CRITERIOS DE DESARROLLO MIRABOSQUES
|
|
- Raúl Montoya Medina
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CRITERIOS DE DESARROLLO MIRABOSQUES I.- Estos Criterios de Desarrollo son un complemento para reforzar ideas, conceptos, sobre determinados criterios, las cuales no son taxativas y son al efecto ejemplificativo.- El Emprendimiento Mirabosques responde a una necesidad de urbanizar y se realizará organizando distintas ETAPAS las que estarán integradas por dos o más Barrios en los cuales se buscará obtener un nivel similar en el criterio de búsqueda para vivir en un lugar abierto, con espacios verdes, tranquilidad, privacidad y seguridad, con accesos y medios de comunicación veloces, pero sin perder de vista la obtención de un bajo costo en los metros cuadrados propios, de su mantenimiento y seguridad, en consecuencia los análisis de costos y proyección son indispensables para lograr los objetivos.- La FIDUCIARIA nos asegura la participación de Empresas de primera línea que ya han visto y analizado el proyecto para dar su visto bueno en la intervención de las obras, y la Fiduciaria INVERSIONES Y DESARROLLOS DEL BOSQUE S.A., como administradora del proyecto ejerce su función de administradora de los gastos comunes que generen las distintas Etapas, los cuales serán abonados por los adherentes al proyecto en un todo de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso.- Los gastos comunes a que se aluden, que en un comienzo por Etapas son bajos, se incrementarán a medida que se vayan incorporando elementos a las obras para el desarrollo común del proyecto, puesto que este desarrollo no está jurídicamente estructurado como un Contrato de Compraventa sino que es la unión de distintos suscriptores a un emprendimiento quienes se organizan y adhieren a un Contrato de Fideicomiso, con lo cual dicho suscriptor adherente no abona un precio de compra sino se obliga, por el marco jurídico reinante en el proyecto a aportar según un cronograma determinado de aportes, en contrapartida la obligación de la FIDUCIARIA es de medios y no de resultados, sin olvidar que esos resultados comenzaron cuando los FIDUCIANTES deciden la compra de los inmuebles y la FIDUCIARIA ideo el Proyecto para encarar un Emprendimiento de estas características, el cual se basa principalmente en la confianza.- Una vez que se cumpla el resultado y objetivo del Emprendimiento irá disminuyendo la intervención del Administrador del Fideicomiso en lo que atañe a la obra para dar paso a la Administración de cada Etapa consolidada; Etapas que se irán uniendo para dar paso luego a una administración en conjunto de dichas Etapas quienes elegirán el sistema de administración una vez que todo el proyecto esté finalizado.- Página Web: II.- La Finalidad: El Dominio Exclusivo El Emprendimiento Mirabosques se genera en la base de un Fideicomiso al Costo, para la compra de tierras y hasta tanto se subdividen las Fracciones Designadas a los Beneficiarios que hayan adherido el acuerdo de Fideicomiso.- El Emprendimiento será Administrado y cuidado por la sociedad Fiduciaria INVERSIONES Y DESARROLLOS DEL BOSQUE S.A., con la capacidad de llevar adelante la noble tarea de la Fiducia así como interactuar con un gran arco de Empresas de Primer Nivel, quienes generarán el desarrollo del Emprendimiento Mirabosques.- La FIDUCIARIA cuenta con un equipo interno y externo de profesionales y empresas, con gran experiencia en la organización de este tipo de emprendimientos y su administración y así como el manejo idóneo para estimar tiempos, influyendo en el costo beneficio de acortar los plazos del proyecto de las obras, al analizar las presentaciones de las distintas empresas que acompañaran el Desarrollo.- 1
2 Generando: # Que el Dominio Fiduciario es un hecho, por la transferencia del dominio fiduciario los inmuebles por parte de los FIDUCIANTES a la FIDUCIARIA y la confianza que se tiene a la FIDUCIARIA en el Desarrollo del Proyecto, # En tal sentido es que los Beneficiarios deleguen a la Fiduciaria directamente con la suscripción el objetivo común, que es la conclusión del proyecto, # Dicha delegación le da a la Fiduciaria la discrecionalidad necesaria para el manejo de todos los aspectos administrativos del proyecto, con el consiguiente ahorro de tiempo en las ejecuciones del Master Plan, En estas tres bases se asientan los Criterios de Desarrollo del Emprendimiento, generando entre la FIDUCIARIA y EL BENEFICIARIO un mandato tácito e irrevocable en donde el Beneficiario libera a la Fiduciaria de tener que generar consultas permanentes, solo la modificación sustancial del Master Plan podrá generar las convocatorias a Asambleas Extraordinaria.- También podrá solicitarse la consulta vía Correo Electrónico y su respuesta por el mismo medio, evaluando en tal caso las respuestas y la deliberación de los Beneficiarios.