PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA A PRESTAR EN EL MUSEO DE LA EVOLUCIÓN HUMANA.

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1 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA A PRESTAR EN EL MUSEO DE LA EVOLUCIÓN HUMANA. 1

2 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA A PRESTAR EN EL MUSEO DE LA EVOLUCIÓN HUMANA. 1.- OBJETO. El objeto del contrato consiste en la prestación del servicio de seguridad y vigilancia en el Museo de la Evolución Humana, con sede en Burgos, tanto en el interior del edificio que compone el complejo cultural como en el exterior (exclusivamente a efectos de realizar rondas exteriores para comprobación de accesos y estado general del edificio). Las necesidades a cuya satisfacción se dirige esta contratación vienen determinadas por la finalidad de protección del edificio, velar por su seguridad, así como la de las personas que en él se encuentren, bien trabajando, o bien como visitantes. Y ello exige contar con los medios materiales y humanos necesarios para la prestación de los servicios que conforman el objeto de este contrato en los términos definidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, al carecer la Fundación Siglo de los medios necesarios para la prestación de estos servicios especializados. La prestación de estos servicios se desarrollará bajo la supervisión del personal directivo del Museo de la Evolución Humana. A estos efectos, el adjudicatario deberá designar un responsable / interlocutor único, que recibirá directamente las directrices de control y supervisión del servicio que procedan por parte del personal directivo del Museo de la Evolución Humana. En todo caso, para la ejecución de este contrato la empresa adjudicataria se someterá a las directrices que marque la Fundación Siglo. 2.- TIPO DE CONTRATO Contrato de servicios. 3.- CLASIFICACIÓN. Se exige la siguiente clasificación: Grupo M. Servicios Especializados Subgrupo 2. Servicios de seguridad, custodia y protección Subgrupo 3. Atención y manejo de instalaciones de seguridad Categoría A. 4.- VARIANTES. No se admiten variantes. 5.- PRECIO DEL CONTRATO. El Presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de CIENTO VEINTISEIS MIL QUINIENTOS EUROS ( ). En este importe no está incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2

3 Serán por cuenta del adjudicatario toda clase de tributos, tasas y exacciones del Estado, de las Corporaciones Locales o de la Comunidad Autónoma o cualquier otro gasto que pudiera desprenderse de la ejecución de los trabajos objeto del presente pliego. Del mismo modo serán por cuenta del adjudicatario la elaboración y tramitación, ante los organismos que corresponda, de cuantos documentos y autorizaciones sean necesarios para el desarrollo de los trabajos objeto del presente pliego. La oferta económica que presenten los licitadores no podrá ser nunca superior al presupuesto base de licitación. El valor estimado del contrato es de doscientos cincuenta y tres mil euros, impuestos no incluidos. 6.- PLAZO DE VIGENCIA. El plazo de vigencia del contrato será de un año a contar desde el día señalado en el párrafo siguiente, prorrogable por un máximo de otro año, previo acuerdo expreso y por escrito entre la Fundación Siglo y la empresa adjudicataria. La prestación de los servicios objeto del presente pliego comenzará en la fecha de la firma del contrato pertinente, salvo que la Fundación Siglo disponga lo contrario. 7.- REVISION DE PRECIOS. No se admite revisión de precios durante el plazo de vigencia de este contrato. 8.- FORMA DE ADJUDICACION DEL CONTRATO. El contrato no está sujeto a regulación armonizada, estando regulado por las Instrucciones Internas de Contratación de la Fundación Siglo. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo dispuesto en las instrucciones 13 y 20 de las Instrucciones Internas de Contratación de la Fundación Siglo. Y ello con arreglo a la ponderación de los criterios de adjudicación contenidos en la Cláusula 14 de este Pliego. Los criterios expresados, salvo el del precio, serán valorados con anterioridad a la apertura pública de las ofertas económicas presentadas por los licitadores. 9.- GARANTIA PROVISIONAL. Para optar a la adjudicación del contrato, los licitadores deberán acreditar la constitución previa de una garantía provisional por importe correspondiente al 2% del presupuesto base de licitación. Esta garantía podrá constituirse mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España; o bien mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. 3

