Ing. JOSÉ LUIS GIOJA

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1 CREACIÓN DEL BOLETÍN OFICIAL - LEY 5 DE SEPTIEMBRE DE 1916 Art. 4 Los documentos que se inserten en el Boletín Oficial serán tenidos por auténticos y obligatorios en razón de esta publicación. Los Edictos, Avisos y Suscripciones se pagarán en la Administración del Boletín Oficial. Aparece los días hábiles. AÑO XCVII SAN JUAN, VIERNES 11 DE JULIO DE 2014 No se admiten reclamos después de las 24 horas de la primera publicación. Registro Nacional de la Propiedad Intelectual. (Ley N ). Dirección Adm. y Talleres: Félix Aguilar 142 (N) Capital - Parque de Mayo - CP. J FWD. Tel.: Tel./Fax Director: Sr. Fernando Esteban Conca Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo N AUTORIDADES: Dr. CARLOS ADRIÁN CUEVAS Ministro de Gobierno Prof. MARÍA CRISTINA DÍAZ Ministro de Educación Lic. MARCELO EDUARDO ALÓS Ministro de Producción y Desarrollo Económico Dr. Ing. TOMÁS JOSÉ STRADA Ministro de Infraestructura Sr. DANIEL HORACIO MOLINA Ministro de Desarrollo Humano y Promoción Social C.P.N. FRANCISCO ALCOBA Ministro de Hacienda y Finanzas Ing. JOSÉ LUIS GIOJA Gobernador Dr. SERGIO MAURICIO UÑAC Vicegobernador y Presidente Nato de la Cámara de Diputados Dr. JUAN CARLOS CABALLERO VIDAL Presidente Excma. Corte de Justicia Dr. OSCAR ALEJANDRO BALVERDI Ministro de Salud Pública Ing. FELIPE NELSON SAAVEDRA Ministro de Minería Sr. DANTE RAÚL ELIZONDO Ministro de Turismo y Cultura Sr. WALTER ROGELIO LIMA Secretario General de la Gobernación Lic. DOMINGO RAÚL TELLO Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable Ing. TULIO ABEL DEL BONO Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Visite el Boletín Oficial en la Web: PARA TODA PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL, DEBERÁ TRAER SOPORTE INFORMÁTICO (CD - DVD - PENDRIVE) Y ADEMÁS EL ORIGINAL CORRESPONDIENTE.

2 DECRETOS DECRETO N MSP- SAN JUAN, 05 de Junio de 2014 VISTO El expediente N , registro del Ministerio de Salud Pública; y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado se pretende aprobar el Anexo 3º al Convenio Marco de Donación de fecha 23 de Octubre de 2010 "Convenio Donación Consultorio Odontológico Móvil", firmado entre el Sr. Intendente del Municipio del Departamento de Calingasta, Sr. Robert GARCÉS, D.N.I. N , los Sres. Apoderados de la firma XSTRATA PACHÓN S.A., José OSSA, D.N.I. N y Jorge SAUSSET, D.N.I. N y el Ministerio de Salud Pública, representado por su titular el Dr. Oscar Alejandro BALVERDI, D.N.I. N Que el Anexo 3 del mencionado convenio tiene como objeto establecer que a partir del 25 de Febrero de 2014 el Consultorio Odontológico Móvil será de uso exclusivo del Ministerio de Salud Pública. Que ha intervenido el Departamento Jurídico del Ministerio de Salud Pública. Que corresponde dictar norma legal respectiva. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: ARTÍCULO 1º.-Aprobar el Anexo 3º al Convenio Marco de Donación de fecha 23 de Octubre de 2010 "Convenio Donación Consultorio Odontológico Móvil", firmado entre el Sr. Intendente del Municipio del Departamento de Calingasta, Sr. Robert GARCÉS, D.N.I. N , los Sres. Apoderados de la firma XSTRATA PACHÓN S.A., José OSSA, D.N.I. N y Jorge SAUSSET, D.N.I. N y el Ministerio de Salud Pública, representado por su titular el Dr. Oscar Alejandro BALVERDI, D.N.I. N , el cual se adjunta y forma parte integrante de la presente norma legal. ARTÍCULO 2.- Comunicar y dar al Boletín Oficial para su publicación.