1. Características básicas

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "1. Características básicas"

Transcripción

1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN BOLIVIA 1. Características básicas El sistema de Seguridad Social boliviano está consagrado en el artículo 158 de la Constitución Política, que determina la obligación que tiene el Estado de defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegura la continuidad de los medios de subsistencia y la rehabilitación de las personas inutilizadas, propendiendo a su vez a la mejora de las condiciones de vida del grupo familiar; se inspira en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad y eficacia. Los programas de previsión social se inician, entre otros, con las Leyes de 22 de septiembre de 1831, que crea el Fondo de Jubilaciones en favor de los funcionarios del Estado; la Ley de 24 de septiembre de 1924, sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, dictada en favor de los sectores fabril y minero; y la Ley de 11 de diciembre de 1951, del Seguro Social Obligatorio que incorporó, gradual y progresivamente, las prestaciones en forma geográfica. El programa de Seguridad Social integral se aplicó a partir de la promulgación del Código de Seguridad Social (de 14 de diciembre de 1956), bajo los principios señalados en la Constitución Política del Estado, cubriendo los riesgos de enfermedad, maternidad, riesgos profesionales a corto y largo plazo, invalidez, vejez, muerte, asignaciones familiares y vivienda popular, bajo el sistema tripartito de aportaciones de los trabajadores, de los empleadores y del Estado, según los distintos Seguros. Las Fuerzas Armadas independientemente, mediante Decreto Supremo núm , de 21 de octubre de 1974, se hallan protegidos de las contingencias citadas, incluyendo además regímenes especiales como cesantía, seguro dotal mixto y capital educacional. Como efecto de la promulgación de la Ley de Pensiones, las prestaciones a largo plazo de invalidez, vejez, muerte y riesgos profesionales adquieren una doble administración, la denominada de reparto, administradas por la Dirección Nacional de Pensiones que por disposición del Decreto Supremo núm , de 27 de agosto de 2003, modifica su estructura denominándose Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, que depende del Viceministro de Pensiones, Valores y Seguros y las Administraciones de Fondos de Pensiones, encargadas de la recaudación, administración y calificación y reconocimiento de las pres- 13

2 taciones de jubilación, invalidez y riesgos profesionales a largo plazo del nuevo régimen de pensiones. La Ley núm. 1732, de 29 de noviembre de 1996, puso en vigor el nuevo régimen de pensiones, basado en los principios de Capitalización individual que se hace efectiva a partir del mes de mayo de 1997, una vez constituidas las Administraciones de Fondos de Pensiones, bajo normas y principios regulados mediante reglamento. Su financiamiento se basa en el sistema contributivo, con aportaciones únicamente laborales destinadas al pago de las pensiones que se originen en el tiempo. Independientemente, mediante Ley núm. 1886, de fecha 14 de agosto de 1998, denominada Ley de Beneficio a la Tercera Edad, se incorpora a los beneficios de salud a las personas no incorporadas a la Seguridad Social, pero con edades iguales o superiores a los 65 años, sean hombres o mujeres, incorporación que se efectúa en base al sistema no contributivo, financiado por los municipios. 2. Campo de aplicación y estructura del sistema de Seguridad Social El sistema de Seguridad Social boliviano es obligatorio para todas las personas, nacionales o extranjeras, que trabajen en el territorio de la República y presten servicios remunerados a otra persona, natural o jurídica, mediante designación, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado o público, expreso o presunto. El sistema se estructura en Seguros de salud y Seguros de pensiones. El primero, administrado por 4 Cajas de Salud, 8 Seguros universitarios y el Seguro Social Militar; el segundo, conformado por el Servicio del Sistema de Reparto (SENAIR) y las administradoras de fondos de pensiones encargadas de la administración del sistema de capitalización individual. 3. Financiación Las prestaciones de salud, las asignaciones familiares y las correspondientes al nuevo régimen de pensiones se financian mediante una modalidad contributiva; las dos primeras utilizando el sistema financiero de reparto simple, y las terceras en base al sistema de capitalización. En el seguro de riesgos profesionales, se aplica el sistema financiero de reparto de capitales. La financiación de las pensiones del régimen de reparto se halla a cargo del Estado; en consecuencia, es un régimen no contributivo. La tasa de financiamiento para el seguro de salud alcanza el 10% de la totalidad de los salarios sujetos a cotización, a cargo exclusivo del empleador. En el seguro de pensiones de jubilación del nuevo régimen, la tasa de financiamiento alcanza al 10% para el seguro de 14

