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Transcripción:

PRESENTACIÓN La Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, ha elaborado el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, en concordancia con los lineamientos, principios y procedimientos establecidos en el Decreto Ley N 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación y modificatoria Ley N 26510, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Decreto Supremo N 043-2006 - PCM, que señalan los lineamientos para la elaboración y aprobación del ROF, Decreto Supremo N 015-2002-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local; con la finalidad de dotar a la entidad de una organización estructurada y coherente con la normatividad vigente así como con su realidad circundante. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora N 315 - Educación UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, Distrito Trujillo, Provincia de Trujillo, Región La Libertad, es un documento técnico normativo de gestión institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo y al logro de su misión, visión, objetivos y metas en la gestión del servicio educativo en la jurisdicción de su competencia de la unidad de Gestión Educativa Local UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, los que han sido trazados acorde con la descentralización, desconcentración gradual y progresiva de la administración pública Contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades Por tanto, es importante considerar que esta organización no es rígida, pudiendo ser flexible, cambiante y evolutiva de acuerdo a los contextos de modernidad en la administración pública, necesitando una adecuada infraestructura, equipos y personal eficiente para el buen funcionamiento del mismo, con la finalidad de brindar un mejor servicio a la ciudadanía. El presente documento de gestión, será de uso estricto por los funcionarios y servidores competentes de manera correcta y acorde a ley, para el beneficio colectivo de los sectores de intervención de Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03-Trujillo Nor Oeste. 1

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LA NATURALEZA JURÍDICA, FINALIDADES, DEPENDENCIA Y JURISDICCIÓN Articulo. 1o.- De la Naturaleza Jurídica El presente Reglamento de Organización y funciones (ROF) constituye un instrumento normativo de Gestión Institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones Generales de la Entidad y las funciones Específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades La Unidad Ejecutora Educación N 315 UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, es una institución pública con personería Jurídica de derecho público con autonomía propia dentro de su competencia. Artículo. 2.- Son finalidades de la Unidad Ejecutora Educación N 315 UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste a) La Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional La Libertad, con autonomía en el ámbito de su competencia Es responsable de promover, coordinar y evaluar el servicio educativo que ofrecen las Instituciones y Programas Educativos en el ámbito de su jurisdicción. b) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica, institucional y administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonomía. c) Impulsar la cohesión social, articular acciones entre las instituciones públicas y las privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciar la organización de comunidades educadoras. d) Canalizar el aporte de los gobiernos municipales, las Instituciones de Educación Superior, las universidades públicas y privadas y otras entidades especializadas. e) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y por la Dirección Regional de Educación sobre la base de las políticas sectoriales Regionales. Artículo 3: Domicilio Legal. La Unidad Ejecutora Educación N 315 UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, tiene como domicilio legal en el Pasaje San Luis N 110- Distrito Trujillo, Provincia de Trujillo, Región La Libertad. Artículo 4: De la Dependencia. La Unidad Ejecutora N 315- Unidad de Gestión Educativa Local UGEL 03 Trujillo Nor Oeste,, depende institucional, presupuestal y administrativamente del Gobierno Regional y de la Dirección Regional de Educación La Libertad. 2

