TALLER ASUNTOS HIDROCARBURIFEROS Y MINEROS. Vistahermosa (Meta) Milton Fernando Montoya 2013

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Qué procedimiento debe seguir la Oficina del Trabajo ante una queja presentada contra un empleador por infracción de normas laborales?

1 E N V I T E 2 R E C H I F L E T R I S T O N G O 3 P A L I Z A M O R M O S A 4 C H U C E A D A F U L E R A 5 G A R R O T E E M B R E T A D O

Transcripción:

TALLER ASUNTOS HIDROCARBURIFEROS Y MINEROS Vistahermosa (Meta) Milton Fernando Montoya 2013

EL SECTOR MINERO- ENERGÉTICO EN EL PLAN DE DESARROLLO 2010-2014

PUNTO DE PARTIDA: POTENCIAL

CRECIMIENTO PIB MINERO-ENERGÉTICO

INTERNACIONALIZACIÓN: EXPORTACIONES

DESARROLLO POR REGALÍAS

Fuente: DNP RETOS PND CONCRETOS HIDROCARBUROS

RETOS CONCRETOS EN MINERÍA Fuente: DNP

2. CUÁLES SON LAS FASES TÉCNICAS DE UN PROCESO HIDROCARBURIFERO / MINERO?

F U ENTE: ANH

SECTORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA UPSTREAM Se dedica a la Exploración y Explotación de los hidrocarburos DOWNSTREAM Realiza actividades de refinación, transporte y comercialización de los productos derivados del petróleo.

1. ETAPA: EXPLORACIÓN SISMICA QUÉ ES? Método para conocer las capas de rocas que se encuentran debajo de la tierra, emitiendo ondas de sonido a través de generadores de energía que son registrados a través de geófonos. Fuente: ANH

2 FASE: PERFORACIÓN EXPLORATORIA QUÉ ES? Etapa en la que se perforan pozos para llegar hasta la roca donde se pudieron acumular los hidrocarburos.

Fuente: ANH

3 ETAPA: PRODUCCIÓN QUÉ ES? Aquí se extraen los hidrocarburos desde la capa de roca hasta la superficie. 2 MECANISMOS: - Árbol de Navidad - Balancín

Fue Fuente: ANH

4 ETAPA: TRANSPORTE EN QUÉ CONSISTE? Se transportan los hidrocarburos desde la boca del pozo hasta los sitios de almacenamiento y procesamiento. COMO? -Oleoductos - Gaseoductos - Carrotanques - Buques

Fuente: ANH

5 ETAPA: REFINAMIENTO QUÉ ES? Es transformar el petróleo sometiéndolo a altas temperaturas para la obtención de productos derivados. ALGUNOS PRODUCTOS DERIVADOS - ACPM - Vaselina - Polietileno

FASES ACTIVIDAD MINERA Fuente: Así es la Minería. Ministerio de Minas.

BUENAS PRACTICAS EN EXPLOTACIÓN Fuente: Así es la Minería. Ministerio de Minas.

TRAMITES MINEROS Fuente: Así es la Minería. Ministerio de Minas. Fuente: Así es la Minería. Ministerio de Minas.

TRÁMITES MINEROS Fuente: Así es la Minería. Ministerio de Minas.

TRÁMITES MINEROS Fuente: Así es la Minería. Ministerio de Minas.

3. ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL SECTOR MINERO- ENERGÉTICO

MARCO INSTITUCIONAL DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS Ministerio de Minas y Energía Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) Ecopetrol*

ANH Unidad Administrativa especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía Es la encargada de administrar el recurso petrolero y por lo tanto de establecer los términos del contrato necesarios para la exploración y explotación.

