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Transcripción:

Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 2010) Versión Final Consultoría para la Comisión Multisectorial de Trabajo del ITIE Perú 13 de diciembre de 2011 Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao Miembro de Ernst & Young Global

Cláusula de Propiedad Intelectual Todos los estudios, informes, gráficos, programas de computación u otros materiales preparados por el Consultor para el contratante son de propiedad de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú y del Swiss Confederation State Secretariat for Economic Affairs SECO en virtud de este Contrato. El Consultor podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación.

Ernst & Young Perú Av. Víctor Andrés Belaúnde 171 San Isidro, Lima 27 - Perú Telf: +51 (1) 411 4444 Fax: +51 (1) 411 4445 www.ey.com Lima, 13 de Diciembre de 2011 Señor José Luis Carbajal Briceño Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú Director General de la Oficina General de Gestión Social Ministerio de Energía y Minas Estimado Señor Carbajal: De acuerdo con el Contrato suscrito con la Swiss Confederation State Secretariat for Economic Affairs SECO (en adelante el Contrato y la SECO, respectivamente), firmado con fecha 13 de julio de 2011, siendo beneficiario del mismo la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la Comisión ITIE ), y considerando que: - la fecha de inicio del trabajo fue fijada el 5 de agosto de 2011, - se estableció que a los cuarenta (40) días calendario posteriores a la validación por parte de la Comisión ITIE del Producto N 2: Informe de Avance Intermedio (el cual fue el 2 de noviembre de 2011), se presentara el Producto 3: Informe Final, y que - el Producto 3 deberá ser revisado y aprobado por la Comisión en un período no mayor a los diez (10) días calendario, a partir de la fecha de presentación. Se adjunta a la presente el Producto 3: Informe Final (tercer Informe), el cual presenta: - un Resumen Ejecutivo, - las precisiones metodológicas aplicadas, - los resultados finales de la conciliación entre los pagos realizados por las compañías participantes y los ingresos recibidos por el Estado Peruano a través de las instituciones públicas, y su correspondiente distribución, - conclusiones y recomendaciones Asimismo, se ha incluido información de carácter estadística que la Comisión de Trabajo ha solicitado incluir en el presente Producto. Dicha información está compuesta por: - Importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno peruano de parte de las compañías extractivas no adheridas correspondiente al período de 2008 al 2010. - Montos de los Contratos de servicios de petróleo correspondiente al período de 2008 al 2010. - Monto del Aporte Minero Voluntario correspondiente al período de 2007 al 2011. Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao Miembro de Ernst & Young Global

Los estudios, informes, gráficos, archivos de cómputo u otros materiales relacionados y preparados por Ernst & Young Asesores S. Civil de R.L. (en adelante el Consultor ) para el SECO, serán de propiedad de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú y del Swiss Confederation State Secretariat for Economic Affairs SECO en virtud de este Contrato. El Consultor podrá conservar una copia de dichos documentos y archivos de cómputo relacionados. Valoramos la oportunidad de trabajar con ustedes y apreciamos sinceramente la cooperación y asistencia brindada durante la ejecución del presente Estudio. Estaremos complacidos en discutir con usted u otros miembros de la Comisión, cualquier tema relacionado con nuestros procedimientos o de este informe que considere conveniente. Atentamente, Ernst & Young Asesores S. Civil de R.L. Numa Arellano Socio c. c. Swiss Confederation State Secretariat for Economic Affairs SECO (Sr. Christian Robin)

Contenido Resumen Ejecutivo 9 I. Objetivo 15 II. Alcance 17 1. Compañías participantes 17 2. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el Perú 24 2.1. Sector Minero 24 2.2. Sector Hidrocarburos 25 2.3 Participación material de compañías del sector extractivo peruano (minería e hidrocarburos) 25 3. Pagos realizados por las Compañías participantes 27 4. Representatividad de los pagos realizados por las compañías adheridas al Segundo Estudio respecto de los totales nacionales por concepto y por subsector 28 1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos 31 2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados por las compañías 32 3. Obtención, procesamiento y verificación de la información 32 3.1. Obtención de la información 32 3.2. Procesamiento y verificación de la información 33 IV. Marco conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación ITIE 36 IV.1. Impuesto a la Renta 39 1. Aspectos Generales 39 1.1. Concepto 39 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 39 1.3. Participantes 40 1.4 Base de cálculo 40 1.5 Periodicidad 40 1.6 Utilización del canon 41 2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de distribución del canon minero 41 2.1 Recaudación 41 2.2 Distribución 42 2.2.1. Área de Influencia 42 2.2.2. Criterios de Distribución 42 2.2.3. Determinación de los índices de distribución: 44 2.2.4. Tipo de cambio 45 2.2.5. Transferencia del canon minero 45 2.3. Esquema del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y distribución del Canon Minero 46 IV.2. Regalía Minera 47 1. Aspectos Generales 47 1.1 Concepto 47

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 47 1.3. Participantes 47 1.4. Base de cálculo 47 1.5. Periodicidad 48 1.6. Utilización 48 2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de la regalía minera 48 2.1. Recaudación 48 2.2. Distribución 50 2.2.1 Criterios de distribución 50 2.2.2 Determinación de los índices de distribución 50 2.2.3 Transferencia de la regalía minera 51 2.3. Esquema del proceso de recaudación y distribución de la Regalía Minera 53 IV.3. Regalía Petrolera 54 1. Aspectos Generales 54 1.1. Concepto 54 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 54 1.3. Participantes 55 1.4. Base de cálculo 55 1.5. Periodicidad 56 1.6. Utilización del canon y sobrecanon 56 2. Procedimiento del proceso de recaudación de la regalía petrolera y distribución del canon y sobrecanon petrolero 56 2.1. Recaudación 56 2.2. Distribución 57 2.2.1 Área de Influencia 57 2.2.2 Criterios de Distribución 57 2.2.3 Determinación de los índices de distribución 58 2.2.4 Tipo de cambio 59 2.2.5 Transferencia del canon y sobrecanon 59 2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Petrolera y la distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero 60 IV.4 Regalía Gasífera 61 1. Aspectos Generales 61 1.1. Concepto 61 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 61 1.3. Participantes 61 1.4. Base de cálculo 62 1.5. Periodicidad 62 1.6. Utilización del canon 63 2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y Regalía Gasífera y distribución del canon gasífero 63 2.1. Recaudación 63 2.2. Distribución 64 2.2.1 Área de influencia 65 2.2.2. Criterios de Distribución 65

2.2.3. Determinación de los índices de distribución 66 2.2.4 Tipo de cambio 66 2.2.5 Transferencia del canon gasífero 67 IV.5 Derecho de Vigencia 69 1. Aspectos Generales 69 1.1. Concepto 69 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 69 1.3. Participantes 70 1.4. Base de Cálculo 70 1.5. Periodicidad 70 1.6. Utilización 70 2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de los Derechos de Vigencia 70 2.1. Recaudación 70 2.2. Distribución 71 2.2.1 Área de influencia 71 2.2.2 Criterios de Distribución 72 2.2.3 Determinación de los índices de distribución 72 2.2.4 Tipo de cambio 72 2.2.5 Transferencia del derecho de vigencia 73 2.3 Esquema del proceso de recaudación y distribución del Derecho de Vigencia 74 V. Resumen final de los resultados del Segundo Estudio de conciliación de la recaudación 75 V.1. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación del Impuesto a la Renta 78 V.2. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías Mineras y de Hidrocarburos 79 V.3. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de los Derechos de Vigencia 80 VI. Detalle de los resultados del Segundo Estudio de Conciliación de la Recaudación 81 VI.1. Impuesto a la Renta 84 VI.2. Regalía Minera 91 VI.3. Regalías de Hidrocarburos 95 VI.4. Derecho de Vigencia 99 VII. Detalle de los resultados finales del Segundo Estudio de Conciliación de la Distribución 106 VII.1. Canon Minero 106 VII.2. Regalía Minera 111 VII.3. Canon y Sobrecanon Petrolero 116 VII.4. Canon Gasífero 133 VII.4.1 Canon Gasífero Regalía Gasífera 133 VII.4.2. Canon Gasífero Impuesto a la Renta 139 VII.4.3 Distribución Canon Gasífero Impuesto a la Renta 140 VII.5. Derecho de Vigencia 142 VIII. Conclusiones y recomendaciones finales sobre el Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú 155 VIII.1 Conclusiones 155 VIII.1.2 Conclusiones del estudio de conciliación de los ingresos recaudados por los organismos del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y local 156

VIII.1.3 Conclusiones del estudio de conciliación respecto a la participación de las compañías adheridas al Estudio 156 VIII.1.4 Conclusiones del estudio de conciliación respecto de los niveles de materialidad propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE Perú 157 VIII.2 Recomendaciones 157 VIII.2.1 Recomendaciones para mejorar el proceso de conciliación 157 VIII.2.2 Recomendaciones para los próximos estudios de conciliación de acuerdo con las normas ITIE recomendados 158 IX. Información de carácter informativa propuesta por la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú 159 IX.1 Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP) 160 IX.2 Contrato de Servicios Petroleros 171 X. Anexos 172

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 2010) Resumen Ejecutivo El objetivo del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la ITIE en el Perú (en adelante el Estudio ) fue efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que realizaron algunas compañías mineras, petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional, al Gobierno peruano, y los ingresos que recibieron de estas industrias extractivas diversos organismos del Gobierno peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período 2008-2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que aplican en la normatividad vigente del país. En tal sentido, la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la Comisión de Trabajo o la Comisión ), determinó que: 1) los resultados del Estudio deben reflejar el valor de los pagos, efectuados por las compañías extractivas adheridas a la iniciativa, por los conceptos de impuesto a la renta, regalías y derecho de vigencia, que corresponden a la materialidad que sustenta este segundo Estudio, al igual que en el caso del primer Estudio de la ITIE, efectuado en 2009; 2) los resultados de este Estudio deben reflejar la participación de las compañías de los siguientes subsectores que: (a) (b) Representen una proporción no menor al 75% del valor anual de la producción nacional minera valorizada. Representen una proporción no menor al 85% del valor anual de la producción nacional de hidrocarburos valorizada. Con referencia a las empresas extractivas no adheridas a esta iniciativa, los resultados del Segundo Estudio Nacional de Conciliación reflejan: (a) El importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno de parte de las compañías extractivas no adheridas, por los siguientes conceptos tributarios y no tributarios deducidos del importe total recaudado del correspondiente ejercicio fiscal por las entidades recaudadoras: - Impuesto a la Renta determinado por el Contribuyente (de las Declaraciones Juradas presentadas anualmente durante el período 2008 2010, por lo subsectores Minería e Hidrocarburos). - Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería y petróleo). - Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (sólo para el subsector minería). (b) El número de compañías, por subsector, cuyo valor de producción supere el promedio del: - 2% con respecto al total del valor de la producción nacional en minería. - 2% con respecto al total del valor de la producción nacional de hidrocarburos líquidos. - 1% con respecto al total del valor de la producción nacional de gas natural. 9

El alcance de la asistencia del Consultor se limita a la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú de 51 compañías adheridas voluntariamente. Respecto del alcance del Estudio, la Comisión, ha establecido los Términos de Referencia que forman parte del contrato suscrito con SECO, en el cual se establecen los procedimientos para llevar a cabo el Segundo Estudio. En este sentido, la Comisión es la única responsable de determinar la suficiencia de los procedimientos a llevar a cabo para sus propósitos y por la suficiencia de la documentación y pruebas para los propósitos del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el Perú. Sector Minero La producción minera valorizada de las compañías adheridas al presente Estudio y el porcentaje que representan sobre la producción nacional se indica a continuación: a. En el año 2008, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 86.94%, que equivale a US$ 18,571,667,437.25 del valor de la producción total (US$ 21,360,787,878.68). b. En el año 2009, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 84.41%, que equivale a US$ 15,330,224,405.13 del valor de la producción total (US$ 18,161,827,319.09). c. En el año 2010, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 83.42% que equivale a US$ 19,531,240,178.23 del valor de la producción total (US$ 23,412,898,359.70). FUENTE: Estadística Mensual Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social Ministerio de Energía y Minas METALES: Cobre, Plata, Plomo, Zinc, Oro, Estaño, Molibdeno Sector Hidrocarburos La producción de hidrocarburos de las compañías adheridas al presente Estudio y el porcentaje que representan sobre la producción nacional se indica a continuación: a. En el año 2008, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 88.06% que equivale a US$ 4,816,484,594.53 del valor de la producción total (US$ 5,469,782,912.62). b. En el año 2009, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 89.73% que equivale a US$ 3,377,548,732.00 del valor de la producción total (US$ 3,764,019,398.81). c. En el año 2010, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 90.33% que equivale a US$ 5,137,416,902.55 del valor de la producción total (US$ 5,687,106,187.72). FUENTE: Estadística Mensual Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social Ministerio de Energía y Minas 10

Participación de Compañías en el Segundo Estudio En este Segundo Estudio, han participado 51 compañías (33 del sector minero y 18 del sector de hidrocarburos) en comparación con las 33 compañías participantes del Primer Estudio (24 del sector minero y 9 del sector de hidrocarburos), lo cual representa un incremento global del 54.5% (37.5% del sector minero y 100% del sector de hidrocarburos). Asimismo, han participado del proceso de conciliación seis (6) instituciones públicas en las fases de recaudación y distribución: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (en adelante SUNAT) Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF) Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (en adelante INGEMMET) Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM) Presidencia del Consejo de Ministros (en adelante PCM) Perupetro Los pagos realizados al Estado Peruano por las compañías extractivas, involucrados en el presente Estudio fueron: Impuesto a la Renta Regalías Mineras Regalías de Hidrocarburos Derechos de Vigencia Ernst & Young en su condición de conciliador realizó las siguientes tareas: Relevamiento y documentación del proceso de pagos, recepción de ingresos y distribución de los pagos efectuados por las compañías extractivas a los distintos estamentos del Estado, con el objetivo de incluir información conceptual sobre este proceso. En este sentido, por tipo de pago conciliado, se desarrollo un marco conceptual que sintetiza los conceptos, base legal, participantes, base de cálculo, periodicidad, utilización de los recursos distribuidos, proceso de recaudación y distribución de los conceptos incluidos en este Estudio. Conciliación de los pagos realizados por las compañías adheridas al Estudio, al Estado Peruano por concepto de Impuesto a la Renta, Regalías Mineras, Regalías de Hidrocarburos y Derechos de Vigencia con lo declarado como recaudado por las instituciones públicas por dichos conceptos. Para esto, se solicitó información a las compañías e instituciones mediante formatos pre-diseñados, se tabuló dicha información y se determinaron las diferencias. De existir divergencias, se procedió a la reconfirmación de los saldos conciliados a fin de poder esclarecer las diferencias encontradas originalmente. Conciliación entre los ingresos recaudados por los conceptos descritos anteriormente y los importes distribuidos por las instituciones públicas correspondientes: MEF y PCM, para el caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras; Perupetro y PCM, para el caso de Regalías de Hidrocarburos y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia. 11

Determinación de Recomendaciones y Conclusiones referido a los resultados del Estudio. La conciliación para todos los casos, excepto para el Impuesto a la Renta, se ha realizado sobre montos declarados y pagados por las compañías. Para el caso del Impuesto a Renta se ha procedido a conciliar los montos declarados anualmente a la SUNAT por dos razones: El pago del Impuesto a la Renta no se da de una sola manera como en el caso de los demás conceptos. Para este fin, las compañías realizan pagos a cuenta mensuales, regularizaciones anuales del impuesto a la renta, aplicación de créditos, entre otros; por lo que resulta más eficiente realizar la revisión por el monto declarado (el cual finalmente resulta siendo también el monto pagado a lo largo del tiempo). La distribución del Impuesto a la Renta como Canon Minero, se realiza sobre la base de los montos declarados anualmente por las Compañías a la SUNAT vía la Declaración Jurada Anual. El alcance de nuestro trabajo se limitó a los puntos indicados en los párrafos anteriores. Conclusiones del Estudio de Conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de estas compañías los organismos del Estado Los resultados finales de la conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de éstas compañías los organismos del Estado se muestran a continuación: Para el caso de la conciliación de Impuesto a la Renta, no hemos encontrado diferencias entre los pagos efectuados por las compañías adheridas y los ingresos que han recibido las instituciones del Estado. Para el caso de las Regalías Mineras, hemos identificado una diferencia de S/. 110,764 de un total de S/. 1,249,024,351 (para el período 2008-2010), lo cual representa un 0.009% del total conciliado de Regalías Mineras En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/.31,704,457,467), dicha diferencia representa menos del 0.001% Para el caso de las Regalías de Hidrocarburos, hemos identificado una diferencia de US$ 14,558 de un total de US$ 2,824,038,049 (para el período 2008-2010), lo cual representa un 0.001%.del total conciliado). En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/. 31,704,457,467), dicha diferencia representa menos del 0.001% Para el caso de los Derechos de Vigencia, hemos identificado una diferencia de US$ 942,359 de un total de US$ 23,924,029 (para el período 2008-2010), lo cual representa un 3.939% del total conciliado En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/.31,704,457,467 ), dicha diferencia representa menos del 0.009%. Estas diferencias corresponden principalmente a reportes de pagos de denuncios mineros por parte de las compañías que no registran titularidad de las mismas; asimismo, identificamos denuncios mineros de titularidad de las compañías adheridas al Estudio cuyos derechos de vigencia habrían sido pagados por terceros; por otra parte, las diferencias también corresponden a la utilización de tipos de cambio promedio para la conversión de las cifras reportadas en Nuevos Soles para efectos de la conciliación. 12

Conclusiones del Estudio de Conciliación de los ingresos recaudados por los organismos del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y local Debido a que la información oficial de la distribución del canon minero, petrolero y gasífero, sobrecanon petrolero y de las regalías mineras es preparada por los organismos del Estado de manera agregada y no detallando los importes a distribuir por los pagos realizados por la compañía aportante y debido a que las 51 compañías adheridas al Estudio, no representan el 100% de la producción nacional de los recursos que extraen, se realizaron recálculos de las cifras distribuidas por compañía y se consideró como razonable que los resultados de dichos recálculos debieran ser menores o iguales (según sea el caso), a las cifras oficiales reportadas por las instituciones públicas correspondientes (PCM e INGEMMET). De esta revisión se obtuvo que para el caso de Canon Minero, Regalías Mineras, Canon y Sobrecanon Petrolero y Canon Gasífero, los resultados de los recálculos fueron menores o iguales que las cifras reportadas por PCM, guardando coherencia con la metodología planteada en el párrafo anterior. Por otra parte, respecto a la conciliación de los Derechos de Vigencia recaudados por INGEMMET y los importes distribuidos por este mismo organismo a nivel central, regional y local, se determinó que el monto distribuido por INGEMMET, en la mayor parte de los casos, representa el 75% de los importes recaudados según lo indica su normatividad. La distribución no necesitó recalcularse ya que dicha información fue presentada por INGEMMET para las compañías adheridas al Estudio. Conclusiones del Estudio de Conciliación respecto a la participación de las compañías adheridas al Estudio Se ha obtenido en este Segundo Estudio de Conciliación la participación de 51 compañías del sector extractivo peruano (18 compañías del subsector hidrocarburífero y 33 compañías del sector minero). Esto representa un incremento del 54.5% respecto al Primer Estudio realizado en 2009. Conclusiones del Estudio de Conciliación respecto de los niveles de materialidad propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE Perú En el presente Estudio, se puede observar que se han alcanzado los niveles de materialidad respecto de los volúmenes de producción nacional por subsector propuestos en los Términos de Referencia, vale decir, mayor al 75% en el caso del subsector minero ( 86.94% en 2008, 84.41% en 2009 y 83.42% en 2010) y al 85% en el caso del sector hidrocarburífero (88.06% en 2008, 89.73 en 2009 y 90.33% en 2010). Asimismo, se ha logrado la participación de la totalidad de las compañías cuya producción superara el 2% de participación en los volúmenes de producción nacional (para el caso del subsector minero y petrolero) y 1% (para el caso del subsector gasífero). 13

Recomendaciones Las recomendaciones que se presentan en este informe están orientadas a mejorar el desempeño de futuros Estudios de Conciliación, entre las cuales podemos destacar las siguientes: Que INGEMMET considere implementar un control de seguimiento y cruce de información con la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, respecto de la titularidad de los denuncios mineros (para el caso de la gestión de los derechos de vigencia). Con el fin de uniformizar la información requerida, que la Comisión de Trabajo comprometa en futuros estudios a las instituciones públicas a la utilización de las herramientas proporcionadas por el Conciliador para poder realizar una conciliación de manera más eficiente. Que la Comisión de Trabajo difunda y canalice de mejor manera la información al siguiente personal clave dentro de las compañías a fin de que brinden apropiadamente la información requerida para efectos del Estudio de conciliación: - Gerente Legal o de Asuntos Regulatorios - Gerente Financiero - Contador General - Jefe de Impuestos Que la Comisión promueva la exposición de manera detallada (desagregada) por compañía, de las cifras correspondientes a los pagos realizados por los conceptos relacionados con el objeto del Estudio. Considerar en adición a los montos valorizados, los volúmenes de los recursos que los generan en futuros Estudios de Conciliación, a fin de cubrir mejor los requerimientos de la iniciativa del ITIE y que estén alineados con las prácticas ITIE en países que ya son miembros de la Iniciativa. 14

Producto 3: Informe Final I. Objetivo El objetivo del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE en el Perú (en adelante el Estudio ) fue efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que realizaron algunas compañías mineras, petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional, al Gobierno Peruano, y los ingresos que recibieron de estas industrias extractivas diversos organismos del Gobierno Peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período 2008-2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que aplican en la normatividad vigente del país. Asimismo, como parte del Estudio, se presenta la información conceptual sobre el proceso de generación de los pagos y recepción de los ingresos, provenientes de las industrias extractivas, así como del proceso que involucra la distribución de las rentas hacia los distintos estamentos del Gobierno y la ejecución de las mismas (precisiones conceptuales sobre el proceso de determinación del impuesto a la renta, modalidades y mecanismos de pago, factor de temporalidad entre los pagos efectuados por las compañías y las transferencias realizadas a los diferentes niveles de gobierno, etc.). En tal sentido, la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la Comisión de Trabajo o la Comisión ), determinó que: 1) los resultados del Estudio deben reflejar el valor de los pagos, efectuados por las compañías extractivas adheridas a la iniciativa, por los conceptos de impuesto a la renta, regalías y derecho de vigencia, que corresponden a la materialidad que sustenta este segundo Estudio, al igual que en el caso del primer Estudio de la ITIE, efectuado en 2009; 2) los resultados de este Estudio deben reflejar la participación de las compañías de los siguientes subsectores que: (a) Representen una proporción no menor al 75% del valor anual de la producción nacional minera valorizada. (b) Representen una proporción no menor al 85% del valor anual de la producción nacional de hidrocarburos valorizada. En este sentido, y de acuerdo con los objetivos específicos establecidos, el Segundo Estudio Nacional de Conciliación ha tenido por objeto reflejar la proporción de la participación material de las compañías extractivas, adheridas a la ITIE Perú, en la generación de recursos que son canalizados por el gobierno central (vía ingresos tributarios y no tributarios provenientes de los sub sectores minería e hidrocarburos), y luego distribuidos hacia los gobiernos regionales y locales. 15

Por otro lado, con referencia a las compañías extractivas no adheridas a esta iniciativa, los resultados del Segundo Estudio Nacional de Conciliación reflejan: (a) El importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno peruano de parte de las compañías extractivas no adheridas, por los siguientes conceptos tributarios y no tributarios deducido del importe total recaudado en el ejercicio fiscal por las entidades recaudadoras, según el concepto de ingreso involucrado: - Impuesto a la Renta determinado por el Contribuyente (de las Declaraciones Juradas presentadas anualmente durante el período 2008 2010, por lo subsectores minería e hidrocarburos. - Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería e hidrocarburos). - Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (sólo para el subsector minería). (b) El número de compañías, por subsector, cuyo valor de producción supere el promedio del: - 2% con respecto al total del valor de la producción nacional en minería. - 2% con respecto al total del valor de la producción nacional de hidrocarburos líquidos. - 1% con respecto al total del valor de la producción nacional de gas natural. Para los efectos de disponibilidad de información, la misma fue facilitada por el órgano gubernamental competente según el concepto involucrado. Sobre la base de lo anteriormente expuesto, el objetivo del presente Informe Final es, presentar a la Comisión, los resultados finales del Segundo Estudio de la ITIE en el Perú al 13 de diciembre de 2011. 16

II. Alcance 1. Compañías participantes El alcance de la asistencia del Consultor se limita a la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú de 51 compañías adheridas voluntariamente, y que son las siguientes: N Compañía Participación (*) Actividad Sector Hidrocarburos 1 Ecopetrol del Perú S.A. Agregado Exploración 2 Graña y Montero Petrolera S.A. Agregado Explotación 3 Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú Agregado Explotación 4 Interoil Perú S.A. Desagregado Explotación 5 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. Agregado Explotación 6 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú Desagregado Explotación 7 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú Agregado Exploración 8 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú Agregado Exploración 9 Petrobras Energía Perú S.A. Desagregado Explotación 10 Pluspetrol Lote 56 S.A Agregado Explotación 11 Pluspetrol Camisea S.A Agregado Explotación 12 Pluspetrol Norte S.A Agregado Explotación 13 Pluspetrol Perú Corporation S.A Agregado Explotación 14 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú Desagregado Explotación 15 Savia Perú S.A. Agregado Explotación 16 SK Innovation Sucursal Peruana Agregado Explotación 17 Sonatrach Perú Corporation S.A.C Desagregado Explotación 18 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú Agregado Exploración Sector Minería 1 Anglo American Exploration Perú S.A. Desagregado Exploración 2 Anglo American Michiquillay S.A. Desagregado Exploración 3 Anglo American Perú S.A. Desagregado Exploración 4 Anglo American Quellaveco S.A. Desagregado Exploración 5 Castrovirreyna Compañía Minera S.A. Agregado Explotación 6 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. Agregado Explotación 7 Compañía Argentum S.A. Agregado Explotación 8 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A Desagregado Explotación 9 Compañía Minera Antamina S.A. Desagregado Explotación 10 Compañía Minera Ares S.A.C Agregado Explotación 11 Compañía Minera Atacocha S.A.A Desagregado Explotación 12 Compañía Minera Condestable S.A Agregado Explotación 13 Compañía Minera Milpo S.A.A. Desagregado Explotación 14 Compañía Minera Poderosa S.A. Desagregado Explotación 15 Compañía Minera Raura S.A Agregado Explotación 16 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. Desagregado Explotación 17 Consorcio Minero Horizonte S.A. Desagregado Explotación 18 Empresa Minera Los Quenuales S.A. Desagregado Explotación 19 Gold Fields La Cima S.A.A. Agregado Explotación 17

N Compañía Participación (*) Actividad 20 Lumina Copper S.A.C. Agregado Exploración 21 Minera Barrick Misquichilca S.A. Desagregado Explotación 22 Minera Bateas S.A.C. Agregado Explotación 23 Minera Pampa de Cobre S.A Desagregado Explotación 24 Minera Suyamarca S.A.C Agregado Explotación 25 Minera Yanacocha S.R.L. Desagregado Explotación 26 Minsur S.A. Desagregado Explotación 27 Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca Agregado Explotación 28 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. Desagregado Exploración 29 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. Desagregado Explotación 30 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. Agregado Explotación 31 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú Desagregado Explotación 32 Volcan Compañía Minera S.A.A. Agregado Explotación 33 Xstrata Tintaya S.A. Desagregado Explotación (*) Participación agregada: Corresponde a la voluntad de ciertas compañías para presentar información dentro de este Estudio sin detallar su nombre dentro de la información conciliable, y agrupadas en una línea que consolide dichos montos. (*) Participación desagregada: Corresponde a la voluntad de ciertas compañías de presentar información dentro de este Estudio mostrando su nombre dentro de la información conciliable, de manera individual. Respecto del alcance del Estudio, la Comisión, estableció los Términos de Referencia que forman parte del contrato suscrito con SECO, en el cual se establecieron los procedimientos para llevar a cabo el Segundo Estudio. En este sentido, la Comisión ITIE es la única responsable por la suficiencia de los procedimientos a llevar a cabo para sus propósitos y por la suficiencia de la documentación y pruebas para los propósitos del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú. Consecuentemente, el nosotros no emitimos una declaración respecto de la suficiencia de los procedimientos para los propósitos para los cuales esta asistencia fue solicitada o para ningún otro propósito. Asimismo, la Gerencia de las Compañías, son las únicas obligadas y responsables de: (a) establecer y mantener controles internos efectivos para el monitoreo de sus pagos realizados al Estado Peruano, que son materia de este Estudio, durante el período de revisión; (b) la suficiencia de su documentación de control interno y del mantenimiento del mismo; e (c) identificar las leyes y los reglamentos aplicables y buscar el cumplimiento de los mismos. 18

Es importante destacar el incremento de la participación de las compañías adheridas al Segundo Estudio con respecto al Primer Estudio, ejecutado para analizar el período 2004 2007. A fin de poder visualizar este incremento de una manera gráfica, presentamos a continuación el detalle de estas variaciones: 60 Compañias participantes en el Estudio de Conciliación del ITIE 50 51 40 30 33 54.5% 20 10 0 Primer Estudio (2004-2007) Segundo Estudio (2008-2010) 19

