MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: TARIFAS: APROBACIÓN Y APLICACIÓN
|
|
- Dolores Villalobos Marín
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: TARIFAS: APROBACIÓN Y APLICACIÓN IMPORTANTE La veracidad y exactitud de la información declarada en el presente es compromiso del responsable del mismo, por lo tanto cualquier observación o corrección que se considere oportuna deberá comunicarse a la brevedad, antes de firmar la conformidad del procedimiento. Gerencia Comercial Gerencia Comercial Subgerencia Técnica Directorio-Presidente Zona Norte Zona centro Comercial DISPOSICIONES LEGALES Resolución Nº /2007, que reemplaza en forma íntegra el régimen de aprobación y aprobación de tarifas. La misma sustituye el texto del punto 26.1 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora por el siguiente: Tarifas de Primas. ( ) Las tarifas aprobadas conforme con lo dispuesto en el punto anterior darán por cumplidos los requisitos de autorización previstos en la Ley Nº en la medida que contemplen los siguientes aspectos: a) Que las tarifas aprobadas estén elaboradas sobre bases técnicas, en función de principios básicos en materia de equidad, suficiencia, homogeneidad y representatividad, que permitan presumir razonablemente un resultado técnico positivo y que no resulten abusivas ni discriminatorias. b) Que para su elaboración se haya tenido en cuenta la experiencia siniestral, nivel de gastos y demás elementos que avalen su integración y que, en ningún caso, hayan sido confeccionadas tomando en consideración la naturaleza del asegurable o la relación económica o jurídica que lo vincula con el asegurador. 1
2 c) Que, cuando se trate de tarifas que establecen variaciones en función del riesgo de los atributos de cada tomador o asegurado, deberán aplicarse en forma uniforme en base a parámetros de cálculo previamente definidos. d) Que, cuando se trate de riesgos especiales o de carácter novedoso, más allá de describir la rutina a observar, deberá acreditarse la participación de un reasegurador de reconocida solvencia técnica y financiera. e) Que, cuando se trate de: I. Coberturas cuya producción al cierre del último ejercicio económico sea superior al veinte por ciento (20%) de la emisión total de la entidad, II. Correspondan a seguros sobre personas, III. Coberturas de la rama automotores, IV. Coberturas que, conforme el procedimiento previsto en el Anexo II de las presentes normas, hayan arrojado resultado negativo al cierre del último ejercicio económico, deberá intervenir en su confección un profesional Actuario inscripto en el registro de esta Superintendencia de Seguros de la Nación y el Organo de Administración de las entidades deberá tomar razón antes de su aplicación Las entidades supervisadas deberán modificar el procedimiento previsto en el punto del Anexo I de la Resolución Nº , en la medida que no se corresponda con lo dispuesto en el contenido de las presentes normas, haciendo expresa inclusión de los contenidos del punto precedente. Ley /1973, donde se establecen los elementos a presentar para que el Órgano de Control dé curso a la aprobación solicitada. 2
3 DESCRIPCIÓN ANALÍTICA DEL PROCEDIMIENTO PROCESO N 1: ACTUALIZACIÓN O INCORPORACIÓN DEL PRODUCTO 1. Casa Matriz Directorio 1.1. Ante la decisión del Directorio de actualizar un producto u operar uno nuevo ya sea adhiriéndose a un plan de otra compañía o elaborando uno propio, se elabora un acta que designa quienes serán los responsables de continuar las gestiones ante la Superintendencia de Seguros de la Nación Si el directorio decide adherirse a un plan existente, le solicita al actuario información sobre los planes aprobados para el producto que se desea comercializar. 2. Actuario Si desea elaborar su propio plan, le requerirá al actuario la confección del mismo El actuario elaborará un proyecto del plan y de las tarifas que correspondieran y si fuera necesario se solicitará el aval al reasegurador Lo enviará al Directorio de la compañía. 3. Casa Matriz Directorio 3.1. Recibirá el proyecto enviado por el actuario el que será analizado por el Directorio, la Gerencia Comercial, la Subgerencia de Organización y Métodos, Oficina Técnica; y la Subgerencia Técnica Comercial si se tratara de Seguros Generales En el caso de no estar de acuerdo con el proyecto recibido, se le enviarán al actuario las observaciones y/o modificaciones que se le desea realizar al plan. 3
