Editorial. Sección Noticiosa. Actividades. Inauguración Corte de El Oro Pág.53. La Seguridad Jurídica y Humana

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1 Boletín Informativo Nro. 7 / Año 2 / Diciembre del 2010 Editorial La Seguridad Jurídica y Humana Pág. 4 Sección Noticiosa VII Seminario de Gestión Judicial Pág. 50 Actividades Inauguración Corte de El Oro Pág.53

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3 Editorial Por Dr. Hérman Jaramillo Ordóñez Vicepresidente del C. J. LA SEGURIDAD JURÍDICA Y HUMANA Es el conjunto de medidas de protección que el ordenamiento jurídico prevé para garantizar y salvaguardar eficazmente los derechos de las personas dentro de un organismo social. Abelardo Torré sostiene que El orden social sea justo o injusto- implica como es evidente, una delimitación de derechos y deberes entre los miembros de la comunidad. Pues bien, la seguridad no es otra cosa que la protección efectiva de esos derechos y deberes, es decir, el amparo seguro de dicho orden contra cualquiera que pretenda turbarlo, así como la restauración del mismo, en el caso de haber sido violado. Por el contrario, cuando la protección reinante no es suficiente, el valor se da con sentido negativo, es decir, como inseguridad [1]. La seguridad jurídica es la certeza y confianza que tiene el individuo de que sus derechos se respeten y se cumplan sus obligaciones. Al ejercer el Estado el poder político y jurídico, tiene el deber de mantener la seguridad humana. El Estado lo integran los organismos, instituciones, entidades y población en general. La seguridad depende del sistema jurídico, de los órganos de control y de la autoridad pública, como de la existencia de normas justas, claras, precisas y congruentes destinadas a prevenir y castigar su violación. Las causas primarias de la inseguridad son el hambre, la miseria, la desocupación, la discriminación y la corrupción cuya secuela, la delincuencia, conlleva a la sociedad a convivir en la incertidumbre, la zozobra, el miedo y el temor. El término seguridad proviene de la palabra latina securitas cuyo adjetivo securas equivale a secura que significa estar seguros de algo, sin cuidados. La Constitución de la República, dice: Art El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes. Art Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley 4. Colaborar en el mantenimiento de la paz y la seguridad Art El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de la personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno. El mantenimiento de la seguridad, del orden y la paz interna es uno de los deberes principales del Estado e interés de la sociedad. La Policía Nacional es la organización profesional y especializada, encargada de garantizar los derechos de las personas, mantener el orden público y la seguridad ciudadana. La seguridad es un principio constitucional de derecho público y una aspiración genuina de la sociedad, de muy amplia proyección social. La sabia experiencia determina que cuando hay justicia, hay orden; cuando hay justicia y orden, hay paz y cuando hay justicia, orden y paz, hay seguridad de las personas. La antítesis de la justicia es la injusticia. La injusticia nos enseña, que cuando hay injusticia, hay desorden; cuando hay injusticia y desorden, hay guerra; y cuando hay injusticia, desorden y guerra hay inseguridad. La seguridad es un problema social profundo y complejo, como lo es la violencia y delincuencia. El camino a seguir es la justicia. Para lograr el fin que persigue el derecho hay que aplicar los preceptos que nos legaron los romanos: vivir honestamente, no dañar al otro, dar a cada uno lo suyo. [1] TORRÉ, Abelardo.- Introducción al Derecho.- Décima edición actualizada.- Editorial Perrot.- Buenos Aires-Argentina Pág. 307 Comisiones del Pleno ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA COMISIÓN ADMI- NISTRATIVA FINANCIERA Gestión de supervisión Toda la gestión de supervisión ya fue presentada al Pleno y aprobada por el mismo. En este informe se integra el contenido de ese informe para que en él consten todos los aspectos realizados por la Comisión Administrativa Financiera. Antecedentes De acuerdo con lo que establece el Art. 273 del Código Orgánico de la Función Judicial le corresponde a la Comisión Administrativa Financiera ejercer la supervisión de los recursos materiales y financieros de la Función Judicial. El Sr. Presidente del Consejo de la Judicatura, mediante Memorando No P-CJ-2010 de 21 de abril del 2010 aprueba y dispone la inmediata implementación del proyecto de supervisión seguimiento y evaluación fase I. Las visitas de supervisión fueron resueltas por la Comisión Administrativa Financiera y aprobadas por el Pleno del Consejo de la Judicatura mediante Memorando No DG-VPS-DC. La Comisión Administrativa Financiera aprobó la conformación de 3 grupos de trabajo presididos por un vocal de la Comisión de acuerdo al siguiente detalle, con un cronograma de visitas: GRUPO No. 1 PRESIDENTE: Dr. Marco Tulio Cordero PROVINCIAS: Carchi, Imbabura, Cañar, Azuay, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo y Bolívar. INTEGRANTES: Ing. Iván Revelo, personal de apoyo en el área financiera; Ing. Daniela Vega, personal de apoyo en el área de Planificación; Ing. Washington Vinuesa, personal de apoyo en el área informática; Ing. Roberto Moreno, personal de apoyo en el área administrativa GRUPO No. 2 PRESIDENTE: Dr. Herman Jaramillo PROVINCIAS: Napo, Pastaza, Esmeraldas, Sto. Domingo, Loja, Morona, Zamora y Pichincha. INTEGRANTES: Eco. Washington Portero, personal de apoyo del área de Planificación; Ing. Rodrigo Granda Vega, personal de apoyo del área administrativa, Ing. Sebastián Granja, personal de apoyo del área financiera; Ing. Francisco Patiño, personal de apoyo de informática. GRUPO No. 3 PRESIDENTE: Dr. Homero Tinoco Matamoros PROVINCIAS: Orellana, Sucumbíos, Manabí, Guayas, El Oro, Los Ríos INTEGRANTES: Eco. Milton Mora Correa, asesor de la CAF; Ing. Fabián Gallegos y Glenda Montenegro, Personal de apoyo en el área Administrativa; Grace Guerrero, personal de apoyo en el área Financiera; Soledad Teanga, personal de apoyo en el área de planificación; Pablo Alvear, personal de apoyo en informática Las visitas se llevaron a cabo en un período entre la segunda quincena de septiembre y el primero de Diciembre del El objetivo de las visitas programadas a los distritos es verificar el estado en el que se encuentra cada Dirección Provincial y la ejecución de los proyectos de inversión, así como también la ejecución presupuestaria correspondiente, situación enlazada con el cumplimiento del Plan Anual de Compras y con la utilización de las herramientas y equipos informáticos para el eficiente desarrollo de actividades en cada dependencia. Todos los grupos realizaron las visitas de supervisión a los diferentes distritos judiciales, cumpliendo con el cronograma establecido con algunos correctivos, excepto del Grupo No. 1 que no visitó los distritos de Carchi e Imbabura, ni tampoco fueron llenados los instrumentos de evaluación.

4 La nueva visión de la justicia OBSERVACIONES REALIZADAS Observaciones de carácter general 1.- En todas las judicaturas se observa que los directores provinciales, en mayor o menor grado, no tienen un conocimiento concreto de las funciones que les corresponde realizar en los campos: administrativo, financiero, y de planificación. En el Art. 261 del Código Orgánico de la Función Judicial se establece la estructura funcional del Consejo de la Judicatura, y las funciones que a cada componente estructural le corresponde, sin embargo para el componente estructural No. 7, Direcciones Regionales, en el Código Orgánico no se detallan funciones específicas. En el Art. 280 del Código Orgánico se establecen las funciones de la Directora o Director General del Consejo de la Judicatura que engloba, la mayor parte de funciones que corresponderían a las direcciones provinciales. Hasta la presente fecha las direcciones regionales han estado procediendo por delegación de la Dirección Nacional que se ha dado a conocer a cada uno de los distritos mediante comunicaciones escritas para asuntos generales o para actividades específicas como por ejemplo la facultad para realizar cambios y traslados de personal en forma temporal, comunicada mediante Oficio No DE-CJ-MJ-010 de 17 de abril del 2009, en aplicación del Art. 280 numeral 11 del Código Orgánico de la Función Judicial y por ese orden otras delegaciones. Los directores provinciales, sobre todo los recientemente nombrados o que se encuentran temporalmente ejerciendo esa función, no conocen esas normas y se afianzan para ejercer sus funciones en el criterio de las personas que manejan las áreas administrativas. Por estas razones, parece conveniente que el Pleno del Consejo de la Judicatura resuelva se elabore algún instrumento jurídico como por ejemplo un Manual de Funciones para detallar las actividades que correspondan a los directores provinciales, en los aspectos, administrativo, financiero y de planificación, dicho instrumento podrá formar parte, posteriormente del Estatuto Orgánico Funcional por procesos que necesariamente debe elaborar el Consejo de la Judicatura. 2.- Ya se ha evidenciado la importancia de la supervisión por parte de la Comisión Administrativa Financiera, por esta razón se sugiere que para el 2011, las visitas de supervisión se realicen cada cuatrimestre coincidiendo con la Planificación Indicativa Anual (PIA). De esta manera las distintas judicaturas dispondrán de suficiente tiempo para desarrollar medidas correctivas en lo que se haya observado. 3.- Las observaciones, conclusiones y recomendaciones fueron recopiladas para cada distrito y enviadas a la Dirección General para que se ordene su acogimiento y enviadas a cada distrito a fin de que se tomen las medidas correctivas correspondientes. Observaciones en aspectos administrativos 1.- En los distritos visitados se revisó el cumplimiento del Plan Anual de Contrataciones del 2010 y los documentos que soportan los procesos de contratación a través del portal de compras públicas. Se revisó si los PAC se encuentran publicados en el portal de compras públicas y el monto al que llegan en cada distrito para establecer su relación con la ejecución presupuestaria, por ejemplo en el distrito de Manabí se establecieron diferencias, las cuales habiendo sido observadas, se recomendó que sean reformadas para no caer en irregularidades legales que pudieron ser observadas por la auditoría. 2.- En las partidas del grupo presupuestario 53 que corresponden a servicios generales como energía eléctrica, agua potable o servicio telefónico se evidencia que en varios distritos el valor pagado sobrepasa al valor planificado conforme el reporte de pagos del sistema Esigef. Esta anomalía se da porque el plan de adquisiciones estuvo mal concebido o porque posteriormente se realizaron reformas al presupuesto sin que se haya reformado el PAC. Esta anomalía es muy común en casi todos los distritos, lo cual fue observado y puesto en evidencia en los lugares visitados para su inmediata corrección. 3.- La provisión de algunos servicios como por ejemplo el servicio de Internet, de mantenimiento de edificios, de transporte de personal, se los ejecuta sin el respaldo de un contrato de servicios que debe ser suscrito por el Director Provincial. Los pagos se los realiza simplemente por medio de emisión de facturas de servicios, lo cual viola el principio de adquirir los servicios mediante concurso normado en la Ley de Contratación Pública, al no establecerse el monto total al que asciende el servicio en un período determinado. Esta es una falla que se repite en la mayoría de distritos visitados. Estas anomalías fueron puestas en evidencia en cada distrito judicial, habiendo recomendado por escrito su rectificación en el documento denominado Conclusiones y Recomendaciones enviadas a los diversos distritos visitados. 4.- Algunos servicios públicos, como el de correo, de suministro de Internet por el CNT, de acuerdo con una disposición, deben adquirirse a las empresas públicas que prestan estos servicios, en todos los distritos se tienen contratos con entidades privadas. 5.- Es frecuente observar que algunos servicios se los realiza a través del portal de compras públicas a través de subasta inversa, habiéndose realizado las subastas por un valor superior al que consta en la asignación presupuestaria. 6.- Algunos contratos por servicios de mantenimiento de edificios o de mantenimiento de equipos de toda clase, o de vehículos se los realiza incluyendo en el mismo contrato la provisión de materiales o repuestos, se debe efectuar la adquisición de repuestos por separado en la cual la empresa que provee el servicio puede ser una de las cotizantes. 7.- Buena parte de los contratos de provisión de bienes y servicios, no tienen cláusula penal o multa por incumplimiento. Tampoco se exigen garantías de cumplimiento. 8.-Se evidencia en la mayoría de distritos visitados la necesidad de capacitar al personal en la formulación de documentos precontractuales y ejecución de procesos de contratación y sobre la revisión de bienes y servicios normalizados a ser contratados. 9.- En todos los distritos visitados se revisaron los saldos de las partidas de gastos corrientes y de inversión en activos fijos, a fin de prevenirles que en forma inmediata se realicen los procesos de contratación para que no pierdan las asignaciones, estando próximo a terminar el ejercicio económico Finalmente, se recomendó a todos los distritos judiciales que se tenga muy en cuenta la proyección y ejecución del PAC 2011 correspondiente a cada cuatrimestre y estar prestos a realizar la reprogramación en casos de excepción. Observaciones de carácter presupuestario y financiero 1.- En los aspectos financieros y presupuestarios se analizaron tres aspectos fundamentales: la programación y ejecución de la Programación Indicativa Anual (PIA), el avance presupuestario en las diferentes partidas y la formulación de informes periódicos de avance presupuestario. En especial el primero de estos aspectos tiene especial importancia porque permite al Ministerio de Finanzas proveer el financiamiento trimestral de las actividades del Consejo de la Judicatura. En ese contexto se realizó un análisis en la supervisión de los porcentajes establecidos en la programación y los porcentajes realmente ejecutados. La mayoría de judicaturas tiene un porcentaje de cumplimiento por encima del 100% en el primer cuatrimestre, el cual decrece en los demás cuatrimestres. 2.- La ejecución de gastos corrientes, en los distritos judiciales visitados, al iniciarse la visita estuvo en un porcentaje que iba entre un 60 y 80 %. Para esa fecha, estando próximo a terminarse el ejercicio económico, muchas partidas estaban con saldos que no financiaban la terminación del ejercicio económico, por lo cual se les asesoró para que realicen las reformas necesarias y traspasos que el sistema y la Ley permite a las unidades ejecutoras, o sea reformas intra, y en el caso de que no se financien con fondos de la propia judicatura, se les sugirió que realicen las solicitudes de financiamiento a la Dirección Financiera de la matriz, sobre 6 7

