CURSO SOBRE IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES

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C A S T R O B A R R O S 87 C 1 1 7 8 A A A C I U D A D D E B S. A S. T EL/FAX: 0 5 4-11- 4 9 8 1-4 7 0 0 ( ROT) E M A I L : I N F O @ UPJET. O R G. AR CURSO SOBRE IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES E N E R O D E 2017 D E S A R R O L L A D O P O R : I N E R G R A M C O N S U L T O R E S

Í N D I C E Curso sobre liquidación del impuesto a los bienes personales... 4 Circuito operativo del impuesto... 4 Consejos para reducir la carga tributaria... 5 Marco teórico... 5 Quienes declaran?... 5 Sujeto y Objeto del impuesto... 5 Otros sujetos que deben declarar bienes personales... 5 Año fiscal... 6 Criterio de imputación... 7 Valorización de los Bienes:... 7 Exenciones... 7 Aplicación técnica... 8 Liquidación del impuesto... 8 Aplicación práctica... 9 Descarga e instalación del SIAP y Aplicativos... 9 Registro del Contribuyente... 10 Selección DDJJ - Administra Bienes situados en el país... 10 Registro de DDJJ... 11 Inmuebles... 11 Automotores... 12 Participación en Empresas... 12 Títulos con cotización... 13 Depósitos en dinero... 13 Dinero en efectivo... 14 Objetos personales y del hogar... 14 Determinación del impuesto... 15 Determinación saldo impuesto... 15 Percepción impuesto... 16 Forma de ingreso... 16 Presentación DDJJ... 17 Generación de archivo... 17 Presentación DDJJ y pago... 18 Adjuntar archivo DDJJ... 18 Preguntas frecuentes... 19 www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 3

C U R S O S O B R E L I Q U I D A C I Ó N D E L I M P U E S T O A L O S B I E N E S P E R S O N A L E S C I R C U I T O O P E R A T I V O D E L I M P U E S T O La liquidación del impuesto a los Bienes Personales opera como una fotografía al 31/12 de todos los bienes que uno tiene por cada año, en el siguiente gráfico se resume el funcionamiento general de dicho impuesto, el cual desarrollaremos en este documento. Bienes al 31/12 Registro de bienes en aplicativo Bienes alcanzados - Bienes registrables, dinero en efectivo, cuentas corrientes, bienes del hogar Bienes exentos: - Plazos fijos, cuentas de ahorro, títulos públicos Sistema SIAP Bienes Personales - Bajar aplicativo a pc - Registración y valuación de bienes en el sistema al 31/12 Control de la registración de bienes Resguardo de documentación Control de Formulario 762 - Verificación de bienes exentos por ley - Verificación de registración de anticipos - Chequeo del patrimonio registrado superior o inferior a $800.000.- Archivo de documentación por 5 años - Escrituras de bienes registrables - Valuaciones fiscales de bienes Presentación de DDJJ Método - Generar DDDJJ (archivo digital) - Envío y presentación de archivo a través de página de AFIP www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 4

C O N S E J O S P A R A R E D U C I R L A C A R G A T R I B U T A R I A En este curso brindaremos recomendaciones para que la sumatoria de bienes pueda quedar por debajo de los $800.000.- establecidos como mínimo no imponible. Los consejos que expondremos a continuación y que desarrollaremos más adelante, están dentro de la normativa de liquidación del impuesto, pero dependiendo de la factibilidad de cada uno de los contribuyentes y sus particularidades, entre otros temas, estos son algunos puntos a tener en cuenta: Verificar la valuación de bienes y sus amortizaciones Depositar el dinero en plazo fijo o caja de ahorro Verificación de los porcentajes de titularidad de los bienes registrables Administración de bienes conyugales M A R C O T E Ó R I C O A modo introductorio, y con el objetivo de simplificar la lectura del texto, explicaremos sintéticamente los principales conceptos necesarios para comprender el funcionamiento del impuesto y sus alcances. QUIENES D E C L A R A N? Quienes al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que, valuados según la normativa vigente- superen los $800.000.- Los empleados, jubilados y pensionados cuyas remuneraciones percibidas en tal carácter resulten iguales o superiores a $200.000.- anuales (Declaración Jurada de carácter informativa). S U J E T O Y O B J E T O D E L I M P U E S T O Personas Físicas, Sucesiones Indivisas del país (Argentina): declararán por los bienes situados en el país y en el exterior Personas Físicas, Sucesiones Indivisas del exterior: declararán por los bienes situados en el país únicamente. Sociedades o empresas comprendidas en la Ley de Sociedades: declararán por las acciones o la participación en el capital. O T R O S S U J E T O S Q U E D E B E N D E C L A R A R B I E N E S P E R S O N A L E S Sociedad Conyugal Menores de edad Funcionarios públicos del exterior Condominios www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 5