4.RÉGIMEN DE REGALÍAS

ANTERIOR SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN FUENTE : ANH

NUEVO SISTEMA- ACTO LEGISLATIVO 5 DE 2011 FUENTE : ANH

5. ACTIVIDADES EN MATERIA DE HIDROCARBUROS EN EL AMEM

FUENTE: AMEM

8. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN EN LOS PROYECTOS MINEROS Y DE HIDROCARBUROS: LA CONSULTA PREVIA Y OTRAS

CONSULTA PREVIA Derecho fundamental, del cual son titulares los grupos étnicos del país: comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y gitanas. Lograr el consentimiento libre, previo e informado ante las medidas de intervención en territorios étnicos. MOMENTO: etapa de factibilidad o planificación del proyecto. Participación no sólo a la etapa previa del proceso, sino conforme a revisiones posteriores a corto, mediano y largo plazo Cumplimiento de medidas de mitigación e indemnización por los daños ocasionados.

ACCIÓN DE TUTELA ART 86 C.P. Decreto 2591 de 1991: - Toda persona puede reclamar judicialmente la protección de sus derechos fundamentales. NO PROCEDE: - Si existen otros recursos judiciales, salvo se requiera evitar perjuicio irremediable. - Si son derechos colectivos, salvo se requiera para evitar perjuicio irremediable. - Si ya se consumó el daño, salvo que continúe la acción vulneradora. PROCEDE CONTRA: - Acción u omisión de autoridades públicas - Acciones u omisiones de particulares: - Ente encargado de la prestación del ser vicio público de educación - Ente encargado de la prestación del ser vicio público de salud - Ente encargado de la prestación de ser vicios públicos - Cuando quien tutele se encuentre en situación de subordinación o indefensión respecto del particular - Contra particular que ejerza funciones públicas.

ACCIONES POPULARES DEFINICIÓN: Faculta a cualquier persona para acudir ante un juez competente, con el fin de solicitar la protección de los derechos e intereses colectivos, violados o amenazados, por una autoridad pública o por un particular. La acción popular puede ser preventiva, restitutoria e indemnizatoria. No necesita la intervención de un abogado para poder ejercerla.

DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS: 1. - El goce de un ambiente sano. 2. - La moralidad administrativa. 3. - Equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales 4. - La conser vación de las especies animales y vegetales. 5. - La protección de áreas de especial importancia ecológica y de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas. 6. - Los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y 7. restauración del medio ambiente. 8. - El goce del espacio públicos y la utilización y defensa de los bienes de uso público. 9. - La defensa del patrimonio público. 10. - La defensa del patrimonio cultural de la Nación. 11. - La seguridad y la salubridad públicas. 12. - La libre competencia económica. 13. - El acceso a los ser vicios públicos y a que su prestación sea eficiente y opor tuna. 14. - El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente. 15. - Los derechos de los consumidores y usuarios.

DERECHOS DE PETICIÓN Artículo 23 C.PC. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales. TÉRMINOS: 1. Quince (15) días hábiles para peticiones de interés general o particular. 2. Diez (10) hábiles para solicitudes de información. 3. Treinta (30) días hábiles para consultas en relación con materia a cargo de la entidad.

RECURSOS EN VÍA GUBERNATIVA CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Por regla general, contra los actos que pongan fin a las actuaciones administrativas procederán los siguientes recursos: 1. El de reposición, ante el mismo funcionario que tomó la decisión, para que la aclare, modifique o revoque. 2. El de apelación, para ante el inmediato superior administrativo, con el mismo propósito.

DERECHO A INTERVENIR EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS AMBIENTALES. Ley 99 de 1993. ARTÍCULO 69. Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, sin necesidad de demostrar interés jurídico alguno, podrá intervenir en las actuaciones administrativas iniciadas para la expedición, modificación o cancelación de permisos o licencias de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente o para la imposición o revocación de sanciones por el incumplimiento de las normas y regulaciones ambientales