3 invalidez, 2%, ambos como aportes exclusivamente a cargo de los trabajadores y 2% a cargo de los empleadores, esta última destinada al financiamiento del seguro de riesgos profesionales. 4. Acción protectora A partir del mes de abril de 1997 operan dos modelos básicos de prestaciones: 1) Código de Seguridad Social, para las prestaciones del seguro de enfermedad, maternidad, asignaciones familiares, riesgos profesionales a largo plazo e invalidez, vejez y muerte, estas últimas para asegurados que habiendo cumplido las condiciones mínimas de edad (50 ó 55 años mujer u hombre respectivamente) y 15 años de cotizaciones hasta el mes de abril de 1997, opten por la prestación, hasta el 31 de diciembre del año 2001 (prestaciones en extinción) y 2) Prestaciones establecidas por la Ley de Pensiones para el nuevo régimen de prestaciones por jubilación, prestaciones por invalidez común y prestaciones por riesgos profesionales 4.1. Seguros de Salud Las prestaciones en especie del seguro de enfermedad, maternidad y accidentes no profesionales (asistencia médica general y especializada, intervenciones quirúrgicas, servicios dentales y suministro de medicamentos) protegen al conjunto de asegurados y afiliados, cuyos empleadores aportan económicamente para su financiamiento. También están protegidas las mujeres, los niños y las personas de la tercera edad no incorporadas obligatoriamente al régimen de Seguridad Social; los primeros financiados por las Alcaldías Municipales y los segundos por el Estado y las Alcaldías Departamentales y Provinciales. Además de las prestaciones en especie, el seguro de salud reconoce prestaciones en dinero para cubrir los subsidios de enfermedad, maternidad y funerales a favor de los trabajadores dependientes de un empleador afiliado al seguro social Seguro de Jubilación La pensión jubilatoria puede ser vitalicia o de mensualidad vitalicia variable. Se accede si el asegurado cuenta con una edad determinada y un saldo en su cuenta de capitalización, la misma que se halla conformada por las aportaciones efectuadas al antiguo régimen, cuyo importe no puede ser superior a 20 veces el salario mínimo vigente y que es reconocido y transferido por el Estado a una AFP y los capitales e intereses acumulados en la cuenta individual del asegurado que registra, controla y califica la AFP. El asegurado que cumple 65 años de edad, pero que no cuente con un capital que garantice una pensión vitalicia, puede efec- 15

4 tuar retiros mínimos, en ningún caso estos retiros pueden ser inferiores al 70% del salario mínimo vigente a momento de solicitar la pensión Seguro de invalidez El asegurado declarado inválido accede a la pensión, si la invalidez declarada es igual o superior al 60% de pérdida de capacidad que exigen el nuevo régimen de pensiones. El afiliado activo o pasivo puede causar rentas de supervivencia en favor de sus herederos o personas declaradas como tales Riesgos Profesionales La prestación por riesgo profesional se reconoce como consecuencia del accidente de trabajo o la enfermedad profesional que provoca el fallecimiento o la incapacidad definitiva al afiliado para continuar realizando el trabajo que desempeñaba. La incapacidad puede calificarse como total o parcial, si en este caso supera el 10% de pérdida de su capacidad laboral en el trabajo que desempeñaba. Se asimila a accidente de trabajo el accidente ocurrido en el trayecto de o hacia su fuente de trabajo, siempre que el empleador provea los servicios de transporte. Este seguro reconoce, además de las prestaciones económicas a largo plazo, prestaciones económicas a corto plazo y las prestaciones de salud necesarias para la recuperación y rehabilitación del asegurado Régimen de asignaciones familiares El régimen de asignaciones familiares otorga prestaciones en favor de los beneficiarios de los asegurados y consiste en prestaciones económicas y en especie 4.6. Prestaciones por muerte Las prestaciones por muerte consiste en pensiones que se pagan a favor de los derechohabientes en caso de fallecimiento del afiliado, tanto en el régimen de reparto como en el de capitalización. Al fallecimiento por causa de invalidez o riesgo profesional, cada uno de los derechohabiente perciben una pensión resultante de aplicar los porcentajes asignados a cada uno de ellos. La suma de estas pensiones en ningún caso pueden ser superiores al 100% de la pensión que percibía o le correspondía al asegurado fallecido. Tienen derecho a estas prestaciones los derechohabientes de primer grado ( esposa e hijos) o a falta de estos, los de segundo grado (padres o hermanos). Situación similar es aplicada a los fallecidos incorporados al régimen de vejez o de jubilación. Estos pueden sin embargo, en el caso de no existir beneficiarios de primer y segundo grado, dejar como herederos a los 16

5 de tercer grado (personas que no pertenecen a cualquiera de los grados anteriores y que son declarados libremente por el afiliado a la AFP cuando contrate su seguro vitalicio o mensualidad vitalicia variable, según corresponda. 5. Organización administrativa Mediante Ley núm de 29 de noviembre de 1996, el control y fiscalización de los entes privados que administran los regímenes de vejez, invalidez, muerte y riesgos profesionales están a cargo de la Superintendencia de Seguros, Pensiones y Valores, en tanto que para el régimen de reparto la fiscalización es llevada a cabo directamente por el Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico. El Ministerio de Salud y Previsión Social ejerce la tutela sobre los entes gestores que administran los seguros de salud y de asignaciones familiares. El control y la fiscalización están a cargo del Instituto Nacional de Seguros de Salud. 6. Reclamaciones administrativas y revisión jurisdiccional Los dictámenes que emiten las entidades encargadas de reconocer y calificar las prestaciones económicas a largo plazo son susceptibles de revisión por el afiliado dentro los 45 días calendario siguientes de recibida su notificación. La revisión de la solicitud se realiza ante la Superintendencia por escrito. Las resoluciones emitidas por la Superintendencia pueden ser impugnadas ante el Sistema de Regulación Financiera (SIREFI), cuyo objetivo es el de regular, controlar y supervisar las actividades, personas y entidades relacionadas con el seguro social obligatorio de largo plazo, bancos y entidades financieras, entidades aseguradoras y del mercado de valores en el ámbito de su competencia. Las resoluciones que emiten las instituciones que administran el seguro de salud, en grado de revisión (Comisión de Prestaciones) o en grado de apelación (Directorio), pueden ser impugnadas ante la Corte de Seguridad Social. 17

ASPECTOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

ASPECTOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ASPECTOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL El Código se caracteriza por la incorporación definitiva de la técnica y la ciencia de la Seguridad

Más detalles

Boletín Informativo Estadístico a Marzo de 2010 87

Boletín Informativo Estadístico a Marzo de 2010 87 Boletín Informativo Estadístico a Marzo de 2010 87 88 Boletín Informativo Estadístico a Marzo de 2010 4. GLOSARIO DE TÉRMINOS Administradora de Fondos de Pensiones (AFP): Es la sociedad anónima, encargada

Más detalles

Pensión de Invalidez

Pensión de Invalidez Pensión de Invalidez El D.L. 3.500 de 1980, creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Este es administrado por instituciones creadas especialmente para tal efecto,

Más detalles

Propuesta de Alternativa de los Seguros de Invalidez y Vida MARZO 2002

Propuesta de Alternativa de los Seguros de Invalidez y Vida MARZO 2002 Propuesta de Alternativa de los Seguros de Invalidez y Vida MARZO 2002 Nueva Ley del Seguro Social El cambio fundamental de la NLSS que entró en vigor en 1997, en comparación con la Ley de 1973, consiste

Más detalles

Anexo del capítulo 2: Protección social

Anexo del capítulo 2: Protección social Anexo del capítulo 2: Protección social En este anexo se describen las diferentes estructuras de organización usadas por las unidades del gobierno para proveer prestaciones sociales, así como los efectos

Más detalles

Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744

Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Es un beneficio, al que tienen derecho los trabajadores que padezcan una enfermedad

Más detalles

1. Características básicas. 2. Campo de aplicación y estructura del sistema

1. Características básicas. 2. Campo de aplicación y estructura del sistema CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN COSTA RICA 1. Características básicas La Seguridad Social costarricense tiene un desarrollo tardío en el ámbito iberoamericano, aunque ha logrado,

Más detalles

LECTURA 5: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

LECTURA 5: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. LECTURA 5: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. "La Misión del Instituto Mexicano del Seguro Social es otorgar a los trabajadores mexicanos y a sus familias la protección suficiente y oportuna ante contingencias

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes

Más detalles

Asociación Chilena de Municipalidades Octubre 2010

Asociación Chilena de Municipalidades Octubre 2010 Asociación Chilena de Municipalidades Octubre 2010 REFORMA PREVISIONAL Ley 20.255 Antecedentes En los 80, el sistema de pensiones chileno sufrió su primera gran transformación, pasando de: Un sistema de

Más detalles

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 PENSIONES. Previsión Social Pública 1o Seguridad Social

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 PENSIONES. Previsión Social Pública 1o Seguridad Social PENSIONES Previsión Social Pública 1o Seguridad Social Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Sobrevivencia. Quiénes tienen derecho a percibirla?

Informativo Legal. Pensión de Sobrevivencia. Quiénes tienen derecho a percibirla? 3 Pensión de Sobrevivencia La Pensión de Sobrevivencia es un beneficio previsional establecido en el Decreto Ley N 3.500 de 1980, a la cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado

Más detalles

Pensión de Sobrevivencia

Pensión de Sobrevivencia Pensión de Sobrevivencia Es un beneficio previsional al que tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido, siempre que su fallecimiento no sea a causa o con ocasión de su trabajo

Más detalles

Artículo 176. Fracción V

Artículo 176. Fracción V Artículo 176 Fracción V Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro

Más detalles

Reformas a la Ley del ISSSTE. Act. Daniel Peregrino Gómez.

Reformas a la Ley del ISSSTE. Act. Daniel Peregrino Gómez. Reformas a la Ley del ISSSTE. Act. Daniel Peregrino Gómez. Temario Puntos destacados en la reforma. Comparativo con la Ley del IMSS. Efectos en el Sector Asegurador y AFORE. Mesa de discusión. Puntos destacados

Más detalles

Deben cotizar respecto al 40% de su renta imponible anual, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario

Deben cotizar respecto al 40% de su renta imponible anual, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario En atención a la información solicitada, en relación a los cambios que se introducen en la Ley 20.255 (Reforma Previsional) del año 2008, donde se estableció que los trabajadores independientes que emiten

Más detalles

Boletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones (SNP)

Boletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones (SNP) Boletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones () Base legal: R.M. 044-2013-TR Publicado : 02/03/2013 Vigencia : 03/03/2013

Más detalles

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL 1. Concepto y estructura 1.1 Concepto y características Sistema público por el que el Estado garantiza a las personas incluidas dentro de su campo de aplicación, la protección

Más detalles

COMPETENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS PARA LA SUPERVISION Y CONTROL DE LOS FONDOS COMPLEMENTARIOS PREVISIONALES CERRADOS

COMPETENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS PARA LA SUPERVISION Y CONTROL DE LOS FONDOS COMPLEMENTARIOS PREVISIONALES CERRADOS COMPETENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS PARA LA SUPERVISION Y CONTROL DE LOS FONDOS COMPLEMENTARIOS PREVISIONALES CERRADOS SEPTIEMBRE 2010 1 ASPECTOS GENERALES CONCEPTO FCPC : Los Fondos

Más detalles

1. Características básicas. 2. Campo de aplicación y estructura del sistema

1. Características básicas. 2. Campo de aplicación y estructura del sistema CARACTERISTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL SALVADOR 1. Características básicas La previsión social en El Salvador está orientada a la protección de los riesgos de la salud y la restitución

Más detalles

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

CONCEPTOS Y DEFINICIONES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ACCIDENTE DE TRABAJO: Es toda lesión corporal o perturbación funcional que el trabajador sufra, sea en la ejecución, con ocasión o por consecuencia del trabajo, y que dicha perturbación

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO MATERNIDAD Y SUBSIDIO POR LACTANCIA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO MATERNIDAD Y SUBSIDIO POR LACTANCIA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO MATERNIDAD Y SUBSIDIO POR LACTANCIA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL 1 REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO POR MATERNIDAD Y EL SUBSIDIO POR LACTANCIA CAPITULO I GENERALIDADES

Más detalles

Boletín Informativo acerca de las características del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones (SNP)

Boletín Informativo acerca de las características del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) Boletín Informativo acerca de las características del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones () 1.- Por qué es importante informarse adecuadamente respecto de los sistemas

Más detalles

Prestaciones y Fuentes de Financiamiento de los Regímenes de Aseguramiento del IMSS

Prestaciones y Fuentes de Financiamiento de los Regímenes de Aseguramiento del IMSS Prestaciones y Fuentes de Financiamiento de los Regímenes de Aseguramiento del IMSS Anexo A A.1. Regímenes y modalidades de aseguramiento del Instituto Mexicano del Seguro Social De conformidad con la

Más detalles

SISTEMA GNERAL DE PENSIONES

SISTEMA GNERAL DE PENSIONES SISTEMA GNERAL DE PENSIONES OBJETO: Garantizar el amparo en las contingencias de vejez, invalidez y muerte A quienes se aplica: a todos los habitantes del territorio CARACTERISTICAS DEL S. DE PENSIONES

Más detalles

Características del sistema de seguridad social para el segmento de trabajadoras/es domésticas/os

Características del sistema de seguridad social para el segmento de trabajadoras/es domésticas/os Características del sistema de seguridad social para el segmento de trabajadoras/es domésticas/os Qué dice el convenio 189 de la OIT, en relación a la seguridad social: Que las condiciones de las trabajadoras/es

Más detalles

ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99

ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99 ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Definiciones Para la aplicación del presente Reglamento se entiende por: a. Prestaciones económicas: Comprenden los subsidios por

Más detalles

GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133. SANTIAGO, 18 de mayo de 2004

GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133. SANTIAGO, 18 de mayo de 2004 GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133 SANTIAGO, 18 de mayo de 2004 SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE COTIZACIONES PARA EL SEGURO

Más detalles

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano)

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano) RCL 2007\951 Legislación (Disposición Vigente a 2/10/2008) Real Decreto 615/2007, de 11 mayo MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm.

Más detalles

PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014

PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE EMITEN BOLETAS A HONORARIOS La Seguridad Social y Previsión. Cuando hablamos

Más detalles

Sistema de Pensiones de Panamá. 22 de noviembre 2013

Sistema de Pensiones de Panamá. 22 de noviembre 2013 Sistema de Pensiones de Panamá 22 de noviembre 2013 SISTEMA DE PENSIONES DE PANAMA INSTITUCIONES QUE MANEJAN PENSIONES MINISTERIO DE EDUCACION SIACAP FONDOS PARA EL SECTOR PUBLICO PRAA - PLAN DE RETIRO

Más detalles

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

CONCEPTOS Y DEFINICIONES CONCEPTOS Y DEFINICIONES 1. POBLACIÓN PROTEGIDA: Total de personas que tienen acceso a los beneficios del Seguro Social, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos a tal fin. Comprende

Más detalles

Qué se entiende por Incapacidad Permanente?

Qué se entiende por Incapacidad Permanente? Qué se entiende por Incapacidad Permanente? La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional. Se

Más detalles

PENSIONES Y PRESTACIONES

PENSIONES Y PRESTACIONES PENSIONES Y PRESTACIONES Introducción Las estadísticas sobre Pensiones y prestaciones proceden del Anuario de Estadísticas del Ministerio de Trabajo e Inmigración. Se presenta información separada de Cuentas

Más detalles

EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL

EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL POLITICA SOCIAL II UNIDAD IV El SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL EN ARGENTINA 1990-2010 EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL (Danani C. y Hintze S. 2011. Protecciones y desprotecciones: la Seguridad

Más detalles

AFILIACIONES DE TRABAJADORES AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NOTA METODOLÓGICA

AFILIACIONES DE TRABAJADORES AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NOTA METODOLÓGICA AFILIACIONES DE TRABAJADORES AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NOTA METODOLÓGICA El plan estadístico de Castilla y León 2014-2017 incluye la operación número 15002 denominada Afiliaciones de Trabajadores

Más detalles

PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES DEPENDIENTES

PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES DEPENDIENTES PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES DEPENDIENTES Seguridad Social. Campo del bienestar social relacionado con la protección social

Más detalles

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Informe 4/2003 sobre la situación de las personas con discapacidad en España - Consejo Económico y Social) INTRODUCCIÓN Las personas que sufren algún

Más detalles

Tema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones.