Artículo 5 : De la Jurisdicción La jurisdicción de la Unidad Ejecutora Educación UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, comprende los Distritos de Víctor Larco Herrera, Distrito de Huanchaco a excepción del Centro Poblado de El Milagro y la parte Norte de la Ciudad de Trujillo. Artículo 6: De las Funciones Generales CAPÍTULO II DE LAS FUNCIONES GENERALES Y BASE LEGAL Las funciones de la Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, son las siguientes, a) Contribuir a la formulación de la política educativa local, regional y nacional. b) Diseñar, ejecutar y evaluar los Proyectos Educativos Locales de su jurisdicción en concordancia con el Proyecto Educativo Regional La Libertad y Nacional, y con el aporte, en lo que corresponda, de los Gobiernos Locales c) Regular y supervisar las actividades y servicios que brindan las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, preservando su autonomía institucional. d) Asesorar la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional. e) Prestar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción f) Asesorar en la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto anual de las instituciones educativas. g) Conducir el proceso de evaluación y de ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de las Instituciones Educativas, en coordinación con la Dirección Regional de Educación. h) Promover la formación y funcionamiento de redes educativas como forma de cooperación entre centros y programas educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad. i) Apoyar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial j) Promover y ejecutar estrategias y programas efectivos de alfabetización, de acuerdo con las características socio-culturales de cada localidad. k) Impulsar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana. l) Formular, ejecutar y evaluar su presupuesto en atención a las necesidades de los centros y programas educativos y gestionar su financiamiento local, regional y nacional, m) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, asi como participar en la gestión para su construcción, remodelación, rehabilitación, mejoramiento, ampliación y mantenimiento, en coordinación y con el apoyo del gobierno local, regional, nacional e internacional. m) Promover y apoyar la diversificación de los currículos de las Instituciones Educativas en su jurisdicción. n) Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo y desarrollar programas de capacitación, así como brindar facilidades para la superación profesional. o) Promover y apoyar centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y 3 recreación, y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran.

p) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica que aporte al mejoramiento de la calidad del servicio educativo q) Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional. r) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. s) Informar a las entidades oficiales correspondientes y a la opinión pública, de los resultados de su gestión.» Artículo 7: De la Base Legal. CAPITULO III BASE LEGAL Las normas que sustentan el presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) son: a) Constitución Política del Perú. b) Ley N 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General. c) Ley N Ley de Bases de la Descentralización. d) Ley N 27867 Ley Orgánica del Gobierno Regional y su modificatoria Ley N 27902. e) Ley N 28273 Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos regionales y Locales. f) Ley 28926 Ley que regula el régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales. g) Ley N 28044, Ley General de Educación y su modificatoria Leyes N 28123, N 28302 y N 28329 h) Ley N 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria por Ley N 25212. i) Decreto Supremo N 019-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado y Su Modificatoria. j) Decreto Legislativo N 276, Ley De Bases De La Carrera Administrativa Y De Remuneraciones Del Sector Público Y Su Reglamento, Aprobado Por Decreto Supremo N 05-90-PCM. k) Decreto Supremo N 011-2012-ED Reglamento de la Ley General de Educación. k) Decreto Ley N 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N 26510. l) Decreto Supremo N 006-2012-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, n) Decreto Supremo N 043-2004-PCM; Aprueban Lineamientos para la Elaboración del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública. m) Resolución Ministerial N 298-2007-ED; Aprueban Normas Complementarias para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, p) Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria Ley N 27927. n) Ley N 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido ala Carrera Pública Magisterial y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 003-2008-ED y sus modificatorias aprobadas con Decretos Supremos N 020-2008-ED y 013-2009- ED. o) Decreto Supremo N 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa, s) Decreto Supremo N 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y 4 Funciones (ROF) de las entidades de la Administración Pública. p) Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

