Sección Afiliados Ed. 27 Novedades Sección Tributaria Te lo explicamos de forma Simple Síguenos en:
CONTENIDO 02 03 04 SECCIÓN DE ACTUALIDAD Y NOVEDADES NUEVA REGULACIÓN SOBRE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DE TIEMPOS LABORALES 05 06 EDITORIAL LA UGPP EN EL NUEVO GOBIERNO AFILIACIONES Y APORTES MINSALUD ACLARA LA APLICACIÓN DE LA LICENCIA EN CASO DE ABORTO TRIBUTARIA LA UGPP PROPONE LA RESOLUCIÓN 922 1
Felipe Torrado / Socio Consultor exclusivo Simple EDITORIAL LA UGPP EN EL NUEVO GOBIERNO Mientras las comisiones de empalme de gobierno deliberan sobre los nuevos liderazgos y proyectos que involucran las entidades públicas y sus políticas, surge la pregunta sobre el destino de la UGPP la cual tiene una misión de clara trascendencia, ya que constituye una de las instituciones más influyentes en los entornos de recursos humanos y la hacienda pública, ya que metió en cintura el pago de aportes de la protección social con un rasero técnico a la altura de la más diestra autoridad tributaria, no sin despertar en el camino críticas sobre su gestión. De esta manera recibe el nuevo gobierno una entidad bien lograda, con adecuados estándares de eficiencia, que utiliza modernas metodologías de fiscalización y que ha generado un verdadero impacto tangible en materia de recaudo de aportes de la protección social, incrementando el recaudo anual en varios billones de pesos y quitándole por la misma vía, cargas a los recursos de la ley de presupuesto para cubrir los pasivos de los subsistemas del modelo de seguridad social. Para consolidar dicha sostenibilidad, se hace indispensable la estructuración de unas reglas que realmente conminen a independientes que tengan la condición de trabajadores por cuenta propia y rentistas de capital a realizar aportes en función de sus ingresos reales, ya que constituyen el grupo de personas con capacidad económica con menor participación en el modelo, y el ingreso de sus aportes podrían cerrar brechas en materia de aportes en salud. Dado lo anterior, se hace evidente la conveniencia de asegurar a toda costa la continuidad de la entidad y que se le siga utilizando como una herramienta que promueva el correcto funcionamiento financiero del sistema de protección social (seguridad social y parafiscales), lo cual constituye no el único pero si uno de los mas notorios problemas de sostenibilidad del sistema de la protección social. Nota: Las opiniones expresadas en este boletín, son de exclusiva responsabildad del autor y no representan necesariamente la opinión de Simple. Es así que el nuevo gobierno tendrá la oportunidad de capitalizar los retos inconclusos de la entidad y las posibilidades de enfocarse cerrar las brechas en materia de contribución de aportes de la protección social, pues aun cuando comparativamente seguimos convencidos de tener un modelo interesante en materia de seguridad social, es igualmente evidente que falta mejorar que lo hagan sostenible a largo plazo. 2
ACTUALIDAD Y NOVEDADES Nueva regulación sobre certificación electrónica de tiempos laborados Los sistemas de seguridad social a nivel mundial han buscado la unificación de bases de datos y sistemas de información que les permita determinar en tiempo real, el estado de las afiliaciones a los diferentes subsistemas, es decir, un sistema que les permita determinar si una persona se encuentra activa, numero de tiempos cotizados, si existe multiafiliación, beneficiarios, etc. En materia Pensional este tipo de herramientas resulta fundamental, teniendo en cuenta los diferentes regímenes pensionales con los que contábamos años atrás, y la tendencia a la unificación a cargo principalmente de Colpensiones, entre otras Entidades obligadas al pago El contar con una herramienta como esta facilita que las diferentes entidades que en algún momento estuvieron obligadas al pago de la mesada pensional realicen el reporte de información que reposa en sus bases de datos de manera más expedita, facilitando el reconocimiento de prestaciones económicas en un tiempo menor. Por lo anterior, a través del Decreto 726 de 2018 emitido por El Ministerio de Trabajo se crea el Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL), sistema que permitira la expedición de certificaciones de tiempos laborados y salarios por parte de las entidades públicas y privadas que se encuentren obligadas a la expedición de este tipo de documentos con destino a las entidades que reconozcan prestaciones pensionales. La creación de la herramienta anterior, permite que personas que durante su vida laboral prestaron servicios con entidades cuyo regimen pensional era distinto al contemplado en la Ley 100 de 1993, puedan obtener los certificados para el financiamiento de su mesada pensional para que las Administradoras de Fondo de Pensiones, Colpensiones o cualquier otra Entidad obligada al reconocimiento de prestaciones economicas, tenga el reporte de la información y pueda proceder al reconocimiento de la pensión de vejez o invalidez por origen comun, según sea el caso. Esta necesidad se plasma en los antecedentes del Decreto 726 de 2018, pues en los mismos se lee: Que es necesario determinar la herramienta a través de la cual se expedirán las certificaciones electrónicas de tiempos laborados y salarios, así como los mecanismos para su implementación, administración y la participación de los diferentes actores del Sistema General de Pensiones y modificar el Capítulo 2 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016. l 3
