Prospectus. Baring Global Umbrella Fund

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1 Prospectus Baring Global Umbrella Fund 13 de enero de 2014

2 Los Administradores de Baring International Fund Managers (Ireland) Limited (la Entidad gestora ), cuyos nombres constan bajo el epígrafe Administradores de la Entidad gestora, son los responsables de la información contenida en este Folleto. De acuerdo con el leal saber y entender de los Administradores (quienes han tomado todas las precauciones necesarias para que así sea) la información contenida en este Folleto es conforme con los hechos y no omite nada que pueda afectar a los propósitos de dicha información. Los Administradores aceptan su responsabilidad de forma acorde. Folleto de Emisión BARING GLOBAL UMBRELLA FUND (un fideicomiso de inversión abierta establecido en forma de paraguas con arreglo a la Ley de Fideicomisos de inversiones de 1990 (Unit Trusts Act, 1990.) Baring Eastern Europe Fund Baring Global Aggregate Bond Fund Baring Global Resources Fund Baring Global Select Fund Baring High Yield Bond Fund (los Fondos ) La distribución de este Folleto no está autorizada en ninguna jurisdicción salvo que vaya acompañada de una copia del último informe anual publicado en ese momento del Fideicomiso de inversiones y, en caso de haberse publicado después de este, de una copia del último informe semestral. Los citados informes y este Folleto constituyen de forma conjunta el folleto de emisión de Participaciones. Antes de invertir, deberá haber recibido y leído el Documento de datos fundamentales para el inversor (KIID). La inversión en participaciones ( Participaciones ) en el Baring Global Umbrella Fund (el Fideicomiso de inversiones ) conlleva riesgos y puede no ser idónea para todos los inversores. La inversión en los Fondos no debe constituir una proporción sustancial de una cartera de inversiones, y puede no ser apropiada para todos los inversores. La inversión en un Fondo no debe tratarse como un plan de inversión completo. Con vistas a los planes de inversión a largo plazo de los inversores, estos deberán considerar diversificar su cartera invirtiendo en una variedad de inversiones y clases de activos. Los inversores potenciales deberán prestar especial atención a la sección titulada Factores de riesgo. Si tiene alguna duda sobre si la inversión en el Fideicomiso de inversiones resulta o no adecuada en su caso, o bien sobre el contenido de este Folleto, se le recomienda consultar con su corredor de Mercado de Valores, gestor bancario, abogado, contable u otro asesor financiero. Los Titulares de participaciones han de tener en cuenta que una parte o la totalidad de las comisiones de gestión y otras comisiones y gastos del Baring High Yield Bond Fund podrían cobrarse con cargo al capital. Por consiguiente, a la hora de amortizar sus participaciones, los Titulares de participaciones podrían recibir una cantidad inferior a la invertida inicialmente. La política de abonar las comisiones y los gastos con cargo al capital tendrá también el efecto de reducir el valor de su inversión en términos de capital, limitando las posibilidades de crecimiento del capital en el futuro. Fecha: 13 de enero de

3 El Fideicomiso de inversiones es un fideicomiso de inversiones ( unit trust ) constituido en virtud de un Contrato de fideicomiso que se rige por las leyes de Irlanda. Está autorizado en Irlanda como organismo de inversión colectiva en Valores mobiliarios con arreglo al Reglamento de las Comunidades Europeas (Organismos de Inversión Colectiva en Valores mobiliarios) de 2011 (S. I. Nº 352 de 2011) (el Reglamento). En consecuencia, el Fideicomiso de inversiones está autorizado por el Banco Central de Irlanda (el Banco Central ). La autorización por parte del Banco Central no constituye un endoso ni una garantía de los Fondos, y el Banco Central no es responsable del contenido de este Folleto. La autorización del Fideicomiso de inversiones por parte del Banco Central no constituirá ninguna garantía respecto al rendimiento de los Fondos y el Banco Central no será responsable por el rendimiento o el incumplimiento de obligaciones de los Fondos. El precio de las Participaciones puede tanto bajar como subir. Las autoridades reguladoras competentes en Irlanda han certificado que el Fideicomiso de inversiones cumple las condiciones necesarias para gozar de los derechos otorgados por la Directiva nº 85/611/CEE del Consejo ( Directiva OICVM ) sobre la coordinación de leyes, reglamentos y disposiciones administrativas relativas a organismos de inversión colectiva en Valores mobiliarios ( OICVM ), en la forma posterior a las enmiendas efectuadas sobre la misma por las Directivas nº 2001/107/CE y nº 2001/108/CE del Consejo, y puede solicitar su comercialización pública en los Estados miembros de la UE ante las autoridades reguladoras de los mismos. El Fideicomiso de inversiones está reconocido como un organismo de inversión colectiva (collective investment scheme) a los efectos de la Ley de Mercados y Servicios Financieros de 2000 (la "FSMA") del Reino Unido. Este Folleto será distribuido en el Reino Unido por la Entidad gestora o en nombre de esta, y ha sido aprobado por Baring Asset Management Limited (el Gestor de inversiones ), entidad autorizada y regulada por la Autoridad de Conducta Financiera ( FCA ), a los efectos de la FSMA. Los Administradores podrán solicitar la inscripción del Fideicomiso de inversiones a efectos de comercialización pública en diversas jurisdicciones cuando resulte oportuno. En el Apéndice IV se hace constar información detallada relativa al estado de inscripción de cada Fondo en otras jurisdicciones. A medida que surjan oportunidades para su comercialización en otros mercados, la Entidad gestora podrá decidir presentar solicitudes de comercialización pública del Fideicomiso de inversiones ante las autoridades correspondientes en otras jurisdicciones. El Gestor de inversiones actúa en nombre de la Entidad gestora en relación con el presente Folleto y las cuestiones relacionadas con el mismo, y tanto ella como cualquiera de sus socios pueden poseer una participación o posición en Participaciones del Fideicomiso de inversiones. El Gestor de inversiones no actúa en nombre de ninguna otra persona (salvo que existan acuerdos adicionales entre ambas) en relación con la inversión en el Fideicomiso de inversiones, como tampoco la asesora o trata como su cliente, y no se responsabilizará de ofrecer a la misma una garantía de ejecución óptima u otro de los dispositivos de protección que ofrece a sus clientes. Ninguna persona que reciba un ejemplar de este Folleto, el Documento de datos fundamentales para el inversor o un Formulario de solicitud podrá considerar los citados documentos como una invitación a adquirir o suscribir Participaciones, ni deberá utilizar el formulario de solicitud a menos que se encuentre en un territorio en que pueda realizarse legalmente dicha invitación o pueda utilizarse legalmente el Formulario de solicitud sin cumplir requisitos de registro u otros requisitos legales. Cualquier persona que desee realizar una solicitud debe asegurarse de que se observan las leyes del territorio correspondiente, incluyendo la obtención de un requisito gubernamental u otros consentimientos, así como el cumplimiento de cualquier otra formalidad. Las Participaciones no se han registrado de conformidad con la Ley de Valores de los Estados Unidos de 1933 (modificada) y no se pueden ofrecer ni vender, directa o indirectamente, en los Estados Unidos ni a ninguna persona estadounidense. Las Participaciones no se han registrado ni se registrarán de conformidad con la Ley de Bolsa e Instrumentos Financieros de Japón y, por consiguiente, no pueden ofertarse ni venderse en este país, directa o indirectamente, ni a personas japonesas o en beneficio de las mismas, o a otros con el propósito de volver a ofrecerlas o venderlas, directa o indirectamente, en Japón o a personas japonesas, excepto en circunstancias que sean conforme a todas las leyes, reglamentos y directrices aplicables promulgadas por las autoridades públicas y reglamentarias de este país vigentes en el momento en cuestión. A este efecto, persona japonesa significa cualquier persona residente en Japón, incluida cualquier empresa u otra entidad organizada de conformidad con las leyes de Japón. El Contrato de fideicomiso autoriza a la Entidad gestora a amortizar o solicitar la transmisión de las Participaciones poseídas por cualquier persona estadounidense o infractora de las leyes o requisitos de un país o autoridad pública, o bien de cualquier persona o personas en circunstancias (con independencia de que afecten directa o indirectamente a las mismas y de que estas se consideren de forma individual o conjunta con otras personas, vinculadas o no, u otras circunstancias que la Entidad gestora considere pertinentes) que, en opinión de la Entidad gestora, puedan causar un perjuicio fiscal, reglamentario, pecuniario, legal o administrativo importante que, de lo contrario, el Fondo o el 2

