BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y DE POYO PARA EL TALLER DE EMPLEO URBE, CUYO ENTE PROMOTOR ES EL AYUNTAMIENTO DE LORCA.



Documentos relacionados
Bases para la selección de un monitor para impartir la acción formativa. enmarcado en la Subvención Global del Fondo Social Europeo, del que

Bases para la selección de 6 monitores/as, para el Programa de. Cualificación Profesional Inicial, modalidad Taller Profesional, curso BASES

Bases para la selección de 1 maestro/a, para el Programa de. Cualificación Profesional Inicial, modalidad Taller Profesional, curso BASES

Bases para la selección de un monitor para impartir la acción formativa. enmarcado en la Subvención Global del Fondo Social Europeo, del que

BASES. Página 1 de 5 Bases selección Informática de Usuario

PRIMERA: CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO MIXTO

BASES CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL

PRIMERA: CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN.

BASES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL: MONITORES/AS DEL CURSO F.P.E. Diseñador Web y Multimedia

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Excmo. Ayuntamiento de Navia

PRIMERA.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y SELECCIÓN DE ALUMNOS TRABAJADORES.

ANUNCIO. 1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema de concurso-oposición, una plaza de psicólogo/a.

RECURSOS HUMANS Exp... SG2215CP0054

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.

SEGUNDA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS/AS ASPIRANTES

P R O P U E S T A B A S E S

BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE TRES MONITORES/AS PARA EL AULA DE ATENCIÓN EXTRAESCOLAR.

PERSONAL. MARQUÉS DE ARNEVA, 1 TLFNO Fax A N U N C I O

Es objeto de las presentes Bases, elaborar una bolsa de trabajo URGENTE para la cobertura temporal del

Requisitos que deben cumplir los aspirantes. Los aspirantes para ser admitidos deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos:

2 Plazas de Licenciado en Derecho para cubrir el puesto de letrado de la Sección Jurídica

La jornada de trabajo dependerá de la especialidad, conforme a lo siguiente:

Dª MARTA BELDA MARTINEZ, VICESECRETARIA EN FUNCIONES DE SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE CHIVA (VALENCIA)

BASES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO PARA LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL MUNICIPIO DE EL GARROBO.

BASES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL: PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA INMIGRANTES. MONITORES/AS DEL CURSO F.P.E. Informática de Usuario

BASES. Primera. Objeto de la convocatoria.

Ayuntamiento de Catral

BASES PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES DEPORTIVOS, EN EL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA.

ANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AZAFATOS/AS PARA EVENTOS CULTURALES Y OTROS EN ARÉVALO BASES

BASES 2014 PARA LA BOLSA DE TRABAJO: CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN MONITOR DE INFANCIA Y FAMILIA, EN LA COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA.

Bases de la convocatoria de proceso selectivo de un Auxiliar Educativo para la sustitución de una trabajadora del Programa de Absentismo Escolar.

AYUNTAMIENTO DE YUNCOS

ANUNCIO BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE MONITORES PARA EL CENTRO DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS DE CORIA

BASES. Primera. Objeto de la convocatoria.

AYUNTAMIENTO DE CENES DE LA VEGA

BASES QUE RIGEN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO PARA CUBRIR, EN RÉGIMEN LABORAL EVENTUAL, UN PUESTO DE TRABAJO DE AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO

1.-Requisitos generales para acceder a la función pública docente en régimen de interinidad:

PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de la siguiente plaza:

24.289,15 euros brutos/ año (veinticuatro mil doscientos ochenta y nueve con quince céntimos)

PRIMERA.- Objeto. SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes

IV. Administración Local

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCION DE LA BOLSA DE TRABAJO PARA AUXILIARES DEL SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO

BASES PARA LA PROVISION DEL PUESTO DE MONITOR DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE MONITORES/AS PARA EL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN INFANTIL 2011.

Visto el informe del Sr. Interventor de fecha 21 de agosto de 2015, conteniendo partida presupuestaria para dicho fin.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES, ESPECIALIDAD ELECTRICIDAD

BASES PARA LA SELECCIÓN DE DOS TÉCNICOS EN ORIENTACIÓN LABORAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL TEMPORAL,POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO A TIEMPO PARCIAL.

