OBJETO DEL CONTRATO CLAUSULA 1
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- Ignacio Gallego Valdéz
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1 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LOCALIZACIÓN, PRECINTAJE, ARRASTRE Y DÉPOSITO DE VEHÍCULOS EMBARGADOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE APREMIO POR SUMA GESTIÓN TRIBUTARIA. DIPUTACIÓN DE ALICANTE OBJETO DEL CONTRATO CLAUSULA 1 1. Será la realización del contrato relativo al servicio de localización, arrastre, almacenaje y custodia de vehículos embargados en el procedimiento administrativo de apremio por Suma. Gestión Tributaria. Diputación Alicante, para satisfacer las necesidades especificadas en el expediente 46/pa/ser/09, desglosado en los siguientes lotes: Lote Área Territorial y municipios que comprende 1 MUNICIPIOS DE VEGA BAJA. ( ALGORFA ALMORADI BENEJUZAR BENFERRI BENIJOFAR BIGASTRO CALLOSA DE SEGURA COX DAYA NUEVA DAYA VIEJA DOLORES FORMENTERA GRANJA DE R. JACARILLA ORIHUELA RAFAL REDOVAN SAN MIGUEL DE SALINAS PILAR DE LA HORADADA LOS MONTESINOS, TORREVIEJA ) 2 ELCHE CARRUS Y PEDANIAS 3 MUNICIPIOS DEL BAIX VINALOPO ( ELCHE CENTRO, CREVILLENTE, ASPE, HONDON DE FRAILES Y NIEVES, CATRAL ALBATERA, GUARDAMAR, SAN ISIDRO Y SANTA POLA) 4 AREA DEL ALACANTI ( MUNIPIOS DE ALICANTE CAPITAL, SAN JUAN; SAN VICENTE; CAMPELLO; AIGÜES, BUSOT, JIJONA, MUCHAMIEL, TORREMANZANAS Y AGOST) 5 AREA MARINA BAJA (ALTEA, BENIDORM; BENIARDA; BENIFATO; BENIMANTELL; BOLULLA; CALLOSA DE ENSARRIA, CONFRIDES, GUADALEST, LA NUCIA, POLOP, SELLA; TARBENA; FINESTRAT, ORCHETA, RELLEU, VILLAAJOYOSA, ALFAZPI,) 6 AREA MARINA ALTA ( ALCALALÍ, BENISSA; JALON; LLIBER, SENIJA; CALPE ;BENIARBEIG, BENIDOLEIG; DENIA; ELS POBLETS; GATA DE GORGOS; ONDARA; PEDREGUER, VERGEL; ADSUBIA; BENICHEMBLA ELS POBLETS, PEGO.) 7 AREA DE INTERIOR ( MONOVAR ELDA PETRER NOVELDA. ETC ) 8 AREA DE MONTAÑA ( ALCOY CONCENTAINA MURO, BAÑERES ETC ) DESCRIPCIÓN DE LA ASISTENCIA O SERVICIO CLAUSULA 2 El contenido del servicio a prestar se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas. CONDICIONES A QUE HA DE AJUSTARSE LA EJECUCIÓN CLAUSULA 3 Las condiciones a las que ha de ajustarse la ejecución serán las señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2 En caso necesario podrá ampliarse el contrato con la empresa adjudicataria a otros municipios diferentes de los que comprenden el lote adjudicado. REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO CLÁUSULA 4 Este contrato se califica como contrato de servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los arts. 10 y 19 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), y se rige por este pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la LCSP y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE A EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN CLÁUSULA 5 La tramitación del presente contrato será ordinaria. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN CLÁUSULA 6 La adjudicación de este contrato se realizará mediante el procedimiento abierto de conformidad con el art. 141 en relación con el art. 122 de la Ley de Contratos del Sector Público. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se aplicará: VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: Se tomarán como base los criterios de adjudicación que se detallan en el Anexo III. Criterios de Adjudicación y sistema de valoración. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CLÁUSULA 7 1. El órgano de contratación de SUMA Gestión Tributaria con competencia para contratar es el Director del Organismo. 2. El responsable del contrato en su fase de ejecución designado por el órgano de contratación de SUMA es el Jefe de Recaudación, que será el responsable de asegurar la correcta realización del contrato. PERFIL DE CONTRATANTE CLÁUSULA 8 El acceso al perfil de contratante de SUMA Gestión Tributaria, se realizará a través de su página web:
3 PRESUPUESTO BASE O TIPO DE LICITACIÓN CLÁUSULA 9 El presupuesto máximo que se establece es de ,00, impuestos incluidos de los cuales ,66 corresponde al 16% de IVA, desglosado en 8 lotes según se relacionan en el Anexo II del Pliego de Prescripciones Técnicas y por las tarifas máximas unitarias, iva incluido, que se recogen en la cláusula 5 del Pliego de Prescripciones Técnicas, que son: Lote 1 ACTUACIÓN CLASE DE IMPORTE VEHÍCULOS LOCALIZACIÓN ARRASTRE HASTA KGS 360,00 LOCALIZACIÓN ARRASTRE MOTOCICLETAS 160,00 ACTUACIÓN CLASE DE IMPORTE Lotes 2, 3,4,5 VEHÍCULOS 6, 7 y 8 LOCALIZACIÓN ARRASTRE HASTA KGS 240,00 LOCALIZACIÓN ARRASTRE MOTOCICLETAS 140,00 Para todos los lotes: ACTUACIÓN CLASE DE IMPORTE VEHÍCULOS PAGO SIN APREHENSIÓN HASTA KGS 90,00 PAGO SIN APREHENSIÓN MOTOCICLETAS 60,00 DEPOSITO /DIA HASTA KGS 