4 Fideicomiso de inversiones no habrían soportado. Si un Titular de participaciones actualmente residente fuera de Estados Unidos se convierte en residente en Estados Unidos, la Entidad gestora se reserva el derecho de reembolsar obligatoriamente o exigir la transmisión de Participaciones en posesión del Titular de participaciones. La compraventa reiterada de Participaciones en los Fondos como respuesta a las fluctuaciones a corto plazo del mercado (denominada "oportunismo de mercado") puede perturbar la estrategia de inversión de la Entidad gestora e incrementar los gastos de los Fondos en perjuicio de todos los Titulares de participaciones. Los Fondos no se proponen dedicarse a aprovechar las "oportunidades del mercado" ni a la negociación excesiva. Para desalentar estas actividades, la Entidad gestora puede negarse a aceptar una solicitud de Participaciones procedente de personas que se crea razonablemente que están dedicándose a actividades de oportunismo de mercado o que puedan interferir en los Fondos de forma excesiva o potencial por otras causas. La Entidad gestora se reserva el derecho a amortizar las Participaciones de un Titular de participaciones cuando tenga motivos razonables para creer que este se dedica a una actividad que pueda originar que el Fondo o sus Titulares de participaciones en conjunto se vean afectados por un perjuicio reglamentario, pecuniario, legal, fiscal u otros perjuicios administrativos importantes que, de lo contrario, el Fondo o sus Titulares de participaciones en conjunto no habrían soportado. Cualquier información manifestada o aseveración realizada por cualquier intermediario financiero, comercial u otra persona, que no esté contenida en este Folleto o en los documentos que lo acompañan deberá ser considerada como no autorizada y, en consecuencia, no deberá confiarse en ella. Ni la entrega de este Folleto ni la oferta, emisión o venta de Participaciones constituirá, en ninguna circunstancia, una declaración de que la información proporcionada en el presente es correcta en cualquier momento posterior a la fecha del mismo. La inversión en un Fondo no debe tratarse como un plan de inversión completo. Con vistas a sus planes de inversión a largo plazo, debería considerar diversificar su cartera invirtiendo en una variedad de inversiones y clases de activos. Los suscriptores potenciales de Participaciones deberán informarse de (a) las posibles consecuencias fiscales, (b) los requisitos legales y (c) las eventuales restricciones sobre el cambio de divisas o requisitos de control del cambio que puedan serles de aplicación en relación con la suscripción, posesión o enajenación de Participaciones de conformidad con las leyes de los países de que sean ciudadanos, en que residan o en que tengan su domicilio. Los suscriptores potenciales deberán prestar especial atención a los factores de riesgo descritos bajo el epígrafe Factores de riesgo en el presente Folleto. En el apéndice IV se recoge la información relativa a la admisión a cotización de las diferentes Participaciones de cada uno de los Fondos en la Lista Oficial y a la negociación en el mercado de valores principal del Irish Stock Exchange Limited. La Entidad gestora no tiene previsto el desarrollo de un mercado secundario para las Participaciones. Puede que este Folleto se traduzca a otras lenguas que no sean el inglés. Aunque dichas traducciones serán traducciones directas, en caso de incoherencia prevalecerá la versión en lengua inglesa. La Entidad gestora tiene derecho a cobrar una comisión de realización de hasta el 1% del Valor de activo neto de las Participaciones amortizadas. No obstante, la Entidad gestora no tiene previsto cobrar tal comisión de realización en condiciones normales. Por lo que respecta a la sección Perfil del inversor típico en relación con cada uno de los Fondos en la sección del Folleto Objetivos y políticas de inversión, los inversores deben tener en cuenta que dicha información se facilita únicamente como referencia y de conformidad con los requisitos del Banco Central. Antes de tomar cualquier decisión de inversión, los inversores deben considerar sus propias circunstancias específicas, incluidas, entre otras, su nivel de tolerancia al riesgo, sus circunstancias financieras y sus objetivos de inversión. En caso de duda, los inversores deben consultar a sus corredores de bolsa, directores de banco, abogados, contables, bancos representativos u otros asesores financieros. 3

