MINISTERIO DE EDUCACIÓN INSTRUCTIVO PARA EL USUARIO ASIGNACIÓN DE NOMBRAMIENTOS GANADORES QUIERO SER MAESTRO 3 FECHA: 04-01-2016 1
ASIGNACIÓN DE NOMBRAMIENTOS A GANADORES DE CONCURSO QUIERO SER MAESTRO 3 El objetivo del presente instructivo es organizar el proceso de asignación de vacantes de los docentes que han resultado ganadores del concurso Quiero Ser Maestro 3 (QSM3) y Quiero Ser Maestro España. Los nombramientos de los docentes y su posicionamiento del cargo en la institución educativa asignada, deberá ser ejecutada durante el mes de enero de 2016, una vez que el Ministerio de Finanzas y la Coordinación General Administrativa Financiera disponga la vinculación laboral de los docentes. CLASIFICACIÓN DE DOCENTES GANADORES 1. NUEVOS DOCENTES (No registrados en el distributivo nacional de sueldos del Magisterio). A los docentes que resulten ganadores del Concurso de Méritos y Oposición Quiero Ser Maestro 3 y Quiero Ser Maestro España, que no consten previamente en el Distributivo de Sueldos bajo otro régimen especial que no sea LOEI (LOSEP y contratos colectivos), se les asignará la partida respectiva. A estos docentes, desde los primeros días de enero de 2016, se les asignará las vacantes existentes en los Circuitos o Distritos 1 donde resultaron ganadores, dando prioridad a las instituciones educativas que desde los últimos meses no cuentan con los profesores que requieren, por temas de renuncias y jubilaciones o porque pertenecen a áreas geográficas rurales o de difícil acceso; en este último caso, la asignación será considerada como parte del año rural que deben cumplir los docentes que ingresan al Magisterio durante los 5 primeros años, según lo estipulado en el Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2014-00087-A del 31 de diciembre del 2014. 2. DOCENTES GANADORES DE CONCURSOS (Registrados en el distributivo nacional de sueldos del Magisterio). Los docentes que resulten ganadores del Concurso de Méritos y Oposición Quiero Ser Maestro 3 y Quiero Ser Maestro España, que consten previamente en el Distributivo de Sueldos bajo el régimen especial de la LOEI, sea bajo la modalidad de contrato o nombramiento (provisional o definitivo), se les entregará el nombramiento definitivo en el mes de enero 2016, siempre y cuando hayan ganado en el mismo Circuito o Distrito que están trabajando actualmente. Si ganó en otro Distrito o Circuito diferente al que están trabajando, 1 Recordar que la asignación de vacantes en las zonas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 se realizará en las instituciones educativas de acuerdo al Circuito que resultaron ganadores. Mientras que para las zonas 8 y 9 se realizará en las instituciones de acuerdo al Distrito que resultaron ganadores. 2
debe trasladarse al mismo y se le entregará nombramiento definitivo al finalizar el año lectivo (ciclo costa) o al finalizar el primer quimestre (ciclo sierra). Para la asignación de la vacante definitiva de la institución educativa que pertenece al Distrito o Circuito donde ganó, se deberá considerar de forma especial lo siguiente: 2.1. Entrega de nombramientos y asignación de vacantes (ganadores en el mismo Distrito y/o Circuito que actualmente están trabajando). La asignación de la vacante deberá realizarse, de forma preferente, en la misma institución educativa en la que venían laborando los docentes, siempre y cuando pertenezcan al mismo Distrito o Circuito donde ganaron. Se debe aplicar esta disposición de forma especial a los docentes que venían laborando y forman parte del Bachillerato Internacional, Educación Especial, Intercultural Bilingüe, Instituciones de Música y Artes y Fiscomisionales. 2.2. Cambio a la institución educativa que pertenece al Distrito y/o Circuito donde ganó. Los docentes ganadores de concurso realizarán el cambio a la institución educativa perteneciente al Distrito o Circuito donde ganaron, a la finalización del quimestre en régimen sierra y finalización del año escolar en régimen costa. Para la asignación de la institución educativa definitiva de los docentes que venían trabajando en instituciones que aplican el Bachillerato Internacional, Educación Especial, Educación Intercultural Bilingüe e Instituciones de Música y Artes, se deberá tomar en cuenta que a estos docentes se les asigne instituciones educativas que desarrollen o implementen estos programas. En los casos de los docentes con nombramiento definitivo, ganadores de concurso (es decir los docentes que aplicaron por traslado docente), deberán integrarse a las instituciones educativas de los Distritos o Circuitos donde ganaron al finalizar el quimestre en el ciclo sierra, o al finalizar el periodo escolar en el régimen costa. Este proceso deberá realizarse de forma coordinada entre la antigua y la nueva Zona o Distrito, por las