4 En caso de estar de acuerdo, se elabora el acta de Directorio aprobando el proyecto. 3.2 Una vez que el producto refleje los lineamientos pretendidos por la Compañía, se enviará al Asesor Letrado externo las Condiciones Generales, Condiciones Específicas y Cláusulas Adicionales (si existieran) para que emita su opinión legal. 3.3 Se remitirá al actuario las tarifas para que certifique que las mismas son suficientes para el cumplimiento de las obligaciones de la compañía y que las bases técnicas utilizadas son las correctas. 3.4 Una vez que se tenga respuesta afirmativa, tanto del Asesor Letrado como del Actuario se procede a enviar a la SSN la siguiente documentación: Texto de la Propuesta de seguro (condiciones Generales, condiciones Específicas, condiciones Particulares, Cláusulas Adicionales.) Formularios a emplear. Nota Técnica*. (sólo para el caso de Seguros de Personas) Opinión Actuarial. Opinión Letrada. Certificación de Retenciones (Otorgada por el Actuario). Acta de Directorio donde se manifiesta la intención de operar o actualizar un producto. Bases Técnicas. Nota del reasegurador avalando las tarifas presentadas, en caso de corresponder. *IMPORTANTE Dados los cambios introducidos por la Resolución Nº , la actual operatoria establece que a efectos de las tramitaciones de planes de Seguros Patrimoniales, los cuadros tarifarios deberán ser aprobados internamente por la Compañía, sin la necesidad de adjuntar Nota Técnica mencionada en el punto anterior, 4
5 Respecto a los Seguros de Personas, la operatoria y los mecanismos continúan vigentes, persistiendo la obligación de presentar todos los elementos mencionados frente al Organismo de control. 3.5 La SSN comunicará al Directorio la autorización para operar en dicho producto, quien informa a la Gerencia General y Comercial. Esta última es la encargada de comunicarlo a los Gerentes de las Agencias. PROCESO N 2: APLICACIÓN DE TARIFAS SEGUROS DE PERSONAS 1. Casa Matriz - Gerencia Comercial - Gerentes de Agencia 1.1. Para la rama Vida se deberá utilizar un Sistema de Cotización, denominado Cotizador. Dicho Cotizador será confeccionado contemplando las bases técnicas. Los Gerentes de Agencia son los encargados de solicitar las cotizaciones, las cuales son enviadas vía correo electrónico al Gerente Comercial. CONTROL El Gerente Comercial deberá controlar que las tarifas reflejen lo autorizado por la SSN. IMPORTANTE Tanto el Gerente General como el Gerente Comercial son los únicos que pueden autorizar cotizaciones que por alguna razón se aparten de las tarifas insertas en los cotizadores. Excepciones: Vida Obligatorio, Vida Trabajadores Rurales, Accidentes Personales y Convenio Mercantil, están a cargo de la Subgerencia Técnica Comercial. 5
6 SEGUROS GENERALES 1. Casa Matriz - Subgerencia Técnica Comercial Para los Seguros Generales se deberá aplicar las tarifas expresadas en el Manual de Tarifas de Seguros Generales, confeccionado por la Subgerencia Técnica Comercial, de acuerdo a la Resolución de la SSN con vigencia 01/07/ La Subgerencia comunicará y proporcionará los cuadros tarifarios tanto a las agencias como a los productores. CONTROL El Subgerente Técnico Comercial es el encargado de controlar que las tarifas aplicadas sean las aprobadas por la SSN. IMPORTANTE El Gerente General o el Subgerente Técnico Comercial, previa autorización o con conocimiento de la Gerencia Comercial (vía correo electrónico), son los únicos que pueden autorizar cotizaciones que por alguna razón se aparten de las tarifas que surgen de los Manuales correspondientes. 6