5 Directors, Managers and Advisers ENTIDAD GESTORA Baring International Fund Managers (Ireland) Limited Domicilio social: Georges Court Townsend Street Dublín 2 Irlanda ADMINISTRADORES DE LA ENTIDAD GESTORA John Burns 155 Bishopsgate Londres EC2M 3XY Inglaterra David Conway Dun Rua 180 Vernon Avenue Clontarf Dublín 3 Irlanda Nicola Hayes 155 Bishopsgate Londres EC2M 3XY Reino Unido Mark Thorne Dillon Eustace 33 Sir John Rogerson s Quay Dublín 2 Irlanda ENTIDAD ADMINISTRADORA Y REGISTRADOR Northern Trust International Fund Administration Services (Ireland) Limited Georges Court Townsend Street Dublín 2 Irlanda ASESORES JURÍDICOS LEGISLACIÓN IRLANDESA Dillon Eustace 33 Sir John Rogerson s Quay Dublín 2 Irlanda AUDITORES PricewaterhouseCoopers Chartered Accountants, One Spencer Dock North Wall Quay Dublín 1 Irlanda AGENTES PATROCINADORES NCB Stockbrokers Limited 3 George s Dock International Financial Services Centre Dublín 1 Irlanda GESTOR DE INVERSIONES Baring Asset Management Limited 155 Bishopsgate Londres EC2M 3XY Reino Unido FIDEICOMISARIO Northern Trust Fiduciary Services (Ireland) Limited Georges Court Townsend Street Dublín 2 Irlanda 4

6 Índice Definiciones....6 Introducción Entidad gestora, Gestor de inversiones, Fideicomisario, Entidad administradora y Registrador Administradores de la Entidad gestora Política de inversión: Generalidades Objetivos y políticas de inversión Factores de riesgo Préstamos Operaciones de cartera y negociación de las Participaciones por parte de la Entidad gestora Política de distribución Informes y cuentas Contrato de fideicomiso Depositario Comisiones y gastos Tributación Suscripciones Procedimiento de solicitud Realización de Participaciones Titulares de participaciones aptos y Realización total Conversión de Participaciones Cálculo del Valor de activo neto Certificados y transmisión de Participaciones Publicación de precios Asignación de activos y pasivos Juntas de Titulares de participaciones Duración del Fideicomiso de inversiones Disposiciones varias Políticas y procedimientos del voto por representación Ejecución óptima Incentivos Documentos disponibles para su consulta Apéndice I Restricciones a la inversión Apéndice II Lista de bolsas/mercados Apéndice III Estado de inscripción Apéndice IV Información sobre cada Clase Apéndice V - Información adicional para inversores en Austria Apéndice VI - Información adicional para inversores en Alemania Apéndice VII - Información adicional para inversores en Luxemburgo Apéndice VIII - Información adicional para inversores en Suiza Apéndice IX - Información adicional para inversores en el Reino Unido Para cualquier consulta dirigirse a

7 Definiciones "Fecha de contabilización" significa el 30 de abril de cada año, fecha con referencia a la cual se preparan las cuentas anuales para el Fideicomiso de Inversiones, o cualquier otra fecha que la Entidad gestora pueda decidir en cada momento. "Periodo contable" Ley un periodo que finalice en una Fecha de contabilización y que se inicie el día siguiente a la finalización del último Periodo contable. la Ley de Fideicomisos de Inversiones de 1990 o toda modificación en vigor promulgada sobre la misma. Entidad administradora Contrato de gestión" "Formulario de solicitud" AUD, AU$", Dólar australiano "Divisa base" "Día hábil" significa Northern Trust International Fund Administration Services (Ireland) Limited o cualesquiera otras persona o personas que en un momento determinado hayan sido debidamente designadas por la Entidad gestora como administrador del Fideicomiso de inversiones en calidad de sucesoras de aquella, con la previa aprobación del Banco Central. el Contrato de servicios de administración modificado y actualizado celebrado entre la Entidad gestora, el Fideicomisario y la Entidad administradora con fecha del 1 de julio de cualquier formulario de solicitud que sea cumplimentado por inversores en la forma prescrita en cada momento por la Entidad gestora. hacen referencia a la moneda de Australia. la divisa de la cuenta del Fondo según se especifica en el Folleto. En relación con un Fondo, cualquier día, exceptuando sábados y domingos, en que los bancos están abiertos al público tanto en Dublín como en Londres. CAD, Dólar canadiense hacen referencia a la moneda de Canadá. CHF, Franco suizo Banco Central Clase "Día de negociación" Precio de negociación "Administradores Euro,, EUR Espacio Económico Europeo (EEE) FCA FSMA Fondo o Fondos" hacen referencia a la moneda de Suiza. el Banco Central de Irlanda. una división particular de Participaciones en un Fondo. cualquier Día hábil y/u otro día o días que la Entidad gestora, con la aprobación del Fideicomisario, pueda determinar, estableciéndose que deberá haber como mínimo dos Días de negociación al mes. precio al que se suscriben o amortizan las Participaciones que equivale al Valor de activo neto por Participación calculado conforme a los principios establecidos en la sección Cálculo del Valor de activo neto de este Folleto. los Administradores del Fideicomiso de inversiones o cualquier comité o delegado de los Administradores debidamente autorizados. hacen referencia a la moneda de ciertos estados miembro de la Unión Europea. los Estados miembros de la UE (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia), junto con Islandia, Liechtenstein y Noruega, así como aquellos otros Estados que en cada momento puedan adherirse al EEE. la Autoridad de Conducta Financiera del Reino Unido. la Ley de Servicios Financieros y Mercados de 2000 del Reino Unido. significa un subfondo del Fideicomiso de inversiones que represente la designación por parte de la Entidad gestora de una clase particular de Participaciones como un subfondo cuyos ingresos obtenidos por la emisión se acumulen por separado y se inviertan de conformidad con el objetivo y las políticas de inversión aplicables a dicho subfondo y que sea creado por la 6