Tema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones. Tema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones. La Seguridad Social es el sistema público por el que el Estado se encarga de proteger a los ciudadanos en determinadas situaciones que precisan asistencia

Más detalles

Los Seguros de Vida y Retiro como complemento indispensable de la Seguridad Social. Agosto de 2009

Los Seguros de Vida y Retiro como complemento indispensable de la Seguridad Social. Agosto de 2009 Los Seguros de Vida y Retiro como complemento indispensable de la Seguridad Social Agosto de 2009 1 Objetivos de la Presentación Analizar la necesidad de contar con un marco normativo que facilite y fomente

Más detalles

Guía práctica de la Seguridad Social en España

Guía práctica de la Seguridad Social en España Guía práctica de la Seguridad Social en España Septiembre 2013 FUNDAMENTOS CONSTITUCIÓN MANTENER UN RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PARA TODOS LOS CIUDADANOS ASEGURAR LA ASISTENCIA Y PRESTACIONES SOCIALES

Más detalles

LEY 20.255 SOBRE REFORMA PREVISIONAL; DISPOSICIONES VINCULADAS A LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES

LEY 20.255 SOBRE REFORMA PREVISIONAL; DISPOSICIONES VINCULADAS A LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES LEY 20.255 SOBRE REFORMA PREVISIONAL; DISPOSICIONES VINCULADAS A LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES Subsecretaría de Previsión Social 2008 1. Subsidio previsional para trabajadores jóvenes 2.

Más detalles

LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL

LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL LEY REFORMATORIA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Sustitúyase el artículo 10 de la Ley de Seguridad Social por el siguiente: Art. 10.- Reglas de Protección y Exclusión.- En la aplicación de los programas de

Más detalles

A. GESTIÓN 1. LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL. 1.1. La obligación de cotizar

A. GESTIÓN 1. LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL. 1.1. La obligación de cotizar 1. La cotización a la Seguridad Social A. GESTIÓN 1. LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL 1.1. La obligación de cotizar El carácter obligatorio de la cotización lo establece el artículo 15.1. LGSS al decir

Más detalles

GLOSARIO SIMULADOR DE PENSIÓN

GLOSARIO SIMULADOR DE PENSIÓN GLOSARIO SIMULADOR DE PENSIÓN Versión Actualizada Enero 2015 www.spensiones.cl 1) Ahorro provisional voluntario (APV): Alternativa de ahorro adicional al ahorro obligatorio que tiene como principal objetivo

Más detalles

PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN

PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN En Suiza existen dos seguros que pueden ofrecer prestaciones de jubilación: el Seguro de Vejez y Supervivencia y el Sistema de Fondos de Pensiones o Previsión

Más detalles

Modelo de Recaudación del SDSS

Modelo de Recaudación del SDSS Explicación del Modelo de Recaudo del SDSS 26 de Septiembre del 2006 Modelo de Recaudación del SDSS El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se basa en un modelo de recaudación centralizada a cargo

Más detalles

REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES

REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES DE LA NACION REGIMENDE ASIGNACIONESFAMILIARES m Se instituye, con carácter nacional y obligatorio, y sujeto a las disposiciones de la presente ley, un régimen de asignaciones familiares basado en: a) Un

Más detalles

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables.

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables. Sobre la JUBILACIÓN Los funcionarios de carrera de la Admón. de justicia están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, menos los que provienen de las antiguas Magistraturas de Trabajo, que

Más detalles

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1) Qué es la Seguridad Social? Cuáles son los principios de la Seguridad Social? La Seguridad Social es la rama del derecho que trata de crear a favor de todos los miembros

Más detalles

AFILIADO INDEPENDIENTE

AFILIADO INDEPENDIENTE AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció

Más detalles

La Reforma Previsional: Beneficios para los afiliados al sistema de AFP

La Reforma Previsional: Beneficios para los afiliados al sistema de AFP La Reforma Previsional: Beneficios para los afiliados al sistema de AFP Solange Berstein J. Superintendenta de AFP Diciembre, 2006 Una reforma integral al sistema de pensiones Evitar la pobreza en la vejez

Más detalles

BOLETÍN INFORMATIVO ACERCA DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES

BOLETÍN INFORMATIVO ACERCA DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES SOLUCIONES LABORALES: TALLER LABORAL BOLETÍN INFORMATIVO ACERCA DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES Equipo de investigación de SOLUCIONES LABORALES

Más detalles

Ley No. 188-07 que introduce modificaciones a la Ley No. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Ley No. 188-07 que introduce modificaciones a la Ley No. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Ley No. 188-07 que introduce modificaciones a la Ley No. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Ley No. 188-07 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República CONSIDERANDO PRIMERO: Que

Más detalles

Situación actual y retos del Sistema Dominicano de Pensiones. Santo Domingo, República Dominicana 2010

Situación actual y retos del Sistema Dominicano de Pensiones. Santo Domingo, República Dominicana 2010 Situación actual y retos del Sistema Dominicano de Pensiones Santo Domingo, República Dominicana 2010 ORIGEN El sistema de pensiones se remonta al 17 de marzo de 1947, cuando fue dictada la Ley N. 1376,

Más detalles

ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES

ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES Pensiones no contributivas Conceptos y definiciones Elaboración y edición: Instituto Canario de Estadística

Más detalles

Relaciones Laborales. Profesor Agregado Grado 4 Dra. Estela Pérez Montero Gotusso. LA SEGURIDAD SOCIAL A PARTIR DE LA Ley Nº 16.713.

