Manual para el ejercicio y comprobación de recursos financieros escuelas PEC

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1 Manual para el ejercicio y comprobación de recursos financieros escuelas PEC Ciclo escolar: PEC XV

2 Ing. Carlos Lozano de la Torre Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes Mtro. Pedro Velasco Sodi Director General Adjunto de Gestión de la DGDGIE de la Secretaría de Educación Pública Lic. Laura Lorena Alba Nevares Delegada Federal de la Secretaría de Educación Pública en el Estado de Aguascalientes C.P. Carmen T. Ramírez Andrade Secretaria de Fiscalización y Rendición de Cuentas Arq. Francisco Javier Herrera Martínez Director General de Infraestructura Educativa de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones Instituto de Educación de Aguascalientes Mtro. Francisco Javier Chávez Rangel Director General y Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad Prof. Francisco Díaz Alvarado Director de Educación Básica Lic. José Alberto Díaz Mora Director de Planeación y Evaluación C.P. Erika Yadira Medina Burgos Directora de Finanzas y Administración C.P. Sergio López García Contralor Interno Lic. Enrique Lomas Torres Comisionado para la Entrega-Recepción de la Dirección Jurídica Lic. Lizeth Romero Montes Directora de Comunicación Social Mtra. Ma. Esther González Huizar Subdirectora de Programas Educativos Lic. Walter René Guel Rodríguez Responsable del Programa Escuelas de Calidad Secretario Técnico del Comité Técnico del Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad

3 CONTENIDO PRESENTACIÓN 4 OBJETIVO DEL MANUAL 5 MARCO LEGAL 5 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PEC 6 APERTURA DE CUENTA BANCARIA (CHEQUES) 12 CRITERIOS GENERALES DE GASTO: 13 DISPOSICIONES FINANCIERAS 14 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 15 REALIZACIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA 18 INFORME FINAL DE LAS ESCUELAS 23 CONTRALORÍA SOCIAL 25 EVALUACIÓN 26 ATRIBUCIONES DE LAS INSTANCIAS PARTICIPANTES 26 QUEJAS Y DENUNCIAS 28 GLOSARIO 31 ANEXOS 32

4 Presentación El Instituto de Educación de Aguascalientes y el Programa Escuelas de Calidad del Estado en adelante PEC, en cumplimiento a lo establecido en las Reglas de Operación para el ciclo escolar publicadas en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de diciembre de 2014 y los Criterios Específicos para la Operación del Programa Escuelas de Calidad, emiten el presente Manual para el Ejercicio y Comprobación de Recursos PEC que se asignan a las Escuelas Públicas de Educación Básica beneficiadas por el Programa Escuelas de Calidad en su etapa XV, ciclo escolar con la finalidad de asegurar que Directores, Consejos Técnicos Escolares(CTE), Consejos Escolares de Participación Social (CEPS), Comité de Contraloría Social (CCS) y Supervisores de zona escolar responsables de su administración realicen un adecuado ejercicio, control y comprobación de los mismos, conforme a la normatividad federal, normatividad estatal vigente y demás aplicables en la materia. En este sentido se requiere coordinar las acciones del CEPS, sus comités y la Asociación de Padres de Familia para colaborar en el desarrollo de la Ruta de Mejora; participar en el fortalecimiento y consolidación de la autonomía de gestión escolar y hacer de la transparencia de sus procesos y de la rendición de cuentas de sus resultados una cultura de trabajo que de confianza. Además se propone la participación activa y organizada de la comunidad escolar, en el control, vigilancia y evaluación de los programas de gobierno, para que los recursos y acciones se manejen con orden, transparencia,eficacia, legalidady honestidad través delos Comités de Contraloría Social, que son parte integrante de los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS), para realizar el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución del programa, del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en éste, así como la correcta aplicación de los recursos a la escuela, la rendición de cuentas y generar una cultura de transparencia y legalidad. El presente Manual para el Ejercicio y Comprobación de Recursos PEC ha sido elaborado por la Coordinación del PEC, con la participación y validación de las diversas áreas del Instituto de educación de Aguascalientes con competencia en la materia: la Dirección de Finanzas y Administración, Dirección Jurídica, Dirección de Contraloría Interna, Dirección de Planeación y Evaluación, Departamento de Participación Social y de Gobierno del Estado de Aguascalientes: la Dirección General de Infraestructura Educativa de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones, Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas y la Delegación Federal de la Secretaría de Educación Pública en Aguascalientes.

5 Objetivo del Manual Facilitar a los responsables de las Escuelas Públicas de Educación Básica beneficiadas por el Programa, los elementos normativos para el ejercicio y comprobación de los recursos financieros asignados directamente a la escuela para atender las prioridades de la educación básica establecidas en la Ruta de Mejora del ciclo escolar , a fin de garantizar su correcta aplicación. Marco Legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3 Ley General de Educación Reglamento interno de la Secretaria de Educación Pública Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Ley General de Desarrollo Social Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015 Acuerdo número 19/12/14 por el que se emiten las Reglas de Operación de Programa Escuelas de Calidad para el ejercicio fiscal 2015, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2014 Criterios Específicos para la operación del Programa Escuelas de Calidad ciclo escolar Acuerdo número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar Acuerdo número 716 por el que se establecen los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación Ley de Educación para el Estado de Aguascalientes Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes y las demás vigentes y aplicables.

6 Características Generales del PEC El Programa Escuelas de Calidad es una iniciativa de la SEP que se orienta al fortalecimiento de la educación básica y de la autonomía de gestión de las escuelas, se enmarca en el párrafo tercero del artículo 3o. de la Constitución, el cual establece que, el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. El Programa Escuelas de Calidad ha impulsado desde el ciclo escolar , con diferentes niveles de desarrollo, un modelo de autogestión basado en principios democráticos que ubican a la escuela como el centro de toda iniciativa educativa y que promueve el fortalecimiento de los colectivos escolares a través de un liderazgo compartido, un trabajo colaborativo, una planeación enfocada en prioridades, el seguimiento y la evaluación para la mejora continua y una participación social corresponsable; elementos que complementados con la toma de decisiones compartida, la flexibilidad en las prácticas y relaciones, el financiamiento de proyectos, la transparencia y rendición de cuentas, han generado bases para una autonomía escolar basada en los principios de equidad, pertinencia, relevancia, eficacia y eficiencia para impulsar una educación de calidad con equidad. La autonomía escolar supone que las decisiones más pertinentes pueden ser tomadas por quienes están más cercanos a los problemas. Por autonomía de gestión escolar se entiende como la capacidad de la escuela de educación básica para tomar decisiones informadas, orientadas a mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece. Esto es, que la escuela establezca el conjunto de acciones que llevan a cabo los integrantes de la comunidad escolar (personal docente, con funciones de dirección y técnico docente, padres de familia y alumnos) para establecer las condiciones y los ambientes necesarios donde los estudiantes aprendan a aprender y aprendan a convivir. El ejercicio de la autonomía de gestión de las escuelas debe estar orientado a mejorar la calidad y equidad de la enseñanza a través de un mayor compromiso de los profesores y de la comunidad educativa, por lo que debe evitar las situaciones que incrementen las desigualdades y la exclusión; El desarrollo de la autonomía de gestión exige poner a las escuelas en el centro del sistema educativo. Las escuelas requieren la atención permanente de las autoridades educativas; fortalecer sus estructuras ocupacionales; el liderazgo del director; el trabajo colegiado del colectivo docente; la supervisión permanente de los procesos de estudio que se producen en las aulas; la asesoría y apoyo para el desarrollo escolar y del involucramiento de los padres de familia y de la comunidad en general para que de manera colaborativa participen en la toma de decisiones y se corresponsabilicen de los logros educativos. La gestión escolar comprende los procesos de planeación, implementación, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.

