MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL"

Transcripción

1 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (0476) Marzo 15 de 2011 LA DIRECTORA DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES En uso de sus facultades legales y en especial las funciones delegadas mediante Resolución 1159 de 17 de junio de 2010, y C O N S I D E R A N D O Que mediante Resolución 691 del 30 de agosto de 1993, el INDERENA otorgó licencia ambiental a la empresa BP EXPLORATION COMPANY COLOMBIA LIMITED, para la construcción del Oleoducto Cusiana-Porvenir, ubicado en jurisdicción de los municipios de Tauramena y Monterrey. Que mediante la Resolución 847 del 22 de septiembre de 1997, el Ministerio del Medio Ambiente, actual Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, estableció Plan de Manejo Ambiental a la Empresa Colombiana de Petróleos- ECOPETROL, para el proyecto de conversión del Oleoducto Cusiana-La Belleza a Gasoducto, localizado en los municipios de Tauramena y Monterrey en el departamento de Casanare, municipios de Páez, Campohermoso, Miraflores, Zetaquirá, Ramiriquí, Jenesano, Boyacá, Samacá, Villa de Leyva, Sáchica, Sutamarchán, Santa Sofía y Moniquirá en el departamento de Boyacá, y los municipios de Puente Nacional, Jesús María, Florián, Albania y la Belleza en el departamento de Santander. Que mediante la Resolución 335 del 22 de abril de 1998, este Ministerio autorizó la cesión de los derechos y obligaciones contenidos en la Resolución 847 de 1997 a favor de la Empresa Colombiana de Gas ECOGAS-. Que con Resolución 1131 de 27 de noviembre de 2002, este Ministerio autorizó la cesión de todos los derechos y obligaciones contenidos en la Resolución 691 del 30 de agosto de 1993 en cabeza de la Empresa Colombiana de Gas-ECOGAS. Que mediante la Resolución 863 del 17 de mayo de 2007, este Ministerio autorizó la cesión de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 691 del 30 de agosto de 1993, cedida mediante la Resolución 1131 de noviembre 27 de 2002, de la Empresa Colombiana de Gas ECOGAS a la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL INTERIOR TGI S.A. E.S.P. Que mediante Autos 735 del 10 de mayo de 2005, 545 del 21 de marzo de 2006, 1910 del 18 de septiembre de 2006, 137 del 23 de enero de 2008, 3841 del 30 de

2 Resolución No del 15 de marzo Página 2 diciembre de 2008 y 266 del 5 de febrero de 2010, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial efectuó requerimientos en razón del seguimiento y control ambiental realizado al proyecto en mención. CONSIDERACIONES TÉCNICAS DEL MINISTERIO Que practicada visita de seguimiento y control ambiental al proyecto mencionado el 30 de agosto de 2010 y, así mismo, revisados los documentos obrantes en el expediente 278, el Grupo de Seguimiento de esta Dirección emitió el Concepto Técnico 2673 del 29 de noviembre de 2010, en el cual se evidencian incumplimientos reiterativos por parte de la empresa a los requerimientos efectuados por el Ministerio, los cuales se indican a continuación: 1. Al Artículo primero del Auto No 735 de 10 de mayo de 2005, reiterado en: El Artículo segundo, numeral 1 del Auto 545 del 21 de marzo de 2006, en el Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008, Artículo Segundo Numeral 2, y en el Auto 266 de 2010, Artículo tercero, en cuanto a la obligación de remitir a este Ministerio la actualización del Plan de Manejo Ambiental para la etapa de operación del gasoducto. 2. Al Artículo Segundo del Auto 735 de 10 de mayo de 2005, Artículo segundo, numeral 2 del Auto 545 del 21 de marzo de 2006, reiterado en el Artículo Segundo, Tercero y Cuarto del Auto 1910 de 2006, Artículo segundo Numeral 9 del Auto 1910 de 2006, Artículo segundo, Numeral 1 del Auto 137 del 23 de enero de 2008, respecto a la obligación de presentar los informes de cumplimiento ambiental, de acuerdo con el apéndice 1 del Manual de Seguimiento Ambiental MMA SECAB Al Artículo segundo, numeral 6 del Auto 545 del 21 de marzo de 2006, en cuanto a la obligación de realizar una inspección general al derecho de vía después de cada período de lluvias con énfasis en los sectores y puntos históricamente críticos, con el fin de establecer su estado y los requerimientos de recuperación y mantenimiento. 4. Al Auto 137 de enero de 2008, Artículo Segundo, numeral 3.5, relacionado con los avances del mantenimiento de las plantaciones forestales en la cuenca del río Tacuya, de acuerdo con la obligación establecida en el numeral uno (1), Artículo Quinto (5º) del Auto No del 18 de septiembre de 2006, en cuanto a relacionar la ejecución de las actividades de plateo, replante y fertilización de acuerdo con la periodicidad establecida, y presentar los soportes respectivos. Además, una vez se cumplan los mantenimientos requeridos, la empresa deberá allegar las Actas de Compromiso suscritas con los propietarios, la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía -CORPORINOQUIA y/o el Municipio de Tauramena, según sea el caso, con el fin de garantizar el éxito de las plantaciones. 5. Al Auto 137 de enero de 2008, Artículo Segundo, sub numeral 5.7, respecto al programa de aplicación del Plan de Contingencia, Ficha 10, en cuanto a presentar información detallada de la aplicación de dicho Plan y de la conformación del Plan de Ayuda Mutua, en el tramo Cusiana-El Porvenir. 6. Al Auto 137 de enero de 2008, Artículo Segundo, sub numeral 4.3, respecto a incluir en el programa de seguimiento y monitoreo, metas y parámetros que