- El extraordinario privilegio que implica la urbanización de tales características no debe hacer perder de vista las particularidades de un emprendimiento de este tipo, la arboleda más grande para una extensión de terreno de estas características, en tanto se busca una pendiente que alienta las vistas (lomas), y las eventuales variaciones de nivel que generan estar a una altura por arriba de la media en la cota de cualquier río u arroyo evitando futuras inundaciones y un gran escurrimiento del terreno.- La incorporación del proyecto a un desarrollo por etapas resulta esencial al tamaño del emprendimiento. Se trata en síntesis de barrios individuales sometidos y Divididos por la Dirección Provincial de Geodesia, vinculados entre si por los servicios comunes. III.- De Las Etapas: El diseño urbanístico de las diferentes Etapas del Proyecto corresponde al Estudio de Arquitectos Robirosa & Asociados, representados por los Arquitectos Fernando D. Robirosa y Gonzalo Amarante.- Las Etapas se dividen, según el Proyecto, en Fracciones y cada BENEFICIARIO que se adhiere se le asigna una determinada Fracción en una determinada Etapa, cuya división posterior por Geodesia consolida dicha Fracción, otorgándose el título de dominio exclusivo a cada uno de los BENEFICIARIOS convertidos en PROPIETARIOS.- La FIDUCIARIA INVERSIONES Y DESARROLLOS DEL BOSQUE S.A., organiza al costo, dado que no existe precio fijo sino un sistema de Fideicomiso al costo que se ejecuta por administración.- Este concepto que no es nuevo, pues no es una compraventa, sino la forma de suscribir y organizarse en un fideicomiso al costo para la adquisición de tierra a través de la transferencia de Fondos Fiduciarios transferidos por los FIDUCIANTES a la FIDUCIARIA para la realización del Emprendimiento; previendo la posibilidad de ir incrementando el patrimonio fiduciario para la adquisición de inmuebles, de hecho el primer aporte del Adherente, se transferirá directamente a la FIDUCIARIA para la compra de los inmuebles y de esta manera la seguridad que da tener la base del proyecto abonada.- IV.- Régimen Jurídico de Otorgamiento Otro concepto claro del Emprendimiento Mirabosques, es que no tenemos dudas sobre el Régimen Jurídico a utilizar que es la división de las parcelas que se realiza por GEODESIA 2
3 (No por propiedad horizontal), es decir cada Fracción Designada tendrá su nomenclatura catastral única y su amojonamiento en cada vértice de la Fracción Designada, el Beneficiario será dueño de una parcela,. La subdivisión se realiza bajo los términos del decreto ley 8.912/77, decreto 9404/86 y Decreto: 27/98 de la Provincia de Buenos Aires.- V.- Cesión El derecho del BENEFICIARIO sobre la Fracción Designada es totalmente susceptible de ser cedido a cualquier persona.- Dicha cesión debe ser en primer lugar notificada a la FIDUCIARIA y esta dará intervención a la Escribanía Actuante, esto es a los efectos de la confirmación al cesionario, y nuevo Beneficiario Cedido, de la no existencia de deudas, multas o incumplimientos que podría tener el Cedente y asimismo cumplimentar los resguardos para que el Beneficiario Cedido conozca y se allane a todos los derechos y obligaciones que emanan del Contrato de Fideicomiso.- VI.- Área Común # El Acceso Principal está definido en el Master Plan del Emprendimiento y los Accesos secundarios, caminos perimetrales, tendidos subterráneos de Energía, agua corriente, red de gas interna, cloacas, tratamiento de afluentes a crearse, Alambradas perimetrales, alumbrado de veredas y espacios comunes, son definidos como parte común.- # En esta primera etapa del proyecto se construirán, como parte integrante de las áreas comunes, Club House, canchas de tenis y de futbol.- # Una vez cumplimentadas las obras, la subdivisión de los gastos que implique la atención de las áreas comunes, de circulación, vigilancia y accesos, serán prorrateadas por los (consorcistas BENEFICIARIOS) de las distintas etapas del emprendimiento.- # Asimismo, la FIDUCIARIA INVERSIONES Y DESARROLLOS DEL BOSQUE S.A. queda facultada a realizar todas las modificaciones al proyecto del emprendimiento urbanístico que contribuya a solucionar los problemas básicos de todas las Etapas del emprendimiento como ser accesos, cualquier tipo de servidumbres, cesiones por la ley de uso de los suelos, así como la Ley de Acceso del Justo Hábitat; modificaciones que pueden ser solicitadas o generadas desde las autoridades de contralor municipal, provincial o nacional, otorgando los BENEFICARIOS a la FIDUCIARIA por este acto todas las más amplias facultades, autorizaciones y consentimientos para realizar las tareas descriptas; y se obligan a otorgar de ser necesario los más amplios poderes para realizar y solucionar cualquier problema que se presente a fin de solucionar problemas que pudieren suscitarse en todo el emprendimiento.- VII.- Fracción Designada - Superficie Los metros asignados a cada Fracción Designada, siempre estarán sujetos a una última mensura definitiva de todo el predio, que podrá arrojar una diferencia de un diez por ciento (10%) en más o en menos de la superficie asignada.- El tipo de construcción, superficies, retiros, estilos, y demás constancias se definirán en el Reglamento Constructivo del Emprendimiento.- Salvo en zonas previstas especialmente, las Fracciones Designadas serán destinadas a vivienda, y no se admitirá el uso de las mismas a los fines comerciales y profesionales.- VIII.- Obras de Infraestructura Calles.- Tendidos subterráneos de: Energía, agua corriente, red de gas interna, cloacas, tratamiento de afluentes, Guardia de entrada y perímetro Alambradas perimetrales, 3