6,00 DEPOSITO/DIA MOTOCICLETAS 3,00 LOCALIZACION VEHICULOS SIN VALOR CONSTATADO HASTA KGS 40,00 LOCALIZACION VEHICULOS SIN VALOR. CONSTATADO MOTOCICLETAS 30,00 En toda clase de vehículos con tonelaje superior a Kgs, las cantidades serán las mismas, incrementadas en 20,00 por cada Kgs o fracción que exceda de Kgs. Para el concepto de la localización y arrastre a razón de 2,00 día por depósito. Se entenderá como precio de adjudicación el ofertado para cada uno de los precios unitarios que se establecen para cada uno de los servicios de cada lote, por la empresa que resulte adjudicataria. No obstante, los precios finales están sometidos al ajuste de tarifas por grado de efectividad establecido en la cláusula 6º del pliego técnico. Este precio máximo por servicio podrá ser mejorado por los licitadores, rechazándose las ofertas que superen cualquiera de los precios unitarios señalados. El licitador deberá señalar en su oferta económica como partida independiente el IVA a aplicar así como la totalidad de la cuantía resultante de la suma de los dos conceptos. El presupuesto tiene la consideración de gasto máximo estimado a ejecutar y la Administración no contrae ninguna obligación de consumir totalmente dicho presupuesto. El adjudicatario no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna en caso de no agotar el presupuesto. Después de la entrada en vigor del contrato, y si resultara necesario para la Administración, se podrá ampliar el número de servicios, previa fiscalización
4 del gasto correspondiente, y en condiciones económicas y técnicas idénticas a las inicialmente fijadas en aquél. CONSTANCIA EXPRESA DE LA EXISTENCIA DE CRÉDITO CLAÚSULA 10 Las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de este contrato se atenderán con cargo al presupuesto vigente, según se acredita en el expediente de contratación mediante informe de existencia de crédito expedido por la Sra. Interventora Delegada de SUMA Gestión Tributaria, y cuyo importe máximo de licitación asciende a ,00 impuestos incluidos. PLAZOS DE EJECUCIÓN. PRORROGA DEL CONTRATO. CLAUSULA 11 El periodo de ejecución del contrato será a partir de la fecha de su firma por ambas partes y se mantendrá en vigor hasta que se agote el presupuesto máximo con el que se dota o en su defecto 12 meses. El plazo máximo de ejecución previsto podrá ser objeto de ampliación por parte de Suma. Gestión Tributaria previo análisis con la empresa adjudicataria de las razones que aconsejan dicha ampliación, en todo caso opera la limitación económica que establece el presupuesto de ejecución. Se establece la posibilidad de prorrogar el contrato en los términos establecidos en la ley de contratos en caso de que exista acuerdo entre las partes. REVISIÓN DE PRECIOS CLAUSULA El precio de la presente contratación podrá revisarse según lo establecido en el art de la LCSP, es decir cuando éste se hubiese ejecutado, al menos, en el 20 por ciento de su importe y hubiese transcurrido un año desde su adjudicación, fecha que se tomará como referencia a fin de determinar el momento a partir del cual procede la revisión de precios y sus efectos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 79.3 de la LCSP. 2. Fórmula de revisión: Se actualizará el precio de acuerdo con la desviación del I.P.C. General sin que, no obstante, la revisión pueda superar el 85% de variación experimentada por el índice adoptado (art LCSP). CAPACIDAD PARA CONTRATAR CLAÚSULA 13 Los candidatos o los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar
5 que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social. La prueba de no estar incursos en prohibiciones para contratar de las previstas en el art. 49 de la LCSP, se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el art. 62 de la LCSP. La acreditación de la capacidad de obrar para las empresas no españolas de Estados pertenecientes la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y para el resto de empresas no comunitarias se ajustará a las peculiaridades dispuestas en los arts. Artículo y 3, y art. 44 de la Ley de contratos del Sector Público y arts. 9 y 10 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante o apoderado único. LUGAR DE REALIZACION CLÁUSULA 14 El servicio de localización y arrastre se realizará en la provincia de Alicante en los municipios que conforman los lotes y que se relacionan en el Anexo II del Pliego técnico. PROPOSICIONES. PRESENTACIÓN. CLÁUSULA 15 Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, y no podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en la Sección de Contratación de Suma, de las 9 a las 14 horas, durante el plazo que se fijará en la convocatoria de licitación. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de las proposiciones. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