- Fdo.: Ing. José Luis Gioja Gobernador Dr. Oscar A. Balverdi Ministro de Salud Pública VISTO: DECRETO N MPyDE- SAN JUAN, 09 de Junio de 2014 El expediente N , registro del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico, Programa de Desarrollo de Áreas Rurales (PRODEAR); y, CONSIDERANDO: Que el 07 de Diciembre de 2010 el Gobierno de la Provincia de San Juan, representado por el Sr. Gobernador José Luis Gioja y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el Sr. Ministro Julián Andrés Domínguez suscribieron el Acuerdo de Ejecución del Programa de Desarrollo de Áreas Rurales (PRODEAR)- Convenio N 535/10, mediante el cual se asignan recursos provenientes de aportes de fondos no reembolsables del Gobierno Nacional; del contrato de préstamo FIDA 713/AR suscripto entre la República Argentina y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (FIDA) a través de un convenio de préstamo subsidiario, y fondos de contrapartida del Tesoro Provincial para el concretar acciones del mismo en el territorio provincial, el que fuera ratificado mediante Decreto N 0022-MPyDE-2011 y aprobado mediante Ley N Que el Programa citado tiene como objetivo contribuir a la cohesión e inclusión social y productiva de los habitantes pobres del sector rural de Argentina, promoviendo la creación de condiciones para un desarrollo sostenible de las áreas rurales en el marco de las economías regionales, a través del fortalecimiento de capacidades en la población rural organizada. Que mediante el citado Programa, las partes acordaron los lineamientos básicos de ejecución del Programa de Desarrollo de Áreas Rurales (PRODEAR) y la estructura necesaria para su implementación, la que luego fuera modificada mediante el Decreto 239- MPyDE Que las Leyes N 7963 y N 8203 establecen que las normas, reglas, trámites, operatorias y procedimientos de contrataciones, adquisiciones de bienes y servicios, auditorías que establezcan en el Convenio de Préstamo FIDA 713-AR, en los Acuerdos y Convenios que se suscriban entre el Gobierno Nacional y la Provincia, y en los Manuales de Operaciones del PRODEAR, prevalecerán en su aplicación específica sobre la legislación local en la materia. Que el citado Programa se encuentra en ejecución, dando cumplimiento a los objetivos propuestos. Que en el transcurso de la ejecución, se propuso modificar puntualmente la apertura de la categoría 4 Pág San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014

3 "Fondos para transferencia a beneficiarios" al Aporte No Reembolsable del Gobierno Nacional, acordando el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Dn. Norberto Gustavo Yahuar celebrar con el Gobierno de la Provincia, la Enmienda al Acuerdo de Ejecución N 535/10. Que en la Cláusula Primera de la Enmienda, se modifica el Punto 1 de la Cláusula Quinta del Acuerdo de Ejecución, disponiendo que: ( ): el CIEN POR CIENTO (100%) de los gastos realizados con cargo a la Categoría 2. Estudios y Asesorías ; el CIEN POR CIENTO (100%) de los gastos realizados con cargo a la Categoría 3. Capacitación y Asistencia Técnica para beneficiarios; y el Treinta y dos por ciento (32%) de los gastos realizados con cargo a la categoría 4 Fondos para transferencia a beneficiarios (...). Asimismo, en la Cláusula Segunda de la Enmienda, se modifica el Punto 2 de la Cláusula Quinta del Acuerdo de Ejecución, estableciendo: (...): el OCHENTA POR CIENTO (80%) de los gastos realizados con cargo a la Categoría 1.a. Vehículos y Equipos para las unidades del Programa ; el TREINTA POR CIENTO (30%) de los gastos realizados con cargo a la Categoría 1.b. Equipos para las organizaciones de beneficiarios ; y el Sesenta y ocho por ciento (68%) de los gastos realizados con cargo a la categoría 4 Fondos para transferencia a beneficiarios.