REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN AENOR DE CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO SISTEMA DE LICENCIA EUROPEO ESPIGA BARRADA
|
|
- Juan Antonio Acuña Flores
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN AENOR DE CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO SISTEMA DE LICENCIA EUROPEO ESPIGA BARRADA RP RP rev. 01 1/
2 ÍNDICE 1 OBJETO 2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 DEFINICIONES 4 ÓRGANO DE GESTIÓN 5 CONCESIÓN DEL CERTIFICADO 6 MANTENIMIENTO DEL CERTIFICADO 7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EQUIVALENTES BRC/IFS/ CONTROLADO POR FACE 8 LABORATORIOS 9 CONDICIONES ECONÓMICAS 10 RECURSOS Y RECLAMACIONES 11 MARCADO DE PRODUCTOS CERTIFICADOS ANEXO A ANEXO B ANEXO C SOLICITUD DE CONCESIÓN DEL CERTIFICADO DE CONFORMIDAD CON EL REFERENCIAL SISTEMA DE LICENCIA EUROPEO ESPIGA BARRADA PARA EMPRESAS SUMINISTRADORAS DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL DE LA EMPRESA CUESTIONARIO DESCRIPTIVO DEL CENTRO Y DE LOS PRODUCTOS PARA LOS QUE SE SOLICITA LA CERTIFICACIÓN RP rev. 01 2/
3 1 OBJETO Este Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado 3.2 del Reglamento General de los Certificados de Conformidad (en adelante el Reglamento General) el sistema particular de certificación de conformidad con el protocolo Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada que tiene como objeto garantizar al consumidor celíaco que las empresas y los productos que porten dicha marca han cumplido con los requisitos que Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada establece respecto a niveles máximos de gluten. El Reglamento General prevalece en todo caso sobre este Reglamento Particular. 2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Reglamento General del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada (ELS-RG-001 Rev. 02/17) Reglamento Técnico del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada (ELS-RT-001 Rev. 02/17) ANEXO I del Reglamento General: PRODUCTOS NO AUTORIZADOS PARA LLEVAR EL SÍMBOLO DE LA ESPIGA BARRADA (ELS-RGA-001 Rev. 02/17) ANEXO I del Reglamento Técnico: CLASIFICACIÓN DE MATERIAS PRIMAS (ELS-RTA-001 Rev. 02/17) ANEXO II del Reglamento General: SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN (ELS-RGA-002 Rev. 02/17) ANEXO II del Reglamento Técnico: CONTROL DE MATERIAS PRIMAS (ELS-RTA-002 Rev. 02/17) ANEXO III del Reglamento Técnico: CONTROL DE PRODUCTO TERMINADO (ELS-RTA-003 Rev. 02/17) 3 DEFINICIONES Además de las definiciones contenidas en la documentación de referencia, se consideran las definiciones siguientes: EMPRESA PETICIONARIA: Entidad que solicita la certificación para su o sus centros de producción y su subsecuente inscripción en el Registro de AENOR. EMPRESA LICENCIATARIA: Empresa peticionaria a la que AENOR ha concedido el Certificado de Conformidad. PRODUCTOR-ENVASADOR: Empresa que realiza parte o la totalidad del proceso productivo y el envasado-etiquetado del producto terminado. PRODUCTORES NO ENVASADORES: Empresa que realiza parte o la totalidad del proceso productivo de obtención de productos vinculados a la marca de garantía pero no realiza envasado-etiquetado. RP rev. 01 3/
4 ENVASADOR: Empresa que realiza exclusivamente el envasado-etiquetado del producto terminado. OPERADOR: Engloba a todas aquellas empresas agroalimentarias definidas en el Reglamento General como, proveedor, productor-envasador, productor no envasador, envasador. OPERADOR ESPECIALIZADO: Engloba a todas aquellas empresas agroalimentarias que trabajan en torno a los productos alimenticios específicos para personas celíacas. OPERADOR MIXTO: El operador mixto es que elabora productos con y sin gluten dentro de las mismas instalaciones. PROVEEDORES DE MATERIAS PRIMAS DE RIESGO: Empresa que elabora materias primas consideradas de riesgo de contener gluten. Las materias primas de riesgo quedan definidas en el Anexo I del Reglamento Técnico del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada. 4 ÓRGANO DE GESTIÓN / La gestión de este sistema particular de certificación se encomienda, en los términos previstos en los Estatutos de AENOR y en el Reglamento General, al Comité Técnico de Certificación AEN/CTC 073 Alimentación, en adelante el Comité. Los trabajos del Comité se rigen por el Reglamento de los Comités Técnicos de Certificación y el Reglamento Particular del propio Comité. Los servicios técnicos de AENOR desempeñan las funciones de secretaría del Comité. Su dirección y teléfono está en la portada de este documento. 5 CONCESIÓN DEL CERTIFICADO 5.1 Proceso de concesión El proceso de concesión se ajustará a lo establecido en el capítulo 11 del Reglamento General y en el capítulo presente. RP rev. 01 4/
5 5.2 Solicitud La empresa, o en su caso el representante legal, que desee que le sea concedido el certificado de conformidad dirigirá su solicitud en papel o por correo electrónico, con membrete propio y de acuerdo al contenido del modelo de solicitud (Anexo A) a AENOR (Cl Génova, 6, Madrid o seguridadalimentaria@aenor.com. La solicitud debe hacerse por centro. En caso de solicitar la certificación para más de un centro, la empresa deberá remitir una solicitud diferente para cada uno de ellos. Cada solicitud irá acompañada del cuestionario de información general de la empresa (Anexo B), del cuestionario descriptivo del centro y de los productos a certificar (Anexo C) y de copia del Plan APPCC. En los casos que aplique, se adjuntará copia del certificado de conformidad Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada o de Controlado por FACE emitido por una entidad de certificación autorizada, que incluya el alcance de las materias primas tipo A. 5.3 Controles iniciales Visita inicial La planificación de la visita de control se realizará teniendo en cuenta la información incluida en los cuestionarios adjuntos a la solicitud y en el plan APPCC. Durante la visita se verificará si ha sido realizada correctamente la clasificación de las materias primas en base a su riesgo. Para ello, los datos de formulación deberán estar disponibles al equipo auditor durante la visita y deberán ser sometidos a supervisión. El equipo auditor designado por la Secretaría enviará el Plan de Inspección a la empresa peticionaria en el que se indica tanto la fecha de la inspección como la duración estimada de la misma. Este tiempo se podrá aumentar o reducir dependiendo de los siguientes factores: Número de centros a auditar y tamaño de los mismos. Complejidad tecnológica del centro. Diversidad de productos Volumen de producción sin gluten. Valoración del APPCC. La planificación debe ser considerada como una estimación ya que durante la visita pueden surgir aspectos no previstos que puedan dar lugar a la necesidad de ampliar la duración de la inspección. La carencia de la información requerida en los cuestionarios de la solicitud de certificación, así como la falta del envío de la documentación del APPCC que permita su evaluación previa puede ser causa justificada para ampliar el tiempo de auditoría durante el transcurso de la misma. Los costes adicionales originados por esta ampliación serán asumidos por el Peticionario. RP rev. 01 5/