4 Parquización de partes comunes Alumbrado de veredas y espacios comunes Canchas de futbol y tenis Para la ejecución de las obras de la Etapa Inicial se prevé un plazo de Treinta y Seis (36) meses, siendo un total de diez (10) años para el total del Proyecto.- Dichas obras descriptas implican un objetivo a llevar adelante y no implican una obligación de realización por parte de la FIDUCIARIA.- La obligación está dada por la aplicación de los fondos al desarrollo del proyecto por la FIDUCIARIA, esto sería en una situación ideal de equilibrio económico, recaudación al ciento por ciento de los adherentes, por lo tanto, cualquier desfasaje en sus costos o en la recaudación de los fondos para la realización no implicará un incumplimiento de la FIDUCIARIA, atento a que debe asumirse la mora o el incremento de costos que pueden alterar el presupuesto y plazo de las obras.- El sistema al costo supone que no tiene sentido efectuar una previsión por la mora así como no existe un presupuesto para imprevistos.- Si bien como la mora tiende a ser constante, existe una sustancial diferencia cualitativa entre la mora inicial y la mora final.- Al inicio, se trata de adherentes que sobrevaloraron sus posibilidades de ingresar al proyecto y desisten rápidamente lo cual da origen inmediatamente a la resolución del contrato.- Tal contrato vacante suele ser cubierto por un nuevo BENEFICIARIO CEDIDO sin perjuicio alguno para el proyecto.- Sobre el final, la mora refiere en cambio a una gran cantidad de BENEFICIARIOS con saldos menores cuya solución puede no pasar necesariamente por la resolución contractual.- IX.- Efectos de los Eventuales Mayores Costos La FIDUCIARIA INVERSIONES Y DESARROLLOS DEL BOSQUE S.A. ha utilizado distintos criterios a los efectos de valorizar las Fracciones Designadas de los BENEFICIARIOS, estableciendo como valores por metros las obras de infraestructura y utilizando como variable en primer lugar la incidencia del costo del inmueble y en segundo lugar las obras en general del proyecto.- Este sistema no regirá para la recaudación de los eventuales ajustes que se produzcan en el proyecto, lo que serán distribuidos de acuerdo al criterio de valor al Derecho de las Fracciones Designadas sea cual sea el criterio que en dicho valor tuvo el concepto en cuestión a ajustar.- X.- Presupuesto El Contrato establece y se recauda en PESOS y los presupuestos de obra están realizados en PESOS.- De esta forma, los eventuales mayores costos se establecerán de ser posible, como cuotas futuras al vencimiento.- En caso que la incidencia de ajuste fuera relevante y su recaudación afectara sustancialmente los plazos de obra, se modificarán las cuotas establecidas en PESOS, o se emitirán Cuotas de reajuste.- Cabe tener en cuenta que para determinados proyectos de ejecución de obras en el Emprendimiento la FIDUCIARIA podrá solicitar aportes extraordinarios o cuotas especiales claramente nominadas a ese proyecto en especial.- Debe tenerse en cuenta que la FIDUCIARIA no efectúa licitaciones complejas y que la selección de los proveedores no apunta necesariamente a obtener el mejor precio sino la combinación de seguridad en la ejecución de la obra, experiencia, conocimiento previo y precio.- En tal sentido privilegiara la seguridad de las relaciones contractuales priorizando empresas serias y con respaldo económico.- Las comparaciones que efectúa la FIDUCIARIA en materia de precios no refieren a una licitación de precios sino a su experiencia previa en materia de costos de obras similares.- Provisión de Servicios: Resulta claro que las obras a realizar refieren a infraestructura en orden para recibir la prestación del servicio, pero no la prestación del servicio en si mismo 4
5 lo cual depende de las empresas prestatarias y de sus condiciones en relación con la mayor o menor posibilidad de conectarse a la red en cuestión.- No se encuentran incluidos entre los gastos presupuestados los correspondientes a gastos de trámites de aprobación, subdivisión.- Los derivados de los trámites de aprobación y subdivisión se conformarán y recaudarán a medida que ocurran.- Las escrituras definitivas están a cargo de cado uno de los BENEFICIARIOS en si totalidad.- XI.- Honorarios Organización y Administración Desarrolladora El emprendimiento lo desarrolla la FIDUCIARIA, que tiene las tareas descriptas en el Contrato de Fideicomiso; quien podrá contratar una Empresa y/o a los distintos profesionales para llevar adelante los distintos proyectos de cada obra.- Cesión de Derechos La Cesión de Derechos que puede efectuar el BENEFICIARIO, impone a la FIDUCIARIA y al BENEFICIARIO la obligación recíproca de liberarse en el cumplimiento de sus respectivas obligaciones hasta la fecha de la cesión.