7 Objetivo General del Programa Escuelas de Calidad Contribuir, en un marco de equidad y calidad, al fortalecimiento del ejercicio de la autonomía de gestión escolar de las escuelas públicas de educación básica que participan en el Programa. Objetivos Específicos del PEC Impulsar el desarrollo de competencias técnicas de las AEL, en particular de la supervisión escolar, a fin de promover el desarrollo de la autonomía de gestión escolar de las escuelas a su cargo. Desarrollar las capacidades técnicas de la comunidad escolar, con énfasis en el liderazgo directivo, para el ejercicio de la autonomía de gestión de la escuela y la implementación de rutas de mejora. Contribuir al desarrollo de las condiciones y las prioridades educativas del Sistema Básico de Mejora Educativa en las escuelas participantes, a través del ejercicio de un sistema de gestión escolar enfocado en el logro educativo de las niñas, niños y jóvenes. Población Objetivo Escuelas públicas de educación básica en todos sus niveles y servicios educativos: inicial, especial, multigrado, indígena, migrante y telesecundaria. Podrán ser beneficiarios los Centros de Atención Múltiple (CAM), así como a los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) que proporcionen el servicio en el nivel de preescolar. Tendrán prioridad para la incorporación al Programa las escuelas ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el CONAPO los servicios de educación indígena y migrante. No podrán recibir apoyos financieros del Programa aquellas escuelas que sean beneficiarias de los Programas de la Reforma Educativa o Escuelas de Tiempo Completo. Sin embargo, estas escuelas podrán ser beneficiarias del Programa Escuelas de Calidad y recibir los apoyos técnicos que este proporcione. En este contexto, el Programa Escuelas de Calidad da cumplimiento a lo establecido en los Artículos 12, fracción V Bis y XII Bis; y 28 Bis de la Ley General de Educación, reorientando sus estrategias y acciones para contribuir al cumplimiento del mandato constitucional en materia de autonomía de gestión escolar, así como en robustecer las acciones tendientes al establecimiento del Sistema Básico de Mejora de la Educación Básica, apoyando técnica y financieramente a las escuelas públicas de educación básica, en la generación y consolidación de condiciones que les permitan fortalecer su funcionamiento y cultura organizacional.

8 Apoyos a las escuelas Los recursos federales que transfiere la SEP para la implementación del Programa a las entidades federativas, son considerados subsidios, debiendo sujetarse a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables en la materia, pudiendo constituirse en apoyos técnicos y financieros. Apoyos Técnicos Los apoyos técnicos que brinde el Programa debe contribuir al desarrollo de las prioridades y condiciones educativas del Sistema Básico de Mejora Educativa tal como lo establece el Acuerdo número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar y la normatividad aplicable para el ejercicio y desarrollo de la autonomía de gestión escolar. En la operación del Programa en lo que concierne al trabajo con las escuelas será necesario contar con la participación de la supervisión escolar, quien dará asesoría y acompañamiento técnico, pedagógico y académico a los CTE y CTZ para contribuir al desarrollo de su autonomía de gestión escolar. Las diferentes acciones a financiar con el apoyo del Programa deberán contribuir a fortalecer la Ruta de Mejora, para ello la AEL en coordinación con la supervisión: Orienta la elaboración, actualización de la Planeación Escolar, asegurando que se registren las acciones financiables por el Programa; Promueve el desarrollo de la Ruta de Mejora, como un sistema de gestión escolar y no como un requerimiento administrativo para la incorporación al PEC; y Involucrar activamente la participación corresponsable e informada de las madres, padres de familia y/o tutores, así como de la comunidad en general y de organizaciones de la sociedad civil. Coordinar las acciones del CEPS, sus comités y la Asociación de Padres de Familia para colaborar en el desarrollo de la Ruta de Mejora; participar en el fortalecimiento y consolidación de la autonomía de gestión escolar y hacer de la transparencia de sus procesos y de la rendición de cuentas de sus resultados una cultura de trabajo que de confianza. Deberá garantizar que la documentación relacionada con el diseño y la implementación de la Ruta de Mejora deberá permanecer en la escuela. Por otra parte garantiza que el ejercicio de los recursos sea definido por la escuela, de acuerdo a lo establecido en su Ruta de Mejora Escolar y de las prioridades del Sistema Básico de Mejora Educativa. Mejora Educativa en el Subsistema de Educación Básica, apoyando técnica y financieramente a las escuelas públicas de educación básica que más lo requieran, en la generación y consolidación de condiciones que les permita fortalecer su cultura organizacional y funcionamiento para concretizar su autonomía de gestión. Bajo el entendido de que fortalecer la autonomía de gestión significa reconocer el derecho y la capacidad que tiene la comunidad escolar, para que a partir de su contexto, pueda identificar sus retos educativos, tomar las decisiones más pertinentes de una manera corresponsable para diseñar

9 e implementar las estrategias para enfrentarlos, y contar con recursos y apoyos de todo el sistema educativo para alcanzar los objetivos y metas definidos, a partir de las Reglas de Operación PEC XV el objetivo general del Programa se fortalece y alinea a la nueva política educativa: Apoyos Financieros Consisten en los recursos que se entregan directamente a la escuela de manera oportuna y transparente para apoyar el desarrollo de la autonomía de gestión escolar, promover la toma de decisiones a partir de la correspondiente Ruta de Mejora Escolar, y para fortalecer las capacidades directivas de los diferentes actores que conforma la comunidad educativa. El Instituto de Educación de Aguascalientes por conducto del responsable del Programa Escuelas de Calidad través del FEEC, asignarán un monto de recursos para cada escuela beneficiada en función de una fórmula de distribución transparente y equitativa, asimismo definirán los mecanismos más eficientes para su ejercicio y comprobación, considerando lo siguiente: Elementos de la fórmula para asignación de recursos. Aportación Inicial EL Instituto de Educación de Aguascalientes entrega a la escuela el recurso asignado como aportación inicial para financiarlas acciones programadas en su Ruta de Mejora. La fecha límite para la dispersión de la aportación inicial a las escuelas es el 3 de noviembre de Las escuelas beneficiadas financieramente disponen de una aportación inicial, la cual se define en función de una fórmula de distribución de recursos por escuela transparente y equitativa como se indica en la convocatoria del Programa. Con la finalidad de asegurar una distribución equitativa de los recursos financieros para las escuelas con base en principios de equidad y calidad se han definido los criterios generales para la generación de una fórmula de distribución considerando los siguientes: además de los contextos particulares de la entidad: A. Monto base: Todas las escuelas reciben un monto base en función de la matrícula inscrita. El programa debe atender la demanda escolar, de tal manera que los recursos para la escuela sean otorgados de acuerdo al total de alumnos. RANGO MÍNIMO DE ALUMNOS MÁXIMO DE ALUMNOS o más