6 La visita inicial de los servicios técnicos de AENOR constará de los siguientes elementos: Reunión de apertura Estudio y revisión documental del APPCC, planes de muestreo, procedimientos y registros. Inspección de las instalaciones de producción y entrevistas con el personal. Reunión final Necesariamente la inspección del centro deberá realizarse coincidiendo con el funcionamiento de las líneas de producción asignadas para la elaboración de los productos objeto de certificación. Durante la visita se evaluarán todos los requisitos del Reglamento General y del Reglamento Técnico del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada Toma de muestras y ensayos Se analizará el contenido de gluten del producto en laboratorios defecto autorizados por FACE. El contenido máximo de gluten se establece en un nivel de 20 ppm. El auditor antes de realizar la toma de muestras, revisará las fichas técnicas de los productos y sus formulaciones. Se verificará si la clasificación de materias primas contempladas en el Cuestionario del anexo C incluida en la solicitud se ha realizado de forma correcta. El número de muestras cumplirá los siguientes mínimos pudiéndose aumentar el muestreo a criterio del auditor en función del resultado de la auditoría: Producción (Tms PSG / año) Ensayos analíticos / mes < > (PSG) Referido únicamente a los productos Sin Gluten incluidos en la solicitud de certificación La elección de productos será a criterio del auditor en base a la información obtenida durante el transcurso de la auditoría. Cada toma de muestras estará compuesta, a su vez, por tres sub-muestras en calidad de inicial, contradictoria y dirimente. La elección de las mismas se hará de la siguiente forma: RP rev. 01 6/
7 a. en el caso de productos suministrados a granel o en grandes formatos (productores no envasadores), se realizará una muestra lo más homogénea posible que será dividida en tres partes (inicial, contradictoria y dirimente). b. En el caso de productos envasados, las tres sub-muestras las compondrán tres productos envasados tal y como se suministran al consumidor final, procedentes de un mismo lote de fabricación. c. En caso de que el producto elaborado sea cerveza, se analizarán 1 muestras por cada referencia de producto que exista durante la auditoría, independientemente de la cantidad de producto elaborado al año. Se enviarán al laboratorio las sub-muestras elegidas en calidad de inicial y dirimente, quedándose en poder del peticionario una sub-muestra en calidad de contradictorio. Junto con las muestras se incluirá la Petición de Análisis. Tras la realización del análisis inicial, la muestra dirimente será custodiada por el laboratorio en condiciones adecuadas de conservación y a disposición de AENOR durante un plazo no inferior a 55 días desde el envío del informe del análisis inicial o hasta que AENOR lo determine si no fuera necesaria su conservación. El laboratorio realizará el ensayo inicial y remitirá un informe a la secretaría del Comité, quién remitirá una copia a la empresa. En el caso de que el interesado no esté de acuerdo con los resultados del análisis inicial, podrá realizar un análisis contradictorio en un laboratorio de su elección previa comunicación a la Secretaría y siempre que cumpla con lo indicado en el capítulo 8. En el caso de que existiera desacuerdo entre los análisis inicial y contradictorio, los Servicios Técnicos de AENOR notificarán el resultado a la Comisión Gestora y seguirán sus instrucciones para la realización de los ensayos dirimentes en el laboratorio de referencia designado, cuyo resultado será vinculante. Los gastos que se deriven de la realización de los análisis inicial, contradictorio y dirimente serán por cuenta de la empresa Informe de visita inicial Los servicios técnicos de AENOR cumplimentarán un informe de visita que incluye una lista de verificación, que deberá ser firmado por el inspector y un representante de la empresa, de la que dejarán copia en la empresa o hacérselas llegar en un plazo de 48 horas. El informe de visita incluirá los siguientes detalles: - Alcance de la visita. - Tiempo dedicado a la evaluación. RP rev. 01 7/
8 - Referencia de la documentación del cliente que hayan utilizado (Planes de limpieza, APPCC, ) - Visita a las instalaciones productivas. - Identificación de las No Conformidades detectadas y evidencias en las que se basan. - Clasificación de incumplimientos mayores y menores. - Acciones correctivas propuestas por el operador. - Evidencias en las que se basan las acciones correctivas. 5.4 Valoración y Concesión del Certificado de Conformidad No se propondrá la concesión del certificado de Conformidad hasta que no se cumplan los siguientes puntos: 1. Se ha enviado a AENOR un plan de acciones correctivas adecuado frente a la totalidad de las desviaciones detectadas en el que se incluya la identificación de la causa del incumplimiento, descripción de la actuación correctiva, plazo de subsanación y responsable de la implantación. 2. Se han enviado evidencias de subsanación frente a todas las desviaciones. En los casos que sea necesario se requerirá realizar una visita extraordinaria para evidenciar la eficacia de las acciones implantadas (no será necesaria siempre que sea posible comprobar que se ha solucionado el incumplimiento mediante control documental). 3. Se ha asegurado el cumplimiento de todos los requisitos mayores, 4. Los resultados de los informes de ensayo correspondientes a las tomas de muestras realizadas durante la auditoría hayan sido satisfactorios. En el caso de ser incorrectos, se realizará un tratamiento similar a si se tratase de un incumplimiento mayor. 6 MANTENIMIENTO DEL CERTIFICADO 6.1 Período de validez y renovación El Certificado de Conformidad tendrá un periodo de validez de 1 año. 6.2 Actualización de los alcances de los certificados emitidos Durante la validez del certificado, el Licenciatario tiene la obligación de notificar a AENOR cualquier modificación de las referencias de productos y marcas comerciales contempladas en el Anexo Técnico del certificado de AENOR y para las que se dispone de Licencia de uso del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada. Podrá solicitarse la inclusión de nuevas referencias y/o marcas comerciales. Dicha solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: RP rev. 01 8/
9 - Descripción del producto o ficha técnica del producto que incluya la lista de ingredientes y presentación del producto. - APPCC correspondiente a las nuevas referencias. - Información respecto a la elaboración del proceso. - Cualquier información relevante que evidencie la conformidad del producto. En base a la información aportada y en los casos en los que no haya diferencias significativas en la elaboración de los nuevos productos con los procesos supervisados en la última auditoría, los Servicios Técnicos de AENOR tramitarán la propuesta de modificación del alcance del certificado y será objeto de especial control en el próximo seguimiento rutinario. En los casos en los que haya diferencias relevantes respecto a la última auditoría, los Servicios Técnicos de AENOR propondrán la realización de una auditoría extraordinaria para comprobar la conformidad de los nuevos productos respecto a los requisitos de aplicación y se procederá a su evaluación. 6.3 Controles de seguimiento Las actividades de seguimiento se ajustarán a lo establecido en el capítulo correspondiente del Reglamento General Visita de seguimiento Las visitas de seguimiento serán anuales y similares en contenido y extensión a la visita inicial en solicitud, realizándose durante las mismas los trabajos indicados en el apartado , y e incluyendo las actividades de supervisión respecto a: - Uso de la marca o Símbolo Sistema de Licencia Europeo. - Seguimiento de las no conformidades detectadas en anteriores visitas. No será necesario enviar previamente a su realización la documentación correspondiente al APPCC siempre y cuando continúe en vigor la misma versión que la supervisada en la auditoría anterior. En los casos que haya variado, deberá enviarse a AENOR la nueva documentación para permitir su evaluación previa. El incumplimiento de este requisito puede ser causa justificada para ampliar el tiempo de auditoría durante el transcurso de la misma. Los costes adicionales originados por esta ampliación serán asumidos por el Peticionario La fecha de la inspección de seguimiento tendrá en cuenta que se deberá realizar con suficiente antelación para poder conceder un nuevo certificado de conformidad antes de la caducidad del anterior. En caso de que se detecten desviaciones, el Licenciatario deberá actuar de la siguiente forma: RP rev. 01 9/