4 El régimen de devolución y cancelación será el previsto en el art. 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 10. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES. La documentación se presentará en 3 sobres: Sobre 1. Documentación relativa a la capacidad de contratar. De acuerdo con la Orden HAC/1102/2007, de 31 de mayo, por la que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, bastará que los licitadores presenten el certificado correspondiente al estado de los datos y documentos registrados del licitador inscrito en dicho Registro, acompañado de una declaración firmada en la que se compromete a que los datos recogidos en la certificación se mantienen vigentes en la actualidad, y debiendo adjuntar, además, aquellos documentos de los que se detallan a continuación que no sean objeto de inscripción en el mencionado registro. En el caso de que la empresa no esté inscrita en el Registro de Licitadores y no se presente dicho certificado, deberán presentar los siguientes documentos: 1. Si el concurrente fuera empresario individual: Documento Nacional de Identidad o aquél que legal o reglamentariamente le sustituya, o fotocopia del mismo. Alta en la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas, cuyo epígrafe deberá corresponderse con el objeto del contrato, y recibo acreditativo de haber abonado el último ejercicio vencido. La presentación del recibo servirá como acreditación del alta. Cuando el empresario no pueda aportar dicho recibo por estar incluido en alguno de los supuestos previstos en el art. 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, deberá presentar una declaración responsable de exención del impuesto, sin que dicha declaración sirva como acreditación del alta en la matrícula del impuesto. 2. Si el concurrente fuera persona jurídica, fotocopia de su C.I.F. y copia de la escritura de constitución y estatutos, con sus posteriores modificaciones si se hubieran producido, debidamente inscritas en el Registro Mercantil cuando ello fuere preciso. Así como los documentos que acrediten la representación que ostenta la persona que firma la proposición, como muestra de que se encuentra facultada para representar a la licitadora. Cuando se trate de un poder general deberá estar igualmente inscrito en el Registro Mercantil. 3. Si el proponente actuase en representación o por cuenta de otro, se acompañará poder notarial que justifique dicha cualidad y representación. 4. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 4

5 Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Las empresas extranjeras presentarán toda la documentación traducida de forma oficial al castellano, así como una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. 5. Cuando se trate de uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, deberán presentarse los documentos acreditativos de la capacidad de obrar de cada uno de los empresarios que la componen conforme a los apartados precedentes. En el escrito de proposición deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Fundación Siglo. Deberá acompañarse del compromiso firme de UTE en caso de resultar adjudicatario. Solo en el caso de que se efectúe a su favor la adjudicación será necesaria la formalización de la unión en escritura pública. 6. Documento acreditativo de haber constituido una garantía provisional a favor de la Fundación Siglo (CIF G ), de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula novena de este pliego. 7. Declaración expresa y responsable de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar con la Administración previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en modelo de Anexo II que acompaña a este pliego. 8. Certificación actualizada de estar inscritos, con posterioridad a 10 de Enero de 1996, como empresa de Seguridad, en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, el la que se reflejen las actividades autorizadas y el ámbito territorial de actuación. 9. Certificación expedida por la Fundación Siglo que acredite que el licitador ha cursado la visita a las instalaciones que se exige en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 10. Justificación de la suficiente solvencia económica y financiera y de la capacidad técnica mediante la presentación del certificado acreditativo, actualizado y en vigor, de contar con la clasificación exigida en la Cláusula Tercera del presente pliego. No obstante, los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional a través de los documentos y medios establecidos en los artículos 75 y 78 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 11. En el caso de licitadoras exentas de IVA., o con tipo reducido, deberán incluir, conjuntamente con el resto de documentación exigible, declaración expresa de que se 5