10 B. Componente de Equidad: Nivel de marginación de la localidad en la que se encuentre la escuela. De acuerdo a los indicadores de CONAPO. Los recursos del programa están focalizados a escuelas ubicadas en localidades de Muy bajo, Bajo, Medio, Alto y Muy alto. Tipo y servicio educativo de la escuela, determinado por la AEL. C. Componente de Calidad: de acuerdo a las características de cada nivel educativo y a la información disponible en la entidad, se podrá considerar lo siguiente: Retención: expresa el número de alumnos que permanecen dentro del sector educativo (en un grado o un nivel) durante todo un ciclo escolar y que continúan en el siguiente. Éste es un indicador de eficiencia interna, que coadyuva a la evaluación del sistema educativo. Eficiencia terminal: Número de alumnos que terminan un nivel educativo de manera regular (dentro del tiempo ideal establecido) y el porcentaje de alumnos que lo culminan extemporáneamente. D. Componente compensatorio: considera a aquellas escuelas que se encuentren en casos extremos y que la formula no las beneficie de manera equitativa. Aportaciones de la Escuela La escuela decide gestionar recursos adicionales ya sea en efectivo o en especie, aportados por los gobiernos municipales, delegacionales, de las familias o de organizaciones de la sociedad civil y proporciona al Programa, la documentación que avala la aportación por la participación social y accede a recursos de Contrapartida. Los recursos que gestione la escuela ya sea en efectivo o en especie a partir del primer día de inicio del ciclo escolar hasta el 14 de enero de 2016 podrán ser elegibles y susceptibles de recibir la Contrapartida Social, para recibir la contrapartida correspondiente antes del 31 de enero de La aportación otorgada por el municipio a las escuelas del PEC, deberá, con carácter de obligatorio ser depositada a la cuenta bancaria asignada por el programa. Aportación en efectivo: se acredita ante el personal responsable del Programa Escuelas de Calidad con la ficha original del depósito realizado y con el Acta de Aceptación de la Donación por parte del CEPS (ANEXOS) realizada con fecha límite hasta el 14 de enero de Aportaciones en especie, son consideradas todas aquellas contribuciones al centro de trabajo que sean bienes físicos y/o servicios establecidos en su Ruta de Mejora y transferido al formato Concentrado de acciones a financiar(caf) por el PEC e invariablemente acompañada con el Acta de Aceptación de la Donación(ANEXOS) por parte del CEPS, estás deben ser: Con factura original a nombre del Instituto de Educación de Aguascalientes de alguna compra realizada a partir del primer día de inicio del ciclo escolar y hasta el 14 de enero de En caso de donación de equipo o mobiliario en donde la factura no esté a nombre del IEA deberá estar endosada a nombre del Instituto de Educación de Aguascalientes; el monto a considerar como aportación será sin IVA.

11 Cuando la donación consista en mano de obra o materiales (para trabajos de infraestructura) tendrá que ser mediante un dictamen técnico valorizado expedido únicamente por la Dirección General de Infraestructura Educativa de Gobierno del Estado, que señale el valor y certifique la calidad del material. Las aportaciones efectuadas en especie deberán cumplir con las normas de calidad, cantidad y costo correspondiente, y ser validadas por el Instituto de Educación de Aguascalientes a través del PEC. Aportación de Contrapartida Las transferencias adicionales del Fideicomiso a las cuentas bancarias escolares, se realizarán como contrapartida de las aportaciones que efectúe la escuela una vez acreditadas debidamente en tiempo y forma ante el PEC; por cada peso aportado por la escuela, el Fideicomiso transferirá hasta un peso por el límite establecido en la Carta de Aceptación expedida por el Programa..

12 Apertura de cuenta bancaria (cheques) El Instituto de Educación de Aguascalientes (IEA) a través del personal responsable del Programa Escuelas de Calidad efectúa los trámites de apertura de cuentas de cheques para el uso exclusivo de los recursos asignados por el FEEC. En donde se registrarán las firmas mancomunadas: del Director de la escuela y presidente del Consejo Escolar de Participación Social (padre de familia) respectivamente, a quienes se les faculta para la expedición de cheques y póliza correspondiente para el pago de bienes y/o servicios, debiendo de presentar su identificación oficial del Instituto Nacional Electoral (INE) para realizar dicho movimiento ante el PEC. La designación de firmantes será validada mediante el Acta correspondiente del CEPS en el formato que encontrará en el ANEXOS del presente Manual o descargar de la pág. web El presidente del Consejo Escolar Participación Social registrado ante el PEC, deberá ser un padre de familia que no sea maestro, ni ser pariente de ningún directivo, quien mancomunadamente con el director de la escuela manejarán la cuenta de cheques, de manera exclusiva para las acciones consideradas en su Ruta de Mejora, mismas que se precisa en la Planeación Financiera de la Ruta de Mejora. ANEXOS. Documentos requeridos para la apertura de cuentas No. Documentos 1 Copia de Acta constitutiva del CEPS registrada en REPUCE y con sello de recibido en el departamento de Participación Social del IEA. 2 Acta de designación de firmantes, donde se acredite de forma clara al padre de familia (Presidente del CEPS) para firmar mancomunadamente con el director(a). 3 Dos copias (legible) de credencial del INE, del Director y del Padre de Familia que firmará mancomunadamente. Fecha límite de entrega 11 de septiembre de 2015 Nota: es indispensable entregar los documentos señalados anteriormente en forma y tiempo, caso contrario no se realizará la apertura de la cuenta. Cambio de firmantes En caso de cambio de firmantes de la cuenta de cheques ya existentes se deberá entregar la siguiente documentación: En caso de cambio de Director, requiere: a) Copia de Ordenes de adscripción o Comisión del nuevo director. b) Copia de la credencial de elector (INE) o pasaporte del nuevo director del plantel En caso de cambio del presidente del CEPS se requiere:

13 a) Copia del acta del CEPS registrada en REPUCE donde valida al nuevo presidente. b) Acta del CEPS donde se designa al nuevo padre de familia (presidente del CEPS). c) Copia de credencial de elector (INE) o pasaporte del nuevo padre de familia. Comisiones bancarias: Dentro del convenio que el FECC tiene con las instituciones bancarias existen algunos conceptos libres de cobro de comisiones como los siguientes rubros: a) Manejo de cuenta b) Anualidad c) Expedición de cheques En caso de que alguna comisión de este tipo sea cobrada deberá informar de inmediato al personal del PEC para solicitar al banco su bonificación correspondiente. Comisiones que si cobrara la institución bancaria y será cubierta por quien expide el cheque: a) Sobregiros (cheques expedidos sin fondos) b) Servicios adicionales (copia de estados de cuenta, movimientos bancarios, copia de cheques, etc.) Criterios Generales de gastos: Definición de acciones a financiar en la Ruta de Mejora. La escuela identifica las acciones que serán financiadas con los recursos brindados por el Programa; decide con la participación del CTE y del CEPS, el uso de los recursos con base en su Ruta de Mejora y en su caso, hace los ajustes pertinentes dependiendo de las necesidades de la escuela, este proceso también se realizará en caso de contar con contrapartida social. Sumando la aportación inicial, aportación escolar y adicional de contrapartida los recursos se distribuirán, conforme a los criterios generales de gasto, en tres tipos de componentes considerados en el Programa, que a continuación se detalla: A. Organización y funcionamiento escolar. Acciones que consideren la adquisición de mobiliario para las aulas, tecnologías de información y comunicación en la educación para el aula. Mobiliario y equipo administrativo y para áreas comunes. Servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de información y comunicación Acciones que contemplen mejora de infraestructura escolar, tales como la rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y ampliación de espacios educativos y/o mantenimiento del edificio escolar; adecuaciones para la accesibilidad de estudiantes con necesidades educativas especiales, adecuaciones de la infraestructura escolar con la finalidad de otorgar seguridad a las mujeres para prevenir situaciones de violencia contra ellas. Contratación de servicios especializados dirigidos a mejorar los aprendizajes de los estudiantes dando énfasis en el desarrollo de las cuatro prioridades educativas. B. Desarrollo de capacidades técnicas de la comunidad escolar. Acciones de capacitación que fortalezcan las competencias profesionales y habilidades digitales de los integrantes del Consejo Técnico Escolar y de padres de familia para que cuenten con elementos

