DIRECTIVA ACADÉMICA DEL ESTUDIANTE

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1 DIRECTIVA ACADÉMICA DEL ESTUDIANTE Preparando el Camino...

2 Nº página: 2 de 19 DIRECTIVA ACADÉMICA DEL ESTUDIANTE La presente Directiva Académica del es un documento que la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista (AUPSJB) ofrece a todos los estudiantes, con el objetivo de hacer de su conocimiento los procedimientos y actos administrativos que sustentan formalmente el desarrollo de sus estudios en la Universidad. INDICE Pág. 1. De las Solicitudes 2 2. Matrícula 2 2a.-Matrícula Total 3 2b.-Matrícula Parcial 4 3. Matrícula Extemporánea 4 4. Matrícula en caso de Asignaturas Desaprobadas 4 5. Rectificación de Matrícula 5 6. Ampliación De Créditos 5 7. Reserva de Matrícula o Ampliación de Reserva de Matrícula 5 8. Reserva de Vacante 6 9. Actualización de Matrícula Reincorporación a la Universidad Traslado Interno Cambio de Programa Cambio de Sede o Filial Convalidación de Asignaturas Subsanación de Asignaturas Record Académico Certificado de Estudios Constancia de Estudios Duplicado de la Constancia de Ingreso a la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista Carné Universitario Duplicado del Carné Universitario Revisión de notas de Exámenes parciales Asistencia y horario Vestimenta De las prácticas pre Profesionales Evaluación Examen de rezagados Examen de aplazados Pago de Pensión y Cuotas por Servicios de Enseñanza Becas y Subvenciones Infracciones y Sanciones Grado de Bachiller Título Profesional Disposiciones Complementarias Disposiciones Finales DE LAS SOLICITUDES Todo trámite se realizará mediante el Formato Único de Solicitud (FUS) vigente de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista (AUPSJB). Las solicitudes en las Filiales deberán ser presentadas al Director General Académico de la Filial (DGAF).. Las solicitudes serán entregadas en la oficina que corresponda de acuerdo al procedimiento establecido para cada trámite. El resultado del trámite o documento requerido será entregado en la oficina donde presentó su solicitud. El usuario deberá acompañar a su solicitud todos los requisitos exigidos según el trámite a realizar. 2. MATRÍCULA Es el procedimiento por el cual se oficializa la condición de estudiante de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, y es de estricta responsabilidad de cada estudiante.

3 Nº página: 3 de 19 La Matrícula se realiza de acuerdo a lo establecido en el Cronograma de Actividades Académicas que corresponda. Existen dos tipos de Matrícula: Total y Parcial. Los s deben ser matriculados en las asignaturas que corresponden a su ciclo, siendo únicamente para el primer ciclo en el Departamento de Registro Técnico; para los ciclos siguientes en su respectiva Escuela Profesional. Se podrán matricular en asignaturas secuencialmente hasta de tres ciclos continuos siempre y cuando cumplan los pre-requisitos y los créditos del Plan de Estudios vigente. El estudiante no podrá tener cruces de horarios. Se determina el ciclo al que pertenece el estudiante por el mayor número de cursos matriculados según el Plan de Estudios de cada carrera profesional. En caso que el estudiante tenga igual número de asignaturas matriculadas en dos o más ciclos, corresponde ubicarlo en el ciclo inferior. 2a.-MATRÍCULA TOTAL Se considera Matrícula Total cuando la suma de créditos de las asignaturas en las que se efectuó la matrícula en un semestre académico tiene un mínimo de 13 créditos y un máximo de acuerdo al Plan de Estudios vigente de cada Carrera Profesional. 1. Ficha de Pre Matrícula (gestionada por la Escuela Profesional). 2. Última Boleta de Notas (gestionada por la Escuela Profesional). 3. No tener obligaciones pendientes de acuerdo a su Cronograma de Pagos. 4. Comprobante de Pago de Matrícula y Primera Cuota del Cronograma establecido de acuerdo a lo indicado en el numeral de la Directiva Administrativa para Pagos de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pregrado. 5. Las Escuelas Profesionales tendrán en cuenta para el procedimiento de matrícula, las Resoluciones por sanciones disciplinarias informadas por el Decano de la Facultad. 6. Fotografía digital tomada en el Departamento de Registro Técnico sólo para ingresantes. 7. Los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud presentarán a la Escuela Profesional, semestral o anualmente según corresponda, Certificado de Vacunas, Certificado Médico de Salud Física y Salud Mental expedido o refrendado por el Ministerio de Salud o Institución de salud que tenga convenio con la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. 8. Declaración Jurada de Compromiso de Pago firmada por el y el Responsable Económico según la Directiva Administrativa para Pago de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pregrado. La documentación presentada para la matrícula formará parte de los archivos de la universidad, no siendo procedente por ningún motivo su devolución. a) Durante el periodo de matrícula establecido en el Cronograma Académico, el estudiante que haya cumplido con los requisitos indicados deberá presentarse a la Escuela Profesional a la que pertenece para que sea matriculado. b) Los estudiantes, de ser el caso, deberán presentarse al Departamento de Servicio Social para tramitar su reconocimiento como beneficiario de un Convenio siempre que cumpla con los requisitos.