8 Entidad gestora en cada momento con la aprobación del Banco Central. HKD, Dólar de Hong Kong HMRC "Contrato de gestión de inversiones" Gestor de inversiones Irlanda "Bolsa de Irlanda" "Entidad gestora" Inversión mínima Propiedad mínima hacen referencia a la moneda de Hong Kong. la Agencia Tributaria del Reino Unido. el contrato de gestión de inversiones modificado y actualizado con fecha del 27 de agosto de 2012 entre la Entidad gestora y Baring Asset Management Limited. Baring Asset Management Limited o cualquier otra persona o personas que en un momento determinado hayan sido debidamente designadas como Gestor de inversiones del Fideicomiso de inversiones en calidad de sucesoras de aquella, de conformidad con los requisitos del Banco Central. la República de Irlanda. The Irish Stock Exchange Limited. Baring International Fund Managers (Ireland) Limited o cualquier otra persona o personas que en un momento determinado hayan sido debidamente designadas como gestoras del Fideicomiso de inversiones en calidad de sucesoras de aquella, de conformidad con los requisitos del Banco Central. el importe de las suscripciones iniciales y/o posteriores según se especifique en el Folleto o según los Administradores puedan decidir y notificar a los inversores. el número o valor mínimo de Participaciones que deben poseer los Titulares de participaciones según se especifique en el Folleto. Instrumentos del mercado monetario instrumentos negociados normalmente en el mercado monetario, que sean líquidos y posean un valor que pueda establecerse de forma precisa en cualquier momento. Dichos Instrumentos del mercado monetario incluyen, por ejemplo, certificados, depósitos y títulos de renta variable y fija a corto plazo cotizados (incluyendo títulos de deuda corporativa y estatal). "Mes" un mes natural. "Valor de activo neto" NZD, Dólar neozelandés "OCDE" PRC Comisión inicial "Folleto" "Reglamento QFII" el valor de activo neto de un Fondo o de una Clase pertinente, según corresponda, que se determine de acuerdo con los principios que figuran en la sección Cálculo del Valor de activo neto de este Folleto. hacen referencia a la moneda de Nueva Zelanda. la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico. En la fecha de este Folleto, son miembros de la OCDE los treinta y cuatro países siguientes: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Corea, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Luxemburgo, México, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Suecia, Suiza y Turquía. la República Popular China. un porcentaje del Precio de negociación tal como se especifica en el Folleto, o el importe superior que se apruebe mediante un Acuerdo extraordinario. el presente documento, tal como pueda ser enmendado, suplementado o modificado en cada momento. hace referencia a las medidas adoptadas por las autoridades pertinentes en la República Popular China con respecto a los inversores institucionales extranjeros cualificados. Comisión de liquidación un porcentaje del Precio de negociación por Participación tal como se especifica en el Folleto, o el importe superior que se apruebe mediante un Acuerdo extraordinario. "Reglamento" Reglamento de las Comunidades Europeas (Organismos de Inversión Colectiva en Valores Mobiliarios), de 2011 (Instrumento Legal n.º 352 de 2011). 7

9 Renminbi, RMB Fecha de contabilización Semestral Fecha de liquidación Esterlina, penique, GBP, hacen referencia a la moneda de la República Popular China. el 31 de octubre de cada año. cuatro días hábiles después del pertinente Día de negociación. hacen referencia a la moneda del Reino Unido. Formulario de ampliación cualquier formulario de solicitud de participaciones adicionales en un Fondo existente que sea cumplimentado por inversores en la forma prescrita periódicamente por la Entidad gestora. Contrato de fideicomiso La Entidad gestora, con la aprobación del Fideicomisario, podrá modificar el Momento de valoración de un Fondo comunicándolo con antelación razonables a los Partícipes, bien entendido que en cada caso, la contratación se hará siempre con un sistema de cálculo de precios "por adelantado". OCDE Fideicomisario OICVM Northern Trust Fiduciary Services (Ireland) Limited o cualquier otra persona o personas que en un momento determinado hayan sido debidamente designadas como fideicomisarias del Fideicomiso de inversiones en calidad de sucesoras de aquella, de conformidad con los requisitos del Banco Central. un organismo para la inversión colectiva en valores mobiliarios: - cuyo único objeto es la inversión colectiva en (i) valores mobiliarios; o en (ii) otros activos financieros líquidos, o en ambos, del capital recogido entre el público, y que opera de conformidad con el principio de división del riesgo, - cuyas Acciones o Participaciones son, a solicitud de sus titulares, recompradas o liquidadas, directa o indirectamente, con cargo a los activos de la sociedad. La actividad realizada por un OICVM para garantizar que el valor en Bolsa de sus Acciones no varíe significativamente con respecto al valor de sus activo neto se considerará como equivalente a esa recompra o liquidación. Directiva OICVM Notificaciones OICVM Participación la Directiva 85/611/CEE del Consejo de 20 de diciembre de 1985, con sus enmiendas. las notificaciones y directrices emitidas por el Banco Central en relación con un OICVM en cada momento. una participación indivisa en el activo de un Fondo. Titular de participaciones significa una persona física o jurídica, incluidas las inscritas en el registro de un Fondo como titulares de una Participación y las personas registradas como cotitulares de una Participación, teniendo derecho dicho titular o titulares a una participación indivisa en copropiedad como copropietarios junto con los demás titulares del activo de un Fondo. "Estados Unidos" los Estados Unidos de América, sus territorios y posesiones, y todas las zonas sujetas a su jurisdicción (incluido el Protectorado de Puerto Rico). Persona estadounidense un ciudadano o un residente de los Estados Unidos, cualesquiera sociedades, fideicomisos, sociedades u otras entidades creadas u organizadas en los Estados Unidos o de conformidad con las leyes de este país, o cualquier patrimonio o fideicomiso cuya renta esté sujeta al impuesto federal estadounidense sobre la renta, con independencia de su origen. La expresión también incluye a cualquier persona comprendida en la definición del término Persona estadounidense del Reglamento S promulgado en virtud de la Ley de Valores de los Estados Unidos de Titulares de participaciones una persona que esté inscrita en cada momento como Titular de participaciones en el Registro de Titulares de participaciones que lleve el Fideicomiso de inversiones o se lleve en nombre del mismo. Fideicomiso de inversiones significa una persona física o jurídica, que incluye las inscritas en el registro del Fondo como titular de una Participación, e incluye a las personas así inscritas como titulares conjuntas de una Participación, teniendo este titular o estos titulares un derecho indiviso de copropiedad como titulares en común con otros titulares de los activos del Fondo. 8