3 Resolución No del 15 de marzo Página 3 permitan el análisis de la gestión social implementada, atendiendo además lo requerido en el numeral 5.6 del mismo artículo. 7. Al Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008: a. Al artículo Segundo Numeral 4, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo Segundo Numeral 4, en el sentido de allegar las facturas de compra de madera, la cual fue utilizada para el encerramiento de las plantaciones forestales; en caso de no haber realizado esta actividad, el deber de implementarla y allegar los respectivos soportes. b. Al artículo Tercero, respecto a presentar un informe relacionado con las plantaciones realizadas dentro del programa de compensación forestal, de acuerdo con la obligación establecida en el numeral uno (1), Artículo Quinto (5º) del Auto No del 18 de septiembre de 2006, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo segundo. c. Al artículo cuarto Numeral 2, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo Segundo, en cuanto a explicar las razones por las cuales no se han adelantado los monitoreos sobre los cuerpos de agua y los respectivos análisis comparativos con los resultados obtenidos en años anteriores. d. Al Artículo cuarto Numeral 4, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo segundo, relacionado con mantenimiento (obras y actividades de la plantación) de la compensación forestal que incluya: 1) Nombre del predio y del propietario 2) Número de especies y ejemplares plantados por áreas con sus respectivos nombres comunes y científicos. 3) Alturas y diámetros por especie. 4) Estado fitosanitario por especie (presencia de plagas, ataque de animales, bifurcaciones, secamiento y otras características fenológicas). 5) Registro fotográfico de las especies y lotes. 6) Ubicación de los lotes georreferenciados en planos a escala mayor o igual a 1: Los mapas o planos deberán incluir las convenciones para permitir su interpretación y ubicación en la zona. 7) El porcentaje de sobrevivencia de los ejemplares plantados 8) La información cuantitativa que se reporte en los diferentes informes de cumplimiento sobre el manejo de la cobertura deberá soportarse con base en un error de muestreo menor al 15% y una probabilidad del 95%, localizando las parcelas de muestreo. En su defecto se deberá realizar al 100%. e. Al Articulo 5 Auto 3841 de 2008 literal c, en el sentido de incluir: 1) El estado de avance de la implementación del proceso APELL, indicando: a) Etapa en la que se encuentra dicho proceso b) Participación y compromisos de las autoridades locales de Tauramena y Monterrey c) Fase en la que se encuentra el proceso de articulación del Plan de Contingencias del Gasoducto al Plan de Emergencia Local de Tauramena y Monterrey

4 Resolución No del 15 de marzo Página 4 d) Participación y articulación al Plan de Contingencias de los presidentes de las Juntas de Acción Comunal y demás líderes de las veredas pertenecientes al área de influencia directa. e) Elaboración, divulgación y localización de mapas de riesgo, los mismos deberán ser ubicados en sitios plenamente identificados y reconocidos por la Población del área de influencia directa. Así mismo, se deberá entregar copia de éstos a los CLOPAD de Tauramena y Monterrey. f) Planes de evacuación realizados con la población del área de influencia directa g) Número y tipo de simulacros realizados con la población y los organismos de socorro de Tauramena y Monterrey h) Número de grupos de coordinación veredal conformados y capacitados para el establecimiento de planes de respuesta ante emergencias, especialmente con la población de El Porvenir. 8. A la Ficha 9 Programa de Mantenimiento y Seguimiento al Derecho de Vía (Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008, Artículo Segundo Numeral 1, Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008 Artículo cuarto Numeral 1, Auto 266 de 2010 Artículo Segundo - Numeral 1 y, Auto 266 de 2010 Artículo segundo), respecto a incluir en el próximo ICA anual o en el ICA de la construcción del loop, lo concerniente a la ejecución de las obras pendientes según los diagnósticos, estudios y requerimientos, entre ellos: a. Las problemáticas identificadas por la empresa en el estudio Geológico, Geomorfológico y Geotécnico de los Gasoductos Cusiana El Porvenir y Cusiana Apiay entre las abscisas K7+000 al K y del Gasoducto El Porvenir La Belleza entre las abscisas K2+000 al K Elaborado por la empresa Geotecnología Ltda. en noviembre de 2007, según la siguiente tabla: Fuente: Geotecnología Ltda. Noviembre de 2007 b. Los sitios identificados en el recorrido realizado durante la visita de seguimiento: Aproximadamente en el K , sobre la margen izquierda del caño Iquía, Caño NN, K aproximadamente, Quebrada Aguablanca (K5+500), quebrada Surimenita y Río Surimena. COMPETENCIA PARA RESOLVER La Ley 99 de 1993, crea el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales

5 Resolución No del 15 de marzo Página 5 renovables, organiza el Sistema Nacional ambiental SINA- y se dictan otras disposiciones. A través de la Ley 99 de 1993, se establecieron los fundamentos de la política ambiental colombiana dentro del propósito general de asegurar el desarrollo sostenible de los recursos naturales, proteger y aprovechar la biodiversidad del país y garantizar el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza (Art. 1º), y se reconoció al Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como el organismo rector de la gestión ambiental correspondiéndole definir las políticas y regulaciones a que queda sometida la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente (Art. 2º). La Ley 1333 del 21 de julio de 2009, publicada en el Diario Oficial No del mismo día, señaló en su artículo primero que el Estado es el titular de la potestad sancionatoria en materia ambiental, la que ejerce a través de diferentes entidades, entre las cuales se encuentra el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro del ámbito de su competencia y de acuerdo a las funciones que legalmente le son atribuidas. FUNDAMENTOS LEGALES La Constitución Política, en relación con la protección del medio ambiente, contiene entre otras disposiciones, que es obligación del Estado y de las personas, proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación (Art. 8º); la propiedad privada tiene una función ecológica (Art. 58); es deber de la persona y del ciudadano proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano (Art. 95). El Artículo 79 de la C.P. establece, que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar la áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. De otra parte, el artículo 80 de la misma Carta Política señala, que le corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, previniendo y controlando los factores de deterioro ambiental, imponiendo sanciones legales y exigiendo la reparación de los daños causados. La función preventiva de la autoridad ambiental encuentra fundamento en varias disposiciones constitucionales, por ejemplo, el artículo 80 de la Carta Política establece que el Estado debe planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; así mismo, dispone que le corresponde prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental. Que los artículos 4 y 12 de la Ley 1333 de 2009 establecen que las medidas preventivas, tienen como función prevenir, impedir o evitar la continuación de la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana; a su vez en el artículo 13, dicha norma añade que comprobada su necesidad, la autoridad ambiental procederá a imponerla mediante acto administrativo motivado.

