AVISO DE ELECCIÓN DE BONOS A LOS VOTANTES CALIFICADOS, RESIDENTES DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE BROADDUS:

Documentos relacionados
AHORA, POR LO TANTO, LA JUNTA DE SÍNDICOS DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE CONSOLIDADO DE GOOSE CREEK ORDENA QUE:

concejales desempenaran sus puestos durante el plazo y en los lugares nombrados segun lo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE VENTAS AL POR MAYOR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE Presentado por el representante Hernández López

ORDEN PARA CONVOCAR UNA ELECCIÓN DE BONOS PARA EDIFICIOS ESCOLARES, CON OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A ESTA

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 8 de agosto de 2013

AVISO DE ELECCIONES ESTADO DE TEXAS CONDADO DE WARD DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE GRANDFALLS-ROYALTY

5ª Operación de Canje de Títulos de la Deuda Pública Nacional Interna

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) Núm.

ENMIENDAS AL REGLAMENTO NÚMERO 8054 PARA LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y VIAJES CULTURALES

Índice de Capítulos. Índice. Introducción

Ministerio de Defensa

REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES MUEBLES DE USO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Dirección de Peajes CDEC SIC

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros

INFORME QUE PRESENTA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, S.A

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

Capítulo I Disposiciones generales

Sistema Peruano de Información Jurídica

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:

CIRCULAR EXTERNA

CARTAS DE NOTIFICACIÓN A LOS PADRES AVISO PREVIO POR ESCRITO DEL SISTEMA ESCOLAR LOCAL. Nombre de Contacto: Nro. de Teléfono.:

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de agosto de 2013 Última reforma publicada DOF Índice de Capítulos.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

Tablas comparativas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)

DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO DE LA CIUDAD DE SACRAMENTO COMITÉ ASESOR DE APRENDICES DEL INGLÉS DEL DISTRITO ESTATUTOS

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

AVISO DE ELECCIÓN A LOS VOTANTES CALIFICADOS RESIDENTES DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE NEDERLAND

HORAS EXTRAORDINARIAS APROBACIÓN, ADMINISTRACION Y DIVULGACIÓN

CENTRO MÉDICO POLK MANUAL DE POLITICA Y PROCEDIMIENTO SERVICIOS FINANCIEROS PARA PACIENTES

AVISO DE ELECCION A LOS VOTANTES RESIDENTES HABILIT ADOS DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPE DIENTE DE CLIFTON

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035

SELECCIÓN DEL REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO

INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

PRIMERA. El Sistema Informático contará con los siguientes servicios:

PROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN Y FACTURACIÓN

ASOCIACION DE JUBILADOS BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO REGLAMENTO DE VOTACIONES Y ESCRUTINIOS

INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DEL VOTO ANTICIPADO (Acuerdo 6 Junta Electoral General en su sesión del 14 de enero de 2015)

(a) estar en formato impreso o electrónico; y

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

En tal sentido, para mayor claridad adjuntamos nuevamente la comunicación de hecho de importancia antes referida con la corrección correspondiente.

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN. PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 07 DE 2016

Derechos y Deberes de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros

Capítulo XIX Administración del Tratado

Modelos de informe sobre estados financieros intermedios de las entidades cotizadas

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA TRANSPORTE DE CAUDALES-2016, PARA EL COMITÉ DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISTICO CULTURALES DEL CUSCO COSITUC

P155 Protocolo de 2002 relativo al Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981

aczjlbahbkjnfcdk-rue Copias: 001 Pagina: 001

DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE HOUSTON MESA DIRECTIVA ORDEN DEL DÍA Y CONVOCATORIA DE REUNIÓN

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA SUBSIDIARIA DEL BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

AUMENTO DE SUELDO A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EN VIRTUD DE LA LEY NúM. 164 DE 22 DE JULIO DE 2003 INDICE

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS

INFORME LEY Nº SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS

Instituto Nacional de Vias GESTIÓN CONTRACTUAL AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CONCURSO DE MERITOS ABIERTO

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO

RÉGIMEN DE FACTURA ELECTRÓNICA FACE 2

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión , celebrada el 30 de enero del 2015,

Suplemento Informativo. República de Colombia

Sobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE VIVIENDA

1.- Sistema de Inscripción (SISEXA) 2.- Registro SUBSECRETARÍA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

Y PARA QUE ASÍ CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan, Puerto Rico, hoy 21 de diciembre de 2015.

MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No.

REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR

DERECHO DE RETIRO DE LA OPA. Tablemac 2015

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL

Diario Oficial de la Unión Europea L 346/1. (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

Normas de procedimiento

Expídese el Instructivo para el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneraciones y la participación de utilidades.

REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Descripción genérica de los procesos de las PyMes en Mexico

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.

Artículo 1. Los siguientes son considerados como documentos públicos a efectos de la presente Convención:

SECRETARIA ADMINISTRATIVA INVITACIÓN PÚBLICA SAMC

B A S E S. Sobre las promociones

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE AENA, S.A

Centro Financiero Internacional, Ley Reguladora del; Enmiendas Ley Núm de septiembre de 2014

Preguntas frecuentes relacionadas con Partes Relacionadas y Precios de Transferencia.

Circular Informativa. Acuerdo entre Estados Unidos y Colombia para e Implementar el Intercambio Automático de Información.

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS

CAPÍTULO VEINTE ADMINISTRACIÓN DEL ACUERDO. supervisará la implementación de este Acuerdo; revisará el funcionamiento general de este Acuerdo;

Transcripción:

AVISO DE ELECCIÓN DE BONOS A LOS VOTANTES CALIFICADOS, RESIDENTES DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE BROADDUS: SE NOTIFICA POR EL PRESENTE que se celebrará una elección en el DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE BROADDUS el día 7 de noviembre de 2017, de acuerdo con la siguiente orden: ORDEN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE BROADDUS CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE BONOS QUE SE CELEBRARÁ EN DICHO DISTRITO; DISPOSICIONES PARA LA REALIZACIÓN Y LA NOTIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN; CONTIENE OTRAS DISPOSICIONES PERTINENTES POR CUANTO, el Consejo de Administración (el "Consejo") del Distrito Escolar Independiente de Broaddus (el "Distrito") considera y determina que es necesario y aconsejable convocar y celebrar una elección para el Distrito sobre la proposición en adelante establecidas; y POR CUANTO, por lo presente se encuentra y determina oficialmente que dicha elección se llevará a cabo en una fecha uniforme de elecciones establecida por la Sección 41.001 (a) del Código Electoral de Texas, y sus enmiendas, como lo requieran las leyes del estado de Texas (el "Estado"); y POR CUANTO, el Consejo, en conformidad con las disposiciones aplicables del Código Electoral de Texas, tiene la intención de llevar a cabo una elección conjunta con el Condado de San Augustine (el Condado ) contrato con el Administrador de Elecciones del Condado (el "Administrador de Elecciones del Condado") para servicios electorales celebrados de acuerdo con las las disposiciones de la Sección 271.002, así enmendados; y POR CUANTO, el Consejo determina y declara que la reunión en la que se considera esta Orden es abierta al público, y que se dio el aviso público de la hora, el lugar y el propósito de la reunión, como requiere el Capítulo 551, del Código del Gobierno de Texas, y sus enmiendas; Ahora, por tanto, SE ORDENA POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE BROADDUS: Sección 1. Resoluciones. Las declaraciones contenidas en el preámbulo de esta Orden son verdaderas y precisas y se adoptan como determinaciones de hecho y como parte de las disposiciones operativas del presente documento. Sección 2. Elección ordenada; Fecha; Proposición. Una elección (la "Elección") se llevará a cabo para el Distrito y dentro del mismo el martes, 7 de noviembre de 2017 ("Día de Elecciones"), en conformidad con el Código Electoral de Texas (el "Código"). En la Elección, la siguiente proposición (la "Proposición") se presentarán a los votantes calificados del Distrito en conformidad con la ley: PROPOSICIÓN A SE AUTORIZA AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN ( EL CONSEJO ) DEL DISTRITO ESCOLAR INDEPENDIENTE DE BROADDUS (El "DISTRITO") PARA EMITIR LOS BONOS DEL DISTRITO EN UNA O MÁS SERIES O PLAZOS, EN LA CANTIDAD DE $7,500,000 PARA LA CONSTRUCCIÓN, ADQUISICIÓN Y EQUIPAMIENTO DE EDIFICIOS ESCOLARES EN EL DISTRITO (INCLUYENDO EL REHABILITACIÓN, RENOVACIÓN, EXPANSIÓN Y SU MEJORAMIENTO DEL MISMA), DONDE DICHOS BONOS MADURARÁN, DEVENGARÁN INTERESES Y SERÁN EMITIDOS Y VENDIDOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY EN EL MOMENTO DE EMISIÓN; Y SE AUTORIZA AL CONSEJO GRAVAR Y ASIGNAR COMO GARANTÍA, Y HACER QUE SE CALCULEN Y RECAUDEN IMPUESTOS AD VALOREM ANUALES SOBRE TODA PROPIEDAD SUJETA A IMPUESTOS EN EL DISTRITO QUE SEA SUFICIENTE, SIN LÍMITE EN CUANTO A LA TASA O LA CANTIDAD, PARA PAGAR AL CAPITAL Y LOS INTERESES DE DICHOS BONOS CUANDO DEBEN DEBIDO Y LOS COSTOS DE LOS CONTRATOS DE CRÉDITO EJECUTADOS O AUTORIZADOS EN ANTICIPACIÓN DE, EN RELACIÓN CON, O EN CONEXIÓN CON LOS BONOS, TODO COMO AUTORIZADO LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DEL ESTADO DE TEXAS, INCLUYENDO PARTICULARMENTE (PERO NO A CUALQUIER MODO DE LIMITACIÓN) SUBCAPÍTULO A DEL CAPÍTULO 45 EL 1