Participantes Subsector Hidrocarburos Primer Estudio (2004-2007) Segundo Estudio (2008-2010) No. Compañía 1 Hunt Oil Company of Perú L.L.C. 2 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 3 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú 4 Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú 5 Petrobras Energía Perú S.A. 6 Pluspetrol Norte S.A. 7 Pluspetrol Perú Corporation S.A. 8 Pluspetrol Camisea S.A. 9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú No. Compañía 1 Hunt Oil Company of Perú L.L.C 2 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 3 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú 4 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú 5 Petrobras Energía Perú S.A. 6 Pluspetrol Norte S.A 7 Pluspetrol Perú Corporation S.A 8 Pluspetrol Camisea S.A 9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú Nuevas compañías participantes No. Compañía 10 Ecopetrol del Perú S.A. 11 Graña y Montero Petrolera S.A. 12 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú 13 SK Innovation Sucursal Peruana 14 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú 15 Savia Perú S.A. 16 Pluspetrol Lote 56 S.A 17 Interoil Perú S.A. 18 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 20 18 16 14 12 10 8 6 4 2 0 Compañías del subsector hidrocarburos participantes en el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú 9 9 Primer Estudio (2004-2007) 100% 9 Segundo Estudio (2008-2010) 20

Participantes Subsector Minería Primer Estudio (2004-2007) (*) Segundo Estudio (2008-2010) No. Compañía 1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 2 Compañía Minera Antamina S.A. 3 Compañía Minera Argentum S.A. 4 Compañía Minera Milpo S.A.A. 5 Compañía Minera Raura S.A 6 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 7 Minera Bateas S.A.C. 8 Minera Pampa de Cobre S.A. 9 Minera Yanacocha S.R.L. 10 Minsur S.A. 11 Pan American Silver S.A.C. - Mina Quiruvilca 12 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 13 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 14 Xstrata Tintaya S.A. 15 Minera Barrick Misquichilca S.A. 16 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 17 Anglo American Michiquillay S.A. 18 Anglo American Quellaveco S.A. 19 Anglo American Exploration Perú S.A. 20 Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. No. Compañía 1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 2 Compañía Minera Antamina S.A. 3 Compañía Minera Argentum S.A. 4 Compañía Minera Milpo S.A.A. 5 Compañía Minera Raura S.A 6 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 7 Minera Bateas S.A.C. 8 Minera Pampa de Cobre S.A. 9 Minera Yanacocha S.R.L. 10 Minsur S.A. 11 Pan American Silver S.A.C. - Mina Quiruvilca 12 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 13 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 14 Xstrata Tintaya S.A. 15 Minera Barrick Misquichilca S.A. 16 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 17 Anglo American Michiquillay S.A. 18 Anglo American Quellaveco S.A. 19 Anglo American Exploration Perú S.A. 20 Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. Nuevas compañías participantes (*) Adicionalmente existieron 4 compañías en el Primer Estudio que no participan del Segundo Estudio. Es decir, en total, 24 compañías mineras. No. Compañía 21 Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 22 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 23 Compañía Minera Ares S.A.C 24 Compañía Minera Condestable S.A 25 Gold Fields La Cima S.A.A. 26 Lumina Copper S.A.C. 27 Minera Suyamarca S.A.C 28 Anglo American Perú S.A. 29 Compañía Minera Atacocha S.A.A 30 Compañía Minera Poderosa S.A. 31 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 32 Consorcio Minero Horizonte S.A. 33 Volcan Compañía Minera S.A.A. 21

Compañias mineras participantes en el Estudio de Conciliación ITIE 35 33 30 25 24 37.5% 20 15 10 5 0 Primer Estudio (2004-2007) Segundo Estudio (2008-2010) 22

Subsector Hidrocarburos Subsector Minería Según la clasificación de Agregadas y No Agregadas Primer Estudio Segundo Estudio Incremento (%) Primer Estudio Segundo Estudio Incremento (%) Compañías Agregadas 2 13 Compañías Agregadas 6 13 Compañías Desagregadas 7 5 Compañías Desagregadas 18 20 Total 9 18 100% Total 24 33 37.5% Subsector Hidrocarburos Según la clasificación de Exploración y Explotación Subsector Minería Primer Estudio Segundo Estudio Incremento (%) Primer Estudio Segundo Estudio Incremento (%) Exploración 1 3 Exploración 5 6 Explotación 8 15 Explotación 19 27 Total 9 18 100% Total 24 33 37.5% 23

2. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el Perú Sobre la base de lo expresado en los Términos de Referencia del presente Estudio, a continuación se presenta el porcentaje de participación que tienen las compañías adheridas al Segundo Estudio en la producción peruana minera y de hidrocarburos durante el período 2008 a 2010: Sector Participación de las compañías adheridas al Segundo Estudio Año Año Año 2008 2009 2010 Minería 86.94% 84.41% 83.42% Hidrocarburos 88.06% 89.73% 90.33% Fuente: Oficina General de Gestión Social Ministerio de Energía y Minas. A continuación se presenta la producción valorizada del sector minero y de hidrocarburos a nivel nacional: 2.1. Sector Minero METAL 2008 2009 2010 COBRE 8,661,303,527.44 6,454,782,084.41 9,215,329,610.41 PLATA 1,460,037,519.79 1,487,411,707.67 1,883,303,973.58 PLOMO 532,375,842.66 355,940,309.28 377,832,697.08 ZINC 2,406,587,433.91 2,034,172,164.17 2,555,420,046.63 ORO 3,726,795,276.79 4,202,969,160.57 4,289,524,923.05 ESTAÑO 733,478,609.87 516,845,083.47 701,899,333.91 MOLIBDENO 1,051,089,226.79 278,103,895.56 507,929,593.57 TOTAL US $ 18,571,667,437.25 15,330,224,405.13 19,531,240,178.23 Valor de la producción total US $ 21,360,787,878.68 18,161,827,319.09 23,412,898,359.70 Participación % de las empresas adheridas al ITIE Perú 86.94% 84.41% 83.42% FUENTE: Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera /Estadística Minera 24

2.2. Sector Hidrocarburos Detalle Hidrocarburos Líquidos Valor de la Producción 2008 - US$ Gas Natural Total Hidrocarburos Producción valorizada compañías adheridas (C) 3,948,945,057.56 867,539,536.97 4,816,484,594.53 Producción valorizada compañías no adheridas (D) 425,641,784.52 227,656,533.57 653,298,318.09 Total Producción Valorizada (E) 4,374,586,842.08 1,095,196,070.54 5,469,782,912.62 % Participación Total Adheridas (C/E) 88.06% % Participación Total No adheridas (D/E) 11.94% Detalle Hidrocarburos Líquidos Valor de la Producción 2009 - US$ Gas Natural Total Hidrocarburos Producción valorizada compañías adheridas (C) 2,973,307,427.37 404,241,304.63 3,377,548,732.00 Producción valorizada compañías no adheridas (D) 292,627,227.15 93,843,439.66 386,470,666.81 Total Producción Valorizada (E) 3,265,934,654.52 498,084,744.29 3,764,019,398.81 % Participación Total Adheridas (C/E) 89.73% % Participación Total No adheridas (D/E) 10.27% Detalle Hidrocarburos Líquidos Valor de la Producción 2010 - US$ Gas Natural Total Hidrocarburos Producción valorizada compañías adheridas (C) 4,106,241,706.98 1,031,175,195.57 5,137,416,902.55 Producción valorizada compañías no adheridas (D) 440,847,314.94 108,841,970.23 549,689,285.17 Total Producción Valorizada (E) 4,547,089,021.92 1,140,017,165.80 5,687,106,187.72 % Participación Total Adheridas (C/E) 90.33% % Participación Total No adheridas (D/E) 9.67% FUENTE: Estadística Mensual Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social Ministerio de Energía y Minas 2.3 Participación material de compañías del sector extractivo peruano (minería e hidrocarburos) A continuación se detalla la representatividad de las compañías mineras y de hidrocarburos que sobrepasan el 2% (para las compañías mineras y petroleras) y el 1% (para las compañías gasíferas) del total del valor de producción del sector extractivo (minería e hidrocarburos): 25

Compañía Año 2008 Valor de Producción (US$) % Participación Producción Segundo Estudio Compañías Mineras Compañía Minera Antamina S.A. 3,840,055,003 14.31% Adherida Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 3,104,885,393 11.57% Adherida Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 2,385,746,462 8.89% Adherida Minera Yanacocha S.R.L. 1,633,411,198 6.09% Adherida Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,400,799,950 5.22% Adherida Volcan Compañía Minera S.A.A. 1,008,188,793 3.76% Adherida Xstrata Tintaya S.A. 828,673,908 3.09% Adherida Minsur S. A. 749,713,001 2.79% Adherida Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 575,190,388 2.14% Adherida Empresa Minera Los Quenuales S.A. 543,134,886 2.02% Adherida Compañías de Hidrocarburos Líquidos Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 1,374,313,717 5.12% Adherida Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 1,382,737,110 5.15% Adherida Compañías Gasíferas Pluspetrol Perú Corporation 764,922,929 2.85% Adherida Subtotal 19,591,772,737 73.02% Total de compañías con % menor a los requeridos 7,238,798,054 26.98% Totales 26,830,570,792 100.00% Año 2009 Compañía Valor de Producción (US$) % Participación Producción Segundo Estudio Compañías Mineras Compañía Minera Antamina S.A. 2,948,974,390 13.45% Adherida Minera Yanacocha S.R.L. 2,051,721,819 9.36% Adherida Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 1,921,862,326 8.77% Adherida Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 1,632,397,842 7.45% Adherida Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,269,227,275 5.79% Adherida Volcan Compañía Minera S.A.A. 812,361,440 3.71% Adherida Xstrata Tintaya S.A. 610,771,451 2.79% Adherida Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 577,508,627 2.63% Adherida Minsur S. A. 519,172,362 2.37% Adherida Compañías de Hidrocarburos Líquidos Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 1,514,393,194 6.91% Adherida Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 674,829,374 3.08% Adherida Petrobras Energía Perú S.A. 515,491,703 2.35% Adherida Compañías Gasíferas Pluspetrol Perú Corporation 364,387,648 1.66% Adherida Subtotal 15,413,099,451 70.30% Total de compañías con % menor a los requeridos 6,512,747,267 29.70% Totales 21,925,846,718 100.00% 26

Año 2010 Compañía Valor de Producción (US$) % Participación Producción Segundo Estudio Compañías Mineras Compañía Minera Antamina S.A. 3,847,516,056 13.22% Adherida Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 2,656,021,457 9.13% Adherida Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 2,494,646,921 8.57% Adherida Minera Yanacocha S.R.L. 1,837,331,333 6.31% Adherida Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,252,696,811 4.30% Adherida Volcan Compañía Minera S.A.A. 1,002,763,739 3.45% Adherida Xstrata Tintaya S.A. 766,111,177 2.63% Adherida Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 762,381,797 2.62% Adherida Minsur S. A. 701,899,334 2.41% Adherida Compañía Minera Milpo S.A.A. 617,755,928 2.12% Adherida Compañías de Hidrocarburos Líquidos Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 2,203,650,847 7.57% Adherida Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 881,402,242 3.03% Adherida Compañías Gasíferas Pluspetrol Perú Corporation 984,534,946 3.38% Adherida Subtotal 20,008,712,588 68.76% Total de compañías con % menor a los requeridos 9,091,291,959 31.24% Totales 29,100,004,547 100.00% FUENTE: Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera /Estadística Minera 3. Pagos realizados por las Compañías participantes El Segundo Estudio de Conciliación ITIE Perú presenta los siguientes tipos de pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías mineras, petroleras y gasíferas adheridas al Segundo Estudio: - Impuesto a la Renta determinado por las compañías adheridas (Declaraciones Juradas presentadas anualmente durante el período 2008 2010 y las Declaraciones Juradas Sustitutorias y/o Rectificatorias presentadas por las compañías a la SUNAT). - Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería e hidrocarburos). - Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (solo para el subsector minería). El Estudio ha tomado en cuenta la información respecto a los convenios de estabilidad jurídica y/o tributaria que pudieran tener las compañías mineras y contratos de licencia y/o servicios de las compañías del subsector de hidrocarburos participantes del Segundo Estudio. 27

4. Representatividad de los pagos realizados por las compañías adheridas al Segundo Estudio respecto de los totales nacionales por concepto y por subsector De acuerdo con lo solicitado en los Términos de Referencia del presente Estudio, a continuación se presenta el nivel de representatividad de los pagos efectuados por las compañías adheridas al Segundo Estudio por conceptos de Impuesto a la Renta, regalías mineras e hidrocarburos y Derechos de Vigencia, respecto del total nacional recaudado por subsector, de acuerdo con la información proporcionado por las instituciones públicas que administran dichos conceptos: 4.1 Impuesto a la Renta Subsector Minero Concepto 2008 (En miles de S/.) 2009 (En miles de S/.) 2010 (En miles de S/.) Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE (1) 6,449,658 90% 5,837,917 91% 7,460,190 85% Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE 680,165 10% 599,828 9% 1,309,388 15% Total Nacional recaudado según Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT: 7,129,823 100% 6,437,745 100% 8,769,578 100% Nota (1) El monto que se presenta en esta sección está compuesto de la siguiente manera: Impuesto a la renta 2008 2009 2010 En miles de S/. (a) 2,243,385 1,884,457 3,392,973 En miles de US$ (b) 1,437,550 1,312,570 1,439,214 En miles de S/. convertidos de miles de US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) 4,206,273 3,953,460 4,067,218 Total (a) + (d) 6,449,658 5,837,917 7,460,191 Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826 28

Impuesto a la Renta Subsector Hidrocarburos Concepto 2008 (En miles de S/.) 2009 (En miles de S/.) 2010 (En miles de S/.) Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE (1) 845,530 74% 533,880 69% 1,046,328 80% Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE 296,564 26% 240,270 31% 256,500 20% Total Nacional recaudado según Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT: 1,142,094 100% 774,150 100% 1,302,828 100% Nota (1) El monto que se presenta en esta sección está compuesto de la siguiente manera: Impuesto a la Renta 2008 2009 2010 En miles de S/. (a) 401,190 271,689 445,798 En miles de US$ (b) 151,859 87,049 212,502 En miles de S/. convertidos de miles 444,340 262,191 600,530 de US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) Total (a) + (d) 845,530 533,880 1,046,328 Tipo de cambio por 1 US$ (c) S/. 2.926 S/. 3.012 S/. 2.826 4.2 Regalías Mineras Concepto 2008 (En miles de S/.) 2009 (En miles de S/.) 2010 (En miles de S/.) Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio EITI 348,328 77% 334,147 99% 566,549 88% Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio EITI 106,291 23% 3,824 1% 75,667 12% Total Nacional según Ministerio de Economía y Finanzas: 454,619 100% 337,971 100% 642,216 100% 29

4.3 Regalías de Hidrocarburos Concepto 2008 (en miles de US$) 2009 (en miles de US$) 2010 (en miles de US$) Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE 953,665 84% 731,510 85% 1,138,863 87% Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE 177,635 16% 128,808 15% 177,635 13% Total Nacional según Perupetro: 1,131,300 100% 860,318 100% 1,316,498 100% 4.4 Derechos de Vigencia Concepto 2008 (En miles de US$) 2009 (En miles de US$) 2010 (En miles de US$) Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio EITI 7,758 20% 7,450 21% 8,716 19% Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio EITI 31,643 80% 28,213 79% 37,556 81% Total Nacional según INGEMMET: 39,401 100% 35,663 100% 46,272 100% 30

III. Metodología Para la realización del Segundo Estudio de Conciliación se ha seguido el siguiente enfoque metodológico: 1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos 2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados por las empresas 3. Obtención, procesamiento y verificación de la información 1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos i. Se obtuvo la relación de compañías participantes de las industrias extractivas, la cual asciende a 51 Compañías. ii. Sobre la tipología de los pagos que efectúan las compañía, se ha revisado la siguiente información: - Monto Final del Impuesto a la Renta Determinado por el Contribuyente (casilleros 504 y 126 de ser el caso, obtenido de las Declaraciones Juradas presentadas anualmente durante el período 2008 2010, así como las Declaraciones Juradas Sustitutorias y/o Rectificatorias presentadas por las compañías a la SUNAT), excepto para aquellas compañías que tienen más de una unidad económica administrativa, en cuyo caso se consideró lo declarado en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas. - Monto de las Regalías por el período 2008-2010 (subsectores de minería e hidrocarburos). - Monto del Derecho de Vigencia por el período 2008-2010 (sólo para el subsector minería). Asimismo, se ha considerado la información contenida en los convenios de estabilidad jurídica y/o tributaria para el caso de las compañías mineras y contratos de licencia y/o servicios de las compañías del subsector de hidrocarburos. iii. Previa coordinación con la Comisión, se ha trabajado con las siguientes entidades para obtener la información de los ingresos que registra el Estado Peruano por el período 2008-2010 y su correspondiente distribución. - Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (en adelante SUNAT). - Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF). - Perupetro. - Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (en adelante INGEMMET). - Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM). - Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (en adelante PCM). Asimismo, se han tomado en cuenta los ingresos que se transfieren hacia los Gobiernos Regionales y Locales y otras instituciones estatales. 31

2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados por las compañías Se realizó con el objetivo de incluir información conceptual sobre el proceso de generación de los pagos y recepción de los ingresos, provenientes de las industrias extractivas, así como del proceso que involucra la distribución de las rentas hacia los distintos estamentos del Estado y la ejecución de las mismas (precisiones conceptuales, proceso de determinación del Impuesto a la Renta, modalidades y mecanismos de pago, factor de temporalidad entre los pagos efectuados por las compañías y las transferencias realizadas a los diferentes niveles de gobierno, etc.). Las actividades realizadas fueron: - Relevamiento de información del proceso de pagos, ingresos y distribución seguidos por los entes reguladores. - Revisión de la normatividad aplicable al proceso de generación, pago, recaudación, distribución y uso de los recursos económicos en los períodos que abarca el Segundo Estudio (2008-2010). - Obtención de los informes de distribución de los recursos recaudados provenientes de las compañías que participan en la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación a nivel central, regional y local. - Cruce de la recaudación con la distribución por compañía, de acuerdo con los porcentajes señalados en la normatividad vigente y de acuerdo con la información disponible. 3. Obtención, procesamiento y verificación de la información 3.1. Obtención de la información (i) Se ha compilado la información necesaria para la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación por el período 2008-2010. Para ello, se diseñaron los formatos de solicitud de información, los cuales fueron enviados a las compañías participantes y a los organismos estatales involucrados. Dichos formatos se muestran en la sección X Anexos, del I al VI. (ii) Respecto al Impuesto a la Renta determinado por el contribuyente, se recibió la información tanto de las compañías como de la SUNAT a partir de los reportes de Declaración de Pago Anual del Impuesto a la Renta Tercera Categoría de los años 2008, 2009 y 2010. La información que se recabó fue el monto final determinado por concepto de Impuesto a la Renta (casilla 504), más el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN (casilla 126), de ser aplicable; por contribuyente, excepto para aquellas compañías que tienen más de una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas, lo cual fue indicado en la Carta de solicitud de información a SUNAT que entregaron a nosotros las compañías participantes, para solicitar la información a la SUNAT. Los formatos de requerimiento de información y la Carta de solicitud de información a SUNAT se muestran en la sección X Anexos, del I al VIII. 32

(iii) Se solicitó documentación de sustento adicional a lo indicado en los numerales anteriores, cuando se identificaron diferencias en la conciliación de los pagos efectuados por las compañías y los ingresos recaudados por las instituciones públicas. (iv) Se obtuvo, de las instituciones públicas, los informes de distribución de los recursos recaudados a nivel agregado, por áreas geográficas, a nivel de distribución regional, departamental, provincial y distrital, sin identificar la distribución de recursos por compañía aportante, salvo los casos de Perupetro, donde la información permite la identificación por compañía a nivel departamental, e INGEMMET, cuyo detalle muestra la distribución por compañía a nivel distrital. 3.2. Procesamiento y verificación de la información (i) Se sistematizó la información recibida en los formatos diseñados para tal fin, tanto para las compañías participantes como para las instituciones públicas, los cuales se muestran en la sección X Anexos, del I al VI. En los casos en los cuales se identificaron inconsistencias, se procedió a realizar la consulta pertinente a la compañía y/o al organismo estatal involucrado, y se requirió la información complementaria, ciñéndose puntualmente al aspecto sujeto de la consulta. (ii) Se conciliaron los pagos efectuados por las compañías participantes del Segundo Estudio por los conceptos de Impuesto a la Renta, Regalías y Derecho de Vigencia y los ingresos recaudados por las Instituciones públicas: SUNAT para el caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras; Perupetro para el caso de Regalías Petroleras y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia. (iii) Se revisó la información proporcionada por las instituciones públicas, a fin de poder conciliar los ingresos recaudados por los conceptos descritos anteriormente y los importes distribuidos por las Instituciones públicas correspondientes: DGDFAS-MEF (antes DGAES-MEF) y PCM, para el caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras; Perupetro y PCM, para el caso de Regalías de Hidrocarburos y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia. (iv) Cabe señalar que en el caso del Impuesto a la Renta (Canon Minero) y Regalías Mineras, no es posible conciliar los ingresos recaudados por las instituciones públicas (de las compañías adheridas al Estudio) con los montos distribuidos, ya que dichos montos están presentados en forma agregada por zonas geográficas y no por detalle de las compañías aportantes. Se ha realizado recálculos a fin de evaluar la razonabilidad de la distribución por estos conceptos. En el caso de Regalías de Hidrocarburos, la información proporcionada por Perupetro permite revisar la distribución del canon y sobrecanon petrolero por compañía solo a nivel departamental. En el caso de los Derechos de Vigencia, permite identificar la distribución de estos por compañía a nivel distrital. En la sección VII Detalle de los resultados del Estudio de Conciliación de la Distribución, se explica las particularidades de los conceptos distribuidos, así como el trabajo realizado para mostrar los resultados de la distribución de las compañías. 33

(v) Los importes que han sido conciliados corresponden a lo efectivamente pagado por las compañías, de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual de la ITIE. Para el caso del Impuesto a la Renta, de acuerdo con lo acordado por la Comisión de Trabajo de la ITIE Perú, se concilió el importe declarado en el casillero 504 de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a la Renta, más el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN declarados en el casillero 126 (de ser el caso), excepto para aquellas compañías que tienen más de una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas. Los importes declarados en los casilleros 504 y/o en los anexos minero y de hidrocarburos, son pagados a través de pagos a cuenta mensuales, aplicación de otros impuestos pagados deducibles, regularización de pago del saldo final, aplicación de créditos varios, entre otros. Asimismo, la distribución del Impuesto a la Renta, tanto a las regiones geográficas a través de los cánones, así como directamente al Tesoro Público, se realiza tomando como base el impuesto declarado anualmente por las compañías vía su Declaración Jurada Anual. Cabe destacar que, de acuerdo con las normas tributarias peruanas, los contribuyentes son clasificados en directorios según su envergadura y montos pagados, y su clasificación está determinada en dos grandes grupos: Medianos y Pequeños Contribuyentes (MEPECOs) y Principales Contribuyentes (PRICOs). Cabe destacar que la mayoría de compañías que forman parte del Segundo Estudio están clasificadas por la SUNAT como Principales Contribuyentes (PRICOs). El pertenecer al Directorio de PRICOS les otorga a las Compañías ciertos beneficios, así como también, por su importancia, un mayor nivel de monitoreo de parte de la Administración Tributaria. En la práctica, el mayor nivel de monitoreo se evidencia a través de una fiscalización más frecuente y, como consecuencia de ello, de una mayor solicitud de información. SUNAT determina a los Principales Contribuyentes (PRICOs) en función a la información proveniente de las declaraciones del contribuyente, así como de determinaciones propias. La incorporación de un contribuyente al directorio de PRICOS procura otorgarles un mejor servicio sobre la base de una atención más personalizada, servicios de orientación, recepción de formularios y trámites en lugares acondicionados para ellos, así como el proceso de recálculo en línea de su deuda tributaria (reliquidación automática de lo declarado) al momento de la presentación de su declaración jurada. Para los PRICOs, al momento de la recepción de sus declaraciones pago, mientras se digita la información contenida en sus formularios, el sistema realiza el recálculo de la deuda tributaria (en línea), de modo que cuando se detecta una inconsistencia en su declaración, éste procura informarlo en el momento (Ver Anexo IX, Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación Nacional ITIE). Asimismo, resulta importante mencionar que la legislación peruana no contempla, como parte de sus exigencias para la declaración y pago de los conceptos incluidos en este estudio, la certificación o auditoría de dichas cifras. Asimismo, es importante considerar lo siguiente: - Impuesto a la Renta y Regalías Mineras: la información proporcionada a la Administración Tributaria (SUNAT) tiene carácter de declaración jurada según lo estipula el Código Tributario Peruano, y es susceptible de revisión por la SUNAT durante un período de tiempo posterior a la presentación de la declaración, con un plazo de prescripción que normalmente es de 4 años en el caso del Impuesto a la Renta, contados a partir del 1 de enero del año siguiente de presentada la 34

correspondiente Declaración Jurada del Impuesto a la Renta y de Regalías Mineras. Para el caso de Regalías Mineras, a partir de 2007 la prescripción alcanzaba el plazo de 4 años. - Regalías de Hidrocarburos: son calculadas por el propio órgano recaudador (Perupetro), estando la compañía obligada a pagar el importe calculado después de haber realizado una validación simple. - Derechos de Vigencia: son determinados por INGEMMET, quien emite la base de datos de los importes a ser pagados por denuncio, resultante de sus cálculos, y la remite a las entidades bancarias donde los titulares de los denuncios se acercarán a cancelar sus obligaciones. Ver base legal de los conceptos mencionados líneas arriba en el numeral 1.2 del Marco Conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación (Sección IV). En el caso de las instituciones públicas, éstas se encuentran bajo la supervisión de la Contraloría General de la República, órgano máximo de control del Estado Peruano, quien define sobre dichas instituciones, revisiones que buscan, entre otros, el adecuado control interno y razonabilidad de sus estados financieros. La información entregada por las compañías adheridas para la elaboración de las conciliaciones ha sido presentada en formatos diseñados para efectos del Segundo Estudio, los cuales están debidamente firmados por los representantes legales de las compañías donde declaran que la veracidad de la información presentada es responsabilidad de la Gerencia de las compañías adheridas al Segundo Estudio. 35

IV. Marco conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación ITIE En el contexto peruano, el sector extractivo, a través de sus áreas más representativas (industria minera, petrolera y gasífera), entrega como contraprestaciones dinerarias al Estado Peruano ciertos conceptos de carácter tributario (Impuesto a la Renta) y no tributario (Regalías y Derechos de Vigencia), entre otros. A continuación se muestra un resumen de cómo estos pagos realizados por las compañías extractivas son recaudados por las instituciones públicas y cómo se distribuyen: Concepto de pago Frecuencia de la recaudación Institución que recauda Institución que distribuye Frecuencia de la distribución Concepto de la distribución Impuesto a la Renta (IR) Regalía Minera Regalía Petrolera Regalía Gasífera Derecho de Vigencia Anual Mensual Quincenal Quincenal SUNAT SUNAT Perupetro Perupetro DGDFAS-MEF (antes DGAES MEF) PCM DGTP - MEF DGDFAS-MEF (antes DGAES MEF) PCM DGTP - MEF Perupetro DGDFAS-MEF (antes DGAES MEF) PCM DGTP - MEF Perupetro DGDFAS-MEF (antes DGAES MEF) PCM DGTP - MEF Anual Mensual Mensual Mensual Canon Minero (50% IR) Canon Gasífero (50% IR + 50% Regalía Gasífera) Regalía Minera (100% Regalía Minera) Canon Petrolero (100% Regalía Petrolera) Canon Gasífero (50% IR + 50% Regalía Gasífera) Anual INGEMMET INGEMMET Mensual Derecho de Vigencia Siglas SUNAT: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria INGEMMET: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico. DGDFAS-MEF: Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas DGAES MEF: Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas (a partir del año 2011, la DGAES se dividió en cuatro direcciones siendo ahora la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales (DGDFAS) la institución encargada de las funciones de la antigua DGAES MEF). PCM: Presidencia del Consejo de Ministros DGTP MEF: Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas 36

