Fondo de Vivienda. Recupera el ahorro acumulado en tu Fondo de Vivienda!



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Transcripción:

Fondo de Vivienda Recupera el ahorro acumulado en tu Fondo de Vivienda!

Cómo se integra tu Fondo de Vivienda? El Fondo de Vivienda que administra el Infonavit, se integra con las aportaciones hechas por la empresa donde laboras -patrón- correspondientes al 5% de tu salario integrado -sueldo más prestaciones- y está formado por: El Fondo de Ahorro y La Subcuenta de Vivienda. Podrás disponer de tu Fondo de Vivienda: Al solicitar un crédito Infonavit para la compra de una vivienda de mayor valor, Al cumplir con los requisitos del retiro que establecen las leyes del Infonavit, del Seguro Social y del SAR. La forma de administrar estas aportaciones han sido diferentes en cada uno de los periodos, por lo que las cuentas del Fondo de Vivienda se clasifican de la siguiente manera: Fondo de Ahorro 72-92. Corresponde a las aportaciones patronales del periodo de mayo de 1972 a febrero de 1992. Administrado por el Infonavit, no generó rendimientos de acuerdo con la normatividad de ese periodo, Subcuenta de Vivienda 92-97. Constituida por las aportaciones patronales del periodo de marzo de 1992 a junio de 1997. La subcuenta fue administrada por los bancos y se otorgaron rendimientos, Subcuenta de Vivienda del 97 a la fecha. Integrada con las aportaciones que se realizaron a partir de julio de 1997. La información es administrada por las Afores (Administradoras de Fondos de Retiro). El Infonavit administra los recursos y generan rendimientos superiores a la inflación.

Si no sabes en qué Afore estás registrado, contacta a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), a través de www.consar.gob.mx o comunícate a Sartel: 01 800 500 0747 Tu Fondo de Vivienda sirve para: Incrementar tu capacidad de compra al momento de tramitar un crédito Infonavit, Liquidar un crédito que previamente hayas contratado con un banco o Sofol (Sociedad Financiera de Objeto Limitado), Reparar o remodelar una vivienda, Mejorar el monto de tu pensión cuando decidas jubilarte, Retirar o disponer de los recursos por parte tuya o de tus beneficiarios, Como garantía en caso de que obtengas un crédito con Apoyo Infonavit, o En garantía para que obtengas el crédito Renueva tu hogar. No aplica para el Retiro de Fondo 72-92.

Si no utilizaste tu crédito Infonavit, o ya lo liquidaste y existe un remanente, podrás recuperarlo! Retiro del Fondo de Ahorro 72-92 Podrás disponer de tu fondo en los siguientes casos: 1. Si tienes 50 años o más, y tienes un año o más sin trabajar, 2. Si cuentas con una resolución de pensión emitida por: 2.1. El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), 2.2. El ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado), 2.3. Algún plan privado de pensión o de la Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), 2.4. Alguna de las Secretarías de Salud de los estados, 2.5. Instituciones que otorgan pensión a sus empleados por incapacidad o invalidez. Lo anterior al cumplir con las normas aplicables en caso de: Cesantía por edad avanzada, Vejez, Invalidez definitiva, Incapacidad total permanente, Incapacidad parcial del 50% o más. 3. Fallece el titular, 4. Lo dicta un fallo o decisión judicial.

Para tramitar el retiro de este periodo: Podrás solicitar el retiro en Infonatel, por terminación laboral o resolución de pensión del IMSS. En los Centros de Servicio Infonavit (Cesi), por las causales anteriores o por la resolución de pensión derivada de un plan privado, o por defunción si eres beneficiario de un titular fallecido. En este caso podrás acudir al Cesi más cercano a tu domicilio. Comunícate previamente a Infonatel para que te informemos qué documentos requerirás, según la causal por la que solicites la devolución. En el caso específico de la devolución de Fondo del Ahorro por defunción, los beneficiarios deberán presentar la documentación que se indica a continuación y dependiendo del tipo de beneficiario que sea.

Documentos para la devolución de Caso 1: Cuando exista una resolución de la Comisión de Inconf deberá acompañarse con una identificación oficial vigente del b Para todos los demás casos: Documentos obligatorios para cualquier saldo Beneficiarios designados Viudez Los hijos que dependían económicamente del trabajador hasta el momento de su deceso Solicitud de devolución de recursos, Acta de defunción, Identificación oficial del beneficiario, Llame a Infonatel para verificar el monto de su saldo y saber si Carta de designación de beneficiarios, Acta de matrimonio, Acta de nacimiento del trabajador, Acta de nacimiento del beneficiario, Comprobante de aseguramiento de los padres ante el IMSS, ISSSTE o un plan privado Identificación oficial de dos testigos y carta firmada en la que reconozcan la relación de concubinato antes del deceso del trabajador titular, Resolución de pensión por viudez, Resolución de pensión por orfandad, Resolución de pensión de ascendientes.