10 Dólar estadounidense", "centavo, USD, US$ Día de valoración" Hora de valoración hacen referencia a la moneda de los Estados Unidos de América. el Día de negociación, salvo que se especifique otra fecha en el correspondiente Suplemento de un Fondo. 12:00 del mediodía (hora de Dublín) de cada Día de negociación. La Entidad gestora, con la aprobación del Fideicomisario, puede cambiar la Hora de valoración de un Fondo notificándolo con un preaviso razonable al Titular de participaciones, estipulándose que en cualquier caso, la negociación se basará siempre en un precio futuro. 9

11 Introducción El Baring Global Umbrella Fund es un fideicomiso de inversiones ("Unit Trust") gestionado por Baring International Fund Managers (Ireland) Limited y pensado para ofrecer una gestión de cartera profesional y experimentada a inversores tanto particulares como institucionales. El objetivo exclusivo del Fideicomiso de inversiones es la inversión colectiva en Valores mobiliarios y/u otros activos financieros líquidos indicados en la norma 45 del Reglamento OICVM con capital recaudado del público aplicando el principio de reparto de riesgos. El Fideicomiso de inversiones se constituyó en virtud de un Contrato de fideicomiso con fecha del 21 de junio de 1993 celebrado entre Baring International Fund Managers (Ireland) Limited como Entidad gestora (la Entidad gestora ) y Northern Trust Fiduciary Services (Ireland) Limited como Fideicomisario, que fue enmendado y modificado por el Contrato de fideicomiso de fecha 11 de agosto de 2011 (tal como pueda ser suplementado en cada momento). El Fideicomiso de inversiones es un fondo paraguas en el que la Entidad gestora puede emitir en cada momento distintos Fondos de conformidad con los requisitos del Banco Central. Se mantiene un fondo fiduciario (un Fondo ) independiente para cada cartera de activos y se invierte de acuerdo con los objetivos de inversión aplicables al Fondo en cuestión. Cada Fondo puede crear más de una Clase de Participaciones y cada una de estas puede tener diferentes características, entre las que se incluyen, a título enunciativo, la estructura de comisiones, la denominación de la divisa, la política de reparto de dividendos y la estrategia de cobertura. Cada Participación del Fideicomiso de inversiones constituye un derecho de usufructo en el Fideicomiso de inversiones y representa una participación indivisa en los bienes del Fondo pertinente. Hay Participaciones disponibles en los siguientes Fondos y Clases, y tienen las siguientes características: Fondo y Clase Divisa base Comisión de gestión anual Inversión inicial mínima/participación mínima* Inversión posterior mínima* Baring Eastern Europe Fund Clase A EUR Acc US$ 1,50% EUR 500 EUR Clase A EUR Inc 1,50% EUR 500 EUR Clase A GBP Inc 1,50% GBP 500 GBP Clase A RMB Hedged Acc 1,50% USD** 500 USD** Clase A USD Acc 1,50% USD 500 USD Clase A USD Inc 1,50% USD 500 USD Clase D GBP Inc 1,00% GBP 500 GBP Clase I EUR Acc 0,75% EUR 500 EUR Clase I GBP Acc 0,75% GBP 500 GBP Clase I USD Acc 0,75% USD 500 USD Clase R GBP Inc 0,75% GBP 500 GBP Baring Global Aggregate Bond Fund Clase A RMB Hedged Inc Monthly Dividend US$ 0,75% USD** 500 USD** Clase A USD Inc 0,75% USD 500 USD Clase A USD Inc Monthly Dividend 0,75% USD 500 USD Clase D GBP Inc 1,00% GBP 100 GBP Clase I EUR Acc 0,75% EUR 500 EUR Clase I GBP Inc 0,75% GBP 500 GBP Clase I USD Acc 0,75% USD 500 USD Clase R GBP Inc 0,75% GBP 100 GBP Baring Global Resources Fund Clase A EUR Inc US$ 1,50% EUR 500 EUR Clase A GBP Inc 1,50% GBP 500 GBP Clase A RMB Hedged Acc 1,50% USD** 500 USD** Clase A USD Acc 1,50% USD 500 USD 10

12 Clase A USD Inc 1,50% USD 500 USD Clase C EUR Inc 1,50% EUR 500 EUR Clase C USD Inc 1,50% USD 500 USD Clase D GBP Inc 1,00% GBP 500 GBP Clase I EUR Acc 0,75% EUR 500 EUR Clase I GBP Acc 0,75% GBP 500 GBP Clase I USD Acc 0,75% USD 500 USD Clase R GBP Inc 0,75% GBP 500 GBP Baring Global Select Fund Clase A EUR Inc US$ 1,50% Clase A GBP Inc 1,50% Clase A RMB Hedged Acc 1,50% Clase A USD Inc 1,50% EUR 500 EUR GBP 500 GBP USD** 500 USD** USD 500 USD Clase D GBP Inc 1,00% GBP 500 GBP Clase I EUR Acc 0,75% EUR 500 EUR Clase I GBP Acc 0,75% GBP 500 GBP Clase I USD Acc 0,75% USD 500 USD Clase R GBP Inc 0,75% GBP 500 GBP Baring High Yield Bond Fund Clase A AUD Hedged Inc Monthly Dividend Clase A CAD Hedged Inc Monthly Dividend US$ 1,00% AUD 1,00% USD** 500 AUD 500 USD** Clase A CHF Hedged Acc 1,00% USD** 500 USD** Clase A EUR Inc 1,00% EUR 500 EUR Clase A EUR Hedged Acc 1,00% EUR 500 EUR Clase A EUR Hedged Inc 1,00% EUR 500 EUR Clase A GBP Hedged Inc 1,00% GBP 500 GBP Clase A HKD Inc Monthly Dividend 1,00% USD** 500 USD** Clase A NZD Hedged Inc Monthly Dividend Clase A RMB Hedged Inc Monthly Dividend 1,00% USD** 500 USD** 1,00% USD** 500 USD** Clase A USD Acc 1,00% USD 500 USD Clase A USD Inc 1,00% USD 500 USD Clase A USD Inc Monthly Dividend 1,00% USD 500 USD Clase D GBP Hedged Inc 1,00% GBP 500 GBP Clase I EUR Acc 0,75% EUR 500 EUR Clase I GBP Hedged Inc 0,75% GBP 500 GBP Clase I USD Acc 0,75% USD 500 USD Clase R GBP Hedged Inc 0,75% GBP 500 GBP * O el importe inferior que la Entidad gestora determine a su discreción. ** Equivalente en CAD, CHF, HKD, NZD o RMB de los importes en US$ especificados. Se considerará que cada Fondo lleva asociadas sus propias responsabilidades y asume sus propias obligaciones y los activos de un Fondo no estarán disponibles para satisfacer las obligaciones que otro Fondo dentro del Fideicomiso de inversiones haya contraído. Se llevarán cuentas y libros por separado para cada Fondo. La Entidad gestora podrá introducir en cualquier momento Participaciones de otras Clases, que se notificarán de forma previa al Banco Central para su autorización. Con motivo de la introducción de una nueva Clase de Participaciones, la

