Acuerdo para la Mejora y el Crecimiento del Empleo (AMCE)

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Acuerdo para la Mejora y el Crecimiento del Empleo (AMCE) Valoración sobre su aplicación MARZO 2007 1 Elaborado por: Secretaría Confederal de la Juventud Trabajadora

Si bien todavía es pronto para dar un valoración sobre cómo está operando el Acuerdo, si podemos hacer una primera aproximación, sabiendo de que situación partíamos y en cual nos encontramos en este momento. Sabemos más que de sobra cuál es la situación de los Jóvenes Trabajadores y Trabajadoras en nuestro país. En general superamos la media europea de temporalidad, y esta diferencia se dispara si hablamos de población trabajadora juvenil. Si la tasa general de temporalidad en el año 2006 ha sido de promedio un 34%, en población menor de 30 años nos encontramos con un 54,8%. Es cierto que a lo largo de los últimos años, esta tasa se ha ido reduciendo paulatinamente, pero todavía es muy elevada, especialmente si en lugar de hablar de tasas, promedios, etc, hablamos de números absolutos, es decir le ponemos cara y personalidad. Así haciendo un pequeño repaso de la situación y su evolución histórica nos encontramos con : En los últimos años hemos visto cómo se ha incrementado la contratación temporal en nuestro mercado de trabajo. Ésta no sólo se ha convertido en la vía de entrada al mercado laboral de los trabajadores menores de 30 años, sino que se ha ido aceptando por parte de la población en general como la forma normalizada de permanencia en el mismo, muchas veces hemos oído eso de bueno cómo es joven, total si es joven, qué quiere y esa permanencia se ha arrastrado más allá de los 30 años. Si vemos qué ha ocurrido en los últimos 10 años, nos encontramos con que en 1996, según datos del Instituto de la Juventud (INJUVE), un joven tenía de media 2 contratos en los 5 primeros años de su entrada al mercado laboral, (se establece como la edad media de entrada los 18 años); en el año 2004 la media era de 3.6 contratos; y en el 2006 la cifra se eleva a 4 contratos. Según nos muestra el Informe del Mercado de Trabajo de los Jóvenes, del Instituto Nacional de Empleo (INEM), el índice de rotación de los trabajadores menores de 30 años 2

era del 2.18 (el índice de rotación se calcula dividiendo el número de contratos firmados en un año, por el número de personas contratadas, así en el año 2003 nos encontramos que se firmaron 7.763.135 contratos para 3.560.169 personas) en el año 2005, que es último dato que se ha publicado a principios de este año 2007, el índice fue del 2.26 ( 8.588.455 contratos para 3.798.444 personas) Desde 1998, la tasa de temporalidad para menores de 30 años ha pasado del 59.2% al 54.8%, en los 4 últimos años hasta llegar a ese 54.8%, hemos sufrido una temporalidad del 52.8% en 2003; 53.2% en 2004 y 54.9% en 2005. Por tanto si bien se ha reducido levemente la temporalidad, lo cierto es que quienes sufren esa temporalidad lo hacen en peores condiciones. Y ese es el principal problema de los jóvenes en el mercado laboral: no es sólo la inserción, la incorporación, sino la permanencia, la entrada se hace vía contratos temporales y se mantiene esa línea durante largo tiempo, con altibajos y una fuerte rotación. Y es en ese aspecto en el que principalmente se centra el Acuerdo. Si observamos lo que ha ocurrido durante este año 2006, en cada una de las mitades del mismo vemos que: Tenemos una población activa menor de 30 años de más de 5 millones y medio de trabajadores y trabajadoras, de los cuales, alrededor de 4 millones y medio son asalariados y cerca de 750.000 están desempleados, que representan alrededor del 41% de los desempleados totales. En el año 2006 ha habido de promedio 2.430.000 trabajadores y trabajadoras menores de 30 años con contrato temporal, es decir el 44% de los trabajadores con contratos temporales tenía menos de 30 años. Y éstos suponen la mitad de la población activa de ese tramo de edad. Se firmaron más de 9 millones de contratos con jóvenes menores de 30 años, de los cuales tan sólo 944.501 fueron 3