4 Nº página: 4 de 19 c) El estudiante cancelará la matrícula y cuotas de la programación de pagos en las entidades bancarias designadas para este fin o en la Tesorería de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista según lo establecido en la Directiva Administrativa para Pagos de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pregrado. Los ingresantes al primer ciclo realizarán sus pagos de matrícula y pensiones o cuotas, en la Tesorería de cualquiera de las Sedes o Filiales de la Universidad. d) La Escuela Profesional incluye de oficio la Boleta de Notas en el expediente de Matrícula. e) El Coordinador Académico o el Docente Asesor de Matrícula (de preferencia docente ordinario) verificará el cumplimiento de los requisitos para la Matrícula del e indicará las asignaturas y el número de créditos que pueda cursar sobre la base de las asignaturas indicadas en la Ficha de Pre-Matrícula. f) La Ficha de Pre-Matrícula será firmada por el estudiante y el Coordinador Académico o el Docente Asesor. g) La documentación del estudiante será enviada al Departamento de Registro Técnico para su verificación, procesamiento y emisión de la Ficha de Matrícula y el archivo respectivo. h) La documentación del referida a los Certificados de Salud será archivada en el Tópico de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. 2b.-MATRÍCULA PARCIAL Es la matrícula por Asignaturas en el semestre académico hasta por un máximo de doce (12) créditos. 1. Los mismos de la Matrícula Total. 2. Comprobante de Pago según la cantidad de créditos. El mismo que el señalado para la Matrícula Total. El pago se realizará de acuerdo al número de créditos y la naturaleza de la asignatura a cursar cuyo valor lo determina la Universidad en la Directiva Administrativa para Pago de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pre Grado. 3. MATRÍCULA EXTEMPORÁNEA Es la matrícula que se realiza después de la programación establecida para Matrícula en el Cronograma de Actividades Académicas. Sólo se aceptará Matrícula Extemporánea durante las tres primeras semanas de iniciadas las clases. Procede la Matrícula Extemporánea, autorizada por el Director de la Escuela Profesional o el Coordinador de la Escuela Profesional de la Filial. 1. Los requisitos de Matrícula Total. 2. Comprobante de Pago por Matrícula Extemporánea El señalado para la Matrícula. 4. MATRÍCULA EN CASO DE ASIGNATURAS DESAPROBADAS El estudiante deberá obligatoriamente matricularse en los cursos desaprobados. Cuando el estudiante tenga una o más asignaturas dos veces desaprobadas, realizará Matrícula Parcial.

5 Nº página: 5 de 19 Sólo en caso que las Asignaturas desaprobadas tengan un creditaje mayor a doce (12) podrán exceder este número de créditos. 5. RECTIFICACIÓN DE MATRÍCULA Es el procedimiento que podrá realizarse en alguno de los siguientes casos: 5.1 Cuando el estudiante la solicita justificadamente. 5.2 Cuando existe un error administrativo en la Escuela Profesional. 5.3 Por convalidación de asignaturas. El plazo para solicitar Rectificación de Matrícula es hasta culminar la cuarta semana de clases. 1. Solicitud de Rectificación de Matrícula dirigida al Decano (sólo para el caso 5.1) y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Ficha de Matrícula 3. Resolución de Convalidación (sólo para el caso 5.3) 4. Comprobante de Pago por Rectificación de Matrícula (sólo para el caso 5.1). a) El estudiante dentro del plazo establecido presentará su solicitud adjuntando los requisitos. b) En los procesos de convalidaciones y en caso de error en el proceso administrativo, la rectificación de matrícula se efectuará sin costo para el. c) Aprobación por el Decano de la Facultad y en la Filial por el Director General Académico de la Filial. d) El Departamento de Registro Técnico procesará la rectificación de matrícula y emitirá la nueva Ficha de Matrícula. 6. AMPLIACIÓN DE CRÉDITOS Procede la Ampliación por un máximo de 5 créditos adicionales si el cumple con las tres siguientes condiciones: a) Haber realizado Matrícula Total de acuerdo al Plan de Estudios. b) Haber realizado matrícula total y aprobado todas las asignaturas en el semestre anterior según el Plan de Estudios vigente. c) Tener como mínimo promedio ponderado de trece (13) en el Semestre anterior. Excepcionalmente se podrá solicitar ampliación de créditos (solo por una asignatura) en el último ciclo de la carrera. El plazo para presentar solicitudes es hasta culminar la segunda semana de clases. 1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Copia de boleta de Notas del semestre anterior. 3. Comprobante de Pago por los créditos solicitados. El mismo de la Matrícula Total y aprobado por el Decano o en las Filiales por el Director General Académico de la Filial. 7. RESERVA DE MATRÍCULA O AMPLIACION DE RESERVA DE MATRICULA Es el procedimiento que permite al estudiante suspender sus estudios con el fin de no ser incluido en las Actas y eliminar el pago de las cuotas de las pensiones mientras dure el periodo de reserva. En caso que no haya solicitado