A continuación, describimos el rol y mecanismos empleados de las instituciones del Estado que recaudan los pagos sujetos al alcance de este Segundo Estudio: - SUNAT: La SUNAT es una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica cuyo rol es administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos (vg. Impuesto a la Renta y Regalías Mineras), con excepción de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La SUNAT utiliza como mecanismos las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes para poder recaudar, administrar y fiscalizar los recursos obtenidos por el cobro de los distintos tipos de impuestos que la ley tributaria peruana determina. Dichas declaraciones juradas tienen naturaleza vinculante respecto a la información que allí se detalla y son susceptibles de ser fiscalizadas en períodos definidos. - PERUPETRO: Es la Empresa Estatal de derecho privado, encargada de promover la inversión en actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país. En representación del Estado, negocia, celebra y supervisa los contratos en esta materia, así como los Convenios de Evaluación Técnica. Asimismo, comercializa, a través de terceros y bajo los principios del libre mercado, los hidrocarburos provenientes de las áreas bajo contrato, en la modalidad de servicios. Está sujeta a la fiscalización posterior y por resultados de la Contraloría General de la República y del sector Energía y Minas, y opera bajo el régimen tributario común de las empresas privadas. Asimismo, se encarga del cálculo y recaudación de las regalías correspondientes a la venta de hidrocarburos por parte de las compañías extractivas. - INGEMMET: El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico tiene entre sus funciones: recibir, admitir a trámite y tramitar petitorios de concesión minera a nivel nacional, otorgar títulos de concesión minera, administrar y distribuir el Derecho de Vigencia y Penalidad, controlando los abonos efectuados, las deudas y expidiendo las resoluciones de no pago de derecho de vigencia y penalidad y resoluciones de exclusión de dicha condición. Esquema del marco conceptual del Estudio ITIE A continuación se presenta el esquema general de cómo las compañías del sector minero y de hidrocarburos en el Perú se interrelacionan con las instituciones del Estado para el pago de Impuesto a la Renta, Regalías Mineras y de Hidrocarburos, así como del pago de los Derechos de Vigencia y bajo qué conceptos estas aportaciones son distribuidas entre los gobiernos locales y regionales. En las páginas siguientes a este esquema se indica los conceptos aquí mostrados: 37

Administradores MEF PERUPETRO INGEMMET PCM Empresas Mineras, Petroleras y Gasíferas en exploración y explotación S/. Impuesto a la Renta Regalías Derecho de Vigencia ESTADO PERUANO SUNAT PERUPETRO INGEMMET S/. Canon minero y petrolero Regalías Derecho de Vigencia Gobiernos: - Locales - Regionales - Central Recaudadores ETAPA DE RECAUDACION ETAPA DE DISTRIBUCION PAGOS DE COMPAÑÍAS = INGRESOS DEL ESTADO 38

A continuación se presenta la descripción de las tipologías de pago que son sujetas de este Segundo Estudio: IV.1. Impuesto a la Renta 1. Aspectos Generales 1.1. Concepto Impuesto a la Renta - El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es el impuesto que pagan las compañías por las utilidades o ganancias que obtienen por la realización de actividades empresariales tales como: actividades comerciales, industriales, servicios o negocios. Generalmente, estas rentas provienen de la aplicación conjunta de capital y trabajo, entendiéndose como tales a aquéllas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. Los contribuyentes domiciliados tributan por sus rentas o utilidades anuales de fuente mundial, debiendo efectuar anticipos mensuales del impuesto. Canon minero - El canon minero corresponde al 50% del Impuesto a la Renta de tercera categoría declarado por las empresas mineras. De acuerdo con la Ley del Canon, éste corresponde a la participación efectiva y adecuada de la que gozan los Gobiernos Locales y Regionales del total de ingresos y rentas obtenidas por el Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no metálicos. Asimismo, de acuerdo con dicha Ley, los recursos obtenidos por Canon deberán ser utilizados por los Gobiernos Locales y Regionales exclusivamente para el desarrollo de obras de infraestructura que tengan un impacto regional y /o local. 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio Impuesto a la Renta - - D. S. N 179-2004-EF, Texto Único Ordenado - D. S. Nº 122-94-EF y modificatorias, Reglamento del TUO. Canon minero - - Ley Nº 27506 (publicada el 10 de julio de 2001). - Reglamentado por D.S. Nº 005-2002-EF (publicado el 09 de enero de 2002). - D.S. N 003-2003 - EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de Canon (publicado el 09 de enero de 2003). - D.S. N 115-2003-EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley de Canon (publicado el 14 de agosto de 2003). - Ley N 28077 - Modificación de la Ley N 27506 -Ley de Canon (publicada el 26 de setiembre de 2003) - D.S. N 029-2004-EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N 27506, Ley del Canon (publicado el 17 de febrero de 2004). - Ley N 28322 - Modificación artículos de la Ley N 27506, Ley de Canon, modificados por la Ley Nº 28077 (publicada el 10 de agosto de 2004). - D.S. N 187-2004-EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N 27506, Ley del Canon (publicado el 22 de diciembre de 2004). 39

1.3. Participantes - Contribuyentes: Compañías. - Recaudador: SUNAT. - Distribuidores: DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), PCM, DGTP MEF. 1.4 Base de cálculo Impuesto a la Renta - Impuesto a la Renta = Base imponible x Tasa El Impuesto a la Renta se calcula sobre la base de la renta imponible del año, es decir, por la utilidad contable del ejercicio más las adiciones y menos las deducciones tributarias que establece la Ley y Reglamento del Impuesto a la Renta vigente. Están sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones legales, se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora. Se consideran compañías domiciliadas en el país a las compañías que están registradas fiscalmente en el Perú. En general, la tasa de Impuesto a la Renta de las personas jurídicas domiciliadas es de 30% (aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis). El canon minero está constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta que obtiene el Estado y que pagan las compañías titulares de la actividad minera por el aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos (aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis). 1.5 Periodicidad Cálculo - - Impuesto a la Renta: Anual - Canon minero: Anual Recaudación - - Impuesto a la Renta: Mensual, a través de la recaudación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. La regularización del Impuesto a la Renta por pagar se realiza en forma anual. 40

Distribución - - Canon minero: Anual a partir del año 2006. Durante los años 2004 y 2005 la distribución del canon minero se realizaba mensualmente, correspondiendo el pago a un doceavo (1/12) del monto total determinado. 1.6 Utilización del canon Los recursos que los gobiernos locales y regionales reciban por concepto de Canon se utilizarán de manera exclusiva en gastos de inversión, debiendo observar, según corresponda, las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública aplicables. Asimismo, los gobiernos regionales deberán destinar el 20% del monto que les corresponda, según lo establecido en la Ley del Canon, a las universidades públicas de su circunscripción. 2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de distribución del canon minero 2.1 Recaudación Las compañías determinan el Impuesto a la Renta por pagar en la Declaración Jurada Anual, mediante el formulario de declaración anual, el cual es administrado por el ente recaudador, SUNAT. Mensualmente, las compañías van realizando pagos a cuenta calculados en razón de sus ingresos y al final del ejercicio fiscal realizan la regularización anual del impuesto a la renta a pagar por medio de la Declaración Jurada Anual. Esta declaración jurada anual es presentada a la SUNAT durante los meses de marzo y abril del año siguiente al año que se declara. El importe de Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de distribución), corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta neto de créditos sin derecho de devolución (casilleros Nro. 504 y 516 de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta respectivamente). Es posible que las compañías presenten Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias por la Declaración Jurada Anual presentada. Las declaraciones Sustitutorias son aquellas que reemplazan o sustituyen íntegramente Declaraciones Juradas previamente presentadas por las compañías antes de la fecha de vencimiento determinada por SUNAT. Las declaraciones Rectificatorias son aquellas que presentan las compañías con posterioridad a la fecha de vencimiento determinada por SUNAT. Para efectos de este Estudio, se han considerado las declaraciones Sustitutorias y aquellas declaraciones rectificatorias presentadas hasta la fecha en que la SUNAT proporciona información al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) para la distribución correspondiente, la cual usualmente se da entre los meses de abril y mayo. Declaración Sustitutoria Declaración Rectificatoria Presentación Fecha de Presentación Fecha de DDJJ antes vencimiento posterior a la remisión de de fecha de de la DDJJ DDJJ original información a vencimiento DGAES-MEF 41

2.2 Distribución Para el proceso de distribución, el MEM proporciona al MEF la información correspondiente a los titulares o concesionarios o empresas mineras, ubicación distrital del recurso explotado y su número de Registro Único de Contribuyente (RUC) correspondiente, que durante el ejercicio gravable del año anterior hayan realizado actividades extractivas de recursos naturales. Una vez obtenida dicha información, el MEF solicita a la SUNAT los montos por Impuesto a la Renta devengados por dichos contribuyentes, y ésta última proporciona los montos de Impuesto a la Renta, teniendo en consideración las Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias que a la fecha de corte (fines de abril o principios mayo, generalmente) se hayan presentado. Con ello, el MEF determina el monto por concepto de Canon Minero, el cual corresponde al 50% del monto por Impuesto a la Renta devengado de las empresas mineras en etapa de explotación. 2.2.1. Área de Influencia Para efecto de la distribución de los recursos del Canon Minero, se considera como área de influencia el área territorial de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales donde se encuentran ubicadas las concesiones mineras en explotación. - Cuando los titulares posean concesiones mineras en explotación ubicadas en circunscripciones distintas (distintos departamentos o distintas provincias o distintos distritos), la distribución se realiza en proporción al tonelaje de mineral beneficiado, sobre la base de la información proporcionada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas. - En los casos de concesiones mineras en explotación cuya extensión comprenda circunscripciones vecinas (es decir, que la extensión de una unidad minera comprenda más de un distrito, provincia o departamento), la distribución se realiza en partes iguales. Actualmente, para la distribución de los ingresos provenientes del Canon entre las municipalidades distritales y provinciales, se utiliza la Cartografía Digital Censal elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (en adelante INEI) que demarca las circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país, hasta que se disponga la cartografía oficial con precisión de límites de la totalidad de distritos y provincias del país. 2.2.2. Criterios de Distribución Para identificar el distrito de donde provienen los recursos que genera el canon minero a distribuir por compañía el MEM, a través de la Dirección General de Minería, remite a la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) la ubicación de las unidades económico administrativas de las compañías mineras por Distrito, Provincia y Departamento. Luego, se procede a realizar la distribución del canon minero generado por ubicación geográfica. 42

Canon Minero (50% Impuesto a la Renta) Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de El canon minero se distribuye entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo con lo estipulado en el Artículo N 5 de la Ley N 27506 Ley del Canon, siendo de la siguiente manera (aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis): (a) (b) (c) (d) El diez por ciento (10%) del total de canon se asigna a los gobiernos locales de la municipalidad o municipalidades distritales donde se explote el recurso natural. El veinticinco por ciento (25%) del total de canon se asigna a los gobiernos locales comprendidos en la provincia o provincias de las municipalidades donde se explota el recurso natural. El cuarenta por ciento (40%) del total de canon para los gobiernos locales del departamento o departamentos donde se explota el recurso natural. El veinticinco por ciento (25%) del total de canon para los gobiernos regionales donde se explota el recurso natural. Cuadro de criterios de distribución: % Beneficiario Criterios 10% Municipalidades distritales donde se exploten los recursos naturales Si existe más de una municipalidad, en partes iguales 25% Municipalidades de la provincia donde se exploten los recursos naturales Según i) Población y ii) Necesidades básicas insatisfechas (NBI) 40% Municipalidades del departamento donde se exploten los recursos naturales Según i) Población y ii) Necesidades básicas insatisfechas (NBI) 25% Gobierno Regional 80% Gobierno Regional 20% Universidades Para efectos de la distribución señalada en los literales c) y d), la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Gobierno Regional de Lima se excluirán mutuamente entre sí, conforme con lo dispuesto por la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. En el caso de la Provincia Constitucional del Callao el total recaudado a que se refiere el literal c) se distribuirá entre las municipalidades distritales y provincial. Una vez realizada esta distribución, la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) distribuye el monto resultante correspondiente a la provincia (25%) y al departamento (40%), entre los distritos de dicha provincia y de dicho departamento. Dicha distribución se realiza en función a la población con necesidades básicas insatisfechas de los distritos correspondientes. 43

A efectos de identificar a la población con necesidades básicas insatisfechas, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, proporciona la información correspondiente a i)la población por distrito y ii) un índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) por Distrito - Provincia Departamento. Con dicha información se obtiene la población con necesidades básicas insatisfechas por Distrito - Provincia Departamento. El proceso de distribución del Canon Minero se describe en el gráfico siguiente (ejemplo): Inicio Compañía ABC 10% Municipios distritales S/. 10 Impuesto a la renta 50% Canon minero S/. 200 S/. 100 25% Municipios de provincia 40% Municipios Dpto. 25% Gobierno regional S/. 25 S/. 40 S/. 25 El importe total se distribuye al Gobierno Local Departamento Provincia Distrito Población NBI Poblac*NBI Municipalidad Distrital Municipalidades de la Provincia Municipalidades del Departamento Gobierno Regional Total Distribuido Departamento Provincia (A) (AA) Distrito (AAA) 10 50% 5.0 S/. 10.00 S/. 10.33 S/. 11.05 S/. 31.38 Distrito (AAB) 5 80% 4.0 S/. 8.26 S/. 8.84 S/. 17.10 Distrito (AAC) 2 50% 1.0 S/. 2.07 S/. 2.21 S/. 4.28 Distrito (AAD) 3 70% 2.1 S/. 4.34 S/. 4.64 S/. 8.98 Provincia (AB) Distrito (ABA) 5 80% 4.0 S/. 8.84 S/. 8.84 Provincia (AC) Distrito (ACA) 4 50% 2.0 S/. 4.42 S/. 4.42 Gobierno Regional (A) S/. 25.00 S/. 25.00 Total Canon Compañía ABC S/. 10.00 S/. 25.00 S/. 40.00 S/. 25.00 S/. 100.00 Población: Número de habitantes NBI: Necesidades Básicas Insatisfechas 2.2.3. Determinación de los índices de distribución: Una vez determinada la distribución del Canon Minero por compañía minera, la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) obtiene el monto del Canon Minero correspondiente al Gobierno Local, luego de lo cual procede a calcular los índices de distribución considerando los importes obtenidos por las municipalidades distritales, y Gobiernos Regionales del país, entre el importe del Canon Minero del país. La DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), comunica a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros lo siguiente: 44

- El monto total por canon minero. - Los índices de distribución por gobierno local y regional. 2.2.4. Tipo de cambio Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base para calcular el Canon Minero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros, del día de la transferencia del Canon Minero resultante. 2.2.5. Transferencia del canon minero La PCM aplica los índices de distribución aprobados e informados por el MEF, al monto total por canon minero, obteniendo los montos a ser asignados a los gobiernos locales y regionales. Posteriormente informa dichos montos a la DGTP - MEF a fin de que disponga su abono en las respectivas cuentas corrientes en el Banco de la Nación. Dicho banco debe indicar, mediante las Notas de Abono correspondientes, a los gobiernos locales y gobiernos regionales, el Canon Minero al que corresponden dichos abonos y el período al que pertenece. Asimismo, el MEF informa sobre los procedimientos en la construcción de los índices, así como los indicadores y la metodología empleada en la determinación de los montos correspondientes a los gobiernos locales y regionales, a través de su página web y/o a través del Diario Oficial El Peruano, posterior a la publicación de la Resolución Ministerial del Canon Minero correspondiente. La periodicidad de la transferencia del canon minero a los gobiernos locales y regionales se realiza como sigue: Los recursos provenientes del Canon Minero que se generan por recursos provenientes del Impuesto a la Renta se transfieren en una sola armada en el mes de junio de los años correspondientes, a partir del mes siguiente de haberse recibido la información de la SUNAT. Dichas cuotas son depositadas en cuentas del Banco de la Nación, bajo la denominación del Canon correspondiente. 45

2.3. Esquema del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y distribución del Canon Minero A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de la distribución del Canon Minero, descrito en esta sección, presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan: R E C A U D A C I O N Compañías Contribuyentes (Hidrocarburos y mineras) S/. IMPUESTO A LA RENTA SUNAT SUNAT D I S T R I B U C I O N Gobiernos Locales Canon Minero (50% IR) S/. Gobiernos Regionales 75% 25% Tesoro Público (50% IR) 46

IV.2. Regalía Minera 1. Aspectos Generales 1.1 Concepto La Regalía Minera es una contraprestación económica establecida por ley, mediante la cual los titulares o cesionarios de concesiones mineras están obligados a pagar mensualmente al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos. Esta contraprestación ha sido establecida desde el mes de junio del año 2004. La regalía minera es pagada sobre el valor bruto de ventas del concentrado o su equivalente, conforme a la cotización de precios del mercado internacional, publicado mensualmente por el MEF. El valor bruto se entiende por el monto resultante de aplicar los precios unitarios por unidad de medida del mineral al total del mineral vendido, sin considerar impuestos, tasas u otros que afecten el monto total a ser facturado. Para el caso de minerales cuyos precios no cuentan con cotización internacional, la regalía minera es pagada sobre el valor bruto del componente minero. 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio - Ley 28258 - Ley de Regalía Minera (publicada el 24 de junio de 2004). - Ley 28323 - Ley que modifica la Ley N 28258, Ley de Regalía Minera (publicada el 10 de agosto del 2004). - D.S. 157-2004-EF Reglamento de la Ley N 28258, Ley de Regalía Minera (publicada el 15 de noviembre de 2004) - D.S. 018-2005-EF Precisan y dictan medidas complementarias al Reglamento de la Ley de Regalía Minera (publicada el 29 de enero del 2005). - Resolución Ministerial 163-2006-EF-15 Aprueban tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2006, para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera que lleven contabilidad en moneda nacional (publicada el 23 de marzo del 2006). 1.3. Participantes - Contribuyentes: Compañías mineras en etapa de explotación. - Recaudadores: MEF, SUNAT. - Distribuidores: DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), PCM, DGTP MEF. 1.4. Base de cálculo La base de cálculo o base de referencia para el pago de la regalía minera por el mineral extraído de las concesiones mineras en explotación será el resultado de la diferencia entre: (a) El valor bruto de las ventas de concentrado o equivalente o del componente minero, en el caso que éstos sean productos que se comercialicen o, en su defecto, el valor bruto declarado por el titular (el cual no será menor al valor de mercado debidamente justificado). Tratándose de empresas integradas (aquellas que transforman el recurso extraído en un producto procesado para su comercialización), resulta del valor bruto de venta del producto final. 47

(b) Las sumas por tasas, impuestos indirectos, seguros, costos de transporte, almacenamiento, embarque y estiba, así como otros, costos o gastos asumidos por el exportador y pactados de acuerdo con los términos internacionales de comercio (INCOTERM), de ser el caso. Tratándose de las empresas integradas a que se refiere el literal anterior, la base de referencia tampoco incluye los costos de tratamiento, es decir, los costos de producción directos e indirectos, incurridos en el proceso de beneficio del mineral extraído posterior a la obtención del concentrado o equivalente, o componente minero. 1.5. Periodicidad - Cálculo: Mensual - Recaudación: Mensual - Distribución: Mensual 1.6. Utilización De acuerdo con lo estipulado en el artículo 9 de la Ley de Regalía Minera N 28258, los importes por Regalías Mineras recibidos por los Gobiernos Regionales y Municipalidades son utilizados exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión productiva que articule la minería al desarrollo económico de las regiones para buscar el desarrollo sostenible de las áreas urbanas y rurales. Los recursos que las universidades regionales reciben son destinados a la inversión en investigación científica y tecnológica. 2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de la regalía minera 2.1. Recaudación La responsabilidad de la recaudación y administración de la regalía minera recae en el MEF. Sin embargo, de acuerdo con lo señalado en la Ley de Regalías Mineras Ley 28258, el MEF puede autorizar a la SUNAT a ejercer las funciones asociadas a la recaudación. Para calcular el importe mensual a pagar por las regalías mineras, los contribuyentes utilizan diversos porcentajes dependiendo si el mineral extraído tiene o no una cotización internacional. Para aquellos minerales con cotización internacional, los contribuyentes realizan mensualmente lo siguiente: (a) Consideran la base referencia en dólares americanos o en moneda nacional, según si se encuentran o no autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera. (b) Suman la base de referencia del año calendario a partir de enero hasta el mes de cálculo inclusive, proveniente de sus concesiones mineras en explotación. 48

(c) Los sujetos autorizados a llevar su contabilidad en dólares norteamericanos, según lo señalado en el literal a) anterior, aplican al valor hallado conforme a lo establecido en el literal b) anterior, los porcentajes establecidos por Ley según la siguiente tabla: Rango ( 1 ) (%) Regalía Primer rango Hasta US$ 60 millones 1% Por el exceso de US$ 60 millones hasta US$ 120 Segundo rango millones 2% Tercer rango Por el exceso de US$ 120 millones 3% (d) Calcularán la regalía del mes deduciendo del valor obtenido conforme lo establecido en el literal c) las regalías calculadas, acumuladas hasta el mes inmediato anterior. Para el caso de los minerales cuyos precios no se fijen sobre la base de cotizaciones internacionales, la regalía se calcula mensualmente aplicando 1 % sobre la suma de la base de referencia respectiva, proveniente de sus concesiones mineras en explotación. Consideran la base de referencia en dólares americanos o en moneda nacional, según si se encuentran o no autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera. Una vez determinado el importe de regalía minera, el contribuyente presenta una declaración jurada mensual (PDT Regalía Minera Formulario Virtual N 698), en la cual consigna en forma independiente la base de referencia por unidad de producción, señalando el tonelaje de mineral tratado proveniente de sus concesiones. La presentación de la declaración se efectúa en moneda nacional. Excepcionalmente, los sujetos obligados que se encuentren autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera, presentan la declaración en dólares norteamericanos. El pago se efectuará de manera mensual a la Superintendencia SUNAT, en moneda nacional. Cuando el valor calculado esté en dólares norteamericanos, se deberá convertir a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros, del último día del mes por el cual se determina la regalía. Si a dicha fecha no hubiera tipo de cambio, se tomará como referencia a la publicación inmediata anterior. 1 Los sujetos obligados que lleven contabilidad en moneda nacional calcularán la regalía a su cargo, utilizando los rangos en el cuadro anterior, convertidos en moneda nacional. La conversión se realizará aplicando un tipo de cambio de referencia equivalente al tipo de cambio promedio ponderado venta del último trimestre del año anterior. 49

Regalía Minera por concesión minera Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de 2.2. Distribución Una vez que los sujetos obligados hayan presentado la declaración jurada mensual, SUNAT genera un archivo que envía al MEF el cual contiene la información de los montos recaudados por concepto de Regalías Mineras, el cual incluye pagos correspondientes a períodos anteriores, así como multas e intereses por pagos fuera de fecha. Esta información es proporcionada al MEF hasta el decimoquinto día calendario del mes siguiente al mes de la recaudación. 2.2.1 Criterios de distribución La PCM realiza el cálculo de la distribución del 100% del monto obtenido por concepto de regalía minera de la siguiente manera, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Regalía Minera N 28258: Cuadro de criterios de distribución (aplicable para el período 2008-2010, período sujeto a análisis): % Beneficiario Criterios 20% Municipalidad distrital donde se encuentra la concesión minera (50% será invertido en las comunidades donde se explota el yacimiento) 20% Municipalidad de la provincia donde se encuentra la concesión minera Según i) Población y ii) Necesidades básicas insatisfechas 40% Municipalidades del departamento donde encuentra la concesión minera se Según i) Población y ii) Necesidades básicas insatisfechas 15% Gobierno regional 5% Universidades nacionales de la región donde se encuentra la concesión minera 2.2.2 Determinación de los índices de distribución Al igual que el canon minero, la distribución de la regalía minera se asigna mediante índices de distribución, los cuales permiten asignar a los gobiernos locales y regionales el monto que les corresponde del total de la regalía minera recaudada a nivel nacional. Dichos índices de distribución se construyen utilizando información proveniente de las siguientes fuentes oficiales: SUNAT: Importe de las Regalías Mineras, organizado por número de RUC del sujeto obligado, detallando la base de referencia por concesión minera, su ubicación geográfica a nivel de distrito, provincia, circunscripción departamental o región, de ser el caso, y el área de concesión comprendida en la circunscripción. 50

MINEM: Listado de empresas, concesiones mineras y su ubicación. INEI: Población y Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI). El MEF es la entidad encargada de calcular los índices de distribución. Luego de efectuado el cálculo de los índices de distribución, la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) se los remite a la PCM, junto con el importe de Regalías Mineras recaudado, para que esta entidad proceda con el cálculo de la distribución. 2.2.3 Transferencia de la regalía minera La PCM informa al Tesoro Público los importes a distribuir a los gobiernos locales y regionales, que se calculan tomando en consideración el monto total de regalía minera recaudada a nivel nacional, y los índices de distribución para los gobiernos locales y regionales. El Tesoro Público distribuye mensualmente, en el plazo máximo de treinta días calendario después del último día de pago de la regalía, el 100% (cien por ciento) de lo efectivamente pagado por los recursos de la regalía minera entre los gobiernos regionales, municipales y universidades nacionales, en las cuentas que para el efecto tengan abiertas en el Banco de la Nación. A continuación un ejemplo gráfico del cálculo de la distribución: 51

Cuando una concesión minera se encuentra ubicada en dos o más distritos, la distribución se realiza en forma proporcional al porcentaje del área que la concesión minera tiene en los distritos. 52

2.3. Esquema del proceso de recaudación y distribución de la Regalía Minera A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación y distribución de la Regalía Minera descrito en esta sección, presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan. R E C A U D A C I O N Compañías Mineras S/. REGALÍA MINERA SUNAT D I S T R I B U C I O N Gobiernos Locales REGALÍA MINERA (100%) S/. Gobiernos Regionales 80% 15% Universidades Nacionales 5% PCM MEF 53

IV.3. Regalía Petrolera 1. Aspectos Generales 1.1. Concepto Regalía Petrolera Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector petrolero al Estado Peruano por la explotación de los recursos hidrocarburos del territorio nacional. Dicha regalía es determinada y recaudada por Perupetro. Canon y Sobrecanon Petrolero El Canon y Sobrecanon Petrolero es la participación efectiva de la que gozan los Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y distritales) y los Gobiernos Regionales del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de dicho recurso natural en dichas zonas. A diferencia de los otros tipos de canon existentes (minero, gasífero, hidroenergético, pesquero y forestal), en el caso del petróleo se presenta un sobrecanon, como consecuencia de establecerse una tasa adicional al canon determinado inicialmente. Sin embargo, algunos departamentos que se dedican a la explotación de petróleo no se ven beneficiados con este porcentaje adicional. En este mismo sentido, el canon y sobrecanon está constituido por leyes particulares por departamento. 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio Ley N 27506 Reglamento del Canon, Decreto Supremo N 005-2002-EF Loreto D.L. N 21678, modificado por Ley N 23538 Ley Nº 24300 y Ley Nº 26385 Ucayali D.U. N 027-98 Artículo 161, Ley N 23350 Ley Nº 24300, Ley Nº 26385 y Ley Nº 28699 Piura Ley N 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277 Tumbes Ley N 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277 Ley N 23871 Puerto Inca Huánuco Ley N 24977, Artículo 379 54

1.3. Participantes - Contribuyentes: Compañías petroleras en etapas de explotación. - Recaudador: PERUPETRO - Distribuidor: DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), PCM, DGTP MEF. 1.4. Base de cálculo Regalía Petrolera La base de cálculo de la regalía petrolera varía según la metodología de cálculo. Estas metodologías son las siguientes: - Factor R entendido como la división entre los ingresos y egresos acumulados, indica un porcentaje base desde el cual se puede partir la negociación entre la empresa y el Estado. A mayor valor de R, se aplica un porcentaje base mayor. - Producción acumulada se fija un determinado porcentaje de regalía por contrato de licencia. La regalía se ajustará en los contratos de acuerdo a dos factores: la producción acumulada de los contratos y el precio promedio por barril de dichas producciones. Como en el caso anterior, este método sirve de referencia en los contratos. - Escala de producción asocia la regalía a los niveles de producción. - Resultado económico con este método se calcula una regalía con un componente fijo y uno variable. La regalía fija es establecida en 5%. La regalía variable se aplica a partir de que la relación entre los ingresos y egresos acumulados alcance el índice de 1.15. La aplicación de estas metodologías está determinada en los contratos de licencia y servicios de las compañías petroleras. Las compañías tienen libertad de poder elegir la metodología que más útil les resulte para sus lotes, pero deberán mantener dicha forma de cálculo hasta finalizar el período de duración del contrato. Canon y sobrecanon petrolero La constitución del canon y sobrecanon petrolero se da a través de leyes específicas para los distintos departamentos beneficiados, estando actualmente constituido de la siguiente manera. (i) Para la actividad de explotación realizada en los departamentos de Loreto Ucayali y Piura Tumbes, está constituido por: Canon: 10% ad - valorem sobre la producción total del petróleo en los departamentos en los cuales se realiza la actividad de explotación. Sobrecanon: 2.5% del valor de la producción petrolera en los departamentos. (ii) Para la actividad de explotación realizada en Puerto Inca Departamento de Huánuco, está constituido por: 55

Canon: 10% ad - valorem sobre la producción total del petróleo en el departamento en el cual se realiza la actividad de explotación. Sobrecanon: no aplica. 1.5. Periodicidad Cálculo: Regalía Petrolera: Quincenal Canon y sobrecanon petrolero: Mensual Recaudación: Regalía Petrolera: Quincenal Distribución: Canon y sobrecanon petrolero: Mensual 1.6. Utilización del canon y sobrecanon En lo referido a la utilización de los recursos provenientes del canon y sobrecanon, también se tiene una legislación diferente para los distintos departamentos donde se realiza la actividad de explotación de petróleo. Así tenemos: Loreto, Ucayali y Puerto Inca Estos fondos se pueden usar en la ejecución de sus planes y programas de inversión conforme a las normas legales vigentes del tipo de gobierno (regional, departamental, provincial y distrital). Tumbes y Piura Los fondos provenientes del canon y sobrecanon se destinan exclusivamente para el financiamiento o co-financiamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local. En el caso de las universidades e institutos tecnológicos, los fondos se destinan exclusivamente a la inversión en investigación científica y tecnológica. 2. Procedimiento del proceso de recaudación de la regalía petrolera y distribución del canon y sobrecanon petrolero 2.1. Recaudación Perupetro es quien se encarga de realizar quincenalmente la recaudación de las regalías petroleras. Perupetro audita mediante un tercero las operaciones de venta de las compañías petroleras y aplica una de las 4 metodologías detalladas en el punto 1.4 Base de cálculo para realizar el cálculo de la regalía correspondiente. Realizado el cálculo envía a la compañía petrolera una pre-liquidación de la regalía a pagar, con lo cual ésta realiza el pago en las cuentas bancarias de Perupetro (los pagos son realizados en dólares norteamericanos). 56

