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MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág ]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág ](castellano)

Transcripción:

SEGUROS DE PERSONAS SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES Coberturas Coberturas Principales Fallecimiento por accidente Invalidez Total y parcial Permanente por accidente Invalidez Total y Permanente por accidente Coberturas Adicionales 1 Asistencia Medico-farmacéutica 2 Renta Diaria por internación por accidente Productos Aplicables AP 24 HS. Asegurables: Profesionales autónomos, trabajadores independientes y aquellos no comprendidos en el sistema de riesgos de trabajo (Cooperativistas, mutualistas, etc.) en pólizas individuales o colectivas. Coberturas: Cualquier combinación de coberturas entre las Principales y Adicionales. Suma Asegurada: La solicitada por el cliente siempre que justifique el interés asegurable lógico. Designados por el asegurado Herederos Legales AP Ambito Laboral Asegurables: Profesionales autónomos, trabajadores independientes y aquellos no comprendidos en el sistema de riesgos de trabajo (Cooperativistas, mutualistas, etc.) en pólizas individuales o colectivas. Esta cobertura no reemplaza las obligaciones emanadas de la Ley 24557 y sus reglamentaciones. Coberturas: Fallecimiento por accidente Invalidez Total y Parcial Permanente por accidente Asistencia Medico-farmacéutica Sepelio Suma Asegurada: La solicitada por el cliente con un límite máximo de $ 300.000 (mayor suma consultar a suscripción)

Para Asegurados menores de 14 años, la suma asegurada en ningún caso superará los gastos de sepelio realmente incurridos y tendrá como límite máximo $ 20.000 El Contratante pagador de primas en primer término hasta las obligaciones patronales. Herederos Legales si hubiera saldo remanente. Generalidades Principales Exclusiones Enfermedades de cualquier naturaleza. Picaduras de insectos. Enfriamiento, insolación o daños provocados por exposición a variaciones climáticas. Daños provocados ocasionados por energía nuclear o exposición a RX. Dolo o culpa grave del Tomador o el Asegurado. Estado de ebriedad, o por estar el asegurado bajo efectos de estupefacientes o alcaloides. Los accidentes derivados del uso de motocicleta y vehículos similares, o de la práctica de deportes que no sean los enumerados en la cláusula 3, o en condiciones distintas a las enunciadas en la misma. Accidentes causados por realización de trabajos calificados para los cuales el Asegurado no se encuentra habilitado o resulte ser no apto para su desempeño. Riesgo de Aviación, excepto pasajeros de aerolíneas reconocidas o en vuelo charter autorizados. Personal de policía, custodia o vigilancia. Riesgos no suscribibles Pólizas del carácter de innominadas Tareas en altura que superen los 10 mts. Actividades relacionadas con la Minería Fabricación y manipulación de explosivos Pasajeros en líneas NO REGULARES Tripulación de líneas aéreas o marítimas. Deportistas en forma profesional Coberturas especificas para el traslado de Grupos Artísticos Grupos masivos cuyos asegurados se informen a periodo vencido. Personal de reparto en motocicletas y/o similares Riesgos en altamar Fuerzas Armadas Indocumentados Costo mensual del Seguro: Se establece de acuerdo a la categoría de riesgo en base a la actividad Al costo final se le debe aplicar el impuesto de sellos correspondiente de acuerdo la provincia en donde se encuadre el riesgo.

Suscripción: Sin requisitos médicos. Será sometido a análisis la actividad y la suma asegurada que solicitan Personal excluido: Menores de 14 años Mayores de 64 años al momento del ingreso Información a suministrar para cotizar Para cotizar deberá suministrarse la siguiente información: Edad. Profesión / Actividad Duración total de la cobertura Siniestralidad Información a suministrar para emitir el contrato El Asegurado deberá suministrar especialmente la siguiente información: Edad. Profesión / Actividad Tipo y número de documento de identidad. Condición ante el IVA Nº de CUIT en caso de ser empresa y CUIL en caso de persona física VIDA OBLIGATORIO Decreto 1567/74 P.E.N. Personas Asegurables: Todos los empleados del contratante, que a la fecha de inicio de vigencia del contrato, estén en relación de dependencia directa con el Contratante. Cobertura Básica: Fallecimiento por cualquier causa las 24 hs. Capitales Asegurados: Según reglamentación vigente. Esta suma es actualizada periódicamente por la SSN Edad máxima de permanencia en póliza: Hasta el cese del servicio activo del asegurado. Requisitos de asegurabilidad: Relación de dependencia mayor a 30 días Designados por cada asegurado en el formulario provisto por La Territorial En caso que esta designación sea inexistente, se depositará el importe judicialmente hasta que se determine la sucesión del asegurado fallecido

