LA ACOTACIÓN DE LOS MONTES EN ASTURIAS

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Transcripción:

LA ACOTACIÓN DE LOS MONTES EN ASTURIAS INTRODUCCIÓN Acotar (RAE): Reservar el uso y aprovechamiento de un terreno manifestándolo por medio de cotos puestos en sus lindes, o de otra manera legal. También, reservar, prohibir o limitar o por supuesto, delimitar el ámbito o espacio de algo. Según la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal de Asturias y más concretamente lo prescrito en el artículo 66 de la misma, tenemos que para los montes incendiados: La Consejería competente en materia forestal, acotará al pastoreo los montes incendiados por un plazo mínimo de un año y máximo igual al necesario para la recuperación de las especies afectadas o para su restitución a la situación anterior al incendio. Para evitar el pastoreo, no será necesario proceder al cercado de las zonas quemadas, correspondiendo al propietario de las reses velar para que éstas no invadan la zona acotada. La Consejería competente en materia forestal podrá levantar total o parcialmente los acotamientos en función de las características de la vegetación afectada. ANTECEDENTES Queremos en primer lugar con este escrito, tanto desde la Asociación de Mujeres Campesinas de Asturias (AMCA) y Cooperativas Agro-alimentarias de Asturias, reiterar nuestro apoyo y hacer nuestro el total del escrito titulado La acotación de montes, realizado por el sindicato agrario UCA-UPA Asturias en fechas recientes y presentado ante el Principado de Asturias así como ante los principales medios de comunicación de la Región. Queremos destacar de este escrito lo siguiente: La ley prohíbe el cambio de uso forestal, sin embargo en los acotamientos, una mayoría del terreno lleva la calificación SIGPAC, de terreno agrario (PR o PA). El acotamiento se publica (tiene efecto), más de 6 meses después del incendio y durante un año contado no desde el momento del incendio, si no desde el

momento de la publicación oficial de este acotamiento, es decir, en los momentos inmediatos al incendio no hay prohibiciones de uso ganadero que, paradójicamente, sí se prohíben un tiempo después cuando ya no hay riesgos de degeneración en cuanto que la vegetación ya se ha regenerado y desarrollado. Se acota todo el terreno, es decir, tanto el arbolado como el arbustivo; En definitiva, tanto el terreno agrario como el forestal según la calificación SIGPAC. El acotamiento hace una interpretación tergiversada de la ley y persigue un castigo a los ganaderos, juzgados y condenados directamente como culpables de los incendios. Solo tiene sentido el acotamiento de las zonas quemadas mientras sea necesario proteger los rebrotes de la vegetación herbácea o para el caso de zonas arboladas. Cabe una interpretación más amplia y correcta a los objetivos de la Ley, por ejemplo, entender que la excepción c) Una directriz de política agroforestal que contemple el uso agrario o ganadero extensivo de montes no arbolados en estado de abandono. está claramente prevista en el Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias 2014/20 (y similar en el anterior PDR 2007/2014) en la definición de las medidas de pastoreo racional en pastos comunales (medida de agroambiente y clima). Véase los fundamentos de intervención de esa medida en el PDR y dígase si no es específica para las situaciones de montes no arbolados en estado de abandono. Si esta excepción es válida para sortear la restricción al cambio de uso en 30 años, más válida será para una simple restricción de aprovechamientos perjudiciales al mínimo tiempo en que el pastoreo con ganado pueda perjudicar el substrato herbáceo o de pequeños arbustos. Se pretende sin embargo con el presente, aportar otras posturas que sirvan de apoyo a la idea clara e inequívoca de la sinrazón que acompaña al acotado de montes según se está aplicando en la actualidad. Queremos centrarnos y desarrollar entonces tres apartados que, o bien no han sido contemplados en el estudio de UCA-UPA, o bien su participación ha sido a nuestro criterio de poca relevancia. Estos aspectos serán: 1. El riesgo y la intensidad de los incendios. 2. Evolución de la SAU en Asturias. 3. Superficie admisible a efectos de ayudas PAC. RIESGO E INTENSIDAD Desde el Principado, se está trabajando la redacción de un texto que, bien como desarrollo del reglamento de la Ley o bien como una normativa específica, regule