7 ANEXO N 1 A continuación se adjuntan el detalle de Resoluciones y Proveídos que aprueban las tarifas de las distintas ramas en las que opera la compañía: 1- Accidentes Personales SEGUROS DE PERSONAS DENOMINACIÓN del PLAN EXPTE N Autorización SSN FECHA 1.1. Seguro de Accidentes Personales Aprobación adhesión Condiciones Contractuales y Bases Técnicas Prov /02/ Sepelio DENOMINACIÓN del PLAN EXPTE N Autorización SSN FECHA 2.1. Seguro Colectivo de Sepelio Condiciones Contractuales y Bases Técnicas R.G /08/ Seguro Individual de Sepelio Condiciones Contractuales y Bases R.G /08/ Vida Colectivo DENOMINACIÓN del PLAN EXPTE N Autorización SSN FECHA 3.4. Seguro de Vida Colectivo y Grupal Aprobación de Plan Prov /06/1997 Modificaciones Técnico - Contractuales Prov /02/1999 Modificaciones Técnico - Contractuales Prov /06/2001 Modificaciones Técnico - Contractuales Prov /01/2005 Modificaciones Técnico - Contractuales Prov /09/ Seguro Colectivo de Vida para Trabajadores Rurales 7
8 DENOMINACIÓN del PLAN EXPTE N Autorización SSN FECHA Aprobación de Plan Res /02/ Seguro Colectivo de Vida de Deudores Aprobación adhesión Condiciones Contractuales y Bases Técnicas Prov /12/ Seguro Escolar Aprobación de Plan Prov /02/2002 SEGUROS PATRIMONIALES Para los mismos será de aplicación la Ley y los cuadros tarifarios vigentes. 8
SERVICIO DE ATENCION AL ASEGURADO ZONA NORTE
SERVICIO DE ATENCION AL ASEGURADO ZONA NORTE IMPORTANTE La veracidad y exactitud de la información declarada en el presente es compromiso del responsable del mismo, por lo tanto cualquier observación o
Más detallesOBJETIVO Describir el procedimiento de Recepción de Propuesta de Cobertura, Emisión y Entrega de Certificados de Cobertura y Pólizas.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: RECEPCION DE PROPUESTAS DE COBERTURA. EMISIÓN Y ENTREGA DE CERTIFICADOS DE COBERTURA Y PÓLIZAS - RENOVACIÓN DE POLIZAS SEGUROS GENERALES Y SEGUROS DE PERSONAS EXCEPTO VIDA PLUS
Más detallesNORMATIVA PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS FUNEBRES
NORMATIVA PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS FUNEBRES IMPORTANTE La veracidad y exactitud de la información declarada en este procedimiento es responsabilidad del Jefe de cada área participante en el mismo,
Más detallesRECEPCIÓN DE PROPUESTAS DE COBERTURA. EMISIÓN Y ENTREGA DE CERTIFICADOS DE COBERTURA Y POLIZAS SEGURO VIDA PLUS
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS DE COBERTURA. EMISIÓN Y ENTREGA DE CERTIFICADOS DE COBERTURA Y POLIZAS SEGURO VIDA PLUS IMPORTANTE La veracidad y exactitud de la información declarada en el presente es compromiso
Más detallesCODIGO DEL DOCUMENTO: CONTROL DE CAMBIOS. Versión Fecha Descripción del Cambio
Proceso: GESTIÓN DE CALIDAD Página 1 de 7 NOMBRE DEL DOCUMENTO: En cumplimiento de la Ley 1581 de 2.012 y su Decreto Reglamentario 1377 de 2.013 CODIGO DEL DOCUMENTO: OD-GC-001 CONTROL DE CAMBIOS Versión
Más detallesACUERDO SUGESE 05-13
CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN
Más detallesCAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN
Página 1 de 5 CAPÍTULO 3: OPERACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CERTIFICACIÓN 1. OBJETIVO Y ALCANCE DEL PRESENTE CAPÍTULO El objetivo del presente capítulo es describir y hacer referencia a los procedimientos,
Más detallesFormulario de Solicitud de Autorización e Inscripción de un Fondo de Inversión y sus Cuotas de Participación
I. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión: a) Nombre o Razón Social: b) Objeto Social: c) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC): d) Domicilio Social: e) Capital Suscrito y Pagado: f) Capital
Más detallesREGLAMENTO DEL REGIMEN ESPECIAL DE SEGUROS DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA
REGLAMENTO DEL REGIMEN ESPECIAL DE SEGUROS DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA Artículo 1.- ( Ámbito de Aplicación) Las disposiciones contenidas en el presente reglamento se aplican a las Entidades Aseguradoras,
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN SOCIAL ARTICULO 46 DE LA LEY N 18.046. (Ley N 20.382 Sobre Gobiernos Corporativos) EUROAMERICA SEGUROS DE VIDA S.A.