Fondo de Ahorro por defunción: ormidades que ordene el pago. Cabe aclarar que la resolución eneficiario. Beneficiario: Concubinato Ascendientes que dependían económicamente del trabajador hasta el momento de su deceso Los hijos que no dependían económicamente del trabajador Los ascendientes que no dependían económicamente del trabajador tiene que agregar alguno de los siguientes documentos:

Una vez que hayas realizado el trámite para retirar el Fondo de Ahorro 72-92 y en atención a uno de nuestros Compromisos de Servicio, si no cumplimos con el plazo establecido de 10 días hábiles, te bonificaremos los días de retraso para compensar los gastos que te pudiéramos ocasionar. Proporciona un número telefónico para comunicarnos contigo y darte la línea de referencia para hacer válido el pago. Si tuviste una relación laboral del 1 de mayo de 1972 a febrero de 1992, contarás con tu Fondo de Ahorro al momento de tu retiro Retiro del saldo de la Subcuenta de Vivienda 92 Lo podrás retirar cuando tengas: 1. 65 años o más, 2. Una resolución de pensión del IMSS por: 2.1. Cesantía en edad avanzada, 2.2. Vejez, 2.3. Invalidez definitiva,

2.4. Incapacidad total permanente, 2.5. Incapacidad parcial del 50% o más, 2.6. Viudez, 2.7. Orfandad, 2.8. Ascendencia. 3. Una pensión por un plan privado registrado o no en la CONSAR. Los recursos del retiro, cesantía, vejez y vivienda 1997, permanecerán en la cuenta hasta que el IMSS defina la pensión de ley que corresponda, 4. Una resolución de pensión favorable o no, por parte del IMSS, 5. Un dictamen de alguna autoridad judicial. Para retirar este saldo acude a tu Afore; si no estás registrado, elige la de tu preferencia y presenta la siguiente documentación: Original y copia de la solicitud de disposición de recursos que te proporcione la Afore, Si estás inscrito en una Afore, presenta copia de cualquier documento que acredite el registro o traspaso en la Afore -solo en caso de que los recursos hayan sido traspasados a la Afore. Si no estás registrado en una Afore, un estado de cuenta del banco que administra tus recursos, Copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS, solo en caso de ser necesaria, En caso de pensión por plan privado, presentar constancia suscrita por tu empresa -el patrón- en la que haga saber que has adquirido el derecho a disfrutar de una pensión en los términos de un plan de pensiones 73, Identificación oficial: credencial de elector, pasaporte, cedula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional; si eres extranjero deberás presentar el documento migratorio correspondiente, En caso de fallecimiento, el beneficiario deberá presentar el comprobante de pago de la pensión.

Devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda 97 Qué es el saldo de la Subcuenta de Vivienda? Es el ahorro que acumulaste bimestre a bimestre, con las aportaciones que tu empresa -el patrón- realizó y que equivalen al 5% de tu salario integrado, a partir del cuarto bimestre de 1997. Quiénes pueden solicitar la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda? Los trabajadores beneficiados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, y que cuentan con una resolución de pensión emitida por el mismo Seguro Social en la que eligieron pensionarse mediante la ley de1973. En qué casos no aplica la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda? La devolución no aplicará para aquellos trabajadores que: Obtuvieron la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda, como consecuencia de una negativa de pensión, Obtuvieron la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda, como resultado de la ejecución de una demanda laboral o un amparo indirecto, Cuentan con un plan privado de pensión, Se beneficiaron con el régimen de la Ley del Seguro Social vigente (régimen de 1997). Cuánto será el monto de tu devolución? El monto a devolver será el equivalente a los recursos que se acumularon en su Subcuenta de Vivienda a partir del cuarto bimestre de 1997, más los rendimientos que obtuvo hasta el momento en que se transfirieron al Gobierno Federal.

Identifica a qué grupo de pensionados perteneces: Grupo 1 Personas que se pensionen a partir del 12 de enero del 2012. Grupo 3 Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite o que aún no cuenta con un laudo o resolución del juez. Estas personas deberán desistirse de su demanda laboral o juicio. Grupo 2 Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y que cuentan con un laudo o resolución a su favor. Grupo 4 Personas que no han solicitado la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda o que demandaron y tienen una resolución en contra. El grupo 1, podrá solicitar la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda a partir del 13 de febrero del 2012. No será necesario que realices trámites adicionales a los que actualmente se requieren para obtener la pensión, Los grupos 2 y 3, podrán obtener la solicitud para la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda, en nuestro portal de Internet o en Infonatel. Para el grupo 4, y de conformidad con la ley a más tardar el 11 de julio del 2012 se emitirán los lineamientos que deberás seguir para el proceso de la devolución que se llevará a cabo durante el 2012 y los primeros 6 meses del 2013.