13 Entidad gestora preparará y publicará documentación con información detallada relativa a la misma. El Apéndice IV del Folleto contiene información relativa a las Clases de cada Fondo que pueden suscribirse. Se valorará cada Fondo tomando como referencia el Valor de activo neto por Participación calculado cada Hora de valoración de cada Día de negociación, y normalmente dichas Participaciones se podrán adquirir, realizar o convertir mediante solicitud a la Entidad gestora un Día de negociación. La Entidad gestora podrá rechazar total o parcialmente una solicitud de Participaciones y no aceptará suscripciones de Participaciones por un importe (incluida la Comisión previa) inferior a la Inversión mínima. La Propiedad mínima / Inversión mínima (incluida la Comisión previa) respecto de cada clase se hace constar en el epígrafe "Introducción". Aunque la Entidad gestora podrá aplicar y cobrar una Comisión previa de hasta el 6% de la cantidad invertida (o aquel otro importe superior que pueda aprobarse en virtud de Acuerdo Extraordinario), su intención es que dicha comisión no supere el 5% hasta nuevo aviso. No se cobrará ninguna Comisión anticipada para la Clase C o la Clase I de Participaciones. Las Participaciones de la Clase C, la Clase D y la Clase R estarán disponibles para ciertos distribuidores que hayan concertado un acuerdo de contratación, agencia o distribución con la Entidad gestora o sus delegados. Todos los Titulares de participaciones tienen derecho a beneficiarse de las disposiciones del Contrato de fideicomiso, están obligados por ellas y se considerará que las conocen. Hay copias del Contrato de fideicomiso a disposición de los Titulares de participaciones, tal como se indica más adelante. La información incluida en esta Introducción posee carácter selectivo y debe leerse de forma conjunta con el texto completo del presente Folleto. Clases AUD Hedged, CAD Hedged, CHF Hedged, EUR Hedged, GBP Hedged y NZD Hedged La Entidad gestora, al ofrecer Participaciones en la Clase AUD Hedged, Clase CAD Hedged, Clase CHF Hedged, Clase EUR Hedged, Clase GBP Hedged y Clase NZD Hedged del Baring High Yield Bond Fund se propone minimizar el efecto de las fluctuaciones en el tipo de cambio de la Clase de Participaciones correspondiente con respecto al dólar estadounidense, divisa base del Baring High Yield Bond Fund. Para ello, el Gestor de inversiones puede utilizar las técnicas e instrumentos derivados descritos bajo el epígrafe Política de inversión: Generalidades, se describen estos valores vinculados con renta variable. Remítase a la sección titulada "Factores de riesgo de este Folleto. Clases de Participaciones RMB Hedged En las Clases de Participaciones RMB Hedged se pretende mitigar el efecto de las fluctuaciones en los tipos de cambio entre el RMB y el dólar estadounidense, que es la Divisa base de los Fondos. Para ello, la Entidad gestora puede utilizar las técnicas e instrumentos derivados descritos bajo el epígrafe Política de inversión: generalidades, como contratos a plazo de divisas extranjeras. El precio de las Clases de Participaciones RMB Hedged Inc se fija en RMB y dicha clase se denomina en RMB. Todas las suscripciones y amortizaciones deben realizarse y liquidarse en RMB offshore (CNH). La Entidad gestora puede aceptar pagos en otras divisas, pero estos se convertirán a offshore RMB (CNH) y tan solo se aplicará el importe obtenido de la conversión al tipo de cambio vigente (previa deducción de los gastos de conversión) al pago del importe de suscripción. Las distribuciones se pagarán en RMB offshore (CNH). Remítase a la sección titulada "Factores de riesgo de este Folleto. Entidad gestora, Gestor de inversiones, Fideicomisario, Entidad administradora y Registrador Entidad gestora La Entidad gestora del Fideicomiso de inversiones es Baring International Fund Managers (Ireland) Limited, constituida en Irlanda como sociedad de responsabilidad limitada (private limited company) el 16 de julio de El capital social emitido de la Entidad gestora es de y ha sido desembolsado en su totalidad. La secretaria social de la Entidad gestora es Northern Trust International Fund Administration Services (Ireland) Limited. De conformidad con el Contrato de fideicomiso y con arreglo a sus disposiciones, la Entidad gestora tiene derecho a cancelar en cualquier momento el nombramiento de un sucesor. En determinadas circunstancias, el sucesor podrá ser cesado en su cargo asimismo por el Fideicomisario, como por ejemplo cuando lo soliciten los titulares de al menos un 50% de las Participaciones emitidas en ese momento. El Contrato de fideicomiso incluye disposiciones que rigen las responsabilidades de la Entidad gestora y dispone su indemnización en ciertas circunstancias con sujeción a exclusiones en caso de incumplimiento injustificado de sus obligaciones o cumplimiento inadecuado de las mismas y con sujeción a lo dispuesto en el Reglamento y a cualesquiera condiciones impuestas por el Banco Central en virtud de las mismas. 12

