CONDICIONES PARTICULARES



Documentos relacionados
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES (Plan Broken Bones) Condiciones Particulares. Contenido. 1- Coberturas. 2- Defniciones y Beneficios

Este beneficio será pagadero sólo si la Persona Cubierta sufre una lesión a causa de :

CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES

FICHA DE DE SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJES.

Artículo I Condiciones. Artículo II Beneficios. Artículo III Alcance de la Cobertura. Artículo IV Documentación en caso de siniestro

CERTIFICADO DE SEGURO

Términos y Condiciones del servicio MasterAssist Módulos (los Servicios ) exclusivo para clientes MasterAssist.

SEGURO DE TUTO SEGURO DE TUT RES

SEGURO DE DESGRAVAMEN

POLIZA DE SEGURO VIDA GRUPO Condiciones Particulares Póliza No

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas

Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD

SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES CLÁUSULA DE MUERTE ACCIDENTAL Y REEMBOLSO DE GASTOS FUNERARIOS PARA PASAJERO EN TRANSPORTE PÚBLICO Y PARTICULAR

ANEXO No 01 - AL CONVENIO COMERCIAL ENTRE GIRAMOS S.A., MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A, Y MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A.

Servicios de La Tarjeta Galicia American Express Internacional

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3

JUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña Madrid Teléfono Atención 24 horas: Fax:

CONDICIONES PARTICULARES DEL NAC TAI TRAVEL ACCIDENT INSURANCE

Póliza de Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL

SEGUNDO: Los estudiantes que sufran un accidente de origen traumático podrán acceder a los siguientes beneficios, en adelante el Beneficio :


Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Extracto informativo del Seguro de Accidentes VISA CLASSIC (Caritas)

EXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL

Lo que usted debe saber de su Seguro Colectivo

Reglamento Premium Partners 2015

Para ser adherido y formar parte integrante de la Póliza de Seguro de Accidentes Personales Individual Nro. Contratada por emitida a favor de.

SEGURO DE DESGRAVAMEN.

25 de Mayo 432 piso 11 - C1002ABJ - Ciudad de Buenos Aires -Tel: y Lin Rot.

OBRA: SISTEMA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL TEATRO COLÓN Expediente Nº / 2009

CONDICIONES ESPECIALES Y PARTICULARES SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES

Coberturas Plan 2 AUXILIO EXEQUIAL $ PRIMA MENSUAL ASEGURADO $

Seguros por Tickets No Volados

SEGURO COLECTIVO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES (ESCOLAR)

MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL FECAPA CONDICIONES DEL SEGURO Y TABLA DE COBERTURA

SEGURO ESCOLAR DE ACCIDENTES PERSONALES

JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ

TARJETA CAPITAL DE TRABAJO

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA, MUERTE ACCIDENTAL E INCAPACIDAD PERMANENTE ACCIDENTAL

Tarjeta Visa Classic Internacional, se entiende por este término a aquellas tarjetas emitidas bajo la denominación Visa Classic Internacional.

PROYECTO INFORMATIVO: SEGURO INDIVIDUAL DE SUBSIDIO PARA: SAP-UGT

SEGUROS EN EL TRANSPORTE

LEY Nº Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:

CLAUSULAS ESPECIALES. Núm. de póliza Fecha efecto Vencimiento Forma de pago Duración Cuatrimestral Años pror.

SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE

POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS Y ROBO COMPRA PROTEGIDA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL

LOTE III - VIDA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO Y CORPORATIVOS 1.- OBJETO DEL CONTRATO

SEGURO DE ACCIDENTE CON BENEFICIO ASISTENCIA EN VIAJE

EL SEGURO DE DESGRAVAMEN. Qué es el seguro de desgravamen?

ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.

TÉRMINOS Y CONDICIONES

SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL

i) Los causados por mala fe del asegurado.

Certificado de Seguro de Protección de Tarjetas y Compras Certificado N Póliza de Seguro N (S/. 65) (S/. 80)

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PRESTADORES DE SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA

INSTRUCTIVO PARA OBTENCION DEL CERTIFICADO ESTUDIANTIL

Contratistas y Subcontratistas. Documentación necesaria para el Ingreso a Planta

RESPONSABILIDAD CIVIL

Seguro de extracciones en Cajeros Automáticos

SEGURO DE VIAJES HACIA CUBA.