6 encuentran en esa situación respecto de dicho Impuesto, presentando, en caso de resultar adjudicataria, documento expedido por la Administración Tributaria competente en que se acredite dicha exención para el contrato en cuestión. Sobre 2. Documentación técnica. Contendrá la documentación técnica que, de acuerdo con los criterios de adjudicación expresados en la Cláusula 14, a excepción de la oferta económica, sea precisa o que los licitadores consideren oportuna para la valoración global de sus propuestas por parte de la Fundación Siglo. Sobre 3. Documentación relativa a la Oferta Económica ajustándose a las siguientes reglas: o La proposición, debidamente firmada, será formulada en letra y número con arreglo al modelo unido a este Pliego (Anexo I). o o Todas las ofertas deberán indicar por separado la cuantía correspondiente al precio del contrato y, en su caso, la cuantía correspondiente al IVA, el cual se incluirá como partida independiente en la correspondiente facturación, teniéndose en cuenta para la comparación de las distintas ofertas económicas, exclusivamente el precio de cada una. Será causa de inadmisión de la proposición la inclusión de la Oferta Económica en algún otro Sobre distinto al 3. No serán admitidas las proposiciones en que se omita alguna de la documentación señalada en los apartados anteriores, dentro de los sobres correspondientes, ni las que sean presentadas una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes. Quedará excluido del procedimiento el licitador que presente datos de la oferta económica en un sobre distinto al sobre CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Las propuestas estarán redactadas en español y se remitirán en la forma y contenido que se especifica en este apartado y en el anterior, a las oficinas de FUNDACIÓN SIGLO, María de Molina 3, 2º. Valladolid El plazo de presentación de ofertas será hasta el 24 de enero de 2013, a las horas. También podrán ser enviadas por correo en el plazo señalado en el párrafo anterior, debiendo el licitador justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar a la mesa de contratación la remisión de la oferta mediante fax (Fax: ), (fundacion.siglo@jcyl.es) o telegrama en el mismo día, dirigido al Área de Contratación de la Fundación Siglo. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por la Mesa de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, no se admitirán las proposiciones presentadas por correo, si transcurridos los cuatro (4) días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones señalado en el anuncio, no se hubieran recibido las mismas en el domicilio de la Fundación Siglo. Las proposiciones se presentarán en tres sobres. Todos ellos estarán cerrados, sellados y firmados por el licitador, que hará constar en cada uno de ellos su contenido, el nombre o razón social del licitador, así como la dirección, teléfono, y fax en los que deseen recibir información y comunicaciones por parte de la Fundación Siglo. 6

7 Una vez presentada la documentación de referencia, ésta no podrá ser ni retirada ni modificada, constituyendo la contravención de esta cláusula causa de exclusión y pérdida de la garantía provisional. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por parte del empresario de las cláusulas de este pliego, sin salvedad alguna MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación estará formada del siguiente modo: Presidente Director General de la Fundación Siglo o Jefe del Departamento correspondiente en quien delegue. Vocales Tres vocales, entre los que deberá figurar el asesor jurídico y la persona que tenga atribuidas las funciones relativas al control económico-presupuestario. Secretario Un técnico de la Fundación Siglo, Licenciado en Derecho EXAMEN DE LA DOCUMENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES. La Mesa de Contratación examinará la validez formal de la documentación contenida en el Sobre nº 1. Si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija o subsane, bajo apercibimiento de exclusión definitiva. Si tal subsanación no se produce en el plazo concedido o el defecto no es subsanable, la Mesa de Contratación procederá a la exclusión definitiva sin proceder a la apertura de los sobres correspondientes a la propuesta técnica y a la oferta económica. Con anterioridad a la apertura de las proposiciones económicas, la documentación presentada en el Sobre nº 2 será examinada y, en base a la misma, se elaborará un Informe Técnico que valorará y puntuará la propuesta de cada licitador conforme a los criterios de adjudicación de este Pliego, a excepción de lo que se refiere a la oferta económica. El resultado de esta valoración se dará a conocer al comienzo del acto público de apertura de la oferta económica. El acto de apertura de los sobres que contengan la oferta económica se efectuará públicamente por la Mesa de Contratación en lugar y fecha que se comunicará a cada uno de los licitadores que han presentado ofertas. Realizada la apertura de las ofertas económicas y tras su análisis, la Mesa determinará si existe alguna oferta anormal o desproporcionada, en cuyo caso podrá solicitar al licitador un informe justificativo de la viabilidad de dicha oferta. De no recibir dicho informe en el plazo que se determine en la solicitud, o si la Mesa de Contratación considera que la oferta no está debidamente justificada, se procederá a la exclusión definitiva del licitador. La Mesa de Contratación, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, que no hubieran sido declaradas anormales o desproporcionadas, y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del licitador que realice la oferta económicamente más ventajosa. 7