1 MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN SOCIAL ARTICULO 46 DE LA LEY N 18.046 (Ley N 20.382 Sobre Gobiernos Corporativos) EUROAMERICA SEGUROS DE VIDA S.A. ENERO 2010 Aprobado en sesión de Directorio Sociedad
Más detallesPolítica Conflicto de Interés
Política Conflicto de Interés Seguros de Vida Sura S.A. SURA CHILE INDICE INTRODUCCIÓN... 3 I. DEFINICIONES... 4 PERSONA SUJETA... 4 PERSONAS RELACIONADAS... 4 II. ACTIVIDADES PROHIBIDAS... 6 III. OBLIGACIÓN
Más detallesINFORMACION SOBRE SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO CAMBIO DE ESQUEMA DE RECAUDACION
INFORMACION SOBRE SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO CAMBIO DE ESQUEMA DE RECAUDACION 1. Qué es el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO)? Es un seguro que cubre el riesgo de muerte por cualquier
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LLENADO DE SEGUROS GENERALES
INSTRUCTIVO PARA LLENADO DE SEGUROS GENERALES 1 INDICE Aspectos Generales de la Declaración de Salud 3-4 Descripción analítica del procedimiento 5-7 Anexo I 8-10 2 INSTRUCTIVO PARA LLENADO DE SEGURO GENERALES
Más detallesSERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO
SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM
Más detallesLa Empresa. PSST 4.4.5 01 Control de la Documentación Norma OHSAS 18001:2007
5.3.6 PSST 4.4.5 01 Control de la Documentación La Empresa PSST 4.4.5 01 Control de la Documentación Norma OHSAS 18001:2007 REGISTRO DE REVISIONES DE ESTE PROCEDIMIENTO Fecha Revisión Descripción de la
Más detallesINSTRUCTIVO PARA OBTENCION DEL CERTIFICADO ESTUDIANTIL
INSTRUCTIVO PARA OBTENCION DEL CERTIFICADO ESTUDIANTIL Previo al inicio de las acciones comerciales de cualquier naturaleza las Agencias de Viajes que deseen prestar servicios de Turismo Estudiantil (conforme
Más detallesPOLÍTICA DE SOLVENCIA AFP PROVIDA S.A. Versión 001-31.07.2014 Página 1 de 8
POLÍTICA DE SOLVENCIA AFP PROVIDA S.A. Versión 001-31.07.2014 Página 1 de 8 Título Política de Solvencia ProVida AFP Unidad de Origen Gerencia Financiero Control Interno Financiero Versión 001 Fecha Emisión
Más detallesESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 02
ESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 02 CÁLCULO ACTUARIAL DE LA RESERVA DE RIESGOS EN CURSO PARA LOS SEGUROS DE CORTO PLAZO (VIDA Y NO-VIDA) Desarrollado por el Comité de Estándares de Práctica Actuarial
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesSilvia Canales Coto Intendente de Seguros. SGS-DES-O-1033-2015 26 de junio de 2015. Señor (a) Gerente General Entidad Aseguradora
Silvia Canales Coto Intendente de Seguros 26 de junio de 2015 Señor (a) Gerente General Entidad Aseguradora Estimado (a) señor (a): Según se comunicó en oficio SGS-DES-O-0830-2015 del 22 de mayo de 2015,
Más detallesDirección General de Seguros SOLICITUD DE ADAPTACION DE CORREDOR DE SEGUROS PERSONA JURIDICA. con CIF, domicilio social en provincia de
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones SOLICITUD DE ADAPTACION DE CORREDOR DE SEGUROS PERSONA JURIDICA D en nombre y representación de la sociedad con CIF,
Más detallesProcedimiento para el trámite de precios unitarios de conceptos de trabajo no previstos en el catálogo original del contrato.
Página: 1 de 1 Hoja de Control de Emisión y Revisiones. N de Revisión Páginas Afectadas Motivo del Cambio Aplica a partir de: 0 Todas Generación de documento 13-Noviembre-2012 Página: 2 de 7 Contenido
Más detallesCOMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Más detallesPOLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM
POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a
Más detallesGOBIERNO CORPORATIVO DE AIG SEGUROS MEXICO, S.A. DE C.V. Código:L2SOS- Firma: Firma: Firma: Fecha de entrada en vigor: 1 de Julio de 2011
PROCEDIMIENTOS: GOBIERNO CORPORATIVO DE AIG SEGUROS MEXICO, S.A. DE C.V. Código:L2SOS- Elaboró: Arturo Morales Puesto: Director Jurídico Firma: Revisó: Rafael Piña y Jorge Andrade Puesto: Oficial de cumplimiento
Más detallesAprobado mediante: Resolución Ministerial 014 de 23 de enero de 2013 SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES
Aprobado mediante: Resolución Ministerial 014 de 23 de enero de 2013 SISTEMA DE REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objetivo y ámbito de aplicación
Más detallesEn la invitación a la Licitación Pública No. 03 2014 se preguntó por parte de una Compañía aseguradora:
Dando respuesta a inquietudes sobre la información contenida en la carta de invitación del proceso de Licitación Pública No. 04-2014, remitidas por tres compañías aseguradoras, el Banco Colpatria Multibanca
Más detallesPreguntas frecuentes (SBS)
Cuál es el contenido de una póliza? Nombre y domicilio del asegurador. Nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario. Calidad en que actúa el solicitante del seguro. Identificación precisa
Más detallesPROCEDIMIENTO DE CONTABILIDAD. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Fecha: 21/08/2015 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN Página: 1 de 9
PROPÓSITO Reconocer y revelar las transacciones, hechos y operaciones realizadas por la Unidad Nacional de Protección, para garantizar la confiabilidad y veracidad de la información financiera. ALCANCE
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 11 de febrero de 2015
Real Decreto 1332/2006, de 21 de noviembre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la constitución y puesta en marcha de sociedades