6 Nº página: 6 de 19 Reserva, aparecerá en el Acta con Nota Cero (00) y se considerará como cursadas las asignaturas. Procede solicitar Reserva de Matrícula hasta la tercera semana de clases y por un tiempo máximo de 2 años. Vencido el plazo de Reserva de Matrícula el estudiante puede solicitar Ampliación de Reserva de Matrícula, hasta la tercera semana del Semestre en el que le corresponde matricularse, por un período adicional máximo de dos años, previo pago del derecho establecido. En caso de no solicitar oportunamente la Reserva de Matrícula o la Ampliación de Reserva de Matrícula perderá la condición de. Para continuar sus estudios deberá efectuar el trámite de Reincorporación a la Universidad. 1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Comprobante de Pago por derechos de Reserva de Matrícula o Ampliación de Reserva de Matrícula. 3. Ficha de Matrícula del semestre vigente. 4. No tener obligaciones pendientes. a) El estudiante presentará una solicitud dirigida al Decano de la Facultad pidiendo Reserva de Matrícula o ampliación de Reserva de Matrícula. b) La Reserva de Matrícula será autorizada mediante Resolución Decanal. c) La Resolución Decanal deberá indicar el tiempo por el que se Reserva la Matrícula. d) En la filial, se procesa la solicitud y se remite el expediente al Decano para la emisión de la Resolución correspondiente. 8. RESERVA DE VACANTE La Reserva de vacante es el procedimiento por el cual un ingresante de cualquier modalidad a la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista puede mantener esa condición hasta por un año. 1. Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión de Admisión y en la Filial al Director General Académico. 2. Constancia de ingreso expedida por la Oficina de Admisión. 3. Comprobante de Pago por derecho de Reserva de Vacante a) Después de haber ingresado a la Universidad y antes de efectuar la matrícula, existe el derecho a la Reserva de Vacante hasta treinta días después del examen de admisión. b) Efectuar el pago por Derecho de Reserva de Vacante. c) Presentar la solicitud debidamente llenada en la Oficina de Admisión, acompañada de los requisitos. d) El Presidente de la Comisión de Admisión aprueba lo solicitado y se remite al Departamento de Registro Técnico para el trámite correspondiente. 9. ACTUALIZACIÓN DE MATRÍCULA Es el procedimiento que permite al reiniciar sus estudios después de una Reserva o Ampliación de Reserva de Matrícula. Procede la Actualización de Matrícula si es solicitada con un mes de anticipación a la fecha de inicio de clases de acuerdo al Cronograma de Actividades Académicas correspondiente..

7 Nº página: 7 de Solicitud dirigida al Decano de la Facultad. 2. Copia de la Resolución de Reserva de Matrícula o Ampliación de Reserva de Matrícula. 3. Record Académico incluido en el expediente de oficio por la Escuela Profesional. 4. Comprobante de Pago por derecho de Actualización de Matrícula. a) El Decano de la Facultad y en las Filiales el Director General Académico de la Filial considerará procedente la solicitud si cumple los requisitos señalados. b) Se emitirá la Resolución Decanal. En las Filiales se procesa la solicitud de Actualización de Matrícula y se remite el expediente al Decano para la emisión de la Resolución correspondiente. c) El Departamento de Registro Técnico emitirá la Ficha de Pre Matricula y la remitirá a la Escuela Profesional. d) La matrícula se realizará de acuerdo a lo establecido para la matrícula Total o Parcial. 10. REINCORPORACION A LA UNIVERSIDAD Se reincorporan a la Universidad aquellos estudiantes que dejaron de estudiar y que no hicieron Reserva de Matrícula o ampliación de reserva de matrícula. 1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad respectiva y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Comprobante de pago por derecho de reincorporación a la Universidad. 3. Copia del Record Académico gestionada por la Escuela Profesional 4. Estar al día en sus pagos al Semestre de retiro. a. El presentará una Solicitud dirigida al Decano de la Facultad y en las Filiales al Director General Académico de la Filial, pidiendo reincorporación a la Universidad. b. El Departamento de Créditos y Cobranzas informará al Decano la situación financiera del al Semestre de retiro. c. La reincorporación a la Universidad será autorizada mediante Resolución Decanal la misma que será distribuida a la Escuela Profesional, Departamento de Créditos y Cobranzas y Departamento de Registro Técnico. d. El Departamento de Registro Técnico emitirá la Ficha de Pre Matrícula. e. Se inicia el proceso de matrícula bajo las condiciones establecidas para la Matrícula Total o Parcial. f. En la filial se procesa la solicitud y se remite el expediente al Decano para la emisión de la resolución correspondiente. 11. TRASLADO INTERNO Procede el Traslado Interno de los s entre las Carreras Profesionales de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. 1. Solicitud de Traslado Interno dirigida a la Comisión General de Admisión de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. Habiendo aprobado el postulante el Examen Especial, la Oficina de Admisión tramitará, de oficio, la anulación de la vacante en la carrera profesional de origen.

