recreación, integración y deportes entre sus asociados y su núcleo familiar. d. Que es necesario y conveniente redactar las normas y procedimientos para el buen funcionamiento del Comité de Bienestar, Integración y Deportes y facilitar el cumplimiento de sus funciones dentro de las políticas determinadas por la Junta Directiva. e. Que de conformidad con el Artículo 83º en su parágrafo, la Junta Directiva tiene la facultad de organizar los Comités, reglamentar sus funciones, designar sus miembros y establecer las sanciones por el incumplimiento de sus funciones y el procedimiento de elaboración de las actas. f. Que el articulo 57º en su Parágrafo determina que el remanente se podrá aplicar, en todo o en parte, para crear o incrementar fondos permanentes o agotables con los cuales FODEMCA desarrolle labores de salud, educación, bienestar, previsión y solidaridad en beneficio de los asociados y sus familiares, en la forma que disponga la Asamblea General. ACUERDA CAPITULO I DEFINICION, OBJETIVOS Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITE

Articulo 1 Definición, El Comité de Bienestar, Integración y Deportes del Fondo de Empleados de Caracol Televisión y Empresas Asociadas es el organismo encargado de coordinar las actividades de Bienestar, recreación, deporte y entretenimiento, así como propender por una optimas relaciones internas, conservando el reciproco respeto y acrecentando la armoniosa cooperación entre Caracol Televisión y sus empresas asociadas, con todos sus empleados y asociados por medio de actividades que fomenten el bienestar, integración y calidad de vida que implemente el Fondo de Empleados. Articulo 2 Objetivo del Reglamento: El presente documento establece las políticas, origen y manejo de los recursos orientados a las actividades de bienestar, sociales, culturales, deportivas y de integración y los requisitos de participación en el desarrollo de las mismas. Articulo 3 Conformación. El Comité estará integrado como mínimo por cinco (5) miembros designados por Junta Directiva para un termino de un (1) año y podrán ser removidos libremente a juicio de la misma. Parágrafo. El coordinador del Comité deberá ser el delegado por la Junta Directiva, los restantes pueden pertenecer a otros órganos administrativos, pero en todo caso deben ser asociados del Fondo de Empleados. Articulo 4 Para conformar el Comité, sus integrantes deben cumplir con los siguientes requisitos: a. Ser persona legalmente capaz. b. Estar vinculado a FODEMCA durante el tiempo mínimo de tres (3) meses. c. Asumir el compromiso, responsabilidad, interés y disponibilidad para el cumplimiento de sus deberes. Articulo 5 El quórum mínimo para sesionar y adoptar decisiones validas estará conformado por la mitad más uno de sus integrantes, cuando el Comité sesione con este quórum mínimo las decisiones deberán adoptarse por unanimidad. Articulo 6 Reuniones. El Comité de bienestar, integración y deportes se reunirá ordinariamente una vez al mes previa convocatoria por parte del Coordinador o dos de los integrantes del comité o por solicitud de la gerencia o el presidente de la Junta Directiva. Parágrafo 1º. El Gerente tendrá el derecho de asistir a las reuniones con voz pero sin derecho a voto y conjuntamente con los integrantes del Comité organizarán y desarrollarán las diferentes actividades sociales, culturales, de integración y deportivas. Parágrafo 2º. Las reuniones extraordinarias se realizarán en cualquier momento de acuerdo con las necesidades o imprevistos previa convocatoria por parte del Coordinador, la Gerencia, el Presidente de la Junta Directiva, el Comité de Control Social o el Revisor Fiscal.

Parágrafo 3º. Las visitas que se deban realizar para ubicar y conocer los clubes, campos deportivos o sitios de realización de espectáculos y demás sitios culturales, recreativos y deportivos, se hará por la Gerencia en asocio del coordinador del Comité o con quien este delegue. Articulo 7 De todas las actividades del Comité se levantará acta la cual estará a cargo del Secretario del Comité, cuyo libro reposará en las oficinas de FODEMCA junto con las cotizaciones y demás documentos de las actividades. Articulo 8 Periódicamente y según calendario aprobado se divulgaran las actividades programadas por el Comité. El asociado que desee colaborar en las actividades programadas informara a la Gerencia y al Coordinador del Comité. Articulo 9 Funciones del Comité de Bienestar, Integración y Deportes 1. Elaborar su propio reglamento para ser aprobado por la Junta Directiva. 2. Colaborar con el desarrollo de las actividades de bienestar, integración y deportes. 3. Analizar los requerimientos de los Asociados relacionados con las actividades de bienestar, integración y deportes. 4. Elaborar junto con la Gerencia el plan de las actividades de Bienestar, integración y deportes anual con su correspondiente presupuesto de inversión para someterlo a la aprobación de la Junta Directiva. 5. Colaborar con la Gerencia del Fondo en la elaboración del presupuesto de ingresos y egresos del comité, que se presentará a la Junta Directiva para su aprobación. 6. Informar a la Junta Directiva sobre las actividades realizadas durante la gestión. 7. Propiciar el contacto con organismos especializados y con experiencia en la gestión recreativa, deportiva y de entretenimiento, buscando los mejores resultados sociales y económicos. 8. Elevar de forma continua y permanente el nivel de integración y bienestar de los asociados y su núcleo familiar. 9. Convocar a las actividades de integración y deportes al personal vinculado a Caracol Televisión o empresas asociadas. 10. Planear, organizar y coordinar junto con la gerencia todo lo relacionado con las actividades de bienestar, integración, cultura, recreación y deportes. 11. Las demás que la Junta Directiva le encomiende y que tengan relación con las actividades de bienestar. Artículo 10º Estructura de Funcionamiento: El Comité estará contará con un Coordinador y un secretario.