- Que la rectificación acordada tiene como objeto principal la reasignación de los fondos que sustentan el programa entre las diferentes acciones posibles, sin modificar el monto total del PRODEAR en San Juan y los asignados según sus tres fuentes de financiamiento, para una ejecución más eficiente e inclusiva. Que corresponde que la Enmienda sea ratificada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial de acuerdo a lo establecido por el Artículo 189 Inc. 9º de la Constitución Provincial y, posteriormente aprobada conforme al Artículo 150 Inc. 2º por la Cámara de Diputados de la Provincia. Que han tomado debida intervención las Asesorías Letradas del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico y del Ministerio de Hacienda y Finanzas. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA ARTÍCULO 1º: Ratifícase la Enmienda al Acuerdo de Ejecución N 535/10 celebrada entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan, la que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. ARTÍCULO 2º: Remítase a la Cámara de Diputados de la Provincia, para su aprobación. ARTÍCULO 3º: Comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación. Fdo.: Ing. José Luis Gioja Gobernador Lic. Marcelo Alós Ministro de Producción y Desarrollo Económico DECRETO Nº MG- SAN JUAN, 09 de Junio de 2014 VISTO: El expediente N , registro de la Gobernación; y, CONSIDERANDO: Que por las citadas actuaciones el titular del Registro Notarial N 14, Escribano Alejandro Miguel Luluaga solicita la designación de la Escribana Andrea Del Carmen MONTILLA como adscripta al citado Registro Notarial. Que conforme la documentación que se adjunta, la Escribana Andrea Del Carmen MONTILLA cumple con los requisitos exigidos por los Artículos 3º y 10 del Decreto Acuerdo N 0022-MG-09, obrando en autos la fianza ofrecida de la citada Escribana, conforme lo exige el Decreto N 1351-MG-03, Anexo II, Artículos 1º, 5º y 6º, modificado por Decreto N 0733-MG-05. Que es procedente acceder a la designación de la Escribana Andrea Del Carmen MONTILLA como adscripta al Registro Notarial N 14, como asimismo tener por presentada la fianza ofrecida. Que ha intervenido Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1.- Desígnase Adscripta al Registro Notarial N 14 de la Provincia de San Juan a la Escribana Andrea Del Carmen MONTILLA, D.N.I. N , conforme a los considerandos de la presente norma legal. ARTÍCULO 2.-Téngase por presentada la fianza ofrecida por la Escribana Andrea Del Carmen MONTILLA. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y dese al Boletín Oficial para su Publicación.- Fdo.: Ing. José Luis Gioja Gobernador Dr. Carlos Adrián Cuevas Ministro de Gobierno San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014 Pág

4 LICITACIONES SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE LICITACIÓN PÚBLICA Nº 21/2014 Fíjase para el día 24 de Julio de 2014, a las 09,30 Hs., el llamado para que tenga lugar en la mesa de aperturas de la Sala de Licitaciones del Ministerio de Hacienda ubicado en Centro Cívico 2º Piso Edificio Norte, Núcleos 6, según Exp. Nº autorizado por Decreto Nº para la construcción de la: OBRA: PROYECTO EDIFICIO DEL ECOPARQUE ANCHIPURAC.- PRESUPUESTO OFICIAL Asciende a la suma de pesos Cuarenta y Ocho Millones Cuatrocientos Sesenta y Tres Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 15/100 ($ ,15). COSTO DEL PLIEGO DE CONDICIONES: Se fija en Pesos Dos Mil con 00/100 ($ 2.000,00) el valor del Pliego Particular de Bases y Condiciones que regirá para el llamado a Licitación Pública Nº 21/2014, (no reembolsable).- RETIRO DE PLIEGOS: Los pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina del DEPARTAMENTO CONTABLE de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable sito en el Tercer Piso Cuerpo Central (Edificio Norte), del Centro Cívico Núcleo 4º; hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura.- Los sobres de la Licitación Pública Nº 21/2014 se recibirán en el DEPARTAMENTO CONTABLE de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable sito en el Tercer Piso Cuerpo Central (Edificio Norte), del Centro Cívico Núcleo 4º, el día de la apertura y hasta la hora de apertura de los sobres.