Boletín oficial de la Provincia de valladolid
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- Cristina Lozano Gallego
- hace 8 años
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1 Núm. 1 Viernes, 2 de enero de 2015 Pág. 36 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO AREA DE BIENESTAR SOCIAL Servicios Sociales CEAS CONSIDERANDO que se ha emitido informe por la Directora del Departamento de Servicios Sociales, en fecha 20 de Noviembre de 2014, para que se inicie la tramitación administrativa del correspondiente expediente para suscribir Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Laguna de Duero y la Asamblea Local de Cruz Roja para el año 2014, conforme a la propuesta de Convenio que se adjunta. CONSIDERANDO que en fecha 29 de Octubre de 2013 el Ayuntamiento de Laguna de Duero comunicó a la Presidenta de la Asamblea Local de Cruz Roja la decisión de denunciar el Convenio de Colaboración vigente hasta ese momento entre ambas entidades, conforme a lo establecido en la Cláusula Decimotercera del mismo, con los efectos legalmente establecidos. CONSIDERANDO que en la comunicación, mencionada en el apartado anterior, el Ayuntamiento informó a dicha entidad de la intención de establecer un nuevo Convenio para el año 2014, al objeto de que pudiera darse continuidad a los proyectos y actividades que la Asamblea Local de Cruz Roja viene desarrollando. Pág. 36 CONSIDERANDO que durante todo el año 2014, la Asamblea Local de Cruz Roja ha continuado realizando proyectos y actividades de carácter e interés social, dirigidas fundamentalmente a colectivos vulnerables, muchas de ellas en coordinación y colaboración con el Centro de Acción Social del Ayuntamiento de Laguna de Duero, siendo necesario establecer un marco de colaboración entre ambas entidades para potenciar dichas actuaciones conjuntas y favorecer la coordinación de los diferentes programas y recursos existentes en el ámbito social municipal. CONSIDERANDO que por cuestiones de índole organizativa del Centro de Acción Social no ha sido posible hasta la fecha actual proceder al inicio de este procedimiento y dadas las fechas en que nos encontramos y el carácter anual de los presupuestos municipales, es necesario suscribir de manera urgente dicho Convenio de Colaboración, teniendo en cuenta la existencia de consignación presupuestaria en la partida del presupuesto municipal del año 2014, donde a fecha actual existe un crédito disponible de ,00 que se aprobó por parte del Ayuntamiento con la finalidad de poder suscribir este Convenio de Colaboración, habiéndose realizado la retención de crédito correspondiente con fecha 20 de noviembre y nº de operación CONSIDERANDO que debido a la premura de las fechas y de los plazos, a nivel técnico se aconseja suscribir dicho Convenio únicamente para la anualidad de 2014, sin posibilidad de prórroga, ya que sería necesario, si por parte de la Asamblea Local de Cruz Roja así se solicitase y el Ayuntamiento continuara en su intención de mantener esta colaboración, establecer unas nuevas bases sobre las que elaborar un próximo Convenio donde se
2 Núm. 1 Viernes, 2 de enero de 2015 Pág. 37 definan con mayor precisión las actividades y programas que formarán parte del mismo, en base a un diagnóstico técnico de necesidades en el ámbito municipal y a una delimitación más concreta y definida del marco conjunto de actuación. CONSIDERANDO que la Asamblea Local de Cruz Roja Española en Laguna de Duero es una entidad de voluntariado por lo que es de aplicación lo dispuesto en la Ley 8/2006 del Voluntariado de Castilla y León. Legislación de la que entre otras consideraciones se puede decir que la acción social tiene la consideración de actividad de interés general (art. 6), que las Administraciones Públicas podrán financiar programas o proyectos de voluntariado (art. 31); que las Administraciones Públicas podrán financiar programas o proyectos de voluntariado con cargo a sus propios presupuestos (art. 33); y, por último, que los Ayuntamientos de más de habitantes tendrán entre otras competencias, relacionadas con el voluntariado, la de articular mecanismos de participación de las entidades de voluntariado en la vida local. CONSIDERANDO, por otro lado, que la Asamblea Local de Cruz Roja estaría incluida como asociación vecinal, y que es exponente y fruto de las disposiciones Constitucionales contenidas en el art. 9.2, en relación con el art. 1.1 (Estado Social), viene vertebrado, por lo que respecta al ámbito municipal en el art. 72 de la Ley 7/1985 (LBRL) y en los artículos 232 a 235 del RD 2568/1986 (ROF). Que entre los derechos que se reconocen a