14 que permitan favorecer el aprendizaje de los estudiantes y encaminadas a garantizar las cuatro prioridades educativas. C. Gestión de Materiales e Insumos Educativos. Acciones que consideren la adquisición de libros, útiles, software, materiales escolares y didácticos para la gestión de los aprendizajes y el apoyo a la gestión escolar y la promoción y respeto de los derechos humanos y la igualdad de género. Nota: Las actividades relacionadas con capacitación, actualización y certificación, así como el desarrollo de capacidades y habilidades complementarias para la implementación del Programa, se realizarán de acuerdo a lo que se establezca en el Programa para el Desarrollo Profesional Docente. Los cursos o talleres de capacitación propuestos en la Ruta de Mejora podrán ser financiados con recursos del PEC, una vez autorizado por el Supervisor de Zona escolar, quien cuidará en todo momento la calidad de los mismos, su pertinencia con respecto a su Ruta de Mejora y deberán ser ofertados por instituciones, organismos y/o profesionales competentes en la materia, quienes entregaran la propuesta académica con el dictamen emitido por la Instancia Estatal de Actualización, estructura curricular, criterios de evaluación, calendarización y en general, el alcance de sus servicios; además según el caso, el Registro Estatal de Validación Oficial de Estudios (REVOE), credencial de elector, currículum vitae, comprobante de domicilio fiscal, cédula hacendaría indicando actividad profesional de capacitación y estar en condiciones de expedir factura o recibo de honorarios. Disposiciones financieras Los recursos del Programa en las entidades federativas no podrán ser utilizados bajo ningún concepto al pago de prestaciones económicas, estímulos, compensaciones, sueldos o sobresueldos a los directivos, docentes o empleados que se encuentren contratados por la SEP, o el Instituto de Educación de Aguascalientes. Los recursos que se entregan a las Escuelas, por parte del PEC no podrán ser utilizados para resolver situaciones improvisadas o para uso personal; estos recursos son destinados exclusivamente para las acciones de su Ruta de Mejora y registradas en el formato CAF. Se deberá adquirir bienes y servicios solo en negocios establecidos. Deben evitar los vendedores de puerta en puerta y los que les venden de todo, ya que representan riesgos. El financiamiento de otras acciones (ampliación) o reconsideración de las ya establecidas deberán ser consensuadas por el pleno del Consejo Escolar de Participación Social, adjuntando el Acta de Acuerdo respectiva, la cual estará avalada por el Supervisor de zona escolar y después de ser avalada, se procederá a su ejecución. Todas las operaciones que realicen las escuelas con recursos del PEC se sujetarán a las disposiciones federales y estatales relativas al ejercicio del gasto público, y a las normas y procedimientos que se establecen en el presente documento. Tales operaciones deberán estar sustentadas con la documentación justificativa y comprobatoria en original, la que deberá conservar el Director en la escuela, por un período de 5 años, para estar a disposición de los Órganos de Control y Vigilancia con Jurisdicción en la Materia, quienes podrán realizar visitas periódicas o

15 selectivas de auditoría y/o supervisión a los planteles educativos para verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Programa Escuelas de Calidad y del presente Manual. Adquisición de bienes y servicios A. Cotizaciones: Para la adquisición de un bien o servicio, cuando el monto sea mayor a $15, (quince mil pesos 00/100 M.N.)el CEPS deberán cotizar por escrito, con tres distintas empresas, en hoja embretada, que respeten las características técnicas del servicio o bien por adquirir. Es obligatorio las cotizaciones por el total de la compra realizar en una misma factura y con un mismo proveedor. En todos los casos, el pleno del Consejo Escolar de Participación Social (CEPS), elegirá al proveedor o prestador de servicio de entre las tres cotizaciones presentadas quedando registrada en el acta correspondiente ANEXOS. Para facilitar la cotización de los bienes o servicios, el CEPS podrá guiarse como apoyo en el Padrón Único de Proveedores de Gobierno del Estado de Aguascalientes, el cual puede consultar en la siguiente liga: asp B. Elección de proveedor o prestador de servicio: Los proveedores o prestadores de servicio, deben contar con registro federal de contribuyentes (RFC), expedir la factura correspondiente, tener capacidad de suministro inmediato de los bienes o servicios y no tener parentesco por consanguinidad o por afinidad hasta en cuarto grado con los miembros del CEPS. Toda compra deberá de estar amparada con factura, verificando que la razón social de la misma corresponda al bien adquirido, no se recibirán aquellas en que el producto señalado no corresponda a la actividad (giro) de la propia empresa. Se recomienda elegir fabricantes o establecimientos especializados en el ramo y que ofrezcan garantía sobre sus productos. El proveedor o prestador de servicio extenderá la factura del bien o servicio adquirido por la escuela, con la cantidad estipulada en la cotización; la factura deberá cubrir los requisitos fiscales y la vigencia correspondiente. Si la factura tiene algún descuento se deberá hacer otro cheque con la cantidad correcta. En ningún caso, se contratará a proveedores que estén inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública o la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, información que podrá consultar en: asp

16 C. Recepción del bien o servicio: El bien (artículo) o servicio, deberá ser recibido en el domicilio de la escuela acordando con la empresa que el flete no tenga costo o en su caso recibirlo personalmente el Director(a), en el domicilio de la empresa; verificando que las características del bien adquirido, coincidan con lo señalado en la factura y cotización. Una vez recibido a satisfacción el bien o servicio y la factura digital respectiva, se procederá al pago del proveedor o prestador de servicio. Si se paga al proveedor sin haber recibido el bien o servicio, es responsabilidad de quienes firman el cheque mancomunadamente (Director y Padre de familia). D. Elaborar cheque: 1. Escribir la fecha en la que se elabora el cheque. 2. Escribir el nombre del proveedor o prestador de servicio, sea persona física o moral (empresa). 3. Escribir la cantidad a pagar con número en pesos y centavos (el importe del cheque debe ser igual al monto de la factura). 4. Escribir con letra la cantidad a pagar en pesos y centavos 00/100 M.N. 5. Firmarlos dos titulares, Director(a) y Presidente del consejo escolar de participación social (quienes digitalizaron su firma). Ejemplo: E. Elaborar póliza: 1. Elaborar la póliza con copia del cheque, antes de ser entregado. 2. La póliza deberá de ser firmada y sellada por la persona que recibe el cheque. 3. Anotar una breve descripción del gasto. Qué compró? Qué servicio? 4. En este documento deberán firmar los dos titulares que firman en la cuenta, esto es con el fin de autorizar la elaboración del cheque. Cuando exista error al elaborar un cheque, este no se destruye, se debe escribir la palabra CANCELADO.

17 F. Pagos al proveedor o prestador de servicio: El Director(a) elaborará el cheque a nombre del proveedor o prestador de servicio, por ningún motivo a nombre de otra persona, empresa o al portador, por la cantidad indicada en la factura/recibo de honorarios y que coincida con la cotización; al mismo tiempo elaborará la póliza con copia del cheque, misma que será firmada por el proveedor o prestador de servicio al momento de recibir el cheque. La póliza y factura serán firmadas por Director y el Presidente del CEPS. G. Características de las facturas: Las facturas deberán cumplir con las siguientes características: 1. La factura digital e impresa. 2. Nombre o razón social del Proveedor (ya sea persona física o moral). 3. La factura debe ser expedida a nombre de: INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES Domicilio Fiscal: Carretera a San Luis Potosí No. 601 Fracc. Ojocaliente C.P Aguascalientes, Ags. R.F.C. IEA930117T62 4. Folio Fiscal. 5. Número de factura. 6. Número de Serie del certificado del SAT. 7. Fecha y hora certificación. 8. Cadena Digital (Número Certificado, Sello digital del CFDI, Sello del SAT y Cadena original del complemento de certificación digital del SAT). 9. Domicilio fiscal del Proveedor. 10. Cantidad y clase o descripción de los artículos y/o servicios adquiridos. 11. Precios unitarios e importe total por artículo. 12. Valor total de la factura escrito con número y letra, sin aplicar redondeo. 13. Se debe de entregar ANEXOS a la factura el comprobante de Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que lo encontrara en la siguiente liga:

18 14. En el correo electrónico en donde se recibe la factura se encuentra ANEXOS el archivo.xml, el cual deberá de ser resguardado por la escuela como archivo electrónico ya que es la seguridad de que su factura no es APÓCRIFA. 15. El monto de la factura que no cubra las características indicadas en el presente manual deberá ser reintegrado a la cuenta bancaria de la escuela asignada para efectos del Programa Escuelas de Calidad. 16. En el caso de reintegro (recursos no ejercidos por la escuela), se deberá entregar en las oficinas del Programa el acta del CEPS firmada por todos sus integrantes, en donde se explique los motivos del reintegro del recurso así como Visto Bueno del Supervisor de zona escolar y Coordinador de Centro de Desarrollo Educativo respectivamente. 17. El seguimiento y control de gastos deberá realizarse en el formato de Informe (ANEXOS)del presente manual, considerando que los gastos deben tener clara correspondencia con las acciones derivadas de la autoevaluación de la Ruta de Mejora del ciclo escolar ; mismo que deberá constatar el Supervisor de zona escolar y el CEPS. Realización de Obras de Infraestructura Los trabajos de Infraestructura (obra) deberán ser el resultado de la autoevaluación de la escuela, programadas en su Ruta de Mejora y registrada en el documento CAF (concentrado de acciones financiadas), como: construcción, rehabilitación o ampliación de espacios educativos. La Dirección General de Infraestructura Educativa proporcionará la asesoría necesaria al PEC, a Directores y Supervisores de zona escolar, antes y durante el proceso de los trabajos de infraestructura que la escuela ejecuta, para el correcto manejo administrativo y uso de los recursos que implica esta actividad. Dirección General de Infraestructura Educativa de Gobierno del Estado La Dirección General de Infraestructura Educativa de Gobierno del Estado, es la única instancia con autoridad para la emisión del Catálogo de conceptos, previa solicitud por oficio, quién visitará cada una de las escuelas que se proponen llevar a cabo obras de infraestructura (rehabilitación, ampliación o construcción) para verificar en la escuela las condiciones en que se encuentran las instalaciones y proceder a elaborar de manera más precisa el contenido técnico de la obra, señalando en el catálogo las especificaciones que se deberán de respetar en la ejecución de los trabajos. La Dirección General de Infraestructura Educativa también proporcionará apoyo y asesoría técnica al Consejo Escolar de Participación Social sobre los elementos técnicos para la planeación de la

19 obra, a fin de garantizar el cumplimiento de la normatividad y la correcta aplicación de los recursos, e integrará el expediente técnico de obra que constará del Catálogo de conceptos (en versión impresa y electrónica) y en su caso, del proyecto ejecutivo a realizar. El Director deberá: 1. Solicitar catálogo de conceptos (especificaciones técnicas) de la obra a realizar, por oficio a la Dirección General de Infraestructura Educativa (DGIE). 2. Entregar copia de solicitud de catálogo de conceptos recibida en DGIE al PEC. 3. Deberá de asegurar que la DGIE acuda a su escuela y verifique las condiciones requeridas, para que una vez inspeccionadas las instalaciones, esta dependencia proceda a elaborar el catálogo de conceptos de manera más precisa. 4. Recibir de la Dirección de Infraestructura Educativa el catálogo de conceptos y junto con el Supervisor de zona escolar y CEPS vigilar se respétenlas especificaciones técnicas señaladas en el mismo, estos, no hacer cambio alguno de lo señalado en este documento ni con las características de obra a realizar; es importante suscribir que toda obra debe de contar con la documentación soporte, previo registro en su ruta de mejora y formato CAF; de lo contrario no se reconocerá trabajo alguno que se haya ejecutado en la escuela. 5. Cotizar por escrito el trabajo a realizar (construcción, ampliación o rehabilitación) de acuerdo al Catálogo de Conceptos, se hará con un solo contratista cuando el monto sea menor a $25, (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), y cuando este monto sea mayor deberá cotizar como mínimo con tres contratistas (personas físicas o morales) que cuenten con la siguiente documentación: Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Comprobante de domicilio fiscal Currículum de Obras (escolares o similares) Identificación personal (credencial de elector) del prestador del servicio Acta constitutiva de la empresa en caso de ser persona moral, de preferencia, con registro vigente en el Padrón Estatal de Contratistas de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones y su Registro patronal actualizado ante el IMSS. 6. Seleccionar conjuntamente con el CEPS al contratista y antes de iniciar cualquier trabajo deberán de presentar al PEC la siguiente información: a) Catálogo de conceptos b) Las cotizaciones en hoja membretada del proveedor c) Acta del Consejo Escolar de Participación Social señalando en esta: El nombre del contratista seleccionado El nombre de los tres contratistas con el costo presentado por cada uno Monto acordado para la ejecución de los trabajos Acciones por realizar (conceptos) Firma al calce del acta de CEPS en cada una de las hojas al final (tinta azul) La anterior información servirá para establecer en las oficinas del Programa los tiempos de ejecución de los trabajos de obra a realizar, los pagos acordados (anticipo y pago final), además determinar qué autoridad recibirá los trabajos.

20 7. Integrar el expediente al finalizar los trabajos, con la siguiente documentación: Catálogo de Conceptos Cotización (es). Acta CEPS de asignación de contratista. Contrato de obra, cuando el monto sea mayor a $25,000.00, se realiza en la Dirección Jurídica del IEA. Formatos de estimación al concluir los trabajos. Acta de entrega-recepción formalmente rubricada. Nota: El PEC no tiene convenio alguno con ningún proveedor o prestador de servicios, en caso que alguno se ostente de este modo, favor de reportarlo al PEC quien a su vez hará extensivo el mismo a las instancias oficiales. Contrato de obra: La elaboración y tramitación de contrato de obra es un requisito obligatorio si los trabajos de infraestructura exceden la cantidad de $25, (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), para lo cual el PEC y el CEPS de la escuela establecerán de manera conjunta este documento por prestación de servicios ante la Dirección Jurídica del Instituto de Educación de Aguascalientes; el contrato se elaborará con base a los precios unitarios presentados en su cotización, por tipo de obra, tiempo de ejecución, costo determinado y aplicación de sanción, si existe retraso en la ejecución; en ningún caso se aceptarán conceptos extraordinarios, incrementos de volúmenes o de precio, estableciendo en el mismo los términos de los pagos al contratista, (anticipo y finiquito). El contrato deberá ser firmado por: El prestador del servicio o representante legal de la empresa El Director de la Escuela El presidente del CEPS Los testigos correspondientes siendo estos el representante legal del Instituto de Educación de Aguascalientes y el responsable del PEC. Cheque de garantía: Cuando el monto de los trabajos de obra y/o mantenimiento sea mayor de $25, (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), el contratista seleccionado deberá de proporcionar un cheque de garantía de la empresa que representa (sea esta persona física o moral) a nombre del Instituto de Educación de Aguascalientes, por un monto igual al anticipo entregado, el cual será resguardado por la Coordinación del Programa de Escuelas de Calidad hasta la conclusión de los trabajos asignados, y se haya cumplido con la entrega final de la documentación correspondiente (estimaciones y acta de entrega-recepción). El cheque garantía no aplica cuando se establece que el pago total se efectuara al finalizar los trabajos de infraestructura (construcción, ampliación o rehabilitación). Pagos al Contratista: 1. Serán los establecidos en el contrato y/o presupuesto, respetando los montos acordados (anticipo y finiquito). 2. El director(a) elaborará el cheque a favor del contratista y la póliza correspondiente, por el importe indicado en la factura. La escuela conservará dos copias del cheque, el original y copia de la póliza firmada por el contratista.