6 No obstante transcurridos 10 días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A, y B, en el interior de cada sobre el licitador hará constar su contenido enunciado numéricamente en hoja independiente. En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador, domicilio social, telefóno y fax a efectos de comunicaciones, así como el objeto del contrato, num. expte: 46/pa/ser/09 e incluirá la documentación que a continuación se indica. SOBRE A, denominado de Documentos generales: 1.Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes: a) *Los empresarios individuales presentarán el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. *Los empresarios de nacionalidad española que sean personas jurídicas presentarán la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el registro mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, si no lo fuere, aportarán la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regule su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. * Las empresas no españolas de Estados pertenecientes a la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y para el resto de empresas extranjeras se ajustará a lo dispuesto en la cláusula 13. b) Poder cuando se actúe por representación. c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su capacidad y solvencia, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarios. 2. Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional, cuyo importe asciende [NO SE REQUIERE]. 3. Declaración responsable del licitador, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. (Modelo Anexo IV). 4. Número de identificación fiscal 5. Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias enumeradas en el art. 49.d) de la Ley de Contratos del Sector Público (modelo Anexo IV), o aportando la siguiente documentación: --Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). *Si la empresa propuesta como adjudicataria es sujeto pasivo del IAE y está obligada a pagar este impuesto, tiene que presentar el documento de alta del impuesto relativo al ejercicio corriente en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato o el último recibo del impuesto, acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto.
7 *Si la empresa propuesta se encuentra en algún supuesto de exención recogido en el apartado 1 del art. 82 de la Ley reguladora de las haciendas locales, aportará una declaración responsable especificando el supuesto legal de exención y el documento de declaración en el censo de obligados tributarios. -Certificado acreditativo de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social a que se refiere el art. 14 del RGLCAP, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere dicho artículo. -Certificado acreditativo de hallarse la empresa al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado emitido por la Agencia Estatal Tributaria a que se refiere el art. 13 del RGLCAP, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refiere dicho artículo. -Declaración responsable de no tener deudas tributarias con los Ayuntamientos que tienen delegados sus tributos con SUMA Gestión Tributaria (Modelo Anexo IV). 6. Solvencia económica y técnica. -Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, cobertura de siniestros del local y depósitos. -Fotocopia de los permisos de circulación de los vehículos utilizados en las actuaciones de arrastre -Relación de la persona o personas con facultades otorgadas por la mercantil para realizar las actuaciones de precinto y arrastre de los vehículos embargados. 7. Todas las personas extranjeras deberán formular declaración de sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder. Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación *La empresa que goce de los efectos de la inscripción en el Registro de Empresas Contratistas de la Diputación Provincial de Alicante, se halla exenta de la obligación de presentar la documentación señalada en el punto 1. en la presente cláusula, de conformidad con lo que autoriza el art.11. de la Ordenanza Provincial reguladora del citado Registro, que será sustituida por el correspondiente certificado de inscripción. *A partir de la fecha de publicación de la adjudicación provisional del contrato en el perfil del contratante, se concederá al licitador propuesto un plazo de 15 días hábiles para presentar las certificaciones administrativas expedidas por los órganos competentes acreditativas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que se detallan en el punto 5, en el caso de no haberlas presentado en el sobre de Documentos Generales. *Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la cláusula 16.1.