1.3 Definiciones. Se incluyen las que presentan cambios.

SERVICIO DE ASISTENCIA AL VIAJERO PARA URGENCIAS Y EMERGENCIAS

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCIA, N. L. Secretaría de Republicano Ayuntamiento Secretaría de Administración Dirección de Adquisiciones

Condiciones Particulares

Si queres disfrutar de una vida libre de preocupaciones, solo tú puedes lograr.

CIRCULAR VERIFICACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS DE AVIACIÓN CIVIL

MetLife Full Protección. En letra GRANDE. y SIMPLE!

FUNDACIÓN MAPFRE TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios

Seguro de Responsabilidad Civil de MUSAAT para. Técnicos de la Construcción de la Administración Pública

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD

SERVICIOS COMPARTIDOS CMPC S.A.

Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD

BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA:

MUTUA NACIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS COLEGIADOS DE P.S. (MUNITEC) . INDEMNIZACIÓN DIARIA POR ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE SEGÚN ANEXO

SEGURO DE VIDA TRADICIONAL COLECTIVA FLEXIBLE COBERTURA DE MUERTE, DESMEMBRAMIENTO O PÉRDIDA DE LA VISTA POR CAUSA ACCIDENTAL

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014

Cómo reclamar los seguros: Seguro de ACCIDENTES

CLAUSULA BENEFICIOS DE GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTE

ANEXO DE ASISTENCIA DE ORIENTACIÓN MÉDICA PÓLIZA DE SEGURO PARA ACCIDENTES PERSONALES CONVENIO ESPECIAL ACCIONES Y VALORES S.A.

TARJETA CAPITAL DE TRABAJO

CONCELLO DE OURENSE SERVIZO DE CONTRATACIÓN

Stranger & Lewin Corredores de Seguros San Pío X 2460, Of Providencia, Santiago / Fono: Fax:

BHN VIDA S.A. - TUCUMÁN 1 11 PISO - (C1049AAA) - CABA - ARGENTINA

NOTA TÉCNICA SEGURO DE OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO - SOAT

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO Y CONTACTOS EN.CL

ASISTENCIAS PROTECCIÓN PATRIMONIAL SEGUROS BOLÍVAR

SEGURO HOSPITALIZACION POR ACCIDENTES CÓDIGO SBS: AE Adecuado a la Ley y sus normas reglamentarias POLIZA N CERTIFICADO N

SEGUROS DE AVIACION. Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC

PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL PLAN VIDA SALARIO SEGURO CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I AMPAROS, EXCLUSIONES Y LIMITACIONES

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No A-37-VIANVIIR 026

INFORMACION SOBRE SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO CAMBIO DE ESQUEMA DE RECAUDACION

[Escriba texto] P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE ACCIDENTES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA.

Póliza Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos

COBERTURA ADICIONAL DE CÁNCER FEMENINO. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD

PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL

Transcripción:

SECCION ACCIDENTES PERSONALES TOMADOR: CMR FALABELLA SA Póliza N 1252062 CONDICIONES PARTICULARES ACE Seguros S.A. (denominada aquí La Compañía o La Aseguradora ), habiendo emitido la presente Póliza (denominada aquí La Póliza ) a favor de CMR FALABELLA SA (denominada aquí El Tomador ), en beneficio de los poseedores de La Tarjeta CMR (denominados aquí Persona/s asegurada/s), hace constar que todo poseedor de la misma puede ser objeto de inclusión en la cobertura, en virtud de la mencionada Póliza Maestra, sujeto a las condiciones, exclusiones y otros términos de la Póliza aquí descriptos. I - PERSONAS CUBIERTAS Una persona será considerada Persona/s Asegurada/s bajo las condiciones de la Póliza, solamente si dicha persona cumple la condición de ser poseedor de La Tarjeta CMR que contenga beneficios de seguro que hayan sido cubiertos por la presente Póliza, según se expresa en el punto II. Dichos beneficios serán aplicables a las Personas Aseguradas mientras dicha(s) persona(s) se encuentre(n) realizando un viaje al exterior a una distancia mayor a 100 Km. del domicilio declarado, siempre y cuando la Tarjeta CMR se encuentre vigente. II DEFINICIONES II a) SEGURO CUBIERTO: Se considerará tal al seguro incluido en las Tarjetas CMR y aprobado expresamente por la Compañía, mediante la emisión de la correspondiente Póliza y/o endosos de inclusión. II b) SEGUROS VIGENTES: Son aquellos seguros incluidos en la Póliza y por los cuales el Tomador declara y abona el premio correspondiente de acuerdo con los plazos convenidos. II c) DETERMINACIÓN DE LOS VIAJES: II c 1) VIAJES AL EXTERIOR II c 1 a): Inicio de un Viaje al Exterior: A efectos de esta cobertura, son aquellos Viajes que se inician dentro del país de emisión de la TARJETA CMR o país de residencia de la personas asegurada, una vez transpuesta Migraciones correspondiente al país de egreso. A efectos de encuadrar un Viaje al Exterior dentro de la cobertura de esta Póliza, los mismos excluyen expresamente los viajes realizados dentro del país de emisión de la TARJETA CMR y dentro del país de Residencia de la Persona Asegurada. II c 1 b): Finalización de un Viaje al Exterior: A efectos de esta cobertura, son aquellos Viajes que finalizan dentro del país de emisión de la TARJETA CMR o país de residencia de la personas asegurada, una vez traspuesta Migraciones correspondiente al país de regreso. 1

II d) ENFERMEDADES PREEXISTENTES O CRÓNICAS: Son consideradas Enfermedades Preexistentes o Crónicas para la interpretación de este seguro, aquellas enfermedades conocidas o no por la Persona Asegurada padecida con anterioridad al inicio de la vigencia del Viaje o Cobertura, así como sus agudizaciones y consecuencias, incluso cuando las mismas aparezcan durante el viaje. II e) CENTRO ASISTENCIAL: A efectos de esta cobertura, será el lugar designado a exclusivo criterio del Departamento Médico del Tomador teniendo en cuenta la proximidad y las características de la lesión o afección que posea la Persona Asegurada. II f) ABONAR EL PASAJE AEREO: A los efectos de esta cobertura, La Compañía considerará que un pasajero abona un pasaje, cuando la Entidad Emisora del pasaje considera que están dados los requisitos para emitir dicho pasaje. II g) ACCIDENTAL O ACCIDENTE: A los efectos de esta cobertura, se entiende por accidental o accidente el evento generativo de un daño corporal que sufre la Persona Asegurada causado por agentes extraños, fuera de control y en movimiento, externos, violentos y visibles. Así como la lesión o dolencia resultante se provocó directamente por tales agentes e independientemente de cualquier otra causa. II h) TARJETA CMR: A los efectos de interpretar la expresión de TARJETA CMR dentro de esta Póliza se deja constancia que es la forma en que se nombra a las Tarjetas CMR y/o productos de CMR FALABELLA a nombre de la Persona Asegurada. II i) SUMA ASEGURADA MAXIMA GLOBAL. Entiéndase por Suma Asegurada Máxima Global a la suma de gastos que por todo concepto la Aseguradora abonará o reintegrará al Asegurado, según sea que los servicios se presten como consecuencia de una enfermedad o de un accidente. Los topes parciales enumerados en las Condiciones Particulares, como así también cualquier gasto correspondiente a prestaciones asumidas por la Aseguradora, serán considerados a cuenta de la Suma Asegurada Máxima Global por enfermedad o accidente, según corresponda. III - RIESGOS CUBIERTOS III a) MUERTE ACCIDENTAL En base a las condiciones y exclusiones establecidas en las Condiciones Generales y Particulares, la Compañía abonará el beneficio de acuerdo a los riesgos especificados a continuación: III a 1) MUERTE ACCIDENTAL DURANTE LAS 24 HORAS Cubre el fallecimiento accidental de la Persona Asegurada en ocasión de viaje al exterior de acuerdo a la extensión de la cobertura otorgada por la Tarjeta CMR emitida. III a 2) MUERTE ACCIDENTAL EN MEDIO DE TRANSPORTE PÚBLICO Cubre el fallecimiento accidental de la Persona Asegurada mientras se encuentre realizando un viaje como pasajero en un medio de transporte público de personas siempre y cuando haya abonado el pasaje correspondiente y se encuentre debidamente habilitado por la autoridad de contralor interviniente. En el caso de los vuelos aéreos los mismos deberán cumplir los siguientes requisitos: la Persona Asegurada deberá viajar como pasajero abonando su pasaje en una aeronave de alas fijas que pertenezca y sea operada por una aerolínea o compañía autorizada a fletar aviones, en ambos casos licenciadas para proveer el transporte regular de pasajeros. 2