14 La Entidad gestora es una filial de propiedad íntegra de Massachusetts Mutual Life Insurance Company, integrante a su vez del MassMutual Financial Group. MassMutual Financial Group se compone de empresas asociadas que gestionan conjuntamente activos por un valor de más de millones de US$ a 31 de diciembre de 2011 y es una organización global, con vocación de crecimiento y proveedora de servicios financieros diversificados, incluyendo seguros de vida, anualidades, seguros por discapacidad, seguros de atención sanitaria a largo plazo, productos de planes de jubilación, anualidades de acuerdos indemnizatorios estructurados, servicios fiduciarios, gestión de dinero y otros productos y servicios financieros. Además de gestionar el Fideicomiso de inversiones, la Entidad gestora también gestiona Baring China A-Share Fund plc, Baring Currency Umbrella Fund, Baring Emerging Markets Umbrella Fund, Baring Global Opportunities Umbrella Fund, Baring Institutional Funds, Baring International Umbrella Fund, Baring Investment Funds plc, Baring Multi-Manager Funds plc y Baring Korea Feeder Fund. Únicamente el Fideicomiso de inversiones, Baring Investment Funds plc, Baring International Umbrella Fund, Baring Multi-Manager Funds plc y el Baring Emerging Markets Umbrella Fund son planes reconocidos a los efectos de la FSMA. La Entidad gestora respetará debidamente en todo momento sus obligaciones inherentes a los fondos que gestione (incluyendo los Fondos del Fideicomiso de inversiones) y, en caso de surgir un conflicto de intereses entre cualquiera de dichos fondos, dará cumplimiento a sus obligaciones en virtud del Contrato de fideicomiso y a sus obligaciones de actuar en el mejor interés de sus clientes al tratar de garantizar que el conflicto se resuelve de manera equitativa. No existen otros conflictos de intereses potenciales entre el Fideicomiso de inversiones y sus proveedores de servicios. Gestor de inversiones En virtud de lo dispuesto en el Contrato de gestión de inversiones, la Entidad gestora ha delegado la gestión de inversiones de los Fondos al Gestor de inversiones. El Contrato de gestión de inversiones estipula que la designación del Gestor de inversiones puede dejarse sin efecto cualquiera de las partes, notificándolo por escrito a la otra, y estipula la ordenada transmisión de las responsabilidades por del Gestor de inversiones en dichas circunstancias. Con sujeción a la aprobación del Banco Central, el Gestor de inversiones podrá subdelegar dicha gestión de inversiones a otras entidades, incluidas empresas del grupo. La Gestora de inversiones asumirá todas las comisiones y gastos de cualquier subgestor de inversiones que designe. La información relativa a cualesquier subgestores de inversión designados para cada Fondo será facilitada a los Titulares de participaciones que lo soliciten y se hará también constar en los informes periódicos del Fideicomiso de inversiones. El Gestor de inversiones presta servicios de gestión de activos en mercados de renta variable y obligaciones de países desarrollados y emergentes en nombre de clientes institucionales y minoristas internacionales. A 31 diciembre 2012, la firma gestionaba activos por un valor de millones de USD. El Gestor de inversiones está autorizado y regulado por la FCA, El Gestor de inversiones es también la entidad promotora del Fideicomiso de inversiones. El Gestor de inversiones podría tener conflictos de interés con el Fideicomiso de inversiones. El Gestor de inversiones, sin embargo, hará lo posible por cumplir con sus obligaciones en el mejor interés de sus clientes cuando realice inversiones donde puedan surgir conflictos de intereses, y tratará de solucionar con justicia dichos conflictos. En el caso de oportunidades de inversión conjunta que puedan surgir entre los Fondos y otros clientes del Gestor de inversiones, el Gestor de inversiones se asegurará de que los Fondos participan de forma justa en dichas oportunidades de inversión y de que estas son asignadas justamente. Fideicomisario, Entidad administradora y Registrador El Fideicomisario y la Entidad administradora son filiales de propiedad íntegra de Northern Trust Corporation. Northern Trust Corporation y sus filiales integran el Northern Trust Group, uno de los proveedores líderes en el mundo de servicios de depósito y administración globales dirigidos a inversores privados e institucionales. A 30 de septiembre de 2013, los activos en depósito y bajo administración de Northern Trust Group ascendían en total a más de 5,2 billones de USD. Fideicomisario El Fideicomisario del Fideicomiso de inversiones es Northern Trust Fiduciary Services (Ireland) Limited, sociedad constituida en Irlanda el 5 de julio de 1990 como sociedad de responsabilidad limitada. La actividad principal del Fideicomisario consiste en actuar como fideicomisario/depositario de planes de inversión colectiva. El Fideicomisario podrá abandonar su cargo previo nombramiento de un nuevo fideicomisario aprobado por el Banco Central que resulte aceptable para la Entidad gestora y que aprueben los Titulares de participaciones en virtud de Acuerdo Extraordinario. El Contrato de fideicomiso incluye disposiciones que rigen las responsabilidades del Fideicomisario y que prevén su 13