- En tal sentido, la cesión implica para el BENEFICIARIO la expresa aprobación de las cuentas y la gestión de la FIDUCIARIA a la fecha de la cesión.- La falta de pago de esta suma mensual en concepto de Administración a la FIDUCIARIA conforme lo establecido en la cláusula 6.02, queda sujeta a las mismas sanciones que el incumplimiento y/o la mora en el pago de la suma del aporte mensual fiduciario establecido en el Contrato y asimismo también impone la obligación recíproca de liberarse de las respectivas obligaciones hasta la fecha de la cesión.- XII.- Gastos Comunes Se describe en el Contrato de Fideicomiso y en este Anexo, la actividad de la FIDUCIARIA como administradora del emprendimiento.- Al respecto queda claro que el Emprendimiento genera gastos comunes desde el primer día de los cuales van sufriendo un natural incremento durante el proceso de construcción.- Estos gastos no deben confundirse con los importes comprometidos de obra, tienen un sistema de liquidación autónomo y su existencia es básicamente independiente del estado de avance de la obra o de la entrega o no de la Fracción Designada al BENEFICIARIO, sin perjuicio de la evolución que tienen durante el proceso.- La seguridad del predio es básicamente responsabilidad de los contratistas y de hecho su costo está incluido en el precio de la obra, pero a medida que se retiran los contratistas la seguridad pasa a ser una obligación del Emprendimiento en sí mismo y por lo tanto del administrador.- En un principio, la presencia de personal de seguridad es reducida y se irá incrementando con el tiempo.- La FIDUCIARIA establecerá este sistema de organización en el Reglamento a Dictar en cada una de las ETAPAS.- XIII.- Impuesto Inmobiliario Impuesto o Tasa Municipal El Impuesto Inmobiliario, así como el Impuesto o Tasa Municipal, que grava los Inmuebles refleja una Valuación Fiscal como Fracciones Rurales.- El emprendimiento sufrirá diversas modificaciones derivadas de su encuadre como predio urbano, de las mejoras introducidas y finalmente la subdivisión.- Esto se realiza por Dirección General de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, para el cada del Impuesto Inmobiliario y en la en la Municipalidad de Campana para el caso del Impuesto o Tasa Municipal.- Asimismo los ajustes y reajustes serán soportados por los BENEFICIARIOS en los momentos de las Cesiones, pero se deja claro que las realidades en los libres deudas no reflejan la condición real dado el dinamismo con que dicha Dirección y el municipio, modifica las valuaciones y asimismo los reajustes resultantes; y es por eso que la FIDUCIARIA otorgará los libre deudas necesarios a los efectos de las Cesiones, el que puede resultar incompleto, y que este concepto debe ser asumido y 5
6 absorbido por el BENEFICIARIO CEDENTE / BENEFICIARIO CESIONARIO dentro del precio de la cesión, eximiendo a la FIDUCIARIA de toda responsabilidad.-asimismo si dicho reajuste se produce luego de la Cesión de Derechos, sería el BENEFICIARIO CESIONARIO quien asumirá la deuda, emitidas por las dichas instituciones.- XIV.- Gastos de Subdivisión Similares conceptos a los desarrollados por el Impuesto Inmobiliario, son aplicables a los gastos de Subdivisión.- El esquema conceptual es similar al referido para el impuesto inmobiliario dado que la FIDUCIARIA puede otorgar un certificado de libre deuda para cesión informando la inexistencia de deuda exigible a dicho momento, lo cual no implica que no se devengará en el futuro y aún por conceptos retroactivos, los que serán abonados por quien detente el derecho a la Fracción Designada en ese momento.- XV.- Encuadre Impositivo El Contrato de Fideicomiso no es un contrato autónomo, es una figura contractual que sirve para instrumentar otros negocios jurídicos.- En este caso, el negocio jurídico indirecto que se instrumenta a través del Contrato de Fideicomiso al Costo para la Construcción de un Emprendimiento Inmobiliario.- De tal forma, el fideicomiso en sí mismo es un contrato transparente y el tratamiento fiscal corresponde al negocio instrumentado.- Las ganancias o pérdidas que correspondan a un eventual mayor o menor valor de los bienes en relación a los aportes efectivizados, corresponden a cada beneficiario y se harán imponibles en relación a la situación impositiva de cada contribuyente.- El impuesto a la Ganancia mínima presunta y/o bienes personales o el propio Impuesto a las Ganancias o eventualmente cualquier otro costo fiscal que eventualmente surgiere de la imposición de los entes rectores resultara a cargo de los BENEFICIARIOS.- En cualquier caso, los BENEFICIARIOS asumen que la FIDUCIARIA no es responsable de ningún impuesto correspondiente al patrimonio fiduciario, el que en su caso, será abonado por cuenta y cargo de los BENEFICIARIOS.- Mirabosques 6
NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES
NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.
Más detallesi) Vida residual de los préstamos.
i) Vida residual de los préstamos. El siguiente cuadro muestra la distribución de los préstamos hipotecarios, en función de la vida residual de los mismos, en los siguientes intervalos expresados en meses.