III a 3) MUERTE ACCIDENTAL EN VUELO DE LINEA AEREA REGULAR Cubre en caso de fallecimiento de la Persona Asegurada mientras se encuentre viajando en un vuelo aéreo de línea regular, los mismos deberán cumplir los siguientes requisitos: la Persona Asegurada deberá viajar como pasajero abonando su pasaje en una aeronave de alas fijas que pertenezca y sea operada por una aerolínea o compañía autorizada a fletar aviones, en ambos casos licenciadas para proveer el transporte regular de pasajeros. III a 4) MUERTE ACCIDENTAL EN OTROS ACCIDENTES Cubre en caso de fallecimiento de la Persona Asegurada mientras se encuentre realizando un Viaje al Exterior por otros accidentes que no se encuentren especificados dentro del ítem III a 2) y se encuentren amparados bajo las condiciones de este seguro. Se deja constancia asimismo que las sumas aseguradas se abonarán sólo por uno de los ítems anteriormente detallados. IV - DECLARACIONES DE PERSONAS ASEGURADAS El Tomador se obliga a enviar a la Compañía, la declaración de la totalidad de las coberturas emitidas en forma mensual y consecutiva. Dichas declaraciones deberán ser efectuadas dentro de los 30 días del mes siguiente al mes declarado. La declaración deberá incluir la siguiente información: 1) Nombre de la Persona Asegurada 2) Número de TARJETA CMR 3) Fecha de Emisión de la TARJETA CMR 4) Vigencia de la Cobertura. El tomador se compromete a facilitar a la Compañía todos los libros, comprobantes y contabilidad para su revisión, si así lo requiriese. V - EMISIÓN DE DECLARACIONES Y FORMA DE PAGO La Compañía emitirá mensualmente la prima correspondiente por las declaraciones mensuales y entregará al Tomador la factura. El Tomador deberá abonar los premios correspondientes dentro de los 30 días de la fecha de emisión de las mismas. VI - SUMA ASEGURADA Se entiende por suma asegurada, la suma máxima por la que responderá la Compañía por cada uno de los riesgos cubiertos. Las sumas aseguradas serán establecidas en las condiciones específicas emitidas para cada Tarjeta CMR FALABELLA que forman parte de esta Póliza. VII - LIMITE GEOGRAFICO Los beneficios otorgados por esta Póliza serán válidos para las Personas Aseguradas desde el país emisor de la Tarjeta CMR FALABELLA mientras dicha(s) persona(s) se encuentre(n) realizando un viaje al exterior y a una distancia mayor a 100 Km. del domicilio declarado, siempre y cuando la Tarjeta CMR FALABELLA y/o producto donde se encuentren los seguros referidos, se encuentre vigente. 3