Artículo 72º.- De las Audiencias Públicas Administrativas sobre Decisiones Ambientales en Trámite. El Procurador General de la Nación o el Delegado para Asuntos Ambientales, el Defensor del Pueblo, el Ministro del Medio Ambiente, las demás autoridades ambientales, los gobernadores, los alcaldes o por lo menos cien (100) personas o tres (3) entidades sin ánimo de lucro, cuando se desarrolle o pretenda desarrollarse una obra o actividad que pueda causar impacto al medio ambiente o a los recursos naturales renovables, y para la cual se exija permiso o licencia ambiental conforme a la ley o a los reglamentos, podrán solicitar la realización de una audiencia pública que se celebrará ante la autoridad competente para el otorgamiento del permiso o la licencia ambiental respectiva. La audiencia se celebrará con anticipación al acto que le ponga término a la actuación administrativa, bien sea para la expedición, la modificación o la cancelación de un permiso o licencia ambiental.

En la audiencia pública podrán intervenir un representante de los peticionarios, los interesados, las autoridades competentes, expertos y organizaciones sin ánimo de lucro que hayan registrado con anterioridad escritos pertinentes al debate, y de la misma se levantará un acta. En la audiencia podrán recibirse las informaciones y pruebas que se consideren conducentes. La decisión administrativa deberá ser motivada, teniendo en cuenta las intervenciones y pruebas recogidas durante la audiencia. La celebración de la audiencia suspende los términos del procedimiento administrativo para el otorgamiento de licencias o permisos y se hace sin perjuicio de las facultades atribuidas a la autoridad competente para expedir el acto administrativo correspondiente. También podrá celebrarse una audiencia pública, durante la ejecución de una obra que haya requerido permiso o licencia ambiental, cuando fuere manifiesta la violación de los requisitos exigidos para su otorgamiento o de las normas ambientales.

PUBLICIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Decreto 330 de 2007 MIN AMB. Artículo 1. Objeto. La audiencia pública ambiental tiene por objeto dar a conocer a las organizaciones sociales, comunidad en general, entidades públicas y privadas la solicitud de licencias, permisos o concesiones ambientales, o la existencia de un proyecto, obra o actividad, los impactos que este pueda generar o genere y las medidas de manejo propuestas o implementadas para prevenir, mitigar, corregir y/o compensar dichos impactos; así como recibir opiniones, informaciones y documentos que aporte la comunidad y demás entidades públicas o privadas. Artículo 2. Alcance. En la audiencia pública se recibirán opiniones, informaciones y documentos, que deberán tenerse en cuenta en el momento de la toma de decisiones por parte de la autoridad ambiental competente. Durante la celebración de la audiencia pública no se adoptarán decisiones. Este mecanismo de participación no agota el derecho de los ciudadanos a participar mediante otros instrumentos en la actuación administrativa correspondiente.

PUBLICIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Artículo 3. Oportunidad. La celebración de una audiencia pública ambiental procederá en los siguientes casos: a) Con anticipación al acto que le ponga término a la actuación administrativa, bien sea para la expedición o modificación de la licencia ambiental o de los permisos que se requieran para el uso y/o, aprovechamiento de los recursos naturales renovables; b) Durante la ejecución de un proyecto, obra o actividad, cuando fuere manifiesta la violación de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones bajo los cuales se otorgó la licencia o el permiso ambiental.

PUBLICIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Artículo 6. Evaluación de la solicitud. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de celebración de audiencia pública, la autoridad ambiental competente se pronunciará sobre la pertinencia o no de convocar su celebración.