q) Ley N 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 en la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final, que dispone la creación de las nuevas Unidades Ejecutoras. r) Ley N 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. s) Ley N 28716 Ley de control Interno de las entidades del estado, y Resoluciones de Contraloría N 320-2006-CG y N 114-2003-CG. t) Decreto Regional N 012-2011-GRLL/PRE, crea la UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste y Resolución Ejecutiva Regional N 581-2012-GRLL/PFJE y su modificatoria Resolución Ejecutiva Regional N 1727-2012-GRLL/PR se resuelve aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Institucional del Gobierno Regional La Libertad, dentro de los cuales está el CAP de la UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste. u) Ley N 28628 Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas. v) Decreto Supremo N 004-2006-ED Reglamento de la Ley que regula la participación de las Asociaciones de padres de familia en las Instituciones Educativas Públicas Entre otras. TÍTULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPITULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA UNIDAD EJECUTORA EDUCACION UGEL 03 TRUJILLO NOR OESTE Artículo 11 : Estructura Orgánica La Unidad Ejecutora Educación UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, tiene la siguiente Estructura Orgánica: 1. ÓRGANO DE DIRECCIÓN 1.1. Dirección. 2. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN 2.1. Consejo Participativo Local de Educación 3. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 3.1. Órgano de Control Institucional 4. ORGANO DE ASESORA MIENTO 4.1. Área de Asesoría Jurídica 5. ÓRGANO DE APOYO 5.1. Área de Gestión Administración, Infraestructura y Equipamiento. 6. ÓRGANOS DE LÍNEA 6.1. Área de Gestión Pedagógica 6.2. Área de Gestión Institucional 7. ÓRGANO DESCONCENTRADO 7.1. Centros y Programas Educativos 5

CAPITULO II DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS ÓRGANO DE ALTA DIRECCIÓN Artículo 12 : El órgano de Dirección constituye el máximo nivel de gestión de la Unidad Ejecutora Educación - UGEL N 03 Trujilloo Nor Oeste, responsable de orientar, conducir, supervisar, controlar y evaluar el servicio educativo en su ámbito jurisdiccional, en concordancia con los lineamientos de política nacional, regional y local. Artículo 13,- La Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, está a cargo de un Director que es designado por concurso público de acuerdo a los dispositivos legales vigentes Artículo 14.- La Dirección de la Unidad Ejecutora Educación - UGEL N UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, tiene la autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a Ley; sus funciones son: a) Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa e implementar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y democratización del servicio educativo. b) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local (PEL), Plan Operativo Institucional (POI),Plan Estratégico Institucional (PEI) de cada distrito del ámbito jurisdiccional, Los Planes Operativos Anuales en coordinación con el Consejo Participativo de Educación; aprobándolos de acuerdo a los dispositivos legales vigentes, c) Conducir e incrementar la productividad y mejorar la eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa de las Instituciones y Programas Educativos y Redes Educativas a su cargo. d) Apoyar el proceso de descentralización de la gestión efectiva de las Instituciones, Programas Educativos y Redes Educativas en el marco de la normatividad vigente. e) Suscribir convenios de cooperación y/o contratos con entidades públicas o privadas, locales, regionales, nacionales o internacionales, encaminados a mejorar la calidad de la educación. f) Evaluar permanentemente la gestión educativa de su ámbito, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; presentando los informes de su gestión a las instancias correspondientes. g) Concertar con las entidades públicas y privadas de su ámbito, para ejecutar programas de acción conjunta a favor de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura, la recreación, y el deporte, en su ámbito jurisdiccional. h) Organizar, ejecutar y evaluar acciones de capacitación continua del personal de las Instituciones y Programas Educativos, así como del personal de la sede institucional. i) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto y sus modificaciones en coordinación con las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional j) Implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana para garantizar una gestión transparente y equitativa 6 k) Conformar el Comité Local de Alfabetización y aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir el analfabetismo.