10 Incumplimiento Acciones PLAN DE ACCIONES CORRECTIVAS: Deben presentarse acciones correctivas frente a la totalidad de los incumplimientos. El Plan incluirá: evaluación de causas, descripción de las acciones inmediatas y/o preventivas emprendidas y plazos de implantación. Requisitos Mayores EVIDENCIAS DE IMPLANTACIÓN: Deben presentarse evidencias de que todas las desviaciones mayores se encuentran cerradas o solucionadas. PLAZO: 1 mes a partir de la fecha de realización de la auditoría de seguimiento. PLAN DE ACCIONES CORRECTIVAS: Deben presentarse acciones correctivas frente a la totalidad de los incumplimientos detectados. El Plan incluirá: evaluación de causas, descripción de las acciones inmediatas y/o preventivas emprendidas y plazos de implantación. Requisitos Menores EVIDENCIAS DE IMPLANTACIÓN: Deben presentarse evidencias de que las desviaciones de carácter menor se encuentran cerradas o solucionadas, o en vías de solucionarse. PLAZO: 1 mes a partir de la fecha de realización de la auditoría de seguimiento. Durante la auditoría de seguimiento el equipo auditor realizará un seguimiento de las acciones correctivas emprendidas para los Reiteración de incumplimientos menores de visitas anteriores. La reiteración de requisitos menores desviaciones de la misma naturaleza sin causa razonable podrá ser objeto de aumentar la gravedad de la desviación a MAYOR. En tal caso, el tratamiento deberá ser el mismo que el indicado en el caso anterior. En el caso de visita inicial el plazo para cerrar y solucionar las desviaciones será de 3 meses Visita extraordinarias de seguimiento Los servicios técnicos de AENOR podrán realizar visitas extraordinarias siempre que lo consideren oportuno y si lo exige el Comité Técnico de Certificación CTC-073 Alimentación o la Comisión Gestora del Sistema de Licencia Europeo. Los procesos a auditar y los controles a realizar durante las mismas dependerán de la naturaleza e importancia de las no conformidades. 6.4 Valoración de los controles y sanciones a aplicar Los incumplimientos detectados durante el periodo de seguimiento del certificado serán sancionadas de acuerdo con el apartado 16 Infracciones y sanciones del Reglamento General. Podrán ser motivo de suspensión temporal o retirada del certificado cualquier incumplimiento de los siguientes puntos: RP rev /
11 1. Envío a AENOR en el plazo de 3 meses en el caso de auditorías iniciales y 1 mes en el caso de seguimientos desde la realización de la auditoría de seguimiento un plan de acciones correctivas adecuado frente a la totalidad de las desviaciones detectadas en el que se incluya la identificación de la causa del incumplimiento, descripción de la actuación correctiva, plazo de subsanación y responsable de la implantación. 2. Se han enviado evidencias de subsanación frente a todas las desviaciones mayores en el plazo de 3 meses en el caso de auditorías iniciales y 1 mes en el caso de seguimientos. En los casos que sea necesario se requerirá realizar una visita extraordinaria para evidenciar la eficacia de las acciones implantadas. 3. Los resultados de los informes de ensayo correspondientes a las tomas de muestras realizadas durante la auditoría de seguimiento deben ser satisfactorios. En el caso de ser incorrectos, se realizará un tratamiento similar a si se tratase de un incumplimiento Mayor. Se podrá admitir la ampliación del plazo para la subsanación de errores en casos muy especiales para los que se realizará la correspondiente consulta a la Comisión Gestora. En el caso de no considerarse válida la justificación, podrá ser motivo de suspensión temporal o retirada del certificado. La tramitación de los incumplimientos que puedan ser motivo de sanción, se realizará siguiendo lo indicado en el Reglamento General de AENOR En caso de suspensión cautelar o temporal: 1 Se podrán realizar controles extraordinarios en cualquier momento de la misma para verificar que no se está haciendo uso del código de marcado. 2 Se realizará una visita extraordinaria, una vez implantadas las acciones correctivas propuestas por la empresa, para verificar la efectividad de las mismas previamente al levantamiento de la suspensión. 7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EQUIVALENTES BRC/CONTROLADO POR FACE Aquellos operadores/agentes certificados bajo el BRC Global Standard for Food Safety, y que deseen emplear el Símbolo a través de la ya mencionada certificación, deberán solicitar el Additional Module 12: Association of European Coeliac Societies (AOECS) y previa autorización de la Comisión Gestora quien estudiará cada caso en particular. Los operadores cuyos productos se encuentran ya certificados con la Marca de Garantía Controlado por FACE, debido a que se trata de un estándar específico de gluten, si desean la certificación con el estándar del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada, deberán presentar un comunicado por escrito a la Entidad de Certificación y a la Comisión Gestora, indicando su situación, y la intención de certificarse por el Sistema de Licencia Europeo Espiga RP rev /
12 Barrada. En este caso no será necesaria la verificación de requisitos específicos de gluten, puesto que estos ya se encuentran contemplados en el estándar Controlado por FACE : 8 LABORATORIOS Los análisis iniciales se llevarán a cabo en laboratorios de la elección de AENOR reconocidos por FACE y que dispongan de la acreditación pertinente. Los análisis contradictorios se realizarán, previa notificación a AENOR, en un laboratorio reconocido por FACE y que disponga de la acreditación pertinente. En el caso de los ensayos dirimentes, la elección del laboratorio será de la Comisión Gestora de FACE. 9 CONDICIONES ECONÓMICAS AENOR establecerá y comunicará a las empresas que soliciten la certificación las condiciones económicas correspondientes a las actividades relacionadas con la concesión, seguimiento y renovación del certificado. 10 RECURSOS Y RECLAMACIONES El tratamiento de las reclamaciones y recursos directamente relacionados con el presente documento está definido en el Reglamento General de los Certificados de Conformidad. 11 MARCADO DE PRODUCTOS CERTIFICADOS Únicamente se podrán marcar con el Símbolo los productos controlados por AENOR y comercializados con una marca comercial para la que esté expedido un certificado en vigor. La licencia de uso del Símbolo y las condiciones de identificación serán las establecidas por el propietario de la marca y se regirán por lo requisitos descritos en la documentación de referencia. Una vez concedido el Certificado de Conformidad correspondiente, el Licenciatario deberá proceder según lo indicado en el apartado correspondiente del Reglamento General del Sistema de Licencia Europeo, referente al procedimiento para la obtención del Contrato de Licencia de uso del Símbolo. Para ello deberá tramitar a través de FACE el correspondiente Contrato. El marcado de los productos debe realizarse siguiendo las exigencias contempladas en El Reglamento General. El distintivo deberá llevar el Número de Licenciatario, concedido por FACE, junto con el nombre de AENOR como entidad de certificación y el correspondiente número del Certificado de Conformidad. Todos los productos y referencias que figuren en el certificado de AENOR deberán disponer en su etiqueta del Símbolo en el plazo de 1 año a partir de la fecha que figura en el contrato que el Licenciatario firma con la FACE. RP rev /