8 14.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación se realizará atendiendo a los siguientes criterios: a) Oferta económica.hasta 75 puntos Se valorarán las ofertas presentadas de modo que a la más baja, sin incurrir en valores anormales o desproporcionados, se le otorgará la máxima puntuación. Las restantes se valorarán conforme a la siguiente fórmula: 75 x importe de la oferta precio/hora más baja Importe de la oferta precio/hora a valorar La apreciación del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 152 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. b) Medidas de seguridad pasiva a implementar.hasta 10 puntos Se valorarán únicamente aquellas medidas que justificada y realmente contribuyan a una mejor prestación del servicio en cuanto a seguridad pasiva se refiere. c) Mejoras..hasta 10 puntos Se valorarán únicamente aquellas mejoras que justificada y realmente contribuyan a una mejor prestación del servicio. d) Puesta a disposición de horas gratuitas de servicio, con un límite de 175 horas / año.. hasta 5 puntos Se valorarán con 5 puntos las ofertas que presenten 175 horas / año. Las restantes se valorarán proporcionalmente ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer de una póliza de seguros de responsabilidad civil, frente a terceros, derivado del objeto del contrato (responsabilidad civil de explotación) por cuantía suficiente para cubrir cualquier contingencia que pudiera producirse durante la ejecución del contrato (mínimo de ), y de una póliza de responsabilidad civil con cobertura de riesgos profesionales, bien como póliza independiente o con cobertura incluida en la póliza de seguros de responsabilidad civil general (responsabilidad civil patronal y responsabilidad civil post-trabajos), y de cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación, entre los que se incluirán los necesarios para el desarrollo de la coordinación de las funciones preventivas en materia de prevención de riesgos laborales, así como de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. 8

9 Una vez presentada toda la documentación requerida, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Tal adjudicación será objeto de notificación y publicidad en los términos previstos en el art del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El contrato deberá formalizarse en documento que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Fundación Siglo podrá acordar la incautación de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 16. GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario deberá, en los plazos previstos, constituir y presentar garantía definitiva a favor de la Fundación Siglo, por importe del 5% del importe de adjudicación. Esta garantía podrá constituirse mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España; o bien mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. La Garantía estará sujeta a las responsabilidades previstas en el art. 100 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Particularmente la Garantía podrá ser incautada en los supuestos de incumplimiento total o parcial, mala ejecución del servicio o en los supuestos de daños o perjuicios 9

10 causados de forma directa o indirecta por la empresa adjudicataria durante o tras la ejecución del servicio. El plazo de garantía se fija en tres meses a contar desde el informe de recepción definitiva del servicio por parte del responsable del Área correspondiente. El régimen de devolución y cancelación de la garantía será el previsto en el art. 102 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 17. RÉGIMEN DE PAGO. El pago se realizará mediante transferencia bancaria, en el plazo máximo de treinta días tras la presentación de la correspondiente factura, y previa verificación de la correcta ejecución del servicio. Las facturas se presentarán mensualmente PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 1. Se penalizarán las siguientes actuaciones: En el supuesto de que la Fundación detectara una degradación en la calidad del servicio prestado por el adjudicatario, podrá penalizar a éste en función del grado de degradación constatado mediante las oportunas minoraciones proporcionales en el importe de las correspondientes facturas presentadas para el cobro, previa notificación y audiencia al adjudicatario. En el supuesto de apreciarse en el momento de la finalización del contrato defectos en la prestación del servicio, irregularidades durante el mismo, incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte del adjudicatario o en caso de daños y perjuicios producidos a la Fundación Siglo durante la ejecución del contrato o derivados directa o indirectamente de la conducta del adjudicatario, sin perjuicio de la ejecución de la garantía prestada, se podrá retener el pago del precio que esté pendiente de abono. 2. Serán causas de resolución del contrato, entre otras, las siguientes: a. La muerte o la incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b. La declaración de concurso o indicios racionales de insolvencia del adjudicatario. c. Mutuo acuerdo entre la Fundación Siglo y el contratista. d. La no formalización del contrato en el plazo señalado en la cláusula 15 por causas imputables al adjudicatario. e. La paralización o interrupción de los trabajos, salvo causa de fuerza mayor. f. Si la merma de la calidad del servicio a que se hace referencia en el punto 1 de esta misma Cláusula se mantiene, o es grave y reiterada, la Fundación Siglo podrá optar por la resolución del contrato con incautación de la garantía prestada por el adjudicatario. 10