indefinidos (incluyendo las conversiones), dicho de otra forma casi 7 millones de contratos firmados en el año 2006 fueron temporales. De esos 7 millones de contratos, podemos hacer una foto fija poco optimista el 40% tuvieron una duración inferior a 6 meses, y otro 40 % de los trabajadores y trabajadoras no sabe la duración del mismo( incluyendo a los que no saben, los que no saben la duración pero es más de un mes, y los que no saben la duración pero es menos de un mes), dicho de otra forma, menos de un millón y medio de los contratos duraron más de 6 meses. Por otro lado, hemos de resaltar que casi el 70% de los contratos con duración inferior a 7 días lo firmaron jóvenes menores de 30 años. Y no olvidemos que el 80% de la población menor de 30 años, declara que su relación laboral temporal no es voluntaria. Pese a que la contratación indefinida en el periodo analizado tiene una incidencia menor en la población menor de 30 años que en el resto de la población, podemos destacar lo siguiente: El 38.8 % de los contratos ordinarios se firmaron con menores de 30 años. El 54.2% de los de fomento de empleo Y el 45.8% de las conversiones. Si observamos más detenidamente los datos y cómo se ha desarrollado este año 2006 nos encontramos con que en la 1ª mitad del año, evidentemente se firmaban más contratos ordinarios que de fomento al no estar bonificados en este último los hombres menores de 30 años (128.355/54.969). Mientras que en la segunda mitad, es decir, de julio a diciembre las modalidades se igualan (105.232/105.643). 4

Por sexo, a los hombres en la primera mitad del año el número de contratos de fomento es insignificante poco más del 11% de los indefinidos iniciales (79.319/10.297), mientras que en la segunda mitad, si bien casi se mantiene el porcentaje de ordinarios, se multiplica por algo más de 4 el de indefinidos de fomento (73.240/43.002). Si hablamos de mujeres jóvenes nos encontramos con que en la primera mitad del año casi se igualan ambas modalidades (49.036/44.672), mientras que en la segunda mitas se incrementa la de fomento en detrimento de la ordinaria (62.641/31.992). En cuanto a las conversiones, si bien prácticamente todas, y más claramente las cuatro modalidades con mayor volumen de contratación: Eventual (53.79), Obra, Prácticas (58.76%) y Formación(57.78%) por ese orden; las tras la entrada en vigor del Acuerdo suponen más del 50 por ciento de las conversiones para todo el año, destacando el contrato de Obra/Servicio con algo más del 65.24% En resumen podemos decir que este Acuerdo para la Mejora del Crecimiento y del Empleo, viene a poner un poco de cordura en ese desbocado mercado laboral que sufrimos los trabajadores y trabajadoras jóvenes, principalmente en los siguientes aspectos: 1.- Impulsando el empleo de calidad, a través del apoyo a la contratación indefinida y la conversión del trabajo temporal en indefinido, bonificando una cuantía fija durante un periodo de 4 años e incluyendo dentro de la bonificación a la contratación indefinida inicial a los hombres menores de 30 años; y reduciendo las cotizaciones empresariales por desempleo como fórmula de incentivación frente a la contratación temporal. 2.- Devolviendo la lógica al contrato de formación que se recupera como figura contractual para menores de 21 años con las siguientes excepciones 24 años cuando los desempleados sean alumnos-trabajadores de escuelas 5

taller, si sin límite cuando sean alumnos-trabajadores de talleres de empleo o se trate de personas con discapacidad. Y su incentivación a la conversión. 3.- Suprimiendo un contrato que en nuestra Organización, desde su imposición en el Decretazo del año 2001, hemos considerado como altamente discriminatorio y poco efectivo y que el tiempo nos ha dado la razón, puesto que el número de contratos de inserción realizados desde su inicio hasta la fecha es irrisorio ( en el año 2006 se firmaron 139 contratos de inserción). 4.- Estableciendo medias efectivas para reducir la temporalidad y evitar los encadenamientos abusivos de contratos, modificando el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, estableciendo que: serán fijos automáticamente todos los trabajadores que en un periodo de 30 meses estén contratados durante más de 24 meses en la misma empresa (directamente o a través de ETT) para el mismo puesto de trabajo, mediante dos o más contratos temporales. Si en el momento de entrar en vigor la nueva normativa, el trabajador están contratado eventual o por obra o servicio, esté contrato le va a computar para los plazos señalados si después le contrata de nuevo temporalmente. Cuando se el mismo puesto de trabajo el que se va cubriendo en la misma empresa por distintos trabajadores con contratos eventuales o de o/s (directamente o a través de ETT), la negociación colectiva debe establecer los límites del encadenamiento que afecten tanto al trabajador como al puesto. Y es aquí donde tenemos un gran trabajo y una gran responsabilidad para con los trabajadores temporales, especialmente para con los trabajadores jóvenes. 6

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CONTRATACIÓN (jl06-en07) TEMPORALES Menores 30 años Duración Menos de 6 meses 11.462 aprox 45% ( 35% población total) Más de 1 año 3.204 12,5% (14% población total 8

1996 Nº contratos en los 5 primeros años 2 contratos de media 2006 4 contratos de media 9