5 Los funcionarios judiciales deben ejercer todas las atribuciones que establezca la ley Los judiciales deben observar la cortesía con sus compañeros y usuarios todo para servicios indispensables, como luz eléctrica, agua potable o servicio telefónico. Al momento los porcentajes de ejecución de gastos corrientes superan ya el 90% de ejecución, lo cual no se hubiera logrado si no se realizaba la supervisión. Observaciones en aspectos de planificación 1.- Plan estratégico: Es necesario que se concrete y perfeccione, por una parte un Plan Plurianual y luego un Plan estratégico en el cual se estructuren las metas que persigue la Función Judicial en el mediano y largo plazo, se defina con claridad el horizonte al que debe llegar el Poder Judicial en sus actividades operacionales y de inversión en una visión de largo alcance que ponga a la Función Judicial en el sitial que le corresponde en el contexto nacional, fijando con claridad los objetivos generales y específicos a los que hay que dirigir el gasto y el esfuerzo institucional para un despegue efectivo en el contexto social ecuatoriano. 2- El trabajo realizado durante la supervisión tiene relación fundamentalmente con el cumplimiento del Plan Anual de Inversiones (PAI). Para el Consejo de la Judicatura en el presente ejercicio económico, el PAI debió ser aprobado por el SEMPLA- DES con el Presupuesto total del Consejo, en el mes de enero. Sin embargo, fueron aprobados en el mes de junio los diversos proyectos de inversión, lo cual dificultó la ejecución de los proyectos, en especial las construcciones y adecuaciones de edificios. 3.- Normalmente, de acuerdo con la Ley de Presupuestos del Sector Público, los proyectos que conforman el Plan Anual de Inversiones se presentan en el mes de junio anterior a la vigencia del Presupuesto. Y se aprueban con criterio de prioridad por el SEMPLADES hasta el mes de octubre de cada año, y se los envía al Ministerio de Finanzas para ser considerados en la Proforma de Presupuesto General del Estado que el Ejecutivo envía anualmente a la Asamblea Nacional. De esta manera, para el año 2011 ya debió el SEMPLADES haber declarado la prioridad de los proyectos y constar en la pro forma a ser aprobada por la Asamblea Nacional. De la información que se posee, ya fue enviada la pro forma Presupuestaria a la Asamblea Nacional por un monto de ,56 millones de dólares, que únicamente financia el gasto corriente de la institución, lo cual significa que no existe financiamiento para proyectos de inversión en el año 2011 y nuevamente en el próximo ejercicio económico será necesario gestionar la aprobación de los proyectos de inversión a partir de enero del 2011 y nuevamente serán aprobados con retraso dificultando su ejecución por falta de tiempo. Esta es una realidad perversa que se repite todos los años para el Consejo de la Judicatura y da lugar para que se critique la falta de capacidad de gestión de la Función Judicial. 3.- Gastos de inversión: Al momento de realizar la supervisión las inversiones a nivel general tenían un nivel de ejecución equivalente al 17,87 % al 31 de octubre del En los distritos supervisados se visitaron o se investigó la situación de los trámites de adquisición o de avance de los proyectos de inversión, de la siguiente manera: Distrito de Manabí: Casa Judicial de Bahía de Caráquez, Casa Judicial de Chone, y Casa Judicial de El Carmen. Esos proyectos podrán concretarse en el presente año. Distrito de Los Ríos: Adquisición para Quevedo, y Casa Judicial de Los Ríos, también se ejecutarán el presente año. Distrito Judicial de Guayas: La adecuación de la Casa Judicial de Milagro se encuentra en su fase final de ejecución. Están próximas a firmarse las escrituras de la Casa Judicial de Durán y Daule, después de haber financiado el valor total de los edificios analizados durante el proceso de supervisión. No se ejecutará la adquisición de la casa para funcionamiento de los juzgados de la Niñez y Adolescencia, por no tener un presupuesto suficiente que permita adquirir un edificio en la ciudad de Guayaquil. Distrito Judicial de El Oro: están próximos a finiquitarse los trámites para la adquisición de las casas judiciales de: Atahualpa, Santa Rosa, Pasaje, Zaruma y Piñas que con seguridad se adquirirán en el presente año. En Sucumbíos y Orellana, se dio el impulso necesario para que se concrete la adquisición de la Casa Judicial de Lago Agrio y en Sucumbíos impulsándose el trámite para que el Municipio de Coca done un terreno para la construcción. En Loja: El avance de los proyectos de Cariamanga, Celica y Macará están en un nivel de gestión de un 80%. En Zamora, la dotación espacial y equipamiento para la Corte Provincial de Justicia los trámites tienen un nivel de avance del 95 %, según información de la Dirección de Planificación. Y la casa Judicial de Yantzaza tiene un monto de ejecución del 95%. La dotación espacial y construcción de la Casa Judicial de Quinindé, tiene un nivel de ejecución del 50%, según datos de la Dirección de Planificación. De estas judicaturas se tiene un conocimiento concreto de avance y en general, el avance en gestiones llega al 78% a la fecha. El avance presupuestario del gasto está al momento en el orden de un 33%, de acuerdo a la información presupuestaria cortada al 30 de noviembre obtenida del ESIGEF. Se espera que durante el mes de diciembre llegue por lo menos a un 60 % para finales del ejercicio. Cuando se inició el proceso de supervisión la inversión no llegaba al 20% de ejecución. Observaciones en el campo informático 1.- En los distritos judiciales, la supervisión se centró en la implementación de los siguientes sistemas informáticos como son: Satje, sistema administrativo, personal, foro de abogados, página web y pensiones alimenticias. En muchas judicaturas se realizó una investigación sobre la tramitación de los procesos. 2.- Es importante sobre todo poner énfasis en la utilización del SATJE para el control y conocimiento del despacho de causas en cada distrito. Este sistema adquiere importancia ahora que la sociedad está pendiente de la eficacia y eficiencia de la Función Judicial en el despecho de las causas y procesos. En general se ha visto resistencia en especial en algunos juzgados para utilizar el sistema. 3.- En cada distrito se proporcionó una visión sobre las adquisiciones de equipo informático para el ejercicio económico del 2011, en función de la investigación realizada sobre la cantidad de equipo que se posee y de esos los equipos que se encuentran obsoletos para su correspondiente reemplazo en el próximo año. El formulario llenado servirá para programar ese tipo de adquisiciones. Lamentablemente de algunos distritos no se obtuvo esa información. 4.- En algunos distritos se analizaron las necesidades de equipos y las falencias por las cuales no funcionan los sistemas informáticos. En algunas judicaturas son frecuentes los cortes de energía eléctrica por lo cual es necesario proveer a estos distritos de plantas de energía eléctrica, a fin de que no se paralicen las actividades judiciales y sobre todo financieras por el funcionamiento del sistema ESIGEF, el cual está enlazado a nivel nacional. Este es el caso de la mayoría de distritos de la región oriental como Pastaza, Orellana, Sucumbíos. 5.- También se analizó la consistencia del ancho de banda para soportar la operación de los sistemas, quedaron señaladas en cada distrito las indicaciones para contratar el ancho de banda requerido para cada Judicatura. De la misma manera la provisión de UPSs y reguladores centrales de voltaje para evitar sobrevoltaje. Esta medida es importante tenerla en cuenta, sobre todo cuando se adecúan o se construyen nuevos edificios. 6.- Se analizó además, la conectividad informática de los distritos judiciales con los juzgados que funcionan en los cantones de cada provincia, habiéndose observado que es un proceso que avanza, pero que aún no se concreta. La terminación de este proceso facilitará la realización eficiente de los sistemas informáticos. 7.- Una de las falencias que se observa en la Función Judicial es el control exacto de los activos fijos institucionales, de manera que no se tiene un valor 8 9

