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Transcripción:

BASES REGULADORAS PARA LA SELECCIÓN TEMPORAL DE EMPLEADOS EN EL MARCO DEL CONVENIO ENTRE EL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE CORVERA PARA EL DESARROLLO DEL CORVERA EMPLEA 2013-14 (LÍNEA 3) BASE PRIMERA: Fundamentos Las plazas que se pretenden cubrir y cuya selección se regula mediante las presentes Bases surgen con motivo de la aprobación del Corvera Emplea 2013-2014, regulado al amparo de la Resolución de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias de 22 de mayo de 2013 (BOPA 121, de 27-5-13) línea 3 BASE SEGUNDA Destinatarios: De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo por el Empleo y el Progreso en Asturias, la línea 3 del Plan de Empleo irá destinado a jóvenes participantes en el programa de prácticas no laborales con compromiso de contratación. Deben ser, pues, jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 25 años que ostenten una cualificación profesional y no más de 3 de experiencia laboral en la misma actividad Los jóvenes desempleados/as deben reunir la totalidad de los requisitos establecidos legalmente en el momento de la suscripción del acuerdo para la realización de prácticas no laborales con compromiso de contratación posterior entre el /la participante y el centro de trabajo BASE TERCERA: Objeto Es objeto de las presentes bases reguladoras la contratación temporal de 9 personas desempleadas durante seis por parte de este Ayuntamiento para la ejecución del Programa Temporal: Corvera Emplea 2013-2014. línea 3. Se celebrarán prácticas no laborales durante 6, seguidas de un contrato en prácticas de 6 de duración

El Ayuntamiento de Corvera oferta las ocupaciones y por el período temporal siguiente: Ocupación Nº de plazas Periodo Temporal prácticas Periodo temporal contrato Jornada Departamento de adscripción Relación laboral DELINEANTE 1 Oficina técnica DIPLOMADO/A EMPRESARIALES 1 Agencia de Desarrollo ELECTRICISTA 1 Obras y servicios TRABAJADOR/A SOCIAL 1 Acción Social Contrato en prácticas ANIMADORES /AS DEPORTIVOS/AS 2 Acción social ADMINISTRATIVOS/AS 3 Desarrollo local Obras y Servicios Área económica: Rentas e intervención TOTAL 9 En concreto las retribuciones figuran en el ANEXO 1, Durante el periodo de prácticas se percibirá una beca. Resultará de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del AEPA, en lo referido a la línea 3. BASE CUARTA: Publicidad del proceso Las presentes bases serán publicadas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sito en Nubledo 77, Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano de Corvera, en la página Web municipal www.corvera.es y el punto de autoinform@ción de la Agencia de Desarrollo Local en el Centro Sociocultural de Las Vegas. BASE QUINTA. Requisitos 1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito capacidad y publicidad.

A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. 2 Tener 18 años cumplidos y no exceder de 25. 3 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. 4 No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. 5 Estar empadronado/a en cualquier municipio asturiano 6 Estar desempleado y no poseer experiencia en el puesto superior a tres. Y poseer los siguientes requisitos particulares por plaza: 1.- DELINEANTE: poseer el título de técnico/a superior en proyectos de obra civil. 2.- DIPLOMADO/A EMPRESARIALES: Estar en posesión del título de diplomado/a en ciencias empresariales. 3.- ELECTRICISTA Estar en posesión del Ciclo Formativo de Grado Superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados 4. TRABAJADOR/A SOCIAL Estar en posesión del título de Trabajo Social. 5. ANIMADORES/AS DEPORTIVOS/AS Estar en posesión del título de técnicos/as en actividades físicas y animación deportiva (TAFAD) 6. ADMINISTRATIVOS/AS: Estar en posesión del título de técnico/a superior en administración y finanzas o secretariado BASE SEXTA: Solicitudes lugares y plazo de presentación. Por las propias características del programa el Servicio Público de Empleo preseleccionará a 3 candidatos/as por plaza. Por lo tanto no cabe cursar solicitud. Las personas preseleccionadas serán convocadas por el SEPEPA y deberán acudir provistos de DNI, Curriculum Vitae y bolígrafo al lugar y a la hora indicada en dicha convocatoria, que será una de las dependencias del Ayuntamiento de Corvera Se deberá presentar modelo 600 de autorización de solicitud a favor del Ayuntamiento de Corvera que servirá para recabar de las administraciones competentes: Volante de empadronamiento del municipio asturiano Informe de vida laboral actualizado. También se adjuntará una fotocopia del DNI. Esta documentación se presentará el día de la convocatoria. Siendo facilitado en ese acto a los candidatos el modelo 600.