11 g. El retraso injustificado y reiterado (en más de dos ocasiones) en el cumplimiento de los servicios objeto de este contrato. h. La modificación unilateral de alguna de las condiciones tenidas en cuenta para la adjudicación del servicio o el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego o el no cumplimiento de las órdenes dadas por la Fundación Siglo. En los supuestos de las letras d, e, f, g y h, la Fundación Siglo procederá a la incautación de la garantía, y además el adjudicatario deberá indemnizar a la Fundación Siglo de todos los daños y perjuicios ocasionados. El resarcimiento de los daños y perjuicios podrá hacerse efectivo sobre las cantidades adeudadas por la Fundación Siglo al adjudicatario como consecuencia del presente contrato OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Además de las generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, se atenderá especialmente a las siguientes: 1. El empresario queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes, especialmente en materia de legislación laboral, fiscal y de seguridad y salud en el trabajo, así como al cumplimiento de las que puedan promulgarse durante la ejecución del mismo, estando exenta la Fundación Siglo de toda responsabilidad al respecto. 2. El adjudicatario estará obligado a satisfacer todos los gastos que genere la formalización y ejecución del correspondiente contrato, derivados de la obtención de autorizaciones, licencias o cualquier información de organismos oficiales o particulares, así como los impuestos, derechos, tasas y compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, incluido el IVA en los casos en que éste proceda, sin que pueda repercutirlos a la Fundación Siglo. 3. El contrato deberá ser ejecutado directamente por la empresa adjudicataria quedando prohibida la subcontratación del servicio. 4. La prestación del servicio objeto de este contrato no es susceptible de cesión, quedando asimismo prohibida la utilización de las instalaciones por el contratista para actividades distintas de las señaladas en este pliego. 5. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones salvo en los casos de fuerza mayor. 6. Ante situaciones imprevistas la empresa se compromete a poner a disposición de la Fundación Siglo los medios que precise de forma inmediata. 7. Por otra parte, cuando cause baja alguno de los miembros del equipo de trabajo que van a prestar los servicios especializados, deberá ser inmediatamente sustituido sin que tal circunstancia pueda influir negativamente en la prestación del servicio. 8. La prestación de estos servicios se desarrollará bajo la supervisión del personal directivo del Museo de la Evolución Humana. A estos efectos, el adjudicatario deberá designar un responsable / interlocutor único, que recibirá directamente las directrices de control y supervisión del servicio que procedan por parte del personal directivo del Museo de la Evolución Humana. 11

12 9. La empresa adjudicataria llevará a cabo las prestaciones objeto del contrato con estricta sujeción a lo establecido en este Pliego, en el de Prescripciones Técnicas y a las instrucciones que de forma directa reciba por parte del personal directivo del Museo de la Evolución Humana el interlocutor designado por aquélla. 10. Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, la Fundación Siglo podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, incluida la sustitución del personal designado. 11. La empresa adjudicataria será responsable del buen uso de las instalaciones, material y equipos relacionados con el objeto de este contrato. A estos efectos será responsable de los posibles daños y roturas que sufra el material de las instalaciones por causa debida a un uso incorrecto de los mismos. 12. Será obligación de la empresa adjudicataria indemnizar todos los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de los trabajos que requiera la ejecución del contrato. 13. El contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio o por cualquier otra causa. Tampoco tendrá derecho a indemnización por extinción del contrato al cumplirse su plazo de vigencia, ni por interrupciones parciales o totales del servicio debido a obras realizadas en las dependencias del Museo de la Evolución Humana o cierre al público del mismo. 14. El presente contrato y su ejecución quedan supeditados a los efectos y decisiones que puedan derivarse de la adopción de medidas de austeridad, contención de gasto o recorte presupuestario en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León y que afecten a la Fundación Siglo; sin que, en ningún caso, pueda invocarse daños o perjuicios por ninguna de las partes. 15. El adjudicatario conoce y asume de forma expresa que el personal que presta los servicios por cuenta de la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de la misma, por cuanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, sin que exista relación laboral de ningún tipo entre dicho personal y la Fundación Siglo, aún cuando los despidos y medidas que se adopten sean consecuencia directa o indirecta, del cumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. A la extinción de este contrato de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato por parte del adjudicatario como personal de la Fundación Siglo. 16. La Fundación Siglo podrá exigir al adjudicatario, durante la ejecución de este contrato, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social, mediante la presentación mensual de copias de los modelos TC1 y TC2, a efectos de control del personal a su cargo. Asimismo, podrá exigir la actualización de las certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, cuando haya vencido su período de validez. 12