8 Nº página: 8 de Comprobante de Pago por derecho de Traslado Interno. 3. Haber aprobado como mínimo dos semestres académicos completos o treinta y seis (36) créditos demostrados mediante Certificados de Estudios originales. 4. No tener obligaciones pendientes con la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista (deudas, materiales de biblioteca, materiales de laboratorios, etc.). 5. Haber aprobado el Examen Especial. 6. Obtener una de las vacantes reservadas para esta modalidad en la Escuela Profesional receptora. El estudiante puede solicitar convalidar asignaturas de acuerdo al Reglamento para convalidaciones. a) Los estudiantes presentarán su solicitud a la Oficina de Admisión de la Universidad. b) La Comisión General de Admisión convocará a los docentes evaluadores que realizará el Examen Especial de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Admisión. c) El Vicerrector Académico, con el Informe favorable de la Comisión de Admisión procederá a emitir la Resolución que corresponde. d) La Resolución es remitida al Departamento de Registro Técnico para su archivo. e) El Departamento de Registro Técnico procederá al retiro en la carrera de origen. f) El estudiante procederá a solicitar la convalidación de asignaturas de acuerdo al Reglamento para Convalidación de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. En las Filiales se procesan las solicitudes en la Oficina de Admisión. El Vicerrector Académico emite la Resolución correspondiente. 12. CAMBIO DE PROGRAMA Existen dos programas de estudios: a) Regular. b) Especial para Adultos. Procede el cambio de Programa en la misma carrera profesional. No procede el cambio del Programa Regular al Programa Especial para Adultos (PEA) con las excepciones estipuladas en el Reglamento de este último. 1. Solicitud de cambio de Programa dirigido al Decano de la Facultad y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Comprobante de Pago por el derecho de Cambio de Programa. a) Los s presentarán su solicitud en la Facultad para que sea remitido a la Comisión de Admisión del Programa Especial para Adultos para que resuelva según lo reglamentado. b) Con el informe favorable de la Comisión de Admisión del Programa Especial para Adultos, el Decano emitirá la Resolución correspondiente. 13. CAMBIO DE SEDE O FILIAL Es el procedimiento por medio del cual un se traslada de una Sede a otra Sede o Filial, o de una Filial a otra Filial o Sede de estudios. Los trámites de cambio de sede o filial deben realizarse preferentemente antes del inicio de clases.

9 Nº página: 9 de Solicitud dirigida al Decano de la Facultad y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Comprobante de Pago por derecho de cambio de Sede ó Filial. 3. Ficha de Matrícula o Record Académico. a) Mediante Resolución Decanal se aprueba el cambio de Sede o Filial. Esta Resolución se distribuye a las partes interesadas. b) El Departamento de Registro Técnico de la Sede central procesa la Resolución y coordina el traslado del expediente al Departamento de Registro Técnico de la Filial de destino. 14. CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS El proceso de convalidación se rige por el Reglamento vigente de Convalidaciones de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. Convalidación es el proceso por el cual a los postulantes por traslado externo o interno, que cuenten con un título profesional universitario, título de Institutos Superiores o hayan aprobado 36 créditos de nivel universitario, se les convalida asignaturas por haberlos aprobado previamente, siempre y cuando se cumpla con los requisitos exigidos por la Universidad o Facultad de destino. El Departamento de Registro Técnico informará a los ingresantes por Examen Especial que las Escuelas Profesionales les entregarán el Reglamento para Convalidaciones. 1. Ficha de verificación de Documentos firmada por el Director de la Escuela Profesional o quien lo represente en este proceso. (Formato Nº1 Verificación de Documentos de Convalidación). 2. Presentación de una solicitud dirigida al Decano de la Facultad. En las Filiales, la solicitud será dirigida al Director General Académico de la Filial (DGAF). 3. Comprobante de Pago por derecho de convalidación por cada asignatura. 4. Ficha de Matrícula correspondiente al Semestre Académico en el que se solicita la Convalidación. 5. Sílabos de las asignaturas a convalidar de acuerdo al Reglamento para Convalidación.. 6. Certificados de Estudios originales. 7. Copia Simple del Documento Nacional de Identidad (DNI). El convalidante por Traslado Externo deberá presentar adicionalmente una Declaración Jurada de no haber sido separado en la Universidad de origen por motivo disciplinario. (Formato Nº2 - Declaración Jurada de no haber sido separado por Motivo Disciplinario) El solicitante que ha realizado estudios en universidades del extranjero deberá presentar los sílabos debidamente legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, traducidas al castellano de ser necesario y registradas en la Asamblea Nacional de Rectores. a. Los estudiantes interesados en convalidar asignaturas deberán acudir a la Escuela Profesional para recibir el Reglamento para Convalidación y preparar su expediente cumpliendo con los requisitos. b. El estudiante deberá apersonarse a la Escuela Profesional con su