6 Resolución No del 15 de marzo Página 6 El parágrafo 1º del Artículo 13 de la señalada ley, otorga la posibilidad a las autoridades ambientales de comisionar la ejecución de medidas preventivas a las autoridades administrativas y de la fuerza pública o hacerse acompañar de ellas para tal fin. Que la medida preventiva se levantará una vez se compruebe que desaparecieron las causas que la motivaron. Que el artículo 32 de la citada ley, establece que las medidas preventivas son de ejecución inmediata, tienen carácter preventivo y transitorio, surten efectos inmediatos, contra ellas no procede recurso alguno y se aplican sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. El artículo 36 de la Ley 1333 de 2009, establece los tipos de medidas preventivas, a saber: amonestación escrita; decomiso preventivo de productos, elementos, medios o implementos utilizados para cometer la infracción; aprehensión preventiva de especímenes, productos y subproductos de fauna y flora silvestres; suspensión de obra o actividad cuando pueda derivarse daño o peligro para el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana o cuando el proyecto, obra o actividad se haya iniciado sin permiso, concesión, autorización o licencia ambiental o ejecutado incumpliendo los términos de los mismos. De igual manera el artículo 37 de la Ley 1333 de 2009, define la medida preventiva de amonestación escrita, como el llamado de atención escrito a quien presuntamente ha infringido las normas ambientales sin poner en peligro grave la integridad o permanencia de los recursos naturales, el paisaje o la salud de las personas. Que de conformidad con lo establecido en el numeral 10 del artículo séptimo de la mencionada ley, se considera que el incumplimiento total o parcial de las medidas preventivas, es causal de agravación de la responsabilidad en materia ambiental. CONSIDERACIONES JURÍDICAS DEL MINISTERIO Que dentro del análisis jurídico sobre el presente caso, se determina que al estar el Oleoducto Cusiana-Porvenir a cargo de la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL INTERIOR S.A E.S.P TGI, así como lo relacionado con el Loop en tubería de 20, entre Cusiana-El Porvenir, pese a las obligaciones derivadas de los actos administrativos expedidos por el Ministerio en razón del proyecto, la empresa en forma reiterada ha hecho caso omiso al cabal cumplimiento de las mismas, como efectivamente se pudo verificar a través del seguimiento y control realizado al proyecto, pese a los requerimientos ambientales efectuados por este Ministerio a través de los Autos 735 del 10 de mayo de 2005, 545 del 21 de marzo de 2006, 1910 del 18 de septiembre de 2006, 137 del 23 de enero de 2008, 3841 del 30 de diciembre de 2008 y 266 del 5 de febrero de Que luego de practicada la visita de seguimiento y control ambiental al citado proyecto por el Grupo de Seguimiento de esta Dirección el 30 de agosto de 2010, así como del análisis de la documentación obrante en el expediente 278, el despacho encuentra necesario imponer la medida preventiva de amonestación escrita a la empresa, con base en los siguientes aspectos jurídicos:

7 Resolución No del 15 de marzo Página 7 De acuerdo con lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley 1333 del 21 de julio de 2009, dentro de los tipos de medidas preventivas se establece la amonestación escrita, consistente en el llamado de atención escrito a quien presuntamente ha infringido las normas ambientales sin poner en peligro grave la integridad o permanencia de los recursos naturales, el paisaje o la salud de las personas. En el caso que nos ocupa, se observa concretamente que pese a los requerimientos efectuados por este Ministerio a través de los actos administrativos mencionados, se observa que el incumplimiento a las mencionadas obligaciones a cargo de la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL INTERIOR S.A E.S.P TGI, hace que pueda derivarse peligro a los recursos naturales, al medio ambiente, al paisaje o la salud humana, lo cual encaja dentro de las previsiones establecidas en el artículo 37 de la Ley 1333 del 21 de julio de Lo anterior hace que el Ministerio se vea en la necesidad de imponer la medida preventiva de amonestación escrita a la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL INTERIOR S.A E.S.P TGI, en razón de los reiterados incumplimientos a los requerimientos efectuados por el Ministerio en diferentes oportunidades, hasta tanto la empresa ejecute las acciones que garanticen el control de los factores generadores de riesgo por la operación en las condiciones actuales del mencionado gasoducto. En mérito de lo anterior, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Imponer medida preventiva de amonestación escrita a la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL INTERIOR S.A E.S.P TGI, identificada con el NIT , evidenciados los reiterados incumplimientos a los requerimientos efectuados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en razón del seguimiento y control realizado al gasoducto Cusiana - El Porvenir y Loop en tubería de 20 entre Cusiana-El Porvenir, localizados en jurisdicción de los municipios de Tauramena y Monterrey, departamento de Casanare, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo. PARÁGRAFO PRIMERO.- La medida preventiva impuesta en el presente acto administrativo, es de ejecución inmediata, tiene carácter preventivo y transitorio, surte efectos inmediatos, y se aplica sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. PARÁGRAFO SEGUNDO.- La medida preventiva impuesta mediante el presente artículo se levantará una vez desaparezcan las causas que la originaron, es decir cuando la empresa ejecute las acciones indicadas a continuación, dentro de un plazo no superior a los tres (3) meses, contados a partir de la ejecutoria de este acto administrativo: 1. En cumplimiento del Artículo primero del Auto No 735 de 10 de mayo de 2005, reiterado en: El Artículo segundo, numeral 1 del Auto 545 del 21 de marzo de 2006, en el Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008, en el Artículo Segundo Numeral 2, y Auto 266 de 2010, Artículo tercero: Remitir a este Ministerio la actualización del Plan de Manejo Ambiental-PMA para la etapa de operación del gasoducto.

8 Resolución No del 15 de marzo Página 8 2. En cumplimiento del Artículo Segundo del Auto 735 de 10 de mayo de 2005, Artículo segundo, numeral 2 del Auto 545 del 21 de marzo de 2006, reiterado en el Artículo Segundo, Tercero y Cuarto del Auto 1910 de 2006, Artículo segundo Numeral 9 del Auto 1910 de 2006, Artículo segundo, Numeral 1 del Auto 137 del 23 de enero de 2008: Presentar los informes de cumplimiento ambiental, de acuerdo con el apéndice 1 del Manual de Seguimiento Ambiental MMA SECAB En cumplimiento del Artículo segundo, numeral 6 del Auto 545 del 21 de marzo de 2006: Realizar una inspección general al derecho de vía después de cada período de lluvias con énfasis en los sectores y puntos históricamente críticos, con el fin de establecer su estado y los requerimientos de recuperación y mantenimiento. Esta información debe reflejarse en los próximos Informes de Cumplimiento Ambiental-ICA. 4. En cumplimiento del Auto 137 de enero de 2008, Artículo Segundo, sub numeral 3.5, relacionado con los avances del mantenimiento de las plantaciones forestales en la cuenca del río Tacuya, de acuerdo con la obligación establecida en el numeral uno (1), Artículo Quinto (5º) del Auto No del 18 de septiembre de 2006: Relacionar la ejecución de las actividades de plateo, replante y fertilización de acuerdo con la periodicidad establecida, y presentar los soportes respectivos. Además, una vez se cumplan los mantenimientos requeridos, la empresa deberá allegar las Actas de Compromiso suscritas con los propietarios, la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía -CORPORINOQUIA y/o el Municipio de Tauramena, según sea el caso, con el fin de garantizar el éxito de las plantaciones. 5. En cumplimiento del Auto 137 de enero de 2008, Artículo Segundo, sub numeral 5.7. En el programa de aplicación del Plan de Contingencia, Ficha 10, presentar información detallada de la aplicación de dicho Plan y de la conformación del Plan de Ayuda Mutua, en el tramo Cusiana-El Porvenir: Presentar, soportes de las respuestas a las solicitudes, quejas y reclamaciones de la comunidad y del caso específico: solicitud de reubicación, escuela José María Córdoba, vereda Aguablanca, municipio de Tauramena. 6. En cumplimiento del Auto 137 de enero de 2008, Artículo Segundo, sub numeral 4.3: Incluir en el programa de seguimiento y monitoreo, metas y parámetros que permitan el análisis de la gestión social implementada, atendiendo además lo requerido en el numeral 5.6 del mismo artículo. 7. En cumplimiento del Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008: a. Artículo Segundo Numeral 4, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo Segundo, Numeral 4, en el sentido de Allegar las facturas de compra de madera, la cual fue utilizada para el encerramiento de las plantaciones forestales; en caso de no haber realizado esta actividad, deberá implementarla y allegar los respectivos soportes. b. Artículo Tercero, presentar un informe relacionado con las plantaciones realizadas dentro del programa de compensación forestal, de acuerdo con la obligación establecida en el numeral uno (1), Artículo Quinto (5º) del Auto No del 18 de septiembre de 2006, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo segundo.