las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, figura el de percibir subvenciones del Ayuntamiento. CONSIDERANDO que el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Laguna de Duero entre otros establece el fomento del asociacionismo (art. 33) utilizando entre otros medios las subvenciones y la previsión del desarrollo de programas de interés ciudadano general a través de convenios. Pág. 37 CONSIDERANDO que la Ley 38/2003, General de Subvenciones, tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones; Ley desarrollada mediante RD 887/2006 Reglamento General de Subvenciones. Que el art. 22-2c de la Ley en relación con el 67 del Reglamento se recoge expresamente la posibilidad de conceder de forma directa subvenciones con carácter excepcional aquellas en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. CONSIDERANDO que las actividades programadas por Cruz Roja tienen un claro interés público en atención, tanto de su contenido, como de la condición de la propia asociación. Visto cuanto antecede y en virtud de las facultades que la legislación me confiere, RESUELVO PRIMERO:Proceder a la firma del Convenio de Colaboración del Ilmo. Ayuntamiento de Laguna de Duero y la Asamblea Local de Cruz Roja Española de Laguna de Duero, concediéndola una subvención de hasta ,00 para el ejercicio 2014 al objeto de llevar a cabo las actuaciones y proyectos presentados y que figuran como Anexo I del Convenio. SEGUNDO:Disponer su exposición pública en el BOP para general conocimiento así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. TERCERO:Notificar la presente a la Intervención Municipal y a la Secretaría General.
3 Núm. 1 Viernes, 2 de enero de 2015 Pág. 38 CUARTO:Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento en virtud de lo establecido en el art. 42 del ROF y en el art. 57 del ROM. Lo manda y firma el Sr. Alcalde en el lugar y fecha del encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe. En Laguna de Duero a 27 de noviembre de El Alcalde.- Fdo.: D. Luis M. Minguela Muñoz Pág. 38
4 Núm. 1 Viernes, 2 de enero de 2015 Pág. 39 CONVENIO DE COLABORACION DEL ILMO. AYTO. DE LAGUNA DE DUERO Y ASAMBLEA DE CRUZ ROJA ESPAÑOLA DE LAGUNA DE DUERO DE UNA PARTE: La Sra. Dª Yolanda Boal del Campo, con DNI nº J, en calidad de Presidenta de la Asamblea Local de Cruz Roja Española de Laguna de Duero. Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Luis Mariano Minguela Muñoz, con DNI nº P, en calidad de Alcalde-Presidente del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO, (Valladolid). Intervienen en el ejercicio de sus cargos y, en la representación que ostentan, ambas partes se reconocen la legitimidad necesaria para la firma del presente Convenio. I.- FUNDAMENTACIÓN: - Marco legal y organizativo.- Ley de Acción Social, Decreto de Voluntariado, -delegación de competencias, etc caracterización de Cruz Roja. - Referencia a antecedentes: Servicio de Teleasistencia, proyectos CEAS-Cruz Roja. - Nuevos ámbitos de exclusión social. II.- CONSIDERACIONES: II.1.- Ambas instituciones consideran necesario establecer un marco de colaboración permanente para potenciar las actuaciones conjuntas que han venido desarrollando en programas de promoción y organización del Voluntariado Social en Laguna de Duero. II.2.- Se considera igualmente necesario articular adecuadamente la formación genérica y especializada del Voluntariado Social, de forma que pueda facilitarse su incorporación a los diversos programas de Acción Social que desarrolla el CEAS, así como a los servicios y programas directamente vinculados a Cruz Roja. II.3.- La incidencia de nuevos ámbitos de exclusión social, y especialmente la progresiva incorporación de población inmigrante junto a la necesidad de articular sistemas de apoyo para las personas con limitaciones en su autonomía, plantea el reto de facilitar y favorecer el acceso a los recursos sociales, procurando disponer los medios necesarios para ello. Pág. 39 II.4.- Ambas instituciones se comprometen a desarrollar conjuntamente actuaciones dirigidas a favorecer la coordinación de los programas y recursos existentes. III.- ACUERDOS: Primero Diseñar y realizar un programa de ámbito local con actividades de información y sensibilización sobre Voluntariado, dirigido a servir de base para la concreción de actuaciones de ámbito municipal y de zona. Segundo Evaluar las necesidades y potencialidades de organización de voluntariado en cada zona de acción social, prestando asesoramiento y apoyo a las iniciativas de promoción de voluntariado existentes y poniendo en funcionamiento las que se generen conjuntamente entre el CEAS y las organizaciones legales. Tercero El desarrollo de los proyectos que se deriven del análisis de necesidades y potencialidades del municipio, se realizarán mediante la incorporación de dichos proyectos como anexos al presente convenio. En tales anexos, se hará constar la responsabilidad que asumen los equipos de cada institución, los programas a los que se prevé incorporar Voluntariado, los costes que se deriven de la formación, organización y seguimiento del Voluntariado, así como cualquier otra