ACTUALIDAD Y NOVEDADES Aprobado proyecto de ley que permite sanear las finanzas a las Eps de las Cajas de Compensación familiar en crisis El Congreso de la República lanzó una tabla de salvación a las Cajas de Compensación Familiar del país, que prestan servicios en salud a través de sus respectivas EPS, que de tiempo atrás vienen atravesando dificultades financieras. La medida fue presentada como una solución a los problemas estructurales del Sistema de Seguridad Social en Salud, teniendo en cuenta el alto riesgo de permanencia en el Sistema de Subsidio Familiar que presentan las cajas de compensación. En efecto, el Senado aprobó el 26 de junio de 2018 el proyecto de ley que faculta a las Cajas de Compensación a destinar recursos para el saneamiento de pasivos en la salud y/o el cumplimiento de condiciones financieras aplicables a las EPS, el cual pasa a sanción presidencial. Con esta ley, se redireccionarán recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec) para pago de pasivos en salud. La presidente de Asocajas, Adriana Guillén ha manifestado ante los distintos medios que a diciembre de 2017 deuda NO POS a las EPS de las Cajas por parte de ADRES y entidades territoriales ascendía a 2.5 billones, una crisis financiera para los programas de salud operados por las Cajas de Compensación Familiar, asegura que es por esto que se hizo necesario la búsqueda de una solución que oxigenara la situación financiera con fuentes alternativas de obtención de recursos para garantizar prestación de los servicios y cuidar el patrimonio de las Cajas de compensación que son de todos los colombianos. 4
SECCIÓN DE AFILIACIONES Y APORTES. Minsalud aclara la aplicación de la licencia en caso de aborto El Ministerio de Salud y Protección Social mediante concepto juridico emitido 18 mayo de 2018, aclaró el reconocimiento de la licencia (llamada en la ley de maternidad en caso de aborto ), en relación con una solicitud de información relacionada con la modalidad que reconoce la interrupción voluntaria del embarazo, si bajo incapacidad médica, licencia de maternidad o licencia de aborto: Al respecto, el Ministerio aclara la naturaleza de la incacapacidad por enfermedad general, y en relación con esta, recuerda que el afiliado cotizante percibe un auxilio monetario a cargo del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que se liquida con base en el salario que devenga, a razón de las 2/3 partes por los primeros 90 días, y 1 2 por otros 90, de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo. Así mismo, resalta que mediante la expedición de la Circular Externa 024 de 2017, este Ministerio emitió: Directrices para el reconocimiento y pago de la licencias de maternidad y paternidad en el sistema general de seguridad social en salud - Ley 1822 de 2017, en la cual, respecto al reconocimiento y pago de las prestaciones económicas derivadas del aborto legal, indicó que si la madre gestante sufre un aborto o parto prematuro no viable, tendrá derecho a una licencia de maternidad de 2 a 4 semanas, que determinará el médico tratante. En conclusión, el tiempo que supere dicho término por razones de la salud de la madre, deberá ser tramitado como una incapacidad, para lo cual, las EPS o EOC realizarán los trámites de manera independiente. De otra parte, respecto a la licencia de maternidad refiere el Ministerio que se debe hacer alusión a lo previsto en el artículo 207 de la Ley 100 de 1993, el cual establece, que el régimen contributivo del SGSSS, reconocerá y pagará a cada una de las Entidades Promotoras de Salud - EPS, la licencia de maternidad. En tal sentido, vale la pena resaltar que ésta es una prestación económica que reconoce el Régimen Contributivo del SGSSS, la cual emana de las normas laborales. 6
La UGPP profiere la Resolución 922 de julio de 2018, mediante la cual fija el contenido y características técnicas que debe cumplir la información solicitada por la UGPP. No cabe duda de que la falta de entrega completa y oportuna de información a la UGPP es una de las causas mas frecuentes de sanciones a las empresas, dándose con cierta regularidad la discusión de si se entregó completa la información por efecto de estar todo conforme a los requerimientos de la UGPP. Con el propósito de aclarar y reglamentar lo concerniente a la entrega de información por parte de los aportantes, la UGPP profirió la resolución 922 de 2018, mediante la cual detalla los requisitos que se deben cumplir al diligenciar la información a entregar, en cuanto a los reportes de nómina, al balance a prueba, auxiliares contables y demás información solicitada por la entidad. TRIBUTARIA - En la entidad hay confianza en que esta nueva reglamentación disminuirá los casos en que los aportantes alegan un malentendido en relación con la entrega de la información a la UGPP, y mejorará el proceso de transferencia de datos para los procesos de fiscalización. 5
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