Más detallesI.- TRANSFERENCIA DE INMUEBLE POR UNIDADES A CONS- contraprestación, se obliga a construir un edificio, afectarlo al régimen de
I.- TRANSFERENCIA DE INMUEBLE POR UNIDADES A CONS- TRUIR.- Se trata de A, que transfiere el derecho real de dominio que tiene sobre un inmueble, designado como lote de terreno, a favor de B, quien en contraprestación,
Más detallesFONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS
La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en adelante PORVENIR, pone a disposición de sus afiliados al Fondo de Pensiones Voluntarias Porvenir, En adelante el FONDO,
Más detallesPolíticas de Derechos de autor
Políticas de Derechos de autor 1. Marco legal vigente sobre derechos de autor La legislación sobre derechos de autor (copyright o propiedad intelectual) ha sido elaborada con el fin de proteger y respetar
Más detallesIE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*
IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO
Más detallesAño contributivo comenzado el de de 20 y terminado el de de 20 Número de Seguro Social. bajo las siguientes leyes: Socio ilimitado
Formulario 480.6 SE Rev. 03.13 Nombre y Dirección del Socio Nombre y Dirección de la Sociedad Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA DECLARACION INFORMATIVA SOCIEDAD ESPECIAL Participación
Más detallesCONTRATO DE CONSTRUCCIÓN
CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN Entre.., en su carácter de propietario del lote No.. del barrio cerrado.. en el partido de, provincia de Buenos Aires con domicilio en la calle, piso.., departamento.de la Ciudad
Más detallesBASES REGULADORAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN FEMI PARA JOVENES INVESTIGADORES
BASES REGULADORAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN FEMI PARA JOVENES INVESTIGADORES La Sociedad Española de Medicina Interna (SEMI), en un afán de promocionar la investigación clínica
Más detallesEL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO
EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO CAPÍTULO I Disposiciones generales ARTICULO 1. El presente Reglamento establece las bases, procedimientos y requisitos para el otorgamiento
Más detallesGUÍA TÉCNICA 7 ELABORACIÓN Y EJERCICIO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS
GUÍA TÉCNICA 7 ELABORACIÓN Y EJERCICIO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS Pág. 1.- PRESUPUESTO DE EGRESOS 2.- CLASIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2.1 Presupuesto por Objeto del Gasto 2.2 Presupuesto Institucional
Más detallesEl Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley 14722
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley 14722 Artículo 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles que conforman el barrio
Más detallesNos ponemos una vez más en contacto con Vdes. para informarle sobre las novedades en el ámbito fiscal que afectarán al ejercicio 2013
Gijón, a 3 de enero de 2013 Estimado cliente: Nos ponemos una vez más en contacto con Vdes. para informarle sobre las novedades en el ámbito fiscal que afectarán al ejercicio 2013 En el Boletín Oficial
Más detallesDISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS
DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS TANQUES DE LOS BLOQUES DE LA ZONA "F" DEL 23 DE ENERO
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0084/2009
Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros
Más detallesLey Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales
Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto
Más detallesNOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO
NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO 18 de marzo de 2016 LA NUEVA CIRCULAR 2/2016 DEL BANCO DE ESPAÑA Y SU IMPACTO EN LOS INSTRUMENTOS DE EXTERIORIZACIÓN DE COMPROMISOS POR PENSIONES DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE LA CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA DE VALIDEZ INTERNA PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, TLAQUEPAQUE, JALISCO.
REGLAMENTO DEL USO DE LA CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA DE VALIDEZ INTERNA PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, TLAQUEPAQUE, JALISCO. CAPÍTULO I DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1.- El presente ordenamiento
Más detalles1 Qué es en esencia el sistema de promoción en régimen de Comunidad?
Preguntas frecuentes 1 Qué es en esencia el sistema de promoción en régimen de Comunidad? El desarrollo de una promoción a través de una Comunidad de bienes, es una fórmula de promoción inmobiliaria en
Más detallesAl margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO DE FECHA 3 DE MAYO DE 1994. EL PRESENTE DECRETO FUE REFORMADO, MEDIANTE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO. 153 DE FECHA 2 DE AGOSTO DE 2004. SE REFORMAN
Más detallesACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados.
Glosario Economía Solidaria ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. ACTA: De toda reunión de los órganos
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS I. DISPOSICIONES GENERALES
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. I. DISPOSICIONES GENERALES Este Ayuntamiento, de acuerdo con la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales
Más detallesINSTRUCCIONES GENERALES SOBRE INFORMACION QUE DEBERA PROPORCIONAR TODA PERSONA QUE HABITUALMENTE CONCEDA CREDITOS AL PUBLICO EN GENERAL O A UN SECTOR
INSTRUCCIONES GENERALES SOBRE INFORMACION QUE DEBERA PROPORCIONAR TODA PERSONA QUE HABITUALMENTE CONCEDA CREDITOS AL PUBLICO EN GENERAL O A UN SECTOR DEL MISMO. RESOLUCION N 666/ Santiago, veintitrés de
Más detallesOrganización como función administrativa Resumen para Administración y Gestión Profesor: Gonzalo V.
Organización como función administrativa Introducción: Organización rganización como función administrativa En las organizaciones que se caracterizan por estar orientadas al éxito, a la eficiencia y al
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0346/2008
Informe 0346/2008 La consulta plantea, varias cuestiones relacionadas con la necesidad de formalizar los oportunos contratos con aquellas empresas encargadas de prestar los servicios de prevención de riesgos
Más detallesSobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias.
Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Autores: Fernanda Laiún y Florencia Fernández Sabella Socias de Laiún, Fernández Sabella & Smudt. Fernandez Sabella
Más detallesReglaméntase el art. 47 de la Ley 19.210, que crea el Programa de Ahorro
Progama de Ahorro Joven para Vivienda Decreto 257/014 Reglaméntase el art. 47 de la Ley 19.210, que crea el Programa de Ahorro Joven para Vivienda. (1.469*R) MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 405/2008
Informe 405/2008 Las consultas plantean si la actividad desarrollada por la entidad consultante de puesta en marcha del proyecto inmobiliario de cooperativas de principio a fin y de comercialización de
Más detallesLEY XVIII - º 15 (Antes Ley 2363) CAPITULO I ORGANIZACIÓN OBLIGACIONES Y DERECHOS
LEY XVIII - º 15 (Antes Ley 2363) CAPITULO I ORGANIZACIÓN OBLIGACIONES Y DERECHOS ARTÍCULO 1.- La organización y actividad de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, tienen el carácter de Servicio Público
Más detallesPOLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES
POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES Santiago, 24 de Noviembre de 2015 INTRODUCCIÓN La Empresa desarrolla sus actividades en un ambiente de negocios en donde
Más detallesREGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS
REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS Ripley Puntos es un programa diseñado por Ripley Compañía de Financiamiento ( Ripley ) para fidelizar a sus clientes, otorgándoles incentivos por su preferencia y frecuencia
Más detallesLas sanciones por incumplimiento son únicamente dos:
Modificaciones al encaje régimen normativo de préstamos personales y prendarios. Reglamentación de la asistencia a proveedores no financieros de crédito. Con el objeto de implementar determinados mecanismos
Más detallesC I R C U L A R N 2.071
Montevideo, 15 de octubre de 2010 C I R C U L A R N 2.071 Ref: SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN, FIDUCIARIOS, AFAPS Y ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS - Modificaciones a la normativa
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009
Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesExcmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106
Más detallesCrédito Preconcedido
Información Precontractual Crédito Preconcedido La información resaltada en negrita es especialmente relevante INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO DE CRÉDITO (INFORMACIÓN NORMALIZADA EUROPEA SOBRE EL CREDITO
Más detallesAMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO
AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en
Más detallesPromoción: REGLAMENTO PROGRAMA TASA CERO CREDOMATIC
Promoción: REGLAMENTO PROGRAMA TASA CERO CREDOMATIC 1- DEL PROGRAMA: El programa TASA 0 (léase: tasa cero) pertenece y es promovido por la empresa CREDOMATIC DE COSTA RICA S. A. para sus tarjetas de crédito,
Más detallesNÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014
37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos
Más detallesCONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD Este Contrato de Confidencialidad, en adelante denominado como el CONTRATO, se celebra entre, Universidad de los Andes, RUT71.614.000-8, con domicilio en San Carlos de Apoquindo
Más detallesCLÁUSULA DE AHORRO. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD220140353. Artículo 1: Cobertura
CLÁUSULA DE AHORRO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD220140353 Artículo 1: Cobertura En virtud de esta cláusula adicional, el Asegurador pagará a los beneficiarios de la cobertura de
Más detallesProhibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias
Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Andrés Bernasconi Facultad de Educación Pontificia Universidad Católica de Chile Plan de la exposición 1. Naturaleza jurídica de las
Más detallesV I S T O: El déficit habitacional existente en nuestra ciudad y la imposibilidad de muchos vecinos de adquirir terrenos, y
O R D E N A N Z A Nº 13/09.- Crespo E.Ríos, 20 de Abril de 2009.- V I S T O: El déficit habitacional existente en nuestra ciudad y la imposibilidad de muchos vecinos de adquirir terrenos, y CONSIDERANDO:
Más detallesLEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999
(P. del S. 1569) LEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999 Para añadir un nuevo sub-inciso (x) al Artículo 7.010 (1), y adicionar el Capítulo 42 a la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como
Más detallesPLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL ANÁLISIS DE LAS ESTRUCTURAS DE LOS DISTRITOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL ANÁLISIS DE LAS ESTRUCTURAS DE LOS DISTRITOS CUADRO RESUMEN DE CARÁCTERÍSTICAS Referencia: 300/2009/00516 OBJETO
Más detalles4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes se establece del 24 de febrero al 23 de marzo de 2016.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO (AMPAS) DE QUART DE POBLET POR EL DESARROLLO DE DEPORTE ESCOLAR EN CENTROS DOCENTES DURANTE EL
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94 LUNES 23 DE MARZO DE 2015 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 24 ORDEN de 9 de marzo de 2015, de la Consejería de Economía y Hacienda, reguladora de
Más detallesCondiciones Generales del Plan de Percepción de la Retribución mediante entrega de Acciones de FERROVIAL, S.A. (el Plan)
Condiciones Generales del Plan de Percepción de la Retribución mediante entrega de Acciones de FERROVIAL, S.A. (el Plan) Madrid, 31 de enero 2015 ARTÍCULO PRIMERO.- Finalidad y administración del Plan
Más detallesCentro de Estudios de Derecho Administrativo Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario Pontificia Universidad Católica Argentina
Centro de Estudios de Derecho Administrativo Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario Pontificia Universidad Católica Argentina Tema: Enajenación del subsuelo de lugares afectados al dominio
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS, INSTALACIONES Y ACTIVIDADES.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS, INSTALACIONES Y ACTIVIDADES. (En vigor desde el 8 de Julio de 2004, fecha de publicación en BOP) ARTICULO 1.- FUNDAMENTO
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON SUBSIDIO RAP
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON SUBSIDIO RAP CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES El Consejo Directivo, consciente de su responsabilidad social de proponer programas de financiamiento de vivienda
Más detallesGuía para la elaboración de Proyectos de Formación Sindical Ambiental e Investigación en Trabajo y Desarrollo Sustentable
Guía para la elaboración de Proyectos de Formación Sindical Ambiental e Investigación en Trabajo y Desarrollo Sustentable 1- Denominación del Proyecto Esto se hace indicando, de manera sintética y mediante
Más detallesMEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL AÑO 2009
MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL AÑO 2009 En virtud de lo dispuesto en el artículo 168 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
Más detalles+ + + F U N E R A R I A + + + S A N P A B L O
AVISO DE PRIVACIDAD El presente documento constituye el Aviso de Privacidad de SONIA DIAZ ANICASIO y/o FUNERARIA SAN PABLO, y de sus filiales y subsidiarias (en lo sucesivo LA FUNERARIA), en donde se establece
Más detallesComisiones bancarias y medios de pago.