9 Resolución No del 15 de marzo Página 9 c. Artículo cuarto Numeral 2, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo Segundo. Explicar las razones por las cuales no se han adelantado los monitoreos sobre los cuerpos de agua y los respectivos análisis comparativos con los resultados obtenidos en años anteriores. En el próximo ICA deberá presentar el estudio Hidrobiológico sobre los cuerpos de agua monitoreados y los respectivos análisis de los resultados d. Dar cumplimiento al Artículo cuarto Numeral 4, reiterado en el Auto 266 de 2010 Artículo segundo, relacionado con mantenimiento (obras y actividades de la plantación) de la compensación forestal que incluya: 1) Nombre del predio y del propietario. 2) Número de especies y ejemplares plantados por áreas con sus respectivos nombres comunes y científicos. 3) Alturas y diámetros por especie. 4) Estado fitosanitario por especie (presencia de plagas, ataque de animales, bifurcaciones, secamiento y otras características fenológicas). 5) Registro fotográfico de las especies y lotes. 6) Ubicación de los lotes georreferenciados en planos a escala mayor o igual a 1: Los mapas o planos deberán incluir las convenciones para permitir su interpretación y ubicación en la zona. 7) El porcentaje de sobrevivencia de los ejemplares plantados. 8) La información cuantitativa que se reporte en los diferentes informes de cumplimiento sobre el manejo de la cobertura deberá soportarse con base en un error de muestreo menor al 15% y una probabilidad del 95%, localizando las parcelas de muestreo. En su defecto se deberá realizar al 100%. e. Dar cumplimiento al Articulo 5 Auto 3841 de 2008 literal c que incluya: 1) El estado de avance de la implementación del proceso APELL, indicando: a) Etapa en la que se encuentra dicho proceso b) Participación y compromisos de las autoridades locales de Tauramena y Monterrey c) Fase en la que se encuentra el proceso de articulación del Plan de Contingencias del Gasoducto al Plan de Emergencia Local de Tauramena y Monterrey d) Participación y articulación al Plan de Contingencias de los presidentes de las Juntas de Acción Comunal y demás líderes de las veredas pertenecientes al área de influencia directa. e) Elaboración, divulgación y localización de mapas de riesgo, los mismos deberán ser ubicados en sitios plenamente identificados y reconocidos por la Población del área de influencia directa. Así mismo, se deberá entregar copia de éstos a los CLOPAD de Tauramena y Monterrey. f) Planes de evacuación realizados con la población del área de influencia directa g) Número y tipo de simulacros realizados con la población y los organismos de socorro de Tauramena y Monterrey

10 Resolución No del 15 de marzo Página 10 h) Número de grupos de coordinación veredal conformados y capacitados para el establecimiento de planes de respuesta ante emergencias, especialmente con la población de El Porvenir. 8. En cumplimiento de Ficha 9 Programa de Mantenimiento y Seguimiento al Derecho de Vía, del Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008, Artículo Segundo Numeral 1, Auto 3841 del 30 de diciembre de 2008 Artículo cuarto Numeral 1, Auto 266 de 2010 Artículo Segundo - Numeral 1 y, Auto 266 de 2010 Artículo segundo: Incluir en el próximo ICA anual o en el ICA de la construcción del loop, lo concerniente a la ejecución de las obras pendientes según los diagnósticos, estudios y requerimientos, entre ellos: a. Las problemáticas identificadas por la empresa en el estudio Geológico, Geomorfológico y Geotécnico de los Gasoductos Cusiana El Porvenir y Cusiana Apiay entre las abscisas K7+000 al K y del Gasoducto El Porvenir La Belleza entre las abscisas K2+000 al K Elaborado por la empresa Geotecnología Ltda. en noviembre de 2007, según la siguiente tabla: Fuente: Geotecnología Ltda. Noviembre de 2007 b. Los sitios identificados en el recorrido realizado durante la visita de seguimiento: Aproximadamente en el K , sobre la margen izquierda del caño Iquía, Caño NN, K aproximadamente, Quebrada Aguablanca (K5+500), quebrada Surimenita y Río Surimena. PARÁGRAFO TERCERO.- El incumplimiento total o parcial a la medida preventiva impuesta en el presente acto administrativo, será causal de agravación de la responsabilidad en materia ambiental. ARTÍCULO SEGUNDO.- Comunicar el contenido del presente acto administrativo al representante legal o apoderado debidamente constituido de la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL INTERIOR S.A E.S.P TGI ARTÍCULO TERCERO.- Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia-CORPORINOQUIA y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios. ARTÍCULO CUARTO.- Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta Ambiental de este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 70 de la ley 99 de 1993.