2.2. Distribución Una vez que es determinada la regalía petrolera, Perupetro realiza el cálculo del canon y sobrecanon petrolero sobre el valor de la producción del mes en curso y, por otra parte, informa a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros la recaudación mensual por concepto de regalías. El monto determinado como canon y sobrecanon petrolero es detraído del monto de las regalías petroleras recaudadas en las dos quincenas del mes en curso. Sobre el saldo de la regalía recaudada, no empleada para el canon y sobrecanon, se determina también la participación según ley de Perupetro, del MEM, OSINERGMIN y los gastos de fiscalización incurridos durante el período para la auditoría de las operaciones comerciales. El saldo restante de la regalía es entregado al Tesoro Público. 2.2.1 Área de Influencia Está determinada por el área territorial de los Gobiernos Locales y Regionales en cuya circunscripción se realiza la actividad de explotación del petróleo, según lo haya dispuesto la Ley para los diferentes departamentos. Actualmente, para la distribución de los ingresos provenientes del canon entre las municipalidades distritales y provinciales, se utiliza la Cartografía Digital Censal elaborada por el INEI que demarca las circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país, hasta que se disponga la cartografía oficial con precisión de límites de la totalidad de distritos y provincias del país. 2.2.2 Criterios de Distribución El canon y sobrecanon petrolero se distribuyen entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo a los índices de distribución que determina el MEF sobre la base de criterios de i) Población y ii) Necesidades Básicas Insatisfechas. Estos últimos datos son obtenidos del INEI. Los porcentajes de distribución que corresponden a los cinco departamentos en los cuales operan las compañías petroleras son los siguientes (Loreto, Piura y Huánuco por Canon; y Ucayali y Tumbes por sobrecanon). Loreto (Canon y Sobrecanon) Ucayali (Sobrecanon) Porcentaje % Beneficiario 52% Gobierno Regional 40% Municipios Provinciales del departamento 5% Universidad Nacional de la Amazonía 3% Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana 57

Ucayali (Canon) Porcentaje % Beneficiario 40% Gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales del departamento 20% Gobiernos locales de las municipalidades de la provincia donde se explota el recurso 20% Gobierno Regional 10% Gobierno local de la municipalidad donde se explota el recurso 5% Universidades nacionales 3% Instituto Tecnológicos Nacionales 2% Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana Piura y Tumbes (Canon y sobrecanon) Porcentaje % Beneficiario 20% Gobierno Regional 20% Municipalidades distritales y provinciales donde se ubica la producción 50% Otras municipalidades distritales y provinciales del departamento 5% Universidad nacional 5% Instituto superiores pedagógicos y tecnológicos Huánuco - Puerto Inca (Canon) Porcentaje % Beneficiario 100% Consejo municipal del distrito de Puerto Inca 2.2.3 Determinación de los índices de distribución El MEM, a través de la Dirección General de Hidrocarburos, remite al DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) la ubicación de las unidades económico administrativas (compañías petroleras) por Distrito, Provincia y Departamento. A su vez, el INEI proporciona la información correspondiente a la población y las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) por Distrito - Provincia Departamento. Con dicha información se obtiene la población con necesidades básicas insatisfechas por Distrito - Provincia Departamento. Con los elementos señalados, la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) determina los índices de distribución y se los remite a la Secretaría de Descentralización. Para la construcción de los índices de distribución toma en cuenta los siguientes criterios: (i) Para el caso de Tumbes y Piura, el índice de distribución se constituirá sobre la base del índice actual de distribución equitativa provincial por territorio y al interior de las provincias por una combinación de factores de población, pobreza, contaminación ambiental y necesidades básicas. 58

(ii) Para el caso de Loreto y Puerto Inca Huánuco, el índice de distribución se ha establecido de acuerdo a los porcentajes de distribución que fueron establecidos por Ley (Art. 8 de la Ley N 24300). (iii) Para el caso de Ucayali, el índice de distribución se ha establecido de acuerdo a los indicadores de población, necesidades básicas insatisfechas y niveles de producción de hidrocarburos por circunscripción. 2.2.4 Tipo de cambio Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base para calcular el canon y sobrecanon petrolero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros del día de la transferencia del canon y sobrecanon petrolero resultante. 2.2.5 Transferencia del canon y sobrecanon Una vez determinados los montos a distribuir por Perupetro y los índices de distribución por la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), la Secretaria de Descentralización de la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM) se encarga de realizar el cálculo de los montos a transferir a los distritos, provincias y departamentos correspondientes y comunica a la DGTP MEF para que realice las transferencias correspondientes a los gobiernos locales y regionales. 59

2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Petrolera y la distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación de regalías petroleras y distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero descrito en esta sección, presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan. R E C A U D A C I O N Compañía Petrolera S/. REGALÍAS PETROLERAS Perupetro D I S T R I B U C I O N Perupetro MEM Osinergmin Gobiernos Locales Canon y Sobrecanon Petrolero S/. Tesoro Público Gobiernos Regionales PCM MEF 60

IV.4 Regalía Gasífera 1. Aspectos Generales 1.1. Concepto Regalía Gasífera Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector gasífero al Estado Peruano por la explotación de los recursos gasíferos del territorio nacional según la Ley N 27506 (año 2001). Esta norma es aplicable para aquellas compañías que realizan actividades productivas en departamentos donde no haya existido legislación anterior relacionada a las actividades productivas de hidrocarburos. Las compañías que hayan tenido producción gasífera desde fecha anterior a la promulgación de dicha Ley, mantendrán la metodología del canon petrolero según lo explicado en la sección IV.3 Regalía Petrolera. Canon Gasífero El Canon gasífero es la participación efectiva de la que gozan los gobiernos locales y los gobiernos regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica del gas en dichas zonas. El Canon gasífero considera a la explotación del gas natural y los condensados de gas natural. 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio - Creado mediante Ley Nº 27506 (publicada el 10 de julio de 2001). - Reglamentado por D.S. Nº 005-2002-EF (publicado el 09 de enero de 2002). - D.S. N 003-2003-EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de Canon (publicado el 09 de enero de 2003). - D.S. N 115-2003-EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley de Canon (publicado el 14 de agosto de 2003). - Ley N 28077- Modificación de la Ley N 27506 -Ley de Canon (publicada el 26 de setiembre de 2003). - D.S. N 029-2004-EF que modifica el D.S. N 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N 27506, Ley del Canon (publicado el 17 de febrero de 2004). - Ley Nº 28322, Ley que modifica artículos de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, modificada por la Ley Nº 28077 (publicado el 10 de agosto de 2004). - D.S. Nº 187-2004-EF, que modifica el D.S. Nº 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon (publicado el 28 de febrero de 2005). - Resolución Ministerial N 073-2005-EF/15 que aprueba los Índices de Distribución del Canon Gasífero correspondiente a Regalías y participación del Estado en los Contratos de Servicios (publicado el 28 de Febrero de 2005). 1.3. Participantes Contribuyentes: Compañías gasíferas en explotación. Recaudador: PERUPETRO Distribuidor: DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), PCM, DGTP MEF. 61

1.4. Base de cálculo Impuesto a la Renta Impuesto a la Renta = Base imponible x Tasa Ver mayor información al respecto en el punto 1.4 de la sección IV.1 de este informe. Regalía Gasífera La base de cálculo de la regalía gasífera corresponde al volumen de la producción quincenal por el porcentaje establecido en los correspondientes contratos de concesión. Canon Gasífero El Canon Gasífero está compuesto por: - El 50% de lo recaudado por concepto de Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotación de gas natural y sus derivados. - El 50% de lo recaudado por concepto de Regalías por la explotación de tales recursos naturales. - Un porcentaje de los ingresos que obtiene el Estado por la explotación de dicho recurso natural proveniente de contratos de servicios, de ser el caso. El porcentaje aplicable según contrato es fijado por Decreto Supremo (varía según el contrato). 1.5. Periodicidad Cálculo: Impuesto a la Renta: Anual Regalía Gasífera: Quincenal Canon Gasífero: Mensual Recaudación: Impuesto a la Renta: Mensual, a través de la recaudación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. La regularización del Impuesto a la Renta se realiza en forma anual. Regalía Gasífera: Quincenal Distribución: Canon Gasífero: Mensual 62

1.6. Utilización del canon Financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y que sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no pueden considerar, en ningún caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizadas por el sector privado. 2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y Regalía Gasífera y distribución del canon gasífero 2.1. Recaudación Del Impuesto a la Renta Las compañías determinan el Impuesto a la Renta por pagar en la Declaración Jurada Anual, mediante el formulario de declaración anual, el cual es administrado por el ente recaudador, la SUNAT. Mensualmente, las compañías van realizando pagos a cuenta calculados en razón de sus ingresos y al final del ejercicio fiscal realizan la regularización anual del impuesto a la renta a pagar por medio de la Declaración Jurada Anual. Esta declaración jurada anual es presentada a la SUNAT durante los meses de marzo y abril del año siguiente al año que se declara. El importe de Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de distribución) corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta neto de créditos sin derecho de devolución (casilleros N 504 y 516 respectivamente). Es posible que las compañías presenten Declaraciones Sustitutorias y Declaraciones Rectificatorias por la Declaración Jurada Anual presentada. Las declaraciones Sustitutorias son aquellas que reemplazan o sustituyen íntegramente Declaraciones Juradas previamente presentadas por las compañías antes de la fecha de vencimiento determinada por SUNAT. Las declaraciones Rectificatorias son aquellas que presentan las compañías con posterioridad a la fecha de vencimiento determinada por SUNAT. Para efectos de este Estudio, se han considerado las declaraciones Sustitutorias y aquellas declaraciones rectificatorias presentadas hasta la fecha en que la SUNAT proporciona información al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) para la distribución correspondiente, la cual usualmente se da entre los meses de abril y mayo de los años correspondientes. Declaración Sustitutoria Declaración Rectificatoria Presentación Fecha de Presentación Fecha de DDJJ antes vencimiento posterior a la remisión de de fecha de de la DDJJ DDJJ original información a vencimiento DGAES-MEF 63

De las Regalías Gasíferas Perupetro es quien se encarga de realizar quincenalmente la recaudación de las regalías gasíferas. Perupetro audita mediante un tercero las operaciones de venta de las compañías gasíferas y toma el dato del valor de producción para aplicar el porcentaje de la regalía contenida en los contratos de licencia. Realizado el cálculo envía a la compañía gasífera una pre-liquidación de la regalía a pagar, con lo cual ésta realiza el pago en las cuentas bancarias de Perupetro (los pagos son realizados en dólares norteamericanos). 2.2. Distribución Canon proveniente del Impuesto a la Renta Para el proceso de distribución, el MEM proporciona al MEF la información correspondiente a los titulares, ubicación distrital del recurso explotado y su número de Registro Único de Contribuyente (RUC) correspondiente, que durante el Ejercicio gravable del año anterior hayan realizado actividades extractivas de recursos naturales. Una vez obtenida dicha información, el DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) solicita a la SUNAT los montos por Impuesto a la Renta devengados por dichos contribuyentes; ésta última proporciona los montos de Impuesto a la Renta, teniendo en consideración las Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias que a la fecha de corte (fines de abril o principios mayo, generalmente) se hayan presentado. Con ello, el DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) determina el monto por concepto de Canon Minero, el cual corresponde al 50% del monto por Impuesto a la Renta devengado de las empresas gasíferas en etapa de explotación. Canon proveniente de las regalías Si bien las empresas gasíferas pagan regalías quincenalmente, el cálculo del canon proveniente de las regalías gasíferas es realizado por Perupetro de manera mensual en función al volumen de producción fiscalizada de los pozos de producción. Perupetro deposita dicho monto en cuentas de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas. El monto determinado del canon es detraído del monto de las regalías gasíferas recaudadas en las dos quincenas del mes en curso. Sobre el saldo de la regalía recaudada en el mes, se determina también la participación según ley de Perupetro, del MEM, OSINERGMIN y los gastos de fiscalización incurridos durante el período para la auditoría de las operaciones comerciales. El saldo restante de la regalía es entregado al Tesoro Público. La PCM toma los índices de distribución proporcionados por el MEF y realiza el cálculo de los montos a distribuir tanto del canon proveniente del Impuesto a la Renta, como del proveniente de las Regalías Gasíferas. Posteriormente informa a la Dirección General del Tesoro Público para que realice las transferencias correspondientes. 64

2.2.1 Área de influencia Para efecto de la distribución del Canon Gasífero se considera como área de influencia a lo establecido en el literal c) del artículo 4º del Reglamento (D.S. N 005-2002-EF): es el área territorial de los gobiernos regionales y gobiernos locales en cuya circunscripción se realice la actividad de explotación de gas natural y condensados, otorgados bajo las formas contractuales dispuestas en la Ley Nº 26221 Ley Orgánica de Hidrocarburos y sus normas reglamentarias. Cuando los contratistas posean concesiones en explotación ubicadas en circunscripciones distintas, la distribución se realizará en proporción al volumen de producción obtenido, según informe la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas. En los casos de concesiones en explotación cuya extensión comprenda circunscripciones vecinas, la distribución se realizará en partes iguales. 2.2.2. Criterios de Distribución Según el artículo 5º de la Ley de Canon, Ley N 27506, modificada por el artículo 3º de la Ley N 28077, El Canon será distribuido entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo a los índices de distribución que fije el MEF en base a criterios de población y pobreza vinculados a la carencia de necesidades básicas y déficit de infraestructura. Su distribución es la siguiente: - El 10% (diez por ciento) del total recaudado para los gobiernos locales de la municipalidad o municipalidades distritales donde se encuentra localizado el recurso natural. - El 25% (veinticinco por ciento) del total recaudado para los gobiernos locales de la provincia o provincias donde se encuentra localizado el recurso natural, excluyendo al distrito o distritos productores. - El 40% (cuarenta por ciento) del Canon del total recaudado para los gobiernos locales del departamento o departamentos de las regiones, excluyendo a la provincia o provincias donde se encuentra el recurso natural. - El 25% (diez por ciento) del total recaudado para los gobiernos regionales donde se encuentra el recurso natural. 65

Canon Gasífero Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de % Beneficiario Criterios 10% Distrito Productor donde se encuentra el recurso extraído. 25% Municipalidades de la Provincia donde se encuentra el recurso extraído, excluyendo al Distrito Productor. Según i) Población y ii) Necesidades básicas insatisfechas 40% Municipalidades del Departamento donde se encuentra el recurso extraído, excluyendo a la Provincia Productora Según i) Población y ii) Necesidades básicas insatisfechas 25% Gobierno regional donde se encuentra el recurso extraído 80% Gobierno Regional 20% Universidades Por su parte, el Decreto de Urgencia Nº 002-2004 del 30 de marzo de 2004, establece que para los casos de los Regímenes Especiales (Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao) establecidos en los artículos 33 y 34 de la Ley N 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el 40% del total recaudado se distribuirá entre los Gobiernos Locales de sus respectivas circunscripciones. Asimismo, en el caso que la provincia productora cuente con un sólo distrito, el 25% destinado a la provincia productora se distribuirá entre los gobiernos locales de la provincia o provincias donde se encuentra localizado el recurso natural. 2.2.3. Determinación de los índices de distribución Según el marco legal señalado anteriormente, los recursos del Canon Gasífero se asignan a los gobiernos mediante índices de distribución, en cuya construcción se ha utilizado información proveniente de las siguientes fuentes oficiales: Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) - Proyecciones de la población estimada por los años 2004-2007 a nivel departamental, provincial y distrital. - Indicador de pobreza vinculado a necesidades básicas insatisfechas (NBI) y déficit de infraestructura según departamentos, provincias y distritos. Ministerio de Energía y Minas (MINEM) - Listado de empresas que realizan actividades de explotación de gas natural bajo las formas contractuales de Contratos de Licencia y Contratos de Servicios. - Ubicación a nivel distrital, provincial y departamental de las áreas de concesión. Con el marco legal vigente y la información proporcionada por las diversas fuentes oficiales antes señaladas, la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF) procede a calcular los índices de distribución del canon gasífero a los Gobiernos Locales y Regionales que correspondan. 2.2.4 Tipo de cambio Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base para calcular el canon gasífero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros del día de la transferencia del canon gasífero resultante. 66

2.2.5 Transferencia del canon gasífero Una vez cuantificados los (i) montos a distribuir por Perupetro y DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), y (ii) los índices de distribución por la DGDFAS - MEF (antes DGAES MEF), la PCM se encarga de calcular los montos a transferir a los distritos, provincias y departamentos correspondientes y comunica a la DGTP MEF para que realice las transferencias correspondientes. 67

2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Gasífera y del Impuesto a la Renta y distribución del Canon Gasífero A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación de la Regalía Gasífera, Impuesto a la Renta y la distribución del Canon Gasífero, presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan: R E C A U D A C I O N S/. REGALÍA GASÍFERA Perupetro Compañías Gasíferas S/. IMPUESTO A LA RENTA REGALÍAS PETROLERAS SUNAT D I S T R I B U C I O N Participaciones Perupetro Osinergmin MEM Gobiernos Locales Canon Gasífero S/. Gobiernos Regionales Tesoro Público PCM MEF 75% 25% 68

IV.5 Derecho de Vigencia 1. Aspectos Generales 1.1. Concepto El Derecho de Vigencia consiste en el pago anual que realiza el titular de cualquier concesión minera, de beneficio, de labor general, de transporte minero, de explotación de materiales de construcción, sea que su condición sea de gran, mediana, pequeña minería o de minería artesanal, para el mantenimiento de su condición de titular sobre el área concesionada, consistente en la suma de las atribuciones que tiene el concesionario, y otorgado a su favor por el Estado; según las condiciones pactadas en su oportunidad, puesto que su incumplimiento de pago por dos años continuos genera la caducidad de la concesión y por ende su extinción; sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones que como titular de la actividad minera le corresponde. Es importante mencionar que el sistema de concesiones permite la transacción entre cesionarios (titulares de los derechos de vigencia) y cedentes (personas naturales o jurídicas con intención de utilizar la concesión, pagando por esto, las tasas correspondientes). Dichas transacciones deben ser anotadas en Registros Públicos, e informadas anualmente en la Declaración Anual Consolidada (DAC) que se presenta a la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (DGM-MEM). 1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio - Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. D.S. 014-92-EM. 04/06/1992 - Reglamento de Procedimientos Mineros. D.S. 018-92-EM. 07/09/1992 - Reglamento de Diversos Títulos de TUO de la Ley General de Minería. D.S. 03-94- EM. 14/01/1994 - Ley que modifica la Ley Nº 27015 (art. 9º Derecho de Vigencia de derechos mineros). Ley 27560. 24/11/2001 - Aprueban el Reglamento de la Ley Especial que regula el otorgamiento de Concesiones Mineras áreas urbanas y de expansión urbana. (Art. 13º Devolución del Derecho de Vigencia). D.S. 008-2002-EM. 21/01/2002 - Autorizan utilizar Cartografía Digital Censal elaborada por el INEI para la distribución de ingresos provenientes del Derecho de Vigencia entre municipalidades y ubicación de derechos mineros. D.S. 002-2001. 18/01/2001 - Establece procedimiento para calcular el pago de Derecho de Vigencia de las concesiones de beneficio. R. D. 185-97-EM/DGM. 16/05/1997. - Ley de la Formalización y Promoción de la pequeña Minería y la Minería Artesanal. Ley 27651. 24/01/2002 - Establecen disposiciones para pago del derecho de vigencia y/o penalidad y modifica el reglamento de Diversos títulos del TUO de la Ley General de Minería y del Reglamento de Procedimientos Mineros. 010-2002-EM. 09/03/2002. - Aprueban el Reglamento de la Ley de Formalización y promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal. D.S. 013-2002-EM. 21/04/2002 - Modifican art. 34º, 37º y 74º del Reglamento de diversos títulos de la Ley General de Minería, aprobado por D. S. 03-94-EM. D.S. 045-2007-EM. 06/09/2007 69

1.3. Participantes Contribuyentes: Compañías mineras en exploración y en explotación. Recaudador: Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET. Distribuidor: Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET. 1.4. Base de Cálculo Derecho de Vigencia= # de Hectáreas del denuncio (según Padrón Minero) X Tasa 1.5. Periodicidad Cálculo: Anual Recaudación: Anual Distribución: Mensual 1.6. Utilización Esta información está detallada en el cuadro de la sección Criterios de Distribución de los Derechos de Vigencia. 2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de los Derechos de Vigencia 2.1. Recaudación La recaudación del pago de Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realiza de la siguiente manera: - Para los denuncios gestionados por primera vez (formulación de petitorios), la recaudación puede ser efectuada en cualquier momento del año, dependiendo de la fecha en que estos son tramitados. - Para los denuncios con antigüedad mayor a un año de formulación del derecho minero, la recaudación se efectúa entre el 01 de enero y el 30 de junio del año siguiente al que devenga el derecho, sobre la base de la información contenida en el Padrón Minero. El Derecho de Vigencia es pagado por los titulares en los bancos que la Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET ha designado para tales fines (principales bancos del país). Para esto, la Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET, remite a los bancos el listado de códigos de los denuncios a ser pagados. El pagador solo deberá consignar el código de los denuncios a cancelar. Los pagos no pueden ser fraccionados; se pagan sólo una vez al año. Los pagos son efectuados en dólares norteamericanos o en soles al tipo de cambio que determine la institución financiera en el momento de la operación. 70

Montos a pagar según condición del titular (condición determinada por la Dirección General de Minería del MEM) Condición Derecho de Vigencia Penalidad 2 Régimen General Pequeño Productor Minero Productor Minero Artesanal US$ 3 x Hectárea US$ 1 x Hectárea US$ 0.50 x Hectárea US$ 6 x Hectárea (A) US$ 20 x Hectárea (B) US$ 1 x Hectárea (A) US$ 5 x Hectárea (B) US$ 0.50 x Hectárea (A) US$ 3 x Hectárea (B) (A) (B) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incluidos en lo dispuesto por el 1er párrafo del Art. 40º del TUO3. Aplicable a los titulares y/o cesionarios incluidos en lo dispuesto por el 2do párrafo del Art. 40º del TUO4. 2.2. Distribución Es el proceso mensual mediante el cual se asignan los montos recaudados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energía y Minas según sea el caso. El monto recaudado y distribuible de un mes, se transfiere a las cuentas del Banco de la Nación, creadas para este efecto, en la segunda quincena del mes siguiente. 2.2.1 Área de influencia Para efecto de la distribución del derecho de vigencia se considera como área de influencia el área territorial de los gobiernos distritales donde se encuentran ubicadas las concesiones mineras en exploración y en explotación. 2 La Penalidad es el monto que debe pagarse anualmente para mantener la vigencia de las concesiones mineras al no haberse cumplido pese a encontrarse obligado- con acreditar ante la Dirección General de Minería la producción o inversión mínima dentro de los plazos establecidos. 3 Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 1er párrafo del artículo 40º del TUO. Articulo 40.- En caso de que no se cumpliese con lo dispuesto en el Artículo 38, a partir del primer semestre del sétimo año computado desde aquel en que se hubiere otorgado el título de concesión minera, el concesionario deberá pagar una penalidad de US$ 6.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual. En el caso de los pequeños productores mineros, la penalidad será US$ 1.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual. En el caso de los productores mineros artesanales, la penalidad será de US$ 0.50 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual. 4 Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 2do. párrafo del artículo 40º del TUO. Si continuase el incumplimiento a partir del duodécimo año, la penalidad será de US$ 20.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. Para el pequeño productor minero la penalidad, a partir del duodécimo año, será de US$ 5.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. Para el productor minero artesanal la penalidad, a partir del duodécimo año, será de US$ 3.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. 71

2.2.2 Criterios de Distribución La Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET realiza el cálculo de la distribución del 100% de los Derechos de Vigencia recaudados por mes, de la siguiente manera, de acuerdo con lo estipulado en la Ley N 28327 (pagos de derecho de vigencia de los titulares mineros de régimen general): % Institución 5 Utilización 75% Municipalidad distrital o municipalidades distritales donde se encuentra localizado el petitorio o concesión afecta. Ejecución de programas de inversión y desarrollo en sus respectivas circunscripciones; en caso de que el petitorio o concesión afecta se ubicase en dos (2) o más municipalidades distritales, la distribución se efectuará en partes iguales. 20% Instituto Geológico Minero y Metalúrgico INGEMMET (a) Fines de mantenimiento y desarrollo del Sistema de Concesiones y Catastro Minero del Sistema de Distribución del Derecho de Vigencia. 5% Ministerio de Energía y Minas Fines de mantenimiento y desarrollo del Sistema de Información Minero-Metalúrgico (a) La Ley 28327 establece una distribución del 10% para INGEMMET y 10% para el INAAC, sin embargo debido a que actualmente, las funciones del ex - INAAC están siendo atendidas por INGEMMET, el 20% le corresponde al INGEMMET. El sistema SIDEMCAT recoge la información de las recaudaciones de Derechos de Vigencia realizadas a través de los bancos y realiza la distribución en forma automática siguiendo los porcentajes mencionados en el cuadro anterior. Una vez determinada esta información, es revisada por el Director de Derecho de Vigencia de INGEMMET, quien autoriza la emisión de una Resolución en el diario oficial El Peruano indicando el detalle de la distribución. 2.2.3 Determinación de los índices de distribución No aplicable para temas de derecho de vigencia. 2.2.4 Tipo de cambio El derecho de vigencia es recaudado tanto en moneda nacional como en moneda extranjera (dólares estadounidenses). Al momento de la determinación de la distribución, los montos son calculados respetando la naturaleza de la moneda con que se realizó la recaudación. Una vez transferidos estos fondos al Banco de la Nación para las transferencias correspondientes, éstas son convertidas a nuevos soles de ser el caso, utilizando el tipo de cambio del día de la transferencia según lo indicado por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). 5 Los gobiernos regionales recibirán los porcentajes de 20% y 5% (descritos en este cuadro) que correspondan al pago efectuado por los Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales para el ejercicio de las funciones que, en material minera, han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización; tales como las relacionadas con la protección del medio ambiente. 72

2.2.5 Transferencia del derecho de vigencia Una vez que la Resolución de distribución se hizo pública (una sola publicación por distribución), dicha información se remite al área administrativa del INGEMMET para que, mediante otra Resolución, proceda a realizar las transferencias correspondientes dentro de la segunda quincena del mes siguiente al mes que devenga. Cronología de la recaudación y distribución del Derecho de Vigencia Cronología de la Recaudación y Distribución del Derecho de Vigencia En esta parte del año, INGEMMET recauda por concepto de cancelación de derechos antiguos (antes del 30 de junio) y por petitorios nuevos. En esta parte del año se reciben pagos generalmente por los petitorios nuevos que se generen en este período. Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Año 200X La distribución se realiza dentro de la segunda quincena del mes siguiente al mes en que se recaudó. En la mayoría de los casos se distribuye el 100% de lo recaudado. Solo en casos excepcionales se retrasa la distribución, como cuando se recauda por petitorios nuevos pero que aún no han sido aprobados por la oficina de Catastro Minero del MEM. 73

2.3 Esquema del proceso de recaudación y distribución del Derecho de Vigencia A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación y distribución del Derecho de Vigencia descrito en esta sección, presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan: R E C A U D A C I O N Compañías Mineras S/. DERECHO DE VIGENCIA INGEMMET D I S T R I B U C I O N Participaciones MEM INGEMMET (25%) S/. Gobiernos Locales Derecho de Vigencia (75%) INGEMMET 74

V. Resumen final de los resultados del Segundo Estudio de conciliación de la recaudación A continuación se presenta el resumen final del estudio de conciliación de la recaudación del impuesto a la renta, regalías mineras y petroleras; y derechos de vigencia. Representatividad de los Montos Conciliados 0.22% 25.90% 3.94% 69.94% Impuesto a la Renta Regalías de Hidrocarburos Regalías Mineras Derechos de Vigencia 75

