Acuerdos Anticipados de Precios

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Transcripción:

G L O B A L T R A N S F E R P R I C I N G S E R V I C E S Acuerdos Anticipados de Precios T A X Manuel del Rio Enero, 2006

Temas 1. Definición 2. Antecedentes de los AAPs 3. Objetivos del AAP 4. Ventajas generales 5. Desventajas generales 6. Tipos de AAPs 7. Reglas Administrativas 8. Artículo 118 Reglamento Ley de Impuesto a la Renta 9. Arbitraje 10. Recomendaciones emitidas por la OCDE en la materia 11. Perspectiva y situación actual en América Latina 12. Experiencia Mexicana en materia de AAPs 13. Elementos a considerar para tramitar un AAP 14. Conclusiones 15. Preguntas 2

Acuerdos Anticipados de Precios Hasta ahora hemos documentado el pasado Hoy podemos tener una visión hacia el futuro Proceso voluntario para lograr un acuerdo con la Administración tributaria Define en forma prospectiva una estructura acordada con la Administración tributaria para los precios de transferencia (transacciones, supuestos básicos, metodologías, ajustes, documentación, responsabilidades.) 3

Definición OCDE 4.124 Acuerdo que determina anticipadamente las operaciones controladas, así como criterios (métodos, ajustes, entre otros) para la determinación del precio de Transferencia para esas transacciones por un período determinado de tiempo. Art. 32 -A Ley de Impuesto a la Renta La SUNAT solamente podrá celebrar Acuerdos Anticipados de Precios con contribuyentes domiciliados que participen en las operaciones internacionales a que se refiere el numeral 1) inciso a) de este artículo, ( Cuando se trate de operaciones internacionales en donde concurran dos o más países o jurisdicciones distintas ) en los que se determinará el precio de las diferentes transacciones que realicen con sus partes vinculadas, en base a los métodos y criterios establecidos por este artículo y el reglamento 4

Definición (cont.) OCDE 4.125 Un aspecto fundamental en el concepto de los AAP s es que tan específicos pueden ser para establecer los precios de transferencia de un contribuyente durante un período de años, por ejemplo, si solamente la metodología de precios de transferencia o resultados más específicos pueden ser establecidos para un caso particular. El desarrollo de un AAP tiene su inicio en el contribuyente y se compone de una serie de negociaciones entre la empresa y sus partes relacionadas, así como las Administraciones fiscales de cada país. 5

Antecedentes de los AAP! Introducidos a la legislación de EEUU en 1991 con el objeto de vincular legalmente a las empresas y la autoridad fiscal.! Necesidad de vincular a las autoridades fiscales de diversos países.! Establecer criterios en la aplicación de metodologías y parámetros relacionados a la evaluación de precios de transferencia.! En México son introducidos en 1995 con la legislación aplicable a precios de transferencia basadas en las Guías de la OCDE.! En el Perú entra en vigencia el 1 de Enero del 2006 6

Objetivos del AAP! Certidumbre en el tratamiento fiscal de transacciones intercompañía por un periodo extendido de tiempo.! Mayor interacción entre los contribuyentes y las autoridades fiscales.! Constituir un medio alternativo de solución a problemas de precios de transferencia relacionados a ejercicios posteriores del contribuyente.! Ser un medio de defensa del contribuyente ante impugnaciones de la autoridad fiscal en relación a la política interna de precios de transferencia.! Evitar doble tributación. 7

Ventajas generales OCDE 4.144 Los AAP s pueden proporcionar una oportunidad a las administraciones fiscales y a los contribuyentes para hacer consultas colaborando en una relación y contexto en donde no actúen como adversarios. OCDE 4.147 La revelación de información de los aspectos relacionados con los AAP s, así como la actitud cooperativa bajo la cual un AAP puede ser negociado, podría ayudar a las administraciones fiscales a conocer la complejidad de las transacciones internacionales efectuadas por las multinacionales. 8

Ventajas generales (cont.) Seguridad jurídica Certeza de que la transacción cumple con el principio arm s length. Evita la revisión del precio de transferencia, sin limitar las facultades de fiscalización. 9

Desventajas generales! Predicciones no confiables resultantes de cambios económicos en el mercado que afectaran las condiciones arm s length.! Resultados estáticos.! Auditorias recurrentes.! Recursos destinados a auditorías de precios de transferencia.! Documentación exhaustiva. 10

Tipos de APAs! AAP s unilaterales: OCDE 4.130 Algunos países permiten acuerdos unilaterales en donde la administración fiscal y el contribuyente en su jurisdicción establecen un acuerdo sin la participación de la otra administración interesada. OCDE 4.130 Aunque los AAP s unilaterales están permitidos, las autoridades competentes de otras jurisdicciones interesadas deben ser informadas sobre el procedimiento lo más temprano que sea posible para determinar si están dispuestas y pueden considerar un acuerdo bilateral bajo el procedimiento de acuerdo mutuo. 11

Tiposde AAP s(cont.)! Disponibilidad de información para la negociación.! Jurisdicción limitada.! Criterios definidos.! Simplicidad administrativa. 12

