SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES. Manual informativo de producto



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SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES Manual informativo de producto 1

Seguro de Accidentes Personales 1. Características del Seguro de Accidentes Personales 1.1 Riesgos Cubiertos 1.2 Edad mínima y máxima de cobertura 1.3 Alcance de la cobertura 1.4 Requisitos 2. Limitaciones y Exclusiones 3. Parámetros para Cotizar. Definiciones 3.1 Que se debe tomar en cuenta para evaluar un riesgo 3.2 Descripción de la cobertura limitada a la actividad laboral 3.3 Limitación del riesgo según actividad 3.4 Asistencia Médico Farmacéutica 3.5 Primas Mínimas 4. Descripción de Actividades 5. Planes Especiales 5.1 Plan Colegios. Alumnos y Profesores 5.2 Plan de ayuda a la continuidad escolar. Seguro para Padres y Tutores 5.3 Plan Choferes de Transportes de Carga 5.4 Plan Turismo Estudiantil 5.5 Plan Turismo Aventura 5.6 Plan Protección Consorcios 5.7 Plan Protección Hogar 5.8 Plan Deportistas Amateurs 2

1. Características del Seguro de Accidentes Personales 1.1. Riesgos Cubiertos: Muerte por accidente Invalidez Total y Permanente por accidente Invalidez Parcial Permanente por accidente Asistencia Médico / Farmacéutica Renta Diaria por Internación 1.2. Edades de cobertura: Mínima de ingreso: 14 años (excepto cobertura a colegios, clubes, colonias, etc.) Máxima de ingreso: 64 años Edad máxima de permanencia: hasta los 75 años inclusive. 1.3. Alcance de la cobertura: Mundial: Cobertura durante las 24hs. del día. Ámbito Laboral: Limitado a la actividad y ámbito laboral declarados e In-Itinere 1.4. Requisitos: Seguros Individuales: Cada asegurable deberá llenar, indefectiblemente, una solicitud/declaración. Por tratarse de una declaración donde el asegurable designa beneficiario, la misma deberá estar firmada por el propio interesado. Seguros Colectivos: El Contratante deberá suscribir el formulario de solicitud del seguro al que deberá acompañar la nómina de personas a asegurar, con sus datos y beneficiarios designados. La falta de esta documentación dará derecho a la compañía a no emitir el seguro o bien a limitar la cobertura del mismo 2. Limitaciones y Exclusiones Trabajos en altura hasta el límite de 10 (diez) metros y 1,5 metros de profundidad. Se fijará como altura la distancia comprendida entre el suelo firme y el punto de apoyo de los pies del asegurado. Por alturas superiores consultar a la Compañía Trabajadores en silletas Demoliciones Labores submarinas Fabricación de explosivos o municiones Minería Fundición de metales Producción de materiales radioactivos o el uso de dichos materiales para producir energía Exploración y explotación de productos de petróleo sobre masas de agua Aserraderos. (Consultar a la Compañía) Seguro Individual o de Grupo emitido a personal de aviación Cualquier seguro que se emita automáticamente cuando una persona carga un viaje en su tarjeta de crédito Cuerpos del ejército o de la policía así como las unidades especiales de los mismos (cascos azules, etc.); guardaespaldas y toda persona que por su trabajo haga portación de cualquier tipo de armas. Solo estarán cubiertos mensajería y delivery en ciclomotor hasta 100 c.c. La utilización de motocicletas de mayor cilindradas, consultar a la Cia. Recolectores de basura. Buceo o exploración. Cacería, paracaidismo, alpinismo y todo tipo de escalamiento. Poda de árboles en altura Atletas y deportistas profesionales. Práctica de rugby Práctica de boxeo 4. Parámetros para Cotizar. Definiciones 3.1 Que se debe tomar en cuenta para evaluar un riesgo: Para evaluar un riesgo se debe contar como mínimo con los siguientes datos: Actividad que desarrolla el asegurable (en detalle) Fecha de nacimiento Enfermedades y/o defectos físicos que pudiera tener el asegurable Coberturas y sumas Aseguradas que desea contratar Vigencia de la cobertura 3.2 Descripción de la cobertura limitada a la actividad laboral: Se ampara al asegurado únicamente mientras se encuentre en el ejercicio de la profesión declarada, excluyendo cualquier otra actividad ajena a la misma. La ubicación del riesgo será el lugar de trabajo previamente declarado, e in-itinere. En caso de que en la propuesta de emisión no se especifique la duración de la cobertura (24 hs. o laboral in itinere), se tomará por defecto 24 hs. mundial. 