10 Nº página: 10 de 19 documentación para la verificación del cumplimiento de requisitos. El Director de la Escuela Profesional, o quien lo represente en este proceso, utilizará para la verificación el Formato Nº1- Verificación de Documentos, debiendo firmarlo y sellarlo el mismo día de la presentación de tales documentos, sólo si se cumple el 100% de los requisitos. Estos actos no significan el inicio del trámite de convalidación. En las Sedes y Filiales la verificación de los documentos es realizada por el Coordinador Académico de la Escuela Profesional. El estudiante tendrá un plazo máximo de siete (7) días a partir de haber realizado su matrícula, para presentar en la Facultad y en las Filiales en la Dirección General Académica de la Filial, la solicitud de convalidación acompañada de los requisitos exigidos debidamente foliado. Si el estudiante desea realizar traslado interno e hizo reserva de matrícula, debe actualizar la matrícula en la Escuela Profesional de origen para iniciar el trámite de traslado y convalidación. El estudiante deberá asistir a clases en los horarios establecidos para las asignaturas de las que haya solicitado convalidación hasta que el Decano emita la Resolución de procedencia o improcedencia de lo solicitado. 15. SUBSANACIÓN DE ASIGNATURAS El estudiante desaprobado en un máximo de dos Asignaturas de especialidad al finalizar su Carrera Profesional, puede rendir exámenes de subsanación académica de dichas asignaturas transcurridos 30 días de culminadas las actividades académicas del semestre vigente. Excepcionalmente, los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud tendrán dos oportunidades de subsanación: al culminar Ciencias Básicas y al culminar Ciencias Clínicas. Cada oportunidad solamente permitirá subsanación de dos asignaturas que correspondan a los ciclos que los integran. No procede subsanación para Internado Hospitalario. 1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, señalando las asignaturas a subsanar. 2. Comprobante de Pago por crédito, por derecho de Examen de Subsanación de cada asignatura. a) El estudiante presentará la solicitud dirigida al Decano de la Facultad, pidiendo el examen de subsanación. b) El Decano de la Facultad emitirá la Resolución Decanal autorizando al estudiante a rendir el examen correspondiente previo informe de la Escuela Profesional sustentado en el Record Académico. En las Filiales se procesarán las solicitudes y se remitirán al Decano para la Resolución Respectiva. c) Se remitirá la Resolución Decanal al Departamento de Registro Técnico para que proceda a la emisión del Acta de Subsanación y la remisión a la Escuela Profesional. d) El Director de la Escuela Profesional o el Coordinador Académico de la Escuela Profesional en la Filial designará al Docente que tomará el Examen respectivo. e) Las Actas de Subsanación, llenadas y firmadas para su procesamiento, se remitirán al Departamento de Registro Técnico y archivo correspondiente. El acta se emitirá en el semestre que concluye sus estudios.

11 Nº página: 11 de 19 f) De no aprobar el Examen de Subsanación, el estudiante deberá matricularse en un Semestre Académico siguiente. 16. RECORD ACADÉMICO El Record Académico es un documento que contiene la situación académica del estudiante (asignaturas aprobadas y desaprobadas por semestre, creditaje, asignaturas convalidadas y promedio ponderado semestral y acumulado). 1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad o al Director General Académico de la Filial en la Filial. 2. Comprobante de Pago. 3. Informe de No tener obligaciones pendientes con la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista emitido por el Director de la Escuela Profesional. a) Presentar la solicitud con los requisitos establecidos. b) El Decano de la Facultad o el Director General Académico de la Filial en la Filial autoriza al Departamento de Registro Técnico la emisión del Record Académico y la entrega al estudiante. 17. CERTIFICADO DE ESTUDIOS El Certificado de Estudios es un documento en el que se acredita que el estudiante aprobó asignaturas en una de las carreras profesionales de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista indicando el semestre, créditos, notas en números y letras. Es firmado por el Vicerrector Académico, el Decano de la Facultad y el Jefe del Departamento de Registro Técnico. 1. Solicitud dirigida al Vicerrector Académico y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Comprobante de Pago por cada ciclo de Estudios Fotografías de frente tamaño carné a color. 4. Informe de No tener obligaciones pendientes con la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista emitido por el Director de la Escuela Profesional. a) Presentar la solicitud con los requisitos. b) El Certificado de Estudios será elaborado por el Departamento de Registro Técnico. c) Los Certificados de Estudios serán entregados en el Vicerrectorado Académico y en las Filiales en la Dirección General Académica de la Filial. 18. CONSTANCIA DE ESTUDIOS La Constancia de Estudios es un documento que consigna el ciclo y las asignaturas en que el estudiante está matriculado. 1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad y en las filiales al D7irector General Académico. 2. Comprobante de Pago por derecho de Constancia. 3. Informe de No tener obligaciones pendientes con la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista emitido por el Director de la Escuela Profesional fotografías a color a) Presentar la solicitud con los requisitos exigidos.

12 Nº página: 12 de 19 b) Elaboración de la Constancia de Estudios por la Facultad; previa verificación de la condición del estudiante. c) Entrega de la constancia en el Decanato y en la Filial en la Dirección General Académica de la Filial. d) La Dirección General Académica de la Filial atenderá las solicitudes presentadas previa coordinación con la Escuela Profesional correspondiente. 19. DUPLICADO DE LA CONSTANCIA DE INGRESO A LA ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA La Constancia de Ingreso es un documento que oficializa el ingreso del postulante a la Universidad. 1. Solicitud dirigida a la Comisión de Admisión y en las Filiales al Director General Académico de la Filial. 2. Comprobante de Pago por derecho de Duplicado de Constancia de Ingreso. a) Presentar la solicitud en la Oficina de Admisión. b) La Oficina de Admisión elabora el duplicado de la Constancia. c) El Presidente de la Comisión de Admisión firma el duplicado de la constancia, y en las Filiales el Director General Académico de la Filial. d) La Oficina de Admisión entrega el Duplicado de la Constancia de Ingreso. Los ingresantes por el Centro Pre- Universitario realizarán su trámite directamente ante éste. 20.CARNÉ UNIVERSITARIO Es un documento que emite la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) para identificar a los estudiantes universitarios matriculados en las universidades públicas y privadas del país. Para acceder al Carné Universitario es necesario que el estudiante realice matrícula regular en los plazos establecidos en el Cronograma de Actividades Académicas de la Universidad. 1. Estar matriculado en la Universidad. 2. Fotografía Digital tomada en la Universidad con fondo blanco y ropa oscura. a) El Departamento de Registro Técnico remitirá a la Asamblea Nacional de Rectores la relación de estudiantes matriculados, los archivos digitales de las fotografías tomadas y el comprobante de pago correspondiente. b) El Departamento de Registro Técnico recoge los Carnés Universitarios de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista en la Asamblea Nacional de Rectores. c) El Departamento de Registro Técnico remite los Carnés Universitarios a las Escuelas Profesionales y a las Filiales. d) Los estudiantes recabarán en el Departamento de Registro Técnico el duplicado de Carné Universitario. En las Filiales será entregado por el Director General Académico de la Filial. 21.DUPLICADO DEL CARNÉ UNIVERSITARIO 1. Solicitud dirigida al Rector