CÓDIGO DE EDUCACIÓN DE TEXAS, JUNTO CON TODAS LAS ENMIENDAS Y ADICIONES A ESO, Y DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA? Sección 3. Boleta oficial. (a) La votación en la Elección y la votación anticipada para ello se efectuarán por el uso de los sistemas de votación y boletas aprobados legalmente por el Condado. (b) La preparación de los equipos necesarios y de las boletas oficiales para la Elección deberá ajustarse a los requisitos del Código a fin de permitir a los electores votar "A FAVOR" o "EN CONTRA" de la Proposición antes mencionadas que se presentarán en las boletas sustancialmente en la forma siguiente: PROPOSICIÓN NO. A A FAVOR EN CONTRA ) ) "LA EMISIÓN DE $7,500,000 EN BONOS DEL EDIFICIO ESCOLAR PARA LA CONSTRUCCIÓN, ADQUISICIÓN Y EQUIPAMIENTO DE EDIFICIOS ESCOLARES EN EL DISTRITO (INCLUYENDO REHABILITACIÓN, RENOVACIÓN, EXPANSIÓN Y SU MEJORAMIENTO DEL MISMA), Y LA IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO EN PAGO DEL MISMO" Sección 4. Personas calificadas para votar. Todos los electores residentes, calificados del Distrito deberán ser elegibles para votar en la Elección. Sección 5. Precintos electorales, lugares de votación y horarios de votación en el Día de Elecciones. Los precintos electorales para la Elección consistirán en el territorio dentro de los límites del Distrito situados en uno o más precintos electorales del Condado, que llevan los números de precinto establecidos en el Anexo A, que se adjunta e incorpora en el presente documento. El lugar de votación para la votación en el Día de Elecciones para cada precinto electoral se ajustará a lo establecido en el Anexo A - o en aquellos lugares que en lo sucesivo puedan ser designados por el Distrito. El Superintendente o su representante queda autorizado para actualizar el Anexo A para reflejar cambios en los lugares designados, y dichos lugares quedan aprobados por el presente. En el Día de Elecciones, las urnas estarán abiertas de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. Sección 6. Sitios de votación anticipada, fechas y horas. (a) La votación anticipada en persona para todos los precintos electorales se celebrará en los lugares, momentos y días establecidos en el Anexo B, que se acompaña y se incorpora en el presente documento, o en cualquier otro lugar según lo designe el Distrito. El Superintendente o su representante queda autorizado, por el presente, para actualizar el Anexo B para reflejar los lugares designados, y dichos lugares quedan aprobados. (b) Sra. Deborah Woods, Administradora de Elecciones del Condado de San Augustine, queda designada, como Secretaria de Votación Anticipada. Las solicitudes de boletas por correo se enviarán a: Sra. Deborah Woods, Administradora de Elecciones del Condado de San Augustine, Atención: Administrador de Elecciones, 558 North Harrison, P.O. Box 873, San Augustine, Texas 75972. El Superintendente o su representante está autorizado por la presente para designar a los diputados adjuntos de votación anticipada según sea necesario para la Elección. (c) En conformidad con la Sección 84.007, del Código de Elecciones de Texas, la secretaria de votación anticipada deberá recibir las solicitudes para votar por correo por vía electrónica. Las personas que deseen aplicar por vía electrónica deben enviar por correo electrónico su solicitud escaneada conteniendo una firma original a la siguiente dirección de correo electrónico: deborah.woods@co.san-augustine.tx.us. (d) Las solicitudes de boletas por correo, ya sea por correo postal o por vía electrónica, deben ser recibidas a más tardar al cierre de operaciones el 27 de octubre de 2017. Sección 7. Nombramiento de Oficiales Electorales. (a) Se designarán los jueces electorales, jueces alternos, secretarios, miembros de la junta de boletas de votación anticipada, los funcionarios de la estación central de conteo, y otro personal necesario para la realización de las Elecciones, los jueces electorales y jueces suplentes podrán ser modificados, los lugares de votación se pueden combinar en algunos recintos, y la estación 2