13 ANEXO A SOLICITUD DE CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR DE CONFORMIDAD CON EL REFERENCIAL SISTEMA DE LICENCIA EUROPEO ESPIGA BARRADA PARA EMPRESAS SUMINISTRADORAS DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS 1 D. con DNI en calidad de y en representación de con domicilio social en E X P O N E 1 Que conoce y se compromete a acatar el Reglamento General de los Certificados de Conformidad, el Reglamento Particular para la Certificación AENOR de Conformidad con el protocolo Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada. 2 Que conoce y se compromete a acatar el Reglamento General y el Reglamento Técnico del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada. Los requisitos de aplicación han sido verificados mediante la realización de una auditoría interna, incluyendo los requisitos de autocontrol analítico sobre materias primas y producto terminado. 3 Que el personal relacionado con la producción de productos para celíacos disponen de la formación específica relacionada con el gluten y la enfermedad celíaca en los términos requeridos por FACE. 4 Que se compromete a pagar los gastos que le corresponda según viene establecido en el Reglamento Particular y en las condiciones económicas aceptadas por ambas partes. 5 Que se someterá para los conflictos que pudieran surgir entre las partes, con renuncia a cualquier otro fuero que le pudiera corresponder, a los Juzgados y Tribunales de Madrid. 6 Que se compromete a acatar, sin reserva, los acuerdos de AENOR relativos a la tramitación de esta solicitud y de las verificaciones y controles posteriores que se hagan en consecuencia. 7 Que se autoriza a AENOR para que, a petición del propietario de la marca, remita cualquier información referente al proceso de solicitud de certificación o, en su caso, mantenimiento del correspondiente certificado de producto. 8 Que cumple la legislación vigente y, en especial, la relativa a condiciones laborales y prevención de riesgos laborales. 9 Que se compromete a cumplir con las condiciones de uso de Símbolo Espiga Barrada establecidas por el propietario de la marca y se regirán por los requisitos descritos en la documentación de referencia. 1 Remitir una solicitud por centro. Este anexo debe enviarse a AENOR por correo ordinario, pudiendo adelantarse vía fax o correo electrónico. RP rev /
14 Por todo ello, S O L I C I T A le sea concedido el Certificado de Conformidad como Productor-envasador Productor no envasador Envasador Proveedor materias primas de riesgo para el centro localizado en: (dirección del centro, cp, población, provincia) Y para los productos Indicados en el cuestionario del anexo C adjunto. a de de 20 FIRMA Y SELLO RP rev /
15 ANEXO B CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL DE LA EMPRESA 2 Sede social de la empresa Empresa: Domicilio social: C.I.F o equivalente Teléfono: Fax: Correo electrónico: Personas de contacto Persona con capacidad legal suficiente para la firma del contrato con AENOR: D. Cargo: N.I.F. o pasaporte: Teléfono: Fax: Persona de contacto con AENOR (persona de la empresa a la que se remitirán las comunicaciones de AENOR): D. Cargo: N.I.F. o pasaporte: Teléfono: Fax: 2 Remitir a AENOR con la primera solicitud o cuando se produzcan modificaciones en los datos remitidos. RP rev /
16 ANEXO C CUESTIONARIO DESCRIPTIVO DEL CENTRO PARA EL QUE SE SOLICITA LA CERTIFICACIÓN C.1 DATOS GENERALES Dirección: Teléfono: Fax: Correo electrónico: Nombre y cargo de: Persona de contacto con AENOR: Persona responsable de Producción: Persona responsable de Calidad: C.2 Listado de productos que se elaboran en las instalaciones fuera del alcance del Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada C.3 PRODUCTOS SOMETIDOS AL CONTROL DE AENOR CON ALCANCE SISTEMA DE LICENCIA EUROPEO ESPIGA BARRADA Productos que se elaboran y/o manipulan Referencias Marcas Comerciales Nº de líneas /producto Fecha inicio y fin manipulación (**) Producción estimada al año/producto (Tm/año) (**)Productos estacionales RP rev /
17 C.4 CLASIFICACIÓN DE MATERIAS PRIMAS POR PRODUCTO SEGÚN RIESGO Producto Descripción Ingredientes de riesgo tipo A (*) Ingredientes de riesgo Tipo B Ingredientes de riesgo tipo C Ingredientes exentos de riesgo (*)Remitir junto con la solicitud copia del certificado Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada (ELS) o estándares más restrictivos en cuanto al contenido de gluten. C.5 CERTIFICADOS DEL CENTRO: A título informativo, indicar otros protocolos y normas que la empresa tenga implantados y certificados, así como la entidad encargada de su certificación (marcar lo que proceda): Otros (especificar nombre del protocolo o norma, entidad y año de certificación) Productos Certificados/alcance: Entidad de certificación: Año de certificación: C.6 DOCUMENTACIÓN GENERAL A ENVIAR JUNTO CON ESTA SOLICITUD (Le rogamos que marque la casilla para asegurarse de que ha incluido toda la documentación) APPCC (documentación obligatoria) Copia de los certificados de conformidad Sistema de Licencia Europeo Espiga Barrada o estándares más restrictivos en cuanto al contenido de gluten de los proveedores de materias primas TIPO A (documentación obligatoria) Otros: La veracidad de los datos contenidos en este cuestionario queda bajo la responsabilidad del peticionario. a de de 20 FIRMADO: (Nombre, cargo, firma y sello) RP rev /
PROYECTO REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN AENOR DE CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO IFS LOGÍSTICA RP
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN ALIMENTACIÓN SECRETARÍA: AENOR Dirección Cl Génova, 6 Teléfono +34 914 32 59 88 Fax +34 913 10 46 83 28004 MADRID (España) Centralita +34 914 32 60 00 agroalimentaria@aenor.es
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR DE SERVICIO CERTIFICADO PARA CARTAS DE SERVICIOS RP A58.01
SPC CARTAS DE SERVICIO SECRETARÍA: AENOR Dirección Cl Génova, 6 Teléfono 914 32 60 09 Fax 913 10 46 83 28004 MADRID REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR DE SERVICIO CERTIFICADO PARA CARTAS DE SERVICIOS
Más detallesSISTEMA DE LICENCIA EUROPEO (ELS)
SISTEMA DE LICENCIA EUROPEO (ELS) A continuación, se detallan todos los cambios realizados en los documentos que forman el Reglamento del (ELS o Espiga Barrada), con respecto a la anterior revisión (Rev.
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR DE SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA RP A67.
SPC SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA Dirección Cl Génova, 6 Teléfono 914 32 60 09 Fax 913 10 46 83 28004 MADRID REGLAMENTO PARTICULAR DE LA
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LA DIRECTIVA DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCION 89/106/CEE VIDRIO LAMINADO DE SEGURIDAD
Dirección Cl Génova 6 Teléfono 914 32 60 41 Fax 913 10 46 83 28004 Madrid 914 32 60 00 producto@aenor.es REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LA DIRECTIVA DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCION
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR DEL SISTEMA HACCP RP B13.01 rev. 02 Reglamento aprobado el 2012-05-17 1 OBJETO Este Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE CENTROS DE MEDICINA VETERINARIA
REGLAMENTO GENERAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE CENTROS DE MEDICINA VETERINARIA Rev. Elaborado Fecha Aprobado Fecha 0 Dirección Aid- Improve 22/03/2010 Presidente COVM 29/03/2010 Dirección Aid-Improve Página
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR SEGUIMIENTO DE EMISIONES INVERNADERO (GEI) PARA LA VERIFICACIÓN DEL INVENTARIO CON DE GASES DE EFECTO RP B44-02.
REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA VERIFICACIÓN DEL INVENTARIO CON SEGUIMIENTO DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (GEI) RP B44-02.02 Reglamento aprobado el 2017-05-08 Índice 0. Introducción... 3 1.
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA EMPRESA SALUDABLE (SIGES) RP-CSG-033 DE LA MARCA AENORCONFORM PARA LA CERTIFICACIÓN DE. Rev.
REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENORCONFORM PARA LA CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA EMPRESA SALUDABLE (SIGES) RP-CSG-033 Rev. 00 Reglamento aprobado el 2013-03-07 1. OBJETO Este Reglamento
Más detallesIGDC Descripción del Proceso de Certificación de Sistemas de Gestión
IGDC-01-01 Descripción del Proceso de Certificación de Sistemas de Gestión PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE ORGANIZACIÓN ACUERDO DE CERTIFICACIÓN DE ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN ETAPA I PRE-AUDITORÍA AUDITORÍA
Más detallesPROCEDIMIENTO DE TRABAJO CONCESIÓN DEL SELLO CEPREVEN A DEPÓSITOS DE AGUA PARA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Revisión 1 DE AGUA PARA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Revisión 1 INDICE 1. GENERAL... - 3-1.1 OBJETO... - 3-1.2 ALCANCE... - 3-1.3 BENEFICIARIOS DEL USO DEL SELLO... - 3-2. CONDICIONES PREVIAS... - 4-2.1
Más detallesDOCUMENTO INFORMATIVO
Página 1 de 7 1. REQUISITOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 1. La zona de producción, procesado y envasado de las mieles abarca todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y todas las operaciones de
Más detallesDirección Cl Coslada 18 Teléfono Fax MADRID
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN PLÁSTICOS SECRETARÍA: ANAIP Dirección Cl Coslada 18 Teléfono 91 356 50 59 Fax 91 356 56 28 28028 MADRID REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR Y DE LA MARCA AENOR MEDIO
Más detallesReglamento Particular del certificado de conformidad AENOR para sondas de geotermia, de polietileno (PE) de alta densidad
Reglamento Particular del certificado de conformidad AENOR para sondas de geotermia, de polietileno (PE) de alta densidad Revisión 0 RP 001.81 Fecha 2014-10-16 Índice 1 Objeto y Alcance 2 Definiciones
Más detallesSOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN INTEGRADA
Página 1 de 7 NOMBRE OPERADOR: FECHA DE ENTRADA: Nº EXPEDIENTE: NOTA: La zona sombreadas están reservadas para rellenar por el CR DATOS DEL SOLICITANTE PERSONA DE CONTACTO APELLIDOS NOMBRE DNI-NIF.. CARGO
Más detallesPROCEDIMIENTO DE TRABAJO CONCESIÓN DEL SELLO CEPREVEN A HIDRANTES PARA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Revisión 1 CONCESIÓN DEL SELLO CEPREVEN PARA HIDRANTES PARA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Revisión 1 INDICE 1. GENERAL... - 3-1.1 OBJETO... - 3-1.2 ALCANCE... - 3-1.3 BENEFICIARIOS DEL USO DEL SELLO... -
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR SEGURIDAD ALIMENTARIA SEGÚN RP-CSG-022 DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE EL ESQUEMA FSCC 22000
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE SEGURIDAD ALIMENTARIA SEGÚN EL ESQUEMA FSCC 22000 RP-CSG-022 (Rev. 4) Reglamento aprobado el 2016-02-23 ÍNDICE 1. Objeto...
Más detallesPROCESO CERTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CENTROS DE FORMACIÓN SEGÚN ACUERDO ESTANDAR FORMATIVO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES TELCO
Contenido 1. OBJETO... 2 2. ACTIVIDADES PREVIAS A LA AUDITORÍA... 2 2.1. Solicitud... 2 2.2. Dimensionamiento de la oferta... 3 2.3. Aceptación de la Oferta... 4 3. REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS... 4 3.1.
Más detallesentidad mexicana de acreditación, a. c.
ATENCIÓN DE SERVICIOS PARA CLIENTES CON SISTEMAS DE GESTIÓN MADUROS ASUNTO: En este documento se describen los criterios normativos para el proceso de atención a clientes con un sistema de gestión maduro
Más detallesCRITERIOS ESPECIFICOS DE ACREDITACIÓN. ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DE ETIQUETADO DE VACUNO
Página 1 de 7 CRITERIOS ESPECIFICOS DE ACREDITACIÓN. ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DE ETIQUETADO DE VACUNO REVISIÓN Nº FECHA MODIFICACIONES 01 2001/12/18 Nueva elaboración 02 Mayo 2002 Apartados 3, 7 y 8.3
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA DE LAS INSTALACIONES DE ENERGÍA EÓLICA ANTE LOS HUECOS DE TENSIÓN RP B09.
Dirección Cl Génova 6 Teléfono +34 91 4326048 Fax +34 91 3104683 28004, MADRID REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA DE LAS INSTALACIONES DE ENERGÍA EÓLICA ANTE LOS HUECOS DE TENSIÓN
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR INVENTARIO DE EMISIONES INVERNADERO (GEI) PARA LA VERIFICACIÓN DEL DE GASES DE EFECTO RP B
REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA VERIFICACIÓN DEL INVENTARIO DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (GEI) RP B44-01.02 Reglamento aprobado el 2017-05-08 Índice 0. Introducción... 3 1. Objeto... 3 2.
Más detallesSISTEMAS DE COMPLIANCE PENAL UNE 19601
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE COMPLIANCE PENAL UNE 19601 RP-CSG-063.01 Reglamento aprobado el 2017-12-12 Índice 1. Objeto... 3 2. Campo de aplicación... 3 3. Documentación de referencia...
Más detallesReglamento Particular para la Verificación de los Informes y Datos de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)
Reglamento Particular para la Verificación de los Informes y Datos de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) Reglamento aprobado por la Comisión Permanente de AENOR el 2010-09-27 ÍNDICE 0 Introducción
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL SEGÚN IQNet SR10
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL SEGÚN IQNet SR10 RP-CSG-031 (rev. 01) Fecha de aprobación: 2017-09-29 ÍNDICE 0 Introducción 3 1 Objeto. 3 2 Definiciones
Más detallesGUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS GRASP
GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS GRASP Qué es GRASP? La abreviatura GRASP significa GLOBALGAP Risk Assessment on Social Practice ( Evaluación de Riesgos GLOBALGAP en las Prácticas Sociales ) Es un módulo
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL SEGÚN REGLAMENTO CE (REGLAMENTO EMAS) DE VERIFICACIÓN DE Nº 1221/2009 RP-EMAS-02
REGLAMENTO PARTICULAR DE VERIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL SEGÚN REGLAMENTO CE Nº 1221/2009 (REGLAMENTO EMAS) RP-EMAS-02 Reglamento aprobado el 2017-07-10 Índice 0. Introducción... 3 1. Objeto...
Más detallesPROCEDIMIENTO DE QUEJAS Y APELACIONES
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIONES RESPECTO A LA EDICIÓN ANTERIOR: destacado Elaborado/Actualizado (Responsable de Calidad): Revisado y Aprobado por (Directora Certificación): Marian Fanega Miriam Molina
Más detallesReglamento particular del Certificado de Conformidad AENOR para Tubos de Polietileno reticulado (PE-X) para usos industriales
Reglamento particular del Certificado de Conformidad AENOR para Tubos de Polietileno reticulado (PE-X) para usos industriales Revision 0 RP 001.83 Fecha 2015-10-18 Índice 1 Objeto y Alcance 2 Definiciones
Más detallesGESTIÓN DE RECLAMACIONES, RECUSACIONES, ALEGACIONES Y APELACIONES
Título: P.G.RECLAMACIONES GESTIÓN DE RECLAMACIONES, RECUSACIONES, ALEGACIONES Y APELACIONES Nº:... Fecha: Noviembre 2014 ESCRITO POR: Javier Moya APROBADO Y DISTRIBUIDO POR: Dirección General / Dtor. Calidad
Más detallesOrganismos de Control de Instalaciones Industriales: Acreditación para Campos Reglamentarios
INDICE Página 1. OBJETO... 1 2. CAMPO DE APLICACIÓN... 2 3. DEFINICIONES... 2 4. ALCANCE DE ACREDITACIÓN... 2 4.1. Definición del Alcance... 2 4.2. Lista de Reglamentos Acreditados (LRA)... 3 5. REQUISITOS
Más detallesPROCESO CERTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CENTROS DE FORMACIÓN SEGÚN ACUERDO ESTANDAR FORMATIVO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES TELCO
Contenido 1. OBJETO... 2 2. ACTIVIDADES PREVIAS A LA AUDITORÍA... 2 2.1. Solicitud... 2 2.2. Dimensionamiento de la oferta... 3 2.3. Aceptación de la Oferta... 3 3. REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS... 3 3.1.