- Cta. Cte Julio 08/11 $ DR. MARCIAL V. QUIROGA EXPTE N /14 COMPRA DIRECTA Objeto: Compra de Sensores BIS con Monitor Destino: Servicio de Farmacia del Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga Apertura de Sobres: 23/07/14 Hora:10:30 hs contratación, resultare no laborable, la misma tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Valor del Pliego: Pesos doscientos ($ 200,00). Monto que deberá ser depositado en la Cta. N Banco San Juan - Recursos Propios - Hospital Dr. Marcial Vicente Quiroga Lugar, Consultas y Entrega de Pliegos: División Compras - Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga, sito en Av. Libertador Gral. San Martín 5401 (O) Ciudad de Rivadavia.- Cta. Cte Julio $ DR. MARCIAL V. QUIROGA EXPTE N /14 COMPRA DIRECTA Objeto: Compra de Instrumental.- Destino: Consultorios Externos - ORL del Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga.- Apertura de Sobres: 23/07/14 - Hora: 9:30 horas.- contratación, resultare no laborable, la misma tendrá lugar el primer día hábil siguiente.- Valor del Pliego: Pesos Doscientos ($ 200,00).- Monto que deberá ser depositado en la Cta. N Banco San Juan -Recursos Propios- Hospital Dr. Marcial Vicente Quiroga.- Lugar, Consultas y Entrega de Pliegos: División Compras - Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga, sito en Av. Libertador Gral. San Martín 5401 (O), Ciudad de Rivadavia.- Cta. Cte Julio $ DR. MARCIAL V. QUIROGA EXPTE N /14 COMPRA DIRECTA Objeto: Compra de Colchones sanatoriales y antiescaras para obesos.- Pág San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014

5 Destino: Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga.- Apertura de Sobres: 22/07/14 - Hora: 10:30 horas.- contratación, resultare no laborable, la misma tendrá lugar el primer día hábil siguiente.- Valor del Pliego: Pesos Cien ($ 100,00).- Monto que deberá ser depositado en la Cta. N Banco San Juan -Recursos Propios- Hospital Dr. Marcial Vicente Quiroga.- Lugar, Consultas y Entrega de Pliegos: División Compras - Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga, sito en Av. Libertador Gral. San Martín 5401 (O), Ciudad de Rivadavia.- Cta. Cte Julio $ DR. MARCIAL V. QUIROGA EXPTE N /14 COMPRA DIRECTA Objeto: Compra de insumos para respiradores MAQUET Destino: Unidad de Cuidados Intensivos Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga Apertura de Sobres: 22/07/14 Hora:09:30 hs. contratación, resultare no laborable, la misma tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Valor del Pliego: Pesos trescientos ($ 300,00). Monto que deberá ser depositado en la Cta. N Banco San Juan - Recursos Propios - Hospital Dr. Marcial Vicente Quiroga Lugar, Consultas y Entrega de Pliegos: División Compras - Hospital Público Descentralizado Dr. Marcial V. Quiroga, sito en Av. Libertador Gral. San Martín 5401 (O) Ciudad de Rivadavia.- Cta. Cte Julio $ MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN DR. GUILLERMO RAWSON EXPEDIENTE Nº / COMPRA DIRECTA LEYES Nº 7.668, 7.855, 8.095, PRORROGADA POR LA LEY N DECRETO 1666/06 y RES HPDGR-09; autorizada por Resolución Nº 0649-H.P.D.G.R.-14, de fecha 03 de Julio de OBJETO: ADQUISICIÓN DE DESCARTABLES.- DESTINO: PARA CUBRIR NECESIDADES DE LOS SERVICIOS DE NEFROLOGÍA Y HEMODIÁLISIS de este H.P.D.G.R- VALOR DEL PLIEGO: $ 300,00 APERTURA DE SOBRES: 18 DE JULIO DE 2.014, HORA: 10,00 CONSULTA, ENTREGA DE PLIEGOS Y LUGAR DE APERTURA: DEPARTAMENTO COMPRAS DEL H.P.D.G.R SITO EN AVDA. RAWSON 568 SUR CP. (5.400) SAN JUAN.- Podrá también consultar en INTERNET a través de la página Contratación, resultare no laborable, la misma tendrá lugar el primer día hábil siguiente.