todos los aspectos generales y las actuaciones concretas relacionadas con la prevención y disminución del riesgo e intensidad de los incendios forestales. Se podría para este aspecto, tener presente el estudio titulado Riesgos Naturales en Asturias, realizado por el Principado de Asturias junto con el Indurot y la Universidad de Oviedo en el año 2003. Del apartado 8 del citado estudio, Los incendios Forestales, debemos extraer las siguientes conclusiones y valoraciones:.- El total de hectáreas quemadas en el periodo 1988-1999 asciende a 147.352. En cuanto al tipo de vegetación quemada, el 84% de los incendios correspondieron a unidades con principal dominio de matorral, un 7% a bosques, un 8% a pastizales, y un 1% a restos vegetales. Por qué entonces, favorecemos el matorral prohibiendo el acotado de pastizales?.- La vegetación representa el único combustible disponible en un incendio forestal, excluyendo los incendios de cualquier tipo de infraestructura humana. Clasificando la vegetación en función de su combustibilidad tenemos: Clase 0 o Unidades asignadas: áreas urbanas, mar, embalses, cursos de agua. o Descripción: unidades del territorio que quedan fuera del presente análisis, sin combustible vegetal, o sujetos a otros estudios. Corresponden a unidades de tipo urbano o masas de agua. Clase 1 o Unidades asignadas: vegetación de marismas, charcas, lagunas, playas y dunas. Vegetación rupícola, praderas, cultivos, turberas. o Descripción: vegetación con muy poca facilidad para arder, y una inflamabilidad mínima. Clase 2 o Unidades asignadas: hayedos, bosques mixtos de frondosas, alisedas, saucedas, choperas, fresnedas, pastos. o Descripción: vegetación con muy poca facilidad para arder y baja inflamabilidad. Clase 3 o Unidades asignadas: bosques no maduros, prebosques, castañedas, tejedales, rebollares no arbustivos, abedulares, acebedas, espineras, avellaneras, rosales, endrinos. o Descripción: inflamabilidad media/baja. Poca facilidad para arder Clase 4 o Unidades asignadas: complejos de vegetación de acantilados, helechales, zarzales, brecinas, matas rastreras, lastonares. o Descripción: inflamabilidad media. Poca biomasa. Clase 5 o Unidades asignadas: Encinares, formaciones arbustivas de rebollo y de roble rosado, formaciones de labiérnago, lauredales, madroñales. o Descripción: Formaciones pluriestratificadas de alta inflamabilidad.

Clase 6 o Unidades asignadas: todos los matorrales: piornales, escobonales, brezales, tojales, carqueixales, aulagares. o Descripción: Inflamabilidad alta o muy alta. Clase 7 o Unidades asignadas: pinares, eucaliptales. o Descripción: Muy alta inflamabilidad. Con el acotado, favorecemos la creación de vegetación de clase 6 en perjuicio de la de clase 2, que se mantendría si desde un principio se la mantiene mediante la técnica del pastoreo extensivo..- Facilidad para arder (grado de susceptibilidad) Clase 1; marismas, vegetación de charcas y lagunas, cultivos, etc, se le ha sido asignado el Grado 1, es decir, combustibles con prácticamente una nula susceptibilidad a incendiarse. Clase 2; bosques de ribera y pastos verdes, con un contenido en humedad menos elevado que la clase anterior, se le ha asignado el Grado 2. A la Clase 3, correspondiente a unidades de vegetación algo menos frescas o maduras, se le asigna el Grado 3. A la Clase 4, lastonares, brecinas, etc. se le ha asignado un valor mayor, el Grado 5, que representa el valor medio sobre el total, por entender que ya empieza a ser vegetación con una relativa facilidad de inflamación. Las Clases, 5, 6 y 7, representan las unidades con mayor inflamabilidad/combustibilidad, claramente diferenciadas del resto, y que no en vano representan un amplio porcentaje de incendios, especialmente el vasto grupo de los matorrales (Clase 6), al que se les ha asignado el valor más alto de susceptibilidad, el 10, ya que además de su gran facilidad para arder, se caracterizan por su gran intensidad y velocidad de propagación. Las clases 5 y 7 reciben un grado de susceptibilidad de 8. Los valores de estas tres últimas clases son claramente superiores a los de los primeros grupos. Con el acotado, seguimos favoreciendo la vegetación de mayor facilidad para arder con el consiguiente riesgo de incendio..- Dentro de este estudio y para todo el territorio del Principado, se crean unos mapas de peligrosidad clasificando el terreno en base a la susceptibilidad de sufrir un incendio. Peligrosidad Muy alta: o Principalmente unidades de matorral, excepto las situadas en zonas de menor insolación, o en pendientes menos pronunciadas con insolación baja. o Pinares y eucaliptales situados en solanas, o insolaciones algo menos altas pero con fuertes pendientes. o Encinares, rebollares, formaciones arbustivas inflamables (combustibles de clase 5) con fuertes insolaciones. Peligrosidad Alta: o Matorrales de insolaciones bajas, con pendientes pronunciadas. o Pinares y eucaliptales.