Relaciones Laborales. Profesor Agregado Grado 4 Dra. Estela Pérez Montero Gotusso. LA SEGURIDAD SOCIAL A PARTIR DE LA Ley Nº 16.713. Relaciones Laborales. Profesor Agregado Grado 4 Dra. Estela Pérez Montero Gotusso. LA SEGURIDAD SOCIAL A PARTIR DE LA Ley Nº 16.713. 1 I SEGURIDAD SOCIAL. 1. CONCEPTO. OIT: Protección que la sociedad proporciona

Más detalles

Pensiones IMSS y aspectos de planeación.

Pensiones IMSS y aspectos de planeación. Pensiones IMSS y aspectos de planeación. (Cesantía y vejez) C.P.C. y M.I. Oscar de J. Castellanos Varela El Mundo y las Pensiones. Esperanza de vida al nacer Hombres Mujeres 1950 45 49 2009 73 78 Cambios

Más detalles

La Reforma Social y Hacendaria y sus efectos en materia de seguridad social. Pensión Universal

La Reforma Social y Hacendaria y sus efectos en materia de seguridad social. Pensión Universal De La Vega y Conde, S.C. Employment & Labor Law Solutions Worldwide La Reforma Social y Hacendaria y sus efectos en materia de seguridad social El 8 de septiembre del presente año, el Ejecutivo Federal

Más detalles

CIRCULAR N 1206 VISTOS: REF.:

CIRCULAR N 1206 VISTOS: REF.: CIRCULAR N 1206 VISTOS: Las facultades que confiere la Ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Más detalles

1. Características básicas

1. Características básicas CARACTERISTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN BOLIVIA 1. Características básicas El sistema de Seguridad Social boliviano está consagrado en el artículo 158 de la Constitución Política,

Más detalles

LEY MARCO DE PROTECCION SOCIAL

LEY MARCO DE PROTECCION SOCIAL LEY MARCO DE PROTECCION SOCIAL Ley Marco de Protección Social (LMPS), Decreto 56-2015 Aprobada por el Congreso Nacional 7 de Mayo de 2015 Publicada en el diario Oficial la Gaceta N 33771 de fecha 2 de

Más detalles

PRESTACIONES EN ESPAÑA

PRESTACIONES EN ESPAÑA PRESTACIONES EN ESPAÑA A) PRESTACIONES DE JUBILACION Y VEJEZ 1.-PENSIONES DE JUBILACION CONTRIBUTIVAS Tienen derecho a un a pensión de jubilación contributiva las personas afiliadas que reúnan las condiciones

Más detalles

Escuela de temporada 2010. Municipal. Cecilia Ormazábal Arica, noviembre de 2010

Escuela de temporada 2010. Municipal. Cecilia Ormazábal Arica, noviembre de 2010 Escuela de temporada 2010 Desarrollo de las Políticas Públicas en la Gestión Municipal Cecilia Ormazábal Arica, noviembre de 2010 Bono por hijo nacido vivo o adoptado Ejemplo Si una mujer de 25 años

Más detalles

LEY DEL ISSSTE INFORMACIÓN PARA LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL ISSSTE RUTA DEL PROCESO PARA ELEGIR EL RÉGIMEN DE PENSIÓN

LEY DEL ISSSTE INFORMACIÓN PARA LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL ISSSTE RUTA DEL PROCESO PARA ELEGIR EL RÉGIMEN DE PENSIÓN LEY DEL ISSSTE INFORMACIÓN PARA LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL ISSSTE RUTA DEL PROCESO PARA ELEGIR EL RÉGIMEN DE PENSIÓN Régimen de Pensiones DOS GRUPOS DE TRABAJADORES Trabajadores de de Nuevo Ingreso

Más detalles

Aseguramiento Universal en Salud (AUS)

Aseguramiento Universal en Salud (AUS) 1 QUÉ ES AUS? 1.1 Definición El "Aseguramiento Universal en Salud" (AUS) es un sistema orientado a lograr que el 100% de la población en el Perú disponga de un seguro de salud durante toda su vida. El

Más detalles

Curso online: Prestaciones de la Seguridad Social

Curso online: Prestaciones de la Seguridad Social Curso online: Prestaciones de la Seguridad Social Conocer los aspectos más relevantes del sistema español de Seguridad Social de forma que los alumnos puedan responsabilizarse, tanto dentro de la empresa

Más detalles

Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas

Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas 1 Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas LA JUBILACIÓN A PARTIR DE 2013 A c t u a l i z a d o a 4 d e a b r i l d e 2 0 1 3 Información previa El régimen de clases pasivas se halla en una

Más detalles

Planes de pensiones:

Planes de pensiones: Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene

Más detalles

Pensiones contributivas. Notas metodológicas.