11 Resolución No del 15 de marzo Página 11 ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos a partir de su comunicación que se entenderá surtida dentro de los cinco (5) días siguientes del envío del correo certificado. La constancia del envío se anexará al expediente. ARTÍCULO SEXTO.- Contra lo establecido en el presente acto administrativo no procede recurso alguno. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE LUZ HELENA SARMIENTO VILLAMIZAR Directora de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales Expediente: 278 CT del 29 de noviembre de 2010 Elaboró: Juan G. Mora - Abogado DLPTA Revisó: Peñaranda correa Edilberto- Asesor DLPTA D: Word/278-med prev amonestación (808) TGI

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (218) 12 de febrero de 2007 Por la cual se modifica la resolución No. 0193 del 21 de febrero de 2003, y

Más detalles

Diario Oficial 47.586. (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA:

Diario Oficial 47.586. (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA: Diario Oficial 47.586 (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA: º. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto definir y reglamentar las plantaciones

Más detalles

DIARIO OFICIAL 49541

DIARIO OFICIAL 49541 DIARIO OFICIAL 49541 Bogotá, Viernes 12 de junio de 2015 Ministerio de Minas y Energía RESOLUCIÓN NÚMERO 4 0659 DE 2015 (junio 10) por la cual se define el esquema de incentivos por el aprovechamiento

Más detalles

RESOLUCIÓN 00017 04/10/2001 por la cual se adopta un procedimiento para la atención de quejas derivadas de los presuntos daños causados por la

RESOLUCIÓN 00017 04/10/2001 por la cual se adopta un procedimiento para la atención de quejas derivadas de los presuntos daños causados por la RESOLUCIÓN 00017 04/10/2001 por la cual se adopta un procedimiento para la atención de quejas derivadas de los presuntos daños causados por la aspersión aérea con el herbicida glifosato dentro del marco

Más detalles

RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( )

RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( ) RESOLUCIÓN 0930 DE 2008 ( ) Por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento del registro de publicidad exterior visual en el Distrito Capital, se modifica el

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento AUTO 015 DE 2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento AUTO 015 DE 2014 REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento AUTO 015 DE 2014 Referencia: Seguimiento a la Sentencia T- 760 de 2008, orden vigésima tercera. Asunto: Requerimiento de información

Más detalles

10. TRÁMITES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL

10. TRÁMITES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL 10. TRÁMITES ANTE LA AUTORIDAD AMBIENTAL 99 10.1 USO DE FUENTES DE AGUA Para el uso de agua de manera directa, cuando no es suministrada por una institución en particular, el cafetero debe solicitar ante

Más detalles

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

TÍTULO SEGUNDO- ACTIVIDADES SOMETIDAS A RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN CAPÍTULO I- PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN

TÍTULO SEGUNDO- ACTIVIDADES SOMETIDAS A RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN CAPÍTULO I- PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES NO SOMETIDAS A LICENCIA AMBIENTAL. RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN, VERIFICACIÓN Y TRANSMISIÓN DE ACTIVIDADES TÍTULO PRIMERO Artículo 1. Principios generales

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE 1:" :~::~I~~' f~ J~ {:~.:~~: ~~~ t;i'i- ~~~~~~~~:~~; -

Más detalles

El ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas

El ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas El ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas Ante las constantes inconformidades de los usuarios de gas natural con respecto a las revisiones periódicas de las instalaciones internas,

Más detalles

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (2234) 13 de noviembre de 2009 EL DIRECTOR (E) DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES En ejercicio

Más detalles

SECCIÓN 1. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

SECCIÓN 1. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. SECCIÓN 1. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 2.2.1.2.1.1. OBJETO. El presente Capítulo desarrolla el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente en materia

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: AN No.2075-CS Panamá 16 de Septiembre de 2008.

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: AN No.2075-CS Panamá 16 de Septiembre de 2008. AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución Nº: AN No.2075-CS Panamá 16 de Septiembre de 2008. Por la cual se resuelve el Proceso Administrativo Sancionador seguido a la empresa CARIBE STEREO,

Más detalles

Lista de la Verificación de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional 1

Lista de la Verificación de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional 1 Lista de la Verificación de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional 1 Sección Punto de Control Cumplimiento 4. Requisitos del Sistema de gestión de la seguridad y salud ocupacional 4.1 Requisitos

Más detalles

( 17MAY2811 "Por el cual se reglamenta el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 modificado por el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011".

( 17MAY2811 Por el cual se reglamenta el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 modificado por el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011. REPÚBLICA DE COLOMBIA liyiia r 1.. MINISTERIO DE AMBIENTE YDESAR ~, O_._hlfll ft li""e SOSTENIBLE DECRETO NÚMbR

Más detalles

Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores

Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009 Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros

Más detalles

1. Las acciones que se construyan en conjunto buscarán aportar a la conservación en el marco de la consolidación territorial indígena.

1. Las acciones que se construyan en conjunto buscarán aportar a la conservación en el marco de la consolidación territorial indígena. GUÍA PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO ACORDADO ENTRE LAS ASOCIACIONES DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS AATIS PANI; ACIMA y AIPEA Y PATRIMONIO NATURAL MOSAICO DE CONSERVACIÓN MEDIOY BAJO RÍO

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE YONDO ANTIOQUIA NIT NO. 890.984.265-6 INVITACION PUBLICA

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE YONDO ANTIOQUIA NIT NO. 890.984.265-6 INVITACION PUBLICA INVITACION PUBLICA SELECCIÓN DE UNA (01) FIRMA INSTALADORA DE GAS NATURAL DOMICILIARIO (OPERADOR CONSTRUCTOR) PARA LAS VIVIENDAS DE LOS BARRIOS EL PRADO, URBANIZACION EL PRADO, LA ESPAÑOLA, 25 DE ENERO

Más detalles

República de Colombia. ~berkjd yorden. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PlANEACIÓN. DECREfo,-,0932. El PRESIDENTE DE la REPÚBLICA DE COLOMBIA

República de Colombia. ~berkjd yorden. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PlANEACIÓN. DECREfo,-,0932. El PRESIDENTE DE la REPÚBLICA DE COLOMBIA República de Colombia ~berkjd yorden DEPARTAMENTO NACIONAL DE PlANEACIÓN DECREfo,-,0932 ( 4MAY201a ) "Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Órganos Colegiados de Administración

Más detalles

Versión 10 Fecha de Elaboración: 21/10/2015 Página 1 de 8

Versión 10 Fecha de Elaboración: 21/10/2015 Página 1 de 8 21/10/2015 Página 1 de 8 1. OBJETIVO Definir las responsabilidades y los requisitos para planificar y realizar las auditorías, establecer los registros e informar resultados, con el fin de determinar si

Más detalles

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Tipo Norma :Decreto 76 Fecha Publicación :18-01-2007 Fecha Promulgación :14-12-2006 Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL; SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL Título :APRUEBA REGLAMENTO PARA

Más detalles

SESIONES ORDINARIAS ORDENANZA NÚMERO 043 (Noviembre 26 de 1998)

SESIONES ORDINARIAS ORDENANZA NÚMERO 043 (Noviembre 26 de 1998) REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE RISARALDA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL SESIONES ORDINARIAS ORDENANZA NÚMERO 043 (Noviembre 26 de 1998) POR LA CUAL SE CAMBIA EL NOMBRE, SE REALINDERA Y SE ESTABLECEN NORMAS

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 26643 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros

Más detalles

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO,

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO, Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 183-C INCISO SEGUNDO DEL CODIGO DEL TRABAJO, INCORPORADO POR LA LEY N 20.123, SOBRE ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO

Más detalles

REGLAMENTO DEL USO DE LA CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA DE VALIDEZ INTERNA PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, TLAQUEPAQUE, JALISCO.