o Encinares, rebollares, y formaciones arbustivas inflamables (combustibles de clase 5) con bajas insolaciones. o Prebosques y arbustos de inflamabilidad media (clases 4 y 3), en condiciones de insolación máxima, o insolación menos fuerte con pendientes pronunciadas. Peligrosidad Media: o Encinares, rebollares y formaciones arbustivas inflamables (clase 5) en condiciones de mínima insolación. o Prebosques y arbustos de inflamabilidad media (clase 4) con baja o media insolación. o Helechales, zarzales y otros combustibles de clase 3 en condiciones de media insolación y pendiente. o Bosques maduros y de ribera con altas insolaciones y pendientes. Peligrosidad Baja: o Combustibles de clase 2 y 3 con mínima insolación y bajas pendientes. o Unidades de mínima susceptibilidad (clase 1) en condiciones de alta o media insolación y fuertes pendientes. Peligrosidad Muy baja: o Unidades de mínima susceptibilidad (clase 1) con baja o media insolación Conseguimos con el acotado la profusión del matorral, creando zonas de peligrosidad muy alta frente a zonas de peligrosidad baja que tendríamos con los pastizales..- El valor natural de un territorio viene representado por su patrimonio o riqueza natural. Los incendios forestales pueden significar la pérdida total o parcial de estos valores. De este modo, se establece una primera valoración del territorio en función del grado de conservación y naturalidad de cada área. Este valor es corregido en función de la vulnerabilidad de la unidad frente a un incendio, medida en base a su capacidad para regenerarse y volver a su situación original. La clasificación resultante es la siguiente: Valor natural muy alto: Se agrupan las unidades consideradas como prioritarias por su alto valor ambiental. Se incluyen las comprendidas en las categorías SNUEP1, SNUEP5 (excluyendo ríos y embalses), y las correspondientes a acantilados costeros, marismas y estuarios. Valor natural alto: Corresponden en su totalidad a las unidades contenidas en el SNUEP2, referidas a unidades arbustivas o arbóreas ya maduras, o susceptibles de convertirse a medio plazo en etapas maduras o climáticas (vegetación potencial), y que mantienen una elevada biodiversidad. Valor natural medio: Unidades correspondientes al SNUEP3, es decir, complejos de vegetación de alta montaña (a partir del mapa de vegetación), y roquedos y canchales (a partir del mapa litológico). Valor natural bajo: Unidades del SNUEP4, que corresponden a áreas cuyo uso potencial más adecuado es el de recuperación de bosque autóctono, pero que actualmente se encuentran en una fase regresiva. Valor natural muy bajo: Se agrupan aquí el resto de unidades de vegetación que no formen parte de ninguno de los grupos anteriores. Son en su mayoría etapas de degradación de unidades maduras alteradas por incendios u otras razones. Corresponden principalmente a matorrales y formaciones de herbáceas, así como pastizales, prados, cultivos y plantaciones forestales realizadas por el hombre.