13 Nº página: 13 de Constancia de la Denuncia Policial y comprobante de pago de la tasa respectiva. 3. Comprobante de Pago por derecho de Duplicado de Carné. a) Solicitud de duplicado del Carné Universitario dirigida al Rector, adjuntando los requisitos. b) El Departamento de Registro Técnico solicita a la Asamblea Nacional de Rectores la emisión del duplicado del Carné Universitario. c) Los estudiantes recabarán en la Escuela Profesional el duplicado del Carné Universitario. 22.REVISIÓN DE NOTAS DE EXAMENES PARCIALES. El docente responsable de la asignatura resolverá y entregará a los estudiantes los exámenes calificados y procederá a desarrollarlo en la clase siguiente al examen parcial. El estudiante podrá solicitar por causa justificada la revisión de la calificación de la prueba escrita de los exámenes parciales sólo cuando el docente entrega los resultados en el aula. 23.ASISTENCIA Y HORARIO El estudiante, sin expresión de causa, puede alcanzar el 30% de inasistencia. Si el estudiante supera el 30% sobre el total de horas programadas de una asignatura (teóricas, prácticas, de laboratorio u otras). Quedará sin efecto sus evaluaciones debiendo colocarse Cero (00) en el Acta Final. El docente responsable del curso hará cumplir esta disposición. El estudiante deberá nuevamente matricularse en la asignatura En casos excepcionales, el Coordinador de la Escuela podrá resolver los casos de inasistencias a clases (teóricas, prácticas, laboratorio u otras) presentado hasta 48 horas después de producido el impedimento Las clases tendrán una duración de 50 minutos en el turno mañana y tarde y de 40 minutos en el turno noche Los estudiantes deberán asistir puntualmente en el horario de clases programado. 24.VESTIMENTA Atendiendo a razones de bioseguridad, seguridad industrial, identificación institucional y de la Carrera Profesional, el estudiante deberá usar la vestimenta indicada en esta Directiva Académica del. El uniforme debe tener el logo de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista Uso de uniformes: los estudiantes de Ciencias de la Salud deberán utilizar el uniforme de acuerdo a las siguientes características: a) Escuela Profesional de Medicina Humana: a.1 Clases Teóricas, Prácticas de Laboratorio y Prácticas Comunitarias: Chaqueta blanca de dril y mandil con logo de la Universidad, pantalón blanco, calzado blanco. a.2 Practicas Clínicas: Ropa de vestir, chaqueta y mandil según Sede Hospitalaria y cabello recogido para damas y cabello corto para varones. a.3 Internado Hospitalario: Según lo disponga los responsables del campo clínico y de acuerdo a la naturaleza del servicio.

14 Nº página: 14 de 19 b) Escuela Profesional de Enfermería: b.1. Clases Teóricas, Prácticas de Laboratorio, Prácticas Comunitarias e Internado Rural: Chaqueta blanca con botones y logo de la universidad, pantalón azul, calzado negro tipo mocasín y cabello recogido con redecilla para damas y cabello corto para varones. Chompa y/o casaca ploma para el invierno. b.2. Práctica Clínica (del 3er ciclo al 8vo ciclo): Uniforme Blanco compuesto por chaqueta con logo, pantalón en tipo polystel de gabardina, calzado blanco (con cuña o taco Nº3 para damas), reloj con correa metálica plateada o de color negro con segundero, mandil canguro color turquesa con logo y cabello recogido con redecilla para damas y cabello corto para varones. b.3. Internado Hospitalario: Uniforme color turquesa compuesto por: chaqueta con logo, pantalón y canguro del mismo color, calzado azul tipo mocasín (con cuña o taco Nº3 para damas), abrigo azul y cabello recogido para damas y corto para varones. Para varones: chaqueta turquesa y pantalón azul y calzado negro. c) Escuela Profesional de Estomatología: c.1. Clases Teóricas y Prácticas Clínicas: Calzado blanco, pantalón blanco, chaqueta blanca con logo de la Universidad y cabello recogido para damas y corto para varones. c.2. Prácticas de Laboratorio: Mandil con logo, pantalón y calzado blanco, cabello recogido para damas y corto para varones. c.3 Prácticas de Pre Clínica: Mandil color azul con logo, pantalón blanco, calzado blanco y cabello recogido para damas y corto para varones. c.4 Prácticas de Campo: Mandil color celeste con logo de la universidad y dibujos representativos para los niños, pantalón blanco, calzado blanco y cabello recogido para damas y corto para varones. c.5 Prácticas Clínicas: Calzado blanco, pantalón blanco, mandil blanco con logo y uniforme de color verde para cirugía. d) Escuela Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia d.1 Clases Teóricas: Según indique la Escuela Profesional. d.2 Prácticas de Laboratorio y de Campo: Mandil blanco con logo y cabello recogido para damas y cabello corto para varones. d.3 Prácticas Clínicas: Mandil blanco con logo, uniforme para cirugía color verde Los estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería de Computación y Sistemas deberán utilizar mandil blanco para las clases prácticas de laboratorio (Física) Los estudiantes de la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación deberán utilizar en las prácticas audiovisuales de campo, chaleco tipo reportero con logo de la universidad Los estudiantes de la Escuela Profesional de Turismo, Hotelería y Gestión Cultural utilizarán los uniformes que en