n Campaña de Actuación Septiembre Comisiones bancarias y medios de pago. Línea de actuación: Comisiones bancarias y medios de pago. Las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito
Más detallesAUDITORIA A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY 20.285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA
Santiago, 31 de Diciembre de 2008 INFORME N 16 AUDITORIA A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY 20.285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA I. OBJETIVO GENERAL La auditoría realizada, sobre la base,
Más detallesIntroducción. Características principales. Ventajas. Inconvenientes
Introducción El empresario individual es una persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa una actividad comercial, industrial o profesional. Es una figura clásica en el mundo
Más detallesTema 26 CONTRATO DE SEGURO
Tema 26 CONTRATO DE SEGURO El contrato de seguro tiene por objeto reparar por medio de la indemnización el daño sufrido por el asegurado. Será de naturaleza MERCANTIL en todos los casos. Los seguros se
Más detallesMEMORANDUM URUGUAY. Actividades con Sociedades Anónimas
MEMORANDUM URUGUAY Actividades con Sociedades Anónimas 1. Introducción 2. Resumen de la situación actual 3. Sociedades Anónimas Comunes 4. Actividades posibles a desarrollar 5. Conclusiones 1. Introducción
Más detallesPAGO ELECTRÓNICO DE ARANCELES
PAGO ELECTRÓNICO DE ARANCELES 1- Qué es el PAGO ELECTRÓNICO? El Pago Electrónico es un sistema que facilita la recaudación a través de transacciones en línea mediante una conexión a la red de internet.
Más detallesSECRETARÍA GENERAL DEL PLENO
La Comisión Permanente Especial de Vigilancia de la Contratación, en su sesión de fecha 1 de marzo de 2006 ha adoptado un acuerdo por el que se aprueba la Recomendación que seguidamente se transcribe junto
Más detallesTema XI: Obtención del Capital Necesario para emprender el Negocio
Tema XI: Obtención del Capital Necesario para emprender el Negocio A través de este tema podrás identificar las estrategias para la obtención de financiamiento y capital para emprender un negocio. Emprender
Más detalles9. Informe Económico-Financiero
9. Informe Económico-Financiero 1. INFORME ECONOMICO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO 2015 De conformidad con lo dispuesto en el Art. 168 apdo. e, del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba
Más detallesA) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE APERTURAS DE ESTABLECIMIENTOS I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE APERTURAS DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1º.- I.- NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO. En uso de las facultades concedidas en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2
Más detallesTributario y Legal. Modificaciones al régimen de donaciones especiales Procedimientos
Tributario y Legal Modificaciones al régimen de donaciones especiales Procedimientos El MEF emitirá una constancia para la solicitud de los certificados de crédito ante la DGI. Se fija el IMIPVIR para
Más detallesInforme sobre la Política de Retribuciones correspondientes al ejercicio 2010 // 254
Informe sobre la Política de Retribuciones correspondientes al ejercicio 2010 // 254 // 255 1) INTRODUCCIÓN De conformidad con lo establecido en el Artículo 54 del Reglamento del Consejo de Administración,
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0542/2009
Informe 0542/2009 La consulta plantea la posibilidad de incorporar en una base de datos del consultante, a la que tendrían acceso sus clientes ( talleres y concesionarios de coches), datos referidos a
Más detallesBASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA COLABORAR CON LOS GASTOS DE VIVIENDA HABITUAL EN PROPIEDAD
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA COLABORAR CON LOS GASTOS DE VIVIENDA HABITUAL EN PROPIEDAD 1.- Objeto de la convocatoria El Ayuntamiento de Torrelodones ha creado un fondo de subvenciones
Más detallesEL MERCADO DE LA VENTA CORTA Y PRÉSTAMO DE ACCIONES BOLSA DE COMERCIO DE SANTIAGO BOLSA DE VALORES
EL MERCADO DE LA VENTA CORTA Y PRÉSTAMO DE ACCIONES BOLSA DE COMERCIO DE SANTIAGO BOLSA DE VALORES Santiago, 27 de Junio de 2002 2 I. QUÉ ES LA VENTA CORTA? Formalmente, una Venta Corta es la venta en
Más detallesLEY 41/2003, DE PATRIMONIO PROTEGIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL
LEY 41/2003, DE PATRIMONIO PROTEGIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL Qué se entiende por patrimonio protegido? Es un instrumento jurídico de gran interés para personas con una grave discapacidad
Más detallesintegración laboral de personas con discapacidad
integración laboral de personas con discapacidad grupo El Art. 49 de la Constitución Española de 1978 establece que Los Poderes Públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación
Más detallesINVERSION DE PEMEX 2014
ESTUDIO, ANALISIS Y COMPENDIO DE INFORMACION PUBLICA INVERSION DE PEMEX 2014 Ramses Pech INVERSION EN MEXICO Anteriormente PEMEX se regía por Los PIDIREGAS, o proyectos de infraestructura productiva de
Más detallesPROGRAMA DE VIVIENDA PARA AHORRADORES. CONVOCATORIA No. 006
PROGRAMA DE VIVIENDA PARA AHORRADORES CONVOCATORIA No. 006 PROCESO DE SELECCIÓN DE PROYECTOS DE VIP DE INICIATIVA PRIVADA EN EL DEPARTAMENTO DE BOYACÁ OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN: Seleccionar los proyectos
Más detallesPolítica de Gestión Integral de Riesgos Compañía Sud Americana de Vapores S.A.