3.3 Limitación del riesgo según actividad: Construcción y trabajos en altura La cobertura de construcción y trabajos en altura estarán encuadrados en las categorías 4 y 5 La categoría 4 cubre trabajos hasta 6 mts. de altura La categoría 5 cubre trabajos hasta 10 mts de altura. Para esta cobertura se exigirán las medidas de seguridad reglamentarias (arnés y casco por ejemplo). No se cubrirán los accidentes que 3

no cuenten con dichas medidas de seguridad. La cobertura se limitará al ámbito laboral declarado e in itinere, debiendo indicar lugar y horarios de trabajo. La falta de esta información y/o la mención a varios lugares sin su individualización, determinará que la cobertura sea por 24 hs. Servicio doméstico En esta actividad la cobertura podrá ser por las 24 hs del día o limitada al ámbito laboral. En caso de optarse por esta última, para cubrir el trayecto in-itinere, el tomador deberá declarar el horario en que la empleada doméstica desempeña sus tareas.. Choferes en general Tendrán únicamente cobertura por las 24 hs 3.4 Asistencia Médico Farmacéutica La Compañía reintegrará los gastos incurridos por el asegurado en ocasión de un accidente cubierto y hasta la suma máxima determinada para esta cobertura. Franquicias: Se aplicará una franquicia de $ 100.- 3.5 Primas Mínimas Prima mínima de póliza para período corto: De 1 a 30 días $ 50.- De 31 a 60 días $ 75.- Más de 60 días $100.- Prima mínima de endoso: Será de $30.- 4. Descripción de Actividades A continuación detallamos un resumen de las actividades más comunes y usuales, diferenciándolas por categorías: 5. Planes Especiales 5.1. Plan Colegios. Alumnos y Profesores Cobertura del seguro: Este plan protege a los alumnos, maestros y profesores de los colegios, en los siguientes momentos: a) Durante la permanencia de los mismos dentro del ámbito del colegio o sus dependencias. b) Durante las actividades deportivas, culturales, viajes, etc. que se realicen a través del colegio supervisadas y organizadas por este. Riesgos Cubiertos: Muerte por accidente Invalidez Total y/o Parcial Permanente por accidente Reembolso de gastos médicos y farmacéuticos por un accidente cubierto Vigencia de la cobertura: Anual Sumas aseguradas: A elección del colegio y de común acuerdo con la Compañía Alcances de la Asistencia Médica Farmacéutica: a) Si el colegio tiene contratado un servicio de emergencias médicas, en caso de accidente, esta actúa en primera instancia. Cuando el accidente justifique una internación o derivación a un nosocomio para su atención, que exceda la prestada por la empresa de emergencias, La Compañía reintegrará los gastos de asistencia médica farmacéutica hasta las sumas establecidas en la póliza. b) Si el colegio no dispusiera de un Servicio de Emergencias Médicas, en caso de un accidente cubierto, la compañía responderá a los gastos de la asistencia médica farmacéutica según lo establecido en la póliza. CATEGORIA TIPO DE ACTIVIDAD 1 Abogados. Administrativos. Amas de casa. Docentes. Médicos. 2 Cobradores. Comerciantes. Mensajeros (no en moto). Porteros. Promotores. Servicio Doméstico. Vendedores en local ó ambulantes. Viajantes. 