BASES CONVOCATORIA BOLSAS DE EMPLEO

BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS DE ZUMBA DEL AYUNTAMIENTO DE CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES

ANUNCIO. BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE UN AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. (Exp. Pers. 11/2016).

BASES PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTOS COMO FUNCIONARIO INTERINO DE TÉCNICOS DE DEPORTES PARA CUBRIR NECESIDADES TEMPORALES

ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS

Bases para la selección de 5 Monitores/as, para el Programa de Cualificación Profesional Inicial, modalidad Taller Profesional, curso

BASES PARA CUBRIR MEDIANTE CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL UNA PLAZA DE MONITOR DE AQUAEROBIC DEL AYUNTAMIENTO DE POSADAS.

BASES REGULADORAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN

A Y U N T A M I E N T O D E H E R E N C I A (CIUDAD REAL)

PRIMERA Objeto de la convocatoria: SEGUNDA: Requisitos de los candidatos

TRES plazas de Socorristas a jornada completa para la Piscina Municipal para la temporada 2015.

3. Jornada de trabajo: La que resulte según el contrato que se sustituya

BASES BOLSA PARA LA FORMACIÓN Y CONTRATACIÓN DE INFORMADOR TURÍSTICO Y MONITOR DE OCIO Y TIEMPO LIBRE

Ayuntamiento de Yunquera

Descripción de las principales funciones y tareas:

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA BOLSA DE TRABAJO DE LAS PLAZAS DE: MONITORES DE NATACIÓN -SOCORRISTAS

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA OESTE

En virtud de las competencias legalmente atribuidas por el art. 21 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

CONVOCATORIA DE MONITORES PARA LA UNIVERSIDAD POPULAR BASES

PRIMERO.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

CRITERIOS PARA LA FORMACION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR-ADMINISTRATIVO COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR.

2- El tipo de contrato y condiciones económicas será el que corresponda de conformidad con la legislación vigente.

PROGRAMA : PROMOCIÓN EDUCATIVA PRESUPUESTO 2014 PRESUPUESTO 2015 Consignación Comprometido Disponible Previsión Comprometido Disponible

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Primera.- Objeto de la convocatoria.

UNA PLAZA DE MAESTRO DE EDUCACIÓN PRIMARIA O TÍTULO DE GRADO EQUIVALENTE.

La retribución neta será la establecida en el Convenio aplicable del Ayuntamiento con la categoría de auxiliar administrativo.

AYUNTAMIENTO DE FUENTE-ÁLAMO PLAZA DE ESPAÑA, S/N FUENTEALAMO

TERCERA.- Requisitos de los Aspirantes. Para tomar parte en la oposición será imprescindible reunir los siguientes requisitos:

RESOLUCIÓN ALCALDÍA.

BASES DE LA CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA CREACION DE BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES ESCUELA DE VERANO.

Para ser admitido/a en el proceso selectivo de acceso a las plazas ofertadas, será necesario:

Excmo. Ayuntamiento de Puebla del Maestre (Badajoz)

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE CINCO EDUCADORAS PARA LA ESCUELA INFANTIL

AJUNTAMENT DE RAFELGUARAF (VALENCIA)

CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EN LA EMPRESA PUBLICA CENTRO ALTO RENDIMIENTO REGIÓN DE MURCIA, SAU

Ayuntamiento De Aceuchal

DECRETO Nº.- 100/2015 FECHA.- 26/11/2015 ASUNTO.- APROBACIÓN BASES BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR AYUDA A DOMICILIOS PARA EL AÑO 2016.

DESEMPLEADOS MAYORES DE 45 AÑOS QUE TENGAN LA CONDICIÓN DE PARADOS DE LARGA DURACIÓN DESEMPLEADOS JÓVENES MENORES DE 30 AÑOS

Sexta. Tribunal de Selección. Los órganos de selección se ajustarán a principios de imparcialidad y profesionalidad.