REGLAMENTO DEL USO DE LA CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA DE VALIDEZ INTERNA PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, TLAQUEPAQUE, JALISCO. REGLAMENTO DEL USO DE LA CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA DE VALIDEZ INTERNA PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, TLAQUEPAQUE, JALISCO. CAPÍTULO I DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1.- El presente ordenamiento

Más detalles

( 27 de junio de 2014 )

( 27 de junio de 2014 ) REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 002630 DE 2014 ( 27 de junio de 2014 ) Por la cual se realiza la convocatoria para la selección de un representante de la

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996)

MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) MINISTERIO DE SALUD DECRETO NÚMERO 2174 (28 DE NOVIEMBRE DE 1996) Por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud. EL PRESIDENTE DE

Más detalles

DIARIO OFICIAL 46.512 DECRETO 055 15/01/2007

DIARIO OFICIAL 46.512 DECRETO 055 15/01/2007 DIARIO OFICIAL 46.512 DECRETO 055 15/01/2007 por el cual se establecen mecanismos tendientes a garantizar la continuidad en el aseguramiento y la prestación del servicio público de salud en el Sistema

Más detalles

POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A.

POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A. POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A. 1. CONSIDERANDO 1.1. ACH COLOMBIA tiene implementado un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información bajo el marco de la norma ISO 27001,

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012

PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012 PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012 Por medio del cual se deroga el acuerdo no. 017 del 26 de septiembre de 2007 y se crea el fondo cuenta territorial de seguridad y convivencia ciudadana en el municipio

Más detalles

RESOLUCIÓN SRT N 475-2011

RESOLUCIÓN SRT N 475-2011 Página1 RESOLUCIÓN SRT 475/11 Programa: Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad Modifícase la Resolución N 559/09. (Publicado en el B.O. de fecha

Más detalles

Ministerio de Salud. DECRETO DE XXXX (mes)xxxx (dia)xxxx (AÑO)XXXX

Ministerio de Salud. DECRETO DE XXXX (mes)xxxx (dia)xxxx (AÑO)XXXX Ministerio de Salud DECRETO DE XXXX (mes)xxxx (dia)xxxx (AÑO)XXXX Por el cual se reglamenta el departamento de gestión de la inocuidad alimentaria en las fábricas y establecimientos donde se acopien, procesen

Más detalles

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015 Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,

Más detalles

DECRETO 1996 DE 1999 (octubre 15) Diario Oficial No 43.751, del 21 de octubre de 1999

DECRETO 1996 DE 1999 (octubre 15) Diario Oficial No 43.751, del 21 de octubre de 1999 DECRETO 1996 DE 1999 (octubre 15) Diario Oficial No 43.751, del 21 de octubre de 1999 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Por el cual se reglamentan los artículos 109 y 110 de la Ley 99 de 1993 sobre Reservas

Más detalles

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do? NOMBRE DE LA LÍNEA: Derecho Ambiental Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?cod_rh=0000640182 1. ANTECEDENTES DE

Más detalles

Establécense los lineamientos de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados (OGM).

Establécense los lineamientos de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados (OGM). MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Resolución 763/2011 Establécense los lineamientos de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados (OGM). Bs. As., 17/8/2011 Visto el

Más detalles

NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS

NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS Martes 28 de julio de 2009 Gaceta Oficial Nº 39.229 NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO 036 (18 FEBRERO 2009)

RESOLUCIÓN NÚMERO 036 (18 FEBRERO 2009) RESOLUCIÓN NÚMERO 036 (18 FEBRERO 2009) Por medio de la cual se adopta el Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información -SGSI - de la Procuraduría General de la Nación EL PROCURADOR GENERAL DE LA

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 REPUBLICA DE COLOMBIA I MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 Por la cual se establece el procedimiento de inscripción en el Registro

Más detalles

LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER:

LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER: LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER: QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS

Más detalles

REPÙBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )

REPÙBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) REPÙBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DECRETO NÚMERO DE ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 119 del Decreto Ley 19 de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, En ejercicio

Más detalles

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA.

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. Gerencia Selecta Ltda. (En adelante Gerencia Selecta), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de

Más detalles

(mayo 2) Diario Oficial No. 49.142 de 5 de mayo de 2014 AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES

(mayo 2) Diario Oficial No. 49.142 de 5 de mayo de 2014 AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES RESOLUCIÓN 407 DE 2014 (mayo 2) Diario Oficial No. 49.142 de 5 de mayo de 2014 AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

IMPUESTO SOBRE VEHICULO AUTOMOTOR

IMPUESTO SOBRE VEHICULO AUTOMOTOR PÁGINA: 1 DE 10 IMPUESTO REVISÓ SECRETARIO DE HACIENDA / GERENTE DE RENTAS APROBÓ REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN PÁGINA: 2 DE 10 1. OBJETIVO Establecer las directrices para realizar seguimiento y recaudo

Más detalles

DECRETO NUMERO 90-2000

DECRETO NUMERO 90-2000 CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 90-2000 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Guatemala declara de interés nacional

Más detalles

Documento DOC 2014\188. 1.José Antonio Panizo Robles

Documento DOC 2014\188. 1.José Antonio Panizo Robles Documento Incapacidad temporal: De nuevo el control de la IT: Apuntes sobre el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos

Más detalles

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013

NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013 4174 ORDEN de 13 de febrero de 2013 por la que se regula la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la

Más detalles

(13 de octubre) Diario Oficial No. 48.233 de 25 de octubre de 2011

(13 de octubre) Diario Oficial No. 48.233 de 25 de octubre de 2011 RESOLUCIÓN 344 DE 2011 (13 de octubre) Diario Oficial No. 48.233 de 25 de octubre de 2011 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP

Más detalles

I. POLÍTICA. La propuesta contempla la Política de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente?

I. POLÍTICA. La propuesta contempla la Política de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente? ANEXO 1. CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION (DOCUMENTO PUENTE) I. POLÍTICA. La propuesta contempla la Política de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente? 1. Una

Más detalles

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO EN EL SECTOR EDUCATIVO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO EN EL SECTOR EDUCATIVO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO EN EL SECTOR EDUCATIVO OBJETO. El presente Documento de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer los requisitos mínimos

Más detalles

Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación RESOLUCION NUMERO 3083 DE 2005.

Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación RESOLUCION NUMERO 3083 DE 2005. Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación RESOLUCION NUMERO 3083 DE 2005 (julio 6) por medio de la cual se establece el procedimiento para la transferencia

Más detalles

8. MEDICIÓN, ANÁLISIS Y MEJORA

8. MEDICIÓN, ANÁLISIS Y MEJORA Página 1 de 12 8.1 Generalidades La Alta Gerencia de La ADMINISTRACIÓN DE LA ZONA LIBRE DE COLÓN planea e implementa los procesos de seguimiento, medición, análisis y mejoras necesarias para: Demostrar

Más detalles

DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013)

DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) DECRETO No.100.01-2013-058 (Septiembre 09 de 2013) POR EL CUAL SE FIJA EL INCREMENTO SALARIAL DE LAS ASIGNACIONES DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION CENTRAL VIGENCIA 2013 EL ALCALDE MUNICIPAL

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA INDICE TITULO PRELIMINAR... Artículo 1. Legislación aplicable... TITULO PRIMERO.- OBJETO,

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE JUSTICIA 3B'11- DECRETO N

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE JUSTICIA 3B'11- DECRETO N DECRETO N 3B'11- Asunción, J 3 de CU> O 5~) de 2015 VISTO: La presentación realizada por la Secretaría Nacional por. los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), mediante la cual solicita

Más detalles

Acciones Correctivas y Preventivas. Universidad Autónoma del Estado de México

Acciones Correctivas y Preventivas. Universidad Autónoma del Estado de México Acciones Correctivas y Preventivas Universidad Autónoma del Estado de México Mejora Continua La mejora continua del desempeño global de la organización debería ser un objetivo permanente de ésta. Mejora

Más detalles

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Resolución No. ( ) Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN, En ejercicio de las facultades

Más detalles

PROPÓSITOS GENERALES. Los viajes de estudio por su duración y características se clasifican en:

PROPÓSITOS GENERALES. Los viajes de estudio por su duración y características se clasifican en: REGLAMENTO DE VIAJES DE ESTUDIO DE LA PREPARATORIA AGRÍCOLA, APROBADO POR EL H. CONSEJO DEPARTAMENTAL EN SU SESIÓN ORDINARIA DEL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1998, ACUERDO N 7. PROPÓSITOS GENERALES Los propósitos

Más detalles

Consultoría de especialista Legal

Consultoría de especialista Legal Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Proyecto Propuesta de Preparación Readiness de El Salvador para el Fondo Cooperativo del Carbono de los Bosques N TF 099529 Términos de Referencia de Consultoría

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES -ANLA- AUTO 1016 ) 25 MAR 2014

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES -ANLA- AUTO 1016 ) 25 MAR 2014 ti República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES -ANLA- AUTO 1016 ) 25 MAR 2014 EL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS

Más detalles

POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA INTRODUCCIÓN

POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA INTRODUCCIÓN RESOLUCIÓN AGM N 002 (Enero 02 de 2010) POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS DOCUMENTALES DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA INTRODUCCIÓN Basados en el artículo 2 de la Ley

Más detalles

LEY Nº 27474 LEY DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MINERAS

LEY Nº 27474 LEY DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MINERAS LEY DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MINERAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: LEY Nº 27474 El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley

Más detalles

(marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN

(marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN ACUERDO 4 DE 2013 (marzo 15) Diario Oficial No. 48.754 de 7 de abril de 2013 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el procedimiento

Más detalles

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES.

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. El Congreso de Colombia DECRETA: T I T U L O I DEL RÉGIMEN DE PROTECCION

Más detalles

CASO PRÁCTICO: Con fecha de 27 de marzo de 2013 el director acuerda la apertura de un expediente disciplinario por falta grave y nombra un instructor.

CASO PRÁCTICO: Con fecha de 27 de marzo de 2013 el director acuerda la apertura de un expediente disciplinario por falta grave y nombra un instructor. CASO PRÁCTICO: RECLAMACIÓN PRESENTADA POR EL PADRE DE UNA ALUMNA DE 1º DE BACHILLERATO, CON MOTIVO DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO INCOADO A AUTORA: ROSA Mª VERCHER GONZÁLEZ ANTECEDENTES DEL CASO: Con fecha

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Unidad o Servicio: Unidad de Gestión de Compras TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Aprobación inicial por acuerdo pleno de

Más detalles

PROTOCOLO DE ENTRADA AL CENTRO DE TRABAJO

PROTOCOLO DE ENTRADA AL CENTRO DE TRABAJO PROTOCOLO DE ENTRADA AL CENTRO DE TRABAJO INTRODUCCIÓN Debido a los riesgos generados por las distintas actividades ejecutadas en la obras y haciendo cumplimiento del Real Decreto 1627/97, sobre las obligaciones

Más detalles

Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999.

Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999. RESOLUCIÓN 1644 DE 2000 (Diciembre 29) Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999. EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias

Más detalles

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO OBJETO. El presente Documento de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir el proceso de Atención

Más detalles

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE RESOLUCION N 0584 (Junio 26 de 2002) Por la cual se declaran las especies silvestres que se encuentran amenazadas en el territorio nacional y se adoptan

Más detalles

Ubertod y Orden CONSIDERANDO

Ubertod y Orden CONSIDERANDO r) 'V Ubertod y Orden ". '..':~ ',,;;-:,~~.,, ~., ~. :..!~~:;; f;~~~;1:~:7:lf ~É~ ~~~~ ~::.:(f~~~ ~f.~ ~~Eg~f.X~ i!; "Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único del Sector Administrativo Agropecuario,

Más detalles

Capítulo I. Capítulo II Autoridad de Aplicación- Funciones

Capítulo I. Capítulo II Autoridad de Aplicación- Funciones La de la Sanciona con Fuerza de Ley Instituto Misionero del Suelo Recurso Estratégico para la Conservación de la Biodiversidad Capítulo I ARTÍCULO 1.- Declárase de interés público y sujeto a uso y manejo

Más detalles

Ley marco sobre MITIGACIÓN DE DESASTRES para América Latina

Ley marco sobre MITIGACIÓN DE DESASTRES para América Latina Ley marco sobre MITIGACIÓN DE DESASTRES para América Latina Introducción. Los éxitos en el enfrentamiento de los fenómenos naturales, tecnológicos y sanitarios están en relación directa con la voluntad

Más detalles

DECRETO 424 DE 2005 DECRETO 424 DE 2005. (Noviembre 18) EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. CONSIDERANDO

DECRETO 424 DE 2005 DECRETO 424 DE 2005. (Noviembre 18) EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. CONSIDERANDO (Noviembre 18) «Por medio del cual se adopta un esquema para la coordinación interinstitucional y de participación en las acciones para adelantar el proceso de implementación de la infraestructura de la

Más detalles

b) Infracciones menos graves, multa de 150.001 a 1.500.000 pts. c) Infracciones graves, multa de 1.500.001 a 15.000.000 de pesetas.

b) Infracciones menos graves, multa de 150.001 a 1.500.000 pts. c) Infracciones graves, multa de 1.500.001 a 15.000.000 de pesetas. BOE 89/1993, de 14/4/1993, pág. 10783 Actualización del importe de las sanciones de la Ley de Aguas y modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico 1993/09579 Real Decreto 419/1993, de 26

Más detalles

2.- Elaboración del anteproyecto de presupuesto de los programas de mantenimiento mayor, menor por contrato y modernización.