Más detallesPROCEDIMIENTO DE COBRANZAS Y SU IMPUTACION SEGUROS GENERALES (SEGUROS DISTINTOS A LOS DE VIDA)
PROCEDIMIENTO DE (SEGUROS DISTINTOS A LOS DE VIDA) IMPORTANTE: La veracidad y exactitud de la información declarada en el presente es compromiso del responsable del mismo, por lo tanto cualquier observación
Más detallesCONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección General de Tesorería y Deuda Pública
INSTRUCCIÓN 1/2015, DE 13 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y DEUDA PÚBLICA SOBRE LA GESTIÓN DE LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS ACREEDORES EN EL SISTEMA GIRO La puesta en funcionamiento
Más detallesASUNTO: GERENCIA DE OPERACIONES MONETARIAS - APRUEBA REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE BILLETES Y MONEDAS. La Ley Nº 1670 de 31 de octubre de 1995.
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 037/2000 ASUNTO: GERENCIA DE OPERACIONES MONETARIAS - APRUEBA REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE BILLETES Y MONEDAS. VISTOS: La Ley Nº 1670 de 31 de octubre de 1995. La Resolución
Más detallesDirectrices. sobre. el examen de las quejas por las. empresas de seguros
EIOPA-BoS-12/069 ES Directrices sobre el examen de las quejas por las empresas de seguros 1/8 1. Directrices Introducción 1. De conformidad con el artículo 16 del Reglamento EIOPA 1 (Autoridad Europea
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. liberlod yorden. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlISLlCO 22 JUN201S
REPÚBLICA DE COLOMBIA liberlod yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlISLlCO. ". ~- :,....... -..,.....: 22 JUN201S Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de
Más detallesREGLAMENTO DE NORMAS DE CONTABILIDAD PARA LAS INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y PARA LOS FONDOS DE PENSIONES CAPITULO I
DECRETO No.18 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO: I. Que el Art. 5, letra c) de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, establece que son facultades de la Superintendencia
Más detallesEL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES:
MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL TÍTULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Y EL REGLAMENTO DE LAS INVERSIONES ELEGIBLES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN SBS N 1183-2007 Lima, 27 de agosto de 2007 EL SUPERINTENDENTE
Más detallesGUIA PARA LA EVALUACION, ACTUALIZACION Y REGISTRO DE PROVEEDORES DEL BANCO COLPATRIA Y FILIALES
GUIA PARA LA EVALUACION, ACTUALIZACION Y REGISTRO DE PROVEEDORES DEL BANCO COLPATRIA Y FILIALES INCOCREDITO es la empresa encargada de operar y administrar la información de los proveedores del Banco Colpatria
Más detallesMINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA
SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones
Más detallesPROCEDIMIENTO ASESORÍA Y EMISIÓN DE CONCEPTOS JURÍDICOS
1. OBJETIVO. Dar soluciones jurídicas a interrogantes que se formulen frente a situaciones generales a través de la interpretación normativa, para garantizar seguridad y certeza jurídica de la Fundación
Más detallesResolución Numero 4/2003. Normas contables para Agentes y Sociedades de Bolsa
Resolución Numero 4/2003. Normas contables para Agentes y Sociedades de Bolsa El Directorio del Mercado de Valores del Litoral SA., les comunica que las normas contables y disposiciones reglamentarias
Más detallesCAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA EFECTUAR LAS INVERSIONES FINANCIERAS DEL INCOP CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Del ámbito de aplicación. Este reglamento establece los lineamientos para realizar las inversiones
Más detalles2. Requisitos para la designación como laboratorio para el control oficial
DESIGNACIÓN DE LOS LABORATORIOS DE CONTROL OFICIAL PARA LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y MATERIALES EN CONTACTO CON LOS ALIMENTOS PROCEDENTES DE TERCEROS PAÍSES 1. Introducción De acuerdo con el Reglamento
Más detallesESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 01
ESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 01 CÁLCULO ACTUARIAL DE LA PRIMA DE TARIFA PARA LOS SEGUROS DE CORTO PLAZO (VIDA Y NO-VIDA) Desarrollado por el Comité de Estándares de Práctica Actuarial de la Asociación
Más detallesSISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN
SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN La Ley Nº 19.934, vigente a partir del 19 de agosto de 2004, creó un sistema de Consultas y Ofertas de Monto de Pensión, con el propósito que los afiliados
Más detallesCONTENIDO SECCIÓN II... 4
CONTENIDO TÍTULO I... 1 DISPOSICIONES GENERALES... 1 Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico... 1 Artículo 2 Marco Normativo... 1 Artículo 3 Aprobación del Reglamento Específico... 1 Artículo
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 4300 DE 2012 (julio 24) por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos
RESOLUCIÓN NÚMERO 4300 DE 2012 (julio 24) por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos La Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades legales y
Más detallesGUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO
GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS
Más detallesfuncionamiento de empresas que puedan existir en cada momento.