Conceptos Importe Conciliado según instituciones públicas (en nuevos soles) % Impuesto a la Renta 22,173,503,360 69.94 Regalías Mineras 1,249,024,351 3.94 Regalías de Hidrocarburos 8,212,158,923 25.90 Derechos de Vigencia 69,770,833 0.22 Total 31,704,457,467 100.00 Nota: Montos en nuevos soles cuyo origen en ciertos casos son en dólares norteamericanos. A continuación la determinación de las cifras por rubro: Conciliación de Impuesto a la renta compañías Mineras 2008 2009 2010 Total S/. (a) 2,243,384,989 1,884,456,567 3,392,972,646 7,520,814,202 US$ (b) 1,437,550,435 1,312,569,852 1,439,213,595 4,189,333,882 S/. convertidos en US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) 4,206,272,570 3,953,460,394 4,067,217,619 12,226,950,583 Total (a) + (d) 6,449,657,559 5,837,916,961 7,460,190,265 19,747,764,785 Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826 Conciliación de Impuesto a la renta compañías de Hidrocarburos 2008 2009 2010 Total S/. (a) 401,190,017 271,688,666 445,798,251 1,118,676,934 US$ (b) 151,859,142 87,049,017 212,501,823 451,409,982 S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) 444,339,849 262,191,639 600,530,152 1,307,061,640 Total (a) + (d) 845,529,866 533,880,305 1,046,328,403 2,425,738,574 Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826 Resumen de Conciliación de Impuesto a la renta compañías mineras e Hidrocarburos 2008 2009 2010 Total S/. (a) 2,644,575,006 2,156,145,233 3,838,770,897 8,639,491,136 US$ (b) 1,589,409,576 1,399,618,869 1,651,715,418 4,640,743,863 S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) 4,650,612,419 4,215,652,033 4,667,747,771 13,534,012,223 Total (a) + (d) 7,295,187,425 6,371,797,266 8,506,518,668 22,173,503,359 Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826 Recaudación de Regalías Mineras 2008 2009 2010 Total S/. 348,328,267 334,147,399 566,548,685 1,249,024,351 Recaudación de Regalías de Hidrocarburos 2008 2009 2010 Total 76

US$ (b) 953,665,133 731,510,127 1,138,862,789 2,824,038,049 S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) 2,790,424,179 2,203,308,503 3,218,426,242 8,212,158,924 Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826 Recaudación de Derechos de Vigencia 2008 2009 2010 Total US$ (b) 7,757,551 7,450,388 8,716,090 23,924,029 S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c) 22,698,594 22,440,569 24,631,670 69,770,833 Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826 En relación con el efecto de las diferencias entre los montos conciliados recaudados por las instituciones públicas y los pagos realizados por las compañías, presentamos el efecto de los mismos sobre el total del monto recaudado: Conceptos Importe Conciliado según instituciones públicas (en nuevos soles) Diferencia respecto a los montos declarados por las compañías % diferencia respecto al concepto % diferencia respecto al total conciliado Impuesto a la Renta 22,173,503,360 - - - Regalías Mineras 1,249,024,351 110,764 0.009 0.001 Regalías de Hidrocarburos 8,212,158,923-42,414 (0.001) (0.001) Derechos de Vigencia 69,770,833-2,800,048 (3.939) (0.001) Total 31,704,457,467-2,731,698 (0.009) (0.009) Nota: Por efectos de presentación, los decimales están siendo redondeados a 3 dígitos decimales. 77

V.1. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación del Impuesto a la Renta La conciliación de los importes del impuesto a la renta se ha realizado tomando la moneda original de declaración, por lo que se muestran las cifras en Nuevos Soles o en Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, según corresponda a la moneda de declaración por compañía. A continuación se presenta el resumen final del segundo estudio de conciliación del impuesto a la renta de las compañías de Hidrocarburos: Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos: Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia 2008 S/. 401,190,017 401,190,017 - US$ 151,859,142 151,859,142-2009 S/. 271,688,666 271,688,666 - US$ 87,049,017 87,049,017-2010 S/. 445,798,251 445,798,251 - US$ 212,501,823 212,501,823 - Total S/. 1,118,676,934 1,118,676,934 - Total US$ 451,409,982 451,409,982 - Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos no afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta: Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia 2008 S/. 343,784,622 343,784,622 - US$ 101,221,761 101,221,761-2009 S/. 179,536,332 179,536,332 - US$ 22,305,549 22,305,549-2010 S/. 195,350,227 195,350,227 - US$ 72,485,625 72,485,625 - Total S/. 718,671,181 718,671,181 - Total US$ 196,012,935 196,012,935-78

Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia 2008 S/. 57,405,395 57,405,395 - US$ 50,637,381 50,637,381-2009 S/. 92,152,334 92,152,334 - US$ 64,743,468 64,743,468-2010 S/. 250,448,024 250,448,024 - US$ 140,016,198 140,016,198 - Total S/. 400,005,753 400,005,753 - Total US$ 255,397,047 255,397,047 - Asimismo, a continuación se presenta el resumen final del Segundo Estudio de conciliación del impuesto a la renta de compañías mineras en explotación: Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de empresas mineras en etapa de explotación Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia 2008 S/ 2,243,384,989 2,243,384,989 - US$ 1,437,550,435 1,437,550,435-2009 S/ 1,884,456,567 1,884,456,567 - US$ 1,312,569,852 1,312,569,852-2010 S/ 3,392,972,646 3,392,972,646 - US$ 1,439,213,595 1,439,213,595 - Total S/ 7,520,814,202 7,520,814,202 - Total US$ 4,189,333,882 4,189,333,882 - V.2. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías Mineras y de Hidrocarburos A continuación se presenta el resumen final del segundo estudio de conciliación de las Regalías Mineras: Resumen final de conciliación de Regalías Mineras Año Moneda Según MEF / SUNAT Según Compañías Diferencia % 2008 S/ 348,328,267 348,288,858 39,409 0.011% 2009 S/ 334,147,399 334,096,702 50,697 0.015% 2010 S/ 566,548,685 566,528,027 20,658 0.004% Total S/ 1,249,024,351 1,248,913,587 110,764 0.009% Notas: (i) Diferencia inmaterial 79

A continuación se presenta el resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías de Hidrocarburos: Resumen final de conciliación de Regalías de Hidrocarburos Año Moneda Según Perupetro Según Compañía Diferencia (i) % (i) 2008 US$ 953,665,133 953,682,312 (17,179) 0.002% 2009 US$ 731,510,127 731,507,734 2,393 0.001% 2010 US$ 1,138,862,789 1,138,862,561 228 0.001% Total US$ 2,824,038,049 2,824,052,607 (14,558) 0.001% Notas: (i) Diferencia inmaterial. V.3. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de los Derechos de Vigencia A continuación se presenta el resumen final del estudio de conciliación de los Derechos de Vigencia: Resumen de conciliación de Derechos de Vigencia Año Moneda INGEMMET Compañía Diferencia (i) % (i) 2008 US$ 7,757,551 8,020,293 (262,742) (3.387%) 2009 US$ 7,450,388 8,045,373 (594,985) (7.986%) 2010 US$ 8,716,090 8,800,722 (84,632) (0.971%) Total US$ 23,924,029 24,866,388 (942,359) (3.939%) Notas: (i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por las compañías y que a su vez las compañías reconocen denuncios no declarados por INGEMMENT. Esto se debe a: (A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que no son reportados a INGEMMENT (B) Las compañías reportan denuncios que están pagando por cuenta de terceros 80

VI. Detalle de los resultados del Segundo Estudio de Conciliación de la Recaudación En esta sección se presenta el detalle de los resultados finales de la conciliación realizada entre la información proporcionada por las compañías adheridas al Estudio y la información proporcionada por las instituciones públicas para los siguientes conceptos: - Impuesto a la Renta - Regalía Minera - Regalía de Hidrocarburos - Derecho de Vigencia Cabe señalar, que la información presentada guarda relación con la voluntad de las compañías de mostrar su información de manera agregada o desagregada. En el formato de adherencia firmado por las compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE con la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú, las compañías expresa su voluntad de mostrar su información en forma agregada (en conjunto con un grupo determinado de compañías) o en forma desagregada (mostrando en forma detallada la información proporcionada por la compañía). El Consultor ha firmado con las compañías adheridas al Segundo Estudio, un convenio de confidencialidad donde se indica que se respetará la voluntad de lo establecido en los referidos formatos individuales de adherencia. A continuación, se presenta las compañías adheridas al ITIE indicando su voluntad de participación en el Segundo Estudio de Conciliación: 81

N Participación Actividad Compañía Sector Hidrocarburos - Agregadas 1 Agregado Exploración Ecopetrol del Perú S.A. 2 Agregado Explotación Graña y Montero Petrolera S.A. 3 Agregado Explotación Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú 4 Agregado Explotación Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 5 Agregado Exploración Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú 6 Agregado Exploración Perenco Perú Limited Sucursal del Perú 7 Agregado Explotación Pluspetrol Lote 56 S.A 8 Agregado Explotación Pluspetrol Camisea S.A 9 Agregado Explotación Pluspetrol Norte S.A 10 Agregado Explotación Pluspetrol Perú Corporation S.A 11 Agregado Explotación Savia Perú S.A. 12 Agregado Explotación SK Innovation Sucursal Peruana 13 Agregado Exploración Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú Sector Hidrocarburos - Desagregadas 1 Desagregado Explotación Interoil Perú S.A. 2 Desagregado Explotación Olympic Perú INC, Sucursal del Perú 3 Desagregado Explotación Petrobras Energía Perú S.A. 4 Desagregado Explotación Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 5 Desagregado Explotación Sonatrach Perú Corporation S.A.C Sector Minería - Agregadas 1 Agregado Explotación Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2 Agregado Explotación Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3 Agregado Explotación Compañía Minera Argentum S.A. 4 Agregado Explotación Compañía Minera Ares S.A.C 5 Agregado Explotación Compañía Minera Condestable S.A 6 Agregado Explotación Compañía Minera Raura S.A 7 Agregado Explotación Gold Fields La Cima S.A.A. 8 Agregado Exploración Lumina Copper S.A.C. 9 Agregado Explotación Minera Bateas S.A.C. 10 Agregado Explotación Minera Suyamarca S.A.C 11 Agregado Explotación Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 12 Agregado Explotación Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 13 Agregado Explotación Volcan Compañía Minera S.A.A. Sector Minería - Desagregadas 1 Desagregado Exploración Anglo American Exploration Perú S.A. 2 Desagregado Exploración Anglo American Michiquillay S.A. 3 Desagregado Exploración Anglo American Perú S.A. 4 Desagregado Exploración Anglo American Quellaveco S.A. 5 Desagregado Explotación Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 6 Desagregado Explotación Compañía Minera Antamina S.A. 7 Desagregado Explotación Compañía Minera Atacocha S.A.A 8 Desagregado Explotación Compañía Minera Milpo S.A.A. 9 Desagregado Explotación Compañía Minera Poderosa S.A. 10 Desagregado Explotación Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 11 Desagregado Explotación Consorcio Minero Horizonte S.A. 82

N Participación Actividad Compañía 12 Desagregado Explotación Empresa Minera Los Quenuales S.A. 13 Desagregado Explotación Minera Barrick Misquichilca S.A. 14 Desagregado Explotación Minera Pampa de Cobre S.A 15 Desagregado Explotación Minera Yanacocha S.R.L. 16 Desagregado Explotación Minsur S.A. 17 Desagregado Exploración Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 18 Desagregado Explotación Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 19 Desagregado Explotación Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 20 Desagregado Explotación Xstrata Tintaya S.A. Resumen Sector Condición # de compañías Sector Situación # de compañías Hidrocarburos Agregadas 13 Hidrocarburos Exploración 4 Hidrocarburos Desagregadas 5 Hidrocarburos Explotación 14 Minería Agregadas 13 Minería Exploración 6 Minería Desagregadas 20 Minería Explotación 27 Total Agregadas 26 Total Exploración 10 Total Desagregadas 25 Total Explotación 41 Total 51 Total 51 83

VI.1. Impuesto a la Renta Para efectos de realizar la conciliación de la recaudación del impuesto a la renta, se consideró un universo de 40 compañías: 14 compañías de hidrocarburos en explotación y 26 compañías mineras en explotación adheridas a la iniciativa del ITIE, debido a que de las 51 compañías adheridas al Estudio, 10 compañías se encuentran en etapa de exploración durante los años 2008 a 2010 y, por tanto, al no generar ingresos, no tienen impuesto a la renta a declarar y pagar. Dichas compañías en etapa de exploración son: 1. Ecopetrol del Perú S.A. 2. Pacific Stratus Energy S.A., Sucursal del Perú 3. Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú 4. Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú 5. Anglo American Michiquillay S.A. 6. Anglo American Quellaveco S.A. 7. Anglo American Exploration Perú S.A 8. Anglo American Perú S.A. 9. Lumina Copper S.A.C. 10. Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. La conciliación consiste en realizar una comparación entre los importes del Impuesto a la Renta declarado proporcionado por las compañías mineras y de hidrocarburos adheridas, contra los importes del impuesto a la renta proporcionado por la SUNAT. El importe de Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de distribución del canon) corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta, más el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN, determinado y consignado por compañía en los casilleros Nro. 504 y 126, respectivamente, excepto para aquellas compañías que tienen más de una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas presentadas a SUNAT por compañía. La conciliación de los importes del impuesto a la renta se ha realizado tomando la moneda original de declaración, por lo que se muestran las cifras en Nuevos Soles o en Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, según corresponda a la moneda de declaración de las compañías. 84

Conciliación entre el impuesto a la renta pagado por las compañías adheridas y los ingresos recaudados por la SUNAT Año 2008 N Compañías Moneda Compañías de hidrocarburos Según SUNAT Año 2008 Según Compañía Diferencia 1 Interoil Perú S.A. S/ 24,645,474 24,645,474-2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ - - - 3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 155,696,092 155,696,092-4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 870,574 870,574-5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 6,177,856 6,177,856 - Compañías agregadas en Nuevos Soles (ii) S/ 219,977,877 219,977,877 - Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (ii) US$ 145,681,286 145,681,286 - Compañías mineras TOTAL S/ 401,190,017 401,190,017 - TOTAL US$ 151,859,142 151,859,142-1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ - - - 2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 494,080,678 494,080,678-3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ - - - 4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 48,660,669 48,660,669-5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 21,290,080 21,290,080-6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ - - - 7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 59,707,232 59,707,232-8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ - - - 9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 295,836,915 295,836,915-10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - - 11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 206,917,474 206,917,474-12 Minsur S.A. S/ 447,401,856 447,401,856-13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 348,220,389 348,220,389-14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 1,366,513,606 1,366,513,606-15 Xstrata Tintaya S.A. US$ 92,494,979 92,494,979 - Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 299,811,546 299,811,546 - Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iii) US$ - - - TOTAL S/ 2,243,384,989 2,243,384,989 - TOTAL US$ 1,437,550,435 1,437,550,435-85

Notas: (i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas: 1. Graña y Montero Petrolera S.A. 2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C. 3. Savia Perú S.A. 4. SK Innovation Sucursal Peruana 5. Pluspetrol Norte S.A. 6. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 7. Pluspetrol Camisea S.A. 8. Pluspetrol Lote 56 S.A. 9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. (ii) Detalle de Compañías mineras agregadas: 1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3. Compañía Minera Argentum S.A. 4. Compañía Minera Condestable S.A. 5. Compañía Minera Raura S.A. 6. Gold Fields La Cima S.A. 7. Minera Bateas S.A.C. 8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 10. Compañía Minera Ares S.A. 11. Minera Suyamarca S.A.C. 12. Volcan Compañía Minera S.A.A. 86

Año 2009 N Compañía Moneda Compañías de hidrocarburos Según SUNAT Año 2009 Según Compañía Diferencia 1 Interoil Perú S.A. S/ 26,997,066 26,997,066-2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ 3,800,879 3,800,879-3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 98,418,090 98,418,090-4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 512,144 512,144-5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 13,511,358 13,511,358 - Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 145,761,366 145,761,366 - Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iii) US$ 69,736,780 69,736,780 - Compañías mineras TOTAL S/ 271,688,666 271,688,666 - TOTAL US$ 87,049,017 87,049,017-1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ 70,441,840 70,441,840-2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 438,388,957 438,388,957-3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ 11,498,716 11,498,716-4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 69,266,759 69,266,759-5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 29,724,353 29,724,353-6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ - - - 7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 68,033,381 68,033,381-8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ - - - 9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 296,982,753 296,982,753-10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - - 11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 310,862,588 310,862,588-12 Minsur S.A. S/ 294,717,759 294,717,759-13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 197,518,237 197,518,237-14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 862,682,716 862,682,716-15 Xstrata Tintaya S.A. US$ 68,817,317 68,817,317 - Compañías agregadas en Nuevos Soles (iv) S/ 478,091,043 478,091,043 - Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iv) US$ - - - TOTAL S/ 1,884,456,567 1,884,456,567 - TOTAL US$ 1,312,569,852 1,312,569,852-87

Notas: (i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas: 1. Graña y Montero Petrolera S.A. 2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C. 3. Savia Perú S.A. 4. SK Innovation Sucursal Peruana 5. Pluspetrol Norte S.A. 6. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 7. Pluspetrol Camisea S.A. 8. Pluspetrol Lote 56 S.A. 9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. (ii) Detalle de Compañías mineras agregadas: 1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3. Compañía Minera Argentum S.A. 4. Compañía Minera Condestable S.A. 5. Compañía Minera Raura S.A. 6. Gold Fields La Cima S.A. 7. Minera Bateas S.A.C. 8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 10. Compañía Minera Ares S.A. 11. Minera Suyamarca S.A.C. 12. Volcan Compañía Minera S.A.A. 88

Año 2010 N Compañía Moneda Compañías de hidrocarburos Según SUNAT Año 2010 Según Compañía Diferencia 1 Interoil Perú S.A. S/ 21,594,407 21,594,407-2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ 8,133,427 8,133,427-3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 105,916,633 105,916,633-4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 36,207,698 36,207,698-5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 30,749,827 30,749,827 - Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 282,079,513 282,079,513 - Compañías agregadas en dólares estadounidenses (iii) US$ 173,618,569 173,618,569 - Compañías mineras TOTAL S/ 445,798,251 445,798,251 - TOTAL US$ 212,501,823 212,501,823-1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ 106,750,452 106,750,452-2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 448,218,478 448,218,478-3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ 40,508,809 40,508,809-4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 111,612,579 111,612,579-5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 35,745,862 35,745,862-6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ 550,922 550,922-7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 100,827,127 100,827,127-8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ 2,260,498 2,260,498-9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 296,098,755 296,098,755-10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - - 11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 277,824,591 277,824,591-12 Minsur S.A. S/ 512,498,780 512,498,780-13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 417,071,771 417,071,771-14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 1,434,187,522 1,434,187,522-15 Xstrata Tintaya S.A. S/ 335,535,395 335,535,395 - Compañías agregadas en Nuevos Soles (iv) S/ 712,494,700 712,494,700 - Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iv) US$ - - - TOTAL S/ 3,392,972,646 3,392,972,646 - TOTAL US$ 1,439,213,595 1,439,213,595-89

Notas: (i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas: 1. Graña y Montero Petrolera S.A. 2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C. 3. Savia Perú S.A. 4. SK Innovation Sucursal Peruana 5. Pluspetrol Norte S.A. 6. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 7. Pluspetrol Camisea S.A. 8. Pluspetrol Lote 56 S.A. 9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. (ii) Detalle de Compañías mineras agregadas: 1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3. Compañía Minera Argentum S.A. 4. Compañía Minera Condestable S.A. 5. Compañía Minera Raura S.A. 6. Gold Fields La Cima S.A. 7. Minera Bateas S.A.C. 8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 10. Compañía Minera Ares S.A. 11. Minera Suyamarca S.A.C. 12. Volcan Compañía Minera S.A.A. 90

VI.2. Regalía Minera Las regalías mineras están determinadas para las compañías del sector minero que se encuentran en etapa de explotación. Del universo de compañías adheridas al Segundo Estudio, 26 de las 33 compañías clasificadas como mineras se encuentran en dicha etapa. De estas 26 compañías en etapa de explotación, 5 cuentan con convenios de estabilidad tributaria y administrativa anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Regalía Minera N 28258 (junio 2004) por lo que no les resulta aplicable la obligación de pagar la Regalía Minera en el período sujeto a revisión. En este sentido, el universo de compañías adheridas al Estudio que están afectas al pago de regalía minera y por las cuales se ha realizado la conciliación correspondiente es de 21 compañías Las compañías mineras en etapa de exploración que no les resulta aplicable las regalías mineras son: 1. Anglo American Michiquillay S.A. 2. Anglo American Quellaveco S.A. 3. Anglo American Exploration del Perú S.A. 4. Anglo American Perú S.A. 5. Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 6. Lumina Copper S.A.C. Compañías mineras en etapa de explotación con convenios de estabilidad tributaria y administrativa anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Regalía Minera N 28258 (junio 2004), por lo que no les resulta aplicable la obligación de pagar la Regalía Minera en el período sujeto a revisión: 1. Compañía Minera Antamina S.A. 2. Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 3. Xstrata Tintaya S.A. 4. Minera Barrick Misquichilca S.A. 5. Compañía Minera Milpo S.A.A. 91

Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles. Año 2008 Nro. Compañías SUNAT / MEF 2008 (S/.) Compañía Diferencia (i) 1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 1,077,873 1,077,873 - - 2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 3,909,500 3,909,500 - - 3.- Minsur S.A. 57,803,786 57,803,786 - - 4.- Compañía Minera Poderosa S.A. 3,429,093 3,429,093 - - 5.- Minera Yanacocha S.R.L. 212,318 209,458 2,860 1.347% 6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 39,396,526 39,396,526 - - 7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 8,137,055 8,137,055 - - 8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 7,485,217 7,485,217 - - 9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 155,706,550 155,706,550 - - 10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 148,051 148,051 - - Compañías Agregadas (ii) 71,022,298 70,985,749 36,549 0.051% % (i) Total 348,328,267 348,288,858 39,409 0.011% Notas: (i) Diferencia inmaterial (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3. Compañía Minera Argentum S.A. 4. Compañía Minera Condestable S.A. 5. Compañía Minera Ares S.A.C. 6. Compañía Minera Raura S.A. 7. Gold Fields La Cima S.A.A. 8. Minera Bateas S.A.C. 9. Minera Suyamarca S.A.C. 10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 12. Volcan Compañía Minera S.A.A. 92

Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles. Año 2009 Nro. Compañías SUNAT / MEF 2009 (S/.) Compañía Diferencia (i) 1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 791,811 791,811 - - 2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 3,026,655 3,026,655 - - 3.- Minsur S.A. 34,222,452 34,222,452 - - 4.- Cía. Minera Poderosa S.A. 4,766,995 4,761,316 5,679 0.119% 5.- Minera Yanacocha S.R.L. 193,043 193,043 - - 6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 45,100,742 45,100,742 - - 7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 2,957,946 2,957,946 - - 8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 8,267,405 8,261,069 6,336 0.077% 9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 128,930,787 128,930,787 - - 10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. - - - - Compañías Agregadas (ii) 105,889,563 105,850,881 38,682 0.037% % (i) Total 334,147,399 334,096,702 50,697 0.015% Notas: (i) Diferencia inmaterial (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3. Compañía Minera Argentum S.A. 4. Compañía Minera Condestable S.A. 5. Compañía Minera Ares S.A.C. 6. Compañía Minera Raura S.A. 7. Gold Fields La Cima S.A.A. 8. Minera Bateas S.A.C. 9. Minera Suyamarca S.A.C. 10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 12. Volcan Compañía Minera S.A.A. (iii) En dicho período Minera San Juan S.A. no presentó operaciones. 93

Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles. Año 2010 Nro. Compañías SUNAT / MEF 2010 (S/.) Compañía Diferencia (i) 1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 1,363,330 1,363,330 - - 2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 5,275,671 5,275,671 - - 3.- Minsur S.A. 62,136,170 62,136,170 - - 4.- Cía. Minera Poderosa S.A. 7,018,662 7,018,662 - - 5.- Minera Yanacocha S.R.L. 38,175,082 38,175,082 - - 6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 55,827,912 55,827,912 - - 7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 8,794,537 8,794,537 - - 8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 14,243,907 14,243,907 - - 9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 184,977,664 184,977,664 - - 10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 275,948 275,948 - - 11.- Xstrata Tintaya S.A. (iii) 35,843,260 35,843,260 - - Compañías Agregadas (ii) 152,616,542 152,595,884 20,658 0.014% % (i) Total 566,548,685 566,528,027 20,658 0.004% Notas: (i) Diferencia inmaterial (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 3. Compañía Minera Argentum S.A. 4. Compañía Minera Condestable S.A. 5. Compañía Minera Ares S.A.C. 6. Compañía Minera Raura S.A. 7. Gold Fields La Cima S.A.A. 8. Minera Bateas S.A.C. 9. Minera Suyamarca S.A.C. 10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 12. Volcan Compañía Minera S.A.A. (iii) A partir de este período Xstrata Tintaya S.A. empezó a pagar regalías mineras. 94

VI.3. Regalías de Hidrocarburos De las 18 compañías del sector de hidrocarburos incluidas en el Segundo Estudio, 14 han presentado actividad de explotación durante los períodos 2008, 2009 y 2010. Las compañías que no han presentado operaciones (etapa de exploración) durante este período son: 1. Ecopetrol del Perú S.A. 2. Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú 3. Pacific Stratus Energy S.A., Sucursal del Perú 4. Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú Adicionalmente, se han presentado 2 empresas que cuentan con contratos de servicios razón por la cual no están afectas al pago de regalías de hidrocarburos, entre ellas se encuentran: 1. Graña y Montero Petrolera S.A. 2. Savia Perú S.A La recaudación de la regalía de hidrocarburos se realiza en dólares americanos, razón por la cual las cifras expresadas en este informe están en dicha moneda. 95

Regalías de Hidrocarburos Año 2008 Nro. Compañía Lote 2008 Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i) 1 Interoil Perú S.A. III / VI 56,704,081 56,703,993 88 0.001% 2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 20,665,060 20,664,926 134 0.001% 3 Petrobras Energía Perú S.A. X 206,471,671 206,483,973 (12,302) (0.005%) 4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 40,737,892 40,737,892 - - 5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 / 88 40,839,062 40,839,062 - - Compañías Agregadas (ii) 588,247,367 588,252,466 (5,099) (0.001%) Total 953,665,133 953,682,312 (17,179) (0.000%) Notas: (i) Diferencias inmateriales (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. SK Innovation Sucursal Peruana 2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú 3. Pluspetrol Norte S.A. 4. Pluspetrol Camisea S.A. 5. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 6. Pluspetrol Lote 56 S.A. 7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 96

Regalía de Hidrocarburos Año 2009 Nro. Compañía Lote 2009 Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i) 1 Interoil Perú S.A. III / VI 48,690,128 48,690,128 - - 2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 19,279,170 19,279,170 - - 3 Petrobras Energía Perú S.A. X 84,022,631 84,018,064 4,567 0.005% 4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 47,235,322 47,235,322 - - 5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 / 88 47,353,321 47,353,321 - - Compañías Agregadas (ii) 484,929,555 484,931,729 (2,174) 0.001% Total 731,510,127 731,507,734 2,393 0.001% Notas: (i) Diferencias inmateriales (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. SK Innovation Sucursal Peruana 2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú 3. Pluspetrol Norte S.A. 4. Pluspetrol Camisea S.A. 5. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 6. Pluspetrol Lote 56 S.A. 7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 97

Regalía de Hidrocarburos Año 2010 Nro. Compañía Lote 2010 Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i) 1 Interoil Perú S.A. III / VI 53,892,710 53,892,701 9 0.001% 2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 33,847,422 33,847,400 22 0.001% 3 Petrobras Energía Perú S.A. X 125,884,016 125,884,016-4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 80,985,008 80,985,008-5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. 56 / 88 81,080,886 81,080,886 - Compañías Agregadas (i) 763,172,747 763,172,550 197 0.001% Total 1,138,862,789 1,138,862,561 228 0.001% Notas: (i) Diferencias inmateriales (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. SK Innovation Sucursal Peruana 2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú 3. Pluspetrol Norte S.A. 4. Pluspetrol Camisea S.A. 5. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 6. Pluspetrol Lote 56 S.A. 7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 98

VI.4. Derecho de Vigencia En este Segundo Estudio de conciliación 32 de 33 compañías mineras participantes realizan pagos por derechos de vigencia (una compañía minera no presenta información de Derechos de Vigencia). Para efectos del presente Segundo Estudio se ha excluido los pagos reportados por las compañías por denuncios que no se encuentran registrados a nombre de las mismas en INGEMMET. La información es presentada en dólares norteamericanos según lo reportado por INGEMMET. Cabe señalar que ciertas compañías presentaron información en nuevos soles, por lo que, para efectos de hacer comparativas las cifras, fueron convertidas a dólares americanos utilizando los tipos de cambio anual promedio oficial según la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para las fechas de origen de las transacciones. 99

Año 2008 Nro. Compañía 2008 INGEMMET Compañía Diferencia (i) % (i) 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 98,970 100,170 (1,200) (1.212%) 2 Anglo American Michiquillay S.A. 34,354 12,154 22,200 64.621% 3 Anglo American Quellaveco S.A. 199,783 194,783 5,000 2.503% 4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 1,508,505 2,330,834 (822,329) (54.513%) 5 Compañía Minera Antamina S.A. 163,850 163,850 - - - 6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,681 18,601 (4,920) (35.962%) 7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 425,183 114,775 310,408 73.006% 8 Compañía Minera Poderosa S.A. 218,561 270,237 (51,676) (23.644%) 9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 7,324 7,388 (64) (0.874%) 10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 212,120 208,190 3,930 1.853% 11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 332,233 331,333 900 0.271% 12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 181,293 179,741 1,552 0.856% 13 Minera Pampa de Cobre S.A. 206,167 16,132 190,035 92.175% 14 Minera Yanacocha S.R.L. 826,573 891,798 (65,225) (7.891%) 15 Minsur S.A. 362,818 326,313 36,505 10.062% 16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200 (5,100) (29.825%) 17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 179,361 168,293 11,068 6.171% 18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 733,957 609,008 124,949 17.024% 19 Xstrata Tintaya S.A. 263,580 251,423 12,157 4.612% Compañías Agregadas (ii) 1,772,138 1,803,070 (30,932) (1.745%) Total 7,757,551 8,020,293 718,704 (981,446) (3.387%) 100