l) Delegar funciones y atribuciones que faciliten y flexibilicen la descentralización de la gestión en las Instituciones Educativas; así como asumir las que sean delegadas por la Dirección Regional de Educación, m) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia Artículo 15.- El Órgano de Dirección de la Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, cuenta con personal responsable de 4as#mciones Trámite Documentarlo, e Imagen Institucional. CAPITULO III ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y VIGILANCIA Artículo 16.- El Órgano de Participación es un órgano consultivo y está constituido por el Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, en el ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local, así como contribuir a una gestión educativa transparente, ética, moral y democrática, el mismo que se encuentra conformado por el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, en calidad de (PRESIDENTE DEL COPALE) e integrado por los representantes de los estamentos que conforman la comunidad educativa, de los sectores económicos productivos, de las Municipalidades y de las Instituciones Públicas y Privadas. La Unidad de Gestión Educativa Local realiza la conformación y convocatoria del Consejo Participativo Local de Educación en coordinación con el Gobierno Local, la elección de los miembros del Consejo Participativo Local de Educación se sujeta a las normas emitidas por el Ministerio de Educación. Artículo 17.- Son funciones del Consejo Participativo Local de Educación: a) Canalizar la participación de la comunidad local en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, dentro del marco del Proyecto Educativo Regional. b) Participar en la elaboración y rendición de cuentas del presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, cuidando la transparencia de!a gestión educativa. c) Establecer canales permanentes de información y diálogo en materia educativa entre la población y las autoridades educativas locales. d) Apoyar al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local en la promoción y ejecución de políticas de incentivos que promuevan la mejora de la eficiencia en la gestión pedagógica e institucional e) Cooperar con el desarrollo de los Consejos Educativos Institucionales, de las Instituciones y Programas Educativos en su jurisdicción, favoreciendo sus intercambios y coordinar con el Consejo Participativo Local de Educación. f) Opinar sobre las políticas, estrategias de desarrollo local y medidas en favor de la universalidad, equidad y calidad de la educación en su jurisdicción y velar por el cumplimiento de las mismas g) Promover convenios entre la Unidad de Gestión Educativa Local y las organizaciones locales en beneficio del servicio educativo. h) Apoyar la instauración de mecanismos de vigilancia y control ciudadano que garanticen equidad, honestidad y transparencia de la gestión educativa y rendición de cuentas. 7

Artículo 18.- Área de Control Institucional. CAPITULO IV ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Constituido como el Órgano de Control Institucional (OCI), está a cargo del Director de Sistema Administrativo II, quien depende jerárquicamente de la Contraloría General de la República Es responsable de la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la Gestión de la Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia. Economía en el uso y destino de los recursos y bienes del estado, así como el cumplimiento de las normas y lineamientos de política de acción, evaluando los sistemas de Administración, Gerencia y Control con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes a fin de optimizar el servicio educativo teniendo la facultad de sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional a los servidores y funcionarios que incumplan el ordenamiento jurídico administrativo y/o normas internas de la entidad Artículo 19,-La Área de Control Institucional (OCI) cumple las siguientes funciones: a) Ejecutar el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el Artículo 7 y el control externo a que se refiere el Artículo 8o de la Ley N 27785 Ley Orgánica del sistema Nacional de Control y de la contraloría General de la República. b) Efectuar auditorías a los Estados Financieros y presupuéstales de la entidad así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas, que señala la Contraloría General de la República. Alternativamente estas auditorías podrán ser contratadas por las entidades con sociedades de Auditoría Externa, con sujeción al Reglamento sobre la materia. c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la Contraloría General de la República, así como las que sean requeridas por el titular de la entidad, cuando están ultimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a la contraloría General de la República por el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI); se considera actividad de control no programada, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y d) Efectuar el control preventivo sin carácter vinculante, al órgano del más alto nivel de la entidad con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior. e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General de la República, así como al Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda conforme a las disposiciones sobre la materia. f) Actuar de oficio, cuando en actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios 8 razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y los servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponde a su mérito y documentación sustentatoria respectiva. h) Formular, ejecutar -y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con los lineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control. j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría general de la República para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de la entidad. Asimismo. El Jefe de dicho Órgano OCI y el personal de dicho Órgano colaborarán, por la disposiciones de la Contraloría General de la República, entre otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad. k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicable a la entidad, por parte de la unidad Orgánica y personal de esta. l) Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente por la entidad m) Cumplir diligentemente con los encargos, litaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General de la república, n) Otras que establezca la Contraloría General de la República. Adicionalmente al cumplimiento de las funciones asignadas, el Órgano de Control Institucional ejercerá las atribuciones que le confiere el Artículo 1o de la Ley N 27785, Ley del Sistema nacional de Control. CAPITULO V ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 20.- Área de Asesoría Jurídica está a cargo del Director Administrativo II. Depende jerárquicamente de la Dirección de la Unidad Ejecutora Educación UGEL 03 Trujillo Nor Oeste, es el Órgano encargado de asesorar en la interpretación y aplicación de la legislación vigente; así como, de efectuar las acciones jurídicas legales en apoyo a la Unidad de Gestión Educativa Local e Instituciones y Programas Educativos. Artículo 21.- El Área de Asesoría Jurídica cumple las siguientes funciones: a) Asesorar y asumir las defensas judiciales preliminares y por delegación del Procurador Público encargado de los asuntos Judiciales del Ministerio de Educación. b) Informar, opinar absolver consultas de carácter jurídico legal formuladas por las Instancias Administrativas y Programas Educativos. c) Emitir dictamen u opinión legal sobre los recursos de impugnación en asuntos relacionados al servicio del sector como instancia administrativa. d) Sistematizar y difundir la legislación educativa en coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Educación. e) Participar en la formulación de proyectos de resoluciones, disposiciones, contratos, convenios y otros actos jurídicos de competencia de la Unidad de Gestión Educativa Local N 03 Trujillo Nor 9 Oeste. f) Brindar asesoramiento en asuntos de carácter jurídico legal. g) Desarrollar acciones propias en asuntos de contingencias judiciales de carácter civil y penal.