21 CONTRATISTA: Elabora la factura por el monto del presupuesto de anticipo y finiquito o el señalado en el contrato. La factura(s) deberá firmarse por el director de la escuela y el presidente del CEPS. Elabora y firma la estimación de avance de obra (ANEXOS) y el acta de entrega recepción (ANEXOS). Concluida la obra, hace la entrega de estos documentos al CEPS, con la rúbrica de: Director de la escuela Presidente del Consejo Escolar de Participación Social. Supervisor técnico de la obra asignado por la Dirección General de Infraestructura Educativa de Gobierno del Estado. Supervisor de la zona escolar en calidad de Vo.Bo. y autorización. Dejando al final, previa revisión de la misma, la firma como testigo y Vo.Bo. del responsable del PEC. El contratista y director de la escuela serán los responsables de formalizar las firmas correspondientes de la obra ejecutada, el documento de entrega-recepción se firma por el Supervisor de zona escolar, verificando que la obra realizada se haya ejecutado en los términos establecidos en el contrato y certificando la buena calidad de los trabajos. Los municipios no deben sustituir al responsable de la DGIE Al contratista no se le debe de realizar pago alguno si la documentación oficial (estimación y acta de entrega recepción) no está firmada por la DGIE de aceptación de los trabajos; en toda obra realizada deberán de anexar en la documentación antes señalada un reporte fotográfico de los trabajos ejecutados, mismos que servirán de evidencia y formarán parte del expediente de su escuela Realización de obra sin contratista: Los padres de familia, miembros de la comunidad y la Dirección de Obras Públicas de los Municipios pueden ejecutar trabajos de construcción y rehabilitación, siempre cuando respeten las especificaciones técnicas proporcionadas por la Dirección General de Infraestructura Educativa y que los mismos no reciban pago alguno. Estos trabajos serán recibidos por las autoridades de la dependencia antes señalada, por lo que no tendrán validez trabajos ejecutados con diferente proyectos, para lo cual se les solicita que en caso de querer realizar alguna acción bajo estas características antes de llevarlos a cabo deberán de solicitar en primera instancia la autorización de la DGIE; una vez concluidos los trabajos la escuela realizará el documento de entrega recepción en el cual se menciona el monto de la compra del material que implicaron los trabajos, el cual será recibido y firmado por los señalados en el mismo. El material y accesorios que se adquieran deben ser los especificados en el propio catálogo de conceptos previamente entregado, caso contrario no se acepta ninguna otra adquisición que no cumpla con este requisito.

22 Diagrama de flujo para la realización de obras de infraestructura (ampliación, rehabilitación y construcción) en el PEC XIV Informe Final de las Escuelas Es el documento en donde se concentra toda la información generada a través del movimiento de los recursos, aportaciones (efectivo y/o especie) y gastos efectuados Informe Financiero Anual (ANEXOS) y este a la vez será firmado por el padre de familia, director de la escuela y con Vo.Bo. del Supervisor de Zona. El Director y CTE deben elaborar un informe de resultados en donde den cuenta de los avances en su Ruta de Mejora y del ejercicio de los recursos recibidos por el PEC al final del ciclo escolar. Este informe deberá hacerse público a la comunidad escolar y a la sociedad en general, con apoyo del CEPS y/o la Asociación de los Padres de Familia, se dará a conocer a la Supervisión escolar quien validara lo expuesto y posteriormente entregar copia al PEC a más tardar el 31 de mayo de Para elaborar el informe de resultados, las escuelas reciben asesoría del Programa, considerando las herramientas propuestas por la SEB en las Guía del Consejo Técnico Escolar del ciclo correspondiente y el presente Manual.

23 El informe final de las escuelas incluirá como ANEXOS, datos sobre el ejercicio de los recursos del Programa, específicamente, se indicará el monto total recibido por la escuela y el monto invertido en cada uno de los criterios generales de gasto conforme a las Reglas de Operación, así como puntualizar a cuál o cuáles de las prioridades educativas contribuyó la inversión: Mejora de los aprendizajes de lectura, escritura y matemáticas; disminución del rezago escolar; normalidad mínima y/o; convivencia escolar. Para ello, utilizarán el formato propuesto en el ANEXOS. Informe de Fin de Ciclo Escolar Ejercicio de los recursos PEC, del presente manual, debidamente firmado por el padre de familia, director y Vo. Bo. de Supervisor de zona escolar. El personal responsable del área financiera del PEC verificará que los informes financieros entregados por el Director de la escuela, contengan los documentos indicados en el orden que se señala en el presente Manual, y una vez aprobado el informe, se sellará de recibido en su correspondiente expediente sin eximir de la responsabilidad al Director de aclarar las irregularidades que pudieran surgir en su revisión. En caso de no cumplir con las fechas de entrega 31 de mayo de 2016, se notificará a la Dirección de la Contraloría Interna del IEA y/o la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Aguascalientes para las acciones conducentes. Alta de bienes muebles: Los bienes muebles adquiridos con recursos del PEC deberán darse de alta con el documento denominado Cédula Censal o Formato del Alta de Mobiliario y Equipo (ANEXOS), que a través de las Unidades Regionales de Servicios Educativos y de la Supervisión escolar distribuye el Departamento de Control Patrimonial del IEA, dicho documento debe anexarse en copia en el Informe Financiero Final-Anual. El registro de los bienes muebles, se realizará conforme a los requerimientos establecidos en tales documentos y consignando su procedencia del PEC, para llevar un adecuado control de altas y bajas del patrimonio del Instituto de Educación de Aguascalientes a fin de transparentar el apoyo que el Programa proporciona a la escuela, en lo particular y en lo general a la Educación Básica Sistema Estatal. Documentación comprobatoria: 1. Documentación comprobatoria por cada cheque: Póliza, con copia del cheque expedido, con firma y/o sello de recibido por la empresa y firma del Director(a) y Presidente del CEPS. Factura original, con firma del Director y Presidente del CEPS, dando constancia de conformidad con la mercancía o servicio recibido. La factura, comprobantes o recibo de honorarios aprobados por la Servicio de Administración Tributaria, deberán estar expedidos a nombre de: INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES Domicilio Fiscal: Carretera a San Luis Potosí No.601 Fracc.Ojocaliente C.P Aguascalientes, Ags. R.F.C. IEA930117T62

24 Tres cotizaciones por escrito, de acuerdo al monto utilizado. (En hoja embretada del proveedor) 2. Copia de Inventario (Cédula Censal) de los bienes adquiridos, el cuál debe estar firmado por el Director y Supervisor de Zona. 3. El acta de acuerdo de compras autorizada por el Consejo Escolar de Participación Social (ANEXOS). Diagrama del procedimiento administrativo para el ejercicio de recursos Contraloría Social Se propiciará la participación activa y organizada de los beneficiados del programa en el control, vigilancia y evaluación de los programas de gobierno, para que los recursos y acciones se manejen con orden, transparencia, eficiencia, legalidad y honestidad a través de la integración y operación del Comité de Contraloría Social que son parte integral de los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS), para realizar el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución del programa, del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en éste, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

25 El proceso educativo debe ser el resultado de la actuación coordinada de una comunidad escolar ampliada. La participación social debe concebirse como un mecanismo para que las personas se involucren en los procesos de toma de decisiones, implementación de acciones y la socialización de los valores comunes. Las acciones de contraloría social estarán principalmente a cargo de los miembros de la comunidad, integrantes del CEPS y demás instancias asociativas de beneficiarios para asegurar la mejora y mayor eficacia en la participación de la ciudadanía en el control, vigilancia y evaluación del Programa. La escuela deberá realizar acciones tendientes a informar a la población y especialmente a los beneficiarios del Programa, acerca del origen de los apoyos otorgados y la aplicación detallada de los mismos, considerando: descripción del bien o servicio adquirido, costo, destinatarios, derechos y obligaciones de los beneficiarios en el uso y conservación de los bienes o servicios adquiridos. Asimismo, la escuela implementará acciones de capacitación a los beneficiarios para que se constituyan en una instancia permanente de vigilancia y evaluación social, estableciendo espacios de comunicación (reuniones, atención directa, folletos, entre otros). Los responsables del PEC podrá realizar acciones de Contraloría Social, para observar la transparencia del Programa y vigilar que los recursos destinados por este Programa se hayan aplicado de acuerdo a las reglas de operación. Los interesados y la población en general, pueden acudir a las instancias correspondientes a presentar sus quejas, denuncias, sugerencias o reconocimientos respecto a la operación del Programa Escuelas de Calidad. Auditoría, Control y Seguimiento Los subsidios mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efecto de su fiscalización y transparencia; por lo tanto podrán ser revisados por la Secretaria de la Función Pública del Gobierno Federal o instancia correspondiente que para tal efecto se determine; por el Órgano interno de Control en la SEP y/o auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Locales de Control; por la SHCP; por la ASF y demás instancias que el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. Evaluación Interna La SEB a través de la DGDGIE y las AEL podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del Programa, construyendo para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología del Marco Lógico. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.