Notas: (i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a: (A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados aún a INGEMMET (B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros. (ii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. Lumina Copper S.A.C. 2. Gold Fields La Cima S.A.A. 3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 5. Compañía Minera Argentum S.A. 6. Compañía Minera Condestable S.A. 7. Compañía Minera Raura S.A. 8. Minera Bateas S.A.C. 9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 11. Compañía Minera Ares S.A.C. 12. Minera Suyamarca S.A.C. 13. Volcan Compañía Minera S.A.A. 101

Año 2009 Nro. Compañía 2009 INGEMMENT Compañía Diferencia (i) % (i) 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 83,442 83,442 - - - 2 Anglo American Michiquillay S.A. 34,354 12,154 22,200 64.621% 3 Anglo American Quellaveco S.A. 199,783 194,783 5,000 2.503% 4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,243,604 2,189,737 (946,133) (76.080%) 5 Compañía Minera Antamina S.A. 168,950 163,850 5,100 3.019% 6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,125 7,594 5,531 42.141% 7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 357,809 110,934 246,875 68.996% 8 Compañía Minera Poderosa S.A. 269,942 265,807 4,135 1.532% 9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 7,089 7,143 (54) (0.762%) 10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 238,260 226,454 11,806 4.955% 11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 288,620 288,920 (300) (0.104%) 12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 402,380 400,828 1,552 0.386% 13 Minera Pampa de Cobre S.A 207,982 207,286 696 0.335% 14 Minera Yanacocha S.R.L. 811,043 840,770 (29,727) (3.665%) 15 Minsur S.A. 349,406 326,109 23,297 6.668% 16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200 (5,100) (29.825%) 17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 179,697 176,411 3,286 1.829% 18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 647,766 565,711 82,055 12.667% 19 Xstrata Tintaya S.A. 268,080 278,787 (10,707) (3.994%) Compañías Agregadas (ii) 1,661,956 1,676,453 (14,497) (0.872%) Total 7,450,388 8,045,373 411,533 (1,006,518) (7.986%) 102

Notas: (i) Las diferencias se deben a que INGEMMET reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a: (A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados aún a INGEMMET. (B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros. (iii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. Lumina Copper S.A.C. 2. Gold Fields La Cima S.A.A. 3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 5. Compañía Minera Argentum S.A. 6. Compañía Minera Condestable S.A. 7. Compañía Minera Raura S.A. 8. Minera Bateas S.A.C. 9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 11. Compañía Minera Ares S.A.C. 12. Minera Suyamarca S.A.C. 13. Volcan Compañía Minera S.A.A. 103

Año 2010 Nro. Compañía 2010 INGEMMENT Compañía Diferencia (i) % (i) 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 266,742 83,442 183,300 68.718% 2 Anglo American Michiquillay S.A. 33,754 33,754 - - - 3 Anglo American Quellaveco S.A. 261,883 194,783 67,100 25.622% 4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,444,739 2,472,192 (1,027,453) (71.117%) 5 Compañía Minera Antamina S.A. 171,950 171,950 - - - 6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,125 12,132 993 7.566% 7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 493,783 229,779 264,004 53.466% 8 Compañía Minera Poderosa S.A. 312,948 321,164 (8,216) (2.625%) 9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 14,633 7,407 7,226 49.382% 10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 278,300 228,604 49,696 17.857% 11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 320,645 320,841 (196) (0.061%) 12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 566,090 550,127 15,963 2.820% 13 Minera Pampa de Cobre S.A 243,394 232,273 11,121 4.569% 14 Minera Yanacocha S.R.L. 879,610 853,352 26,258 2.985% 15 Minsur S.A. 386,267 374,342 11,925 3.087% 16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200 (5,100) (29.825%) 17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 188,007 186,611 1,396 0.743% 18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 611,223 559,261 51,962 8.501% 19 Xstrata Tintaya S.A. 386,672 284,072 102,600 26.534% Compañías Agregadas (ii) 1,825,225 1,662,436 162,789 8.919% Total 8,716,090 8,800,722 956,333 (1,040,965) (0.971%) 104

Notas: (i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a: (A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados aún a INGEMMET. (B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros. (iii) Detalle de Compañías Agregadas: 1. Lumina Copper S.A.C. 2. Gold Fields La Cima S.A.A. 3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 5. Compañía Minera Argentum S.A. 6. Compañía Minera Condestable S.A. 7. Compañía Minera Raura S.A. 8. Minera Bateas S.A.C. 9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 11. Compañía Minera Ares S.A.C. 12. Minera Suyamarca S.A.C. 13. Volcan Compañía Minera S.A.A. 105

VII. Detalle de los resultados finales del Segundo Estudio de Conciliación de la Distribución VII.1. Canon Minero Para la revisión de la distribución del canon minero, se ha realizado un recálculo de: i) el monto de canon minero resultante a partir del impuesto a la renta devengado declarado por las compañías mineras adheridas a la iniciativa, ii) la distribución del monto resultante de canon minero por compañía minera siguiendo la metodología descrita en la sección IV. 1 acápite 2.2 del presente informe. Dicho recálculo ha sido realizado a fin de poder mostrar los departamentos beneficiados con el canon minero proveniente del impuesto a la renta declarado por las compañías adheridas al Estudio, debido a lo siguiente: - La información oficial de la distribución del canon minero proporcionada por la Presidencia del Consejo de Ministros es preparada de manera agregada y no detallando lo correspondiente a las compañías mineras del país. - El presente segundo Estudio no involucra a la totalidad de compañías mineras del país en etapa de explotación, sino únicamente a las compañías mineras adheridas a la iniciativa del ITIE, las cuales corresponden -en la mayoría de los casos- a las más representativas por mineral que extraen según se muestra en la sección II acápite 2.1 del presente informe. Por lo expuesto, no es posible realizar una conciliación entre los montos distribuidos de canon minero calculados para el presente Segundo estudio, sobre la base a la información de las compañías adheridas a la iniciativa del ITIE para los gobiernos locales de los departamentos y gobiernos regionales, y los montos oficialmente entregados por el Estado peruano. En este sentido, con el fin de cubrir el alcance definido por la Comisión de Trabajo del ITIE, el cual busca conciliar si los recursos generados a partir de la explotación de los recursos naturales por las industrias extractivas se ven traducidos en ingresos para las localidades de las que se extraen dichos recursos naturales, para la presente verificación de la distribución del canon minero se ha realizado una comparación entre los montos a distribuir determinados a partir de la información disponible y de acuerdo con lo estipulado en la Ley del Canon, y los montos oficiales transferidos por canon minero, debiendo ser éstos últimos mayores debido a que consideran los ingresos por impuesto a la renta de las compañías mineras del país. Asimismo, para fines del presente Producto 3, se ha tomado como fuente las cifras del Impuesto a la Renta de las compañías proporcionadas por la Compañía y por SUNAT. 106

A continuación se presenta el resultado de los recálculos de la distribución del canon minero por año sujeto a análisis: 2008, 2009 y 2010, en nuevos soles, el cual se muestra para las regiones donde se ubican las unidades mineras de las compañías mineras adheridas al Segundo Estudio. Al obtener la información de las transferencias realizadas por canon minero, se puede realizar la comparación de los recálculos realizados con las cifras oficiales correspondientes a los fondos transferidos a las regiones por concepto de canon minero. 107

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Distribución del canon minero Año 2008 Cifras determinadas para el estudio de conciliación Cifras oficiales - PCM Diferencias (3) Gobiernos locales Gobiernos locales Gobiernos Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales del departamento Regionales del departamento Gobiernos Regionales Departamentos beneficiarios del canon minero 75% (1) 25% 75% (1) 25% 75% 25% Ancash 635,035,242 211,678,414 641,109,151 214,366,464 6,073,909 2,688,050 Apurímac 9,004,409 3,001,470 9,004,409 3,001,469 - -1 Arequipa 386,841,076 128,947,025 398,134,399 132,711,466 11,293,323 3,764,441 Ayacucho 2,152,632 717,544 7,127,153 2,375,717 4,974,521 1,658,173 Cajamarca 227,040,198 75,680,066 171,078,717 57,026,339-55,961,481-18,653,727 Cusco 101,490,116 33,830,039 101,455,431 33,818,477-34,685-11,562 Huancavelica 1,404,641 468,214 12,640,267 4,213,422 11,235,626 3,745,208 Huánuco 1,349,751 449,917 1,984,209 698,662 634,458 248,745 Ica 11,329,194 3,776,398 82,859,668 27,619,890 71,530,474 23,843,492 Junín 21,698,433 7,232,811 29,169,872 9,737,679 7,471,439 2,504,868 La Libertad 263,614,898 87,871,633 279,538,730 92,516,028 15,923,832 4,644,395 Lima 10,946,010 3,648,670 51,220,157 17,058,998 40,274,147 13,410,328 Moquegua 282,073,781 94,024,594 288,751,155 96,812,820 6,677,374 2,788,226 Pasco 66,496,687 22,165,562 84,464,072 28,117,432 17,967,385 5,951,870 Puno 167,775,696 55,925,232 186,163,858 61,492,184 18,388,162 5,566,952 Tacna 230,368,822 76,789,607 230,434,487 76,811,496 65,665 21,889 2,418,621,586 806,207,196 2,575,135,735 858,378,543 156,514,149 52,171,347 Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Impuesto a la Renta Canon Recaudación del Impuesto a la Renta recaudado según SUNAT (50% recaudación) Total recaudación S/. 2,243,384,989 1,121,692,495 Total recaudación US$ 1,437,550,435 718,775,218 Total recaudación expresado en S/. (2) 6,449,657,562 3,224,828,783 Distribución del Canon Minero Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,418,621,586 Total distribución Gobiernos Regionales S/. 806,207,196 Total distribución en S/. 3,224,828,782 Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca, solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total de S/. 80,478,071 (S/. 74,615,208 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional. 108

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Distribución del canon minero Año 2009 Cifras determinadas para el estudio de conciliación Cifras oficiales - PCM Diferencias (3) Departamentos beneficiarios del canon Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales minero 75% (1) 25% 75% (1) 25% 75% 25% Ancash 579,942,515 193,314,172 585,937,285 196,304,582 5,994,770 2,990,410 Apurímac 558,559 186,186 558,559 186,186 - - Arequipa 253,079,855 84,359,952 260,633,946 86,877,981 7,554,091 2,518,029 Ayacucho 25,604,779 8,534,926 25,743,023 8,581,008 138,244 46,082 Cajamarca 377,102,758 125,700,919 308,767,183 102,922,395-68,335,575-22,778,524 Cusco 77,729,160 25,909,720 77,729,160 25,909,720 - - Huancavelica 3,292,565 1,097,522 4,335,927 1,453,078 1,043,362 355,556 Huánuco 1,018,562 339,521 1,222,050 421,309 203,488 81,788 Ica 15,572,690 5,190,897 50,506,740 16,835,580 34,934,050 11,644,683 Junín 42,072,959 14,024,320 47,251,880 15,750,627 5,178,921 1,726,307 La Libertad 288,032,331 96,010,777 317,488,267 104,837,269 29,455,936 8,826,492 Lima 17,961,307 5,987,102 54,366,102 16,428,625 36,404,795 10,441,523 Moquegua 174,160,193 58,053,398 183,567,194 61,922,817 9,407,001 3,869,419 Pasco 73,225,643 24,408,548 109,777,494 37,449,265 36,551,851 13,040,717 Puno 110,519,160 36,839,720 136,738,218 44,845,654 26,219,058 8,005,934 Tacna 149,345,825 49,781,942 149,404,960 49,801,653 59,135 19,711 2,189,218,861 729,739,622 2,314,027,988 770,527,749 124,809,127 40,788,127 Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Recaudación del Impuesto a la Renta Impuesto a la Renta Canon recaudado según SUNAT (50% recaudación) Total recaudación S/. 1,884,456,567 942,228,284 Total recaudación US$ 1,312,569,852 656,284,926 Total recaudación expresado en S/. (2) 5,837,916,961 2,918,958,483 Distribución del Canon Minero Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,189,218,861 Total distribución Gobiernos Regionales S/. 729,739,622 Total distribución en S/. 2,918,958,483 Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total de S/. 94,965,030 (S/. 91,946,338 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional. 109

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Distribución del canon minero Año 2010 Cifras determinadas para el estudio de conciliación Cifras oficiales - PCM Diferencias (3) Gobiernos locales Gobiernos Gobiernos locales Gobiernos locales del departamento Regionales del departamento Gobiernos Regionales del departamento Gobiernos Regionales Departamentos beneficiarios del canon minero 75% (1) 25% 75% (1) 25% 75% 25% Ancash 547,372,789 182,457,596 566,042,049 190,003,835 18,669,260 7,546,239 Arequipa 487,648,757 162,549,586 496,987,003 165,662,334 9,338,246 3,112,748 Ayacucho 42,899,711 14,299,904 42,715,568 14,363,333-184,143 63,429 Cajamarca 375,239,459 125,079,820 313,253,715 104,417,905-61,985,744-20,661,915 Cusco 125,825,773 41,941,924 127,579,443 42,503,456 1,753,670 561,532 Huancavelica 5,602,424 1,867,475 6,402,154 2,134,052 799,730 266,577 Huánuco 3,227,011 1,075,670 3,242,217 1,080,739 15,206 5,069 Ica 26,645,827 8,881,942 151,490,870 50,496,957 124,845,043 41,615,015 Junín 48,593,001 16,197,667 58,974,910 19,688,686 10,381,909 3,491,019 La Libertad 296,714,411 98,904,804 345,497,745 113,842,763 48,783,334 14,937,959 Lima 18,757,586 6,252,529 79,256,805 26,373,270 60,499,219 20,120,741 Moquegua 275,544,295 91,848,098 293,414,736 99,092,718 17,870,441 7,244,620 Pasco 89,037,237 29,679,079 136,267,183 45,437,677 47,229,946 15,758,598 Puno 192,187,043 64,062,348 231,343,344 75,826,642 39,156,301 11,764,294 Tacna 262,276,025 87,425,342 262,576,206 87,525,402 300,181 100,060 2,797,571,349 932,523,784 3,115,043,948 1,038,449,769 317,472,599 105,925,985 Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Recaudación del Impuesto a la Renta Impuesto a la Renta Canon recaudado según SUNAT (50% recaudación) Total recaudación S/. 3,392,972,646 1,696,486,323 Total recaudación US$ 1,439,213,595 719,606,798 Total recaudación expresado en S/. (2) 7,460,190,265 3,730,095,133 Distribución del Canon Minero Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,797,571,349 Total distribución Gobiernos Regionales S/. 932,523,784 Total distribución en S/. 3,730,095,133 Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total de S/. 96,172,175 (S/. 91,946,338 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional. 110

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias VII.2. Regalía Minera Para la verificación de la distribución de la regalía minera, se ha realizado un recálculo de la distribución del monto pagado por regalía minera siguiendo la metodología descrita en la sección IV. 2 acápite 2.2 del presente informe. Dicho recálculo ha sido realizado a fin de poder mostrar los departamentos beneficiados con la regalía minera recaudada por las compañías adheridas al Segundo Estudio, debido a lo siguiente: La información oficial de la distribución de la regalía minera proporcionada por la Presidencia del Consejo de Ministros es preparada de manera agregada y no detallando por compañía. El presente estudio no involucra a la totalidad de compañías mineras del país en etapa de explotación, sino únicamente a las compañías mineras adheridas a la iniciativa del ITIE, las cuales corresponden, en la mayoría de los casos, a las más representativas por mineral que extraen, según se muestra en la sección II acápite 2.1 del presente informe. Por lo expuesto, no es posible realizar una conciliación entre los montos distribuidos por departamento por regalía minera determinados en el presente estudio en base a la información de las compañías adheridas a la iniciativa del ITIE para los gobiernos locales de los departamentos y gobiernos regionales, y los montos oficialmente entregados por el Estado peruano. En ese sentido, con el fin de cubrir el alcance definido por la Comisión de Trabajo del ITIE, el cual busca comprobar si los recursos generados a partir de la explotación de los recursos naturales por las industrias extractivas se ven traducidos en ingresos para las localidades de las que se extraen dichos recursos naturales; para la presente verificación de la distribución de la regalía minera se ha realizado una comparación entre los montos a distribuir determinados a partir de la información disponible y de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Regalía Minera, y los montos oficiales transferidos por el Estado peruano. A continuación se presenta el resultado de los recálculos de la distribución de la regalía minera por año, en nuevos soles, el cual se muestra para las regiones donde se ubican las unidades mineras de las compañías mineras adheridas al Segundo Estudio; así como la comparación de dichos resultados con las cifras oficiales correspondientes a los fondos transferidos a las regiones por concepto de regalía minera. 111

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Asimismo, y debido a que la distribución de las regalías mineras se realiza en función a lo recaudado mensualmente, independientemente del período en el cual se generaron dichas regalías, en los próximos cuadros se presenta el recálculo de la distribución de las regalías mineras en función a la fecha de distribución de las mismas. 112

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 2010) (continuación) Distribución de regalías mineras Año 2008 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 distribuidas durante el año 2008) Departamentos beneficiarios de la regalía minera Cifras determinadas para el estudio de conciliación Cifras oficiales - PCM Diferencias Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales Universidades Nacionales Departamentos beneficiarios de la regalía minera Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales Universidades Regionales Departamentos beneficiarios de la regalía minera Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales 80% 15% 5% 80% 15% 5% 80% 15% 5% Ancash 57,183 10,722 3,574 Ancash 1,790,915 335,796 111,932 Ancash 1,733,732 325,074 108,358 Apurímac 1,267,927 237,736 79,245 Apurímac 1,279,741 239,951 79,984 Apurímac 11,814 2,215 739 Arequipa 24,350,439 4,565,707 1,521,902 Arequipa 30,729,983 5,025,676 1,920,624 Arequipa 6,379,544 459,969 398,722 Ayacucho 1,929,528 361,786 120,595 Ayacucho 4,121,148 452,276 257,572 Ayacucho 2,191,620 90,490 136,977 Cajamarca 1,288,624 241,617 80,539 Cajamarca 4,731,937 272,560 295,746 Cajamarca 3,443,313 30,943 215,207 Huancavelica 4,866,247 912,421 304,140 Huancavelica 9,882,574 1,759,511 617,661 Huancavelica 5,016,327 847,090 313,521 Huánuco 1,065,503 199,782 66,594 Huánuco 1,164,923 208,762 72,808 Huánuco 99,420 8,980 6,214 Junín 16,141,270 3,026,488 1,008,829 Junín 21,812,475 3,505,611 1,363,280 Junín 5,671,205 479,123 354,451 La Libertad 9,938,325 1,863,436 621,145 La Libertad 21,013,332 3,841,399 1,313,333 La Libertad 11,075,007 1,977,963 692,188 Lima 17,732,221 3,324,791 1,108,264 Lima 28,817,133 4,735,238 1,801,071 Lima 11,084,912 1,410,447 692,807 Moquegua 72,288,042 13,554,008 4,518,003 Moquegua 84,146,074 14,218,821 5,259,130 Moquegua 11,858,032 664,813 741,127 Pasco 28,813,232 5,402,481 1,800,827 Pasco 40,592,768 6,699,039 2,537,048 Pasco 11,779,536 1,296,558 736,221 Puno 46,243,029 8,670,568 2,890,189 Puno 49,874,052 9,598,209 3,117,128 Puno 3,631,023 927,641 226,939 Tacna 53,139,497 9,963,656 3,321,219 Tacna 65,270,111 10,015,112 4,079,382 Tacna 12,130,614 51,456 758,163 Universidades Regionales (3) 279,121,067 (3) 52,335,199 (3) 17,445,065 365,227,166 60,907,961 22,826,699 86,106,099 8,572,762 5,381,634 Conciliación entre recaudación y distribución S/. Total monto recaudación Regalías Mineras 2008 348,328,267 Total monto distribución Regalías Mineras 2008 (Sumatoria (3)) 348,901,331 Diferencia (2) (573,064) Diferencia % (0.165%) NOTAS: (1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución. 113

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 2010) (continuación) Año 2009 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2004, 2005, 2008 y 2009 distribuidas durante el año 2009) Departamentos beneficiarios de la regalía minera Cifras determinadas para el estudio de conciliación Cifras oficiales - PCM Diferencias Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales Universidades Regionales Departamentos beneficiarios de la regalía minera Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales Universidades Regionales Departamentos beneficiarios de la regalía minera Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales 80% 15% 5% 80% 15% 5% 80% 15% 5% Ancash 67,355 12,629 4,210 Ancash 2,399,592 450,111 149,974 Ancash 2,332,237 437,482 145,764 Apurímac 155,489 29,154 9,718 Apurímac 155,489 29,154 9,718 Apurímac - - - Arequipa 33,232,751 6,231,141 2,077,047 Arequipa 35,159,665 6,592,437 2,197,479 Arequipa 1,926,914 361,296 120,432 Ayacucho 7,763,030 1,455,568 485,189 Ayacucho 8,254,211 1,547,665 515,888 Ayacucho 491,181 92,097 30,699 Cajamarca 19,010,514 3,564,471 1,188,157 Cajamarca 19,137,123 3,587,850 1,196,070 Cajamarca 126,609 23,379 7,913 Huancavelica 4,572,796 857,399 285,800 Huancavelica 7,474,087 1,296,723 467,130 Huancavelica 2,901,291 439,324 181,330 Huánuco 814,358 152,692 50,897 Huánuco 823,930 234,277 51,496 Huánuco 9,572 81,585 599 Junín 19,364,760 3,630,892 1,210,297 Junín 21,934,999 4,112,813 1,370,937 Junín 2,570,239 481,921 160,640 La Libertad 11,364,708 2,130,883 710,294 La Libertad 26,348,205 4,940,288 1,646,763 La Libertad 14,983,497 2,809,405 936,469 Lima 13,083,700 2,453,194 817,731 Lima 21,660,928 3,910,983 1,353,808 Lima 8,577,228 1,457,789 536,077 Moquegua 56,617,317 10,615,747 3,538,582 Moquegua 60,882,799 11,415,525 3,805,175 Moquegua 4,265,482 799,778 266,593 Pasco 26,665,079 4,999,702 1,666,567 Pasco 36,190,984 6,785,809 2,261,936 Pasco 9,525,905 1,786,107 595,369 Puno 27,377,962 5,133,368 1,711,123 Puno 33,825,162 6,342,218 2,114,073 Puno 6,447,200 1,208,850 402,950 Tacna 47,160,761 8,842,643 2,947,548 Tacna 47,160,761 8,842,643 2,947,548 Tacna - - - Universidades Regionales (3) 267,250,580 (3) 50,109,483 (3) 16,703,160 321,407,935 60,088,496 20,087,995 54,157,355 9,979,013 3,384,835 Conciliación entre recaudación y distribución S/. Total monto recaudación Regalías Mineras 2009 334,147,399 Total monto distribución Regalías Mineras 2009 (Sumatoria (3)) 334,063,223 Diferencia (2) 84,176 Diferencia % 0.025% NOTAS: (1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución. 114

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 2010) (continuación) Año 2010 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2009 y 2010 distribuidas durante el año 2010) Departamentos beneficiarios de la regalía minera Cifras determinadas para el estudio de conciliación Cifras oficiales - PCM Diferencias Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales Universidades Regionales Departamentos beneficiarios de la regalía minera Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales Universidades Regionales Departamentos beneficiarios de la regalía minera Gobiernos locales del departamento (1) Gobiernos Regionales 80% 15% 5% 80% 15% 5% 80% 15% 5% Ancash 103,280 19,365 6,455 Ancash 4,570,163 856,905 285,635 Ancash 4,466,883 837,540 279,180 Apurímac 41,304,684 7,744,628 2,581,543 Apurímac 43,783,214 8,209,353 2,736,451 Apurímac 2,478,530 464,725 154,908 Arequipa 13,888,210 2,604,039 868,013 Arequipa 14,776,153 2,785,709 923,510 Arequipa 887,943 181,670 55,497 Ayacucho 57,197,955 10,724,617 3,574,872 Ayacucho 58,652,594 10,997,361 3,665,787 Ayacucho 1,454,639 272,744 90,915 Cajamarca 28,674,608 5,376,489 1,792,163 Cajamarca 29,423,734 5,516,950 1,838,983 Cajamarca 749,126 140,461 46,820 Huancavelica 6,528,706 1,224,132 408,044 Huancavelica 11,119,147 2,109,462 694,947 Huancavelica 4,590,441 885,330 286,903 Huánuco 1,713,331 321,250 107,083 Huánuco 1,709,000 321,547 106,812 Huánuco -4,331 297-271 Junín 29,470,140 5,525,651 1,841,884 Junín 34,932,320 6,549,810 2,183,270 Junín 5,462,180 1,024,159 341,386 La Libertad 18,642,427 3,495,455 1,165,152 La Libertad 40,526,314 7,598,684 2,532,895 La Libertad 21,883,887 4,103,229 1,367,743 Lima 22,575,757 4,232,954 1,410,985 Lima 38,458,966 7,032,283 2,403,685 Lima 15,883,209 2,799,329 992,700 Moquegua 76,495,253 14,342,860 4,780,953 Moquegua 84,108,024 15,770,255 5,256,752 Moquegua 7,612,771 1,427,395 475,799 Pasco 32,877,877 6,164,602 2,054,867 Pasco 47,984,824 9,155,282 2,999,051 Pasco 15,106,947 2,990,680 944,184 Puno 49,708,936 9,320,426 3,106,809 Puno 59,613,392 11,177,511 3,725,837 Puno 9,904,456 1,857,085 619,028 Tacna 72,577,542 13,608,289 4,536,096 Tacna 72,577,542 13,608,289 4,536,096 Tacna - - - Universidades Regionales (3) 451,758,706 (3) 84,704,757 (3) 28,234,919 542,235,387 101,689,401 33,889,711 90,476,681 16,984,644 5,654,792 Conciliación entre recaudación y distribución S/. Total monto recaudación Regalías Mineras 2008 566,548,685 Total monto distribución Regalías Mineras 2008 (Sumatoria (3)) 564,698,382 Diferencia (2) 1,850,303 Diferencia % 0.327% NOTAS: (1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución. 115

Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias VII.3. Canon y Sobrecanon Petrolero Perupetro calcula quincenalmente las regalías de las compañías petroleras. Asimismo, mensualmente realiza el cálculo del canon y sobrecanon que será distribuido entre los departamentos beneficiarios de dichos conceptos (Tumbes, Piura, Loreto, Ucayali y Huánuco). Los montos del canon y sobrecanon calculados por Perupetro, son remitidos mensualmente a la Secretaria de Descentralización de la PCM quien realiza la distribución de los mismos a los gobiernos locales (municipios distritales y provinciales) y a los gobiernos regionales, en forma agregada, sin identificar el canon y/o sobrecanon proveniente de las compañías aportantes. Sin embargo, la información proporcionada por PERUPETRO, permite identificar los montos distribuidos por compañía, pero sólo a nivel departamental. Por tal razón, a fin de mostrar el canon y sobrecanon proveniente de las regalías pagadas por las compañías adheridas al Segundo Estudio, se ha realizado lo siguiente: i) Recálculo del canon y sobrecanon petrolero por parte de Ernst & Young. ii) Comparación de la información incluida en los reportes quincenales y mensuales proporcionados por Perupetro, por compañía y por departamento, con los resultados de los recálculos realizados por EY señalados en el punto anterior. iii) Realizamos la comparación de lo determinado en ii) con el informe de distribución de la PCM, verificando que las cifras de este informe sean mayores debido a que las compañías adheridas a este Segundo Estudio no conforman el 100% de las compañías petroleras del país (excepto en Puerto Inca, donde la única compañía existente es Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., que forma parte de este Segundo Estudio). iv) Finalmente, contrastamos la información total que mensualmente Perupetro reporta a la PCM con la información que PCM reporta a la DGTP - MEF para efecto de realizar las transferencias respectivas. Es necesario precisar que la información manejada por Perupetro se encuentra en dólares norteamericanos y que al momento de ser reportada a la PCM es convertida a nuevos soles al tipo de cambio correspondiente al mes. 116