5 Núm. 1 Viernes, 2 de enero de 2015 Pág. 40 actuación complementaria que se estime idónea para la coordinación y máximo aprovechamiento de recursos de la zona, incluida la corporación de otras organizaciones al proyecto. Cuarto La finalidad del convenio es: Contribuir a la acción social con las personas mayores y retrasar el deterioro psicofísico de los usuarios facilitando su permanencia en su entorno más próximo. Facilitar a las personas en situación de aislamiento o soledad un cauce para la participación y el desarrollo personal. Desarrollar acciones de integración social con inmigrantes e indomiciliados. Fomentar acciones de corresponsabilidad y cooperación entre ambas entidades. Quinto La colaboración por parte de ambas entidades se articulará mediante: Transferencia mutua de información sobre las materias relacionadas con actuaciones que se contemplan en el convenio. las Seguimiento anual de las diferentes iniciativas que surjan sobre vulnerables desde ambas instituciones. colectivos Pág. 40 Apoyo técnico para la realización de iniciativas comunes. Colaboración en acciones de sensibilización de la zona. Sexto La Asamblea Local de Cruz Roja Española en Laguna de Duero presentará anualmente una memoria de actividad de conformidad con los criterios de la Administración Local correspondiente a las actuaciones realizadas y los gastos. Séptimo Comisión de seguimiento: 2 personas de cada institución, con capacidad de representación institucional y técnica, para valorar los proyectos y, en su caso, introducir las modificaciones que sean necesarias para su correcta ejecución, elaborar informes y propuestas de incorporación de proyectos complementarios y prever la programación anual. La Comisión celebrará una reunión ordinaria anual, salvo que alguna de las partes considere la necesidad de convocar con carácter urgente una reunión extraordinaria. Octavo De riesgos y responsabilidades Cruz Roja Española en Laguna de Duero, en el desarrollo del presente cumplirá escrupulosamente las normas de seguridad e higiene en el trabajo; así como, en lo referente a la labor de voluntariado, realizará un análisis de riesgos en cada una de las actividades asegurando la cobertura de responsabilidad civil y de accidentes. Noveno- Justificantes y cobros Se establece como plazo de realización de la actividad desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de Los gastos realizados con anterioridad a la firma del Convenio que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la subvención, serán imputables a la cuantía prevista en el mismo, siempre que estén debidamente justificados y se haya realizado a partir del 1 de enero de 2014.
6 Núm. 1 Viernes, 2 de enero de 2015 Pág. 41 El cobro por parte de la Cruz Roja, se hará de acuerdo a las siguientes estipulaciones y en las que se determina: Concedida la subvención, el pago se realizará mediante un único ingreso por la cantidad íntegra concedida de ,00 que será abonada una vez justificado convenientemente el gasto realizado. Para ello, Cruz Roja deberá presentar al Ayuntamiento, antes del 15 de diciembre, la documentación siguiente: Memoria de Actividades. C.I.F. de la Asociación. Nº de la Cuenta Corriente a la cuál se haya de efectuar la transferencia. Facturas originales por un importe mínimo del de la subvención concedida y que serán devueltas una vez fiscalizadas. Certificación de la Tesorería Municipal, acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la entidad. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social. Certificado de estar al corriente con Hacienda. Además, de cumplir con el Art. 6º del presente Convenio. Pág. 41 Décimo Vigencia El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma y surtirá efectos hasta el 31 de diciembre de La Asamblea Local de Cruz Roja en Laguna de Duero podrá solicitar la firma de un nuevo Convenio para el ejercicio económico del que se trate. Undécimo Procederá el reintegro de la subvención conforme a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Y, en prueba de conformidad, las partes suscriben este documento por triplicado ejemplar en lugar y fechas señalados. D.L.: N.º: VA-200/2010 BOPVA-B
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