PROTOCOLO ACOSO ESCOLAR O BULLYING
PROTOCOLO EN CASO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING La palabra bullying es una palabra de origen inglés, su significado fundamental es: acosar, molestar, hostigar, obstaculizar o agredir físicamente a alguien. Es un continuo y deliberado maltrato verbal y moral que recibe un niño o niña por parte de otro u otros, que se comportan con él/ella cruelmente con objetivo de someter, arrinconar, amenazar, intimidar u obtener algo de la víctima. Las características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia se cuentan: Se produce entre pares. Existe abuso de poder e imposición de criterios a los demás. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido. El bullying constituye una de las expresiones más graves de violencia y debe ser identificada, abordada y eliminada del espacio escolar de manera decidida y oportuna, con la participación de todos los actores de la comunidad educativa. En las situaciones de bullying se produce una dinámica relacional en la que están involucrados los agresores, agredidos y los espectadores. Diversos estudios han mostrado que, a su vez, muchos de estos roles se van intercambiando, es decir, un estudiante agresor puede ser, a su vez, agredido y viceversa. Las victimas de bullying suelen no hablar de su situación, porque temen represalias por parte de los agresores o imaginan que al explicar su condición serán aún más rechazados o aislados. 1 Este documento procura usar un lenguaje inclusivo de tal manera que las palabras que se usan no aluden directamente al género. Página 2
Los agresores no necesariamente gozan de popularidad entre sus compañeros, siendo en muchas ocasiones marginados y discriminados por aquellos, más bien, mantienen y refuerzan el control a través del uso de la fuerza y presentan dificultades para relacionarse con otros de manera asertiva, por lo que requieren de atención y apoyo tanto emocional como pedagógico. En la promoción de una sana convivencia escolar y en cumpliendo con la disposición de la Ley contra el bullying, que persigue atender situaciones de acoso escolar en los establecimientos educacionales, el Colegio San Agustín de Concepción ha adoptado el siguiente Protocolo de Actuación en caso de acoso escolar o bullying. Protocolo de Actuación Cuando en el Colegio San Agustín de Concepción se detecta un caso de bullying referido por un estudiante, padre o cualquier persona que así lo denuncie, se activa el siguiente protocolo: Primero: Detección a. Miembro de la comunidad educativa constata una situación de bullying e inmediatamente i. Aplica la pauta de Indicadores de urgencia que señala el Ministerio de Educación. Informa y alerta al Encargado de Convivencia Escolar, Coordinador de Ciclo, Orientador y Profesor Tutor de la situación. b. Afectado realiza denuncia de bullying a un miembro de la comunidad educativa, quien inmediatamente i. Aplica la pauta de Indicadores de urgencia que señala el Ministerio de Educación. Informa y alerta al Encargado de Convivencia Escolar, Coordinador de Ciclo, Página 3
Orientador y Profesor Tutor de la situación. Segundo: Evaluación documentada de la situación c. Miembro de la comunidad educativa que detecta o recibe la denuncia en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar i. Reúnen todos los antecedentes posibles acerca de la denuncia dentro de las primeras 24 horas. Informan de los antecedentes reunidos al Consejo de Dirección. Tercero: Adopción de medidas de urgencia para los implicados d. Miembro de la comunidad educativa que detecta o recibe la denuncia en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar informa a las familias de los afectados de los antecedentes disponibles antes de 48 horas. e. Encargado de Convivencia Escolar i. Deriva a atención médica si se requiere Informa de la situación a Carabineros, PDI, SENAME u otros, según corresponda: Cuarto: Diagnóstico f. Encargado de Convivencia Escolar realiza entrevista a los actores claves con el propósito de: i. Efectuar una reconstrucción de los hechos i Aplicar cuestionario recomendado por el MINEDUC Elaborar un informe concluyente con el propósito de informar al MINEDUC. Página 4
Quinto: Aplicación del Reglamento de Normas de Convivencia Escolar g. Encargado de Convivencia Escolar: i. Analiza los hechos a la luz del Reglamento de Normas de Convivencia Escolar del Colegio, solicitando asesoría a la respectiva Coordinación de Ciclo si procede. i iv. Emite informe que establece los antecedentes del hecho, las pruebas existentes, los artículos del Reglamento de Normas de Convivencia Escolar que han sido vulnerados y la o las sanciones que amerita. Informa al Consejo de Dirección de los resultados de la investigación a partir del informe elaborado. Informa al afectado y su familia de los resultados de la investigación y de la o las sanciones que amerita. Sexto: Plan de intervención. h. Encargado de Convivencia Escolar realiza registro psicosocial i. Encargado de Convivencia Escolar deriva al agredido como al agresor a la red de apoyo, lo que implica: i. Acoger y educar a la víctima. i Sancionar y educar al agresor. Emitir un informe final a los padres y apoderados con un resumen de las actividades de superación abordadas. Séptimo: Plan de Intervención seguimiento e informe final j. Encargado de Convivencia Escolar: i. Realiza acciones de monitoreo tanto para la víctima como el agresor ayudado por la Página 5
coordinación del ciclo como el profesor tutor. i iv. Efectúa reuniones con la coordinación de ciclo y profesor tutor con el propósito de evaluar el seguimiento. Promueve instancias de conciliación, mediación y reparación moral del daño causado. Evacúa informe final y lo hace llegar a Consejo de Dirección y a la autoridad correspondiente Revisión por el Consejo de Profesores el día 27 de julio de 2015. Actualización por el Consejo de Dirección el día 07 de agosto de 2015. Página 6
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