BASE SÉPTIMA. Órgano de Selección: A los efectos de facilitar la selección de los/as trabajadores/as, se nombrarán los tribunales correspondientes por decreto de alcaldía según el siguiente esquema Presidente: Un empleado municipal. Vocales: tres designados por el órgano competente entre los empleados municipales y que, al menos uno, trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del presente Convenio. Secretario/a: Un/a funcionario/a municipal. Los miembros de la Comisión de Selección podrán contar con la presencia de asesores, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren. Deberán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares. El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer. La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Para la válida constitución y actuación del Tribunal se requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, sean titulares o suplentes, y siempre del/a Presidente/a y Secretario/a. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de los/as asistentes con voz y voto, dirimiendo los empates el voto de calidad del Presidente. En los acuerdos relativos a la calificación de las pruebas el/a secretario/a no tendrá voto. El tribunal está facultado para interpretar y resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las normas de procedimiento, inspirándose su actuación en los principios de economía, celeridad y eficiencia. BASE OCTAVA: Documentación a presentar Quien obtenga la mayor puntuación global deberá presentar en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las listas con el resultado de las dos fases, los originales de los méritos y circunstancias personales a acreditar, así como el resto de documentos que aparecen en esta lista antes de la contratación para su compulsa y comprobación: Fotocopia y original del Título de Formación Reglada y/u Ocupacional cuando el puesto lo requiera Fotocopia, en su caso, del Certificado de grado de Minusvalía del /de la solicitante expedido por el IMSERSO u organismo autónomo equivalente. Declaración responsable del/la solicitante de no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo y de no haber sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

La formación que es requisito para participar en las pruebas no se puntuará. Tanto ésta, como la formación puntuable debe ser formación reglada u ocupacional de un centro colaborador acreditado u homologado por el Principado de Asturias. Denegándose las certificaciones de academias que no cumplan estos requisitos de acreditación u homologación. Se deberán presentar originales y fotocopias de títulos donde conste el aprovechamiento. BASE NOVENA: Sistema de Acceso El sistema de acceso, para participar en los procesos de selección de las plazas ofertadas en el CORVERA EMPLEA 2013/14, línea 3 será el de concurso- oposición, con la utilización de un baremo, una vez superada/s la/s prueba o pruebas selectivas, que atenderá a la situación personal del aspirante. Los aspirantes realizarán una o varias pruebas de carácter eliminatorio relacionadas con la ocupación a desarrollar. Se considerará el/la candidato/a que obtenga, al menos, 2 puntos de los 4 posibles como apto/a asignándosele la puntuación correspondiente. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección. Quienes hayan superado la prueba, pasaran a realizar entrevista de carácter personal, que se puntuara con un máximo de un punto. Tras la realización de la prueba o pruebas, se publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada candidato, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones no superior a tres días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación. Pasado ese momento se publicará la lista definitiva A aquellos aspirantes que hayan superado la prueba o pruebas selectivas, siempre que se encuentren en alguna de las circunstancias descritas a continuación, se les realizará una valoración de su situación personal, que sumará un máximo de 2 puntos. Para la valoración de dicha situación personal se tendrán en cuenta los siguientes criterios a. Empadronamiento en Corvera. A las personas que acrediten estar empadronadas en el municipio de Corvera de Asturias con anterioridad al 27 de febrero de 2013, se les asignará 1 punto. b. Personas con discapacidad, si el/la solicitante presenta una minusvalía acreditada superior al 33%, se le otorgará una puntuación adicional de 0.25 c. Formación relacionada con la ocupación hasta un máximo de 0.75 puntos. Por cursos distintos a la titulación requerida para optar a la plaza: Cursos de entre 50 y 100 horas: 0.10 puntos por curso. Cursos superiores a 100 horas: 0.25 puntos por curso. El hecho de superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada. En el caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes se realizará un sorteo, efectuado en presencia de los/ as aspirantes.

Las pruebas se desarrollarán en el orden que aparecen reflejadas en las presentes Bases. La puntuación total, a efectos de ordenación de los/las candidatos/as, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas. El tribunal de selección publicará en el Tablón de Anuncios y en la página Web municipal, la puntuación total del proceso selectivo. BASE DÉCIMA: Reclamaciones Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección. BASE DECIMOPRIMERA: convenio de prácticas no laborales y Contratación posterior Finalizadas las pruebas selectivas, y con carácter previo a la propuesta formulada al órgano que corresponda para firma del convenio de prácticas no laborales, con los candidatos/as.que haya/n obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo, se comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos y las circunstancias personales acreditadas, para lo que se aportará la documentación que se especifica en la base octava. Si de la comprobación de la documentación se observara inexactitud o falsedad se resolverá la exclusión del proceso selectivo, decayendo la persona interesada en los derechos e intereses legítimos a ser seleccionada en el marco de este programa. Tras el periodo de prácticas no laborales, se realizará la contratación para cada uno de los puestos ofertados, resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del AEPA. Línea 3 Anexo 1. Salarios MENSUAL 7 mensualidades TITULADO/A SUPERIOR UNIVERSITARIO 721.03 TITULADO/A MEDIO UNIVERSITARIO 675.00 FP GRADO SUPERIOR 673.20 FP GRADO MEDIO, JEFES ADMINISTRATIVOS Y DE TALLER, OFICIALES. 652.50 CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD 651,00