FORMAS JURÍDICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESA Para establecer la forma jurídica de una sociedad debemos tener en cuenta múltiples factores que determinaran las condiciones para optar por la que mejor
Más detallesPLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS Y DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE CENTRO DE TRANSPORTE DE VITORIA S
PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS Y DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE CENTRO DE TRANSPORTE DE VITORIA S.A. (CTV, S.A.) Junio de 2013 Concurso Ref. 02/2013 I
Más detallesEl presente instructivo se estructura de la siguiente manera:
Instructivo para el envío diario del Estado de Liquidez y Solvencia Patrimonial, que deberán realizar los intermediarios de valores a esta Superintendencia, a través de la página web. La Superintendencia
Más detallesMINISTERIO DE AUTONOMÍAS REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES
REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES Índice CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Objeto.-.. 1 Artículo 2. Definiciones.-. 1 Artículo 3. Base Normativa.-.
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 Por la cual se reglamentan los programas de diplomado en la Universidad Nacional de Colombia
Más detallesProcedimiento Seguros
1. Objeto Cubrir y asegurar nuestro patrimonio de los eventuales riesgos a que puedan estar expuestos en caso de presentarse alguna contingencia. 2. Alcance El total de las pólizas requeridas para el funcionamiento
Más detallesPERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES
PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES 1. Motivación. Salvo para los municipios incluidos dentro del régimen jurídico de los municipios de gran población y para las Diputaciones
Más detallesREGALMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO Y VENTA THE FINANCE SOLUTION CORPORATE
REGALMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO Y VENTA THE FINANCE SOLUTION CORPORATE 1.-Titularidad: La compañía AMERICA NETWORK SOLUTION, se reserva todos los derechos y el absoluto control, reglamentación, promoción,
Más detallesRESOLUCIÓN No. I-68 2003
RESOLUCIÓN No. I-68 2003 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 147 de 1994, modificó la integración de los organismos de la Administración central del estado y en su Artículo 4 estableció la creación de la Oficina
Más detallesRESOLUCIÓN DE MESA DIRECTIVA N 1627
RESOLUCIÓN DE MESA DIRECTIVA N 1627 VISTO: La Resolución Técnica N 26 Normas Contables Profesionales: Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales
Más detallesPrácticas de gobierno corporativo
Prácticas de gobierno corporativo Nuestras prácticas de gobierno corporativo se rigen por la legislación argentina vigente (en especial la Ley N 19.500 de Sociedades Comerciales, y sus modificaciones),
Más detallesLEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:
Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
Más detallesAnexo 02 FICHA TECNICA FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE
Anexo 02 FICHA TECNICA FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN CORREDOR DE SEGUROS Y EL PROGRAMA DE SEGUROS GENERALES QUE GARANTICEN LA PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS
Más detallesREGLAMENTO DE ENTIDADES ESTRUCTURADORAS DEL MERCADO DE VALORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ENTIDADES ESTRUCTURADORAS DEL MERCADO DE VALORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son aplicables a las Entidades Estructuradoras,
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesGuía rápida. Otras Modificaciones
Guía rápida Otras Modificaciones Febrero 2010 División Mercado Público - I. Modificación Formulario de Orden de Compra El artículo 10 del Reglamento de Compras Públicas incorpora nuevas excepciones de
Más detallesCOL-COM-002 VENTAS Y COMERCIALIZACION DE CALDERAS PIROTUBULARES Y EQUIPOS
. VENTAS Y COMERCIALIZACION DE CALDERAS PIROTUBULARES Y EQUIPOS 3 Uriel Buitrago Alvaro Suarez Victor Figueroa 19/Sep/11 REV. PREPARO REVISO APROBO FECHA HOJA 2 DE 9 VENTA Y COMERCIALIZACIÓN DE CALDERAS
Más detallesGUATEMALA, c. A. CONSIDERANDO:
GUATEMALA, c. A. ACUERDO NÚMERO 3-2011. Guatemala, cuatro de enero de dos mil once. EL SUPERINTENDENTE CONSIDERANDO: Que el artículo 36 del Decreto número 25-2010 del Congreso de la República de Guatemala,
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de junio de 2015
Circular 1/2003, de 22 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se desarrollan los requisitos especiales exigibles a los miembros industriales de los mercados secundarios oficiales
Más detallesCOLEGIO NACIONAL DE ACTUARIOS, A.C.