central de conteo se establecerá y dotará de personal según lo determinado por el superintendente y tales medidas quedan aprobadas en el presente documento. (b) Las Elecciones se llevarán a cabo por los funcionarios electorales, incluyendo los jueces presidentes y jueces suplentes designados por el Superintendente o su designado, de acuerdo con el Código de Educación, el Código Electoral, la Constitución y las leyes del Estado y de los Estados Unidos de América y el Acuerdo de Elección. Los jueces presidentes designarán no menos de dos (2) o ni más de cinco (5) secretarios electorales calificados para la realización de las Elecciones. Mediante el presente, el Consejo autoriza al Superintendente a nombrar cualquier otro funcionario que sea necesario y apropiado para llevar a cabo la Elección en conformidad con el Código Electoral. Sección 8. Aviso de Elecciones. El Aviso de Elecciones será proporcionado mediante: (i) la publicación de una copia fiel de esta Orden, en inglés y español, en una ocasión, no antes de los treinta (30) días ni después de diez (10) días antes de la fecha fijada para la elección, en un periódico publicado en el Distrito (o que cumpla con la ley del Estado), (ii) mediante la publicación de una copia de la presente Orden, en inglés y español, en el tablón de anuncios utilizado para la publicación de avisos de las reuniones del Consejo, a más tardar el vigésimo primer (21) día antes de la fecha fijada para la elección y por lo menos en tres (3) lugares públicos en los límites del Distrito, a más tardar el vigésimo primer (21) día antes de la fecha fijada para la elección y (iii) mediante la publicación de una copia de la presente Orden, en inglés y español, en el sitio web del Distrito, claramente visible y junto con el aviso de la Elección y el contenido de la Proposición, a más tardar el vigésimo primer (21) día antes de la fecha fijada para la elección y hasta el Día de Elecciones. Además, el Día de Elecciones y durante la votación anticipada en persona, esta Orden se mostrará en un lugar visible en cada lugar de votación. El Aviso de Elecciones se facilitará también al secretario del Condado de San Augustine a más tardar el día 60 antes del Día de Elecciones. Sección 9. Realización de la Elección. La Elección se llevará a cabo en conformidad con el Código, salvo según el Código de Educación de Texas sea modificado, y la Ley Federal de Derechos Electorales de 1965, y sus enmiendas, incluyendo en particular el capítulo 272 del Código con relación a los requisitos bilingües. Sección 10. Información adicional requerida por la Sección 3.009 del Código Electoral. (a) A partir del 1 de Septiembre de 2016, el primer día del año fiscal en curso del Distrito, el valor nominal total pendiente de la deuda tributaria del Distrito era $0.00 y la suma total de los intereses pendientes de dicha deuda tributaria era $0.00. La tasa de impuesto ad valorem del Distrito en la fecha de la presente Orden es $0.00 por cada $100 de la tasación de las propiedades sujetas a impuestos en el Distrito. (b) El Distrito tiene la intención de emitir los bonos autorizados por la Proposición durante un período de años de forma y de acuerdo con un calendario que determine el Consejo sobre la base de una serie de factores, incluyendo, pero sin limitarse a, las necesidades del Distrito en ese momento, los cambios demográficos, las condiciones reinantes en el mercado, la tasación en el Distrito y el manejo del riesgo de las tasas de interés a corto y largo plazo del Distrito. Las condiciones del mercado, la conformación demográfica y la tasación oficial varían en base a una serie de factores que escapan del control del Distrito, y por lo tanto, el Distrito no puede y no garantiza una tasa de interés o de impuestos en particular asociada con los bonos autorizados por la Proposición. Como tal, la información contenida en este párrafo se proporciona únicamente con fines ilustrativos y no establece ningún tipo de limitaciones o restricciones ni crea un contrato con los votantes. La tasa de impuestos del Distrito recientemente adoptada para operaciones y mantenimiento es de $1.06 por $100 de la tasación oficial. El Distrito actualmente estima que, si la Proposición se aprobara y los bonos aquí propuestos se autorizaran y emitieran de acuerdo con el plan de financiación actualmente proyectado por el Distrito, la tasa de impuesto ad valorem del Distrito sería de aproximadamente $0.26 por cada $100 de la tasación de las propiedades sujetas a impuestos en el Distrito. Los bonos propuestos en el presente documento pueden ser emitidas al madurar durante un número determinado de años que no exceda de 40 años. (c) Cualquier información adicional requerida por la Sección 3.009 del Código está contenida en las Secciones 2 y 3 de la presente Orden. Sección 11. Medidas necesarias. El Superintendente o su representante, actuando en nombre del Consejo, y luego de consultar con el abogado del Distrito y el asesor de bonos, queda por este medio autorizado y se le ordena tomar todas las medidas necesarias para cumplir con las disposiciones del Código y la Ley Federal de Derechos de Votación para la realización y dirección de la Elección, estén o no autorizadas expresamente en este documento, lo que incluye el efectuar cambios o extensiones a los lugares de votación o procedimientos de votación en la medida necesaria o deseable. Sección 12. Divisibilidad. Si alguna disposición, sección, subsección, oración, cláusula o frase de esta Orden, o la aplicación de los mismos a cualquier persona o conjunto de circunstancias es por cualquier razón considerada inconstitucional, nula, 3