A Ñ O F I S C A L Este impuesto toma una fotografía al 31 de Diciembre sobre los bienes que el sujeto alcanzado incorporó o desafectó de su patrimonio durante el año fiscal. Para ejemplificar el funcionamiento del impuesto, es necesario contemplar al menos dos ejercicios fiscales. Debido a que los eventos registrados en un periodo se declaran formalmente en el período siguiente, los cuales exponemos en el cuadro con su explicación a continuación. Como punto de partida, todos los bienes que tengamos en nuestro patrimonio al 31/12, ya sean gravados o exentos, deben ser declarados a través del aplicativo SIAP (módulo bienes personales) hasta fin de Abril del año siguiente para quienes resulten con un patrimonio igual o superior a $800.000.-; y para quienes computen un patrimonio alcanzado inferior a $800.000.- tiene plazo de presentación de DDJJ hasta fin de junio. Es recomendable valuar el patrimonio antes del vencimiento del mes de abril para determinar si la DDJJ debe ser presentada en dicho mes por superar los $800.000.- o en junio si no se supera dicho monto. Si se determina impuesto a pagar, el primer año se debe abonar el importe determinado, con igual suma en concepto de anticipo de impuesto por el año en curso (hasta en 5 cuotas a pagar a partir de junio en los meses impares). Este anticipo se podrá restar del impuesto determinado en el año siguiente. Por ejemplo, si en 2017 el impuesto determinado es de $1.000.- por los bienes del 2016, hay que sumarle $1.000.- más (a pagar en 5 cuotas) en concepto de anticipo por los bienes www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 6

(presupuestos por AFIP) que estarán en el patrimonio del sujeto durante todo el 2017, por lo que en 2018, al volver a liquidar el impuesto, si resultara un impuesto a pagar de $1.100.-, se deberán descontar los $1.000.- abonados como anticipo en el año anterior (2017), resultando un impuesto a pagar de $100.- más el anticipo $1.100.- (a pagar en 5 cuotas), por lo que en 2018 el importe total a pagar por todo ese año será de $1.200.- C R I T E R I O D E I M P U T A C I Ó N Para el cómputo del impuesto serán contemplados todos los bienes al 31/12 de cada año. Los bienes registrables escriturados computarán para el cálculo de los $800.000.- tengan o no tenencia de uso. El dinero se registra según su estado al 31/12 de cada año. Si la tenencia es en efectivo estará alcanzado, y si está depositado en plazo fijo o caja de ahorro estará exento. V A L O R I Z A C I Ó N D E L O S B I E N E S : Casa/lote: Valor de adquisición según escritura o valor fiscal según boleta municipal del inmueble. Para lo construido o mejora de un bien se computará el valor generado por la construcción o su valor de mercado. Auto/Aeronave/Nave: Valor de adquisición según escritura, documento equivalente o valor fiscal según tabla del aplicativo de AFIP. Para lo construido o mejora de un bien se computará el valor generado por la construcción o su valor de mercado. Moneda extranjera (Dinero y Depósitos): Tipo de Cambio vendedor al 31/12 del Banco Nación o valor informado según tabla del aplicativo de AFIP. Bienes del hogar y personales: como mínimo es el 5% del total de Bienes (valor presunto determinado por AFIP) Acciones y Participaciones: con el concepto de responsable sustituto, al integrar o participar en sociedades, el impuesto lo abona la sociedad en cabeza de los socios, donde luego cada socio se podrá computar dicha retención en su DDJJ. El criterio de valuación de AFIP es pro fisco, por lo que ante dos valores determinados para un mismo bien, AFIP computará el mayor valor. E X E N C I O N E S Valor total de bienes menores a $800.000.- Cuentas de capitalización y seguros de retiro: cajas especiales de jubilaciones o de retiro por aportes voluntarios. Cuotas sociales de cooperativas en forma de cuotas parte. Bienes inmateriales: patentes, marcas, llaves de negocio. Inmuebles rurales: lotes improductivos (alcanzados por ganancia mínima presunta) www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 7