Más detallesEste procedimiento es aplicable a todos los certificados que emita TÜV Rheinland de México bajo acreditación EMA.
MP00020 1. Objetivo Este procedimiento indica las acciones necesarias para el Otorgamiento, Mantenimiento, Renovación, Extensión, Reducción o Modificación de Alcance, Suspensión y Cancelación de certificados
Más detallesSOLICITUD DE INSCRIPCIÓN: COOPERATIVAS AGRARIAS DE ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN: COOPERATIVAS AGRARIAS DE ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN * DATOS DE LA COOPERATIVA AGRARIA DE ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: D.N.I./N.I.F. O C.I.F.: DOMICILIO:
Más detallesREGLAMENTO DE USO DEL DEL CERTIFICADO Y LA MARCA DE CERTIFOOD CERTIFICACIÓN DE PRODUCTO
CERTIFOOD REGLAMENTO DE USO DEL CERTIFICADO Y LA MARCA DE CERTIFOOD Editado Revisado Aprobado Responsable de Calidad Director Técnico Director General Página 1 de 1 ÍNDICE REGLAMENTO DE USO 1. GESTIÓN
Más detalles(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 22 de marzo de 2004)
ORDEN FORAL 153/2004, DE 18 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, POR LA QUE SE REGULAN LAS ACTUACIONES DE CONTROL REGLAMENTARIO EN EL CAMPO DE LA CALIDAD AMBIENTAL
Más detalles25 de Octubre 2012 Suport Associatiu. Una Norma con Valores: Sostenibilidad y Futuro de las ONG
25 de Octubre 2012 Suport Associatiu Una Norma con Valores: Sostenibilidad y Futuro de las ONG Qué es lo que busca la entidad? Certificar que el sistema de calidad que tiene implantado en su organización,
Más detalles1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN DEFINICIONES ALCANCE DE ACREDITACIÓN CRITERIOS DE ACREDITACIÓN... 2
ÍNDICE Página 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN... 1 2. DEFINICIONES... 1 3. ALCANCE DE ACREDITACIÓN... 2 4. CRITERIOS DE ACREDITACIÓN... 2 5. PROCESO DE EVALUACIÓN... 5 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN El
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR PROTOCOLO PARA LA CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE AUTOCONTROL ESPECÍFICOS
REGLAMENTO PARTICULAR PARA LA CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR PROTOCOLO PARA LA CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE AUTOCONTROL ESPECÍFICOS PARA LA EXPORTACIÓN A PAÍSES TERCEROS CON REQUISITOS DIFERENTES A
Más detalles1. OBJETO Y DESCRIPCIÓN GENERAL
INDICE Página 1. OBJETO Y DESCRIPCIÓN GENERAL... 1 2. COMPROMISOS QUE ASUME UNA ENTIDAD QUE OPERA DESDE DIFERENTES EMPLAZAMIENTOS... 2 3. PROCESO DE EVALUACIÓN... 4 3.1. Evaluación del Sistema de gestión...
Más detallesCAPÍTULO 10 NO CONFORMIDADES Y ACCIONES CORRECTIVAS
Página 1 de 5 CAPÍTULO 10 NO CONFORMIDADES Y 10.1 OBJETO 10.2 ALCANCE 10.3 DESCRIPCIÓN 10.3.1 Detección de No Conformidades 10.3.2 Proceso Operativo 10.3.3 Información y documentación 10.3.4 Decisión sobre
Más detallesPROCEDIMIENTO DE TRABAJO CONCESIÓN DEL SELLO CEPREVEN A BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS CON MANGUERA SEMIRRÍGIDA
CONCESIÓN DEL SELLO CEPREVEN PARA BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS CON MANGUERA INDICE 1. GENERAL... - 3-1.1 OBJETO...- 3-1.2 ALCANCE...- 3-1.3 BENEFICIARIOS DEL USO DEL SELLO...- 3-2. CONDICIONES PREVIAS...
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DEL CERTIFICADO AENOR DE PRODUCTO PARA INTERRUPTORES AUTOMÁTICOS RP 30.15
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN APARAMENTA Y PEQUEÑO MATERIAL ELÉCTRICO PARA INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN SECRETARÍA: AFME Dirección Av Diagonal, 477-12ºB Teléfono 93405 07 25 Fax 93439 42 17 08036 Barcelona-España
Más detallesNORMA UNE 66500:2017
NORMA UNE 66500:2017 Requisitos mínimos para la certificación de insumos utilizables en la producción vegetal ecológica según las Normas UNE 142500 y UNE 315500-1 - UNE 66500:2017 AENOR AUTORIZA EL USO
Más detallesNota informativa. Sobre el procedimiento de certificación en las exportaciones de medicamentos de uso veterinario y zoosanitarios
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ACUERDOS SANITARIOS Y CONTROL EN FRONTERA Nota informativa Sobre el
Más detallesPROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE AUDITORÍAS. PRO-DO-02 REV.06 Enero-2017 ELABORÓ: DIRECTOR DE OPERACIONES
PRO-DO-02 REV.06 Enero-2017 PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE AUDITORÍAS ELABORÓ: DIRECTOR DE OPERACIONES REVISÓ Y AUTORIZÓ: DIRECTOR DE CERTIFICACIÓN CONTENIDO OBJETIVO....1 ALCANCE..2 RESPONSABILIDADES..3
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE SEGURIDAD ALIMENTARIA SEGÚN EL ESQUEMA FSSC RP-CSG-022
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD AENOR DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE SEGURIDAD ALIMENTARIA SEGÚN EL ESQUEMA FSSC 22000 RP-CSG-022 Reglamento Aprobado el 2010-09-20 RP-CSG-022.01 1/10 2010-09-20
Más detallesINSTRUCCIONES PARA EL USO CORRECTO DE LOS SELLOS DE CALIDAD OTORGADOS POR LA FEP
INSTRUCCIONES PARA EL USO CORRECTO DE LOS SELLOS DE CALIDAD OTORGADOS POR LA FEP Aplicable a: - Homologación de productos - Homologación de pistas de pádel - Homologación de empresas constructoras Historial
Más detallesIFS Food versión 6. Protocolo de auditorías sin anunciar
IFS Food versión 6 Protocolo de auditorías sin anunciar Versión 1 Febrero 2016 International Featured Standards IFS Food Versión 6 3 IFS Food versión 6, Protocolo de auditorías sin anunciar, versión 1,
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA CATALOGACIÓN Y TRATAMIENTO DE NO CONFORMIDADES DE OPERADORES
COPIA CONTROLADA: No Sí : nº Asignada a: Fecha: PROCEDIMIENTO PARA LA CATALOGACIÓN Y TRATAMIENTO DE NO CONFORMIDADES DE MODIFICACIONES RESPECTO A LA EDICIÓN ANTERIOR: Adaptación a la Norma UNE-EN ISO/IEC
Más detallesPROCEDIMIENTO GENERAL DE CALIDAD
REVISION 6 Pág. 1 de 9 INDICE 1. OBJETO. 2. ALCANCE. 3. REFERENCIAS. 4. RESPONSABILIDADES. 5. DESCRIPCION. 6. ARCHIVO DE DOCUMENTACIÓN. Copia: CONTROLADA NO CONTROLADA Código de la Empresa ASIGNADA A:
Más detallesCERTIFICACIÓN MEXICANA S.C.