inválida o no ejecutable, ni las partes restantes de esta Orden ni su aplicación a otras personas o conjuntos de circunstancias se verán afectadas de ese modo, siendo la intención del Consejo al adoptar la presente Orden que ninguna parte ni disposición o regulación contenida en este documento se vuelva inoperante o falle debido a cualquier inconstitucionalidad, nulidad, invalidez o inaplicabilidad de cualquier otra parte de la misma, y todas las disposiciones de la presente Orden se declaran divisibles a esos efectos. Sección 13. Fecha de vigencia. La presente Orden entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación. DAN FE: /s/ Jamie Sowell Presidente, Consejo de Administración Distrito Escolar Independiente de Broaddus /s/ James Wells Secretario, Consejo de Administración Distrito Escolar Independiente de Broaddus Precinto No. Anexo A Números de Precintos del Condado y Lugares de votación para el Día de Elecciones El dia 7 de noviembre de 2017 7:00 a.m. a 7:00 p.m. LUGARES DE VOTACIÓN PARA EL 7 DE NOVIEMBRE DE 2017 Día de Elecciones, lugares de votación abiertos de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. Lugar de votación y dirección Centro Comunitario de Broaddus, 1011 FM 2558, CR 361, Broaddus, Texas 75929 9 Primera Iglesia Metodista Unida, 205 S Liberty, San Augustine, Texas 75972 3,6, 7, 8 Edificio para Jubilados, 405 Bolivar Street, San Augustine, Texas 75972 4

Anexo B Calendario y Horario de Votación Anticipada Día de Elecciones el dia 7 de noviembre de 2017 SITIOS PRINCIPALES Y PERMANENTES DE VOTACIÓN ANTICIPADA, DATOS Y HORARIOS Información de Votación Anticipada La votación anticipada comienza el lunes 23 de octubre de 2017 y termina el 3 de noviembre de 2017 Secretaria de Votación Anticipada: Deborah Woods Dirección de Secretaria de Votación Anticipada: 225 North Harrison, P.O. Box 873, San Augustine, Texas 75972 Juez que preside de la Junta de Votación Anticipada: Deborah Woods ADICIONAL SITIOS DE APARIENCIA PERSONAL PARA VOTACIÓN ANTICIPADA La Oficina de Administradora de Elecciones del Condado de San Augustine 225 North Harrison, P.O. Box 873 San Augustine, Texas 75972 Horas: 8:00 a.m. 4:00 p.m. Centro Comunitario de Broaddus 1011 FM 2558, CR 361 Broaddus, Texas 75929 Horas: 9:00 a.m. 4:00 p.m. VOTACIÓN ANTICIPADA POR CORREO Las solicitudes de votación por correo se deben enviar por correo para ser recibidas a más tardar al cierre de las actividades (4:00 p.m.) el 27 de octubre de 2017. aplicaciones deben enviarse por correo a: La Oficina de Administradora de Elecciones del Condado de San Augustine Atención: Administrador de Elecciones 225 North Harrison, P.O. Box 873 San Augustine, Texas 75972 Correo electrónico: deborah.woods@co.san-augustine.tx.us 5