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL CON LA CATEGORÍA DE MONITOR DEPORTIVO

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE 24 PROFESORES DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES DE MÚSICA PARA EL CURSO ESCOLAR

BASES PARA PROCESO SELECTIVO MONITOR/A DE GIMNASIA PARA CURSO 2010/2011.

PROCESO DE SELECCIÓN NÚMERO 11/08

BASES GENERALES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE TÉCNICO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL

1.- GRUPO DE TRABAJO MIXTO

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE MONITORES DEPORTIVOS PARA EJECUCION ESCUELAS DEPORTIVAS Y CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO.

TERCERO. Condiciones de Admisión de Aspirantes. Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:

CONVOCATORIA DE UN PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A DE EMPREDINSER S.L.U.

Transcripción:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y DE POYO PARA EL TALLER DE EMPLEO URBE, CUYO ENTE PROMOTOR ES EL AYUNTAMIENTO DE LORCA. PRIMERA: COMPOSICIÓN Y CONSTITUCIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO MIXTO En aplicación de lo establecido en la O.M de 14 de noviembre de 2001 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Resolución del 12 de Abril de 1999 por la que se regula el programa de Talleres de Empleo, y en el R. D. 468/2003, de 25 de Abril, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y formación; y de acuerdo, asimismo, con la Orden de la Consejería de Trabajo y Política Social, de 10 de marzo de 2006, de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de subvenciones en los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, así como en la Orden de 15 de marzo de 2007 de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se modifica parcialmente la Orden de 10 de marzo de 2006, se constituye un Grupo de Trabajo Mixto para la selección de personal entre la entidad promotora y el Servicio Regional de Empleo y Formación, que efectuará todo el proceso de selección, siendo Presidente la persona que designa el Servicio Regional de Empleo y Formación, cuya composición es: Presidente: Vocal: En representación del SEF Dña. Peligros Martínez Villaescusa En representación del SEF D. Antonio José López Hidalgo 1

Vocal: Vocal: Secretario: En representación de la Entidad Promotora D. Antonio Bastida Peñas En representación de la Entidad Promotora Dª Elena Mª Rodríguez García En representación de la Entidad Promotora D. Pedro José Mula Soriano El Grupo de Trabajo Mixto podrá contar el asesoramiento de los especialistas que considere necesarios, que serán designados por el propio grupo de trabajo, en cualquier momento del proceso de selección. Reunido el Grupo de Trabajo Mixto, elabora las presentes bases de convocatoria. SEGUNDA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de la presente convocatoria es la contratación en régimen de personal laboral temporal de 1 director, 1 auxiliar administrativo, 2 monitores de albañilería, 1 monitor de electricidad, 1 monitor de cerrajería, 1 monitor de carpintería, para el Taller de Empleo URBE, siendo éste un programa de formación y empleo cofinanciado por el Fondo Social Europeo, la Consejería de Empleo y Formación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Excmo. Ayuntamiento de Lorca. TERCERA: CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN 1. Duración del contrato Se formalizará con la personas seleccionadas un contrato de obra o servicio determinado en concordancia con lo dispuesto en el artículo 15 del R.D. legislativo 1/1995 de 24 de marzo (Estatuto de los Trabajadores) y R. D. 2720/1998 de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. La duración máxima del contrato será de un año, y en ningún caso podrá prorrogarse más allá de la fecha de finalización del Taller de Empleo URBE. 2

Dicha contratación estará supeditada a la resolución definitiva de aprobación del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación. 2. Jornada Laboral y horarios Al personal directivo, docente y de apoyo se realizará contrato a jornada completa. El horario se adaptará a las necesidades de la formación y/o la obra a desarrollar. CUARTA: REQUISITOS DE LA OFERTA Requisitos del personal directivo, docente y de apoyo: - 1º. Ser español o extranjero con residencia legal en España. - A los aspirantes extranjeros se les exigirá no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública, así como conocimiento del castellano. - También deberán acreditar en el momento de presentar la instancia su nacionalidad. - Tener cumplidos los 18 años de edad; - No haber sido separado del Servicio a la Administración Pública en virtud de expediente tramitado en forma, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas; - No estar físicamente incapacitado para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo al que se opta; - Estar en posesión de los requisitos que se exigen en el puesto de trabajo al que se opta. - Todos ellos habrán de reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. QUINTA: PERFILES LABORAL DE LOS PUESTOS A CUBRIR siguientes: Los puestos a cubrir y los requisitos específicos para cada uno de ellos son los 3