Sin valoración: Aquellas unidades sin vegetación, o que comprendan núcleos urbanos (ciudades, pueblos), y unidades que no se ven afectadas directamente por incendios, como el mar o los embalses. Según esto, se crean unos mapas en función del riesgo de pérdida de valores naturales con las siguientes unidades: Sin pérdida de valor es naturales: o Quedan fuera de valoración las unidades a las que no se les supone ningún valor natural (ciudades, pueblos, zonas industriales), y aquellas que corresponden con masas de agua (mar, ríos, embalses), que no sufren directamente el efecto del fuego. Pérdida de valor natural Baja: o Gran parte de matorrales (brezales, aulagares, tojales y piornales), helechales, prados, pastos y cultivos. También quedan incluidas las plantaciones forestales (principalmente pinares y eucaliptales) Pérdida de valor natural Media: o Lastonares y matorrales situados en pendientes pronunciadas con potencialidad de recuperación de bosque autóctono. Pérdida de valor natural Alta: o Complejos de vegetación rupícola, gleras, vegetación casmofítica y de alta montaña. o Unidades bajo algún tipo de protección y vulnerabilidad media: cervunales, vegetación dulceacuícola. o Prebosques y formaciones arbustivas: endrineras, avellaneras, saucedas. o Matorrales de ambientes húmedos, con suelos oligótrofos, turbosos, y ricos en humus bruto, que, si bien poco vulnerables a un incendio, representan un alto valor natural, o están encuadrados bajo algún tipo de protección: Erica mackaiana, matorrales turfófilos de brecina, o brecina y arándanos. Pérdida de valor natural Muy Alta: o Todos los bosques maduros: Hayedos, bosque mixtos de roble albar, bosques mixtos de carbayo, alisedas, encinares, carrascales, tejedales o Prebosques y formaciones arbustivas de alta vulnerabilidad: acebedas, prebosques con arce, fresno, o serbal. Lauredales. o Complejos de vegetación de marismas y acantilados. o Matorrales con un valor natural muy alto y alta vulnerabilidad: Enebro alpino, enebrales con gayuba y arándano y turberas..- La valoración económica. La evaluación del daño económico producido por un incendio es difícil de determinar hasta que no han sido delimitados los efectos físicos y ecológicos particulares. Se establece también un mapa en el que se ve reflejado el efecto económico a medio plazo producido por un incendio forestal, en base a los aprovechamientos extraídos. Las unidades de vegetación se han dividido en cinco categorías: Sin pérdidas económicas cuantificables: o Prados y pastos, prebosques, formaciones arbustivas, matorrales. Pérdidas económicas bajas: o Plantaciones de roble americano y pino silvestre. Formaciones de abedul, haya, quercíneas y otras frondosas. Pérdidas económicas medias:

o Castañedas, plantaciones de coníferas. Cultivos. Pérdidas económicas altas: o Plantaciones de eucalipto, pino marítimo y pino radiata. Pérdidas económicas muy altas: o Frutales e invernaderos. Si según todos estos estudios, no se consideran pérdidas económicas cuantificables la pérdida de matorrales y si la pérdida del valor natural es baja, qué sentido puede tener el permitir la proliferación del matorral mediante los acotados. SAU (Superficie Agrícola Utilizada) Conjunto de la superficie de tierras labradas y tierras para pastos permanentes. Las tierras labradas comprenden los cultivos herbáceos, los barbechos, los huertos familiares y las tierras consagradas a cultivos leñosos. Queda claro entonces que la proliferación del matorral disminuye la SAU, con las consiguientes consecuencias que esto acarrea además de ser un claro riesgo de incendio como ya quedó demostrado en el apartado anterior. Por todas partes, las especies cinegéticas, bajan a las fincas de los pueblos con los daños consiguientes, simplemente porque los pastos en los montes están siendo ocupados por el matorral inaprovechable como pasto. Tal y como la propia Universidad de Oviedo reconoce, ya hace casi 5.000 años que el fuego se utilizó como fórmula de modificación del paisaje, permitiendo cambiar las costumbres de los asturianos, pasando de ser cazadores y recolectores a ganaderos y agricultores. Aunque no es objeto del presente la defensa del fuego como fórmula de trabajo agrario o ganadero, sí que debemos decir que el acotamiento fomenta la proliferación del matorral en detrimento del pastizal, lo que hace disminuir de forma alarmante la SAU. A continuación reflejamos la serie histórica de la SAU con una evolución regresiva provocada en gran parte por el aumento de superficie a matorral.