1. Objetivo Definir las condiciones de Certificación Mexicana para otorgar, mantener, renovar, ampliar, reducir, suspender, retirar, cancelar o transferir la certificación de sistemas de gestión. 2. Alcance
Más detallesPROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN DE ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE LA CALIDAD QS 9000
Hoja 1 de 7 PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN DE ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE LA CALIDAD QS 9000 El presente documento se distribuye como copia no controlada. Debe consultarse con ENAC si transcurren
Más detallesEXPORTACIÓN A ISRAEL
GOBIERNO DE ESPAÑA EXPORTACIÓN A ISRAEL INFORMACIÓN ESPECÍFICA PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PARA LA EXPORTACIÓN DE HUEVOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO La información recogida en esta
Más detallesPROCEDIMIENTO DE AUDITORÍAS INTERNAS
DISTRITO SANITARIO DE GRANADA SERVICIO ANDALUZ DE SALUD PG 4.5.5. Fecha: 14/11/2011 PROCEDIMIENTO DE AUDITORÍAS INTERNAS Nombre y Cargo Firma Fecha Elaborado Revisado Aprobado Jorge Herráiz Batllori Responsable
Más detalles1. REQUISITOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 2. ESQUEMA DE INSCRIPCIÓN
Página 1 de 5 1. REQUISITOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 1. Las instalaciones deberán tener Registro General Sanitario de Alimentos o tener sus explotaciones inscritas en el SEVEDI en el caso de acogerse al
Más detallesSISTEMA DE INFORMACIÓN DE MEDIDAS ELÉCTRICAS
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE MEDIDAS ELÉCTRICAS Solicitud de acceso a la web del Sistema de Medidas SIMEL (Versión 7, octubre de 2018) Dirección de Servicios de la Operación Control de Cambios: Versión Fecha
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA PRODUCTOS PREFABRICADOS DERIVADOS DEL CEMENTO REQUISITOS COMUNES RP 45.00
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN PRODUCTOS PREFABRICADOS DERIVADOS DEL CEMENTO SECRETARÍA: ANDECE Dirección Pº Castellana, 226 Entreplanta A Teléfono 91 323 82 75 Fax 91 323 53 14 28046 Madrid e-mail:certificacion@andece.org
Más detallesReglamento Particular de la Marca AENOR para perfiles de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) para la fabricación de cajones de persianas
Reglamento Particular de la Marca AENOR para perfiles de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) para la fabricación de cajones de persianas Revisión 0 RP 01.74 Fecha 2011-04-27 Índice 1 Objeto y
Más detallesNT-28 Rev.3 Abril 08 INDICE. Página 1. GENERAL OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...2
INDICE Página 1. GENERAL...1 2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...2 3. CRITERIOS PARTICULARES DE ACREDITACIÓN PARA LA GESTIÓN FORESTAL...2 4. CRITERIOS PARTICULARES DE ACREDITACIÓN PARA LA CADENA DE CUSTODIA...3
Más detallesTel: Fax: Móvil: *: Tel: Fax: Móvil: *:
Nº de Expediente Personal Nº de Certificación: Fecha de Entrada: DATOS PERSONALES Nombre y Apellidos: Documento de Identificación No.: Fecha de nacimiento: Lugar de nacimiento: DOMICILIO PARTICULAR Dirección:
Más detallesPROCEDIMIENTO DE AUDITORÍAS INTERNAS
ÓRGANO GESTOR ÁREA DE GESTIÓN SANITARIA NORTE CONSEJERÍA DE SALUD SISTEMA SANITARIO PÚBLICO DE ANDALUCÍA 01/09/2017 PROCEDIMIENTO DE Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: COORDINACIÓN REGIONAL DE
Más detallesReglamento Particular de la Marca AENOR para compuestos de polietileno para la fabricación de tubos para el suministro de combustibles gaseosos
Reglamento Particular de la Marca AENOR para compuestos de polietileno para la fabricación de tubos para el suministro de combustibles gaseosos Revisión 9 RP 001.37 Fecha 2016-01-13 Índice 1 Objeto y alcance
Más detallesINSTRUCCIÓN TÉCNICA - 01 (IT-01): CONTROLES EXTERNOS
INSTRUCCIÓN TÉCNICA - 01 (IT-01): CONTROLES EXTERNOS 2012 0 Documento: IT-01: CONTROLES EXTERNOS Extracto de la: Orden de 11 de julio de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial,
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA TUBOS DE POLIPROPILENO(PP)PARA APLICACIONES INDUSTRIALES RP 01.69
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN PLÁSTICOS SECRETARÍA: ANAIP Dirección Cl Coslada 8 Teléfono 9 356 50 59 Fax 9 356 56 28 28028 MADRID REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA TUBOS DE POLIPROPILENO(PP)PARA
Más detallesPROCEDIMIENTOS A APLICAR A CEMENTOS NO SUJETOS AL MARCADO CE
PROCEDIMIENTOS A APLICAR A CEMENTOS NO SUJETOS REAL DECRETO 605/2006, de 19 de mayo, por el que se aprueban los procedimientos para la aplicación de la norma UNE-EN 197-2:2000 a los cementos no sujetos
Más detallesREGLAMENTO DEL SELLO DE CALIDAD AITIM DE PRODUCTOS PROTECTORES DE LA MADERA
REGLAMENTO DEL SELLO DE CALIDAD AITIM DE PRODUCTOS PROTECTORES DE LA MADERA Aprobado: Comité de Dirección del Sello de Calidad AITIM Fecha: 23 de Julio de 2007 REGLAMENTO DEL SELLO DE CALIDAD AITIM DE
Más detallesPROCEDIMIENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL
Sistema de Gestión Ambiental Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL Elaborado por: Fco. Javier Vizcaíno Responsable Gestión Ambiental Revisado por:
Más detallesIT-03 USO DE LA MARCA
Página 1 de 15 IT-03 La propiedad legal de este Documento corresponde a la entidad jurídica CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN MELOCOTÓN DE CALANDA, en adelante referido como CRDOP Melocotón
Más detallesLa Empresa. PSST Auditorías Internas Norma OHSAS 18001:2007
5.3.12 PSST 4.5.5 01 Auditorías Internas La Empresa PSST 4.5.5 01 Auditorías Internas Norma OHSAS 18001:2007 REGISTRO DE REVISIONES DE ESTE PROCEDIMIENTO Fecha Revisión Descripción de la Modificación respecto
Más detallesTarifas Temporada 2018/2019
Tarifas Temporada 2018/2019 1 Septiembre 14 Diciembre2018 Posterior al 15 de Diciembre 2018 Cuota Club 2018-2019 FEDEACYL 50 Cuota Club FEDDF 2018-2019 FEDDF 50 Cuota Licencia FEDEACYL 2018-2019 (CF)*
Más detallesJRC, S.A. AUDITORIAS INTERNAS ÍNDICE PROCEDIMIENTO GENERAL 1. OBJETO. 2. ALCANCE. 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA. 4. GENERALIDADES. 5.