13 17. La empresa adjudicataria deberá estar en posesión de cuantas licencias, autorizaciones, permisos o títulos oficiales precise para cumplir con la prestación objeto del contrato, sin que pueda repercutir a la Fundación Siglo coste alguno por este motivo, siendo de su cuenta todos los gastos y gestiones que deriven de su obtención. Asimismo, la empresa adjudicataria se obliga a gestionar y conseguir a su costa cuantas autorizaciones, inscripciones y visados administrativos se exijan, conforme a la normativa en vigor. 18. El vestuario del equipo técnico que presta el servicio, que debe ser consensuado con la Fundación Siglo, correrá por cuenta de la adjudicataria, debiendo mantenerse en todo momento en adecuadas condiciones de limpieza y presentación, sin que pueda ser modificado sin autorización de la Fundación Siglo. 19. La Fundación Siglo podrá exigir la sustitución de cualesquiera medios materiales o personales destinados a la prestación del servicio si su resultado o comportamiento no fuera el correcto o si se observara poco cuidado en el desempeño de su cometido, comprometiéndose la licitadora a cumplir con tal sustitución. 20. Cualquier cambio que pretenda realizar la empresa adjudicataria deberá contar con la aprobación de la Fundación Siglo. 21. Las discrepancias en la interpretación de las condiciones del presente Pliego y del de Prescripciones Técnicas, quedan condicionadas al juicio de la Fundación Siglo. 20. NATURALEZA DEL PRESENTE PLIEGO. Este documento, así como el de Prescripciones Técnicas, tendrá carácter contractual y deberá ser firmado por las partes en prueba de conformidad simultáneamente a la formalización del contrato y como anexo al mismo. 13

14 ANEXO I MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA Don., con DNI nº, y domicilio en., enterado de las condiciones y requisitos precisos para participar en la licitación, objeto del contrato, se compromete En su propio nombre y derecho En nombre y derecho de la empresa.., con domicilio en..... con NIF/CIF, a la que legítimamente represento, a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en el supuesto de resultar adjudicataria del concurso, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones en él expresados aceptando incondicionalmente las cláusulas del Pliego de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. A los efectos expresados se compromete a ejecutar el contrato relativo al servicio de seguridad y vigilancia a prestar en el Museo de la Evolución Humana, por el importe de.. EUROS, (. ) IVA NO INCLUIDO. El IVA correspondiente, al tipo impositivo del... %, vigente en el momento de la licitación, asciende a... EUROS, (. ) En.a..de. de (Firma y sello del ofertante) 14

15 ANEXO II MODELO DE DECLARACION DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICION PARA CONTRATAR Don..., con DNI nº, En su propio nombre y derecho En nombre y derecho de la empresa..,con NIF/CIF, a la que legítimamente representa DECLARA Que no se encuentra incursa en las circunstancias o prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Que ni el firmante ni, en su caso, los administradores de la persona jurídica que representa se encuentran incursos en supuesto alguno de incompatibilidad a los efectos de la formalización de este contrato. Que se encuentra de alta y al corriente de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, así como en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comprometiéndose a presentar la justificación acreditativa de tales extremos en el plazo de cinco días hábiles tras su requerimiento. En.a..de. de (Firma y sello del ofertante) 15

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