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Cuadro de Conciliación General A continuación, se presenta el cuadro donde se concilian las regalías recaudadas con las distribuidas por Perupetro: Compañía Moneda Lote Regalía según distribución Perupetro Regalía según Conciliación Recaudación Diferencias (i) % Interoil Perú S.A. US$ III 107,383,391 107,383,303 88 0.000% Interoil Perú S.A. US$ IV 51,903,529 51,903,519 10 0.000% Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ XIII 73,791,652 73,791,496 156 0.000% Petrobras Energía Perú S.A. US$ X 416,378,318 416,386,053 (7,735) (0.002%) Total compañías agregadas (v) US$ 651,436,787 651,443,979 (7,192) (0.001%) Total 1,300,893,677 1,300,908,350 (14,673) (0.001%) Asimismo, se presenta la distribución realizada por Perupetro relacionada a la Regalía Petrolera recaudada de acuerdo con los diferentes conceptos detallados en el cuadro. Cabe destacar que la distribución por conceptos no está relacionada exclusivamente a porcentajes sobre la regalía recaudada, sino a cálculos independientes que se sirven de los fondos de la regalía (caso del canon). En el caso de los gastos de fiscalización, éstos obedecen a los montos facturados por el proveedor del servicio. Las participaciones de instituciones públicas si representan un porcentaje del monto total de la regalía. El monto entregado al Tesoro Público resulta de la diferencia de la regalía recaudada menos los conceptos descritos anteriormente. Compañía Lote Gastos de Fiscalización US$ (ii) Canon US$ Participaciones (US$) (iii) Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público (US$) (iv) Regalía según distribución Perupetro (US$) Interoil Perú S.A. III 59,949 29,044,418 1,610,752 805,376 805,376 75,057,520 107,383,391 Interoil Perú S.A. IV 42,662 13,606,418 778,556 389,278 389,278 36,697,337 51,903,529 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 133,919 32,607,227 1,106,875 553,437 553,437 38,836,757 73,791,652 Petrobras Energía Perú S.A. X 162,805 150,886,072 6,047,694 3,023,847 3,023,847 253,234,053 416,378,318 Total compañías agregadas (v) 973,727 267,165,060 9,833,033 4,916,517 4,916,517 363,631,933 651,436,787 Total 1,373,062 493,309,195 19,376,910 9,688,455 9,688,455 767,457,600 1,300,893,677 117

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Concepto US$ Canon según Reporte de distribución de regalías de Perupetro 493,309,195 Canon según recálculo efectuado sobre el reporte de cálculo de canon y sobrecanon de Perupetro 493,475,675 Diferencia (vi) (166,480) NOTAS (i) (ii) (iii) (iv) (v) (vi) Diferencias inmateriales Corresponde a los gastos de Fiscalización en que incurre Perupetro para fiscalizar las operaciones de las compañías. Corresponde a las participaciones para cubrir gastos operativos de las instituciones allí mencionadas. Corresponde al monto que ingresa directamente al Tesoro Público y que no está bajo ningún tipo de distribución específica. Compañías agregadas: - Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. - Pluspetrol Norte S.A. - SK Innovation Sucursal Peruana Diferencia entre el canon determinado en los reportes de distribución de Perupetro y el re-cálculo efectuado por Perupetro tomando como base el valor de producción y los porcentajes de ley. Se encuentra en proceso de conciliación. 118

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias A continuación, se presenta el detalle del Cuadro de Conciliación General, abierto por compañías (desagregadas y agregadas). Los conceptos, diferencias y explicaciones son las mismas que en el Cuadro de Conciliación General. Interoil Perú S.A. Lote Año Regalía según distribución Perupetro Regalía según conciliación Recaudación Diferencia Lote III 2008 29,053,091 29,053,005 86 Lote III 2009 37,507,272 37,507,271 1 Lote III 2010 40,823,028 40,823,027 1 Total 107,383,391 107,383,303 88 Lote IV 2008 27,650,989 27,650,988 1 Lote IV 2009 11,182,857 11,182,856 1 Lote IV 2010 13,069,683 13,069,675 8 Total 51,903,529 51,903,519 10 Lote Año Gastos de Fiscalización Canon Participaciones Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público Regalía según distribución Perupetro Lote III 2008 15,083 7,725,857 435,797 217,898 217,898 20,440,558 29,053,091 Lote III 2009 14,647 10,756,753 562,609 281,305 281,305 25,610,653 37,507,272 Lote III 2010 30,220 10,561,808 612,346 306,173 306,173 29,006,308 40,823,028 Total 59,950 29,044,418 1,610,752 805,376 805,376 75,057,519 107,383,391 Lote IV 2008 13,407 7,048,492 414,768 207,384 207,384 19,759,554 27,650,989 Lote IV 2009 13,019 3,144,513 167,743 83,871 83,871 7,689,840 11,182,857 Lote IV 2010 16,236 3,413,413 196,045 98,023 98,023 9,247,943 13,069,683 Total 42,662 13,606,418 778,556 389,278 389,278 36,697,337 51,903,529 119

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna Diferencia. Lote Año Canon Canon Distribuido Piura Sobre canon distribuido Total Diferencia Tumbes Lote III 2008 7,725,857 6,182,194 1,545,549 7,727,743 (1,886) Lote III 2009 10,756,753 8,606,867 2,151,717 10,758,584 (1,831) Lote III 2010 10,561,808 8,452,468 2,113,117 10,565,585 (3,777) Total 29,044,418 23,241,529 5,810,383 29,051,912 (7,494) Lote Año Canon Canon Distribuido Piura Sobre canon distribuido Total Diferencia Tumbes Lote IV 2008 7,048,492 5,640,149 1,410,037 7,050,186 (1,694) Lote IV 2009 3,144,512 2,516,912 629,228 3,146,140 (1,628) Lote IV 2010 3,413,413 2,732,354 683,089 3,415,443 (2,030) Total 13,606,417 10,889,415 2,722,354 13,611,769 (5,352) 120

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Olympic Perú INC, Sucursal del Perú Lote Año Regalía según distribución Perupetro Regalía según conciliación Recaudación Diferencia Lote XIII 2008 20,665,060 20,664,926 134 Lote XIII 2009 19,279,170 19,279,170 - Lote XIII 2010 33,847,422 33,847,400 22 Total 73,791,652 73,791,496 156 Lote Año Gastos de Fiscalización Canon Participaciones Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público Regalía según distribución Perupetro Lote XIII 2008 43,983 9,675,890 309,976 154,988 154,988 10,325,235 20,665,060 Lote XIII 2009 38,798 8,985,387 289,188 144,594 144,594 9,676,609 19,279,170 Lote XIII 2010 51,138 13,945,950 507,711 253,856 253,856 18,834,911 33,847,422 Total 133,919 32,607,227 1,106,875 553,438 553,438 38,836,755 73,791,652 El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna Diferencia. Lote Año Canon Canon Distribuido Piura Sobre canon distribuido Total Diferencia Tumbes Lote XIII 2008 9,675,890 7,745,110 1,936,278 9,681,388 (5,498) Lote XIII 2009 8,985,387 7,192,190 1,798,047 8,990,237 (4,850) Lote XIII 2010 13,945,950 11,161,622 2,790,406 13,952,028 (6,078) Total 32,607,227 26,098,922 6,524,731 32,623,653 (16,426) 121

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Petrobras Energía Perú S.A. Lote Año Regalía según distribución Perupetro Regalía según conciliación Recaudación Diferencia Lote X 2008 206,471,672 206,483,973 (12,301) Lote X 2009 84,022,632 84,018,064 4,568 Lote X 2010 125,884,015 125,884,016 (1) Total 416,378,319 416,386,053 (7,734) Lote Año Gastos de Fiscalización Canon Participaciones Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público Regalía según distribución Perupetro Lote X 2008 48,871 63,237,256 2,946,663 1,473,332 1,473,332 137,292,218 206,471,672 Lote X 2009 47,633 38,822,557 1,213,531 606,766 606,766 42,725,379 84,022,632 Lote X 2010 66,301 48,826,258 1,887,499 943,750 943,750 73,216,457 125,884,015 Total 162,805 150,886,071 6,047,693 3,023,848 3,023,848 253,234,054 416,378,319 El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna Diferencia. Lote Año Canon Canon Distribuido Piura Sobre canon distribuido Total Diferencia Tumbes Lote X 2008 63,237,256 50,594,721 12,648,680 63,243,401 (6,146) Lote X 2009 38,822,557 31,062,809 7,765,702 38,828,511 (5,954) Lote X 2010 48,826,258 39,067,637 9,766,909 48,834,546 (8,288) Total 150,886,071 120,725,167 30,181,291 150,906,458 (20,388) 122

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Compañías agregadas (Puerto Inca) Año Regalía según distribución Perupetro Regalía según conciliación Recaudación Diferencia (1) 2008 1,191,791 1,191,783 8 2009 718,160 718,162 (2) 2010 1,124,249 1,124,250 (1) Total 3,034,200 3,034,195 5 Año Gastos de Fiscalización Canon Participaciones Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público Regalía según distribución Perupetro 2008 64,689 391,338 17,877 8,938 8,938 700,011 1,191,791 2009 62,818 233,105 10,772 5,386 5,386 400,693 718,160 2010 57,519 369,348 16,864 8,432 8,432 663,654 1,124,249 Total 185,026 993,791 45,513 22,756 22,756 1,764,358 3,034,200 El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna Diferencia. Canon Distribuido Año Canon Puerto Inca Diferencia (1) 2008 397,264 391,338 5,926 2009 239,387 233,105 6,282 2010 374,750 369,348 5,402 Total 1,011,401 993,791 17,610 NOTAS: (1) Diferencias inmateriales 123

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Compañías Agregadas (Loreto y Ucayali) Año Regalía según distribución Perupetro Regalía según conciliación Recaudación Diferencia (1) 2008 103,638,740 103,638,732 8 2009 91,777,556 91,777,553 3 2010 92,673,292 92,673,298 (6) Total 288,089,588 288,089,583 5 Año Gastos de Fiscalización Canon Participaciones Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público Regalía según distribución Perupetro 2008 102,391 62,055,155 326,232 163,116 163,116 40,828,730 103,638,740 2009 96,959 56,120,454 855,251 427,625 427,625 33,849,642 91,777,556 2010 101,051 56,570,541 1,426,036 713,018 713,018 33,149,628 92,673,292 Total 300,401 174,746,150 2,607,519 1,303,759 1,303,759 107,828,000 288,089,588 El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna Diferencia. Año Canon Canon Distribuido Loreto Sobre canon distribuido Total Diferencia (1) Ucayali 2008 62,055,155 48,381,886 13,638,480 62,020,366 34,789 2009 56,120,454 43,340,885 12,748,891 56,089,776 30,678 2010 56,570,541 43,721,577 12,816,072 56,537,649 32,892 Total 174,746,150 135,444,348 39,203,443 174,647,791 98,359 NOTAS: (1) Diferencia inmaterial. 124

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Loreto Canon Año 2008 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 40% Gobierno Regional 52% Universidades 5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional Total Compañías Agregadas US$ 48,381,886 19,352,754 25,158,581 2,419,094 1,451,457 Total US$ 48,381,886 19,352,754 25,158,581 2,419,094 1,451,457 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 56,122,988 73,714,641 60,963,964 80,311,372 Porcentaje de participación 92% 92% Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 40% Gobierno Regional 52% Universidades 5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional Total Compañías Agregadas US$ 43,340,885 17,336,354 22,537,260 2,167,044 1,300,227 Total US$ 43,340,885 17,336,354 22,537,260 2,167,044 1,300,227 Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 52,009,062 63,104,328 53,986,798 65,444,543 Porcentaje de participación 96% 96% Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 40% Gobierno Regional 52% Universidades 5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional Total Compañías Agregadas US$ 43,721,577 17,488,631 22,735,220 2,186,079 1,311,647 Total US$ 43,721,577 17,488,631 22,735,220 2,186,079 1,311,647 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 50,367,256 61,385,094 54,513,701 64,993,572 Porcentaje de participación 92% 94% 125

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Ucayali Sobrecanon Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 40% Gobierno Regional 52% Universidades 5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional Total Compañías Agregadas US$ 13,638,480 5,455,392 7,092,010 681,924 409,154 Total US$ 13,638,480 5,455,392 7,092,010 681,924 409,154 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 15,820,637 19,857,627 30,208,290 36,545,712 Porcentaje de participación 52% 54% Año 2009 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 40% Gobierno Regional 52% Universidades 5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional Total Compañías Agregadas US$ 12,748,891 5,099,557 6,629,424 637,445 382,467 Total US$ 12,748,891 5,099,557 6,629,424 637,445 382,467 Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 15,298,670 18,562,386 30,086,716 34,097,757 Porcentaje de participación 51% 54% Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 40% Gobierno Regional 52% Universidades 5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional Total Compañías Agregadas US$ 12,816,072 5,126,429 6,664,358 640,804 384,482 Total US$ 12,816,072 5,126,429 6,664,358 640,804 384,482 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 14,866,644 18,326,984 30,209,038 35,714,060 Porcentaje de participación 49% 51% 126

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Piura Canon Año 2008 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 70% Gobierno Regional 20% Universidades 5% Interoil Perú S.A. III US$ 6,182,195 4,327,536 1,236,439 309,110 309,110 Interoil Perú S.A. IV US$ 5,640,148 3,948,104 1,128,030 282,007 282,007 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 7,745,111 5,421,577 1,549,022 387,256 387,256 Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 50,594,720 35,416,305 10,118,943 2,529,736 2,529,736 Total US$ 70,162,174 49,113,522 14,032,434 3,508,109 3,508,109 Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 142,429,215 40,694,061 245,598,768 87,783,503 Porcentaje de participación 58% 46% Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 70% Gobierno Regional 20% Universidades 5% Interoil Perú S.A. III US$ 8,606,866 6,024,807 1,721,373 430,343 430,343 Interoil Perú S.A. IV US$ 2,516,915 1,761,838 503,385 125,846 125,846 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 7,192,189 5,034,533 1,438,438 359,609 359,609 Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 31,062,808 21,743,966 6,212,562 1,553,140 1,553,140 Total US$ 49,378,778 34,565,144 9,875,758 2,468,938 2,468,938 Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 103,695,432 29,627,266 186,506,769 58,299,615 Porcentaje de participación 56% 51% 127

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Año 2010 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 70% Gobierno Regional 20% Universidades 5% Interoil Perú S.A. III US$ 8,452,468 5,916,728 1,690,494 422,623 422,623 Interoil Perú S.A. IV US$ 2,732,355 1,912,648 546,471 136,618 136,618 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 11,161,621 7,813,136 2,232,323 558,081 558,081 Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 39,067,637 27,347,346 7,813,527 1,953,382 1,953,382 Total US$ 61,414,081 42,989,858 12,282,815 3,070,704 3,070,704 Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 120,371,600 29,478,759 231,007,637 61,223,154 Porcentaje de participación 52% 48% Tumbes Sobrecanon Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 70% Gobierno Regional 20% Universidades 5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional Interoil Perú S.A. III US$ 1,545,549 1,081,884 309,110 77,277 77,277 Interoil Perú S.A. IV US$ 1,410,037 987,026 282,007 70,502 70,502 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 1,936,278 1,355,394 387,256 96,814 96,814 Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 12,648,680 8,854,076 2,529,736 632,434 632,434 Total US$ 17,540,544 12,278,381 3,508,109 877,027 877,027 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 35,607,304 10,173,515 81,064,998 28,293,133 Porcentaje de participación 44% 36% 128

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Año 2009 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 70% Gobierno Regional 20% Universidades 5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional Interoil Perú S.A. III US$ 2,151,717 1,506,202 430,343 107,586 107,586 Interoil Perú S.A. IV US$ 629,228 440,460 125,846 31,461 31,461 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 1,798,047 1,258,633 359,609 89,902 89,902 Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 7,765,702 5,435,992 1,553,140 388,285 388,285 Total US$ 12,344,694 8,641,286 2,468,939 617,234 617,234 Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 25,923,858 7,406,817 56,252,508 21,246,292 Porcentaje de participación 46% 35% 129

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 70% Gobierno Regional 20% Universidades 5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional Interoil Perú S.A. III US$ 2,113,117 1,479,182 422,623 105,656 105,656 Interoil Perú S.A. IV US$ 683,089 478,162 136,618 34,154 34,154 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 2,790,406 1,953,284 558,081 139,520 139,520 Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 9,766,909 6,836,836 1,953,382 488,345 488,345 Total US$ 15,353,520 10,747,464 3,070,704 767,675 767,675 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 30,092,900 8,597,971 73,452,744 27,271,965 Porcentaje de participación 41% 32% 130

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Huánuco (Puerto Inca) Canon Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local Total Compañías Agregadas US$ 391,338 391,338 Total US$ 391,338 391,338 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 1,119,759 1,119,759 Porcentaje de participación 100% Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local Total Compañías Agregadas US$ 233,105 233,105 Total US$ 233,105 233,105 Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 683,651 683,651 Porcentaje de participación 100% 131

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Año 2010 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local Total Compañías Agregadas US$ 369,348 369,348 Total US$ 369,348 369,348 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 1,030,631 1,030,631 Porcentaje de participación 100% 132

VII.4. Canon Gasífero A fin de poder mostrar la distribución del canon gasífero, se ha separado la distribución del canon proveniente de la regalía gasífera, de aquel proveniente del Impuesto a la Renta. VII.4.1Canon Gasífero Regalía Gasífera Perupetro calcula quincenalmente las regalías de las compañías gasíferas. Asimismo, mensualmente realiza el cálculo del canon correspondiente siendo actualmente el único departamento beneficiario: el departamento de Cusco. El monto del canon calculado es remitido mediante oficio mensual a la Secretaria de Descentralización de la PCM, quien realiza la distribución del mismo a los gobiernos locales (municipios distritales y provinciales) y al gobierno regional de Cusco utilizando los índices de distribución determinados por la DGDFAS -MEF (antes DGAES-MEF). La distribución oficial del canon gasífero es realizada por la PCM en forma agregada a los diferentes gobiernos locales y/o regional (Cusco), según corresponda. Sin embargo, la información proporcionada por Perupetro, permite identificar los montos distribuidos por compañía sólo a nivel departamental, sin hacer distinción del tipo de gobierno a distribuir. Por esta razón se han realizado recálculos para verificar las cifras presentadas por Perupetro en los diferentes reportes presentados, y compararlas con la información de la PCM. Cabe destacar que a efectos de este Segundo Estudio, las compañías incluidas como parte de la revisión del Canon Gasífero, son compañías que conforman parte del Consorcio de Camisea, por lo que el único beneficiado es el departamento del Cusco. Esto es así, dado que por lo referido en la Ley del Canon las compañías que hayan iniciado operaciones en departamentos donde no se cuente con una Ley específica para esto, deberán acogerse a la metodología de distribución del canon gasífero. Es decir, las compañías que producen gas en zonas donde existía legislación de hidrocarburos anterior a la Ley del Canon, seguirán con la misma metodología del canon y sobrecanon petrolero. A efectos de poder hacer comparativa la información revisada para efectos de la distribución por las compañías adheridas al Segundo Estudio, se ha realizado la contrastación de la información incluida en los reportes quincenales y mensuales proporcionados por Perupetro (con cálculos probados por Ernst & Young para el caso del canon calculado) por compañía y por departamento. Asimismo, contrastaremos la información total que mensualmente Perupetro reporta a la PCM con la información que PCM reporta a la DGTP - MEF para efecto de realizar las transferencias respectivas. Es necesario precisar que la información manejada por Perupetro se encuentra en dólares estadounidenses y que al momento de ser reportada a la PCM es convertida a nuevos soles al tipo de cambio correspondiente a dicha fecha. Los importes proporcionados en moneda nacional no permiten calcular la distribución por compañía ya que están a nivel de departamentos. 133

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Cuadro de conciliación entre el monto recaudado por regalías según formatos entregados por Perupetro y las regalías presentadas en su reporte de distribución mensual de regalías (período 2008 al 2010): Compañía Lote Moneda Regalía según distribución Perupetro Regalía según Conciliación Recaudación Diferencias (i) Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 60,263,362 60,263,363 (1) Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 108,694,860 108,694,860 - Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 60,263,362 60,263,363 (1) Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 109,009,907 109,009,907 - Total Compañías Agregadas (v) US$ 1,184,912,878 1,184,912,768 110 Total US$ 1,523,144,369 1,523,144,261 108 A continuación se presenta la distribución realizada por Perupetro relacionada a la Regalía Gasífera recaudada de acuerdo lo estipulado en la Ley, y por los conceptos detallados en el siguiente cuadro. Cabe destacar que la distribución por conceptos no está relacionada exclusivamente a porcentajes sobre la regalía recaudada, sino a cálculos independientes que se sirven de los fondos de la regalía para su distribución (caso del canon). En el caso de los gastos de fiscalización, éstos obedecen a los montos facturados por el proveedor del servicio. Las participaciones de instituciones públicas si representan un porcentaje del monto total de la regalía. El monto entregado al Tesoro Público resulta de la diferencia de la regalía recaudada menos los conceptos descritos anteriormente. Compañía Lote Moneda Canon 50% Gastos de Fiscalización (ii) Participaciones (iii) Perupetro MEM OSINERG Tesoro Público (iv) Regalía según distribución Perupetro Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 30,106,270-903,392 451,696 451,696 28,350,307 60,263,362 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 54,347,430 11,844 1,637,520 818,760 818,760 51,060,546 108,694,860 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 30,106,270-903,392 451,696 451,696 28,350,307 60,263,362 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 54,347,430 11,844 1,637,520 818,760 818,760 51,375,593 109,009,907 Total Compañías Agregadas (v) US$ 591,175,903 84,095 18,040,474 9,020,237 9,020,237 557,571,931 1,184,912,878 Total US$ 760,083,303 107,783 23,122,298 11,561,149 11,561,149 716,708,684 1,523,144,369 134

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Concepto Canon según Reporte de distribución de regalías de Perupetro Canon según reporte del cálculo del canon de Perupetro por lote y por departamento. US$ 760,083,303 760,146,830 Diferencia (vi) (63,527) NOTAS (i) (ii) (iii) (iv) (v) (vi) Diferencias inmateriales Corresponde a los gastos de Fiscalización en que incurre Perupetro para fiscalizar las operaciones de las compañías. Corresponde a las participaciones para cubrir gastos operativos de las instituciones allí mencionadas. Corresponde al monto que ingresa directamente al Tesoro Público y que no está bajo ningún tipo de distribución específica. Compañías agregadas: 1. Hunt Oil Company of Perú L.L.C., Sucursal del Perú 2. Pluspetrol Perú Corporation S.A. 3. Pluspetrol Camisea S.A. 4. Pluspetrol 56 S.A. 5. SK Innovation Sucursal Peruana Diferencia entre el canon determinado en los reportes de distribución de Perupetro y el re-cálculo efectuado tomando como base el valor de producción y los porcentajes de ley. Diferencias en proceso de conciliación. 135

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Cusco 2008 Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM (1) Compañía Lote Moneda Distribuido según Perupetro Gobiernos Locales 75% Gobierno Regional 25% Gobiernos Locales Gobierno Regional Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 2,720,333 2,040,250 680,083 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 17,648,335 13,236,251 4,412,084 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 2,720,333 2,040,250 680,083 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 17,648,335 13,236,251 4,412,084 Total Compañías Agregadas US$ 142,581,370 106,936,028 35,645,343 Total US$ 183,318,706 137,489,030 45,829,677 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 531,624,248 398,718,186 132,906,062 449,176,480 152,863,456 Porcentaje de participación 89% 87% 136

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias 2009 Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Distribuido según Perupetro Gobiernos Locales 75% Gobierno Regional 25% Gobiernos Locales Gobierno Regional Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 10,154,214 7,615,660 2,538,553 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 13,462,458 10,096,844 3,365,615 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 10,154,214 7,615,660 2,538,553 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 13,462,458 10,096,844 3,365,615 Total Compañías Agregadas US$ 165,319,177 123,989,383 41,329,794 Total US$ 212,552,522 159,414,391 53,138,130 Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 637,657,565 478,243,174 159,414,391 528,992,100 176,330,700 Porcentaje de participación 90% 90% 137

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias 2010 Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM Compañía Lote Moneda Distribuido según Perupetro Gobiernos Locales 75% Gobierno Regional 25% Gobiernos Locales Gobierno Regional Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 17,231,723 12,923,792 4,307,931 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 23,236,637 17,427,478 5,809,159 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 17,231,723 12,923,792 4,307,931 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 23,236,637 17,427,478 5,809,159 Total Compañías Agregadas US$ 283,338,883 212,504,162 70,834,721 Total US$ 364,275,603 273,206,702 91,068,901 Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 1,019,971,686 764,978,765 254,992,922 852,218,275 284,072,758 Porcentaje de participación 90% 90% 138

VII.4.2. Canon Gasífero Impuesto a la Renta Anualmente, SUNAT comunica al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) el monto anual declarado por Impuesto a la Renta de las compañías gasíferas. DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) determina el 50% de dicho monto a fin de que sea distribuido a los gobiernos locales y regionales. Considerando que el universo de compañías adheridas al Segundo Estudio es menor que el total de las compañías del Consorcio Camisea, el cual constituye el 100% de compañías que contribuyen con el canon gasífero, se ha recalculado el monto a distribuir por parte de las Compañías adheridas al Segundo Estudio y se ha comparado con los totales distribuidos oficialmente por PCM, verificando que estos últimos sean mayores que las cifras recalculadas. Cabe destacar, que se ha considerado como información de inicio para el recálculo, la información del Impuesto a la Renta recaudado mostrado en la sección VI.1 Impuesto a la Renta. 139

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias VII.4.3 Distribución Canon Gasífero Impuesto a la Renta Compañía Año 2008 Moneda Total Recaudado (1) 50% IR Recaudado Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú Gobierno Gobierno Local Regional 75% 25% Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 870,574 435,287 326,465 108,822 Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 18,076,407 9,038,203 6,778,652 2,259,551 Total Compañías Agregadas S/ 186,623,391 93,311,696 69,983,772 23,327,924 Distribuido por PCM Gobierno Local 75% Gobierno Regional 25% TOTAL 205,570,372 102,785,186 77,088,889 25,696,297 79,698,289 26,566,097 NOTAS 97% 97% 1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 2.926). Compañía Año 2009 Moneda Total Recaudado (1) 50% IR Recaudado Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú Gobierno Gobierno Local Regional 75% 25% Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 512,144 256,072 192,054 64,018 Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 40,696,210 20,348,105 15,261,079 5,087,026 Total Compañías Agregadas S/ 245,951,305 122,975,653 92,231,739 30,743,913 Distribuido por PCM Gobierno Local 75% (2) Gobierno Regional 25% (2) TOTAL 287,159,659 143,579,830 107,684,872 35,894,957 112,639,422 37,546,474 NOTAS 96% 96% 1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las empresas afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 3.012). 140

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Año 2010 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú Distribuido por PCM Compañía Moneda (1) Total Recaudado 50% IR Recaudado Gobierno Local 75% Gobierno Regional 25% Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 36,207,698 18,103,849 13,577,887 4,525,962 Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 86,899,011 43,449,506 32,587,129 10,862,376 Total Compañías Agregadas S/ 523,027,090 261,513,545 196,135,159 65,378,386 Gobierno Local 75% Gobierno Regional 25% TOTAL 646,133,799 323,066,900 242,300,175 80,766,724 - - NOTAS 1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las empresas afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 2.926). 2. A la fecha del presente Producto 3, el Canon Gasífero correspondiente a la recaudación del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2010, está pendiente de ser distribuido, debido a que la DGDFAS-MEF (antes DGAES-MEF), se encuentra en proceso de cálculo de los índices de distribución, luego de lo cual se procederá a su aprobación mediante Resolución Ministerial. 141

VII.5. Derecho de Vigencia El Derecho de Vigencia es distribuido por INGEMMET, quien también se encarga de su recaudación. Este organismo cuenta con el detalle de lo distribuido por distrito, por lo recaudado por las compañías. La distribución de los derechos de vigencia recaudados por INGEMMET se realiza al mes siguiente de haber sido recaudado. La base de datos de la distribución fue proporcionada por INGEMMET en hojas Excel, e indica entre otros datos, el período al cual corresponde el derecho de vigencia y el período en que fue realmente distribuido. Luego de identificar el monto distribuido por período (por los años 2008, 2009 y 2010), se ha procedido a verificar que el importe distribuido corresponde al 75% del importe recaudado por el mismo INGEMMET, debido a que según la legislación del Derecho de Vigencia ese es el porcentaje a distribuir entre los gobiernos locales (distritales) del área de influencia. El otro 25% está destinado a cubrir gastos operativos de INGEMMET y el MEM. Monto distribuido por el período = 75% Monto recaudado por el período 142

Cuadro General de la distribución de los Derechos de Vigencia por los períodos 2008 2010 El presente cuadro muestra la comparación entre los totales para el período en revisión (2008 2010) de los importes recaudados contra los distribuidos. Según la metodología de distribución de INGEMMET, el 75% del monto recaudado, deberá ser distribuido a los distritos que se encuentran dentro del área de influencia. El otro 25% se destina para gastos operativos de INGEMMET. Nro. Compañía Monto según distribución INGEMMET 2008-2010 (USD $) Monto según recaudación Relación % INGEMMET 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 272,292 449,154 61% (i) 2 Anglo American Michiquillay S.A. 76,398 102,462 75% 4 Anglo American Quellaveco S.A. 487,088 661,449 74% 5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 3,002,301 4,196,848 72% 6 Compañía Minera Antamina S.A. 378,564 504,750 75% 7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 27,576 39,931 69% (i) 8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 917,900 1,276,775 72% 9 Compañía Minera Poderosa S.A. 591,822 801,451 74% 10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 21,088 29,046 73% 11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 532,031 728,680 73% 12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 652,954 941,498 69% (i) 13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 788,572 1,149,763 69% (i) 14 Minera Pampa de Cobre S.A 484,302 657,543 74% 15 Minera Yanacocha S.R.L. 1,885,666 2,517,226 75% 16 Minsur S.A. 793,145 1,098,491 72% 17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 38,475 51,300 75% 18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 399,601 547,065 73% 19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 1,436,916 1,992,946 72% 20 Xstrata Tintaya S.A. 688,749 918,332 75% Compañías Agregadas (ii) 3,966,072 5,259,319 75% Total 17,441,512 23,924,029 73% Ref NOTAS (i) (ii) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET. Detalle de Compañías Agregadas: - Lumina Copper S.A.C. - Gold Fields La Cima S.A.A. - Castrovirreyna Compañía Minera S.A. - Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. - Compañía Minera Argentum S.A. - Compañía Minera Condestable S.A. - Compañía Minera Raura S.A. - Minera Bateas S.A.C. - Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca - Sociedad Minera El Brocal S.A.A. - Compañía Minera Ares S.A.C. - Minera Suyamarca S.A.C. - Volcan Compañía Minera S.A.A. 143