- Cta. Cte Julio $ MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN DR. GUILLERMO RAWSON EXPEDIENTE Nº / COMPRA DIRECTA LEYES Nº 7.668, 7.855, 8.095, PRORROGADA POR LA LEY N DECRETO 1666/06 y RES HPDGR-09; autorizada por Resolución Nº 0648-H.P.D.G.R.-14, de fecha 03 de Julio de OBJETO: ADQUISICIÓN DE INSUMOS NUTRICIONALES DESTINO: SERVICIOS VARIOS DE ESTE H.P.D.G.R- APERTURA DE SOBRES: 18 DE JULIO DE 2.014, HORA: 09,30 VALOR DEL PLIEGO: $ 1.500,00 CONSULTA, ENTREGA DE PLIEGOS Y LUGAR DE APERTURA: DEPARTAMENTO COMPRAS DEL H.P.D.G.R SITO EN AVDA. RAWSON 568 SUR CP. (5.400) SAN JUAN.- Podrá también consultar en INTERNET a través de la página Contratación, resultare no laborable, la misma tendrá lugar el primer día hábil siguiente.- Cta. Cte Julio $ San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014 Pág

6 MINISTERIO DESARROLLO HUMANO Y PROMOCIÓN SOCIAL LICITACIÓN PRIVADA Nº EXPTE. Nº J-2014 RESOLUCIÓN Nº 2034 MDH Y PS/14 Objeto: Adquisición de Artículos de Librería Destino: Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social Apertura: Día 16 de Julio de 2014, a las 09:30 Horas por ante la Mesa de Apertura ubicada en Sala de Reuniones del Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social 1º Piso Centro Cívico Av. España 50 Sur Entrega de Pliegos: Dpto. Compras y Suministro de MDHYPS ubicada en España 50 Sur 1º Piso Edificio Centro Cívico, horario de 7 a 13 Horas. Fdo: Teresita Oviedo Jefe del Departamento de Compras y Suministros del Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social Cta. Cte Julio 11. $ 55.- GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SUB-SECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS Y ENERGÉTICOS DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA LICITACIÓN PRIVADA Nº 04/ Llámase a Licitación Privada Nº 04/2014 para la ejecución de los trabajos en el Descargador del Comparto 25 de Mayo, consistente en: restablecer el normal funcionamiento del Descargador en forma automática, motorizada y sistema manual de emergencia, dejar en perfecto estado de funcionamiento la iluminación general del Comparto, poner en funcionamiento el grupo electrógeno, reparar el tablero de control, reemplazo de mecanismos de izamiento, reemplazo de tornillos de mando y cajas reductoras, etc., incluye mano de obra especializada y la provisión de todos los materiales y elementos necesarios para la ejecución de la obra, en un todo de acuerdo al Pliego de Condiciones, Especificaciones Técnicas y Documentos de la Oferta que sirven de base para el presente llamado. APERTURA: 17 DE JULIO DE 2014 HORA: 10,00.- Procedimiento: Ley de Contabilidad -Ajuste Alzado. Expediente Nº I Valor del Pliego: $ 200,00= (Pesos Doscientos) Presupuesto Oficial: $ ,00= PLAZO DE EJECUCIÓN: 90 DÍAS CORRIDOS. Consulta y Compra de Pliegos: Edificio Centro Cívico Quinto Piso Departamento de Hidráulica Contaduría, Licitaciones y Compras. TE Cta. Cte Julio 11. $ ORDENANZAS MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA LUCÍA SAN JUAN HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ORDENANZA Nº 2587 Ciudad de Santa Lucía, 26 de Junio de VISTO: CONSIDERANDO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA LUCÍA SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A Artículo 1 : Créase, a partir de la Sanción de la presente Ordenanza, la GACETILLA INFORMATIVA DEL LEGISLATIVO MUNICIPAL, en el formato que se adjunta y que forma parte de la presente.- Artículo 2 : La misma deberá ser actualizada, en un período no mayor a los seis meses, de acuerdo a las modificaciones pertinentes que se produjeran tanto en la conformación de autoridades Legislativas como en la Política de la Calidad el Sistema de Gestión de la Calidad implementado mediante Normas ISO 9001: Artículo 3 : Comuníquese, Cópiese, Cumplido, Archívese.- Fdo: Juan José Orrego - Presidente Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Santa Lucía Dra. Marcela Quiroga Secretaria Administrativa Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Santa Lucía Pág San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014