8 *Las certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición. Si hubieren caducado antes de la adjudicación del contrato, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar una certificación actualizada. *Los documentos requeridos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente, a excepción de aquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, que deberán ser en todo caso originales. *Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida forma oficial al castellano o valenciano. de SOBRE B, denominado Proposición, cuyo contenido debe ser: 1ºLa oferta económica que deberá estar redactada según el modelo e instrucciones del Anexo V, adjunto al presente pliego. La oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación establecido y en caso contrario, será rechazada. Además deberá indicar obligatoriamente, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. La oferta económica se expresará en la unidad de cuenta euro, única expresión que será tomada como dato cierto por SUMA Gestión Tributaria para la fijación del precio del contrato. 2º La Documentación técnica a efectos de la valoración de los criterios de adjudicación que se referencian en el Anexo III que deberá ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de los servicios objeto del contrato Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato MESA DE CONTRATACIÓN CLÁUSULA 16 El órgano de contratación será asistido por la Mesa de Contratación de SUMA Gestión Tributaria, nombrada para tal efecto mediante Resolución del Director de fecha 28 de julio de 2008, siendo el tercer vocal de entre los designados: D. Luis Herrerías Valdés, Jefe de Recaudación, en función de las competencias atribuidas al puesto de trabajo que desempeña y el objeto del contrato que nos ocupa Calificación de la documentación general.
9 Concluido el plazo de presentación de proposiciones y en sesión previa a su apertura, la Mesa de Contratación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 295 de la Ley de Contratos del Sector Público, procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores, exigida en la cláusula 14 de este pliego y contenida en el sobre de documentación administrativa denominado sobre A. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y lo hará público a través del tablón de anuncios de la Of. Central de SUMA, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición quedando excluida del procedimiento de adjudicación y, los sobres de las ofertas no podrán ser abiertos Apertura de proposiciones. La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación sobre A, procederá a la apertura de proposiciones económicas, en acto público, que tendrá lugar, en la Sala de Juntas de SUMA. Gestión Tributaria sita en Rambla Méndez Núñez 42 esq. Plaza San Cristóbal-1, entreplanta, de Alicante, el día y hora señalados en el anuncio de licitación. Si por aplicación de lo dispuesto en el Artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, fuera preciso posponer el acto público de apertura de las proposiciones, la nueva fecha para su celebración se publicará en el tablón de anuncios de la of. Central de SUMA Gestión tributaria. Sin perjuicio de que la comunicación referida en el párrafo precedente desplegará todos los efectos legales que le son propios a partir de su publicación del pronunciamiento calificatorio de la Mesa de Contratación en la forma expuesta, SUMA Gestión tributaria procurará informar individualmente a todos los licitadores de la nueva fecha del acto público de apertura de proposiciones. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN CLÁUSULA Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los que se establecen en el Anexo III Denominado Criterios de Adjudicación Sistema de Valoración El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse conforme a lo dispuesto en el art. 136 de la LCSP y en sus normas de desarrollo, observándose las reglas establecidas en los citados
10 preceptos. En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 136 de la LCSP La valoración de las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del RGLCAP. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. La documentación administrativa (Sobre A: documentos generales) se devolverá a los licitadores que no resulten adjudicatarios tras otorgarse la adjudicación del contrato. ADJUDICACIÓN CLÁUSULA Adjudicación Provisional y fianza definitiva. La Administración adjudicará provisionalmente el contrato a la proposición más ventajosa de conformidad con los criterios que han servido de base para la negociación en un plazo máximo de 2 meses. La adjudicación provisional deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación. No obstante, en los términos previstos en el artículo 139 de la LCSP, la Administración, antes de dictar la adjudicación provisional, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado. La adjudicación provisional se publicará en el perfil de contratante. A partir de la fecha de dicha publicación el adjudicatario provisional tendrá 15 días hábiles para presentar la documentación necesaria para formalizar la contratación (documentación justificativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros que acrediten la efectiva disposición de los medios que se hubieran comprometido a adscribir), así como constituir la garantía definitiva correspondiente al 5% del importe de adjudicación excluido el IVA. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas y condiciones establecidas en los arts. 84 y 85 de la Ley de Contratos del Sector Público, con los requisitos establecidos en los arts. 56 a 58 del RGLCAP. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 88 de la LCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al adjudicatario provisional, el órgano de contratación no elevará a definitiva la adjudicación.