Tiposde AAP s(cont.)! AAP s bilaterales / multilaterales: OCDE 4.131 Debido a la preocupación sobre la doble tributación, la mayoría de los países prefieren AAP s bilaterales o multilaterales (es decir, un acuerdo entre dos o más países), y en efecto, algunos países no conceden un AAP unilateral a contribuyentes en su jurisdicción. OCDE 4.132 Las administraciones fiscales pueden encontrar a los AAP s particularmente útiles en los aspectos relacionadas con la distribución de utilidades o asignación de ingresos en el contexto de commodities o transacciones globales de valores, y también en los acuerdos relacionados con contribuciones de costos multilaterales. 13

Tiposde AAP s(cont.)! Negociaciones exitosas como resultado de la cooperación entre empresas asociadas.! Disminuyen el riesgo de doble tributación jurídica o económica en el que las utilidades no sean sujetas a gravamen, debido a que todos los países relevantes tiene participación directa.! Útiles para resolver problemas relacionados a establecimientos permanentes y operaciones de sucursales.! Reducen el tiempo para la obtención de un acuerdo.! Cobertura. 14

Reglas administrativas OCDE 4.141 Las administraciones fiscales pueden emitir directrices administrativas o de procedimiento describiendo el tratamiento fiscal apropiado para las transacciones y la metodología de precios apropiada. OCDE 4.141 Las leyes fiscales de algúnos países miembros de la OCDE tienen disposiciones que permite a los contribuyentes obtener criterios específicos para fines diversos. Aún cuando estos criterios no están diseñados en forma específica para incluir a los AAP s, pueden ser lo suficientemente amplios para ser utilizados en los AAP s. 15

Reglas administrativas (cont.)! En ciertas jurisdicciones no existen leyes de carácter local para el desarrollo de AAP s, sin embargo, los tratados fiscales pueden otorgar las bases para efectuar un AAP.! Las disposiciones de la OCDE mencionan la cooperación para el intercambio de información entre las autoridades fiscales. OCDE 4.142 Puesto que los tratados de doble tributación tienen precedente sobre la ley local, la omisión de un fundamento en la ley doméstica para establecer AAP s no impediría la aplicación del AAP sobre la base de un procedimiento de acuerdo mutuo. 16

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia a) Características: 1) Convenios: - derecho civil - entre SUNAT y contribuyentes domiciliados - operaciones internacionales 2) Objeto: - definir precio/rango y metodología - para: > operaciones futuras con vinculadas > operaciones con paraísos fiscales 3) NO pueden ser modificados o dejados sin efecto unilateralmente (salvo f ) 4) Plazo de vigencia: año en curso + 3 ejercicios fiscales 17

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia b) Presentación de la propuesta: 1) Cuando: - previo a la realización de las operaciones 2) Referido a: - una o más transacciones 3) Para: - acreditar que son a valor de mercado 4) Participantes: - todas las vinculadas que participen 5) Sustento: - condiciones, forma, plazo de la documentación establecida vía Resolución de Superintendencia de SUNAT 18

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia c) Contenido de la propuesta: 1) Método de valoración 2) Empresas o transacciones comparables 3) Ejercicios analizados 4) Ajustes 5) Precio o rango, monto de contraprestación, margen de utilidad 6) Hipótesis de base de la propuesta 19

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia d) Aprobación o desestimación: La SUNAT podrá: 1) Aprobar la propuesta 2) Aprobar otra propuesta en consenso con el contribuyente 3) Desestimar NOTAS: La aprobación lleva a un Acuerdo Anticipado de Precios Aprobación y desestimación por SUNAT con Informe técnico (salvo después de 12 meses sin opinión de SUNAT) Desistimiento de una parte lleva a desestimación 20

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia e) Plazos para la SUNAT : Para aprobar o desestimar: 12 meses desde que se presenta Para pedir información: Los primeros tres meses f) Ineficacia del AAP - Decisión unilateral de la SUNAT 1) Sentencia condenatoria vigente por delitos tributarios o aduaneros 2) Incumplimiento de términos y condiciones - Ante ineficacia aplica el Art. 32 A 21

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia g) Modificación de la propuesta > Ante variación significativa y sobreviniente de las circunstancias o condiciones económicas del acuerdo original > Mismas condiciones y plazos de la propuesta original > Aprobación o desestimación, opciones de SUNAT: - Aprobar - Aprobar otra propuesta en consenso con el contribuyente - Desestimar: + confirmar acuerdo original + dejar sin efecto acuerdo original (previo acuerdo con el contribuyente) + automático cuando una parte se desiste + ante desestimación aplica el Art. 32 A 22

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia h) Suscripción > Resolución de Superintendencia de SUNAT aprobará forma y condiciones. i) Vigencia > Ejercicio fiscal en que se aprueba + 3 ejercicios posteriores j) Facultad de fiscalización > Un AAP no limita la facultad de fiscalización de SUNAT > SUNAT no podrá objetar la valoración 23