6 La nueva visión de la justicia razonable del patrimonio institucional. La razón se debe a que en muchos distritos, como el de Zamora, no se está utilizando el sistema de Activos Fijos y por lo tanto la información general resulta incompleta. Esta realidad es importante que se corrija con la intervención coordinada de la Dirección Administrativa y Financiera. Compendio de conclusiones y recomendaciones sugeridas 1.- Se sugiere, la elaboración de un Manual de Funciones para los directores provinciales, que posteriormente formará parte del Estatuto Orgánico Funcional por Procesos del Consejo de la Judicatura. 2.- Se sugiere que para el año 2011, las visitas de supervisión se realicen con mayor periodicidad. Podrían ser al finalizar cada cuatrimestre. 3.- Que las observaciones conclusiones y recomendaciones realizadas en las visitas del presente año, se las envíe a los distritos judiciales antes de terminar el presente ejercicio económico. 4.- Que periódicamente los distritos judiciales actualicen los instrumentos de planificación y programación a fin de que no existan desfases, esto es: El Plan Anual de Compras (PAC), La Planificación Indicativa Anual (PIA) y El Plan Anual de Inversiones (PAI). 5.- Que los distritos realicen la provisión de servicios como provisión de Internet, contratación de mantenimiento de edificios y de vehículos, contratación de transporte y similares mediante contratos legalmente sustentados y con las garantías correspondientes. 6.- Se sugiere la necesidad de programar talleres de capacitación sobre contratación pública y estructuración de pliegos para mejorar los procesos de adquisición de bienes y servicios. 7.- Se sugiere que los gestores financieros en cada distrito presenten, al Director Provincial, avances de gasto e inversión e informes sobre la ejecución presupuestaria. 8.- Es muy importante se realice un taller para la elaboración de un Plan Plurianual y se formule un Plan estratégico en los cuales se concrete la Visión General de desarrollo institucional y se fijen los objetivos y metas generales y específicas que enrumben el quehacer institucional. 9.- Para el Ejercicio Económico del 2011, es necesario se concrete un Plan Anual de Inversiones en coordinación con el SEMPLADES y que tenga aprobación por lo menos durante el primer trimestre Se sugiere que en todos los distritos judiciales exista por lo menos un funcionario que se encargue de los aspectos que tienen relación con los instrumentos de Planificación Que antes de terminar el presente ejercicio económico, se comprometa la mayor cantidad de proyectos de inversión mediante la suscripción de instrumentos legalmente exigibles a fin de que queden establecidos como cuentas por pagar para el próximo ejercicio económico Que se aceleren los procesos de interconectividad informática, a fin de que se ponga en funcionamiento en todos los distritos el sistema SATJE Se sugiere se realice una coordinación entre las Direcciones Financiera y Administrativa, a fin de se estructure el inventario de activos fijos conciliado con la cuenta contable correspondiente y se tenga finalmente una visión clara del patrimonio institucional En la elaboración del Manual de Clasificación de Puestos debería tenerse en cuenta el perfil y los requisitos que debe cumplir el personal que integra las áreas administrativa, financiera y de planificación. Existen en los distritos funcionarios que no cumplen esos perfiles. Conclusión final Esta es, Señor Presidente, la visión resumida que se tiene del funcionamiento y desarrollo de las actividades en los distritos judiciales a propósito de la supervisión realizada y que ha permitido a la Comisión Administrativa Financiera tener un panorama general y diagnóstico de los principales problemas que tienen los distritos judiciales. Es necesario destacar que las visitas han permitido además establecer nexos de relación y coordinación entre la administración central y la administración descentralizada, que es uno de los objetivos que se persigue al dar cumplimiento a lo que dispone el Art. 273 del Código Orgánico de la Función Judicial. Visión de la gestión administrativa y financiera institucional A través del presente informe se puede evidenciar hacia adentro, un esfuerzo sostenido de la Comisión Administrativa Financiera por lograr un encauzamiento de las actividades del Consejo SUBCOMISIÓN TÉCNICA DE APOYO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RE- CURSOS HUMANOS La Comisión de Administración de Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura, en ejercicio de lo que dispone el artículo del Código Orgánico de la Función Judicial y ante la necesidad de la institución de contar con instrumentos técnicos apropiados para el desarrollo de los procesos de administración del talento humano tomó la iniciativa y gran responsabilidad de actualizar y diseñar la estructura orgánica de acuerdo con la de la Judicatura, en especial a través de la supervisión, la cual permitió desarrollar de manera sistemática y periódica un sistema de monitoreo de la ejecución de los instrumentos de administración como: el Plan Operativo Anual, La Programación Indicativa Anual, el Plan Anual de Compras Públicas y lograr un nivel razonable de ejecución presupuestaria y las sugerencias realizadas. Los desafíos hacia afuera, de cara a la sociedad, se proyectan como un esfuerzo por dar a la Función Judicial un soporte técnico en lo administrativo, financiero y de planificación para brindar a la sociedad una respuesta a sus demandas por los derechos ciudadanos de justicia, mediante medidas administrativas y judiciales concretas para garantizar los derechos humanos en el Ecuador. En estos términos dejo planteado el presente informe para conocimiento del Pleno del Consejo de la Judicatura. Atentamente, Dr. Homero Tinoco Matamoros PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA 1. Art A la Comisión de Administración de Recursos Humanos le corresponde: 1. Aprobar la planificación y supervisar los recursos humanos de la Función Judicial; /2. Aprobar los proyectos de Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, reglamentos, manuales e instructivos concernientes a recursos humanos y someterlos a consideración del Pleno del Consejo; 3. Administrar las carreras de la Función Judicial, y organizar y gestionar la Escuela de la Función Judicial; ( ) 5. Aprobar y supervisar la ejecución de los sistemas nacionales de clasificación y valoración de puestos, remuneraciones y viáticos; ( ) ; 10 11

7 Los usuarios de la justicia merecen respeto Los judiciales deben ejercer con responsabilidad la autoridad de la que esté investido legislación vigente y elaborar el Primer Manual de Clasificación y Valoración de Puestos para la Función Judicial. El estudio realizado reviste importancia por la aplicación de un sistema conocido, probado y aplicado a nivel universal y especialmente en el país, como es el sistema de puestos, cuyos procesos y productos se inscriben en técnicas medibles que se orientan al análisis objetivo de la realidad ocupacional, en este caso, de la Función Judicial. Radica también importancia en el hecho de sentar bases sólidas de una adecuada racionalización ocupacional que constituye el componente vital del sistema de gestión del talento humano, el que a su vez integra el supra sistema de Carrera Judicial Jurisdiccional y Carrera Judicial Administrativa; aspecto éste que posibilita de manera inexcusable la aplicación de las normas constitucionales y las del Código Orgánico de la Función Judicial relativas al diseño e implementación del sistema de Carrera Judicial, constituyéndose así en suficiente base legal para que se dé inicio, por primera vez, al diseño, desarrollo e implementación de este sistema de carrera. La aplicación de sistemas técnicos de gestión de talento humano y de Carrera Judicial constituyen beneficios incuestionables e indiscutibles que radican no solamente en la estabilidad, sino en el desarrollo personal y profesional de las y los servidores judiciales, que por cierto, también redunda en beneficios tangibles para esta importante función del Estado en particular y del país en general, por lo que su aplicación se torna ineludible e inaplazable. El estudio conllevó a un proceso de revisión, sistematización, análisis y ajustes de cuyos productos se obtuvieron instrumentos técnicos, los cuales fueron presentados a consideración del Pleno del Consejo de la Judicatura y aprobados en sesiones del 7 y 8 de diciembre del 2010; además, el Pleno del Consejo de la Judicatura, con fecha 14 de diciembre de 2010, resuelve dar paso a la implementación de los siguientes productos: Índice ocupacional de la Función Judicial; Organigrama estructural integral del Consejo de la Judicatura; Organigramas estructurales integrales de las direcciones provinciales del Consejo de la Judicatura; y, Estructura organizacional de la Función Judicial por jurisdicción territorial y competencias por materias, Respecto de lo anterior es necesario hacer énfasis en que la estrategia que ha permitido al Consejo de la Judicatura contar con estos instrumentos técnicos en un tiempo relativamente breve y sin incurrir en contrataciones de consultorías externas, es el haber conformado un equipo de trabajo con funcionarios técnicos 2 conocedores de la Institución, bajo la supervisión y directriz de profesionales del Derecho con amplia trayectoria en administración pública y de personal a nivel nacional, lo que permite que se realicen los análisis respectivos con una visión institucional multidisciplinaria. 2. Subcomisión Técnica de Apoyo: Dra. Alicia Coloma Romero (Coordinadora General), Ing. Wilson Rosero, Ing. Guido Soto, Dra. Gloria Salazar, Ing. Miguel Ángel Lincango, Ing. Rocío Flores, Ing. Oswaldo Fiallos 12 13

8 La nueva visión de la justicia 14 15

9 La nueva visión de la justicia SECTOR: FUNCIÓN JUDICIAL (Constitución CAPÍTULO IV; Art.167; 168 No.1 y 2) SERVICIO: 2. JUDICIAL ADMINISTRATIVO (COFJ Art.42; 254) ÍNDICE OCUPACIONAL JUDICIAL ADMINISTRATIVO CON BASE LEGAL (Const. Art.170) GRUPOS OCUPACIONALES SERIES CLASES G.O GOBIERNO, ADMINISTRA- CIÓN, VIGILANCIA Y DISCIPLINA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL (Const.Art.178; 179) SERIE: De Dirección Presidente del Consejo de la Judicatura (Const.Art.179; ) Vicepresidente del Consejo de la Judicatura (Const.Art.179; ) Vocal del Consejo de la Judicatura (Const.Art.179; ) Director General del Consejo de la Judicatura (COFJ. Art.279 Art.261 No.5)) SERIE: De Comunicación Social COFJ Art. Director de Comunicación Social Comunicador Social Judicial 2 Comunicador Social Judicial 1 SERIE: De Asesoría y Especialidad Jurídica Director Nacional de Asesoría Jurídica CJ COFJ. Art.261, No.6 Asesor 2 Asesor 1 G.O.2.2. DE ASESORÍA Y CONTROL SERIE: De Abogacía y Análisis Jurídico SERIE: De Control Disciplinario COFJ. Art.274 No.7 Abogado Analista Jurídico 2 Analista Jurídico 1 Coordinador Unidad de Control Disciplinario Abogado de Control Disciplinario Secretario de Unidad de Control Disciplinario SERIE: De Auditoría Auditor General Auditor Jefe Auditor Interno 4 Auditor Interno 3 G.O DE CARRERAS JUDICIALES: JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVA Const. 170 inc.2do; Const. Art.83, lit.d; Art.181,No.4 COFJ Título II, Art.35, Art.42, Art.43,inc.2do; Art 45; Art.52 LOSEP SERIE: De Administración de Carreras Especialista Jefe de Carreras (Cre) Especialista Supervisor de Carrera Judicial Jurisdiccional (Cre) Especialista Supervisor de Carrera Judicial Administrativa (Cre) Especialistas Técnico de Carreras 3 (Cre) Especialistas Técnico de Carreras 2 (Cre) Especialistas Técnico de Carreras 1 (Cre) 16 17