h) Asumir la defensa del Estado por delegación de la Procuraduría Pública Regional. i) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. Artículo 22.- Área de Gestión Administrativa. CAPITULO VI ÓRGANO DE APOYO Área de Administración, Infraestructura y Equipamiento está a cargo del Director del Sistema Administrativo II, depende jerárquicamente del Director de la Unidad Gestión Educativa Local UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, Conformada por las áreas de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal, Planillas, Remuneraciones, Escalafón, Informática Artículo 23.- Área de Administración, Infraestructura y Equipamiento cumple las siguientes funciones: y a) Proporcionar oportunamente, los recursos económicos, bienes y servicios que demande la prestación del servicio educativo de las Instituciones y Programas Educativos a su cargo, en un marco de equidad y transparencia mediante la ejecución de los recursos presupuestarios de la Unidad Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste.. b) Participar en la formulación y la modificación presupuestaria necesarias, en coordinación con el Área de Gestión Institucional, a fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos propuestos. c) Asesorar a los centros y programas educativos en la elaboración y ejecución de sus presupuestos d) Elaborar y presentar el calendario de compromisos de la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, por ser unidad ejecutora o tramitar los requerimientos a las instancias correspondientes en los demás casos para garantizar la disponibilidad oportuna de los recursos presupuestados. e) Asesorar la gestión administrativa de las Instituciones y Programas Educativos, bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional. f) Administrar el personal, los recursos materiales y financieros y bienes patrimoniales de la sede institucional y de los centros y programas educativos a su cargo. g) Aplicar los procesos técnicos de los Sistemas de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal en las dependencias administrativas a su cargo, de conformidad a la normatividad emitida en cada sistema de la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste. h) Actualizar periódicamente la base de datos del registro escalafonario, contable, NEXUS, SUP, abastecimiento, inventario de bienes patrimoniales y el acervo documentario de la Sede Institucional y de las Instituciones y Programas Educativos a su cargo i) Conciliar por ser Unidad Ejecutora la información contable, administrativa y presupuestal de los ejercicios fiscales, en los niveles administrativos y plazos correspondientes. j) Mejorar permanentemente los procesos técnicos de gestión administrativa simplificando su ejecución, k) Conducir el proceso de evaluación y de ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de las Instituciones o Programas Educativos, 10 en coordinación con la Gerencia Regional de Educación La Libertad. l) Prestar apoyo administrativo y logístico a las Instituciones y Programas Educativos públicos de su jurisdicción.