Personas No Asegurables: Trabajadores sin relación de dependencia Trabajadores Contratados por periodos inferiores a los 30 días Trabajadores rurales comprendidos en la Ley 16.600 Menores de 14 años Información básica necesaria para cotizar: Nombre de la Empresa Nº de CUIT Cantidad de personas a asegurar Documentación a presentar para la emisión de la póliza: Fotocopia de credencial impositiva (Nº. de CUIT y condición ante el I.V.A.). En caso de ser agente de retención de I.V.A. R.G. Nº18, acreditar mediante fotocopia de la Nómina publicada en Boletín Oficial. En caso de estar excluido de la retención de I.V.A. R.G. Nº17, acreditar mediante fotocopia de constancia emitida por A.F.I.P. Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos (Convenio local o multilateral). En caso de ser exento acreditar mediante fotocopia exención I.B. Listado de las personas a asegurar con los datos necesarios de acuerdo al producto en soporte magnético. VIDA OBLIGATORIO TRABAJADORES RURALES - Ley Nº 16.600 Dicho seguro comprende las coberturas de Fallecimiento e Incapacidad Total y Permanente, de conformidad a las disposiciones de la Ley 16.600 y la Resolución Nº 26.497 del 29/01/99 dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La cobertura de Invalidez Total y Permanente consiste en un pago sustitutivo de la suma asegurada de la cobertura por fallecimiento. Personas Asegurables: Se encuentran alcanzados por dicha cobertura, los trabajadores que desempeñan con carácter permanente actividades rurales comprendidas en las prescripciones de la Ley 22.248/80 y en el régimen jubilatorio para los trabajadores rurales. También podrán incorporarse a este seguro las personas que constituyan el empleador rural como así también los empleados y obreros que se hallen al servicio del tomador y no estén comprendidos obligatoriamente en el seguro. Cobertura Básica: Fallecimiento por cualquier causa las 24 hs.

Coberturas Adicionales: Invalidez total y permanente como consecuencia de enfermedad o accidente. Las coberturas adicionales las otorgaremos hasta el día en que cada asegurado cumpla los 65 años de edad. Suma Asegurada Individual: Según Reglamentación vigente. Costo mensual del Seguro: De acuerdo a la base de fecha de nacimiento de cada uno de los asegurados se establece un prima media mensual. Al costo final se le debe aplicar el impuesto de sellos correspondiente de acuerdo la provincia en donde se encuadre el riesgo. Edad Máxima de Ingreso: 64 años. Edad Máxima de Permanencia: 70 años. Requisitos de asegurabilidad: Relación de dependencia bajo la Ley 16.600 Declaración Jurada de salud para empleados que sean informados luego de 60 días de adquirido el carácter de asegurable. Personas No Asegurables: Trabajadores no comprendidos bajo la Ley 16.600 Menores de 14 años y Mayores de 65 años Designados por cada asegurado en el formulario provisto por La Territorial En caso que esta designación sea inexistente, se abonará a los Herederos Legales Información básica necesaria para cotizar: Nombre de la Empresa Actividad de la empresa Nº de CUIT Nómina de empleados con sus fechas de nacimiento. Siniestralidad Documentación a presentar para la emisión de la póliza: Fotocopia de credencial impositiva (Nº. de CUIT y condición ante el I.V.A.). En caso de ser agente de retención de I.V.A. R.G. Nº18, acreditar mediante fotocopia de la Nómina publicada en Boletín Oficial.