10 La nueva visión de la justicia Director Nacional del Talento Humano Jefe Judicial de Planificación del Talento Humano COFJ. Art.254, No.1; LOSEP. Art.54 SERIE: De Dirección Nacional Administrativa y Jefaturas COFJ Art.373, No.3 Director Nacional Administrativo Jefe Judicial de Proveeduría Jefe Judicial de Activos Fijos Jefe Judicial de Servicios Generales SERIE: De Dirección Nacional y Jefaturas de Talento Humano COFJ. Art.254, No.1; LOSEP. Art.54 Jefe Judicial de Clasificación y Valoración de Puestos COFJ Art.274 No.5; LOSEP Art.61, 62 Jefe Judicial de Reclutamiento y Selección Const. Art.170; Art.176; Art.181 No.3; COFJ Art.51, 60, 61, 176, 264 No.6; Art.274, No.4; LOSEP. Art.63; Jefe Judicial de Capacitación y Desarrollo del Talento Humano Const. Art.181 No.4; COFJ. Art.86; Art. 264; No.6; Art.284; LOSEP Art.69 Jefe Judicial de Evaluación del Desempeño Const. Art.181 No.3; COFJ. Art.87 al 89; 264 No.6; LOSEP.76 G.O.2.4. DE EJECUCIÓN (Const.Art.178; 179) SERIE: De Análisis Administrativo SERIE: De Dirección Nacional de Informática y Jefaturas Analista Judicial Administrativo 3 Analista Judicial Administrativo 2 Analista Judicial Administrativo 1 Director Nacional de Informática Jefe Judicial de Administración y Desarrollo de Sistemas Jefe Judicial de Administración de Redes y Comunicaciones Jefe Judicial de Mantenimiento y Soporte Técnico SERIE: De Análisis del Talento Humano COFJ. Art.254, No.1; LOSEP. Art.54 Supervisor CJ Analista Judicial del Talento Humano 3 Analista Judicial del Talento Humano 2 Analista Judicial de Talento Humano 1 SERIE: De Análisis de Sistemas Analista Judicial de Informática 3 Analista Judicial de Informática 2 Analista Judicial de Informática 1 G.O.2.4. DE EJECUCIÓN (Const.Art.178; 179) SERIE: Dirección Nacional y Jefaturas Financieras COFJ. Art.264 No.10; Art. 273 No.1,2,4,6 Director Nacional Financiero Jefe Judicial de Presupuesto Jefe Judicial de Contabilidad Jefe Judicial de Tesorería Analista Judicial Financiero 3 SERIE: De Dirección Regional y Provincial Director Regional del Consejo de la Judicatura (COFJ. Art.261 No.7) Director Provincial del Consejo de la Judicatura (COFJ. Art.261 No.8) Jefe Judicial Provincial (COFJ. Art.261 No.8) SERIE: De Análisis Financiero Analista Judicial Financiero 2 Analista Judicial Financiero 1 SERIE: De Secretaría General Secretario del Consejo de la Judicatura Art.262. COFJ Prosecretario Consejo de la Judicatura SERIE: De Contabilidad Contador Judicial 3 Contador Judicial 2 Secretario General de Corte Nacional Art.179 COFJ Contador Judicial 1 Secretaria 3 CJ SERIE: De Pagaduría Pagador Judicial 3 Pagador Judicial 2 SERIE: De Secretaría Secretaria 2 CJ Secretaria 1 CJ SERIE: De Dirección Nacional y Jefaturas de Planificación COFJ. Art.264 No.7; Art. Art. 273 No.1; Art.275 Pagador Judicial 1 Director Nacional de Planificación Jefe Judicial de Desarrollo Institucional Jefe Judicial de Seguimiento y Evaluación de la Planificación Jefe Judicial de Programación y Evaluación de Obras de Infraestructura G.O.2.5. SECRETARÍA Y ASISTENCIA ADMINISTRATIVA JUDICIAL SERIE: De Asistencia Administrativa Judicial Asistente Administrativo 3 Asistente Administrativo 2 Asistente Administrativo 1 Secretario Relator Secretario de Tribunal de Garantías Penales Secretario de Juzgado SERIE: De Análisis de Planificación Analista Judicial de Planificación 3 Analista Judicial de Planificación 2 Analista Judicial de Planificación 1 SERIE: De Asistencia Jurisdiccional Asistente Judicial 3 Asistente Judicial 2 Asistente Judicial 1 Archivero Judicial Amanuense 18 19

11 Médico Niñez y Adolescencia Psicólogo Niñez y Adolescencia Educador Niñez y Adolescencia Trabajador Social Niñez y Adolescencia Pagador Juzgado de la Niñez SERIE: Asistencia Técnica Profesional en Niñez y Adolescencia Resoluciones del Pl eno G.O SERVICIOS JUDICIALES G.O.2.7. ESTADÍSTICA, ARCHIVO, PROCESAMIENTO Y PUBLICACIONES JUDICIALES SERIE: De Sorteos y Casilleros SERIE: De Citaciones SERIE: De Estadística, Archivo y Procesamiento Jurisprudencial Jefe de Sorteos y Casilleros Secretario de Sorteos y Casilleros Jefe de Citaciones Secretario de Citaciones Citadores Director de Procesamiento Jurisprudencial Estadística y Archivo Central de la Función Judicial (Cre) COFJ Art.277 Jefe de Estadística, Registro y Control COFJ Art.80, No.4 Jefe de Procesamiento Jurisprudencial Jefe de Archivo Central de la Función Judicial Jefe de Biblioteca Jefe de Gaceta Judicial Resolución No Resuelve: Art. 1.- Dejar sin efecto la resolución expedida No de 3 de agosto del 2010, en la cual se amplía la competencia en razón del territorio de los Juzgados Sexto y Séptimo Civil, Tercero de Garantías Penales, Segundo de Tránsito, Cuarto Niñez y Adolescencia de Imbabura, con sede en el cantón Otavalo y de los Tribunales de Garantías Penales y Salas Especializadas de la Corte Provincial de Imbabura, con sede en la ciudad de Ibarra. Art. 2.- Los Juzgados y Tribunales del cantón Quito continuarán ejerciendo la competencia en relación a las causas que corresponden a la jurisdicción territorial de la parroquia San José de Minas. Art. 3.- La ejecución de esta resolución se encarga a la Dirección General, las Direcciones Provinciales de Imbabura y Pichincha, bajo la supervisión de la Comisión de Mejoramiento y Modernización. La presente Resolución entrará en vigencia desde la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil diez. Resolución No Resuelve: G.O ESCUELA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL (Const. Art.150; COFJ. 180, 185, Art.186) G.O BIENESTAR SOCIAL G.O ÓRGANOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN JUDICIAL (Const.177; COFJ Art.296) G.O SERVICIOS VARIOS SERIE: De Escuela de la Función Judicial COFJ Art.80 al 85; Art.73 SERIE: De Bienestar Social SERIE: Sin Relación de Dependencia Económica SERIE: Servicios Generales Director de la Escuela de la Función Judicial Consejero de la Escuela de la Función Judicial (Cre) Coordinador Académico Secretario Abogado (Cre) Coordinador General Jefe Administrativo de la Escuela de la Función Judicial Médico Jefe Médico Odontólogo Trabajadora Social Asistente Médico Odontológico Notario Depositario Judicial Martillador Liquidador de Costas Síndico de Quiebra Chofer Auxiliar de Servicios Técnico de Servicios Generales Guardián EL CONSEJO DE LA JUDICATURA AL PAÍS El Consejo de la Judicatura, en cumplimiento de su deber, expone al país: 1. La Función Judicial se encuentra en situación crítica frente al anuncio de que el presupuesto planteado para el 2011, de 411 millones de dólares ha sido reducido a 196 millones de dólares por el Ministerio de Finanzas. El cálculo original de 411 millones contemplaba 300 millones de dólares para gastos corrientes y 111 millones de dólares a gastos de inversión que obtuvieron la priorización de la Senplades. De esta manera el Consejo buscaba cubrir los requerimientos de recursos humanos, tecnológicos y materiales indispensables para el cumplimiento del servicio judicial con el nuevo concepto de administración de justicia proclamado en la Constitución de Montecristi. 2. La reducción de 215 millones en el presupuesto, que representa el 53% del total, provocará el colapso de la Función Judicial, que es función básica de todo Estado democrático. 3. La Constitución de la República en el artículo 167 proclama que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos en la Constitución. El artículo 168 ordena, en el numeral 2, que la Función Judicial gozará de autonomía administrativa económica y financiera. El Consejo de la Judicatura según el artículo 178 de la Constitución, es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial. El artículo 14 del Código Orgánico de la Función Judicial dice: La Función Judicial goza de autonomía económica, financiera y administrativa.- (..) El Estado tendrá la obligación de entregar los recursos suficientes para satisfacer las necesidades del servicio judicial que garantice la seguridad jurídica. El incumplimiento de esta disposición será considerado como obstrucción a la administración de justicia. 4. La reducción del presupuesto de la Función Judicial está en pugna con el artículo 14 que queda transcrito y, por tanto, constituye obstrucción a la administración de justicia, como el citado artículo señala. 5. El Consejo de la Judicatura en la coyuntura que vive el país, denuncia ante la opinión pública este atropello a la administración de justicia, a la seguridad jurídica y a la autonomía de la Función Judicial; al mismo tiempo que rechaza los criterios emitidos por el Ministerio de Finanzas en su vano intento de justificar la inconstitucional disminución del presupuesto. 6. El Consejo de la Judicatura declara que ejercerá la autonomía consagrada en la Constitución por encima de los actos de obstrucción a la justicia que se han cometido y, pese a las graves limitaciones presupuestarias impuestas, seguirá aplicando el principio de dar a cada uno lo que es suyo, de acuerdo con la Constitución y las leyes de la República. Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura, a los veinticinco días del mes de noviembre del dos mil diez. 20