11 18.2. Adjudicación Definitiva. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 15 días hábiles para la presentación de la documentación del adjudicatario provisional, a que se refiere el punto anterior, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional, siempre que éste haya presentado dicha documentación y acreditado que reúne las condiciones exigidas al efecto. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, SUMA, de conformidad con lo establecido en el artículo de la LCSP, podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar los requisitos establecidos en el punto FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 19 El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar del siguiente al que se le notifique la adjudicación definitiva, el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas. El contrato podrá formalizarse en escritura pública, cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. EJECUCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 20 Se iniciará la prestación del servicio dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la adjudicación definitiva. El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del contratista. La realización del trabajo se llevará a cabo con sujeción a lo previsto en este Pliego y al de prescripciones técnicas en especial en su cláusula 2, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere SUMA. El personal de la empresa adjudicataria adscrita al servicio guardará la máxima corrección y decoro en el trato con los propietarios que ostenten
12 la titularidad de los vehículos retirados de la vía pública, evitando en lo posible el riesgo de altercados con los contribuyentes. El contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo la Administración contratante del todo ajena a dichas relaciones laborables. El contratista procederá inmediatamente, si fuere necesario, a la sustitución del personal preciso de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada. CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y PENALIDADES CLÁUSULA 21 El adjudicatario deberá cumplir los plazos totales y parciales señalados en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas para la elaboración del estudio o prestación del servicio. El incumplimiento de los plazos de ejecución del contrato imputables al contratista, llevará consigo por parte de SUMA la resolución del contrato o la imposición de penalidades que se establecen en el art.196 de la LCSP. Dadas las especiales características del contrato que repercuten en intereses de los administrados y para garantizar la correcta ejecución del mismo, se establecen en la cláusula 9 del pliego de prescripciones técnicas penalidades adicionales. CUMPLIMIENTO NORMATIVA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL RESPECTO AL PERSONAL CLÁUSULA 22 El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS CLÁUSULA La información, datos o especificaciones facilitadas por SUMA Gestión Tributaria al contratista y al personal a su servicio o a los que hayan accedido en ejecución del contrato, deberán ser consideradas por esto como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros, en los términos establecidos en el artículo 124 de la LCSP El contratista y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la información, documentación o datos que
13 se le entreguen para la realización de los trabajos y, con ello, el compromiso de que los mismos no lleguen, en ningún caso, a poder de terceras personas distintas a las que se le indiquen expresamente por SUMA Gestión Tributaria En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones enumeradas en los puntos 1 y 2 de esta cláusula pudieran derivarse para SUMA Gestión Tributaria o para terceras personas. RECEPCIÓN DEL CONTRATO Y PLAZO DE GARANTÍA CLÁUSULA 24 Cumplida la totalidad del objeto del contrato se exigirá la recepción o conformidad dentro del MES siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. Si el servicio reúne las condiciones debidas, se procederá a su recepción a la que concurrirán además del funcionario técnico responsable de la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización del contrato, que ostentará así mismo la representación en el acto del órgano que celebró el contrato, el empresario o su representante autorizado. El plazo de garantía que se establece para el contrato es de 3 MESES a contar de la fecha de recepción o conformidad. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista. Durante el plazo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su costa, todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 281 de la LCSP. VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y RÉGIMEN DE LOS PAGOS CLÁUSULA 25 Las valoraciones de los trabajos efectuados se realizarán en la forma siguiente: mediante una factura detallada con las actuaciones realizadas, conformada debidamente por el técnico responsable de la ejecución del contrato. Las facturas se abonarán ajustándose a lo establecido en las cláusulas 5, 6 y 7 y el anexo I del pliego de bases técnicas. El adjudicatario podrá ceder sus derechos de cobro frente al organismo SUMA conforme a Derecho. Para que la cesión del derecho de cobro sea efectiva, será requisito imprescindible la notificación fehaciente del acuerdo de cesión, en todo caso se ajustará a lo dispuesto en el art. 201 de la LCSP.