En caso de estar excluido de la retención de I.V.A. R.G. Nº17, acreditar mediante fotocopia de constancia emitida por A.F.I.P. Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos (Convenio local o multilateral). En caso de ser exento acreditar mediante fotocopia exención I.B. Listado de las personas a asegurar con los datos necesarios de acuerdo al producto en soporte magnético. VIDA OBLIGATORIO CONVENIO MERCANTIL - Nº 130/75 Personas Asegurables: Empleados en relación de dependencia del contratante que pertenezcan al gremio de empleados de comercio amparados por la Convención Colectiva Nº 130/75, y que a la fecha de inicio del contrato, estén en servicio activo (concurrencia normal al trabajo). Coberturas Adicionales: Invalidez total y permanente como consecuencia de enfermedad o accidente. Las coberturas adicionales las otorgaremos hasta el día en que cada asegurado cumpla los 65 años de edad. Suma Asegurada Individual: El capital asegurado por el que estará cubierto cada persona será el equivalente a 12 salarios correspondientes al administrativo A del Convenio Colectivo. La suma del capital será según reglamentación vigente. Costo mensual del Seguro: De acuerdo a la base de fecha de nacimiento de los asegurados se establece un prima media mensual. Al costo final se le debe aplicar el impuesto de sellos correspondiente de acuerdo la provincia en donde se encuadre el riesgo. Edad Máxima de Ingreso: 64 años Edad Máxima de Permanencia: 65 años. Requisitos de asegurabilidad: Relación de dependencia Empleados que pertenezcan al Gremio de Empleados de Comercio Declaración Jurada de salud para empleados que sean informados luego de 60 días de adquirido el carácter de asegurable.

Personas No Asegurables: Trabajadores no comprendidos bajo este convenio Menores de 14 años y Mayores de 70 años Designados por cada asegurado en el formulario provisto por Nación Seguros. En caso que esta designación sea inexistente, se abonará a los Herederos Legales Información básica necesaria para cotizar: Nombre de la Empresa Actividad de la empresa Nº de CUIT Nómina de empleados con sus fechas de nacimiento Siniestralidad Documentación a presentar para la emisión de la póliza: Fotocopia de credencial impositiva (Nº. de CUIT y condición ante el I.V.A.). En caso de ser agente de retención de I.V.A. R.G. Nº18, acreditar mediante fotocopia de la Nómina publicada en Boletín Oficial. En caso de estar excluido de la retención de I.V.A. R.G. Nº17, acreditar mediante fotocopia de constancia emitida por A.F.I.P. Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos (Convenio local o multilateral). En caso de ser exento acreditar mediante fotocopia exención I.B. Listado de las personas a asegurar con los datos necesarios de acuerdo al producto en soporte magnético. VIDA COLECTIVO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Para cubrir las obligaciones emergentes del Art. 248 y el último párrafo del Art. 212 de la Ley 20744. Personas Asegurables: Empleados en relación de dependencia del contratante que a la fecha de inicio del contrato, estén en servicio activo (concurrencia normal al trabajo). Cobertura Básica: Fallecimiento por cualquier causa las 24 hs. Coberturas Adicionales: Invalidez total y permanente como consecuencia de enfermedad o accidente. Las coberturas adicionales las otorgaremos hasta el día en que cada asegurado cumpla los 65 años de edad.

Capital asegurado: Medio sueldo por cada año de servicio en caso de fallecimiento y un sueldo por cada año de servicio en caso de invalidez total y permanente, con un mínimo de un sueldo. Costo mensual del Seguro: De acuerdo a la base de fecha de nacimiento, fecha de ingreso al empleo y sueldo de cada uno de los asegurados se establece un prima media mensual Al costo final se le debe aplicar el impuesto de sellos correspondiente de acuerdo la provincia en donde se encuadre el riesgo. Edad Máxima de Ingreso: 64 años. Edad Máxima de Permanencia: 65 años. Requisitos de asegurabilidad: Relación de dependencia Declaración Jurada de salud para empleados que sean informados luego de 60 días de adquirido el carácter de asegurable. Personas No Asegurables: Trabajadores sin relación de dependencia Menores de 14 años y Mayores de 70 años En este seguro el beneficiario exclusivo será el Contratante, mientras demuestre ser el pagador de las primas y hasta la concurrencia de sus obligaciones legales. en función a que este ya le abonó al asegurado el capital previsto en la liquidación final de sus haberes. Información básica necesaria para cotizar: Nombre de la Empresa Actividad de la empresa Nº de CUIT Nómina de empleados con sus fechas de nacimiento, fechas de ingreso y sueldo mensual Siniestralidad Documentación a presentar para la emisión de la póliza: Fotocopia de credencial impositiva (Nº. de CUIT y condición ante el I.V.A.). En caso de ser agente de retención de I.V.A. R.G. Nº18, acreditar mediante fotocopia de la Nómina publicada en Boletín