12 La nueva visión de la justicia Resolución No Resuelve: Expedir la siguiente modificación a la Resolución No : Art. 1.- En el inciso segundo del Art. 2 elimínese la frase excepto aquellas que por su monto corresponda a Licitación. Debido a la urgencia con la que se requiere aplicar esta resolución, la misma entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en la ciudad de Quito, en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura, a los veinte y tres días del mes de noviembre del año dos mil diez. g. Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia y, un Juzgado de Contravenciones h. Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia y, un Juzgado de Contravenciones Tumbaco Los Chillos Tumbaco, Cumbayá, El Quinche, Checa, Puembo, Yaruquí, Tababela, Pifo y Guayllabamba. Las contravenciones de la parroquia Guayllabamba conocerá el Teniente Político. Amaguaña, Conocoto, Alangasí, Guangopolo, La Merced y Pintag. El juzgado de contravenciones iniciará sus funciones en el mes de mayo del Resolución No Resuelve: Art. 1.- Modificar la competencia, en razón de la materia del Juzgado Cuarto de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en el cantón Centinela del Cóndor, convirtiéndole en Juzgado Multicompetente, facultándole expresamente para conocer todas las materias en primera instancia y con jurisdicción en los cantones Centinela del Cóndor (Zumbi), Nangaritza y Paquisha; Art. 2.- Las causas que correspondan a la jurisdiccion de los cantones Centinela del Cóndor (Zumbi), Nangaritza y Paquisha y que se tramitan en los Juzgados Primero y Tercero de Garantías Penales de Zamora Chinchipe, con sede en el cantón Zamora, previa la providencia de inhibición por cambio de competencia que se notificará a las partes para los efectos legales correspondientes, una vez foliados e inventariados, se remitirán al Juzgado Multicompetente; Art. 3.- La ejecución de esta resolución se encarga a la Dirección General y a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Zamora Chinchipe. La presente Resolución entrará en vigencia desde la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil diez. Resolución No Resuelve: Art. 1.- Crear los siguientes Juzgados de Contravenciones y Juzgados de la Niñez y Adolescencia, con competencia a nivel parroquial dentro del territorio del Distrito Metropolitano de Quito, zonificado a través de sus administraciones zonales determinadas en el marco de la Ordenanza de Zonificación No. 002 y resoluciones de creación, de la siguiente manera: a. b. JUDICATURAS SEDE (Administración Zonal) COMPETENCIA EN LAS PARROQUIAS Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia y, un Juzgado de Contravenciones Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia y, un Juzgado de Contravenciones c. Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia d. Un Juzgado de Contravenciones Quitumbe Centro La Delicia La Delicia Guamaní, Turubamba, La Ecuatoriana, Quitumbe, Chillogallo, la Mena, Solanda, La Argelia, San Bartolo, La Ferroviaria, Chilibulo, La Magdalena, Chimbacalle y Lloa. Puengasí, La Libertad, Centro Histórico, Itchimbía y San Juan Cotocollao, Ponceano, Comité del Pueblo, El Condado, Carcelén, Pomasqui, San Antonio de Pichincha, Calacalí, Nono, Belisario Quevedo, Mariscal Sucre, Iñaquito, Rumipamba, Jipijapa, Cochapamba, La Concepción, Kennedy, San Isidro del Inca, Nayón y Zámbiza. Además conocerá las demandas de las parroquias rurales de Pacto, Nanegal, Nanegalito y Gualea. Cotocollao, Ponceano, Comité del Pueblo, El Condado, Carcelén, Pomasqui, San Antonio de Pichincha, Calacalí, Nono, Iñaquito, Rumipamba, Jipijapa, Cochapamba, La Concepción, Kennedy, San Isidro del Inca. e. Un Juzgado de Contravenciones La Mariscal Nayón, Zámbiza, Belisario Quevedo y Mariscal Sucre f. Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia y, uno de Contravenciones. El Juez de la Niñez y Adolescencia conocerá también las demandas. Calderón (CUAC Carapungo) Calderón, Llano Chico y Llano Grande. San José de Minas, Atahualpa, Chavezpamba, Perucho y Puéllaro. Art. 2.- En las parroquias rurales: Pacto, Gualea, Nanegalito, Nanegal, San José de Minas, Atahualpa, Perucho, Puéllaró, Chavezpamba y Guayllabamba, por la distancia y con la finalidad de brindar un mejor servicio a los usuarios, los tenientes políticos, continuarán conociendo las causas contravencionales. Art. 3.- Los jueces de contravenciones dentro de su ámbito territorial conocerán los asuntos previstos en el Art. 231 del Código Orgánico de la Función Judicial y, los demás que establezca la ley, en razón del domicilio de la víctima o donde se haya producido la contravención o infracción. Todas las causas que se encuentren sustanciando en las Comisarías Nacionales del cantón Quito, a partir de la esta fecha, pasarán a conocimiento de los jueces de contravenciones de la competencia territorial correspondiente, dichos expedientes continuarían sustanciándose en el punto que hubieren quedado, sin que en ningún caso este cambio sea motivo para declarar la nulidad procesal. Art. 4.- Los jueces de la Niñez y Adolescencia creados, sin perjuicio de la competencia cantonal que les corresponde a los juzgados de la Niñez y Adolescencia de Quito, dentro de su ámbito territorial conocerán los juicios que son de competencia de dichos juzgados, en razón del domicilio del niño, niña o adolescente y, en caso de ayuda prenatal, de acuerdo al domicilio de la madre. Art. 5.- De la ejecución de la presente resolución se encargará la Dirección General y, la Dirección Provincial de Pichincha, bajo la supervisión de la Comisión de Mejoramiento y Modernización del Consejo de la Judicatura. DISPOSICIÓN FINAL: La presente resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.- Quito, 17 de diciembre del Resolución No Resuelve: Art.1.- Implementar la Estructura Orgánica y el Índice Ocupacional de la Función Judicial, a través de la Comisión de Administración de Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura, exceptuándose la Fiscalía y Defensoría Pública. Art.2.- Implementar el Índice Ocupacional de la Función Judicial mediante un proceso técnico de conversión de denominaciones del Índice vigente a la nomenclatura del Índice Ocupacional aprobado, basándose en las funciones y responsabilidades de los cargos; concluido el mismo, se legalizará mediante la emisión de nuevas acciones de personal para las y los servidores de la Función Judicial. Los cambios tanto de las denominaciones como del nivel de la clase de puesto mantendrán las remuneraciones de la escala vigente; por lo tanto, estos cambios no afectaran la situación remunerativa de las y los servidores de la Función Judicial. Art.3.- Considerar como cambio de funciones permanente a todas aquellas actividades que se encuentre realizando el funcionario por un lapso mayor a un año. Art.4.- Aplicar el proceso de análisis de puestos inherente al sistema de clasificación, mediante la conversión de clases o, reclasificaciones, las mismas que pueden ser ascendentes o descendentes o mantener la clasificación existente, dependiendo del tipo de funciones que desempeñe. Art.5.- Implementar, mediante la racionalización administrativa ocupacional, las unidades administrativas incorporadas a la estructura orgánica institucional mediante: a) Utilizar las vacantes existentes y reclasificarlas a las denominaciones aprobadas en el Índice Ocupacional; b) Reclasificar los puestos de los servidores judiciales que cumplen funciones técnico profesionales y requisitos de educación y experiencia requeridos a la nomenclatura del Índice Ocupacional aprobado. Art. 6.- El monitoreo continuo de la implementación e incorporación de la nueva nomenclatura al Distributivo de Sueldos para su aplicación será de responsabilidad exclusiva de la Comisión de Administración de Recursos Humanos. Esta Resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los catorce días del mes de diciembre del

13 La nueva visión de la justicia Unidad de Control Disciplinario RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL PLENO Y COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL 01 DE ENERO AL 16 DE DICIEMBRE DEL 2010 PROVINCIAS DESTITUCIONES REMOCIONES SUSPENSIONES MULTAS AMONESTACIONES ABSUELTAS DESECHADAS ARCHIVADAS PRESCRITAS TOTAL AZUAY BOLÍVAR CAÑAR CARCHI CHIMBORAZO COTOPAXI EL ORO ESMERALDAS GUAYAS IMBABURA LOJA LOS RÍOS DENUNCIAS, SUMARIOS ADMINISTRATIVOS, INVESTIGACIONES, APELACIONES AL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, APELACIONES A LA COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS, CADUCIDADES INGRESA- DAS A LA UNIDAD DE CONTROL DISCIPLINARIO DEL 01 DE ENERO AL 16 DE DICIEMBRE DEL 2010 DENUNCIAS TOTAL Con quejoso 60 Investigaciones 170 De oficio 42 Caducidades 1 Apelaciones al Pleno 210 Apelaciones a la Comisión C.A.R.H 22 Motivados / excusas / desestimientos 215 TOTAL 720 MANABÍ MORONA SANTIAGO NAPO PASTAZA PICHINCHA SANTA ELENA STO. DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS SUCUMBÍOS Y ORELLANA TUNGURAHUA ZAMORA CHINCHIPE TOTAL

14 La nueva visión de la justicia Direcciones Nacionales Dirección General La Dirección General del Consejo de la Judicatura, en virtud de la implementación del Departamento de Gestión de Documentos; en busca de viabilizar y descongestionar la circulación de usuarios en esta Dirección y en el resto del edificio, causada por el trámite de certificación o autenticación de firmas para los documentos que serán enviados o sirven para realizar trámites fuera OFICIO CIRCULAR Oficio Circular N 74 Oficio Circular N 72 Oficio Circular N 71 Oficio Circular N 70 del país, fomentó un horario de atención, el mismo que consiste en recibir los documentos a partir de las ocho de la mañana en adelante y entregar los mismos con la respectiva certificación a partir de las dieciséis horas y treinta minutos hasta las dieciocho horas, el trámite interno se encarga la Dirección General, este procedimiento fue comunicado al Ministerio de Relaciones Exteriores para su difusión. SOLICITANTE ASUNTO DISTRITOS Sr. Christian Pérez Duque, jefe de la sección de Misceláneos de la Policía del Ecuador Dra. Silvana de Lourdes Espinoza, directora de Investigación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Lcda. Vanessa Vera, directora Técnica de PROJUSTICIA Señoras Gardenia Chávez Núñez y Gina Benavides Llerena, coordinadora y docente de la Universidad Andina Simón Bolívar. Solicita se remita las firmas, hologramas y demás características que mantengan los notarios en sus documentos. Información y certificación sobre si se ha instaurado o interpuesto cualquier tipo de recurso que las leyes de la República franquean a favor o en contra de varios señores. Envío de procesos en materia de niñez y adolescencia a los jueces titulares y adjuntos. Solicita información sobre la vigencia y protección de los derechos humanos en Ecuador. Desde el 1 de enero hasta la presente fecha se ha despachado: VPS 533 CF 400 MEMOS G OFICIOS CIRCULARES 74 OFICIOS 445 Constantemente se mantiene una comunicación con los señores Directores Provinciales del País, quienes tienen la tarea de recopilar, depurar y remitir la Información que es solicitada por varios interesados (asambleístas, instituciones públicas y privadas y personas naturales o jurídicas). Los últimos oficios circulares de los cuales se está recibiendo la información son: A NIVEL NACIONAL A NIVEL NACIONAL DIRECTORES PROVINCIALES DE PICHINCHA Y GUAYAS A NIVEL NACIONAL FECHA DE ENVÍO 10 DE NOVIEMBRE 25 DE OCTU- BRE DEL DE OCTU- BRE DEL DE OCTU- BRE DEL 2010 VPS (Viáticos, pasajes, subsistencias) CF (certificaciones de fondos e informes de financieros) MEMOS G. (Memorandos en general para todas las dependencias que forman parte de la Función Judicial) OFICIOS CIRCULARES (Oficios remitidos a los Directores Provinciales para conocimiento, trámite, atención y despacho) OFICIOS (Autoridades y entidades que no pertenecen a la Función Judicial) RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA. Directores provinciales del país. El Director General del Consejo de la Judicatura, considerando: Que el artículo 96 del Código DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN 1. Reestructuración de la Dirección Nacional de Planificación Con el fin de fortalecer la capacidad de gestión institucional e incrementar los niveles de ejecución, especialmente en lo relacionado con los proyectos de inversión del Consejo de la Judicatura, la nueva administración de la Orgánico de la Función Judicial, establece en su parte pertinente que, las VACACIONES JUDICIA- LES.- todas las servidoras y servidores de la Función Judicial, incluidos las servidoras y servidores judiciales de la justicia ordinaria, gozarán de treinta días de vacaciones anuales pagadas después de once meses de servicio continuo, que podrán ser acumuladas hasta por sesenta días. Que en el artículo 280 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial es función del Director General del Consejo de la Judicatura, conceder licencia, con remuneración o sin ella, a las servidores y a los servidores de la Función Judicial hasta por sesenta días en el año calendario sin perjuicio de la atribución que les corresponde a otras autoridades, en ejercicio de sus atribuciones legales, Dirección Nacional de Planificación, que entró en funciones a inicios de mayo del presente año, presentó como primeraacción ante la Presidencia del Consejo de la Judicatura la propuesta de reestructuración integral de la Dirección Nacional de Planificación. La propuesta mencionada, cuyo objetivo central se desarrollaba Resuelve: Delegar a los directores provinciales del Consejo de la Judicatura la capacidad de conceder licencias bajo su responsabilidad y cumplimiento de requisitos, tomando en consideración que los treinta días de vacaciones anuales pagadas NO podrán ser fraccionadas en menos de quince días, observando que pueden existir casos especiales. Esta resolución entrará en vigencia desde la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en la ciudad de Quito, a los diez días del mes de noviembre del año en curso. Dr. Gustavo Donoso Mena DIRECTOR GENERAL (E) CONSEJO DE LA JUDICATURA. en la instrumentación de un modelo de gestión para el Sistema Nacional de Planificación del Consejo de la Judicatura, basado en procesos y en función de institucionalizar un mecanismo de mejoramiento continuo de los niveles de eficiencia, eficacia y transparencia institucional, fue acogida en su totalidad y aprobada su implementación desde el 6 de mayo del