Títulos Públicos y Obligaciones Negociables Depósitos en entidades financieras en forma de plazos fijos y cajas de ahorro (cuentas corrientes y otro tipo de colocaciones no están exentas) Todos estos bienes se declaran pero quedan exentos del impuesto A P L I C A C I Ó N T É C N I C A L I Q U I D A C I Ó N D E L I M P U E S T O Para la determinación del impuesto anual es necesario saber determinar el monto total de bienes computables y saber si excedemos el mínimo no imponible de los $800.000.- lo cual ejemplificaremos en el siguiente cuadro: Al importe de la BASE IMPONIBLE del gráfico anterior, se lo multiplica por la alícuota de la siguiente tabla dependiendo del monto total del patrimonio computable (Bienes Gravados) Periodo Mínimo no imponible Alícuota 2016 $800.000.- 0,75% 2017 $950.000.- 0,50% 2018 $1.050.000.- 0,25% Al impuesto determinado que resulte por dicha multiplicación, se le descontará de corresponder los saldos a favor, anticipos y/o pagos a cuenta (pagos a cuenta explicados en Año Fiscal) www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 8

A P L I C A C I Ó N P R Á C T I C A Instalar en una PC personal el aplicativo SIAP conjuntamente con el módulo bienes personales y ganancias personas físicas. Clave Fiscal para enviar por la página de AFIP la DDJJ F762/A generada en el aplicativo. D E S C A R G A E I N S T A L A C I Ó N D E L S I A P Y A P L I C A T I V O S En la página principal de AFIP (sin ingresar con clave), ingresar a la sección Aplicativos, seleccionar Ganancia de Persona física, y desde el menú desplegable seleccionar Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales (período 2007 y siguientes) Unificado y descargar el archivo ejecutable a la PC personal. Luego ejecutar el archivo descargado desde la página de AFIP siguiendo las instrucciones indicadas en el proceso. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 9

R E G I S T R O DEL C O N T R I B U Y E N T E En esta pantalla se genera el alta del contribuyente (sujeto alcanzado) con los datos personales e impositivos. S E L E C C I Ó N D D J J - A D M I N I S T R A B I E N E S S I T U A D O S E N E L P A Í S Seleccionar DDJJ de Bienes Personales únicamente o también DDJJ de Ganancias según corresponda. En este curso explicaremos DDJJ de Bienes Personales. Indicar si la DDJJ incluirá bienes situados en el país y/o en el exterior www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 10

R E G I S T R O DE D D J J Pantalla donde se indican todos los tipos de bienes con opción a ser declarados, accediendo a cada uno de ellos para su correspondiente registración I N M U E B L E S Se debe indicar la fecha de adquisición del inmueble (ver escritura), porcentaje de titularidad según escritura. Si es bien conyugal y no se indica porcentaje, corresponde 50% a cada conyugue. El valor del bien surge de la escritura o boleta inmobiliaria. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 11

A U T O M O T O R E S Se debe informar la fecha de adquisición del rodado (ver escritura) y porcentaje de titularidad. Si es bien conyugal y no se indica porcentaje, corresponde 50% a cada conyugue. Los valores de los rodados están disponibles en el aplicativo, o en su defecto en el nomenclador de AFIP. Verificar la amortización del vehículo, la cual es de 5 años a partir de la incorporación en el patrimonio. P A R T I C I P A C I Ó N E N E M P R E S A S El dato relevante en esta pantalla es la CUIT de la empresa de la cual se forma parte y el porcentaje de participación en pesos. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 12

T Í T U L O S C O N C O T I Z A C I Ó N Registrar el tipo y clase del título, fecha de cotización, valorización al 31/12. La valuación del título está registrada en la tabla de valores de títulos del aplicativo. D E P Ó S I T O S E N D I N E R O Registrar la CBU, tipo de cuenta, tipo de moneda y cotización al 31/12. Si se informa dinero en Plazo Fijo o Caja de Ahorro, indicar Exento por Ley en el combo de opciones de Motivo de Exención/Información. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 13

D I N E R O E N E F E C T I V O Indicar importe de dinero en efectivo al 31/12 y el tipo de moneda con su correspondiente cotización. O B J E T O S P E R S O N A L E S Y D E L H O G A R En función al patrimonio declarado, AFIP asumirá que el valor de los Bienes Personales y del Hogar del sujeto es el 5% del patrimonio como mínimo, indicando en todo caso un valor superior al informado por AFIP. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 14

D E T E R M I N A C I Ó N D E L I M P U E S T O Pantalla donde se verifican todos los bienes alcanzados y exentos, determinando si supera o no el valor mínimo no imponible de $800.000.- También se aplica la alícuota sobre el importe alcanzado cuando supera el mínimo no imponible, determinando el importe del impuesto. D E T E R M I N A C I Ó N S A L D O I M P U E S T O Sobre el impuesto determinado, restar lo abonado en concepto pagos a cuenta, anticipos de impuesto, percepciones sufridas y saldos a favor de periodos anteriores. Luego de estas registraciones el aplicativo determinará saldo a pagar o a favor. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 15