Pasos a seguir: Grupo 1 1. Llena la solicitud de devolución que está disponible en el portal de Internet del Infonavit o vía telefónica en Infonatel, 2. Una vez validada tu solicitud de devolución, nos pondremos en contacto contigo para agendar una cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi), más cercano a tu domicilio, en la fecha y hora de tu conveniencia, 3. Acude a tu cita puntualmente con la documentación correspondiente, 4. Firma la carta de conformidad para que validemos tu identidad, cuenta bancaria y cantidad a devolver, 5. La cantidad correspondiente al saldo de la Subcuenta de Vivienda se depositará en la cuenta bancaria que nos proporcionaste. Podrás realizar el trámite por medio de tu Afore Grupo 2 1. Llena la solicitud de devolución que está disponible en el portal de Internet del Infonavit o vía telefónica en Infonatel, 2. Una vez validada tu solicitud de devolución, nos pondremos en contacto contigo para agendar una cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi), más cercano a tu domicilio, en la fecha y hora de su conveniencia, 3. Acude a tu cita puntualmente con la documentación correspondiente, 4. Firma la carta de conformidad para que validemos tu identidad, cuenta bancaria y cantidad a devolver, 5. La cantidad correspondiente al saldo de la Subcuenta de Vivienda se depositará en la cuenta bancaria que nos proporcionaste. Grupo 3 1. Tramita el desistimiento de tu demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o juzgado, 2. Llena la solicitud de devolución que está disponible en el portal de Internet del Infonavit o vía telefónica en Infonatel, 3. Una vez validada tu solicitud de devolución, nos pondremos en contacto con usted para agendar una cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi), más cercano a tu domicilio, en la fecha y hora de tu conveniencia,

4. Acude a tu cita puntualmente con la documentación correspondiente, 5. Firma la carta de conformidad para que validemos tu identidad, cuenta bancaria y cantidad a devolver, 6. La cantidad correspondiente al saldo de la Subcuenta de Vivienda se depositará en la cuenta bancaria que nos proporcionaste. Los titulares de la pensión deberán realizar personalmente el proceso de devolución. No lo podrán hacer terceros en su nombre, aun cuando tengan poder notarial. Por seguridad y confidencialidad, la cantidad a devolver se le informará única y exclusivamente al titular de la pensión durante su cita. En caso de fallecimiento podrán realizar el trámite o continuarlo los beneficiaros del titular, siempre y cuando presenten el documento Designación de beneficiarios emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o una autoridad judicial que los acredite como tales. Es muy importante que tomes en cuenta lo siguiente: Llena primero tu solicitud para agendar una cita en la oficina del Infonavit más cercana su domicilio, Si por cualquier causa deseas cambiar la fecha u hora de tu cita, podrás hacerlo hasta 48 horas antes; caso contrario, se cancelará automáticamente la cita, En caso de no acudir a tu cita en la fecha y hora programadas, se cancelará el proceso de devolución y deberás iniciar un nuevo trámite mediante la presentación de una nueva solicitud. No te dejes sorprender, ninguna persona ajena al Infonavit puede ofrecerte la solicitud de devolución, asignarte una cita o prometerte tu pago a cambio de una gratificación o comisión. Denuncia a cualquier persona que te solicite dinero a cambio de un servicio o trámite, en cualquiera de nuestros Centros de Servicio Infonavit (Cesi), en Infonatel o en nuestro portal de Internet.

Notas

Recuerda, en el Infonavit todos los trámites son gratuitos.

Papel 100% reciclado Infonatel 9171 5050 01 800 008 3900 www.infonavit.org.mx Envía desde tu celular, al 30900, tu Número de Seguridad Social o Número de Crédito, y consulta: El ahorro en tu Subcuenta de Vivienda, Si tienes acceso a un crédito, El saldo de tu crédito, El monto para liquidar tu crédito y si tienes descuento, El número de boletos con los que participarás en el Club Recompensas Mi Infonavit. Este servicio está disponible para usuarios Telcel, Iusacell, Unefon, Movistar y Nextel. Costos por mensaje: $1.00 IVA Incluido, 11% de IVA en ciudades fronterizas. Responsable del servicio GB Mobile. Soporte a clientes: 01800-006-4235 ysoporte@gbmobile.com.los operadores no son responsables de la publicidad. GPM-MAPA005-090412 Vigencia 2012