3 Albañil interior sin trabajo de altura. Arquitectos o Ingenieros (con trabajo en obra). Carnicero. Carpinteros sin uso de sierra. Choferes de vehículos de alquiler. Personal Agrícola (peones, tamberos, cosechadores). Jardineros sin uso de sierra Gasista. Plomero. Pintor sin trabajo en altura 4 Choferes de Pick up, Camiones o Micros. Bombero. Carnicero con matadero. Carpinteros con uso de sierra. Electricistas (menos de 380 voltios). Jardineros con uso de sierra. Construcción o refacción interior y/o exterior (P.B.) hasta 6 mts. de altura. Operarios Industriales. Personal Agrícola con manejo de maquinaria agrícola (tractores etc.). Pintores hasta 6 mts. de altura. Servicio de Seguridad sin portación de armas 5 Electricista (más de 380 voltios). Construcción o refacción interior y/o exterior hasta 10 mts. de altura (con medidas de seguridad). Pintor hasta 10 mts. de altura. 4

5.2. Plan de ayuda a la continuidad escolar Seguro de padres: Este plan tiene por objeto ayudar a la continuidad del alumno en sus estudios, en caso de fallecimiento de su padre, madre o tutor. Asegurables: El padre o la madre o el responsable del alumno ante el colegio. Edad máxima de ingreso: 64 años. Edad máxima de cobertura: 70 años. Riesgo cubierto: Muerte por accidente Vigencia de la cobertura: Anual, los 365 días del año Suma asegurada: Se establecerá de común acuerdo con el colegio y estará relacionada con la cuota y matrícula que paga cada alumno como también al curso/grado/división que pertenece. Beneficiarios: Serán designados por el asegurado, pudiendo ser el propio colegio quién garantizaría la continuidad del alumno en el mismo. 5.3 Plan Choferes de Transportes de Carga Quienes pueden asegurarse: El transportista propietario del camión y su chofer. El único requisito es ser menor de 65 años de edad. Ámbito de la cobertura: mundial las 24 hs. Vigencia: anual invalidez total y permanente por accidente invalidez parcial permanente por accidente asistencia médico farmacéutica a causa de un accidente cubierto Sumas aseguradas Individuales: Muerte e Invalidez: Desde $ 100.000.- (pesos cien mil) hasta $ 300.000.- (pesos trescientos mil) Asistencia Médico - Farmacéutica: hasta $ 10000.- (pesos diez mil) con una franquicia de $ 100.- (pesos cien) Beneficiario del seguro: Si el seguro del chofer está totalmente a cargo del titular del camión, podrá ser este beneficiario del seguro. Si el asegurado necesita de esta cobertura para ingresar con su transporte a una empresa, se endosa la póliza a favor de quién el titular disponga dejando establecido las instancias en las que le correspondería el beneficio. 5.4 Plan Turismo Estudiantil Cubre los Accidentes de los turistas en un todo de acuerdo a lo reglamentado por la Secretaría de Turismo según Resolución 237/2007 y modificatorias 435/08 y 271/09. Asegurables: Los turistas que viajen a través de la agencia de turismo estudiantil autorizada, Contratante del Seguro. Ámbito de la cobertura: Se extenderá durante las 24 horas del día a partir del momento que se embarcan en el medio de transporte que los lleve al destino contratado y hasta el momento de regreso al lugar de partida. La cobertura se limitara al territorio nacional. Está excluida de esta cobertura, toda actividad de turismo aventura que realicen los turistas asegurados. incapacidad total y permanente por accidente incapacidad parcial y permanente por accidente asistencia médico farmacéutica a raiz de un accidente cubierto Sumas aseguradas individuales: De acuerdo a lo establecido por la resolución 237 y sus modificatorias la suma asegurada por cubrir a cada turista deberá ser de: Muerte e Invalidez: $ 100.000.- AM: hasta la suma de $ 10.000.