de Riesgos Compañía Sud Americana de Vapores S.A. Elaborado Por Revisado Por Aprobado por Nombre Cargo Fecha Claudio Salgado Comité de Directores Contralor Comité de Directores Diciembre 2015 21 de diciembre
Más detallesTipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES
Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
Más detallesÓRGANO DE CONTRATACIÓN: FUNDACIÓ BALEAR D INNOVACIÓ I TECNOLOGÍA (FUNDACIÓ BIT)
NUM.EXP.: FBIT04715 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: FUNDACIÓ BALEAR D INNOVACIÓ I TECNOLOGÍA (FUNDACIÓ BIT) PLIEGO DE CONDICIONES PARA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO PARA LA DEFINICIÓN, IMPLANTACIÓN
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS. PRIMERA. OBJETO. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para la financiación de gastos de desplazamiento
Más detallesGESTIÓN Y CONTROL DEL DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE APLICACIONES
Ciclo Formativo: Módulo: Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Análisis y Diseño Detallado de Aplicaciones Informáticas de Gestión Unidad de Trabajo 10: GESTIÓN Y CONTROL DEL DESARROLLO E IMPLANTACIÓN
Más detallesLECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS CASOS PRÁCTICOS RESUELTOS SOBRE RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO
LECCIÓN 2: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Supuestos prácticos elaborados por Luis Malvárez Pascual CASOS PRÁCTICOS RESUELTOS SOBRE RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO Gastos deducibles.
Más detallesGUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL
GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL Pág. 1.- LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL 2.- MARCO JURÍDICO DE LA PLANEACIÓN MUNICIPAL 2.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Más detallesTEST DE IDONEIDAD BORRADOR.
TEST DE IDONEIDAD BORRADOR. 31 de Octubre de 2007 Introducción Uno de los principales cambios que incorpora la MiFID y su normativa de desarrollo para las entidades incluidas en su ámbito de aplicación,
Más detallesCOMPOSICION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS:
COMPOSICION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS: Los estados financieros son los documentos emitidos por una entidad, en los cuales se consigna información financiera cuantificable en unidades monetarias respecto
Más detallesCAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE
CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que
Más detallesSoftware online de Gestión para Obras Sociales, Sindicatos, Prepagas, ART y Hospitales/Sanatorios con Consultorios Externos
Software online de Gestión para Obras Sociales, Sindicatos, Prepagas, ART y Hospitales/Sanatorios con Consultorios Externos Zyncro Salud es una aplicación informática que tiene como destino específico
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesARTÍCULO 3.- SUPUESTOS DE SUJECIÓN A LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y/O TÉCNICAS DE COMPROBACIÓN, VERIFICACIÓN Y CONTROL.
ANEXO V. TASA POR LA PRESTACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS Y DECLARACIONES RESPONSABLES CON MOTIVO DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 23 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA. I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 23 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VIA PÚBLICA. Artículo 1º.- I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por
Más detallesPresentación: El Rol y Beneficio del proveedor De información respecto al cumplimiento de la Ley de Burós De información crediticia
Presentación: El Rol y Beneficio del proveedor De información respecto al cumplimiento de la Ley de Burós De información crediticia MARCO LEGAL BURÓS DE INFORMACIÓN CREDITICIA BUROS DE INFORMACIÓN CREDITICIA
Más detallesI. Las Instituciones que empleen garantías personales, Seguros de Crédito y derivados de crédito, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(176) ANEXO 25 REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS GARANTÍAS PERSONALES, SEGUROS DE CRÉDITO Y DERIVADOS DE CRÉDITO PARA SER CONSIDERADAS POR LAS INSTITUCIONES, PARA EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN DEL REQUERIMIENTO
Más detallesREGLAMENTO PLAN DE APORTANTES ADHERENTES BASES DE PARTICIPACION: Definiciones Preliminares
ARTÍCULO 1: La participación, en esta CAMPAÑA implica el pleno conocimiento y aceptación del presente reglamento y de las bases de participación que suscribe con sus datos el adherente a la presente campaña
Más detallesEs el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra. Comprende Memoria descriptiva. Especificaciones técnicas. Planos
Más detallesBANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S. A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE SEGUROS
BANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S. A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE SEGUROS I. OBJETO DEL CONCURSO El Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - BANCÓLDEX, requiere de los servicios
Más detallesREGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH)
Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2013 REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) PREÁMBULO La importancia de la comunicación y la imagen
Más detallesRÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS.
Informe Sobre, RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS. (DOCUMENTO Nº 5) P&A CONSULTORES DEPARTAMENTO TRIBUTARIO Madrid, OCTUBRE 2004. 1 1. INTRODUCCIÓN. El régimen de las ETVE
Más detallesReglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas
Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesSOLICITUD DE DECLARACION RESPONSABLE DE INICIO DE ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS
SOLICITUD DE DECLARACION RESPONSABLE DE INICIO DE ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS 1. DATOS DEL SOLICITANTE - Nombre y Apellidos / Razón Social. - CIF / NIF. - Dirección.
Más detallesNUCLEO INTEGRADOR: GRUPO FAMILIA
NUCLEO INTEGRADOR: GRUPO FAMILIA Analisis Financiero Nucleo Integrador Karen Fuentes Guerrero Cristian Cortez Seminario de Investigaciòn Facultad de Negocios Internacionales Universidad Pontificia Bolivariana
Más detalles