CONSEJERIA DE HACIENDA Dirección General de la Función Pública Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

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CONSEJERIA DE HACIENDA Fecha: Diciembre 03 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 1 de 1 PLANIFICACIÓN DE ACTUACIONES PREVENTIVAS XXXXXXXX

CONSEJERIA DE HACIENDA Fecha: Diciembre 03 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 2 de 2 PLAN DE ACTUACIONES PREVENTIVAS Sobre la base de la evaluación inicial de riesgos laborales llevada a cabo se ha de realizar el Plan de Actuaciones Preventivas, con el objeto de dar cumplimiento a la acción preventiva, tal y como se pone de manifiesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. El resultado de la evaluación de riesgos laborales debe permitir al Órgano Directivo tomar las medidas precisas para evitar o en su defecto controlar los riesgos. En este sentido la Ley 31/95 establece como una obligación de la Administración (empresaria), si los resultados de la evaluación de riesgos lo hiciera necesario, realizar las actividades de prevención precisas para garantizar un mayor nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Si de la evaluación del riesgo se deduce que el riesgo es no tolerable, hay que controlar el riesgo, este proceso comprende: Reducción del riesgo por modificaciones en el proceso, producto o máquina y/o implantación de medidas para controlar el riesgo. Verificación periódica de las medidas de control. Los esfuerzos necesarios para el control de los riesgos y la urgencia con la que deben adoptarse las medidas de control, deben ser proporcionales al riesgo. Asignándose una prioridad de ejecución que irá en orden descendente desde los niveles de riesgo intolerables hasta los triviales. Los métodos de control deben escogerse teniendo en cuenta los siguientes principios: 1. Combatir los riesgos en su origen. 2. Adaptar el trabajo a la persona, en particular a lo que respecta al diseño de puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. 3. Tener en cuenta la evolución de la técnica. 4. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. 5. Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. 6. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. Se establecerán las acciones preventivas a tomar por la Dirección del Centro para la mejora de las condiciones de trabajo, así como se harán constar las medidas correctoras apropiadas para evitar, reducir o controlar cada uno de los riesgos indicados. Responsable de la ejecución y seguimiento El Plan de Actuaciones preventivas deberá ser aprobado por el Vicesecretario, Secretario General o Secretario Técnico de la Consejería, Director o Gerente como responsable del centro, al que corresponderá la adopción de las medidas preventivas que sean necesarias para garantizar la seguridad y salud del personal a su Servicio.

CONSEJERIA DE HACIENDA Fecha: Diciembre 03 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 3 de 3 El responsable de la aprobación del Plan, sin perjuicio de la responsabilidad de este para garantizar la salud del personal a su servicio, podrá designar a personal específico encargado de la ejecución de las medidas de prevención y seguimiento de las mismas. Estos figurarán en el apartado correspondiente de la Planificación de Actuaciones una vez que este sea aprobado. Los Técnicos de Prevención de la Consejería correspondiente, o en su caso del Servicio de Prevención Coordinador efectuarán la comprobación de la efectiva realización de las medidas preventivas, mediante la verificación documental, observación directa o declaración de los responsables anteriormente citados. Una vez revisadas y comprobadas las medidas preventivas el Técnico de Prevención realizará un informe constatando el grado de cumplimiento de la Planificación de Actuaciones Preventivas.(modelo Anexo 2) Asignación de Recursos Económicos para las medidas preventivas Cada Consejería y/o centro efectuará una asignación de recursos según lo establecido en las partidas presupuestarias correspondientes, y conforme al procedimiento de gestión establecido legalmente. Duración temporal Del mismo modo indicará la fecha estimada de finalización de las acciones, la cual oscilará desde la inmediatez para los niveles de riesgos intolerables, hasta varios meses para las medidas correctoras o preventivas que traten de paliar situaciones con nivel de riesgo moderado, con el plazo máximo de un año. Riesgo (V) Acción y temporización Trivial (TR) No se requiere acción específica. Tolerable (TO) No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control. Moderado (MO) Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un período determinado. Cuando el riesgo moderado esta asociado con consecuencias extremadamente dañinas, se precisará una acción posterior para establecer, con más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de mejora de las medidas de control. Importante (I) No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados. Intolerable (IN) No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo.