15 La nueva visión de la justicia En virtud de ello, desde dicho mes, el Consejo de la Judicatura cuenta con una Dirección técnicamente estructurada, con talento humano profesional, especializado y capaz de elevar los niveles de gestión institucional en temas de planificación. La Dirección está conformada por cuatro departamentos que cubren el ciclo de la planificación, con atribuciones, responsabilidades, productos y servicios claramente definidos: 1) Gestión de la Planificación Estratégica y Operativa; 2) Seguimiento, Supervisión y Evaluación de la Ejecución; 3) Supervisión de Obras de Infraestructura; y, 4) Gestión de la Calidad y Desarrollo Institucional. 2. Estrategia de ejecución de proyectos de inversión del año 2010 A finales de abril del 2010, el Consejo de la Judicatura reportaba niveles muy bajos de ejecución en lo relacionado con los proyectos de inversión y muy pocos proyectos priorizados por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SEN- PLADES-, dentro de un total de inversión de USD 24.2 millones. Consecuentemente y una vez reestructurada la Dirección Nacional de Planificación, se planteó una estrategia operativa emergente para la implementación de los proyectos de inversión del Consejo de la Judicatura del año 2010, con el objeto de establecer y disponer de un mecanismo técnico y organizado de acción inmediata, que permitiese recuperar de manera ágil el Sistema Nacional de Planificación de la Función Judicial, y de igual manera, construir un escenario adecuado para el normal desenvolvimiento del Sistema en el futuro. La estrategia de ejecución de los proyectos de inversión abarcó tres líneas de acción: los proyectos de ejecución inmediata, los proyectos con diseños elaborados pero en estado de reformulación estructural, y, los proyectos en proceso de diseño. En la primera línea de acción se colocaron aquellos proyectos cuya ejecución inició en años anteriores y continuaron en el 2010 (proyectos conocidos como de arrastre ) y aquellos que a mayo del 2010 contaban ya con el dictamen de prioridad de SEN- PLADES. Este grupo de proyectos ascendía a un monto aproximado de USD millones. Para la segunda y tercera líneas de acción, se consideraron los proyectos que a dicha fecha habían sido formulados, pero cuyos diseños necesitaban una revisión integral en al menos dos de sus componentes y aquellos proyectos que aún no contaban con diseño técnico alguno; los proyectos de este tipo fueron agrupados en el Programa de Fortalecimiento Institucional de la Función Judicial, con un monto aproximado de USD 8.88 millones, que fuese presentado a SENPLADES y del cual se obtuvo el dictamen de prioridad. 3. Priorización de programas y proyectos de inversión Con sus diferentes instancias, la Dirección Nacional de Planificación ha diseñado y elaborado varios programas y proyectos de inversión; estos programas y proyectos, de acuerdo con la normativa legal vigente para las instituciones del sector público ecuatoriano, han sido presentados ante SENPLADES conjuntamente con la argumentación técnica apropiada para la obtención de la priorización respectiva y la preparación subsecuente para que la Dirección General disponga el inicio de su ejecución; entre las acciones más importantes en esta área, destacan: En febrero del 2010 se presentó a SENPLADES el Proyecto de Mejoramiento y Modernización del Sistema de Justicia en Materia de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, por USD millones, tendiente a fortalecer la aplicación del Código Orgánico de la Función Judicial en esta área durante quince trimestres a partir del último trimestre del año El dictamen de prioridad del proyecto fue otorgado el 28 de junio del 2010, y su implementación inició en el presente año. Entre junio y agosto del 2010 la Dirección Nacional de Planificación elaboró el Programa de Fortalecimiento Institucional de la Función Judicial para el año 2010, con el fin de mejorar la infraestructura en las instituciones judiciales localizadas en las jurisdicciones geográficas más necesitadas del país, por un monto de USD 8.8 millones, para ser ejecutados en el año 2010 con recursos del presupuesto aprobado del Consejo de la Judicatura. La solicitud de priorización a SEN- PLADES fue presentada el 28 de junio del 2010 y sus observaciones el 31 de agosto del 2010; la priorización del programa fue otorgada por SENPLADES el 1 de octubre del Este programa se encuentra en la fase final de ejecución, sustancialmente a través de la adquisición de bienes inmuebles, de acuerdo con el mecanismo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es, mediante la declaratoria de utilidad pública. Los bienes inmuebles para Casas Judiciales, considerados dentro del programa, guardan concordancia con las resoluciones No y No del Pleno del Consejo de la Judicatura, e incluyen los siguientes cantones del Ecuador: Gualaceo, Déleg, La Troncal, Quinindé, Santa Rosa, Atahualpa, Pasaje, El Guabo, Zaruma, Piñas, Guayaquil, Durán, Daule, Cariamanga (Calvas), Celica, Macará, Vinces, Bahía de Caráquez (Sucre), Chone, El Carmen, Lago Agrio, Yantzaza y San Gabriel. Entre julio y agosto se elaboró además un proyecto de informática y tecnología, tendiente a fortalecer la gestión de la Función Judicial a través de la dotación de equipos de computación de última tecnología para incrementar los niveles de efectividad y de calidad de servicios, así como optimizar y agilizar los trámites judiciales en el país; el proyecto, denominado Adquisición de equipos electrónicos de acuerdo a las necesidades en el POA de los distritos y matriz se estableció en un monto de USD 3.3 millones; éste fue presentado a SENPLADES en agosto de 2010 y se obtuvo su priorización el 23 de septiembre del 2010; este proyecto inició su ejecución a finales del mes de octubre y se espera que los equipos de computación adquiridos coadyuven al cumplimiento del objetivo del proyecto. En sesión del Pleno del Consejo de la Judicatura de 22 de junio del 2010 se aprobó el Plan Operativo Anual del Consejo de la Judicatura para el año 2011, que incluyó proyectos de inversión por USD millones. Sobre la base de la aprobación referida, la Dirección Nacional de Planificación elaboró el Programa de Fortalecimiento de la Función Judicial 2011 que incluyó la planificación en el campo de inversión del año 2011, con cuatro componentes que suman los USD millones mencionados; este programa contiene todas las necesidades y requerimientos institucionales en el tema de inversión, resultantes del taller nacional de planificación que la Dirección Nacional de Planificación organizó en mayo del presente año, con la participación de todos los vocales, directores nacionales y provinciales y delegados de las unidades administrativas representativas del Consejo de la Judicatura. El 23 de julio del 2010, se presentó a SENPLADES el documento de este programa con la finalidad de obtener el dictamen de prioridad respectivo que permitiese su ejecución en el año 2011; SEN- PLADES emitió el dictamen de prioridad por el monto total de la inversión presentada, el 6 de septiembre del En resumen, el Consejo de la Judicatura se encuentra al momento en fase de ejecución de muchos de los proyectos de inversión considerados para el año 2010 y preparación de los subsiguientes. Entre todos los programas y proyectos referidos, el Consejo de la Judicatura, a través de la Dirección Nacional de Planificación, ha logrado obtener en cinco meses, la priorización de USD millones, hecho sin precedentes dentro de la gestión del Consejo de la Judicatura. 4. Dotación espacial de infraestructura para el año 2010 Tal como se describió en la sección precedente, una vez que SENPLADES dictó la prioridad del Programa de Fortalecimiento Institucional de la Función Judicial por USD 8.8 millones, el Consejo de la Judicatura entró en el proceso de ejecución del programa, es decir, en la adquisición de bienes inmuebles para los cantones incluidos dentro del programa y que corresponden a aquellos determinados en la Resolución No de marzo y reformulada por la Resolución No del mes de agosto del La ejecución del programa a nivel nacional se ha realizado según el plan establecido en el programa y en la Resolución No , en observancia del artículo 1, mediante el cual el Consejo de la Judicatura, 28 29