Oficial. En caso de estar excluido de la retención de I.V.A. R.G. Nº17, acreditar mediante fotocopia de constancia emitida por A.F.I.P. Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos (Convenio local o multilateral). En caso de ser exento acreditar mediante fotocopia exención I.B. Listado de las personas a asegurar con los datos necesarios de acuerdo al producto en soporte magnético. SEGUROS DE VIDA POR CONVENIOS LABORALES Asegurables: Todo trabajador en relación de dependencia que pertenezca el convenio solicitado por el cliente Cobertura: La especificada en el convenio Suma Asegurada: La reglamentada por el convenio vigente Costo mensual del Seguro: se cotiza caso a caso con las fechas de nacimiento de cada asegurado. Al costo final se le debe aplicar el impuesto de sellos correspondiente de acuerdo la provincia en donde se encuadre el riesgo. Suscripción: Sin requisitos médicos. El único requisito es que tengan relación de dependencia. Personal excluido: Menores de 14 años Edad Máxima de Ingreso: 64 años Edad Máxima de Permanencia: 70 años Información básica necesaria para cotizar: Nombre de la Empresa Actividad de la empresa Nº de CUIT Tipo de cobertura que ampara el convenio Nómina de empleados con sus fechas de nacimiento y sueldo mensual Siniestralidad Documentación a presentar para la emisión de la póliza: Fotocopia de credencial impositiva (Nº. de CUIT y condición ante el I.V.A.). En caso de ser agente de retención de I.V.A. R.G. Nº18, acreditar mediante fotocopia de la Nómina publicada en Boletín Oficial. En caso de estar excluido de la retención de I.V.A. R.G. Nº17, acreditar mediante fotocopia de constancia emitida por A.F.I.P. Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos (Convenio local o multilateral). En caso de ser exento acreditar mediante fotocopia exención I.B.

Listado de las personas a asegurar con los datos necesarios de acuerdo al producto en soporte magnético. SEGUROS DE VIDA COLECTIVOS PARA EMPLEADOS Personas Asegurables: Todos los empleados del contratante, que a la fecha de inicio de vigencia del contrato, estén en relación de dependencia directa con el Contratante. También son asegurables los dueños únicos, socios o directores del Contratante Coberturas Cobertura Principal Fallecimiento las 24 hs. Coberturas adicionales Invalidez Total y Permanente Invalidez total y permanente como consecuencia de accidente. A los efectos de armar el producto, solo podrá seleccionarse estas opción y se cubrirán hasta los 60 años de edad del asegurado Indemnización Adicional por Muerte Accidental. A - Doble indemnización por muerte accidental B - Pérdidas Parciales por accidentes (20 miembros) Capitales Asegurados: Se podrán optar por las siguientes modalidades: Múltiplo de sueldos con tope máximo Capital uniforme Escala de capitales Escala por edades Informados por el contratante

Edad máxima de ingreso al seguro y de permanencia en póliza: COBERTURA Edad máxima de contratación Edad máxima de permanencia Muerte 65 años 70 años Cláusula A Cláusula de Invalidez Total y Permanente 59 años 60 años Cláusula B Cláusula de Accidentes Indemnizaciones Adicionales por Accidente 64 años 65 años Designados por el asegurado Costo mensual del Seguro De acuerdo a la base de fecha de nacimiento de los asegurados se establece un prima media mensual. Al costo final se le debe aplicar el impuesto de sellos correspondiente de acuerdo la provincia en donde se encuadre el riesgo. Opción de cobertura para Cónyuges: El asegurado titular casado podrá incorporar a su cónyuge de acuerdo a las siguientes condiciones: Cobertura Básica: Fallecimiento por cualquier causa las 24 hs. Capitales Asegurados: 50% del capital correspondiente al titular El asegurado titular Suscripción: Se establecerán los requisitos vigentes para seguros colectivos, adecuados a la composición del grupo en función de las edades y capitales

Documentación a presentar para la emisión de la póliza: - Fotocopia de credencial impositiva (Nº. de CUIT y condición ante el I.V.A.). En caso de ser agente de retención de I.V.A. R.G. Nº18, acreditar mediante fotocopia de la Nómina publicada en Boletín Oficial. - En caso de estar excluido de la retención de I.V.A. R.G. Nº17, acreditar mediante fotocopia de constancia emitida por A.F.I.P. - Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos (Convenio local o multilateral). En caso de ser exento acreditar mediante fotocopia exención I.B. - Orden de emisión con datos del contratante, vigencia y tipo de cobertura a contratar. - Listado de las personas a asegurar con los datos necesarios de acuerdo al producto (nombre y apellido, DNI, sueldo, fecha de nacimiento, etc.), en soporte magnético.