15 Nº página: 15 de 19 función de la especialidad les indique la Escuela Los estudiantes de las Escuelas Profesionales de Derecho, Administración de Negocios y Contabilidad utilizarán ropa de vestir, casual u otras que determine la Escuela Profesional. 25.DE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES. Las Prácticas Pre Profesionales se rigen por el Reglamento aprobado por Resolución Rectoral. 26.EVALUACIÓN 26.1 Los exámenes parciales son por escrito y se realizarán en la quinta, décima y décima séptima semana, este último con suspensión de clases. Los controles de lectura se realizarán en la cuarta, octava y décima segunda semana. Las demás Actividades Académicas se evaluarán de acuerdo a lo programado en el Sílabo. Pueden ser o no cancelatorios. No hay exámenes sustitutorios. La Dirección de la Escuela Profesional y en las Filiales, el Director General Académico de la Filial, aprobarán y publicarán el rol de exámenes con una semana de anticipación a su realización El Promedio es igual a la suma de los valores ponderados que establezca cada Escuela Profesional de las notas obtenidas por los estudiantes. Las notas son las siguientes: 3 Exámenes parciales. 1 Proyección Social. 1 Trabajo de Investigación Formativa Promedio de Actividades Académicas (Controles de Lectura, Participación activa en clase: intervenciones de opinión, crítica, resumen u otros; prácticas; trabajos escritos y/u orales; exámenes de laboratorio; etc.) Sólo serán evaluados los estudiantes que se encuentran matriculados y cumplan con todas las obligaciones establecidas en las normas vigentes de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista El estudiante será evaluado solamente en las asignaturas que se indiquen en su Ficha de Matrícula El estudiante que no rinda el primer o segundo examen parcial en la fecha programada en el Cronograma de Actividades Académicas, podrá solicitar, previo pago y a partir de las 24 horas siguientes de la culminación del examen, se le tome el Examen de Rezagado, en la clase siguiente al Examen Parcial. Caso contrario será calificado con Cero (00) para los efectos del promedio final. Cada Facultad establece en coordinación con sus Escuelas Profesionales las normas internas que permitan complementar lo establecido en la presente directiva respecto a las evaluaciones. 27.EXAMEN DE REZAGADOS Procede cuando el estudiante no se presenta a rendir exámenes parciales en la fecha programada Sólo existe Examen de Rezagados para el primer y segundo parcial. El Examen de Rezagados es una prueba escrita. 1. Solicitud presentada al Director de la Escuela Profesional o Director General Académico de la Filial explicando el motivo de su inasistencia. 2. Comprobante de pago por derecho de Examen de Rezagado.

16 Nº página: 16 de 19 a) El estudiante puede presentar su solicitud desde el día siguiente de haber finalizado el examen parcial hasta un día antes de la fecha y hora programada para el Examen de Rezagado. b) El Director de la Escuela Profesional o el Director General Académico de la Filial autoriza el examen de rezagados entregando al docente una relación de los estudiantes habilitados. c) El Director de la Escuela Profesional o el Director General Académico de la Filial programará como fecha del examen de rezagados, en la semana siguiente del 1er o 2do examen parcial. 28.EXAMEN DE APLAZADOS El Examen de Aplazados procede para el estudiante que ha obtenido nota desaprobatoria en el promedio final. La nota máxima en este examen es 12 (doce). El estudiante que sólo haya dado un examen parcial al terminar el Ciclo no tendrá derecho a dar examen de aplazado. 1. Solicitud dirigida al Director de la Escuela Profesional. 2. Comprobante de Pago por derecho de Examen de aplazados. a) El estudiante presenta la solicitud a partir de las 24 horas de haber finalizado el tercer examen parcial y 12 horas antes del examen de aplazados programado. b) El Director de la Escuela Profesional o el Director General Académico de la Filial autoriza la presentación del estudiante al examen de aplazados. 29.PAGO DE PENSIONES Y CUOTAS POR SERVICIO DE ENSEÑANZA Los pagos de pensiones y cuotas por servicios de enseñanza se rigen por la Directiva Administrativa para Pagos de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pregrado. Las cuotas serán pagadas en las fechas indicadas en la Programación respectiva. El incumplimiento del pago en las fechas programadas generará moras de acuerdo a la tasa establecida por la Universidad en la Directiva Administrativa para Pagos de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pregrado. La Asociación Universidad Privada San Juan Bautista tiene la prerrogativa de establecer los medios de cobros de las deudas vencidas y dejadas de pagar, en forma directa y/o indirectamente a través de terceros. Asimismo, tiene la prerrogativa de reportar a las Entidades de Riesgo, los nombres de los estudiantes y/o de sus responsables económicos cuando no cancelen sus deudas en las fechas de vencimiento. 30.BECAS Y SUBVENCIONES La Asociación Universidad Privada San Juan Bautista otorga Becas y Subvenciones de acuerdo a su Reglamento respectivo. 31.INFRACCIONES Y SANCIONES Serán sancionadas las infracciones contempladas en el Reglamento de Disciplina de s El plagio es una falta grave. El estudiante que es encontrado cometiendo este acto será sometido a lo dispuesto por el Reglamento de Disciplina. El docente procederá a retirar al estudiante del aula, calificando el examen con nota cero (00).