COLEGIO NACIONAL DE ACTUARIOS, A.C. 1 COLEGIO NACIONAL DE ACTUARIOS, A.C. Manual de Procedimientos Comité de Nombramiento de Peritos Actuariales I. Introducción El objetivo de este manual de procedimientos
Más detallesREGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES
REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES PREAMBULO Con el fin de asegurar el cumplimiento de preceptos contenidos en la ley N 18.045 sobre Mercado de Valores, el directorio de EMPRESA NACIONAL
Más detallesSeguro Colectivo de Vida Obligatorio
Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1
Más detallesPreguntas y Respuestas Frecuentes
Preguntas y Respuestas Frecuentes Responsables Inscriptos Vigencia 01/07/2015 Quiénes se encuentran obligados a emitir sus comprobantes originales en forma electrónica? Todos los sujetos que revistan el
Más detallesJTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A.
JTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A. 1. PREGUNTA: Numeral 2.2.1.3. Certificado de Existencia y Representación Legal Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 117 del Código de Comercio
Más detallesNotas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013
Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces Diciembre 2013 Enajenación de bienes raíces Régimen General Mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces Régimen Tributario
Más detallesDOCV nº 6459, de 14 de febrero de 2011
ORDEN 1/2011, de 4 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se regula el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios. DOCV nº 6459, de 14 de febrero
Más detallesTABLA DE CONTENIDOS. APRUEBA E IMPLEMENTA Gerente de Adm. y Finanzas
PAGI 1 de 10 MANEJO DE INFORMACION FECHA APROBACION 13 TABLA DE CONTENIDOS.1. Objetivo.2. Alcance.3. Responsables.4. Referencias.5. Definiciones.6. Modo de Operación 7. Registros 8. Modificaciones 9. Anexos
Más detallesCONTROL DE DOCUMENTOS
PR-SGIA-2 1 de 5 1. PROPÓSITO Este documento tiene por objeto establecer los lineamientos para el control administrativo y operativo de los documentos internos del Sistema de Gestión Integral de Panamericana
Más detallesk-hhhhhhhhjjjjjjj Página 1
k-hhhhhhhhjjjjjjj Página 1 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN 3 OBJETIVOS DEL SISTEMA 3 OBJETIVOS DEL PRESENTE MANUAL 3 INGRESO AL SISTEMA 3 DATOS AGENTE INSTITORIO 5 DATOS ESTABLECIMIENTOS 6 INFORMACIÓN
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA Nº 503/2015
ASUNTO: ORDEN HAP/1650/2015 DE 31 DE JULIO. DONDE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS HOMOGENEIZADORES RESPECTO A LA VALIDACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA. I.- INTRODUCCIÓN Con fecha 6 de Agosto de 2015, se publica
Más detallesG.BAYLIN CORREDURIA DE SEGUROS
REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE Y DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA CORREDURÍA DE SEGUROS G.BAYLÍN CORREDURÍA DE SEGUROS GRUPO LACAO INVESTMENT INC. S.L. PRELIMINAR.- El presente Reglamento
Más detallesC I R C U L A R N 2.165
Montevideo, 20 de Enero de 2014 C I R C U L A R N 2.165 Ref: RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO - ARMONIZACIÓN LIBRO VI - Información y Documentación. Se pone en conocimiento
Más detallesInstructivo Servicios de Celular
1. Objeto Dar a conocer las políticas de manejo de la comunicación móvil en la SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA para los usuarios que por razón de su función, cargos o lineamientos de la Institución requieren
Más detallesResolución S.B.S. N 299-2009. El Superintendente de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Lima, 21 de enero de 2009 Resolución S.B.S. N 299-2009 El Superintendente de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1051 publicado
Más detallesPROCEDIMIENTO REGISTRO EN EL PORTAL WEB OFICIAL DE COMPRAS Y Y CONTRATACIONES
REGISTRO EN EL PORTAL WEB OFICIAL DE COMPRAS Y Tabla de contenido 1. OBJETIVO... 2. ALCANCE.... NORMATIVA DE REFERENCIA... 4. TERMINOLOGÍA ESPECÍFICA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS... 5. ACTORES INTERVINIENTES...