VIII LIMITE DE INDEMNIZACIÓN EN CONJUNTO Queda entendido y convenido que, en caso de un accidente que involucre a más de una persona en un mismo evento, la responsabilidad máxima de La Compañía por todas las personas aseguradas no será mayor a u$s 500.000 en conjunto para las Tarjetas CMR FALABELLA. IX PAGO DE BENEFICIOS Se deja expresa constancia que esta Compañía abonará los beneficios por las sumas aseguradas de los riesgos cubiertos para la persona asegurada, en base al siguiente detalle: El beneficio será pago en forma directa a los herederos legales de la Persona Asegurada o en caso de existir una designación de Beneficiarios, el beneficio será abonado a los beneficiarios designados en forma expresa siempre y cuando sean cumplimentando los siguientes requisitos: 1) Completar en forma total la información requerida en el Formulario de Designación de Beneficiarios que forma parte de esta Póliza como Anexo 01. 2) Entregar el Formulario de Declaración de Beneficiarios a esta Compañía a la siguiente dirección: L. N. Alem 855 Piso 19 C1001AAD Buenos Aires República Argentina X - LIMITE DE EDAD Se deja constancia que la presente póliza cubre a personas desde los 18 años y hasta los 75 años. XI RECLAMOS Cualquier siniestro deberá ser informado a ACE Seguros S.A. dentro de los plazos establecidos por las Condiciones Generales. Documentación e Información requerida: 1) Nombre del Pasajero 2) Fecha de Emisión de la Tarjeta CMR FALABELLA 3) Periodo de Cobertura o vigencia. 4) Nro. de Tarjeta CMR FALABELLA 5) Certificado de Defunción legalizado en original. 6) Copia del pasaporte. 7) Copia completa de la Causa Penal. 8) Formulario de Declaración de Beneficiario o en su defecto: 9) Copia legalizada en original de la Declaratoria de Herederos. 10) Copia de los Documentos de identidad de cada heredero o Beneficiarios Designados según ítem 8/9). La Compañía se reserva el derecho de solicitar información / documentación adicional para la verificación del reclamo en cuanto sea razonable con los términos de la cobertura. 4

ANEXO 03: EXCLUSIONES EXCLUSIONES PARA LA COBERTURA III a) MUERTE ACCIDENTAL. Quedan excluidos de este seguro para las coberturas antes mencionadas: a) Las consecuencias de las enfermedades de cualquier naturaleza, salvo lo especificado en la Cláusula 2 de las Condiciones Generales de la presente Póliza. b) Las lesiones causadas por la acción de los rayos X y similares, y de cualquier elemento radioactivo, u originadas en reacciones nucleares; de las lesiones imputables a esfuerzo, salvo los casos contemplados en la Cláusula 2 de las Condiciones Generales de la presente Póliza; de insolación, quemaduras por rayos solares, enfriamiento y demás efectos de las condiciones atmosféricas o ambientales; de psicopatías transitorias o permanentes y de operaciones quirúrgicas o tratamientos; salvo que cualquiera de tales hechos sobrevenga a consecuencia de un accidente cubierto conforme con la Cláusula 2 de las Condiciones Generales de la presente o del tratamiento de las lesiones por él producidas. c) Los accidentes que la Persona Asegurada o los beneficiarios, por acción u omisión, provoquen dolosamente o con culpa grave o la Persona Asegurada los sufra en empresa criminal. d) No obstante quedan cubiertos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Artículos 152 y 70 L. de S.). e) Los accidentes causados por vértigos, vahídos, lipotimias, convulsiones o parálisis y los que ocurran por estado de enajenación mental, salvo cuando tales trastornos sean consecuencia de un accidente cubierto conforme la Cláusula 2; o por estado de ebriedad o por estar la Personas Asegurada bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides. f) Los accidentes que ocurran mientras la Persona Asegurada tome parte en carreras, ejercicios o juegos atléticos de acrobacia o que tengan por objeto pruebas de carácter excepcional, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas. g) Los accidentes derivados de la navegación aérea no realizada en líneas de transporte aéreo regular. h) Los accidentes derivados del uso de motocicletas y vehículos similares, o de la práctica de deportes que no sean los enumerados en la Cláusula 3 de las Condiciones Generales de la presente Póliza, o en condiciones distintas a las enunciadas en la misma. i) Los accidentes causados por hechos de guerra civil o internacional declarada o no. j) Los accidentes causados por hechos de: guerrilla, rebelión, terrorismo, motín o tumulto popular, huelga o lock-out, cuando la Persona Asegurada participe como elemento activo. k) Los accidentes causados por fenómenos sísmicos, inundaciones u otros fenómenos naturales de carácter catastrófico (hecho funesto y grave). 5