CONSEJERIA DE HACIENDA Fecha: Diciembre 03 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 4 de 4 Cuando la evaluación de riesgos provocados por agentes químicos, físicos o biológicos haya comportado la necesidad de realizar las mediciones ambientales, se recomendará la realización de un informe específico del agente a estudiar. El plan de actuación debe revisarse antes de su implantación, considerando lo siguiente: 1. Si los nuevos sistemas de control de riesgos conducirán a niveles de riesgo aceptables. 2. Si los nuevos sistemas de control han generado nuevos peligros. 3. La opinión de los trabajadores afectados sobre la necesidad y la operatividad de las nuevas medidas de control. La evaluación de los riesgos debe ser, en general, un proceso continuo. Por lo tanto la adecuación de las medidas de control debe estar sujeta a una revisión continua y modificarse si es preciso. De igual forma, sin cambian las condiciones de trabajo, y con ello varían los peligros y los riesgos, habrán de revisarse la evaluación de riesgos. La legislación vigente exige a las organizaciones, conservar a disposición de la autoridad laboral la documentación derivada de la evaluación de riesgos. Una vez realizado el Plan de Actuaciones Preventivas será aprobado por el Vicesecretario, Secretario General, Secretario General Técnico de la Consejería o Director General correspondiente y enviado al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para someterlo a la consulta del Comité de Seguridad y Salud por si se estimará necesario adoptar medidas complementarias. A continuación se indica modelo orientativo para la Planificación de Actuaciones Preventivas.

Fecha: Diciembre 03 CONSEJERIA DE HACIENDA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 5 de 5 RIESGOS GENERALES DELCENTRO Peligro Nº R Acción requerida Acción alternativa Responsable de la ejecución y seguimiento Fecha de realización prevista Comprobación de la acción (firma y fecha del responable) Coste de la acción

Fecha: Diciembre 03 CONSEJERIA DE HACIENDA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 6 de 6 RIESGOS ESPECÍFICOS DEL PUESTO Peligro Nº 1. R Acción requerida Acción alternativa Responsable de la ejecución y seguimiento Fecha de realización prevista Comprobación eficacia de la acción (Firma y fecha del responsable) Coste de la acción RIESGOS GENERALES DELCENTRO Peligro Nº 2. R Acción requerida Acción alternativa Responsable de la ejecución y seguimiento Fecha de realización prevista Comprobación eficacia de la acción (Firma y fecha del responsable) Coste de la acción

Fecha: Diciembre 03 CONSEJERIA DE HACIENDA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 7 de 7 PLANIFICACIÓN DE LA FORMACIÓN PUESTOS CURSOS Responsable de la ejecución y seguimiento Escuela de Administración Pública Fecha de realización prevista Comprobación eficacia de la acción (Firma y fecha del responsable PLANIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN PUESTOS NORMAS E INFORMACIÓN Fecha de realización prevista Comprobación eficacia de la acción (Firma y fecha) Responsable de la ejecución Servicio de Prevención Coordinador/ Técnico de Prevención PLANIFICACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD PUESTOS PROTOCOLO MÉDICO Fecha de realización prevista(*) Comprobación eficacia de la acción (Firma y fecha) Responsable de la ejecución Unidad de Salud del Servicio de Prevención

Fecha: Diciembre 03 CONSEJERIA DE HACIENDA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN Página 8 de 8 (*)Estos apartados de la Planificación serán establecidos por al Unidad Médica del Servicio de Prevención de Riesgos laborales Coordinador. PLANIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA INSTALACIONES Y PUESTOS MEDIDAS XXXXXXXXXXXXX Elaboración e implantación de las medidas de emergencia de acuerdo con el art. 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 Responsable de la elaboración y diseño. Responsable de la implantación y seguimiento Fecha de realización prevista Comprobación eficacia de la acción (Firma y fecha del responsable Coste de la acción Plan de acción aprobado por: Firma: Fecha: Secretario General Director General.