Más detallesNúmero: FCD-4.2.3-01 PROCEDIMIENTO. Control de Documentos. Se complementó la redacción de los párrafos
Tipo de Documento: Título: Número: PCD-4.2.3-01 Revisión: R Página: 2 de 7 Fecha: Marzo de 2012 Aviso: Este documento es de uso exclusivo del Colegio de Bachilleres del Estado de Baja California, por lo
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA ELECTRÓNICA BANCARIA DE DINERO (MEBD)
REGLAMENTO DE LA MESA ELECTRÓNICA BANCARIA DE DINERO (MEBD) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto normar las operaciones que realicen los Bancos
Más detallesSISTEMA DE ACREDITACIÓN DE PROVEEDORES REGISTRO DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS GRUPO DE EMPRESAS ENAP
SISTEMA DE ACREDITACIÓN DE PROVEEDORES REGISTRO DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS GRUPO DE EMPRESAS ENAP I. Inicio proceso de acreditación El proceso se inicia cuando los proveedores completen online
Más detallesANEXO 7 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN
Concurso Público ANEXO 7 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN Concurso Público Página 1 de 5 1.- Del Procedimiento de Revisión. 1.1.- Con independencia de lo establecido en el presente Anexo, el Desarrollador será
Más detallesSecretaría General OFICINA NACIONAL DE GESTIÓN Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DIRECTRIZ TÉCNICA
Secretaría General OFICINA NACIONAL DE GESTIÓN Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DIRECTRIZ TÉCNICA Tratamiento de documentos electrónicos aplicados a documentación de la Universidad Nacional de Colombia (Actualizada
Más detallesAUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
OFICIO Circular por el que, de conformidad con el artículo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se dan a conocer los manuales, formatos y medios
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesEspaña-Utrera: Servicios de seguros de responsabilidad civil 2014/S 118-210174. Anuncio de licitación. Servicios
1/6 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:210174-2014:text:es:html España-Utrera: Servicios de seguros de responsabilidad civil 2014/S 118-210174 Anuncio de
Más detallesCódigo documento: PR-08 Fecha Edición: 16-Febrero-2015 Rev. 2 Pág. 1 de 5 PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE APELACIONES, QUEJAS Y SUGERENCIAS
Código documento: PR-08 Fecha Edición: 16-Febrero-2015 Rev. 2 Pág. 1 de 5 PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE APELACIONES, QUEJAS Y SUGERENCIAS Revisiones y aprobaciones Creado por: Revisado por: Aprobado por:
Más detallesMonitor Semanal. Tributario y Legal. Departamento de Asesoramiento Tributario y Legal
Monitor Semanal Departamento de Asesoramiento Tributario y Legal Tributario y Legal Novedades en materia de datos personales Una Comisión de Trabajo independiente que asesora en materia de protección de
Más detallesPROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN PARA LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INSTITUTO NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES
Más detallesATRIBUCIONES DE LOS SECRETARIOS MUNICIPALES EN RELACIÓN CON LA NORMATIVA SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA
ATRIBUCIONES DE LOS SECRETARIOS MUNICIPALES EN RELACIÓN CON LA NORMATIVA SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA MUNICIPALIDADES. DEFINICIÓN Constitución Política de la República
Más detalles1.3 Definiciones. Se incluyen las que presentan cambios.
ADENDA No 2. AJUSTES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA CONTRATAR A UNA COMPAÑÍA (S) DE SEGUROS PARA EL DESARROLLO DE UN PRODUCTO ESPECIAL DE MICROSEGUROS PARA LOS JEFES DE HOGAR DE LAS FAMILIAS DE LA RED
Más detallesI. Representante fiscal en España para entidades que pretendan operar en régimen de libre prestación de servicios.
SECRETARÍA DE ESTADO, ANEXO SOBRE NORMAS DE INTERÉS GENERAL APLICABLES A ENTIDADES QUE OPERAN EN ESPAÑA EN RÉGIMEN DE LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y DERECHO DE ESTABLECIMIENTO ( VIDA Y NO VIDA) La relación
Más detallesANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026
ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON
Más detalles