m) Mantener actualizado el margesí de bienes inmuebles de su ámbito jurisdiccional, efectuando el saneamiento físico - legal de aquellos que lo requieran, en coordinación con la Gerencia Regional de Educación y el órgano competente de la Sede Central del Ministerio de Educación, n) Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades tecnológicas y de Informática, teniendo en cuenta la Implementación, Capacitación y Monitoreo, Soporte Técnico, etc. o) Formular las especificaciones necesarias para la elaboración e informe de estudios preliminares y de factibilidad para la adquisición de hardware" y software ; así como para el desarrollo de nuevos sistemas informáticos, así como del portal institucional, p) Establecer normas y procedimientos para preservar la seguridad y protección de los equipos de cómputos y los medios magnéticos u ópticos utilizados por consiguiente el correcto uso de los equipos de cómputo q) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia Artículo 24.- Los Órganos de Línea son responsables de! cumplimiento de las funciones sustantivas de la Unidad Ejecutora Educación UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, están conformados por: Área de Gestión Pedagógica Área de Gestión Institucional. Artículo 25.- Área de Gestión Pedagógica. El Área de Gestión Pedagógica, está a cargo del Director de Programa Sectorial II, depende jerárquicamente del Director de la Unidad Gestión Educativa Local UGEL - N 03 Trujillo Nor Oeste, es el Órgano de Línea, encargado de orientar, monitorear, supervisar y evaluar las acciones educativas del ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local. Está conformada por Educación Básica Regular (Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria), Educación Básica Alternativa (Ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado), Educación Básica Especial, Educación Técnico Productiva, Asistente en Servicio Educación y cultura Artículo 26.- Son Funciones del Área de Gestión Pedagógica: a) Orientar, apoyar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa local, regional y nacional, en materia de gestión pedagógica y evaluar sus resultados. b) Regular, asesorar, monitorear, supervisar y evaluar la gestión pedagógica de las Instituciones y Programas Educativos de su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional. c) Aplicar estrategias alternativas orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos que brindan las Instituciones y Programas Educativos. d) Planificar y desarrollar programas de prevención y atención integral, así como programas de bienestar social para los educandos de las Instituciones y Programas Educativos en coordinación con los Gobiernos Locales e instituciones públicas y privadas. e) Supervisar y coordinar con las Instituciones y Programas Educativos, la aplicación de estrategias efectivas de alfabetización acordes con las características socioculturales de cada localidad. f) Asesorar, monitorear y supervisar las acciones de diversificación y desarrollo curricular en las Instituciones y Programas Educativos. 11

g) Implementar la formación y funcionamiento de Redes Educativas como forma de cooperación entre Instituciones y Programas Educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad h) Apoyar el desarrollo, difusión y la adaptación de las nuevas tecnologías de información y comunicación (TICs) para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial. i) Impulsar y difundir una cultura de deberes y derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos j) Coordinar con los Gobiernos Locales e Instituciones públicas y privadas la Implementación de centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte, deporte y recreación. k) Asesorar y apoyar la organización, implementación y ejecución de Centros de Recursos Pedagógicos, Tecnológicos e Innovación, en apoyo al proceso de aprendizaje l) Participar en los programas local, regional y nacional de evaluación y medición de la calidad educativa. m) Organizar y realizar programas de fortalecimiento de capacidades permanentes al personal directivo y docente de las Instituciones y Programas Educativos n) Elaborar, apoyar y participar en programas y proyectos de investigación e innovación pedagógica y evaluar el impacto de los servicios educativos, n) Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación técnica nacional e internacional p) Emitir opinión técnica en los aspectos técnico pedagógico. o) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. Artículo 27.- Área de Gestión Institucional CAPITULO VIII ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Área de Gestión Institucional es un Órgano de Línea, está a cargo del Director de Sistema Administrativo II, depende jerárquicamente del Director de La Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, encargado de ejecutar acciones inherentes a los Sistemas de Secretaria, Planificación, Racionalización, Presupuesto, Estadística e Infraestructura. Artículo 28.- Son Funciones del Área de Gestión Institucional: a) Difundir, orientar, apoyar y supervisar la formulación y aplicación de la política y normatividad educativa local regional y nacional, en materia de gestión institucional y evaluar sus resultados. b) Elaborar y monitorear el cumplimiento del Plan Estratégico de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste y otros instrumentos de gestión institucional, que orienten el desarrollo integral de la educación fomentando su calidad. c) Asesorar y supervisar a las Instituciones y Programas Educativos en la elaboración, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión institucional, así como en la formulación de su presupuesto anual. d) Elaborar estudios técnicos para autorizar la creación, modificación, traslado, clausura, receso, 12 reapertura de centros y programas educativos públicos y privados en base a la normatividad vigente.

e) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Local (PEL) en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), concordante con el Proyecto Educativo Regional y Nacional, y con el aporte de los Gobiernos Locales f) Organizar, ejecutar y supervisar programas de actualización y capacitación continua, en gestión institucional, al personal directivo, docente y administrativo de la Unidad de Gestión Educativa Local y de las Instituciones y Programas Educativos del ámbito jurisdiccional. g) Evaluar y medir la eficacia de la gestión institucional y participar en las acciones de evaluación y mejoramiento de la gestión de las Instituciones y Programas Educativos. h) Elaborar proyectos para la modernización de la gestión y equipamiento para captar recursos de la cooperación técnica y financiera a nivel local, regional, nacional e internacional. i) Elaborar, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste y sus modificaciones, sobre la base de objetivos y metas locales y regionales, con participación de las Instituciones y Programas Educativos a través de las Unidades de Costeo. j) Identificar la necesidad real de plazas docentes y administrativas en función a la demanda de la población escolar y sustentarla ante el órgano competente, k) Racionalizar en forma efectiva los recursos materiales, físicos, financieros y de personal, utilizados en la prestación de los servicios educativos a fin de lograr mayor equidad en su distribución. l) Elaborar las estadísticas educativas y construir los indicadores que definan la calidad y pertinencia del servicio, utilizando los modernos sistemas de información, m) Dotar progresivamente dentro del marco presupuestal, los recursos económicos y financieros para el acceso a la tecnología y cultura digital de las diversas áreas de la sede institucional; así como a las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional. n) Elaborar y actualizar el Libro de Registros de Inscripción de los Consejos Educativos Institucionales y de las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional, o) Monitorear la organización y funcionamiento de los Consejos Educativos Institucionales y las Asociaciones de Padres de Familia de las Instituciones y Programas Educativos, p) Elaborar proyectos de Inversión Pública, en lo referente a infraestructura educativa y reforzamiento de capacidades y otros, teniendo en cuenta la modernización de la gestión y equipamiento, para captar recursos de la cooperación técnica y financiera a nivel local, regional, nacional e internacional para el mejoramiento de la calidad en el servicio educativo q) Identificar y sistematizar las necesidades de infraestructura, mobiliario y equipamiento de los centros y programas educativos, especialmente en los más desatendidos y gestionar su financiamiento. r) Elaborar y difundir normas técnicas para el adecuado mantenimiento de los locales escolares, en coordinación con la comunidad, con la Gerencia Regional de Educación La Libertad y el Órgano Competente de la Sede Central Del Ministerio de Educación, s) Supervisar las instalaciones de las Instituciones Educativas, y comunicar, antes de finalizar el primer semestre de cada año, a la Gerencia Regional de Educación La Libertad, el estado de la infraestructura t) Definir los mecanismos y procedimientos de saneamiento, adquisición, registro, supervisión, administración y disposición de los bienes inmuebles y equipos de la sede UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, Instituciones Educativas y Programas de su jurisdicción. u) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de 13su competencia.