actividades que deben desarrollarse para el traspaso de las partidas. DISPOSICIONES GENERALES 1. Se deben entregar Nombramientos Definitivos a los ganadores de concurso en los siguientes casos: a) A los docentes que hayan obtenido una nota igual o superior a los 800 puntos en la prueba de Conocimientos Específicos. b) A los docentes que hayan obtenido un puntaje de 700 a 799 puntos en la prueba de conocimientos específicos y acrediten título de cuarto nivel debidamente registrado en el SENESCYT. c) Los docentes de la especialidad de inglés que acrediten el nivel B2 en el examen estandarizado internacional, equivalente al Marco Común Europeo, el mismo que se corroborará en la resolución de ganadores, columna Nivel de Inglés. 3
2. Se asignará Nombramiento Definitivo Provisional a Prueba solo en el siguiente caso: Aquellos docentes que hayan obtenido un puntaje de 700 a 799 puntos en la prueba de conocimientos específicos. 3. Acciones de personal en Gestión Docente de Nombramiento Definitivo- Provisional a Prueba. Para elaborar la acción de personal en el Sistema de Gestión Docente se procederá a otorgar Nombramiento Definitivo y en observaciones se colocará el siguiente texto: Nombramiento Provisional a Prueba conforme lo establecido en el Acuerdo Ministerial Nro.MINEDUC-ME- 2015-00069-A y su reforma Acuerdo Ministerial Nro.MINEDUC-ME-2015-00160-A. 4. Sugerencias para conformar el equipo responsable de asignación. El trabajo de asignación de vacantes a ganadores de concursos es responsabilidad de las áreas de Talento Humano, Planificación y Jurídico de las Direcciones Distritales. El trabajo de orientación, lineamientos claros y resolución de dudas o problemas son responsabilidad de Desarrollo Profesional, Talento Humano y Planificación de la Zona. 4
ANEXO 1 DOCUMENTOS HABILITANTES Para todo docente que ingresa al Magisterio o ingresa por primera vez a otro Distrito: A. DATOS PERSONALES: 2 Copias de Cédula de Ciudadanía o Documento de identificación legibles (blanco y negro o color) y papeleta de votación actualizada. Certificado de no tener impedimento legal para ejercer cargo público. Descargar certificado a través de la página web del Ministerio de Relaciones Laborales. 2 copias de Certificación bancaria de cuenta personal no compartida (ahorros o corriente de cualquier Banco o Cooperativa de Ahorro y Crédito) necesaria para poder depositar sueldos. Certificado de su Historial de Aportaciones al IESS (mecanizado del IESS, descargar a través de la página web del IESS). Copia del carné del CONADIS (Si posee discapacidad). B. HOJA DE VIDA Registrarse en la Red Socio Empleo en la página del MRL en internet, ingresar la información correspondiente, imprimir y adjuntar la hoja de vida. C. DOCUMENTO ADICIONAL Copia de la planilla del servicio de Luz para ubicar el sector de residencia (CUE). Todos estos documentos deberán ser entregados en la Unidad Distrital de Talento Humano en una carpeta de cartón, la misma que debe tener un membrete con los siguientes datos: - GANADOR CONCURSO QSM 3 - NOMBRES Y APELLIDOS - No DE CÉDULA - No DE TELÉFONOS CONVENCIONAL Y CELULAR - DIRECCIÓN DOMICILIARIA - CORREO ELECTRÓNICO NOTA: En el caso que una persona desista del nombramiento definitivo debe firmar la carta de desistimiento (VER ANEXO 2) y el consolidado zonal debe ser remitido a Planta Central, a través de quipux, para deshabilitarlos como ganadores en el aplicativo y tratar de habilitarlos para el siguiente concurso de méritos y oposición, siempre y cuando sigan manteniendo su elegibilidad. 5
ANEXO 2 CARTA DE DESISTIMIENTO Acta Nº Zona Administrativa Nº Distrito Nº _ El Ministerio de Educación, mediante Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2015-00069-A, del 1 de abril de 2015, publicado en el Registro Oficial Nro. 493 del 5 de mayo de 2015, y su reforma el Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2015-00160-A, del 30 de septiembre de 2015, publicado en el Registro Oficial Nro. 619 del 30 de octubre de 2015; expide la Normativa para obtener la calidad de elegible y del Concurso de Méritos y Oposición para llenar vacantes de docentes en el Magisterio Nacional. El artículo 17 del Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2015-00069-A, al referirse a la selección de Circuitos y Distritos, señala: ( ) El Ministerio de Educación definirá el mecanismo mediante el cual se asigne a cada uno de los ganadores del concurso de méritos y oposición la institución educativa para el desempeño de sus actividades. Por tal motivo yo,, con C.C. No. NO ACEPTO la asignación en la Institución, con Código AMIE, por lo tanto desisto de ser considerado/a como ganador/a en el Concurso de Méritos y Oposición No., en la especialidad de, en el Circuito, Distrito. FIRMA DEL DOCENTE NOMBRE: FIRMA RESPONSABLE UATH NOMBRE: 6