- durante la vigencia del viaje. La asistencia médica brindada por esta cobertura, tendrá efecto una vez haya actuado la empresa de Emergencias Médicas contratada por la agencia de turismo y/o por la cobertura de Asistencia al Viajero a que hace mención la resolución Administración del seguro: La Agencia Contratante del seguro deberá informar a la Compañía, previo al viaje de cada contingente, la nómina de personas a cubrir con sus nombres, número de documento, fecha de partida, destino y fecha de regreso. La Compañía emitirá una póliza a nombre de la Agencia con vigencia anual procediendo a facturar a fin de cada mes la totalidad de personas que viajaron ese mes de acuerdo a la declaración proporcionada por la agencia antes de cada partida. 5.5 Plan Turismo Aventura Asegurables: Los turistas que viajen a través de la agencia de turismo autorizada, Contratante del Seguro o que contraten las actividades en estancias y/o establecimientos similares que se dediquen al Turismo Receptivo. Ambito de la cobertura: Mientras el asegurado se encuentre dentro de las instalaciones del establecimiento realizando las actividades declaradas. Actividades de Bajo Riesgo: Pesca Costera; Sulki y/o Carruajes tirado por caballo o buey; Turismo Recreativo; Turismo de Granja; Turismo Educativo; Arquería; Crocket; Cicloturismo; Mountain Bike; Safari Fotográfico; Espeología Avistaje de Aves o Especies (no acuaticas); trekking sin utilización de las manos; 5

Ascenciones sin utilización de las manos; Campamentos; Campings (no de montaña); Escalada por senderos sin utilización de las manos con guías o baqueanos (senderísmo); Basquet, Voley y Bochas (no en compentencia) Actividades de Mediano Riesgo: Baño en Rio, Laguna o Pileta de Natación (con guardavida); Cabalgatas Palestra hasta 10 metros de Altura; Trineos de Perro Trekking con bastones; Juegos de Supervivencia; Telesférico; Aerosilla; Buceo con Snorkel; Campamento de montaña; Práctica de tiro en recintos cerrados; Sandboard; Futbol (no en compentencia); Jockey (no en compentencia). incapacidad total y permanente por accidente incapacidad parcial y permanente por accidente asistencia médico farmacéutica a raiz de un accidente cubierto Administración del seguro: La cobertura será considerada a razón de un día por persona. Al inicio de la póliza se consideraran un total determinado de días de cobertura Consumido ese total, se facturará el excedente por día por persona hasta completar la vigencia de la póliza. El Contratante del seguro deberá informar a la Compañìa, previo al viaje de cada contingente en el caso de agencias o semanalmente en el caso de establecimientos, la nómina de personas a cubrir con sus nombres, número de documento, días en los que participará de las actividades. 5.6 Plan Protección Consorcios Asegurables: Estarán cubiertas aquellas personas que, contratados por la administración de un consorcio de propiedad horizontal, realicen tareas, propias de su profesión, en el mismo. Se entiende como asegurables las personas menores de 70 años que realicen las siguientes actividades: plomería, pintores, albañiles, electricistas, fumigadores, ascensoristas, etc. Ambito de la cobertura: Se amparará a los asegurados únicamente mientras se encuentren en ejercicio de la profesión declarada y prestando servicios bajo las ordenes del tomador limitándose la cobertura al accidente que ocurra dentro del edificio. Este contrato excluye cualquier otra actividad ajena a la invocada en las condiciones particulares. No incluye los trabajos particulares que contrate el propietario de una vivienda. La altura máxima cubierta es de 6 metros. invalidez total y permanente por accidente invalidez parcial permanente por accidente Sumas aseguradas Individuales: $ 100.000.-; $ 200.000.-; $ 300.000.