26 Externa La SPEPE, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento Interior de la SEP, designa a la Dirección General de Evaluación de Políticas como la unidad administrativa ajena a la operación de los Programas que, en coordinación con las unidades administrativas responsables de operar los programas, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de Programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación Asimismo, es responsabilidad de la unidad administrativa responsable del Programa cubrir el costo de las evaluaciones externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora por parte de la DGDGIE. Las Reglas de Operación vigentes fueron elaboradas bajo el enfoque de la Metodología del Marco Lógico, conforme a los criterios emitidos conjuntamente por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio números 307-A-2009 y VQZ.SE. 284/08 de fecha 24 de octubre de La Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) y las metas autorizadas conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, se encuentran disponibles en el portal de transparencia presupuestaria, en el apartado del Sistema de Evaluación del Desempeño, en la siguiente dirección electrónica: Atribuciones de las Instancias Participantes Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) A. Conocer sobre los recursos públicos que recibe la escuela y participar activamente en la definición de la planeación y ejercicio de estos recursos. B. Apoyar al Director en el manejo, ejercicio y comprobación de los apoyos financieros del Programa. C. Gestionar recursos y donativos para la escuela que puedan acreditarse para acceder a la contrapartida del Programa en los términos del numeral 3.4 de la presentes Reglas de Operación. D. Participar activamente en las acciones de contraloría social para el seguimiento de las acciones planteadas en la Ruta de Mejora y el Programa, así como para garantizar un ejercicio transparente y eficiente de los recursos. E. En colaboración con el CTE participar en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de la Ruta de Mejora con el propósito de ser un participante activo en la mejora de la calidad y equidad educativa del centro escolar; F. Apoyar a la escuela, en la realización de tareas administrativas, en la gestión de recursos y su ejercicio;

27 G. Conocer de los recursos, beneficios y obligaciones que asume la escuela al participar en el Programa y supervisar y participar en la administración, aplicación y comprobación de los recursos; H. Apoyarse en el Consejos Municipales de Participación Social en la Educación para la procuración de recursos adicionales para su escuela; I. Gestionar recursos adicionales para su escuela; J. Participar en las acciones de formación de capacidades en materia de gestión que se impulsen en el marco de la operación del Programa y tengan como destinatarios a los miembros del CEPS (Consejo Escolar de Participación Social). Estas actividades no deberán afectar la normalidad mínima en la operación de la escuela; K. Fomentar la participación de padres, madres y/o tutores para el desarrollo de las capacidades que contribuyan a la mejora de los aprendizajes de los estudiantes; y L. Participar en las acciones de transparencia y rendición de cuentas en la escuela a través de la constitución y operación del Comité de Contraloría Social. Jefes de Sector y Supervisores Escolares A. Apoyar a las AEL (Autoridad Educativa Local), dando a conocer los beneficios que brinda el Programa, la población objetivo a la que está dirigida, así como la convocatoria local para la participación de las escuelas; B. Apoyar y asesorar a las escuelas para facilitar la participación en el Programa; C. Solicitar asistencia técnica especializada para apoyar a las escuelas y CTE en el desarrollo del Sistema Básico de Mejora para las escuelas de su zona; D. Brindar asesoría y acompañamiento, a los directivos y docentes en la elaboración, seguimiento y evaluación de la Ruta de Mejora; E. Coadyuvar con el directivo, el CTE y el CEPS de las escuelas de su zona, a alcanzar los rasgos de la normalidad mínima escolar; y F. Verificar el desarrollo de las acciones establecidas en la Ruta de Mejora de las escuelas de su zona escolar y apoyar a las escuelas que más lo requieran. Director o Docente a cargo de la función A. Realizar, en coordinación con el CTE y el CEPS o equivalente, la manifestación de voluntad de participar en el Programa; B. Organizar y coordinar las actividades de autoevaluación para la elaboración, ejecución y seguimiento de la Ruta de Mejora, involucrando al CTE, APF y CEPS o equivalente; C. Comprometerse con el CTE y el CEPS, a atender las prioridades del Sistema Básico de Mejora, así como otras prioridades determinadas por la comunidad escolar de acuerdo al grado de cumplimiento de éstos; D. Acordar, en conjunto con el CTE y el CEPS, el ejercicio de los recursos que la escuela reciba, en efectivo o en especie, a la permanencia, progreso y mejora en el aprendizaje de los estudiantes, poniendo énfasis en los que se encuentran en condiciones de rezago; E. En el caso de que la escuela participe en otros programas o proyectos, procurar la articulación y vinculación de los recursos y acciones en forma integral en beneficio de sus estudiantes incorporando estas acciones en su Ruta de Mejora; F. Desarrollar las acciones para promover la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas, en los términos de las disposiciones legales aplicables;

28 G. Organizar y coordinar las actividades académicas y operativas de la comunidad escolar para alcanzar los objetivos y las metas propuestas en la Ruta de Mejora; H. Facilitar la aplicación de las evaluaciones internas y externas en el marco del Programa, procurando intervenir lo menos posible en las actividades académicas; I. Asumir, en el caso de que cambien de adscripción y/o se jubilen, la responsabilidad conjunta con el presidente del CEPS o equivalente para realizar la entrega formal al nuevo director de conformidad con lo establecido en la normatividad estatal vigente y aplicable en la materia; J. Informar a la comunidad escolar, de manera oportuna, respecto a los recursos, beneficios y obligaciones que la escuela recibió como beneficiaria del Programa; K. Resguardar por un periodo de cinco años los documentos necesarios conforme a la legislación vigente y aplicable que comprueben el ejercicio de los recursos asignados L. Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a los lineamientos que defina la legislación local aplicable y rendir cuentas de los mismos a la comunidad escolar y la AEL. M. Rendir un informe anual ante sus autoridades educativas y su comunidad escolar sobre los logros educativos obtenidos y el uso transparente de los recursos; y N. Coadyuvar al funcionamiento regular del CEPS, para que realice lo conducente a la constitución, operación, seguimiento y evaluación de sus actividades. O. Realizar el reintegro de los recursos al FEEC, cuando existan remanentes, para asegurar su continuidad en el Programa. P. Elaborar y presentar a la comunidad escolar y a la AEL, el informe de fin de ciclo escolar de acuerdo a lo programado en la Ruta de Mejora Escolar, como parte del ejercicio de transparencia y rendición de cuentas. Q. Firmar una Carta Compromiso Escolar que contemple las acciones que tendrá que atender para dar cumplimiento a las presentes Reglas de Operación. Quejas y Denuncias