a) Director - Estar en posesión de titulación universitaria de grado medio o superior. - Tener experiencia laboral como director y/o coordinador de proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios y/o Talleres de Empleo. - Tener experiencia laboral acreditada como docente de las áreas de formación complementaria (formación básica, sensibilización medioambiental, alfabetización informática y prevención de riesgos laborales) en programas de Formación y empleo. b) Monitor de Albañilería - Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar o F.P. I de la especialidad. - Tener experiencia laboral como monitor de albañilería o como oficial de albañilería. c) Monitor de Electricidad - Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar o F.P. I de la especialidad. - Tener experiencia laboral como monitor de Electricidad o como oficial electricista. d) Monitor de Cerrajería - Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar o F.P. I de la especialidad. - Tener experiencia laboral como monitor de cerrajería o como oficial cerrajero. e) Monitor de Carpintería - Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar o F.P. I de la especialidad. - Tener experiencia laboral como monitor de carpintería o como oficial carpintero. 4

f) Auxiliar administrativo - Estar en posesión del titulo de F.P. I de la rama administrativa. - Tener experiencia laboral como auxiliar administrativo. - Tener formación acreditada en informática y prevención de riesgos laborales. SEXTA: PROCESO DE SELECCIÓN. La selección se efectuará mediante convocatoria pública. Un extracto de las bases serán publicadas en el diario de mayor difusión de la Región, así como en los tablones de anuncios del Ente Promotor y del Servicio Regional de Empleo y Formación, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios de comunicación si se considerase necesario. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas de selección se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lorca, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de su publicación. Podrán presentarse, asimismo, en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, el mismo día de la presentación de la solicitud, una copia de ésta a través de fax (968444122). Las instancias irán acompañadas del currículo vitae y en ellas los aspirantes deberán indicar que cumplen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base cuarta y quinta de la convocatoria, especificarán el puesto de trabajo al que se opta e irán acompañadas de fotocopia del D.N.I y de los documentos justificativos (todos ellos originales o fotocopias) de los requisitos exigidos en las bases para el puesto, así como, de los justificantes de los méritos laborales y de formación. En caso de ser seleccionado, se deberá presentar la documentación original que acredite los méritos alegados antes de la formalización del contrato. La acreditación de la experiencia laboral deberá hacerse mediante certificados de vida laboral expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social y contratos de trabajo o certificados de empresa y nóminas que demuestren 5

fehacientemente la duración y cualificación de su experiencia laboral (originales o fotocopias). Los trabajadores por cuenta propia o autónomos acreditarán su experiencia laboral mediante vida laboral y certificación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y de estar, o haber estado al corriente en el pago de la Seguridad Social. En el caso de estar exentos de esto último, presentarán documento acreditativo. En cualquier caso se presentarán originales o fotocopias. SÉPTIMA: ADMISIÓN DE CANDIDATOS Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Grupo de Trabajo Mixto expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Área de Información Laboral de la Concejalía de Empleo, la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, fijando el lugar, fecha y hora para la celebración de las pruebas de selección. Se establece un plazo de dos días hábiles para subsanar, en su caso, los motivos de exclusión; en caso de no formularse reclamación, la lista provisional se elevará a definitiva. Las reclamaciones deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, el mismo día de la presentación de la solicitud, copia de ésta a través de fax (968444122). En cuanto a los alumnos se estará a lo determinado por la oferta de empleo tramitada a través de la Oficina del Servicio Regional de Empleo y Formación, según se recoge en el artículo 21. punto 2.a, sobre selección de los alumnos trabajadores de las Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo, OCTAVA: FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN Constará de tres fases, siendo eliminatoria la primera y optativa la tercera. A) Para los puestos de Director/a, Monitores/as y Auxiliar administrativo/a. 1ª Fase: Prueba teórico práctica. Quedarán exentos de la realización de esta prueba, aquellos participantes que hayan acreditado documentalmente, haber superado una prueba de la misma especialidad y haber sido contratados dentro de los dos años anteriores, por la 6