P E R C E P C I Ó N I M P U E S T O motivo. Registro de percepciones sufridas informando CUIT del agente de retención, importe, fecha y F O R M A D E I N G R E S O En caso de impuesto a pagar, se puede optar por plan de facilidades de pago hasta en 3 cuotas. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 16

P R E S E N T A C I Ó N D D J J Haciendo click en el ícono diskette/impresora del menú de la pantalla anterior se podrá visualizar el formulario de DDJJ a presentar, donde se recomienda verificar los datos informados ante posibles errores de registración por parte del usuario. G E N E R A C I Ó N D E A R C H I V O Hacer click en el ícono diskette/impresora del menú de la pantalla anterior para seleccionar la carpeta donde se generará el archivo de la DDJJ a ser presentada. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 17

P R E S E N T A C I Ó N D D J J Y P A G O Desde la página de AFIP, hacer click en Presentación de DDJJ y Pagos para subir la DDJJ generada por el sistema SIAP. A D J U N T A R A R C H I V O D D J J Haciendo click en el botón examinar, seleccionar la DDJJ generada por el sistema SIAP para formalizar la presentación de la DDJJ. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 18

P R E G U N T A S F R E C U E N T E S Generalmente se producen situaciones que a simple vista no encuadran dentro de lo establecido por la normativa fiscal o generan incertidumbre al procesar la información para realizar la DDJJ. Es por ello que las siguientes preguntas intentan aclarar distintas situaciones comunes que se producen en lo cotidiano al liquidar el impuesto. Cuál es el código de actividad que debe informar un empleado en relación de dependencia para presentar sus declaraciones juradas informativas?, Deberá utilizar el código de actividad correspondiente a su empleador. Soy trabajador en relación de dependencia/jubilado/pensionado, estoy obligado a presentar la declaración jurada del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias?, Los trabajadores en relación de dependencia, los jubilados y pensionados, se encuentran obligados a informar a este Organismo: Cuando hubieran percibido durante el año fiscal ganancias brutas iguales o superiores a $ $200.000.-. El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales (DJ de Bienes Personales). Si por un determinado período fiscal presenté la declaración jurada de Bienes Personales informativa, pero en el período fiscal siguiente no supero los $200.000, por lo que no me corresponde efectuar la presentación, debo darme de baja del impuesto?, En el caso planteado no corresponde efectuar la baja del impuesto ya que la presentación es de carácter meramente informativo, en el caso de que sus bienes al 31 de diciembre no superaran los $800.000. Por lo tanto no se encuentra obligado a solicitar ni el alta ni la baja del impuesto. Para establecer la obligación de informar los bienes al 31 de diciembre, deberán considerarse las prestaciones dinerarias que obtuvo un empleado en virtud de la Ley Nº 24.557 sobre riesgos de trabajo, como reparación o indemnización por accidente laboral?, La obligación de información que recae sobre quienes hubieran percibido en su conjunto ganancias brutas iguales o superiores a $ 200.000.-, debe ser cumplida asimismo por aquellos sujetos que perciban rentas no comprendidas en el régimen retentivo por hallarse exentas del impuesto a las Ganancias. Por ende, deberá computarse como ganancia bruta a dicha indemnización recibida de la A.R.T., a los fines de establecer si la ganancia bruta iguala o supera el aludido importe de $ 200.000.- Cómo calculo el importe de los anticipos?, El importe de cada uno de los anticipos se determinará de acuerdo con el siguiente procedimiento: Sobre el monto del impuesto determinado, referente al período fiscal inmediato anterior a aquel al que corresponderá imputar los anticipos -detraída, de corresponder, la suma computada como pago a cuenta por los gravámenes similares pagados en el exterior- deberá aplicarse el 20%. A partir de qué monto se deben ingresar los anticipos?, Para el período fiscal 2016 y siguientes, corresponderá efectuar el ingreso de los anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a los $1.000.- www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 19

Cómo se ingresan los anticipos? Por medio del Volante Electrónico de Pagos o con el formulario 799/C. En qué casos puedo solicitar la reducción de anticipos y cuál es el procedimiento?, Cuando considere que la suma a abonar por anticipos superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal al cual deba imputarse esa suma -neta de los conceptos deducibles de la base de cálculo de los anticipos-.en dicho caso podrá optar a partir del tercer anticipo, por efectuar los citados pagos a cuenta por un monto equivalente al resultante de la estimación que practiquen. No obstante, cuando se considere que la suma total a ingresar en tal concepto superará, en más del 40%, el importe estimado de la obligación del período fiscal al cual es imputable, la opción podrá ejercerse a partir del primer anticipo. www.inergram.com.ar Consultoría Evolutiva Página 20