14 La empresa contratista que desee ejercitar la opción de cesión de su derecho a cobro, tendrá que cumplimentar el modelo de solicitud Derecho a cobro que se encuentra a su disposición en la Unidad de Contratación Administrativa de SUMA Gestión Tributaria. CLÁUSULA 26 DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones derivados del contrato son los que se establecen en este pliego de cláusulas administrativas particulares, en el pliego de condiciones técnicas, de existir el mismo, y en las prescripciones y normas que sean de aplicación, contenidas en la normativa reguladora de la contratación administrativa, en el ámbito de la administración local. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 27 Además de los supuestos de incumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 206 y 284 de la LCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 207 y 285 de la LCSP. Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el contratista de la obligación de guardar sigilo a que se refiere la cláusula 23, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante. DEVOLUCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA CLÁUSULA 28 Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla. En el supuesto de recepción parcial no se autorizará la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía. Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el art. 88 de la LCSP.
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16 ANEXO-I.- MODULO DE EFECTIVIDAD DEL SERVICIO-ENTREGA DE EXPEDIENTES.-PLAZOS DE GESTION.- MODULO DE EFECTIVIDAD.- Se entiende por modulo de efectividad o grado de realización del servicio el porcentaje resultante del cociente entre el nº de ordenes de localización, aprehensión y arrastre de cada lote y la suma nº de localizaciones con pagos sin aprehensión realizados mas los precintajes efectuados PAGOS SIN APREHENSIÓN + PRECINTAJES VEHICULOS + VEHICULOS CON VALOR NULO ( LOCALIZADO SIN PAGO) % REALIZACIÓN = Nº DE ÓRDENES ENTREGADAS Dicho grado de realización se valorara con los siguientes parámetros NIVEL OBTENIDO NULO: INFERIOR AL 10.00% MUY DEFICIENTE: INFERIOR AL 20.00% DEFICIENTE: INFERIOR AL 30.00% BAJO: INFERIOR AL % NORMAL: ENTRE 40% Y 60.99% BUENO: ENTRE EL 61% Y EL 70.99% OPTIMO: ENTRE EL 71% Y EL 80.99% EXTRAORDINARIO. ENTRE 81% Y EL 89.99% EXCELENTE: A PARTIR DEL 90% GRUPOS DE EXPEDIENTES DE ENTREGA: Con carácter general, La Administración entregara bloques o lotes de expedientes de al menos 5 órdenes de localización, un máximo de 100 por cada entrega, para cada Area o lote asignado y adjudicado al contratista PLAZOS DE GESTION. Los expedientes de cada lote o remesa serán gestionados y entregados de acuerdo al calendario, preestablecido por la Administración, será el calendario Anual el que determine las fechas de entregas de expedientes y de rendición de resultados de gestión, que de forma general facultara a la administración a entregar expedientes cada mes, otorgando al concesionario un plazo de gestión que oscilara como mínimo de un mes y un máximo de tres. El contratista debe rendir las cuentas de resultado de lo gestionado en cada entrega, en el plazo establecido en el Calendario entregas.