BIBLIOGRAFÍA A D R I A N A M A R T I N E Z V I L L E G A S. P r o b l e m á t i c a S e c t o r i a l d e l L i c e n c i a m i e n t o A m b i e n t a l. E n : E v a l u a c i ó n d e l I m p a c t o A m b i e n t a. U n i v e r s i d a d E x t e r n a d o d e C o l o m b i a. B o g o t á, 2 0 1 2. A G E N C I A N A C I O N A L D E H I D R O C A R B U R O S. C a d e n a P r o d u c t i v a d e l o s H i d r o c a r b u r o s. B o g o t á, 2 0 0 8. D i s p o n i b l e e n h t t p : / / w w w. a n h. g o v. c o / e s / i n d e x. p h p? i d = 9 2 A G E N C I A N A C I O N A L D E H I D R O C A R B U R O S. C o n t r a t o s E & P y T E A S. B o g o t á, 2 0 1 3. D i s p o n i b l e e n h t t p : / / w w w. a n h. g o v. c o / e s / i n d e x. p h p A G E N C I A N A C I O N A L D E H I D R O C A R B U R O S. L a s R e g a l í a s e n e l S e c t o r d e l o s H i d r o c a r b u r o s. B o g o t á, 2 0 0 8. D i s p o n i b l e e n h t t p : / / w w w. a n h. g o v. c o / e s / i n d e x. p h p? i d = 9 2 A S O C I A C I Ó N C O L O M B I A N A D E P E T R O L E O. A C P H i d r o c a r b u r o s. E d i c i ó n 0 1 ( j u n i o - a g o s t o 2 0 1 2 ). D i s p o n i b l e e n h t t p : / / w w w. a c p. c o m. c o / a s s e t s / d o c u m e n t s / A s u n t o s % 2 0 P u b l i c o s / c o m u n i c a c i o n e s / P u b l i c a c i o n e s / R e v i s t a % 2 0 A C P. p d f C O R T E C O N S T I T U C I O N A L D E C O L O M B I A. S e n t e n c i a T - 1 2 9 d e 2 0 1 1. D i s p o n i b l e e n w w w. c o r t e c o n s t i t u c i o n a l. g o v. c o D E F E N S O R I A D E L P U E B L O. C a r t i l l a d e A c c i o n e s P o p u l a r e s y d e G r u p o. B o g o t á, 2 0 1 0. D i s p o n i b l e e n www.d e f e n s o r i a. o r g. c o / r e d / a n e x o s / p u b l i c a c i o n e s / c a p _ 2 0 0 7. p d f D E P A R T A M E N T O N A C I O N A L D E P L A N E A C I Ò N. E l S e c t o r M i n e r o- E n e r g é t i c o e n e l P l a n N a c i o n a l d e D e s a r r o l l o 2010-2 0 1 4. J e a n P h i l i p p e P e n i n g G a v i r i a. D i s p o n i b l e e n h t t p s : / / w w w. d n p. g o v. c o / L i n k C l i c k. a s p x? f i l e t i c k e t...t a b i d = 3 5 5 D E P A R T A M E N T O N A C I O N A L D E P L A N E A C I Ò N. E l P a p e l d e l a L o c o m o t o r a M i n e r o - E n e r g é t i c a e n l a s M e t a s d e l D e s a r r o l l o. D i s p o n i b l e e n h t t p s : / / w w w. d n p. g o v. c o / L i n k C l i c k. a s p x? f i l e t i c k e t... t a b i d = 8 2 I N S T I T U T O C O L O M B I A N O D E G E O L O G I A Y M I N E R I A. C a r t i l l a d e P a r t i c i p a c i ó n C i u d a d a n a. B o g o t á, 2008, D i s p o n i b l e e n h t t p : / / w w w. i n g e o m i n a s. g o v. c o / g e t a t t a c h m e n t / H o m e / c o m u n i c a c i o n e s / Q u i e n e s- S o m o s - / C a r t i l l a _ p a r t i c i p a c i o n _ c i u d a d a n a _ I n g e o m i n a s. p d f. a s p x M I N I S T E R I O D E M I N A S Y E N E R G Í A D E C O L O M B I A. A s í e s l a M i n e r í a. B o g o t á, 2 0 0 9. D i s p o n i b l e e n h t t p : / / w w w. s i m c o. g o v. c o / P o r t a l s / 0 / a r c h i v o s / C a r t i l l a _ M i n e r i a. p d f