MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONSEFÚ DIRECTIVA N 002-2016-MDM/GERENCIA MUNICIPAL Norma interna que regula las transferencias financieras otorgada por la Municipalidad Distrital de Monsefú a la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca. I. Objetivo Normar los mecanismos de la Transferencia Financiera mensual que otorga la Municipalidad Distrital de Monsefú para la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca. II. Finalidad Establecer el procedimiento administrativo para la ejecución de la transferencia Financiera que permita el funcionamiento de la Municipalidad del Centro Poblado de la Jurisdicción del Distrito de Monsefú. Así como establecer lineamientos básicos para la utilización de estos recursos, al amparo de las normas vigentes para dicho fin. III. Base Legal - Constitución Política del Perú 1993 - Ley N 27972 Ley Orgánica de Municipalidades Art. 133 - Ley N 28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería - Ley N 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto - Normas básicas del Sistema de Contabilidad Gubernamental - Ordenanza Municipal N 003-2014-MPCH/A - Resolución de Alcaldía N 0017-2015-A/MDM IV. Alcance 4.1 A la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca que recibe la transferencia financiera, otorgada por la Municipalidad Distrital de Monsefú. 4.2 A las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Monsefú involucradas en las actividades relacionadas al otorgamiento de la transferencia, y a la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca. V. Vigencia La presente Directiva entra en vigencia desde el día siguiente de su aprobación mediante Resolución de AlcaldíaN 344del Distrito de Monsefú. VI. Disposiciones Generales.- 6.1 La Municipalidad Distrital de Monsefú calcula y otorga el 2.5% de la fuente de financiamiento Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN, destinados a la gestión Municipal como lo establece la Ordenanza Provincial N 003-2014-MPCH/A.
6.2 Los recursos de la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca estarán compuestos por la generación de ingresos propios que comprenderán recursos directamente recaudados y los recursos transferidos por la Municipalidad Distrital de Monsefú. 6.3 El Alcalde del Centro Poblado de Callanca y sus regidores son los responsables del manejo de los recursos percibidos durante su periodo de gestión así como la eficiente ejecución para los fines que fueron ejecutados. VII. Disposiciones Específicas. 7.1 Tramite de L Transferencia. 7.1.1 La transferencia financiera a la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca se inicia a solicitud de la misma y es acreditada por Ordenanza Municipal N 003-2014/ MPCH. 7.1.2 La Oficina de Presupuesto, efectuará la certificación presupuestal de los montos correspondientes a la transferencia del mes en curso. 7.1.3 La Oficina de Contabilidad efectuara las fases del compromiso y el devengado. 7.1.4 La Oficina de Tesorería, efectuara la fase del giro, a la cuenta corriente aperturada por la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca la trasferencia de los recursos económicos. 7.1.5 La MCPC en un plazo de 02 días, extenderá el recibo de ingresos respectivo dirigido a la Municipalidad Distrital de Monsefú, como constancia de haber recibido los recursos económicos transferidos. 7.2 De la Aplicación de la Transferencia 7.2.1 La Municipalidad del Centro Poblado de Callanca, en ejercicio de su autonomía política y administrativa elaboran, modifican y ejecutan sus presupuestos en base a sus necesidades y a las facultades delegadas por la Municipalidad Distrital de Monsefú. 7.2.2 La transferencia mensual estará orientada a los gastos necesarios y priorizados a la eficiente gestión asícomo losgastos de mantenimiento en la institución.
7.2.3 La Municipalidad del Centro Poblado de Callanca, tiene la facultad de elaborar una directiva interna para el manejo de pagos en efectivo o caja chica, con respecto al pago de bienes y/o servicios y debe ceñirse a la Resolución de Alcaldía N 0017-2015-A/MDM. 7.2.4 Para una óptima Administración y uso de los recursos deberán elaborar su Plan Operativo, donde incluyan su presupuesto institucional determinando ingresos y gastos que estén orientados al logro de sus objetivos 7.2.5 Queda prohibido utilizar los recursos transferidos a la Municipalidad del Centro Poblado de Callanca la asignación y pago de sueldos, asesorías, sueldo de Alcalde y dietas de Regidores. 7.2.6 Queda prohibido utilizar los recursos para actividades que no son inherentes a los objetivos de la institución como donaciones a terceros,publicidad y agasajos. VIII. IX. Rendición de Cuentas. 8.1 La Municipalidad del Centro del Centro Poblado de Callanca, deberá rendir cuentas en forma mensual y de manera documentada a la Municipalidad Distrital de Monsefú, bajo responsabilidad de los recursos transferidos, lo cual es condición para la entrega de los recursos del mes siguiente. 8.2 La rendición de la trasferencia se efectuara a través de un reporte de gastos debidamente sustentado con documentos que estén comprendidos en el reglamento actual de comprobantes de pago. 8.3 El comprobante debe ser emitido a nombre de la Municipalidad Distrital de Monsefú previa conformidad del responsable o usuario de la operación. Sanciones Los funcionarios, Alcalde y Regidores delegados y servidor municipal que trasgreda la presente directiva será sancionado previo proceso administrativo disciplinario, sin perjuicio de interponer contra este la sanción civil o penal correspondiente.
X. Responsabilidad ELABORA V B APRUEBA APLICA VERIFICA CUMPLIMIENTO DISTRIBUYE Gerencia Municipal Jefe de Presupuesto Jefe de Contabilidad Alcaldía Municipalidad del Centro Poblado de Callanca Contabilidad Secretaria General Tesorero