1. DEFINICIONES Y PRINCIPIOS BÁSICOS



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Transcripción:

Página 1 de 6 1. 1.1. Definiciones Según la ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos se define: Residuo : cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anejo de esta Ley, del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse. En todo caso, tendrán esta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos (CER), aprobado por las Instituciones Comunitarias. Residuos peligrosos : aquellos que figuren en la lista de residuos peligrosos, aprobada en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Los que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte. Prevención : el conjunto de medidas destinadas a evitar la generación de residuos o a conseguir su reducción, o la de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes presentes en ellos. Productor : cualquier persona física o jurídica cuya actividad, excluida la derivada del consumo doméstico, produzca residuos o que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla, o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. En los distintos Centros, Departamentos y Servicios de la Universidad de Castilla La Mancha, tendrá la consideración de productor, aquellas personas físicas que sean responsables de las actividades en

Página 2 de 6 que se generen y, en particular, el profesorado responsable de laboratorios de prácticas y los investigadores responsables de los grupos de investigación. Poseedor : el productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su poder y que no tenga la condición de gestor de residuos. Gestor : la persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos. 1.2. Gestión de residuos Se entiende por gestión, el conjunto de actividades encaminadas a dar a los residuos el destino final más adecuado. Gestión Interna: operaciones de manipulación, clasificación, envasado, etiquetado, recogida, traslado y almacenamiento dentro del centro de trabajo. Gestión Externa: operaciones de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de los residuos una vez que han sido retirados del centro generador de los mismos. Son obligaciones de los productores de residuos peligrosos: a. Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos, evitando particularmente aquellas mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o que dificulten su gestión. b. Envasar y etiquetar los recipientes que contengan residuos peligrosos en la forma que reglamentariamente se determine. c. Llevar un registro de los residuos peligrosos producidos o importados y destino de los mismos. d. Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos la información necesaria para su adecuado tratamiento y eliminación. Los poseedores de residuos estarán obligados, siempre que no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos para su valorización o eliminación, o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que comprenda estas operaciones. En todo caso, el poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad.

Página 3 de 6 Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y, toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión. 1.3. Clasificación de los residuos El tipo de tratamiento y gestión de los residuos generados depende, entre otros factores, de las características y peligrosidad de los mismos, así como de la posibilidad de recuperación, de reutilización o de reciclado, que para ciertos productos resulta muy aconsejable. Si consideramos su peligrosidad se podría establecer la siguiente clasificación: 1. Residuos no peligrosos Estos residuos, considerando sus propiedades, pueden eliminarse mediante vertidos, directamente a las aguas residuales o a un vertedero. Si aún no considerándose peligrosos, son combustibles, se pueden utilizar como combustibles suplementarios, como ocurre, por ejemplo, con los aceites, que, si son "limpios", se pueden eliminar mezclándolos con combustibles; los aceites fuertemente contaminados, en cambio, deberán ser procesados en función de los contaminantes que contengan (metales, clorados, etc.). 2. Residuos químicos peligrosos Combustibles Pueden utilizarse como combustible suplementario o incinerarse. Debe controlarse la posible peligrosidad de los productos de combustión. No combustibles Pueden verterse a las aguas residuales o vertederos controlados siempre que previamente se haya reducido su peligrosidad mediante tratamientos adecuados.

Página 4 de 6 Explosivos Son residuos con alto riesgo y normalmente deben ser manipulados fuera del laboratorio por personal especializado. Gases Su eliminación está en función de sus características de peligrosidad (tóxicos, irritantes, inflamables). Para su eliminación, deberán tenerse en cuenta las normativas sobre emisión existentes. Residuos biológicos Deben almacenarse en recipientes específicos convenientemente señalizados y retirarse siguiendo procesos preestablecidos. Normalmente se esterilizan y se incineran. Residuos radiactivos Para su eliminación deben considerarse sus características físico-químicas así como su actividad y vida media (tiempo de semidesintegración). Su almacenamiento debe efectuarse en recipientes específicos debidamente señalizados y deben retirarse de acuerdo a los procedimientos establecidos. Su gestión es competencia del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). 1.4. Principios básicos en la gestión de residuos La gestión de los residuos generados en los laboratorios presenta una problemática diferenciada de los residuos industriales ya que se generan en pequeñas cantidades, presentan una gran variedad y una elevada peligrosidad tanto desde el punto de vista físicoquímico como toxicológico y para el medio ambiente. Si no se tratan y se acumulan en el laboratorio generan productos químicos peligrosos innecesarios. Además, a menudo no

Página 5 de 6 suelen estar adecuadamente envasados, identificados y almacenados. Por lo tanto la gestión de este tipo de residuos constituye un aspecto fundamental en la aplicación de criterios de calidad y gestión ambiental en el laboratorio, y además es una de las exigencias de aplicación de las buenas prácticas ambientales. Su gestión debe basarse en los principios de minimización, reutilización, tratamiento y eliminación segura. Para gestionarlos correctamente se debe establecer un programa de gestión de residuos que recoja todos los residuos generados, incluyendo los reactivos caducados, los reactivos no caducados pero innecesarios, los materiales de un solo uso contaminados o no, los patrones y todos aquellos materiales o productos que se hayan utilizado o generado en el laboratorio u otras dependencias, como medicamentos, papel, guantes, etc. Un programa de gestión de residuos debe abarcar todos los residuos generados, tanto los no peligrosos como los peligrosos y debe contener los aspectos siguientes: Responsable o responsables que supervisen y comprueben la correcta aplicación y la ejecución del programa, en función de sus implicaciones dentro del organigrama de responsabilidades. Nivel de recursos necesarios. Se debe conocer y evaluar el coste del programa incluyendo todas las operaciones de gestión externa: recogida, transporte, almacenaje y posterior tratamiento final (incineración, tratamiento físico-químico o vertido controlado). Identificación. Todos los productos considerados como residuos deben estar clasificados e identificados en función de su peligrosidad y/o destino final. Minimización/reducción. Deben estudiarse y valorarse las posibilidades de reutilización, recuperación, tratamiento en el propio laboratorio o racionalización de compras al objeto de reducir en lo posible la generación de residuos. Inventario. Debe confeccionarse una relación de los residuos generados y mantenerla actualizada. Almacén. Debe disponerse de un espacio separado del laboratorio para almacén de residuos, provisto de los elementos de seguridad necesarios. Recogida y transporte. Se deben facilitar los recipientes y etiquetas adecuados para la recogida y el transporte de los residuos.

Página 6 de 6 Medidas de seguridad. Deben establecerse las medidas de seguridad necesarias indicando las prendas de protección que deben utilizarse. Actuación en caso de accidentes/incidentes. Se deben dar las instrucciones de actuación en caso de vertidos o derrames, o de cualquier incidente que pueda producirse. Asimismo deben indicarse las pautas de actuación en caso de una emergencia. Formación e información sobre el programa. Todo el personal ha de conocer la existencia y las características del programa de gestión de residuos adoptado, su ejecución y la responsabilidad que se derive. Vigilancia sobre el proceso. Es obligación del productor de residuos, cuando estos estén destinados a tratamiento y/o gestión externa, comprobar que tanto la empresa encargada del transporte como la empresa tratadora estén reconocidas como tales por la Administración y que cumplen todos los requisitos administrativos (hojas de seguimiento, declaraciones de residuos, etc.). 1.5. Legislación aplicable Ley 10/1998 de 21 de abril, de Residuos. (BOE nº 96, de 22 de abril de 1998). N.T.P. 359: Seguridad en el laboratorio: gestión de residuos tóxicos y peligrosos en pequeñas cantidades.