Pensiones contributivas. Notas metodológicas. www.aragon.es/iaest Instituto Aragonés de Estadística / Trabajo, Salarios y Relaciones Laborales / Prestaciones por desempleo y otras / Pensiones Instituto Aragonés de Estadística / Nivel, Calidad y Condiciones

Más detalles

Manual de FONDOS de PENSIONES

Manual de FONDOS de PENSIONES Manual de FONDOS de PENSIONES Séptima edición, revisada y actualizada Con los cambios que introduce el Real Decreto 3/2000, de 23 de junio, de medidas fiscales urgentes de estímulo de ahorro familiar,

Más detalles

Destino de las Aportaciones al INFONAVIT. C.P.C. Y M.I. Oscar de J. Castellanos Varela

Destino de las Aportaciones al INFONAVIT. C.P.C. Y M.I. Oscar de J. Castellanos Varela Destino de las Aportaciones al INFONAVIT C.P.C. Y M.I. Oscar de J. Castellanos Varela Que son las aportaciones al INFONAVIT? Ley Federal del Trabajo Artículo 136.- Toda empresa agrícola, industrial, minera

Más detalles

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones CIRCULAR N 15

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones CIRCULAR N 15 CIRCULAR N 15 Vistos, las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras. REF.: PLAN DE CUENTAS

Más detalles

Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV

Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV PENSIONES ISSSTE Retiro Cesantía en edad avanzada y Vejez RCV Existe Cesantía cuando el Trabajador queda privado de trabajo remunerado a partir de los sesenta años de edad o al cumplir 65 años de edad

Más detalles

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SOBRE LAS PERCEPCIONES DE LOS DIPUTADOS FEDERALES Y SERVIDORES PÚBLICOS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS PARA LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. En cumplimiento a lo establecido por el artículo

Más detalles

FORO REGIONAL TRABAJO DOMÉSTICO SANTIAGO DE CHILE 4-6 DICIEMBRE. Argentina Sector Empleador

FORO REGIONAL TRABAJO DOMÉSTICO SANTIAGO DE CHILE 4-6 DICIEMBRE. Argentina Sector Empleador FORO REGIONAL TRABAJO DOMÉSTICO SANTIAGO DE CHILE 4-6 DICIEMBRE Argentina Sector Empleador Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casa Particulares Ley 26.844 del 24-4-13 antes del

Más detalles

DECLARACIÓN JURADA DE ELECCIÓN DE SISTEMA DE PENSIONES

DECLARACIÓN JURADA DE ELECCIÓN DE SISTEMA DE PENSIONES PERÚ Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías DECLARACIÓN JURADA DE ELECCIÓN DE SISTEMA DE PENSIONES Ley 28991 (Art.16), DS.009-2008-TR, DS.063-2007-EF Señores. Superintendencia

Más detalles

A continuación encontrará la lista de la legislación de seguridad social de su país disponible en NATLEX, la base de la OIT de datos que contiene

A continuación encontrará la lista de la legislación de seguridad social de su país disponible en NATLEX, la base de la OIT de datos que contiene COSTA RICA A continuación encontrará la lista de la legislación de seguridad social de su país disponible en NATLEX, la base de la OIT de datos que contiene legislación nacional sobre trabajo, seguridad

Más detalles

NOVEDADES EMPLEADAS HOGAR Y ACTUALIZACIÓN PENSIONES

NOVEDADES EMPLEADAS HOGAR Y ACTUALIZACIÓN PENSIONES LABORAL nº - 13 / L 05-8 febrero 2013 NOVEDADES EMPLEADAS HOGAR Y ACTUALIZACIÓN PENSIONES Le informamos de que se ha publicado en el BOE de 31 de diciembre de 2012 el RD- Ley 29/2012, de 28 de diciembre,

Más detalles

Sistema de Previsión en Chile. Integrantes: Rodrigo Bustamante.

Sistema de Previsión en Chile. Integrantes: Rodrigo Bustamante. Sistema de Previsión en Chile Integrantes: Rodrigo Bustamante. María a José Contreras. Sistema de previsión n en Chile En palabras simples, lo que busca este sistema es que las personas tengan ingresos

Más detalles

LEY Nº 065 LEY DE 10 DE DICIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

LEY Nº 065 LEY DE 10 DE DICIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA LEY Nº 065 LEY DE 10 DE DICIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA LEY Nº 065 LEY DE 10 DE DICIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

Más detalles

GLOSARIO DE TERMINOS

GLOSARIO DE TERMINOS GLOSARIO DE TERMINOS Para los fines del presente anuario, los términos señalados a continuación tiene el siguiente significado: CAJA NACIONAL DE SALUD Es una Institución de carácter público encargada de

Más detalles

La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias

La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias Nota Informativa Madrid, 16 de marzo de 2009 La Mutualidad de la Abogacía ofrece un nuevo e innovador seguro de rentas vitalicias El nuevo producto, denominado Renta Vitalicia Remunerada permitirá participar