ÓRGANO DESCONCENTRADO Artículo 29.- Los Órganos Desconcentrados de la Unidad Ejecutora de Educación Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, están representados por las Instituciones y Programas Educativos. Son responsables de la prestación de los servicios educativos, desarrollando los procesos y procedimientos educativos orientados al logro de aprendizajes de los actores educativos directos. Su funcionamiento se rige por las normas de carácter general emitido por el Ministerio de Educación, así como por las adecuaciones que pueda expedir la Dirección Regional de Educación La Libertad y la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Nor Trujillo Nor Oeste. TÍTULO III RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 30.- Unidad de Gestión Educativa - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, para el cumplimiento de sus fines y objetivos, coordina con la Dirección Regional de Educación La Libertad, Gobierno Regional, Gobiernos Locales, Ministerio de Educación y otros Sectores Públicos y Privados Artículo 31.- Unidad de Gestión Educativa - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, promueve la cooperación de entidades públicas o privadas locales, regional, nacional o internacional, Organismos No Gubernamentales y otros, para realizar acciones que contribuyan al cumplimiento de sus fines TÍTULO IV DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 32.- Los trabajadores de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, tanto funcionarios como servidores, están sujetos al Régimen Laboral aplicable a la Administración Pública, conforme a Ley N 24029 y su modificatoria Ley N 25212, Ley N 29062 y reglamentos aprobados por Decreto Supremo N 019-90 ED y Decreto Supremo N 003-2008 ED, Decreto Legislativo N 276 y reglamento Decreto Supremo N 005-90 - PCM, en lo que corresponde. Además puede contar con la prestación de servicios del Régimen Especial de contratación Administrativa de Servicios CAS, Decreto Legislativo N 1057 y su reglamento aprobado mediante decreto Supremo N 075-2008 - PCM. El Régimen Pensionario aplicable a los trabajadores señalados en el párrafo anterior se regula por la legislación específica de la materia. Los trabajadores que se encuentran incorporados al Régimen del Decreto Ley Ne 20530, podrán mantener dicho régimen, de acuerdo a ley. Los demás trabajadores se regirán por las normas del Sistema Nacional de Pensiones Ley N 19090 o del Sistema Privado de Pensiones (SPP), según corresponda, de acuerdo a ley TÍTULO V RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 33.- Los recursos de la Unidad de Gestión Educación Local UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, son: a) Los asignados por el Tesoro Público de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, considerados en el Presupuesto para la Unidad Ejecutora. 14 b) Las rentas que producen sus bienes y el monto que le corresponde a los servicios públicos que presta, las donaciones y transferencias; y legados que recibe c) Cualquier otra fuente que le corresponda conforme a Ley.

Artículo 34.- Los bienes de la Unidad de Gestión Educativa Local son: a) Los bienes muebles e inmuebles de la Unidad de Gestión Educativa Local y de las Instituciones y Programas Educativos Públicos del ámbito jurisdiccional. b) Los activos provenientes de inversiones efectuadas con recursos propios. TÍTULO VI FACULTAD NORMATIVA Artículo 35.- El Director de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo, está facultado para emitir Resoluciones sobre asuntos técnicos - Administrativos sectoriales de su competencia, dichos dispositivos tendrá la denominación: Resolución Directoral N..-20 GRLL-GGR-GRSE/UGEL N 03 TNO Artículo 36.- La Resolución Directoral N..GRLL-GGR-GRSE/UGEL N 03 TNO, es sujeta de apelación ante la Gerencia Regional de Educación La Libertad, con lo cual se da por agotada la vía administrativa de acuerdo a Ley. Artículo 37.- Toda resolución debe ser firmada por el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, en su ausencia solo procede ser firmada por el que haga sus veces siempre que ese último cuente con autorización resolutiva. TITULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Director de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, responsable de implementar la nueva estructura orgánica y funciones en su respectiva jurisdicción conforme se establece en el presente Reglamento; para lo cual desarrollará y aprobara las acciones de personal correspondiente, en el marco de las disposiciones legales vigentes Segunda.- El Área de Gestión Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste, formula el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), así como de la elaboración y gestión de aprobación del respectivo Manual de Organización y Funciones (MOF), en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la aprobación del presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF), los cuales serán aprobados de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Tercera.- Deróguese y déjese sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Reglamento de Organización y Funciones. Cuarta.- La Reproducción, distribución y difusión del presente Reglamento es de responsabilidad del Área de Gestión Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL N 03 Trujillo Nor Oeste. 15 Trujillo, Julio 2015..