7 MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA LUCÍA DECRETO N 204 San Juan, 27 de Junio de EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA LUCÍA D E C R E T A ARTÍCULO 1º; Promulgar en todas sus partes la Ordenanza N 2587-CD-2014, de fecha 16 de Junio de 2014, el cual en su parte resolutiva expresa: Artículo 1º: Créase, a partir de la Sanción de la presente Ordenanza, la GACETILLA INFORMATIVA DEL LEGISLATIVO MUNICIPAL, en el formato que se adjunta y que forma parte de la presente. Artículo 2º: La misma deberá ser actualizada, en un período no mayor a los seis meses, de acuerdo a las modificaciones pertinentes que se produjeran tanto en la conformación de autoridades Legislativas como en la Política de la Calidad el Sistema de Gestión de la Calidad implementado mediante Normas ISO 9001:2008. Artículo 3 : Comuníquese, Cópiese, Cumplido, Archívese.- ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Cópiese, Cumplido, Archívese.- Fdo. Dr. H. Marcelo Orrego - Intendente Municipalidad de la Ciudad de Santa Lucía C.P.N. Luis Estebes - Secretario de Hacienda, Finanzas y Administración Municipalidad de la Ciudad de Santa Lucía Cta. Cte Julio 11. $ EDICTOS JUDICIALES RAZÓN SOCIAL EDICTO CERTIFICO: Que por disposición del Juzgado Comercial Especial, Secretaría del Registro Público de Comercio, en autos N caratulados PM CONSTRUCCIONES S.R.L. Y OTROS UTE, CUIT: , hoy PM Construcciones S.R.L. Y CGC Construcciones S.R.L.- UTE s/ Cambio de denominación y modificación de contrato, se ha dispuesto la publicación por un día del Contrato de UTE de fecha uno de Julio de 2014, así resuelve: 1) Aprobar por unanimidad la modificación de la denominación social de PM construcciones S.R.L. y CGC construcciones S.R.L.- UTE- continuadora de PM CONSTRUCCIONES S.R.L. Y OTRO UTE, 2) También se aprueba la modificación de UTE, Se modifica la PRIMERO: La denominación será PM CONSTRUCCIONES SRL Y CGC CONSTRUCCIONES S.R.L. - Unión Transitoria de Empresas, continuadora de PM CONSTRUCCIONES S.R.L. y OTRO-UTE..- San Juan, 10 de Julio de Fdo.: Dr. Cristian M. Sarmiento, Pro Secretario Auxiliar.- N Julio 11. $ EDICTO Por disposición del Juzgado Comercial Especial de esta ciudad, Secretaría del Registro Público de Comercio, en autos Nº , caratulados NOVAG S.R.L. S/ CESIÓN DE CUOTAS. MODIFICACIÓN DE CONTRATO. GERENCIA, CUIT Nº , se ha ordenado la publicación por un día del presente edicto: Contrato de Cesión de Cuotas de fecha ; Acta de Socios Nº 16 de fecha ; Acta de Socios Nº 17 de fecha donde Rubén Oscar Aguilar DNI Nº CUIT Nº y el Sr. Ariel Ernesto Novelli, DNI Nº CUIT Nº ceden 50 cuotas al Sr. Fernando Olivo DNI Nº CUIT Nº , los cedentes transfieren 25 cuotas cada uno.- Se modifica el artículo 4º del contrato social: El capital de la sociedad se establece en la suma de pesos cincuenta mil ($ ) representado por quinientas (500) cuotas sociales de cien pesos ($100) cada una valor nominal, suscriptas en su totalidad por los socios conforme se detalla: El Sr. Rubén Aguilar, doscientos veinticinco (225) cuotas por un total de veintidós mil quinientos pesos ($ ), que representa el cuarenta y cinco (45%) del capital social; el Sr. Ariel Ernesto Novelli; doscientos veinticinco (225) cuotas por un total de veintidós mil quinientos pesos ($ ), que representa el cuarenta y cinco (45%) del capital social y el Sr. Fernando Olivo, cincuenta (50) cuotas por un total de cinco mil pesos ($ 5.000) que representan el diez por ciento (10%) del capital social.- El capital es aportado en dinero efectivo por los socios en las proporciones antes mencionadas. Se conviene que el capital social se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo demande mediante actas complementarias. Administración: se reelige como San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014 Pág