16 Las juezas y jueces penales deben sustanciar y resolver los delitos de acción privada Las juezas y jueces deben conocer las contravenciones tipificadas en la ley penal ordinaria sobre la base de su naturaleza y la especialización que tiene en administración de justicia, así como en consideración que los procesos de construcción de bienes inmuebles resultan menos recomendables por su tiempo y complejidad, adoptó como política institucional de mejoramiento y modernización de los procesos de dotación espacial la modalidad de adquisición de bienes inmuebles en lugar de su construcción. En el aspecto operativo, la adquisición de bienes inmuebles se ha realizado de acuerdo con lo que norma la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es, mediante el mecanismo de declaratoria de utilidad pública. Por ello, en septiembre del 2010 se organizó un taller con presencia de los directores nacionales y provinciales del Consejo de la Judicatura, donde las autoridades del Consejo de la Judicatura expusieron el marco legal vigente y la mecánica específica de instrumentación para la realización de las adquisiciones planificadas, con el fin de estandarizar criterios, definir cronogramas y plazos de consecución y sobre todo, comprometer la participación de las Direcciones Provinciales en la totalidad del proceso. Con la finalidad de conseguir edificaciones que cumpliesen en la mejor forma posible los requerimientos institucionales en cada uno de los cantones considerados, se establecieron parámetros técnicos mínimos y la documentación legal correspondiente que los bienes inmuebles debían cumplir para ser considerados dentro del análisis técnico-jurídico. La difusión y publicación de la necesidad de adquisición de bienes inmuebles, realizada por las direcciones provinciales a través de varios medios de comunicación local, se tradujeron en un sinnúmero de expresiones y voluntades de venta por parte de personas naturales y jurídicas; fruto del análisis del cumplimiento técnico y legal de las ofertas recibidas, la Presidencia del Consejo de la Judicatura suscribió a la fecha de elaboración del presente informe- un total de 20 declaratorias de utilidad pública, correspondiente a igual número de bienes inmuebles. En lo que se refiere a los proyectos de inversión en arrastre, es decir aquellos cuya ejecución viene desde el año anterior, el siguiente cuadro muestra los niveles de avance reportados: Construcción del nuevo edificio del Palacio de Justicia de Cuenca (contratos inicial y complementario) Construcción de la Casa Judicial de Cañar Construcción de la Casa Judicial de Quevedo Construcción de la ampliación del Palacio de Justicia de Machala Reconstrucción y Remodelación del edificio de la Corte Provincial de Chimborazo Construcción de la escalera de emergencia del edificio del Consejo de la Judicatura de Quito En proceso la liquidación económica. Constructor y fiscalizador deben presentar justificativos para realizar últimos desembolsos. Contrato liquidado. Dirección Nacional Financiera tramita los últimos desembolsos. Contrato de construcción liquidado. Faltan justificativos para tramitar desembolsos de planillas de reajuste de precios y de fiscalización. Entregadas todas las planillas. En proceso de recepción y liquidación. Contrato en proceso de liquidación. Se tramitan últimas planillas de reajuste de precios. En diciembre vence el plazo otorgado para la entrega de la obra % 100.0% 100.0% 98.0% 99.0% 98.0% 5. Plan Operativo 2010 y Plan Operativo 2011 del Consejo de la Judicatura Desde el mes de marzo, bajo el liderazgo de la Dirección Nacional de Planificación, se solicitaron los requerimientos y necesidades de las unidades administrativas del Consejo de la Judicatura, a nivel nacional, para estructurar una versión preliminar del plan operativo anual a ser considerado para el año La compilación realizada entre marzo y abril del 2010 permitió disponer de una versión preliminar del plan operativo institucional alineado a los objetivos estratégicos del Consejo de la Judicatura. No obstante, utilizando una metodología de participación amplia y proactiva, en el mes de mayo estos y nuevos requerimientos fueron verificados, validados e incorporados en un taller que contó con la participación de alrededor de 80 representantes del Consejo de la Judicatura, entre los cuales destacaron el Presidente del Consejo de la Judicatura, vocales del Consejo de la Judicatura, directores y directoras nacionales, directores y directoras provinciales, jefes y jefas de unidades administrativas representativas y personal encargado de los procesos de planificación y administración a nivel nacional. A partir de ello, se elaboró la versión definitiva del Plan Operativo Anual del Consejo de la Judicatura para el año 2011 (identificado como POA 2011); cabe señalar que este plan incluyó todos los requerimientos a nivel nacional en gastos de inversión y gastos operativos, que sumaron en conjunto USD millones. El documento del POA 2011 fue presentado por la Dirección Nacional de Planificación al Pleno del Consejo de la Judicatura y aprobado por éste sin objeción alguna el 22 de junio del 2010; el POA 2011 está dividido en USD millones para proyectos de inversión y USD millones para gastos operativos. Tal como se señaló anteriormente, el componente de inversión del POA 2011 fue la base para la elaboración del Programa de Fortalecimiento de la Función Judicial 2011 por USD millones, programa que fue priorizado por SENPLADES. Componentes del presupuesto del Consejo de la Judicatura - año 2011 (en USD) 6. Modelo de gestión del Consejo de la Judicatura En el Ecuador, dentro del régimen del buen vivir, se concibe al sistema nacional de inclusión y equidad social como el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo. Este sistema se compone de los ámbitos de la educación, salud, justicia, seguridad social, gestión de riesgos, cultura física y deporte, hábitat y vivienda, cultura, comunicación e información, disfrute del tiempo libre, ciencia y tecnología, población, seguridad humana y transporte. Uno de aquellos sistemas es el de Administración de Justicia, el cual, a criterio de la Dirección Nacional de Planificación, debe ser modernizado y fortalecido, ordenado y participado a las diferentes instancias de la sociedad civil. La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 167 establece que la administración de justicia emana del pueblo y se ejerce por medio de los órganos de la Función Judicial; de hecho, estos son actores de un sistema, pues entablan relaciones directas entre ellos; el mismo tiene nombre propio: Sistema de Administración de Justicia

17 La nueva visión de la justicia Con el fin de garantizar el acceso a la justicia, el debido proceso, la independencia judicial y los demás principios establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y en el Código Orgánico de la Función Judicial, los órganos de la Función Judicial, en el ámbito de sus competencias, están obligados a formular políticas administrativas que transformen la Función Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo con las necesidades de las usuarias y usuarios; políticas económicas que permitan la gestión del presupuesto con el fin de optimizar los recursos disponibles y la planificación y programación oportuna de las inversiones en infraestructura física y operacional; políticas de recursos humanos que consoliden la carrera judicial, fiscal y de defensoría pública, que fortalezcan la Escuela de la Función Judicial, y erradiquen la corrupción. Es claro evidenciar entonces que la administración de justicia en el Ecuador, requiere de un órgano de gobierno moderno que regule y controle la gestión de toda la Función Judicial; es fundamental e imperativa la reestructuración del Consejo de la Judicatura de manera que efectivamente lidere, coordine e implemente el desarrollo de una eficiente administración de justicia, que asuma su rectoría, proponiendo políticas, regulaciones, estrategias, mecanismos e instrumentos de ejecución, que encaminen, controlen y vigilen las actividades de los demás órganos de la Función Judicial hacia el logro de los objetivos y metas de desarrollo que tanto se requieren en materia de justicia de acuerdo con lo que manda la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico de la Función Judicial. Con estos antecedentes, durante los últimos meses del año 2010, la Dirección Nacional de Planificación ha formulado el nuevo modelo de gestión y la estructura organizacional por procesos de la entidad de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial del Ecuador, esto es, del Consejo de la Judicatura, que permitan operativizar los principios de complementariedad, armonización, articulación y alineación, donde la administración de justicia tenga un carácter prioritario y una influencia de doble vía en la formulación de políticas públicas, bajo la concepción de un efectivo sistema de servicio público que trate de corregir o atenuar los elementos que han ocasionado una deficiente gestión de la administración de justicia. El nuevo modelo de gestión propuesto por la Dirección Nacional de Planificación, parte de la visualización de los procesos gobernantes, misionales, de asesoría y de apoyo que están dentro de la competencia de las instituciones que conforman la Función Judicial (ver gráfico siguiente), es decir del Sistema de Administración de Justicia, entendido como un macro proceso cuyo beneficiario es la ciudadanía. Claramente se pueden evidenciar en el primer nivel los procesos gobernantes relacionados con la Gestión de la Política y la Estrategia y la Dirección Estratégica; en el segundo nivel destacan los procesos misionales conducidos por la Fiscalía General del Estado (procesos de investigación e indagación), la Defensoría Pública (procesos de asesoría, patrocinio y representación) y los Órganos Jurisdiccionales (proceso de jurisdicción); mientras que en el tercero se localizan los procesos de asesoría, apoyo y gestión de recursos del Sistema. El Sistema además debe contar con una coordinación interinstitucional que garantice el alineamiento, la armonización y articulacion de acciones entre los diferentes actores, así como las respectivas acciones de seguimiento, control y evaluación consideradas elementos de medición de la gestión y la transparencia. Este modelo sistémico conforma el punto de partida para análisis particulares de procesos institucionales, competencias específicas y modelos de gestión de cada una de las instituciones integrantes de la Función Judicial. A partir de la cadena de valor del Sistema de Administración de Justicia y la correspondencia de procesos con las instituciones de la Función Judicial en virtud de su misión particular, se ha llegado a determinar que al Consejo de la Judicatura le corresponde ejercer competencias exclusivas o concurrentes sobre los siguientes procesos: Gestión de la Política y la Estrategia Dirección Estratégica Coordinación Interinstitucional Seguimiento, Control y Evaluación Asesoría / Apoyo Gestión de Recursos La cadena de valor de la siguiente figura, derivada del modelo del Sistema, muestra la relación entre los procesos de competencia del Consejo de la Judicatura, según el grado de contribución de cada uno de ellos a la misión institucional

18 Las juezas y jueces penales deben garantizar los derechos de la persona imputada o acusada y de la persona ofendida durante la etapa procesal competente, conforme a las facultades y deberes que le otorga la Ley No tiene valor tu saber jurídico si no prestas atento oído al pedido de las partes Identificados los procesos institucionales, el arreglo de las unidades administrativas o estructura organizacional por procesos del Consejo de la Judicatura, es un elemento estandarizado que responde a dichos procesos. La Dirección Nacional de Planificación ha propuesto el documento del nuevo modelo de gestión del Consejo de la Judicatura con la estructura siguiente para el correspondiente análisis y aprobación: 7. Seguimiento, supervisión y evaluación Como se mencionó anteriormente, en mayo del 2010 la Presidencia del Consejo de la Judicatura aprobó la estructura organizacional por procesos de la Dirección Nacional de Planificación, con el objetivo de mejorar la capacidad de gestión institucional y fortalecer la planificación institucional. Parte de la reestructuración de la Dirección constituyó la formación del Departamento de Seguimiento, Supervisión y Evaluación de la Ejecución, cuya misión es la de diseñar y establecer procesos, mecanismos e instrumentos técnicos para implementar y mantener en operación un sistema de seguimiento y rendición de cuentas, de la ejecución de la planificación operativa y estratégica institucional, así como diseñar, establecer y mantener en operación, procesos, mecanismos, e instrumentos de supervisión y evaluación de la ejecución de los programas y proyectos institucionales, sobre la base de la información generada a través del sistema de seguimiento y rendición de cuentas. Sobre esta base, la Dirección Nacional de Planificación ha elaborado y entregado a la Dirección General, para el trámite correspondiente, los informes de avance y seguimiento de la ejecución del plan operativo 2010 correspondiente al segundo cuatrimestre (enero-agosto) y al tercer trimestre (enero-septiembre) del año De forma similar, se ha entregado a la Comisión Administrativa Financiera el informe de seguimiento y supervisión realizado por su personal al POA 2010 en varias provincias del país, de acuerdo con lo planificado por dicha Comisión. Finalmente, este Departamento de la Dirección Nacional de Planificación definió los indicadores de gestión, factores críticos de éxito, fórmulas de cálculo consideradas, unidades de medida, frecuencia, tolerancia y fuente de verificación, que permitan realizar la evaluación de la ejecución de la planificación institucional, dentro de la implementación de la herramienta de inteligencia de negocios (BI business intelligence), liderada por la Comisión Administrativa Financiera y cuya recepción se está realizando a mediados de diciembre del Supervisión de obras de infraestructura En este período, el Departamento de Supervisión de Obras de Infraestructura ha puesto todo su contingente humano y técnico en la elaboración de los informes técnicos de análisis de cumplimiento de los requerimientos de los bienes inmuebles que el Consejo de la Judicatura ha considerado adquirir para 24 cantones del país, dentro del Plan de Inversiones del año El cronograma de visitas a los cantones, consecución de documentación técnica, inspecciones y de elaboración de informes, ha sido cumplido a satisfacción y con una gran entrega y profesionalismo del talento humano de este Departamento. No obstante, en este Departamento se ha laborado también en los proyectos de arrastre del año 2010, el análisis de planillas de obras, entre otros, para varias obras de infraestructura; la elaboración de pliegos para múltiples requerimientos técnicos a nivel de las Direcciones Nacionales y de las Direcciones Provinciales ha sido otra de las áreas en las cuales esta Dirección ha participado. 9. Gestión de la calidad y desarrollo organizacional Aparte de la determinación del nuevo modelo de gestión del Consejo de la Judicatura, el Departamento de Gestión de la Calidad y Desarrollo Organizacional, incluida su Unidad de Estadísticas Judiciales, ha desarrollado, entre otras, las siguientes principales actividades: Análisis sintáctico y semántico del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Defensoría Pública. Análisis de la propuesta de estructuración de la Unidad de Gestión de Archivo del Consejo de la Judicatura. Estructuración de la Unidad de Estadística y Archivo Central de la Función Judicial. Acercamiento y elaboración del convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Consejo de la Judicatura y el Instituto Nacional de Estadística y Censos, para el fortalecimiento de la Unidad de Estadística. Establecimiento de normas, estándares y formularios para la recopilación de información estadística a nivel nacional. Recopilación, análisis y elaboración, bajo pedido, de informes estadísticos justificativos para la determinación de la procedencia de la creación de unidades judiciales a nivel nacional así como de cambio de competencias. Elaboración de la propuesta de creación y manejo del archivo central a nivel nacional, con estándares de distribución y conservación de la documentación física. 10. Niveles de ejecución reportados Las siguientes hojas resumen el avance físico y financiero de los proyectos de inversión, obtenidos a partir de la información existente a mediados de diciembre del 2010; se estima que hasta la tercera semana de diciembre del 2010 estos niveles de ejecución hayan subido ostensiblemente, estimándose que la mayoría de casas judiciales a ser adquiridas en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Función Judicial, tengan la correspondiente escritura de compra-venta y se haya cancelado a los propietarios de dichos inmuebles el valor correspondiente de acuerdo con lo que establece la normativa legal vigente. Naturalmente existen dificultades derivadas del cumplimiento de los requisitos por parte de los propietarios de los inmuebles y del bloqueo del sistema informático E-SIGEF para la realización del devengado y posterior pago a los propietarios, inclusive para algunos casos, el valor a cancelar no ha sido transferido desde el Banco Central del Ecuador a la cuenta del banco privado de los propietarios; ello ha provocado y provocará algunos retrasos en los procesos de adquisición