17 ANEXO-II.- DESGLOSE DE LOS LOTES OFERTADOS LOTES AREAS TERRITORIALES Y MUNICIPIOS QUE COMPRENDE PRESUPUESTO ESTIMADO 1 MUNICIPIOS DE VEGA BAJA. ( ALGORFA ALMORADI ,00 BENEJUZAR BENFERRI BENIJOFAR BIGASTRO CALLOSA DE SEGURA COX DAYA NUEVA DAYA VIEJA DOLORES FORMENTERA GRANJA DE R. JACARILLA ORIHUELA RAFAL REDOVAN SAN MIGUEL DE SALINAS PILAR DE LA HORADADA LOS MONTESINOS, TORREVIEJA ) 2 ELCHE CARRUS Y PEDANIAS ,00 3 MUNICIPIOS DEL BAIX VINALOPO ( ELCHE CENTRO, ,00 CREVILLENTE, ASPE, HONDON DE FRAILES Y NIEVES, CATRAL ALBATERA, GUARDAMAR, SAN ISIDRO Y SANTA POLA) 4 AREA DEL ALACANTI ( MUNIPIOS DE ALICANTE ,00 CAPITAL, SAN JUAN; SAN VICENTE; CAMPELLO; AIGÜES, BUSOT, JIJONA, MUCHAMIEL, TORREMANZANAS Y AGOST) 5 AREA MARINA BAJA (ALTEA, BENIDORM; BENIARDA; ,00 BENIFATO; BENIMANTELL; BOLULLA; CALLOSA DE ENSARRIA, CONFRIDES, GUADALEST, LA NUCIA, POLOP, SELLA; TARBENA; FINESTRAT, ORCHETA, RELLEU, VILLAAJOYOSA, ALFAZPI,) 6 AREA MARINA ALTA ( ALCALALÍ, BENISSA; JALON; LLIBER, SENIJA; CALPE ;BENIARBEIG, BENIDOLEIG; DENIA; ELS POBLETS; GATA DE GORGOS; ONDARA; PEDREGUER, VERGEL; ADSUBIA; BENICHEMBLA ELS POBLETS, PEGO.) ,00 7 AREA DE INTERIOR ( MONOVAR ELDA PETRER ,00 NOVELDA. ETC ) 8 AREA DE MONTAÑA ( ALCOY CONCENTAINA MURO, ,00 BAÑERES ETC ) TOTAL PRESUPUESTO ,00
18 ANEXO III CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y SISTEMA DE VALORACIÓN Los criterios base para la adjudicación del presente concurso, son los siguientes: CONCEPTO INSTALACIONES: Se valorará la accesibilidad y las vías de comunicaciones para el acceso a los depósitos por los interesados, ( 5 Pts ) asimismo como el nº de m2 cubiertos, y descubiertos, los sistemas de vigilancia, ( 5 Pts ) la posible ubicación específica y separada de los vehículos de trabados por Suma, en el reciton, del resto que permitan y posibiliten una fácil identificación, disponer de elementos tangibles de custodia, seguridad, mantenimiento y limpieza de coches. ( 5 Pts ) Asimismo se valorará el Importe del seguro de cobertura prima y riesgos cubiertos ( 5 Pts ) MEDIOS TÉCNICOS Y MATERIALES QUE OFERTA: Se valorará el nº de personas y empleados asignados a la prestación del servicio, y su justificación documental para ese fín, ( 10 Pts ) asimismo y muy especialmente el uso de tecnologías para la localización y búsqueda de los vehículos y los sistemas de información y comunicación necesarios para la ágil interacción con la Administración. que pongan de manifiesto una acreditada solvencia técnica( 10 Pts ) UBICACIÓN DE LOS DEPOSITOS: Se valorará la ubicación, con preferencia especial en los municipios que mayor volumen de peticiones de precintaje encomiendan, y su cercanía a las cabeceras de Área, graduándose en función de su importancia y volumen de acuerdo a a la siguiente puntuación máxima Alicante (5pts )Elche (5pts) Benidorm (2pts) Denia, (2pts) Elda, (2pts) Alcoy(2pts), Orihuela, (2pts). Una vez concretada la ubicación se aplicará la siguiente de FORMULA: -20 km puntuación máxima y restara 0.05 pts. por cada kilómetro de distancia del deposito a la oficina cabecera de Área. OFERTA EN FUNCION DE PRECIOS MAXIMOS Se valorará las ofertas mas ventajosas y para efectuar la puntuación de los precios unitarios del servicio que figuran como máximos, se determinará el calculo de las ofertas, totalizando el precio que resulte de la suma de cada actuación y precio unitario ofertado. Una vez determinado se aplicará la siguiente de FORMULA: 40 x (mejor oferta/oferta considerada) PTOS 0 A 20 0 A 20 0 A 20 0 A 40 TOTAL 100