29 Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general se captarán vía personal, escrita, telefónica o por internet ante las AEL, las Contralorías o equivalentes Locales; asimismo, a nivel central, a través de Órgano Interno de Control en la SEP al teléfono 01(55) y 01 (55) , extensión (ciudad de México). También podrá realizarse vía telefónica al Centro de Contacto Ciudadano, de la SFP al correo electrónico contactociudadano@funcionpublica.gob.mx o a los teléfonos de la SEP: TEL. SEP 01 (55) en la ciudad de México o al en Delegaciones Federales de la Secretaría de Educación Pública en los Estados de la República, también a través de internet en la página Instancias Estatales Coordinación General del Programa Escuelas de Calidad. Domicilio Av. Ayuntamiento No. 509 Fracc. Los Cedros, Aguascalientes, Ags., Teléfono , correo electrónico coordinacionpecags@live.com.mx. Dirección de Contraloría Interna del Instituto de Educación de Aguascalientes. Domicilio, en el edificio del IEA, Carretera a San Luís Potosí Nº 601, Fracc. Ojocaliente, Aguascalientes, Ags. Teléfono Conmutador Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Aguascalientes. Domicilio José Ma. Chávez Nº 123, Plaza Patria, 2º Piso, Aguascalientes, Ags. Teléfono Conmutador Instancias Federales Delegación Federal de la Secretaria de Educación Pública en Aguascalientes (SEP). Domicilio Calle J. Asunción Torres S/N, Col. Obraje, Aguascalientes, Ags. CP Teléfono Secretaría de la Función Pública SAC TEL Secretaria de Educación Pública TEL. SEP 01 (55) o al , o en las páginas WEBhttp:// Órgano de Control Interno de la SEPoenhttp://basica.sep.gob.mx/pec/oalcorreoelectrónico escuelasdecalidad@sep.gob.mx Suspensión y Cancelación de los apoyos del Programa. Son causales de suspensión y cancelación de los apoyos del PEC: El incumplimiento por parte de la comunidad escolar de las obligaciones establecidas en las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad y de su normatividad complementaria. La existencia de irregularidades en el manejo de los recursos. La renuncia voluntaria de la escuela a través de su CEPS. A fin de garantizar el uso transparente y eficaz de los recursos del PEC, la autoridad educativa podrá suspender, cancelar o exigir el reintegro de los apoyos proporcionados a aquellas escuelas que incumplan la normatividad del Programa, o bien cometan alguna irregularidad en el manejo de los recursos y aplicar las sanciones correspondientes a los responsables.

30 Compete a la Coordinación del PEC solicitar el inicio del procedimiento de sanción ante las autoridades y/o dependencias y/o organismos con jurisdicción en la materia, a los representantes del Consejo Escolar de Participación Social responsables de la administración de los recursos que incurran en alguna falta, sin eximir de la responsabilidad que pueda corresponder a otras áreas. Además, la existencia de irregularidades en el manejo de los recursos dará lugar a fincar responsabilidades legales en los términos de la legislación aplicable. Aquellas escuelas que decidan retirarse del Programa y que cuenten aún con recursos del mismo en sus cuentas bancarias, deberán devolverlos al Fideicomiso, en un término no mayor a diez días naturales. Los recursos no devengados por la escuela al término del cierre del ejercicio financiero 31 de mayo de 2016 establecido para el presente ciclo escolar, se reintegrarán al Fideicomiso para las Escuelas de Calidad de Aguascalientes. Situaciones imprevistas En caso de presentarse alguna situación no prevista en el presente Manual, deberá realizarse el planteamiento ante la Autoridad Educativa Local o en las oficinas del Programa Escuelas de Calidad, quien hará las gestiones conducentes ante los organismos y dependencias competentes, para efecto de resolución.

31 Glosario AEL: Autoridad Educativa Local. Al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación, así como a las entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa. APF: Asociación de Padres de Familia. ASF: Auditoría Superior de la Federación. CAF: Concentrado de Acciones Financiadas. CEPS: Consejo Escolar de Participación Social o equivalente. Órgano colegiado constituido en cada escuela pública de educación básica, integrado con madres, padres de familia, o tutores, y representantes de sus asociaciones, maestros/as y representantes de su organización sindical. CFDI: Comprobante Fiscal Digital por Internet. CMPSE: Consejo Municipal de Participación Social en la Educación. CONAPO: Consejo Nacional de Población. CTE: Consejo Técnico Escolar. Es el órgano integrado por el director/a del plantel y el personal docente, así como por los actores educativos que se encuentran directamente relacionados con los procesos de enseñanza y aprendizaje del estudiantado de las escuelas de educación básica. CTZ: Consejo Técnico de Zona escolar. Órgano colegiado que se constituye como un espacio propicio para el análisis, la deliberación y la toma de decisiones sobre los asuntos educativos de las zonas escolares. Se integra por el supervisor/a y el director/a de las escuelas de la zona escolar. DGDGIE: Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno federal. DGIE: Dirección General de Infraestructura Educativa. FEEC: Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad. IEA: Instituto de Educación de Aguascalientes. INE: Instituto Nacional Electoral PEC: Programa Escuelas de Calidad. RFC: Registro Federal de Contribuyentes REPUCE: Registro Público de Consejos Escolares. REVOE: Registro Estatal de Validación Oficial de Estudios. SAT: Servicio de Administración Tributaria SATE: Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela. SEB: Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública. SEP: Secretaría de Educación Pública. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público SPEPE: Secretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas de la SEP.

32 ANEXOS I. Formato CAF II. Acta de del CEPS de Designación de Firmante III. Acta del CEPS de aceptación de donación en Efectivo y/o Especie IV. Acta del CEPS de acuerdo de compras V. Acciones no autorizadas VI. Estimación de avance de obra VII. Acta de entrega-recepción VIII. Ejemplo de formato de informes financieros IX. Formato de Alta de Inventarios (IEA)

33 ANEXOS I: Formato CAF

34 ANEXOS II: Acta de Designación de Firmantes

35 ANEXOS III: Acta de Aceptación de Donación Efectivo y/o Especie

36 ANEXOS IV: Acta de Acuerdo de Compras

37 ANEXOS V: Acciones NO autorizadas Estímulos y sobresueldos a los maestros, directivos o servidores públicos Honorarios por concepto de cursos, conferencias, talleres, etc. que no cumplan con la curricular de opciones formativas correspondiente al nivel escolar al que pertenecen Diplomados de manera individual (a excepción de escuelas multigrado) Viajes de recreativos, de placer o de premiación Hospedaje Viáticos Combustibles Adquisición y/o mantenimiento de vehículos Equipos de cómputo ensamblados o usados Premios, obsequios y becas para alumnos, personal docente o padres de familia Pagos de servicios básicos como: renta mensual de teléfono, energía eléctrica, contratos de luz y agua, suministros de gas Aparatos telefónicos (incluye celulares) Arreglo de jardines, arboles, plantas de ornato y macetas Rentas de equipos de sonido, salones o locales, equipo y otro referente a la realización de eventos Cortinas de tela Ventiladores de piso Refrigeradores (a excepción de jardín de niños que manejan alimentos) Cámaras de video Sillones y escritorios ejecutivos Uniformes y vestuarios Alimentos Pago de transportes a particulares Regalos y donativos a padres de familia Compra de terrenos Construcción de casa habitación a docentes, veladores y directivos Relojes checadores y de control de acceso para personal Hornos de microondas(a excepción de CAM y de jardín de niños que manejan alimentos) Vehículos (camiones, autos, bicicletas, triciclos, patines del diablo) Obras de infraestructura Estructuras en estacionamientos Pórticos en acceso Monumentos y obras de ornato Sistemas de riego Pisos de duela Alfombras Las que de acuerdo a sus condiciones y características señale el PEC

38 ANEXOS VI: Estimación de Avance de Obra

39 ANEXOS VII: Acta Entrega Recepción

40 ANEXOS VIII: Ejemplo de formatos de Informe Financiero

41

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