17 Nº página: 17 de 19 Asimismo presentará a la Escuela Profesional el informe acompañado del Examen para que ésta lo derive al Comité de Disciplina De acuerdo a la gravedad de la falta, las sanciones, aplicadas por el Comité de Disciplina de la Universidad mediante Resolución Decanal, son: Amonestación, Suspensión y Separación de la Universidad La Matrícula se cancela automáticamente cuando el estudiante es separado por motivos disciplinarios, perdiendo todos sus derechos en la Universidad Está prohibido que el estudiante porte, consuma, comparta y/o comercialice bebidas alcohólicas o estupefacientes, drogas ilícitas y sustancias sicotrópicas dentro de las instalaciones de la Universidad. En todas las actividades de proyección social, extensión universitaria, prácticas pre-profesionales, culturales sociales, académicas, deportivas y otros que realice o promueva la Universidad dentro o fuera de sus instalaciones (sedes y/o filiales) en donde el estudiante represente o participe como tal deberá observar una conducta intachable de respeto y consideración a las personas y bienes ajenos. 32.GRADO DE BACHILLER Y TÍTULO PROFESIONAL 32.1 Cumplidos los estudios satisfactoriamente y habiendo acumulado el número de créditos establecido en el Plan de Estudios de la Carrera Profesional, el egresado accederá automáticamente al Grado de Bachiller. Para tal efecto deberá cumplir el procedimiento establecido en el Reglamento de Grados y Títulos de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista El Título Profesional o Licenciatura requiere haber obtenido el Grado de Bachiller y optar por una de las siguientes modalidades estipuladas en la Ley Universitaria Nº23733: 32.3 El otorgamiento de Grados y Títulos en la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista se rige por el Reglamento de Grados y Títulos. 33. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Los expedientes de las solicitudes de las Filiales que culminan con una Resolución Decanal serán generados en las Filiales y presentados al Decano por el Director General Académico de la Filial. b)existen normas especiales para determinados trámites tales como: Convalidación, Prácticas Pre- Profesionales, Programa Especial para Adultos, Disciplina, Directiva Administrativa para Pago de Pensiones por Servicios Educativos de los s de Pre Grado, entre otros. c) En esta Directiva los plazos expresados en días se refiere a días calendarios. 34.DISPOSICIONES FINALES 34.1 Durante la formación del estudiante la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista se reserva el derecho a designar y cambiar la Sede de Estudios, Ciclos Académicos, docentes, turnos y reajustar sus escalas de pagos de cuotas y moras Las peticiones de los estudiantes vinculados a los procedimientos impugnables de esta Directica Académica del pueden ser presentadas ante la Sede o Filial, de ser el caso, y se resuelven conforme a la normatividad institucional y siguiendo el procedimiento administrativo general hasta agotar todas

18 las instancias internas de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista. Sólo agotada esta vía podrá recurrir a una instancia extrauniversitaria Quedan sin efecto las Normas y Disposiciones que se opongan a esta Directiva Académica del En los casos no contemplados en la presente Directiva Académica del, serán de aplicación extensiva las normas previstas en la Ley Nº (Ley Universitaria) y de aplicación supletoria la tramitación de procesos administrativos mediante la Ley Nº (Ley de Procedimiento Administrativo General) en lo que corresponda. Chorrillos, Enero del 2012 Resolución Rectoral Nº R-AUPSJB Nº página: 18 de 19 Dr. Rafael Urrelo Guerra Rector de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista Dr. Reynaldo Chávez Ríos Secretario General de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista

19 Himno de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista Tomados de las manos mirando el sol naciendo con nuestra faz alegre marchando muy unidos. El pueblo peruano y gente en general aplaude nuestro esfuerzo por la Universidad. Somos el futuro del Perú somos la grandeza del Perú una patria soberana con nueva inquietud. San Juan Bautista Emporio del saber, San Juan Bautista nuestra universidad. Unidos marcharemos el Perú es todo nuestro San Juaninos somos, al Perú nos debemos. Somos el futuro del Perú somos la grandeza del Perú una patria soberana con nueva inquietud. U-PE-ESE-JOTA-BE!!! RA,RA,RA...!!!! Autor de Letra y Música: Sr. Luis Abraham Elías Ghezzi

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