FUNCIONES DEL COORDINADOR 1. Hacer cumplir el reglamento y coordinar junto con la Gerencia las actividades de bienestar, integración, recreación, deportes y entretenimiento en su conjunto. 2. Informar en forma mensual y por escrito, a la Junta Directiva, sobre el desarrollo del programa anual de actividades. 3. Verificar junto con la gerencia la ejecución y control del presupuesto asignado al Comité conforme a los recursos asignados por la Junta Directiva o la Asamblea General. 4. Firmar las actas. FUNCIONES DEL SECRETARIO 1. Llevar el respectivo libro de actas de las reuniones realizadas. 2. Validar con su firma cada acta. 3. Citar a los integrantes del Comité a sus reuniones ordinarias y extraordinarias junto con el Coordinador. Articulo 11 El Comité rendirá informes mensuales por escrito ante la Junta Directiva sobre la marcha de los asuntos a su cargo y presentara sus proyectos o modificaciones sobre el reglamento cuando lo considere necesario. CAPITULO II RECURSOS Y APROPIACIONES Articulo 12º Recursos. El presupuesto anual del Comité de Bienestar estará conformado por las apropiaciones que asigne la Asamblea de los excedentes y con cargo al presupuesto de gastos de la vigencia anual. Parágrafo: El proyecto del presupuesto de actividades de bienestar, integración, recreación y deportes deberá presentarse a consideración de la Junta Directiva y deberá contener: 1. Monto total aproximado y número de actividades y eventos a desarrollar, descripción de la actividad, numero aproximado de asociados que se beneficiarán de cada actividad, mes de realización, y medios de divulgación. 2. Se debe informar si alguna de las actividades aprobadas por la Junta Directiva es financiada en todo o en parte a los asociados o sus beneficiarios, se deberá detallar la proyección de ingresos. 3. Si la actividad genera algunos excedentes, estos se destinaran a fortalecer el presupuesto del Comité de bienestar, recreación y deportes.

4. Se tomara como ingreso los valores recibidos a titulo de donación, patrocinio o partida con destinación especifica al fondo de bienestar. 5. Los demás recursos que la Junta Directiva estime conveniente, producto de multas o sanciones. 6. El comité podrá modificar las actividades a realizar teniendo en cuenta el presupuesto previa autorización de la Junta Directiva. Articulo 13º Faltas y Sanciones. a. El asociado que participe en las actividades programadas por el Comité, ya sean estas patrocinadas en su totalidad o en parte por FODEMCA, debe conservar el debido respeto, armonía y disciplina tanto con sus compañeros, los invitados, directivos o funcionarios de Caracol TV. b. Ejercer la critica en forma responsable, constructiva, seria y respetuosa y presentar ante el Comité, cualquier iniciativa o proyecto que tenga por objeto el mejoramiento de las actividades sociales. c. El asociado que no cumpla con el compromiso adquirido y falte a la disciplina, no participara en las siguientes actividades y le será deducido el valor proporcional que FODEMCA, invirtió en el evento desarrollado. d. El integrante del Comité que faltare a dos reuniones continuas o a tres discontinuas sin justa causa será considerado dimitente por consiguiente será removido. El Coordinar del Comité informara a la Junta Directiva y presentara su reemplazo para el respectivo nombramiento. e. Se consideraran como falta grave el uso indebido del presupuesto y violación a los objetivos del Comité. CAPITULO III ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR PARTE DEL COMITÉ ARTICULO 14º El comité, previa aprobación de la Junta Directiva y Asamblea General, desarrollará las siguientes: 1. El Comité organizará eventos sociales que propendan por el bienestar, la cultura, la recreación, el deporte, la previsión y seguridad social para el mejoramiento de la calidad de vida de los asociados.

2. El comité desarrollará programas sociales, podrá entregar obsequios, detalles y realizará actividades de integración, que mantengan la fidelidad de los asociados hacia FODEMCA. 3. El Comité organizará las actividades de integración como celebraciones conmemorativas, actividades deportivas y culturales y podrá premiar la fidelidad de los asociados. 4. Desarrollará torneos deportivos dirigidos a los asociados, la familia y los empleados de Caracol Televisión y demás empresas asociadas. CAPITULO IV DISPOSICISIONES FINALES. Articulo 15 Un asociado no podrá participar en dos actividades consecutivas que estén financiadas totalmente por FODEMCA. Comuníquese y cúmplase. El presente reglamento del Comité de Bienestar, Integración y Deportes fue aprobado por la Junta Directiva en sesión del día 17 de Diciembre de 2010. LUIS ELIAS LLANO ALZATE Presidente Junta Directiva OCTAVIO ROJAS CAMARGO Secretario Junta Directiva