8 socios gerentes al Sr. Ariel Ernesto Novelli CUIT Nº y al Sr. Rubén Oscar Aguilar CUIT Nº quienes tendrán a cargo la administración, representación legal y uso de la firma social en los términos del Artículo 5º del contrato social, quienes podrán actuar en forma conjunta e indistinta.- Fdo. Dra. Ana María Videla de Almirón, Jefe del Registro Público de Comercio. San Juan, 02 de Julio de N Julio 11. $ USUCAPIÓN EDICTO El Juez de 1º Instancia y 40ª Nominación en Autos caratulados: TREGNAGHI, Miguel Wenceslao USUCAPIÓN Exp.N /36, que se tramitan por ante el Juzgado de 1º INSTANCIA Y 40 NOMINACIÓN en lo Civil y Comercial, sito en calle Caseros N 551 PB Córdoba Capital, Provincia de Córdoba (PB. Entrada por calle Caseros) a cargo del Dr. Mayda Alberto Julio: Juez y Dra. Claudia Vidal: Secretaria, cita y emplaza a los sucesores de Don Luis César Delaporte o De Laporte - D.N.I. N para que en el plazo de veinte (20) días, que comenzarán a partir de la última publicación, comparezcan a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía, Fdo. Dra. Alejandra Gabriela Reyven Numa: Prosecretaria Letrada" Córdoba. 19 de Febrero de Nº Julio 10/16 $ SUCESORIOS E D I C T O El Juez del Décimo Primer Juzgado Civil, Comercial y Minería, cita y emplaza por treinta días, a herederos y acreedores de Pablo Rolando Rosales en autos N , caratulados ROSALES, Pablo Rolando- S/Sucesorio.- Publíquense por tres días en el Boletín Oficial y en el diario local. San Juan, 3 de Julio de Adriana Sirera de Dávila, Firma Autorizada.- N Julio 08/11. $ 50.- E D I C T O El Juez Subrogante del 7º Juzgado Civil, Comercial y Minería cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del Sr. Silva, Roberto Raúl en autos Nº , caratulados: SILVA, Roberto Raúl S/ Sucesorio. El plazo fijado comenzará a correr desde el día siguiente al de la última publicación y se computará en días corridos, salvo los que correspondieren a ferias judiciales -conf. Art. 692 in fine del C.P.C./Ley 8.732, y modificatorias. Publíquense por tres días en el Boletín Oficial y en un diario local. San Juan, 21 de Mayo de Dra. Romina Pereyra Carta, Pro Secretaria.- Nº Julio 08/11 $ 50.- E D I C T O La Titular del Juzgado de Paz Letrado del Departamento Caucete, en autos N B-, caratulados FERREIRA, CARLOS WENCESLAO -S/Sucesorio, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del causante, la resolución que así lo ordena dice: San Juan, Caucete, Septiembre 4 de Publíquese edictos por el término de tres días, en el Boletín Oficial y un diario local, cítese a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten y se presenten en el proceso.- Fdo: Dra. María Cristina Bustos, Juez de Paz Letrado.- N Julio 10/14. $ 50.- E D I C T O AUTOS N 394/13 YUBEL, CELSO ADOLFO S/ Declaratoria de Herederos El Juzgado de Paz Letrado de Valle Fértil cita y emplaza por treinta días a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por Don CELSO ADOLFO YUBEL en AUTOS N 394/13 caratulados YUBEL, CELSO ADOLFO S/ Declaratoria de Herederos. Publíquese edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y en un diario local de acuerdo a lo establecido en los Arts. 682, 683 y 692 del C.P.C.-Valle Fértil (San Juan), 02 de Octubre de Fdo. Dr. Pedro R. Rizo- Juez de Paz.- N Julio 11/15. $ 50.- RECAUDACIÓN DIARIA Publicaciones... $ 859,00 Impresiones... $ -.- Venta Boletines Oficiales... $ 15,00 Total... $ 874, Pág San Juan, Viernes 11 de Julio de 2014

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