2.- Elaboración del anteproyecto de presupuesto de los programas de mantenimiento mayor, menor por contrato y modernización. ANEXO No. 5. PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO MENOR POR CONTRATO, MAYOR Y MODERNIZACIÓN DE LA RED DEL FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Este procedimiento describe las distintas

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION Instrucción de la Dirección General de Formación, por la que se establecen directrices para la gestión de las solicitudes de autorización para impartir acciones formativas conducentes a la obtención de

Más detalles

CAPÍTULO I: SEGURIDAD Y SALUD EN CENTROS EDUCATIVOS

CAPÍTULO I: SEGURIDAD Y SALUD EN CENTROS EDUCATIVOS Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Educación, Formación y Empleo CAPÍTULO I: SEGURIDAD Y SALUD EN CENTROS EDUCATIVOS MÓDULO I: GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA CONSEJERÍA DE

Más detalles

SERVICIOS Y OPERACIONES COMPLEMENTARIAS O AUXILIARES. Lic. Elízabeth Calderón Ramos

SERVICIOS Y OPERACIONES COMPLEMENTARIAS O AUXILIARES. Lic. Elízabeth Calderón Ramos SERVICIOS Y OPERACIONES COMPLEMENTARIAS O AUXILIARES. Lic. Elízabeth Calderón Ramos SERVICIOS Y OPERACIONES COMPLEMENTARIAS O AUXILIARES. Qué se entiende por Servicios y Operaciones complementarias o auxiliares

Más detalles

CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013

CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGISTIVO PARA LLEVAR A CABO LA REALIZACION DE LA SEMANA DE LA JUVENTUD

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS CAPÍTULO 1: OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN: - Artículo 1º: De conformidad con la normativa vigente de aplicación, en concreto

Más detalles

Por medio de la cual se crea el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente y se toman otras determinaciones

Por medio de la cual se crea el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Secretaría Distrital de Ambiente y se toman otras determinaciones SECRETARÍA DISTRIAL DE AMBIENTE Folios: 1. Anexos: No. Radicación #: 2013EE076707 Proc #: 2494714 Fecha: 26-06-2013 Tercero: Maria Andrea Gomez Restrepo Dep Radicadora: DESPACHO DEL SECRETARIOClase Doc:

Más detalles

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACIÓN... 2 2. OBJETO... 3 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y BASES DE DATOS... 3 4. ALCANCE... 3 5. FINALIDAD DE LA BASE DE DATOS... 4 6. TRATAMIENTO DE... 4 7. DERECHOS

Más detalles

CONTRATO DE APRENDIZAJE DUAL Nº

CONTRATO DE APRENDIZAJE DUAL Nº ID CONTRATO DE APRENDIZAJE DUAL Nº REGULAR DIA MES AÑO DIRECCIÓN ZONAL: a Inicio Finalización CFP : EXCEPCIONAL b Resolución ESCUELA : Suspensión c Reinicio Finalización OCUPACIÓN / CARRERA : NOMBRE DE

Más detalles

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN GESTIÓN DE EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL.

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN GESTIÓN DE EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL. Página 1 de 8 1. OBJETIVO Establecer las actividades para tramitar permiso de Aprovechamiento Forestal persistente en terrenos de dominio público o privado 2. ALCANCE Inicia con la recepción de la solicitud

Más detalles

SANTIAGO, 16 SET. 2004 D.S. N 238

SANTIAGO, 16 SET. 2004 D.S. N 238 MINISTERIO DE ECONOMIA FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA REGLAMENTO SOBRE PARQUES MARINOS Y RESERVAS MARINAS DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA. SANTIAGO, 16 SET. 2004 D.S. N 238 VISTOS:

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 10665 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 3154 Resolución de 28 de marzo de 2016 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la

Más detalles

INFORME: PAGO DE LAS DEUDAS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS

INFORME: PAGO DE LAS DEUDAS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS INFORME: PAGO DE LAS DEUDAS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Con la entrada en vigor de la Ley 15/2010 de 5 de julio se introduce un nuevo régimen en el pago de las facturas por partes de las

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01:0255438/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

VISTO el Expediente Nº S01:0255438/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y Secretaría de Energía HIDROCARBUROS Resolución 785/2005 Programa Nacional de Control de Pérdidas de Tanques Aéreos de Almacenamiento de Hidrocarburos y sus derivados. Objetivos centrales. Reglamento del

Más detalles

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L.

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L. REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CORPORACIÓN DE MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. PREÁMBULO La Orden de 11 de marzo de 2004 del Ministerio de Economía ECO/734/2004 regula los

Más detalles

REPÚBUCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. RESOLUCIÓN No. MAYO 014

REPÚBUCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. RESOLUCIÓN No. MAYO 014 REPÚBUCA DE COLOMBIA laill~111511~11111119ilia51112111~11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL RESOLUCIÓN No. MAYO 014 Por medio de la cual se establecen las condiciones del reporte de información para el

Más detalles

Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos

Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Panamá, 22 de enero de 2007 RESOLUCIÓN No. 201-261 Por la cual se autoriza la inclusión y adopción del Reporte de Donaciones Recibidas, dentro

Más detalles

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO DE ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las consagradas

Más detalles

Ministerio de Economía y Finanzas. Dirección General de Ingresos. RESOLUCIÓN No. 201-261 LA DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS

Ministerio de Economía y Finanzas. Dirección General de Ingresos. RESOLUCIÓN No. 201-261 LA DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS 1 Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Panamá, 22 de enero de 2007 RESOLUCIÓN No. 201-261 Por la cual se autoriza la inclusión y adopción del Reporte de Donaciones Recibidas,

Más detalles

LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC- ACUERDO No. 116 (1º de octubre de 2009) Por el cual se modifica y adiciona al Artículo 22 del Acuerdo 18 de 2008 y por el cual se adiciona

Más detalles

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 9.1.1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El CAPÍTULO 1 del TÍTULO

Más detalles