Artículo 118 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia k) Impugnabilidad > No son impugnables los AAP, la opinión técnica para aprobar o desestimar los AAP o las modificaciones. > Podrán interponerse recursos contra acotaciones por estas normas 24

Arbitraje OCDE 4.167 Debido a que el comercio y la inversión han adquirido en forma creciente una función internacional, las controversias fiscales que en ocasiones se originan por esas actividades, se han convertido paulatinamente en internacionales.! Se considera que los desacuerdos en la actualidad tienen mayor incidencia entre las administraciones fiscales de los países y no en acuerdos unilaterales.! Las administraciones fiscales han incrementado su interés en la solución de conflictos multilaterales.! Es necesario que las administraciones fiscales intercambien puntos de vista y logren acuerdos en relación a la resolución relacionadas a doble tributación, por medio del procedimiento de acuerdo mutuo. 25

Arbitraje (cont.)! La OCDE reconoce desde 1977 la posibilidad de utilizar el arbitraje en controversias fiscales de conformidad a su Acuerdo de Modelo Fiscal! En la actualidad, ciertos países disponen de tratados de arbitraje destinados a la pronta y efectiva resolución de conflictos en materia de precios de transferencia.! A pesar de los estudios realizados por la OCDE, aún no existen mecanismos ampliamente definidos relacionados a Arbitraje, por lo cual, la resolución de conflictos se limita a los tratados y a las disposiciones unilaterales de cada país. 26

Recomendaciones emitidas por la OCDE en materia de AAP s OCDE 4.160 El éxito de los AAP s dependerá de los supuestos básicos y del cuidado que se tenga al determinar el grado apropiado de detalle para los acuerdos, la administración adecuada de los programas, y acciones adecuadas para evitar los problemas descritos anteriormente, además de la flexibilidad y actitud constructiva con la que participen en el proceso todas las partes.! Es necesario el incremento en acuerdos entre los países miembros de la OCDE con el objeto de dar solución a los conflictos derivados del crecimiento de los AAP s.! El comité de asuntos fiscales de la OCDE promueve la uniformidad entre los países que adopten los AAP s. 27

Recomendaciones emitidas por la OCDE en materiade AAP s(cont.) OCDE 4.162 Al considerar la amplitud de un AAP, los contribuyentes y las administraciones fiscales necesitan prestar atención a la confiabilidad de las predicciones de tal manera que se puedan excluir las predicciones no confiables.! Debe existir certidumbre en cuanto a la metodología, periodicidad, y cobertura de un AAP. OCDE 4.163 Cuando sea posible, un AAP debe ser efectuado sobre una base bilateral o multilateral entre autoridades competentes a través de un acuerdo mutuo o un tratado relevante. 28

Recomendaciones emitidas por la OCDE en materiade AAP s(cont.) Es necesario que las administraciones fiscales evalúen la magnitud de las transacciones intercompañía sujetas a AAP, con el objeto de adecuar sus procesos de investigación relacionados a tal magnitud y el tipo de contribuyente (grandes / pequeños).! La uniformidad en los criterios bajo los cuales se celebra el AAP, con el objeto de otorgar beneficios a las administraciones fiscales y los contribuyentes. OCDE 4.166 Los AAP s bilaterales deben cumplir ciertos requisitos. Por ejemplo, información idéntica y pertinente debe proporcionarse a cada administración fiscal, y la metodología acordada debe estar conforme al principio arm s length. 29

Perspectivas y situación actual en América Latina! Los países Latinoamericanos necesitan incrementar acuerdos para evitar doble tributación que tengan mayor cobertura y acentúen los beneficios de su aplicación.! El proceso de integración económica en AL forzosamente deberá llevar a las administraciones fiscales a trabajar en conjunto en materia de AAP s (procesos de revisión, documentación, entre otros).! La adopción y unificación de criterios de las legislaciones ya establecidas en AL de aquellos países que inician su regulación, así como la equidad tributaria.! Incremento en los acuerdos comerciales (ej. Mercosur, ALCA). 30

Experiencia mexicana en materia de AAP s La legislación mexicana permite la emisión de AAP s, mediante una confirmación de criterios En vigor desde 1995 para maquiladoras Pueden ser bilaterales en caso de existir tratado En los últimos dos años, se han emitido alrededor de 300 AAP s Vigencia de 5 años. Pago de derechos para obtenerlos. 31

Conclusiones! Los AAP s representan un mecanismo de certidumbre económica y jurídica en materia de precios de transferencia en AL.! Los crecientes flujos de inversión llevarán a los contribuyentes a un incremento en las solicitudes de AAP.! Es necesario promover AAP s bilaterales que permitan mayor cooperación entre las administraciones fiscales, derivado de la integración económica de AL. 32

Conclusiones! En el caso de AL, los procesos de AAP se verán afectados en forma positiva, en la medida que las regulaciones establezcan criterios definidos y se apoyen en los tratados para evitar la doble tributación.! Los AAP s constituyen el mecanismo más adecuado para la interacción entre los contribuyentes y las administraciones fiscales y evitar posteriores conflictos. 33

KPMG LES AGRADECE SU ATENCIÓN 34