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS INTENDENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS INTENDENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS FONDOS COMPLEMENTARIOS PREVISIONALES INTENDENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL ABRIL 2009 1 SEGURIDAD SOCIAL Es un mecanismo de protección frente a las contingencias

Más detalles

Cotización Previsional Obligatoria para Trabajadores Independientes

Cotización Previsional Obligatoria para Trabajadores Independientes Seminario Cotización Previsional Obligatoria para Trabajadores Independientes El Expositor Andrés E. Guerra Panay-B. Ingeniero Comercial (UC del Norte) Asesor Previsional (Superintendencia de Pensiones)

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 29537 1º de mayo de 2008 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

DECRETO SUPREMO Nº 29537 1º de mayo de 2008 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 29537 1º de mayo de 2008 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Que, el Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, señala que el Estado tiene

Más detalles

LA PRIMERA LEY CONSENSUADA CON LOS TRABAJADORES

LA PRIMERA LEY CONSENSUADA CON LOS TRABAJADORES LA PRIMERA LEY CONSENSUADA CON LOS TRABAJADORES Ley de Pensiones TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES ARTÍCULO 1.- (OBJETO DE LA LEY). La presente Ley tiene por

Más detalles

1.- Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual

1.- Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual Tipos de Incapacidad Permanente 1.- Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual Grado Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de dicha profesión, siendo

Más detalles

- APORTACIONES - Cuánto y cómo se aporta?

- APORTACIONES - Cuánto y cómo se aporta? Preguntas Qué es Elkarkidetza? Elkarkidetza es la Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV) sin ánimo de lucro que tiene como objetivo complementar las pensiones de la Seguridad Social Pública al personal

Más detalles

PENSIÓN DE INVALIDEZ

PENSIÓN DE INVALIDEZ PENSIÓN DE INVALIDEZ Qué es la Pensión de Invalidez? Beneficio previsional que reciben mensualmente los afiliados que hayan sido declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas

Más detalles

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica: Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

Más detalles

INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL IESS

INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL IESS INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL IESS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE DEBEN CONOCER LOS EMPLEADORES PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PATRONALES BASE LEGAL CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA ART.34 DERECHO

Más detalles

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN

SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN 1/ 9 SUBSIDIOS ENFERMEDAD COMÚN Qué es el Subsidio Por Enfermedad Común? Es la prestación en dinero que se otorga a través de la institución al empleado afectado por una Discapacidad

Más detalles

Cuenta Satélite de Salud. Cuentas de financiación del régimen contributivo 2013 provisional. Financiación del régimen contributivo 2013 provisional

Cuenta Satélite de Salud. Cuentas de financiación del régimen contributivo 2013 provisional. Financiación del régimen contributivo 2013 provisional Boletín técnico Bogotá D.C. 3 de septiembre 2015 Cuenta Satélite de Salud Cuentas de financiación del régimen contributivo 2013 provisional Introducción Financiación del régimen contributivo 2013 provisional

Más detalles

"ESSALUD. Aprueban Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas CONSEJO DIRECTIVO VIGESIMO SEGUNDA SESION ORDINARIA ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99

ESSALUD. Aprueban Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas CONSEJO DIRECTIVO VIGESIMO SEGUNDA SESION ORDINARIA ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99 "ESSALUD Aprueban Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas CONSEJO DIRECTIVO VIGESIMO SEGUNDA SESION ORDINARIA ACUERDO Nº 59-22-ESSALUD-99 Lima, 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Ley N

Más detalles

Sistema de Pensiones, Seguro de Cesantía y Subsidio al empleo joven, 10 de octubre de 2014

Sistema de Pensiones, Seguro de Cesantía y Subsidio al empleo joven, 10 de octubre de 2014 Sistema de Pensiones, Seguro de Cesantía y Subsidio al empleo joven, 10 de octubre de 2014 Sistema de Pensiones en Chile Pilar obligatorio El Sistema de Pensiones en Chile está constituido por tres pilares

Más detalles

EL SISTEMA DE PENSIONES EN BOLIVIA. Montevideo, Octubre 2009

EL SISTEMA DE PENSIONES EN BOLIVIA. Montevideo, Octubre 2009 EL SISTEMA DE PENSIONES EN BOLIVIA Montevideo, Octubre 2009 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE PENSIONES EN BOLIVIA El sistema de pensiones vigente en Bolivia proviene de Ley No. 1732 del año 1996,

Más detalles

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros FUNDACIÓN MAPFRE 2015 Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad,

Más detalles

PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Seguridad Social. La seguridad social es la protección que una sociedad proporciona

Más detalles

«LOS SISTEMAS PRIVADOS DE PENSIONES EN LA IMPOSICIÓN ESTATAL SOBRE LA RENTA» (IRPF e Impuesto sobre Sociedades)

«LOS SISTEMAS PRIVADOS DE PENSIONES EN LA IMPOSICIÓN ESTATAL SOBRE LA RENTA» (IRPF e Impuesto sobre Sociedades) «LOS SISTEMAS PRIVADOS DE PENSIONES EN LA IMPOSICIÓN ESTATAL SOBRE LA RENTA» (IRPF e Impuesto sobre Sociedades) FELIPE ALONSO MURILLO 1 Editorial Lex Nova. Valladolid. 2000 (272 páginas) El artículo 41

Más detalles