19 ANEXO IV DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE DE QUE EL LICITADOR CUMPLE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR, NO ESTANDO INCURSO EN NINGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE PROHIBICIÓN. D., con NIF en su calidad de en nombre y representación de la empresa CIF, según poder otorgado ante el notario de con fecha, bajo el número de protocolo (o bien, si se trata de persona física que actúa en su propio nombre) D., con NIF, en su propio nombre y derecho DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1ºQue la empresa no se halla incursa en ninguna de las circunstancias o causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad para contratar con la Administración, previstas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de contratos del Sector Público. 2º En relación a las Obligaciones tributarias y de la Seguridad Social que: *No se encuentra en situación de baja en la matrícula del impuesto de IAE. *Está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. *No tiene deudas tributarias con los Ayuntamientos que tienen delegados sus tributos con SUMA Gestión Tributaria. En, de de 2009 Fdo.: Autorización de certificado telemático: Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, autorizo que el certificado administrativo acreditativo de hallarse la empresa al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado emitido por la Agencia Estatal Tributaria en soporte papel, sea sustituido por certificado telemático o por transmisión de datos obtenido por SUMA Gestión Tributaria. En, de de 2009 Fdo.:
20 ANEXO V MODELO OFERTA ECONOMICA D./Dª. (*), domiciliado/a en, calle núm., tfno. código postal, con (**), actuando (***), se compromete a realizar el contrato de servicio de localización, precintaje, arrastre y depósito de vehículos embargados en el procedimiento administrativo de apremio, objeto del contrato a celebrar con Suma. Gestión Tributaria, por el precio máximo establecido todo ello de acuerdo con el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyo contenido declara conocer plenamente. Lote o lotes por el que se licita: Desglose del precio unitario en función del tipo de servicio y lote a valorar: Lote 1 ACTUACIÓN LOCALIZACIÓN ARRASTRE LOCALIZACIÓN ARRASTRE CLASE DE VEHÍCULOS TARIFA OFERTADA sin IVA IVA TOTAL TARIFA OFERTADA con IVA HASTA KG. MOTOCICLETAS Lotes 2,3,4,5 6, 7 y 8 ACTUACIÓN LOCALIZACIÓN ARRASTRE LOCALIZACIÓN ARRASTRE CLASE DE VEHÍCULOS TARIFA OFERTADA sin IVA IVA TOTAL TARIFA OFERTADA con IVA HASTA KG. MOTOCICLETAS Todos los lotes ACTUACIÓN CLASE DE VEHÍCULOS TARIFA OFERTADA sin IVA IVA TOTAL TARIFA OFERTADA con IVA PAGO SIN APREHENSIÓN HASTA KGS. PAGO SIN APREHENSIÓN MOTOCICLETAS DEPOSITO / DÍA HASTA KGS. DEPOSITO / DÍA MOTOCICLETAS LOCALIZACIÓN VEHÍCULOS SIN VALOR CONSTATADO HASTA KGS. LOCALIZACIÓN VEHÍCULOS SIN VALOR CONSTATADO MOTOCICLETAS NOTAS: En toda clase de vehículos con tonelaje superior a kgs, las cantidades serán las mismas, incrementadas en 20,00 por cada kgs. o fracción que exceda de kgs. Para el concepto de la localización y arrastre a razón de 2,00 /día por depósito.
21 (*) Caso de tratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto se estará a lo que establece el art.24.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas. (**) Exprésese el documento nacional de identidad, o el que en su caso le sustituya reglamentariamente. (***) En nombre propio o en representación o por apoderamiento de. La oferta económica se expresará en la unidad de cuenta euro, única expresión que será tomada como dato cierto por SUMA Gestión Tributaria para la fijación del precio del contrato En, a, de de Firma y Sello
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