sadei Superficie agrícola útil (SAU) según régimen de tenencia Período 1999-2013 AÑO TOTAL ha % 1999 473.109 100,00 2003 397.717 100,00 2005 393.152 100,00 2007 385.062 100,00 2009 363.180 100,00 2013 336.313 100,00 PAC La nueva PAC, provoca la reducción de la superficie subvencionable hasta ahora sí incluida, y que era y es, de vital importancia para los ganaderos de nuestra comunidad, los comunales o pastizales públicos. La pérdida de superficie de pastos comunes, que tradicionalmente los ganaderos vienen usando como alimento de su ganado mediante la correspondiente autorización administrativa, ha supuesto que el ganadero deje de obtener un recurso que le suponía un importante alivio económico para la viabilidad de la explotación, y haya tenido que buscar superficies no públicas más caras que cumplan las nuevas condiciones que se establecen en la normativa comunitaria. Debemos de mantener la superficie dedicada a pastos permanentes, incidiendo que las administraciones públicas al no dejar a los ganaderos ejercer la gestión sobre los montes por los que pagan una licencia de uso, están asumiendo su total responsabilidad ante posibles reclamaciones de los organismos comunitarios en futuras inspecciones. El aumento de las hectáreas admisibles a efectos de ayudas PAC debe ser imprescindible, en un horizonte en el que la UE apuesta de forma clara por el concepto de superficies sostenibles y respetuosas con el medio ambiente. Nuestros competidores son el resto de países de la UE y no las gentes del medio rural que bastante tienen con sobrevivir en unas condiciones cada vez más duras. CONCLUSIONES La recuperación de zonas degradadas como zonas de pastizales que puedan ser incluidas en las superficies pastables, y la recuperación de zonas potencialmente en peligro de incendios cíclicos y reiterados realizados por desaprensivos, para

convertirlos en pastos permanentes de indudable calidad, no solo beneficia al ganadero, si no que cortaría de raíz el peligro de los continuos incendios y actuaría como barrera natural en caso de incendios en la zona de matorral colindante. Para ello deberían llevarse a cabo algunas actuaciones, entre las que se encuentra la identificación de antiguos pastizales para su transformación de nuevo en zonas útiles o elegibles, la gestión de estos terrenos mediante el correspondiente plan para devolverles el antiguo uso y esplendor y por último y no menos importante la recuperación y regeneración de las zonas quemadas haciendo que esta se derive hacia un pastizal y no volver a hacerlo un matorral potencialmente peligroso. Se insiste en que si realmente las actuaciones de la consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales en el tema de acotamiento de zonas quemadas, tuviese un objetivo práctico y real de regeneración del monte, actuaría con la lógica que se propone en este informe quedándonos con las siguientes dos reflexiones: No debemos permitir la tendencia regresiva de la SAU en favor del matorral. No se puede entender, que si los matorrales son declarados tanto por el Principado como por la Universidad o el Indurot, como zonas de bajo valor ambiental, como no cuantificable económicamente hablando y sobre todo como especialmente inflamable y combustible, se protejan por Ley mediante acotamientos sin función aparente o demostrable. Fdo.: AMCA Fdo.: Cooperativas Agro-alimentarias del Principado de Asturias Fdo.: UCA-UPA