19 DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN Sección Noticiosa EL CONSEJO EN LOS MEDIOS Informe gerencial desglosado por tipo de medio Producto: CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA Periodo: 01/12/2010 al 08/01/2011 TIPO DE MEDIO POSITIVAS NEUTRALES NEGATIVAS TOTALES Notas Valores Notas Valores Notas Valores Notas Valores RADIO , , , ,84 VIII SEMINARIO DE GESTIÓN JUDICIAL: Planeamiento estratégico y tecnológico frente al nuevo perfil de las demandas contemporáneas 28 al 30 de noviembre 2010, Brasilia - Brasil TELEVISIÓN , , , ,67 PRENSA , , , ,87 INTERNET 31 0, ,00 1 0, ,00 REVISTA , ,00 0 0, , , , , ,38 Personaje: CEVALLOS BENJAMÍN Periodo: 01/12/2010 al 08/01/2011 TIPO DE MEDIO POSITIVAS NEUTRALES NEGATIVAS TOTALES Notas Valores Notas Valores Notas Valores Notas Valores RADIO , , , ,82 TELEVISIÓN , , , ,74 PRENSA , , , ,37 INTERNET 7 0,00 8 0,00 0 0, ,00 REVISTA 0 0, ,00 0 0, ,00 Personaje: JARAMILLO HÉRMAN Periodo: 01/12/2010 al 08/01/2011 TIPO DE MEDIO , , , ,93 POSITIVAS NEUTRALES NEGATIVAS TOTALES Notas Valores Notas Valores Notas Valores Notas Valores TELEVISIÓN , , , ,14 RADIO , , , ,39 PRENSA , , , ,89 INTERNET 0 0,00 3 0,00 0 0,00 3 0, , , , ,42 Participantes Dr. Hérman Jaramillo Ordóñez, vicepresidente del Consejo de la Judicatura, vocal del Consejo de la Judicatura, Comisión Administrativa Financiera Dr. Germán Vázquez Galarza, vocal del Consejo de la Judicatura, Comisión de Administración de Recursos Humanos Ing. Ruperto Amaguai, Director Nacional de Informática Lcda. Patricia Lucero. Directora Nacional de Planificación DESARROLLO DEL EVENTO Objetivos generales Conocer y discutir acerca de los procesos de planificación estratégica y tecnológica de los poderes judiciales a nivel intra o inter-institucional, identificando la experiencia acumulada y buenas prácticas concretas que han cumplido los países participantes relacionadas con el ámbito procesal, así como con la implementación de las TICs, y como esas dos variables pueden ser particularmente útiles para el análisis y adopción de medidas a utilizar en casos de demandas masivas, para asegu- rar los derechos fundamentales de la ciudadanía. Objetivos específicos Conocer los distintos modelos, procesos o sistemas de planificación estratégica de los poderes judiciales (desde la generación de diagnósticos y análisis de entorno al desarrollo de planes de actividades y proyectos e implementación de sistemas de gestión de la ejecución) y cómo esos modelos pueden ser utilizados en los casos de demandas masivas. 36

20 La nueva visión de la justicia Estudiar los efectos de la modificación del perfil de las demandas por servicios judiciales y cómo la planificación estratégica debe responder a ese cambio. Estudiar las distintas variables y/o condiciones de entorno que enmarcan la Planificación Estratégica, así cómo identificar los factores críticos de éxito para su implementación (tanto internos como externos a la organización). Conocer los distintos procedimientos e instrumentos que permitan desconcentrar la Planificación Estratégica en todo el Poder Judicial, generando efectivo impacto a nivel local. Conocer distintos procedimientos de planificación de TICs como soporte a las funciones y procesos sustantivos. Conocer y analizar los avances y nuevos usos de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TICs) y evaluar en qué medida contribuyen para solucionar las demandas masivas (tanto intra/interinstitucionales como de parte de los usuarios de los servicios de justicia). Estudiar cómo las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TICs) contribuyen para aumentar la comunicación entre órganos del sistema de justicia. Conocer y analizar los avances y nuevos usos de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TICs) en la gestión del despacho judicial. Conocer y analizar los avances y nuevos usos de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TICs) en el acceso a la justicia por parte de la ciudadanía. Conocer el impacto que las nuevas tecnologías pueden generar en la transparencia y rendición de cuentas. Conocer el impacto que las nuevas tecnologías pueden implicar en el mejoramiento de la coordinación entre las organizaciones del sistema judicial. Metodología Durante el seminario regional se trataron los contenidos centrales en formato de paneles de discusión compuestas por expertos de reconocida trayectoria que debatieron sobre los temas puntuales moderados por un conductor que realizaba una breve presentación motivadora para el debate, dando un espacio posterior para preguntas de los participantes. Además se realizaron paneles de presentación de un total de 8 a 10 ponencias, seleccionadas a partir de un concurso regional sobre experiencias innovadoras en los temas expuestos. Público al cual está dirigido El seminario fue orientado hacia altos representantes de los poderes judiciales de las Américas; legisladores; altos funcionarios de las unidades administrativas y tecnológicas de tribunales, fiscalías y defensorías; especialistas en presupuesto, administración financiera y evaluación de proyectos; responsables de unidades ejecutoras; consultores en temas de gestión, y funcionarios de agencias de cooperación internacional. Informe presentado por la Delegación Ecuatoriana a ser considerado para la evaluación en el índice de accesibilidad a la información judicial en el Internet a los países de la OEA. Elementos constitutivos del Estado ecuatoriano. Órganos de la Función Judicial. Planificación estratégica Proceso Administrativo, Decisiones Administrativas, Decisiones Jurisdiccionales, Recursos y Fuentes. Modernización de trámites judiciales, Información pública en el portal Web, Sistema de Foro de Abogados y Proyecto del sistema Notarial. ÍNDICE DE ACCESIBILIDAD A LA INFORMACIÓN JUDI- CIAL EN INTERNET (IAcc) 6ª Versión Reporte de CEJA, aplicado a los países pertenecientes a la Organización de Estados Americanos (OEA). Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) Área de Gestión e Información Noviembre del 2010 Temas tratados 1 Existencia de página Web Tabla 1 Mapa de categorías e indicadores evaluados para poderes judiciales 2 Publicación y actualización de sentencias Categorías N Indicador 1 Existe una Página/Portal que agrega información de tribunales 2 Poder Judicial/ Página Web institucional 1 Según tipo o jerarquía del tribunal que dictó la sentencia 2 Según materia 3 Según competencia territorial 4 Actualidad de sentencias publicadas 3 Publicación y actualización de reglamentos 1 Publicación de reglamentos internos, acuerdos y/o instructivos 4 Publicación de estadísticas de causas ingresadas, resueltas y pendientes 5 Publicación de agendamiento de audiencias 6 Publicación de recursos físicos y materiales 7 Presupuesto 8 9 Salarios, antecedentes curriculares, patrimonio y temas disciplinarios Publicación de concursos y licitaciones para contrataciones 10 Régimen de acceso 1 Publicación de estadísticas sobre causas ingresadas 2 Publicación de estadísticas sobre causas resueltas 3 Publicación de estadísticas sobre causas pendientes 4 Regularidad de publicación de estadísticas sobre causas Publicación de agendamiento de audiencias según jerarquía del Tribunal 1 Publicación de agendamiento de audiencias según territorio 2 del Tribunal 1 Publicación de recursos de infraestructura 2 Publicación de recursos tecnológicos 3 Publicación de recursos humanos 1 Información sobre presupuesto asignado del año en curso 2 Información sobre presupuesto ejecutado del año en curso Actualidad de información sobre presupuesto ejecutado del 3 año en curso Información sobre presupuesto ejecutado del último año 4 concluido 1 Información actualizada sobre salarios y remuneraciones 2 Información curricular 3 Información sobre patrimonio 4 Información sobre sanciones aplicadas Publicación de llamados a concurso para contratación 1 de personal Publicación de llamados a concurso para contratación 2 servicios externos 3 Publicación de llamados a concurso para licitaciones de bienes 1 Gratuidad del servicio 2 Universalidad del servicio Tabla 2 Mapa de categorías e indicadores Ministerio Público Categorías N Indicador 1 Existe una Página/Portal institucional 1 Existencia de página Web 2 Ministerio Público/ Página Web institucional Publicación de Reglamentos Internos, Acuerdos y/o Instructivos 2 Publicación y actualización de reglamentos

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