2008 Nro. Compañía Monto según distribución INGEMMET Año 2008 (USD $) Monto según recaudación Relación % INGEMMET 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 74,228 98,970 75% 2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,316 34,354 74% 4 Anglo American Quellaveco S.A. 147,963 199,783 74% 5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,100,618 1,508,505 73% 6 Compañía Minera Antamina S.A. 122,888 163,850 75% 7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 8,914 13,681 65% (i) 8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 310,899 425,183 73% 9 Compañía Minera Poderosa S.A. 163,921 218,561 75% 10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 5,493 7,324 75% 11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 151,439 212,120 71% 12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 227,453 332,233 68% (i) 13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 100,965 181,293 56% (i) 14 Minera Pampa de Cobre S.A 154,212 206,167 75% 15 Minera Yanacocha S.R.L. 626,968 826,573 76% 16 Minsur S.A. 261,313 362,818 72% 17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75% 18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 126,569 179,361 71% 19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 528,089 733,957 72% 20 Xstrata Tintaya S.A. 197,685 263,580 75% Compañías Agregadas (ii) 1,384,440 1,772,138 78% Total 5,732,198 7,757,551 74% Ref NOTAS (i) (ii) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET. Detalle de Compañías Agregadas: - Lumina Copper S.A.C. - Gold Fields La Cima S.A.A. - Castrovirreyna Compañía Minera S.A. - Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. - Compañía Minera Argentum S.A. - Compañía Minera Condestable S.A. - Compañía Minera Raura S.A. - Minera Bateas S.A.C. - Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca - Sociedad Minera El Brocal S.A.A. - Compañía Minera Ares S.A.C. - Minera Suyamarca S.A.C. - Volcan Compañía Minera S.A.A. 144

2009 Nro. Compañía Monto según distribución INGEMMET Año 2009 (USD $) Monto según recaudación Relación % INGEMMET 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 62,582 83,442 75% 2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,766 34,354 75% 4 Anglo American Quellaveco S.A. 147,963 199,783 74% 5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 904,581 1,243,604 73% 6 Compañía Minera Antamina S.A. 126,713 168,950 75% 7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 9,331 13,125 71% 8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 261,922 357,809 73% 9 Compañía Minera Poderosa S.A. 202,444 269,942 75% 10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 5,309 7,089 75% 11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 171,867 238,260 72% 12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 206,150 288,620 71% 13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 265,290 402,380 66% (i) 14 Minera Pampa de Cobre S.A 155,645 207,982 75% 15 Minera Yanacocha S.R.L. 606,032 811,043 75% 16 Minsur S.A. 258,513 349,406 74% 17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75% 18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 134,075 179,697 75% 19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 467,736 647,766 72% 20 Xstrata Tintaya S.A. 201,060 268,080 75% Compañías Agregadas (ii) 1,231,500 1,661,956 74% Total 5,457,304 7,450,388 73% Ref NOTAS (i) (ii) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET. Detalle de Compañías Agregadas: - Lumina Copper S.A.C. - Gold Fields La Cima S.A.A. - Castrovirreyna Compañía Minera S.A. - Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. - Compañía Minera Argentum S.A. - Compañía Minera Condestable S.A. - Compañía Minera Raura S.A. - Minera Bateas S.A.C. - Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca - Sociedad Minera El Brocal S.A.A. - Compañía Minera Ares S.A.C. - Minera Suyamarca S.A.C. - Volcan Compañía Minera S.A.A. 145

2010 Nro. Compañía Monto según distribución INGEMMET Año 2010 (USD $) Monto según recaudación Relación % INGEMMET 1 Anglo American Exploration Perú S.A. 135,482 266,742 51% (i) 2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,316 33,754 75% 4 Anglo American Quellaveco S.A. 191,162 261,883 73% 5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 997,102 1,444,739 69% (i) 6 Compañía Minera Antamina S.A. 128,963 171,950 75% 7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 9,331 13,125 71% 8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 345,079 493,783 70% (i) 9 Compañía Minera Poderosa S.A. 225,457 312,948 72% 10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 10,286 14,633 70% 11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 208,725 278,300 75% 12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 219,351 320,645 68% (i) 13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 422,317 566,090 75% 14 Minera Pampa de Cobre S.A 174,445 243,394 72% 15 Minera Yanacocha S.R.L. 652,666 879,610 74% 16 Minsur S.A. 273,319 386,267 71% 17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75% 18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 138,957 188,007 74% 19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 441,091 611,223 72% 20 Xstrata Tintaya S.A. 290,004 386,672 75% NOTAS (i) (ii) Compañías Agregadas (ii) 1,350,132 1,825,225 74% Total 6,252,010 8,716,090 72% Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET. Detalle de Compañías Agregadas: - Lumina Copper S.A.C. - Gold Fields La Cima S.A.A. - Castrovirreyna Compañía Minera S.A. - Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. - Compañía Minera Argentum S.A. - Compañía Minera Condestable S.A. - Compañía Minera Raura S.A. - Minera Bateas S.A.C. - Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca - Sociedad Minera El Brocal S.A.A. - Compañía Minera Ares S.A.C. - Minera Suyamarca S.A.C. - Volcan Compañía Minera S.A.A. Ref 146

A continuación se presentan los cuadros finales correspondientes a la distribución de Derechos de Vigencia por Compañías de acuerdo con los departamentos beneficiados (en nuevos soles): Anglo American Exploration Perú S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Apurímac 14,376 9,030 9,030 Arequipa 22,370 16,070 24,845 Ayacucho 7,650 7,650 7,650 Moquegua 26,682 26,682 26,682 Tacna 3,150 3,150 67,275 TOTAL 74,228 62,582 135,482 Anglo American Michiquillay S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Cajamarca 16,541 16,991 16,541 La Libertad 8,775 8,775 8,775 TOTAL 25,316 25,766 25,316 Anglo American Quellaveco S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Moquegua 136,035 134,320 177,519 Tacna 11,928 13,643 13,643 TOTAL 147,963 147,963 191,162 147

Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 6,750 6,750 - Apurímac 58,976 60,280 82,306 Arequipa 196,724 189,253 193,559 Ayacucho 248,621 124,260 144,936 Cajamarca 20,849 2,893 8,072 Cusco 5,400 21,166 19,366 Huancavelica 314,286 224,470 210,065 Huánuco 15,122 15,122 12,422 Ica 15,470 13,158 15,795 La Libertad 376 376 - Lima 43,493 43,064 53,610 Moquegua 31,834 93,260 105,634 Pasco 48,471 53,459 52,087 Piura 79,625 40,221 29,721 Puno 8,550 10,778 64,328 Tacna 6,074 6,071 5,198 TOTAL 1,100,621 904,581 997,099 Compañía Minera Antamina S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 92,850 96,338 98,588 Huánuco 30,038 30,375 30,375 TOTAL 122,888 126,713 128,963 Compañía Minera Atacocha S.A.A Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Lima 207 207 207 Pasco 8,707 9,124 9,124 TOTAL 8,914 9,331 9,331 148

Compañía Minera Milpo S.A.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 120,658 105,363 125,471 Arequipa 17,100 17,100 17,100 Ayacucho 225 15 23,394 Cajamarca 4,050 3,150 6,060 Cusco - - 4,725 Huancavelica 30,702 25,207 36,102 Huánuco 16,875 16,875 14,363 Ica 26,674 30,966 31,624 Junín 250 250 475 La Libertad 3,864 3,864 16,224 Lambayeque 2,925-5,175 Lima 39,925 37,449 38,349 Moquegua 4,932 2,700 2,700 Pasco 40,488 18,983 21,517 Piura - - 1,800 Tacna 2,231 - - TOTAL 310,899 261,922 345,079 Compañía Minera Poderosa S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 3,703 3,706 3,706 Cajamarca 900 900 900 Huánuco 4,500 4,500 4,500 La Libertad 133,619 171,017 175,805 Lima 2,228 2,228 20,453 San Martin 18,969 20,094 20,094 TOTAL 163,919 202,445 225,458 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash - - 4,073 La Libertad 1,011 1,013 1,013 Lima 4,480 4,297 5,201 TOTAL 5,491 5,310 10,287 149

Consorcio Minero Horizonte S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Amazonas 33,373 35,231 35,016 Ancash 14,102 14,102 14,102 Apurímac 9,000 26,550 46,868 Arequipa 2,969 72 72 Ayacucho - - 3,600 Cajamarca 1,200 1,200 769 Cusco 30,839 27,000 27,000 Huancavelica - - 3,600 Huánuco - 1,800 1,800 La Libertad 51,784 56,840 66,826 Pasco - 900 900 Puno 8,172 8,172 8,172 TOTAL 151,439 171,867 208,725 Empresa Minera Los Quenuales S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 17,884 10,136 10,459 Apurímac 3,150 3,150 3,150 Ayacucho 6,969 6,747 5,847 Cusco 450 450 450 Huancavelica 8,325 5,850 3,150 Huánuco 675 675 675 Ica 3,938 4,500 4,500 Junín 2,901 2,901 4,026 La Libertad 1,800 1,800 1,800 Lima 152,355 142,689 155,489 Pasco 21,582 21,402 21,402 Puno 5,850 5,850 8,404 Tacna 1,573 - - TOTAL 227,452 206,150 219,352 150

Minera Barrick Misquichilca S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 17,928 11,481 34,598 Apurímac 900 900 900 Ayacucho 8,966 8,966 5,366 Cajamarca 12,375 79,800 192,281 La Libertad 60,796 55,393 85,635 Lambayeque - 24,300 29,025 Piura - 84,450 69,112 Tacna - - 5,400 TOTAL 100,965 265,290 422,317 Minera Pampa de Cobre S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Arequipa 86,458 87,209 87,722 Moquegua 67,754 68,436 86,723 TOTAL 154,212 155,645 174,445 Minera Yanacocha S.R.L. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Cajamarca 626,181 605,245 646,253 Lambayeque 786 788 6,413 TOTAL 626,967 606,033 652,666 151

Minsur S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 10,575 7,762 6,638 Apurímac - - 2,250 Arequipa 12,825 12,825 18,675 Ayacucho 7,425 7,425 9,675 Cajamarca - 2,250 2,250 Cusco 16,875 17,550 17,550 Huancavelica 19,208 15,526 15,189 Ica 225 225 225 Junín - 1,800 - La Libertar 1,837 1,837 - Lima 19,514 9,501 9,726 Puno 143,665 145,897 161,977 Tacna 29,163 35,915 29,165 TOTAL 261,312 258,513 273,320 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Cajamarca 12,825 12,825 12,825 TOTAL 12,825 12,825 12,825 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Arequipa 126,220 133,726 138,608 Moquegua 349 349 349 TOTAL 126,569 134,075 138,957 152

Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 4,036 4,036 2,919 Apurímac 121,873 90,089 87,841 Arequipa 191,476 176,329 161,598 Ayacucho 32,384 28,293 28,293 Cajamarca 9,884 9,884 9,884 Cusco 4,941 4,941 4,941 Huancavelica 2,588 2,588 2,588 Ica - 8,810 8,810 La Libertad 15,525 15,525 8,775 Moquegua 95,293 86,560 81,948 Puno 1,575 1,575 4,613 Tacna 48,514 39,106 38,881 TOTAL 528,089 467,736 441,091 Xstrata Tintaya S.A. Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Apurímac - - 76,950 Arequipa 6,412 6,412 6,412 Cusco 191,273 192,960 204,954 Puno - 1,688 1,688 TOTAL 197,685 201,060 290,004 153

Compañías Agregadas: Monto Distribuido Departamento 2008 2009 2010 Ancash 31,771 30,871 30,871 Apurímac 102,175 89,452 119,328 Arequipa 253,857 247,461 254,273 Ayacucho 181,027 182,152 179,097 Cajamarca 24,764 21,029 21,040 Cusco 268,578 168,408 173,247 Huancavelica 41,475 38,933 52,419 Huánuco 15,045 12,109 12,173 Junín 126,767 121,043 138,426 La Libertad 14,607 13,300 8,243 Lima 126,932 112,470 127,739 Moquegua 12,493 12,493 12,493 Pasco 127,301 121,845 147,145 Puno 57,648 59,934 73,638 TOTAL 1,384,440 1,231,500 1,350,132 154

VIII. Conclusiones y recomendaciones finales sobre el Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú Las conclusiones de este Estudio están alineadas al objetivo del mismo que es efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que han realizado algunas compañías mineras, petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional, al Gobierno peruano, y los ingresos que han recibido de estas industrias extractivas diversos organismos del Gobierno peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período 2008-2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que se indican en la normatividad vigente del país. Asimismo, las recomendaciones están referidas a mejorar el proceso de conciliación de la recaudación y distribución, los cuales fueron materia del presente estudio. Este trabajo no ha incluido un análisis de los procesos de recaudación y distribución seguidos por las compañías e instituciones del Estado. VIII.1 Conclusiones VIII.1.1 Conclusiones del estudio de conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de estas compañías los organismos del Estado En la conciliación del Impuesto a la Renta, no se encontraron diferencias entre lo declarado como pagado por las compañías y lo reportado como recaudado por la SUNAT. En la conciliación de las Regalías Mineras, encontramos diferencias inmateriales en los años 2008, 2009 y 2010. Dichas diferencias representan el 0.009% del total conciliado por ese rubro y menos del 0.001% del total conciliado en el Estudio. En la conciliación de las Regalías de Hidrocarburos, encontramos diferencias Inmateriales en los años 2008, 2009 y 2010. Dichas diferencias representa 0.001% del total conciliado por ese rubro y menos del 0.001% del total conciliado en el Estudio. En la conciliación de los Derechos de Vigencia, encontramos diferencias que corresponden principalmente a reportes de pagos de denuncios mineros por parte de las compañías que no registran titularidad de las mismas; asimismo, identificamos denuncios mineros de titularidad de las compañías adheridas al Estudio cuyos derechos de vigencia habrían sido pagados por terceros; por otra parte, las diferencias también corresponden a la utilización de tipos de cambio promedio para la conversión de las cifras reportadas en Nuevos Soles para efectos de la conciliación. Asimismo, ciertas diferencias se originan por inconsistencias encontradas en los registros de INGEMMET. El total de las diferencias netas representan el 3.939% del total de los montos conciliados por ese rubro y menos del 0.009 % del total conciliado en el Estudio. 155

VIII.1.2 Conclusiones del estudio de conciliación de los ingresos recaudados por los organismos del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y local Debido a que la información oficial de la distribución del canon minero, petrolero y gasífero, sobrecanon petrolero y de las regalías mineras es preparada por los organismos del Estado de manera agregada, no detallando los importes a distribuir por los pagos realizados por las compañías aportantes y debido a que las 51 compañías adheridas al Estudio, no representan el 100% de la producción nacional de los recursos que extraen, se realizaron recálculos de las cifras distribuidas por compañía y se consideró como razonable que los resultados de dichos recálculos (según sea el caso), sean menores o iguales a las cifras oficiales reportadas por las instituciones públicas correspondientes (PCM e INGEMMET). De esta revisión se obtuvo que para el caso de Canon Minero, Regalías Mineras, Canon y Sobrecanon Petrolero y Canon Gasífero, los resultados de los recálculos fueron menores o iguales que las cifras reportadas por PCM, guardando coherencia con la metodología planteada en el párrafo anterior. Por otra parte, respecto a la conciliación de los Derechos de Vigencia recaudados por INGEMMET y los importes distribuidos por este mismo organismo a nivel central, regional y local, se determinó que el monto distribuido por INGEMMET, en la mayor parte de los casos, representa el 75% de los importes recaudados según lo indica su normatividad. La distribución no necesitó recalcularse ya que dicha información fue presentada por INGEMMET para las compañías adheridas al Estudio. VIII.1.3 Conclusiones del estudio de conciliación respecto a la participación de las compañías adheridas al Estudio Se ha obtenido en este Segundo Estudio de Conciliación la participación de 51 compañías del sector extractivo peruano (18 compañías del subsector hidrocarburífero y 33 compañías del sector minero). Esto representa un incremento del 54.5% respecto al Primer Estudio realizado en 2009. 156

VIII.1.4 Conclusiones del estudio de conciliación respecto de los niveles de materialidad propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE Perú En el presente Estudio, se puede observar que se han alcanzado los niveles de materialidad respecto del valor de la producción nacional por subsector propuestos en los Términos de Referencia, vale decir, mayor al 75% en el caso del subsector minero (86.94% en 2008, 84.41% en 2009 y 83.42% en 2010) y al 85% en el caso del sector hidrocarburífero (88.06% en 2008, 89.73 en 2009 y 90.33% en 2010). Asimismo, se ha logrado la participación de la totalidad de las compañías cuya producción superara el 2% de participación en el valor de la producción nacional (para el caso del subsector minero y petrolero) y 1% (para el caso del subsector gasífero). VIII.2 Recomendaciones Si bien el proceso de conciliación fue eficaz en tanto se lograron los objetivos planteados en el Estudio, con la información proporcionada por las instituciones públicas y las compañías a continuación detallamos algunas recomendaciones orientadas a incrementar la eficiencia de futuros procesos de conciliación en el marco del Estudio ITIE Perú. VIII.2.1 Recomendaciones para mejorar el proceso de conciliación Concepto Observación Recomendación Derecho de Vigencia INGEMMET no hace seguimiento de la titularidad de los denuncios mineros. Es decir, podría ser posible que ciertas compañías exploren y/o exploten denuncios sin comunicarlo oportunamente a INGEMMET. Esta situación dificulta el estudio de conciliación. Se recomienda que INGEMMET considere implementar un control de seguimiento y cruce de información con la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, respecto de la titularidad de los denuncios mineros (para el caso de la gestión de los derechos de vigencia). Generales A efectos de hacer uniforme la conciliación, se han creado formatos para la recolección de la información de los conceptos a conciliar y tipos de participantes en el Estudio (compañías e instituciones públicas). Sin embargo, para los casos de Impuesto a la Renta, Regalía Minera y Derechos de Vigencia, dichos formatos no han sido utilizados por parte de las instituciones públicas correspondientes. Se recomienda, a fin de uniformizar la información requerida, que la Comisión de Trabajo comprometa en futuros estudios a las instituciones públicas a la utilización de las herramientas proporcionadas por el conciliador para poder realizar una conciliación de manera más eficiente. 157

VIII.2.2 Recomendaciones para los próximos estudios de conciliación de acuerdo con las normas ITIE recomendados Concepto Observación Recomendación Comunicación de objetivos del Estudio al personal clave de las Compañías adheridas El nivel de conocimiento del personal clave de las compañías participantes del Estudio aún es limitado, requiriendo procesos de sensibilización informales. Si bien es cierto que la Comisión brinda la información suficiente y necesaria a los representantes de las Compañías adheridas, esta información aún no se encuentra adecuadamente difundida al interior de las Compañías. Se recomienda para futuros estudios de conciliación en el Perú, difundir y canalizar mejor la información al siguiente personal clave dentro de las compañías a fin de que brinden apropiadamente la información requerida: - Gerente Legal o de Asuntos Regulatorios - Gerente Financiero - Contador General - Jefe de Impuestos Exposición de las cifras pagadas por las compañías Actualmente, y para efectos de la realización del presente Estudio, la Comisión de Trabajo de la ITIE Perú acordó que la información relacionada con los pagos realizados por las compañías, pudiesen ser mostrados de manera desagregada, vale decir, mostrando las cifras por compañía, o de manera agregada, vale decir, mostrando un monto total por grupo de compañías. Esto de acuerdo a la voluntad de las compañías adheridas al Estudio. Se recomienda que para futuros estudios de conciliación en el Perú, la Comisión de Trabajo de la ITIE promueva la exposición de manera detallada por compañía de las cifras correspondientes a los pagos realizados por los conceptos relacionados con el objeto del estudio. Información sobre Volúmenes de los ingresos del Estado En los casos en los cuales los ingresos del Estado se relacionen con las cantidades de recursos extraídos, como por ejemplo en el caso de las regalías, no se han obtenido los montos de los volúmenes de recursos que los generan. En el presente Estudio sólo se ha obtenido información sobre montos recaudados. Se recomienda considerar en adición a los montos valorizados, los volúmenes de los recursos que los generan en futuros estudios de conciliación, a fin de cubrir mejor los requerimientos de la iniciativa del ITIE. 158

IX. Información de carácter informativa propuesta por la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú A través de los Términos de Referencia del presente Estudio, así como requerimientos formales propuestos con fecha posterior a dichos Términos, la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú, manifestó su voluntad de incluir en el presente informe, información de carácter enunciativo relacionado a conceptos extraordinarios que a continuación detallamos: - Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo PMSP (también conocido como Aporte Minero Voluntario) por el período 2007 al 2011. - Contratos de Servicios Petroleros por el período 2008 al 2010. Cabe destacar que Ernst & Young no ha realizado ningún tipo de procedimiento relacionado a verificar la validez de esta información (conciliación, revisión, auditoría, entre otros). Se ha limitado a la compilación de información provista por la citada Comisión de Trabajo. A continuación se presenta el desarrollo de los conceptos mencionados: 159

IX.1 Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP) Antecedentes Debido al alza de los precios internacionales de los minerales de una manera extraordinaria, el Gobierno Peruano propuso a las compañías mineras en etapa de explotación que realicen un aporte voluntario durante 5 años, en la medida en que en este periodo la coyuntura favorable de precios se mantenga, con el propósito de ser un soporte adicional al Estado en el esfuerzo que realiza en la lucha contra la pobreza. En el mes de Diciembre del 2006, compañías mineras privadas y Estado conjuntamente, definieron la estructura de aplicación de este programa y dieron forma a un convenio modelo entre ambos, el cual se oficializa mediante decreto supremo D.S. 071-2006/EM y su modificatoria D.S. 033-2007/EM (mediante el cual se trata de agilizar los procesos para la ejecución de los programas y proyectos, que se habían convenido para el Aporte Voluntario), emitidos y publicados el 21 de diciembre del 2006 y 01 de julio del 2007, respectivamente. Lo anterior, da lugar al nacimiento del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP), el cual es un aporte de naturaleza voluntaria, extraordinaria y temporal (5 años) y de carácter privado que comúnmente es conocido como Aporte Voluntario. A través de este programa se formalizó el compromiso entre el Estado y las compañías mineras, cuyo objetivo principal fue promover el desarrollo social y mejorar las condiciones de vida de las poblaciones ubicadas en las áreas de influencia de las compañías mineras. Objetivo del PMSP El PMSP es un mecanismo por el cual las compañías crean un Fondo monetario Local y Regional financiado por sus respectivos aportes, independientemente de sus obligaciones tributarias, para contribuir con los esfuerzos públicos y privados de lucha contra la pobreza. Formalización de los aportes Para formalizar el aporte, las compañías mineras suscribieron convenios individuales con el Estado. La condición para que las compañías aporten al PMSP, estuvo en función de haber suscrito el convenio con el Estado Peruano, que los precios de los metales se mantengan por encima de los precios de referencia acordados, y que al mismo tiempo sus compañías registren utilidades. De cumplirse las condiciones señaladas, las compañías que suscribieron el convenio del PMSP, efectuarían los Aportes Voluntarios por los 5 años de vigencia del Convenio, efectivizándose el primer aporte en abril de 2007 y el último en abril de 2011. Administración de los aportes La administración de los fondos aportados por las compañías, y a efectos de segregarlos de su propio patrimonio, se realizó mediante la conformación de asociaciones sin fines de lucro o fideicomisos, según decisión de las compañías. En esta medida, los rendimientos financieros de estos Fondos le pertenecen a sus administradores y debieron ser utilizados en la ejecución de proyectos hasta que se agoten los 160

fondos; es decir, los recursos no utilizados acumulan y deben ser utilizados hasta que se agote el Fondo totalmente. Destino de los aportes De acuerdo a lo estipulado D.S. N 071-2006-EM y su modificatoria, que contiene el Convenio Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo, se establecen los rubros en que se deben orientar las obras, programas y/o proyectos que serán ejecutados con los fondos locales y regionales, estableciéndose además la prioridad de ejecución de los mismos. Asimismo, en los Convenios las compañía minera firmante indica claramente los lugares en donde se invertirá el fondo local y regional al que está aportando. El convenio establece nueve líneas de intervención en las cuales los recursos pueden ser usados estableciendo la condición particular de que al menos el 30% de los recursos sean utilizados en proyectos de Nutrición, Educación y Salud. Los rubros de inversión establecidos son: 1) Nutrición de menores, principalmente de 0 a 5 años de edad y madres gestantes. 2) Educación primaria y programas de apoyo educativo y capacitación técnica. 3) Salud. 4) Desarrollo y fortalecimiento de capacidades de gestión públicas para la identificación y viabilidad de proyectos orientados a agilizar el uso de otros recursos como el canon minero, la regalía minera y demás recursos disponibles. 5) Apoyo y desarrollo en la promoción de cadenas productivas y/o de proyectos de desarrollo sostenido más allá de la vida útil de la operación minera. 6) Infraestructura básica de energía eléctrica; agua, saneamiento y desarrollo; mantenimiento y reparación de vías de acceso y caminos rurales. 7) Obras de impacto local y regional, con uso intensivo de mano de obra no especializada de la localidad, gestionadas por la población, comunidad o autoridad local, que sean consideradas prioritarias por éstas, en beneficio de la salud y calidad de vida de la población y/o comunidad. 8) Complementar recursos económicos de terceros o del Estado tales como el canon minero, la regalía minera y otros recursos disponibles, para el diseño y la ejecución de Proyecto (s). 9) Otros proyectos, luego de haber atendido los anteriores, preferentemente el desarrollo sostenible. Gestión del PMSP Las compañías mineras transfirieron a un fideicomiso, asociación civil u otra organización jurídica, el monto que corresponde a su Aporte Voluntario del año, luego de que sus Estados Financieros del Ejercicio hayan sido Auditados y la Junta General de Accionistas lo haya aprobado, por lo general esto se realizó a finales de abril de los correspondientes años. Con el Aporte Voluntario de las compañías, se da lugar a la creación de dos fondos: El Fondo Minero Local y el Fondo Minero Regional. 161

1) El Fondo Minero Local; es aquel que se destina a las áreas de influencia directa de sus actividades. De acuerdo al caso puede abarcar varios centros poblados, distritos o provincias. 2) El Fondo Minero Regional: es aquel que se utiliza en la ejecución de proyectos en zonas de mayor pobreza dentro de la región o regiones donde la compañía desarrolla sus actividades. En el caso de los Fondos Regionales, se puede dar el caso que varias compañías de la Región decidan consolidar en uno el Fondo Regional y ejecutar proyectos conjuntos. Los Fondos Locales y Regionales, son administrados por una Comisión Técnica de Coordinación (CTC), constituida, caso por caso. En los CTC participan las autoridades municipales, distritales y/o provinciales, si fuese el caso del Fondo Local, o representantes de la autoridad regional, en el caso del Fondo Regional. Varía dependiendo de las zonas y compañías. Las CTC Locales y Regionales tenían el encargo de identificar proyectos, analizar su costo y recomendar su ejecución respetando las líneas de intervención establecidas y el orden de prioridades fijado en el Convenio. Es decir, en las regiones o distritos, los Comités Técnicos de Coordinación fueron los responsables de tomar las decisiones sobre los proyectos, programas y obras que se ejecutaron, quiénes y cómo lo hicieron. Cálculo del valor del Aporte Voluntario Se analizaba si el precio del mineral o minerales que la compañía produce se había mantenido en el año de evaluación, por encima del precio de referencia acordado en el Convenio. Si no era así, ese año la compañía no aporta al Fondo. Pero en el caso en que el precio haya estado por encima del precio referencial, se procede a hacer el cálculo tomando como base la utilidad neta anual de las compañías después del pago del impuesto a la renta y antes que se haya procedido a distribuir los dividendos. Es importante señalar que los fondos, el local y el regional, fueron calculados de modo independiente en base a lo estipulado en el Convenio correspondiente. El Fondo Minero Local pudo llegar a representar (dependiendo el monto a descontar por regalías) hasta el 2.75% de las utilidades de las compañías; en cambio el Fondo Minero Regional equivalió siempre al 1% de la utilidad neta anual después del Impuesto a la Renta. En el caso particular de este último Fondo, para el año 2007, es necesario indicar que el Gobierno estableció que el 4% del mismo fuese entregado directamente a la Comisión de la Verdad y Reconciliación, lo que se hizo, habiéndose transferido en dicha fecha un monto estimado de S/. 7 millones. 162