- Como funciona el seguro: Se emite una póliza abierta de vigencia anual, a nombre del tomador y por un costo anual determinado. Dentro de la misma estarán cubiertos los trabajadores enunciados en el punto anterior Beneficiario del Seguro: Si el Tomador de la póliza toma a su cargo el pago de las primas del seguro y existiera un interés económico licito y válido sobre la vida de los asegurados, se instituye beneficiario del seguro en un todo de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Generales del seguro de Accidentes Personales. 5.7 Plan Protección Hogar A quienes está dirigida esta cobertura: A los propietarios de viviendas en Countries, Barrios Privados, Clubes de campo, etc. Finalidad de este seguro: Cubrir al tomador de la póliza (propietario) ante cualquier reclamo realizado por un trabajador, contratado por éste, con motivo de un accidente sufrido en su domicilio. Quienes pueden asegurarse: Esta cobertura abarca a los trabajadores independientes (monotributistas, trabajadores sin relación de dependencia formal) que sean contratados por el tomador para realizar tareas en su domicilio y no hayan cumplido los 70 años de edad.. Dentro de esa figura incluímos a Jardineros, Pileteros, Pintores, Electricistas, Albañiles, Plomeros, Técnicos varios, etc. La cobertura del personal doméstico esta contemplada si trabaja hasta 15 horas semanales. Los trabajos en altura (albañilería, pintura etc.) estarán cubiertos hasta una altura máxima de 6 mts contando como tal la distancia comprendida entre el suelo firme y el punto de apoyo de los pies del asegurado. Estarán cubiertos hasta dos trabajadores que se encuentren realizando la misma profesión en un mismo momento por ejemplo, dos albañiles. Si en algún momento la cantidad de albañiles supera el número de dos personas, el propietario, via e-mail o cualquier otro medio fehaciente, deberá informar de esa situación a la Compañía indicando la cantidad total de trabajadores y la cantidad de días que demandará el trabajo que están llevando a cabo en su propiedad. El procedimiento de declarar una cantidad mayor a dos personas de una misma actividad, sirve para cualquier profesión. Si en un determinado momento estuvieran trabajando, por ejemplo, dos pintores, dos jardineros y dos electricistas, NO será necesario informar a la compañía ya que no se supera el límite máximo de personas cubiertas por realizar una misma actividad en el mismo momento. Como funciona el seguro: Se emite una póliza abierta de vigencia anual, a nombre del tomador y por un costo anual determinado. Dentro de la misma estarán cubiertos los trabajadores enunciados en el punto anterior Ámbito de la cobertura: el domicilio declarado por el tomador. invalidez total y permanente por accidente invalidez parcial permanente por accidente 6

Sumas aseguradas Individuales: Muerte e Invalidez: $ 100.000.-; $ 200.000.-; $ 300.000.- Beneficiario del seguro: Teniendo en cuenta que el tomador es quién abona el premio del seguro se lo instituye beneficiario en un todo de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Generales del Seguro de Accidentes Personales. 5.8 Plan Deportistas Amateurs Asegurables: El presente Plan esta diseñado para cubrir a los deportistas amateurs pertenecientes a escuelas municipales, ligas deportivas, instituciones etc. Las edades de cobertura serán desde los 6 años de edad y hasta cumplir los 65 años. Ámbito de la cobertura: El asegurado estará cubierto mientras se encuentre desarrollando las actividades deportivas cubiertas, en competencias y en entrenamientos oficiales. En ambos casos en los predios habilitados a tal fin. No se cubren los traslados. Muerte por accidente Invalidez total y permanente por accidente Invalidez parcial permanente por accidente Asistencia médico farmacéutica a raíz de un accidente cubierto. Sumas Aseguradas Invidivuales: Se determinará de común acuerdo entre el Tomador y la Compañía. Beneficiarios: Podrá ser beneficiario el Tomador si toma a su cargo el pago de las primas del Seguro. 7

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