misma o distinta entidad, considerándose en este caso, probada su aptitud, pasando a la siguiente fase.? Director Esta prueba, consistirá en un cuestionario de preguntas, que versarán sobre la normativa legal básica que regula los programas de Talleres de Empleo y/o conocimientos teóricos, técnicos y profesionales sobre las funciones del puesto de trabajo al que se opta. Para superar esta fase, será necesario la calificación de apto.? Monitores/as. Esta prueba, consistirá en un cuestionario de preguntas, que versarán sobre los conocimientos teóricos, técnicos y profesionales relativos a las funciones del puesto de trabajo al que se opta. Para superar esta fase, será necesario la calificación de apto.? Auxiliar administrativo/a. Esta prueba, consistirá en un cuestionario de preguntas, que versarán sobre los conocimientos teóricos, técnicos y profesionales sobre las funciones del puesto de trabajo al que se opta. Para superar esta fase, será necesario la calificación de apto. Finalizada esta fase se expondrá en el Tablón de Anuncios la relación de candidatos que hayan sido aptos en esta prueba. 2ª FASE. Valoración de méritos: laborales y de formación. Los méritos justificados documentalmente en fotocopia, que hayan sido aportados junto con la solicitud de participación antes de la finalización del plazo previsto para ello, serán valorados de acuerdo con el baremo siguiente: 1. Experiencia laboral. 1.1.- Por experiencia laboral en el ejercicio profesional de la especialidad de la plaza a la que se opta, en cualquier Administración Pública o empresa privada, 0,4 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 15 puntos. 7

Quedan excluidos de baremación en este apartado los periodos trabajados en Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo. 1.2.- Por experiencia laboral en puesto de trabajo igual o similar en Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, 0,8 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 15 puntos. 2. Formación 2.1.- Por la asistencia a cursos de formación o especialización relacionados con el puesto de trabajo al que se opta, impartidos por organismos públicos o privados homologados o autorizados legalmente, 0,03 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 15 puntos. puntos. La puntuación máxima de la fase de valoración de méritos será de 45 3ª FASE. Entrevista- opcional A criterio del Grupo de Trabajo Mixto, se podrá realizar una entrevista personal semiestructurada en la que se podrán valorar la trayectoria profesional, los conocimientos del puesto de trabajo, las actitudes y aptitudes para el puesto al que se opta. Se valorará hasta un máximo de 30 puntos. OCTAVA: CALIFICACIÓN DEFINITIVA La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases anteriores. Será seleccionado para la plaza el candidato/a que alcance mayor puntuación total. El grupo de trabajo queda facultado, en cualquier caso, para dejar desierta la plaza en el caso de no considerar a ningún candidato adecuado para el puesto. selección. El secretario del grupo de trabajo levantará acta por duplicado del proceso de 8

En el caso de no presentarse un candidato seleccionado sin causa justificada, o bien en los casos de renuncia o desistimiento, el ente promotor podrá contratar al siguiente seleccionado por orden de puntuación. Asimismo, una vez finalizada la selección, el grupo de trabajo podrá dejar una lista por orden de puntuación en las pruebas selectivas de suplentes para cubrir las posibles bajas del personal que se produzcan durante el desarrollo del proyecto, formada por los candidatos presentados a las distintas plazas que hubieran superado todas las fases del proceso selectivo. NOVENA: INCIDENCIAS El grupo de trabajo queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en estas bases, de conformidad con la normativa vigente. DÉCIMA: IMPUGNACIONES Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Grupo de Trabajo Mixto, se podrán interponer los recursos que procedan, en los casos y en la forma que se establece en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y demás normativa aplicable. Fdo: Mª Peligros Martínez Villaescusa Presidente, en representación del SEF Fdo: Antonio Bastida Peñas Vocal, en representación de la entidad 9

Fdo: Antonio José López Hidalgo Vocal en representación del SEF Fdo: Elena Mª Rodríguez García Vocal, en representación de la entidad Fdo: Pedro José Mula Soriano Secretario, en representación de la entidad 10