PG-05 Página 1 de 12 Edición: 1 Fecha: 01/05/12 ÍNDICE 1. OBJETO. 2. ALCANCE. 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA. 4. GENERALIDADES. 5. REALIZACIÓN 5.1 Planificación de Auditorías. 5.2 Asignación del equipo
Más detallesPROCEDIMIENTO GENERAL AUDITORIA INTERNA. Las auditorías se realizarán generalmente para conseguir los objetivos siguientes:
PROCEDIMIENTO GENERAL AUDITORIA INTERNA 1.- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO GENERAL: El objeto de este procedimiento es definir el sistema a seguir para la realización de las auditorías internas necesarias para
Más detallesPROCESO:IG10.00 GESTIÓN DE NO CONFORMIDADES IG NO CONFORMIDADES, ACCIONES CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS
IG10.00.1_NO, ACCIONES PROCESO:IG10.00 GESTIÓN DE NO IG10.00.1 NO, ACCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Comisión de Calidad Oficina Técnica Aprobado por: Consejo Rector (pendiente) José
Más detallesRP B Revisión 0. Fecha
Reglamento Particular de la Marca AENOR de Servicio SI para la instalación de espuma rígida de poliuretano (PUR) y poliisocianurato (PIR) proyectada in situ Revisión 0 RP B73.01 Fecha 2014-09-02 Índice
Más detallesAUDITORIA PROGRAMA SEGURIDAD ALIMENTARIA INDUSTRIAS
Nº ACTA AUDITORIA PROGRAMA SEGURIDAD ALIMENTARIA INDUSTRIAS 0.0 EMPRESA Y ORGANIZACION 0.1 La autorización sanitaria ( RGS ) de la empresa coincide con los datos jurídicos y fiscales actuales? SI NO 0.2
Más detallesReglamento Particular de la Marca AENOR para tubos de polietileno para el suministro de combustibles gaseosos
Reglamento Particular de la Marca AENOR para tubos de polietileno para el suministro de combustibles gaseosos RP 001.05 Revisión 12 Fecha 2012-11-20 RP 001.05 rev. 12 1/8 2012-11-20 Índice 1 Objeto y Alcance
Más detallesReglamento Particular de la Marca AENOR para perfiles de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) para la fabricación de puertas y de ventanas
Reglamento Particular de la Marca AENOR para perfiles de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) para la fabricación de puertas y de ventanas Revisión 9 RP 0.7 Fecha 202-0-24 Índice Objeto y Alcance
Más detallesORGANISMO SALVADOREÑO DE NORMALIZACION CERTIFICACION DE SISTEMAS DE GESTION PROCEDIMIENTO PCSG-20 QUEJAS Y APELACIONES
ORGANISMO SALVADOREÑO DE NORMALIZACION CERTIFICACION DE SISTEMAS DE GESTION PROCEDIMIENTO Elaborado: Revisado: Aprobado: Gestor de Calidad Dirección Técnica Dirección Técnica Fecha: Fecha: Fecha: Este
Más detallesPROCEDIMIENTO DE AUDITORÍAS INTERNAS
H. R. U. CARLOS HAYA SERVICIO ANDALUZ DE SALUD Fecha: 01/08/2007 PROCEDIMIENTO DE Nombre y Cargo Firma Fecha Elaborado Sergio Pérez Ortiz 13/07/2007 Responsable Operativo del Sistema de Gestión Ambiental
Más detallesRP Revisión 03. Fecha
Reglamento Particular de la Marca AENOR para sistemas de canalización en materiales plásticos para instalaciones de agua caliente y fría. Polietileno resistente a la temperatura (PE-RT) Revisión 03 RP
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE DVR: leche y productos lácteos
INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE DVR: leche y productos lácteos 1. Documentación. 2. Condiciones para la expedición de DVR. 3. Requisitos sanitarios. 1. Documentación: - Solicitud firmada y cumplimentada
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR GESTIÓN DE EMERGENCIAS UNE-ISO DE CERTIFICACIÓN DE CONFORME A LA NORMA RP-CSG-038. (Rev. 01)
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE GESTIÓN DE EMERGENCIAS CONFORME A LA NORMA UNE-ISO 22320 RP-CSG-038 (Rev. 01) Reglamento aprobado el 2017-03-06 Índice 1. Objeto... 3 2. Definiciones... 3 3. Concesión,
Más detallesDirección Cl Coslada 18 Teléfono Fax MADRID
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN PLÁSTICOS SECRETARÍA: ANAIP Dirección Cl Coslada 18 Teléfono 91 356 50 59 Fax 91 356 56 28 28028 MADRID REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA BATERÍAS Y COLECTORES
Más detallesDESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA INTEGRAL DE CALIDAD (UNE 9001:2008) EN UNA INDUSTRIA DE YOGUR.
DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA INTEGRAL DE CALIDAD (UNE 9001:2008) EN UNA INDUSTRIA DE YOGUR. OBJETO DEL PROYECT0 Creación e implantación de un Sistema Integrado de Calidad de una Industria dedicada
Más detallesREGLAMENTO DEL REGISTRO CONSTA
REGLAMENTO DEL REGISTRO CONSTA Artículo 1.- El Registro CONSTA. El Registro CONSTA es un registro voluntario de empresas constructoras constituido por la Fundación Privada para la Ordenación del Sector
Más detallesCertificación de delegados de protección de datos
Certificación de delegados de protección de datos José Angel Valderrama Antón 1 Quienes tienen que tener un DPO/DPD? Obligación de designar un DPD cuando las actividades principales: Consistan en tratamientos
Más detallesPROCEDIMIENTO DE RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS
HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DEL ROCÍO SERVICIO ANDALUZ DE SALUD PGA 4.4.6.2. Fecha: 04/10/2013 PROCEDIMIENTO DE RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS Nombre y Cargo Firma Fecha Elaborado Técnico Unidad
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO, RENOVACIÓN Y GESTIÓN DE CONVENIOS INTERNACIONALES
PROCEDIMIENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO, RENOVACIÓN Y GESTIÓN DE CONVENIOS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presente procedimiento se establece en aplicación de la normativa sobre Acuerdos y Convenios
Más detallesDecreto 112/2009, de 31 de julio, del Consell, por el que regula las actuaciones en materia de certificación de eficiencia energética de edificios.
Decreto 112/2009, de 31 de julio, del Consell, por el que regula las actuaciones en materia de certificación de eficiencia energética de edificios. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2.
Más detalles1.- Título: Clasificación de operadores Certificados por CERTIMEX con base en riesgos.
1 de 7 1/017 1.- Título: Clasificación de operadores Certificados por CERTIMEX con base en riesgos..-objetivo. Establecer el procedimiento para la evaluación de todos los operadores certificados por CERTIMEX,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DEL USO DE CERTIFICADOS Y MARCA DE MÉXICO CALIDAD SUPREMA
PRIMUS LABORATORIOS DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V. Álvaro Obregón 999-301 Sur Col. Guadalupe Culiacán, Sinaloa C.P. 80220 Tel. y Fax(667)716-5026 y 716-5077 qcculiacan@primuslabs.com REGLAMENTO GENERAL
Más detallesELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA
ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición
Más detallesReglamento Particular de la Marca AENOR y de la Keymark para productos de poliestireno extruido (XPS) para aplicaciones en la edificación
Reglamento Particular de la Marca AENOR y de la Keymark para productos de poliestireno extruido (XPS) para aplicaciones en la edificación Revisión 20 RP 020.03 Fecha 2014-02-12 Modificaciones realizadas
Más detalles