15 indemnización en determinadas circunstancias, con sujeción a exclusiones en caso de incumplimiento injustificado o ejecución incorrecta de sus obligaciones, y con sujeción a lo dispuesto en el Reglamento y a las eventuales condiciones impuestas por el Banco Central en virtud de los mismos. Entidad administradora y Registrador En virtud de lo dispuesto en el Contrato de administración, la Entidad gestora ha designado a la Entidad administradora como administrador del Fideicomiso de inversiones. La Entidad gestora ha delegado sus obligaciones como registrador en la Entidad administradora conforme al Contrato de administración. El Contrato de administración estipula que cualquiera de las partes podrá rescindir el nombramiento de la Entidad administradora mediante notificación escrita a las otras con un preaviso mínimo de 24 meses. La Entidad administradora, una sociedad constituida en Irlanda el 15 de junio de 1990, está especializada en la administración de fondos de inversiones. Administradores de la Entidad gestora Los Administradores de la Entidad gestora se hacen constar a continuación: John Burns John Burns (nacido en 1959) es el Director de Operaciones de Baring Asset Management. John se incorporó a Baring Asset Management en septiembre de 2011 procedente de Visor Capital JSC, un banco de inversión especializado con sede en Kazajistán, donde ejerció el cargo de Director de Operaciones desde marzo de Antes de desempeñar este cargo en Visor Capital, John pasó más de dos años en Fidelity International, en Londres, como Director de Gestión de Riesgo en Europa y Director Global de Seguridad de la Información y Continuidad Comercial. Desde julio de 1994 a junio de 2006, trabajó en Schroder Investment Management Limited, en Asia. La trayectoria profesional de John en gestión de inversiones se inició en 1985 cuando empezó a trabajar para Morgan Grenfell Asset Management en Londres. John es Contable colegiado y Licenciado en Comercio (Contabilidad) por la Universidad de Birmingham. David Conway David Conway (nacido en 1958) es administrador de empresa y antiguo directivo de Ulster Bank. Cuenta con amplia experiencia de dirección en el sector de la gestión de inversiones, incluyendo la gestión de carteras, gestión patrimonial, administración de fondos, servicios de custodia, clientes privados y gestión patrimonial. El Sr. Conway, de nacionalidad irlandesa, ocupó una serie de cargos en Ulster Bank durante un periodo de 26 años, siendo el último como Director de la División de Gestión Patrimonial de este banco. Actualmente, es Administrador de varios planes de inversión colectiva en una amplia gama de clases de activos. El Sr. Conway tiene una titulación con matrícula de honor en Economía por el Trinity College de Dublín y es un Administrador de fondos de inversión certificado (CIFD). Nicola Hayes Nicola Hayes se incorporó a Baring Asset Management in enero de 2013 como Directora de Servicio y Desarrollo de Relaciones con los Clientes. Es responsable de desarrollar y supervisar la propuesta de servicio a los clientes a nivel internacional para los clientes institucionales de Barings. Nicola se incorporó a Barings procedente de Invesco Perpetual, donde trabajó desde enero de 2001 hasta diciembre de Durante sus últimos 4 años en Invesco Perpetual ocupó el cargo de Directora Asociada de Ventas Internacionales y Gestión de Relaciones. Nicola se unió al sector de los servicios financieros en 1994 y trabajó en varias asociaciones comerciales (Investment Management Association e Investment & Life Assurance Group) antes de pasarse a la gestión de fondos. A lo largo de su carrera, Nicola ha trabajado en una gran variedad de canales de venta y ha acumulado una amplia experiencia en materia de reglamentación y funcionamiento. Nicola obtuvo una licenciatura con honores en Historia Moderna por la Universidad de St Andrews. Mark Thorne Mark Thorne (nacido en 1970) es Socio Gerente de Dillon Eustace, Solicitors, uno de los principales bufetes de abogados de Irlanda. Posee una amplia experiencia laboral en el campo de los servicios financieros internacionales, la inversión y la gestión de fondos, y durante un periodo fue trasladado a la organización de la Entidad administradora como responsable jurídico interno. El señor Thorne, de nacionalidad irlandesa, ha trabajado con Dillon Eustace desde su formación en 1992, en 1999 se convirtió en socio y posee una Licenciatura en Derecho Civil por la Universidad de Dublín. Todos los Administradores antes mencionados actúan con carácter no ejecutivo. Ningún Administrador de la Entidad gestora: (i) tiene condena alguna por cumplir con la justicia; o (ii) se ha declarado en quiebra o ha sido objeto de convenio involuntario o se le ha nombrado un síndico respecto a cualquiera de los activos de dicho Administrador; o (iii) ha sido un administrador de otra sociedad respecto a la cual, mientras ejercía el cargo de administrador con funciones ejecutivas o en un periodo de 12 meses tras abandonar el cargo de administrador con 14

16 funciones ejecutivas, se ha nombrado un síndico o ha sido objeto de liquidación obligatoria, liquidación voluntaria con los acreedores o administración judicial, o ha acordado un plan de pago de deudas voluntario con los acreedores, o ha celebrado cualesquier acuerdos o convenios con sus acreedores en general o con cierto grupo de acreedores; o (iv) ha sido socio de cualquier asociación respecto a la cual, mientras era socio o en un periodo de 12 meses tras dejar de ser socio, fue objeto de liquidación obligatoria o administración judicial, o ha acordado un plan de pago de deudas voluntario con los acreedores o se ha nombrado un síndico de cualquier activo de la sociedad; (v) ha recibido críticas públicas por parte de instituciones legales o regulatorias (incluyendo organismos profesionales reconocidos); o (vi) ha sido inhabilitado por un juzgado para ejercer el cargo de administrador o para participar en la dirección o gestión de las actividades de cualquier sociedad. Política de inversión: Generalidades A excepción del Baring Global Aggregate Bond Fund y el Baring High Yield Bond Fund, la Entidad gestora no tendrá como objetivo principal de inversión de ningún Fondo la adquisición de activos que generen un nivel significativo de ingresos. En particular, se llama la atención de los inversores sobre el hecho de que, de forma adicional a las inversiones indicadas a continuación, la cartera de los diferentes Fondos podrá incluir depósitos, instrumentos con tipo de interés variable y pagarés a corto plazo, incluyendo bonos del tesoro, certificados de depósito, letras bancarias y otros activos líquidos auxiliares. La Entidad gestora no prevé mantener cantidades sustanciales de activos en esta forma, excepto cuando considere que dichas inversiones redundan en el mejor interés de los Titulares de participaciones. Los Fondos pueden invertir en títulos A o B de China, siempre que dicha inversión se realice de conformidad con los requisitos del Banco Central y las autoridades reguladoras pertinentes de la República Popular China. Salvo que se especifique de otra forma en los objetivos y políticas de inversión de un Fondo, la intención de este no será invertir directa ni indirectamente más del 10% de su activo neto en acciones A y B de China. Se notificará a los inversores con un preaviso mínimo de un mes cuando el Fondo pertinente tenga intención de invertir más del 10% de su activo neto en acciones A y B de China y el Folleto se actualizará de modo acorde. Actualmente, las acciones de sociedades chinas cotizadas en mercados de valores de la RPC incluyen acciones A denominadas y negociadas en renminbi y acciones B denominadas en renminbi pero negociadas en dólares estadounidenses o en dólares de Hong Kong. Actualmente, los inversores extranjeros no pueden, por lo general, invertir en acciones A ni en el mercado de valores nacional de la RPC, salvo mediante cupos aprobados con arreglo al Reglamento QFII o como un inversor estratégico de acuerdo con los reglamentos de la RPC. Los inversores extranjeros pueden invertir en acciones B de China directamente. Está previsto que la exposición de un Fondo a acciones A y B de China se obtenga mediante exposición indirecta a través de inversiones en otros planes colectivos o efectos de participación. Los detalles de dichas inversiones se recogen en la sección Objetivos y política de inversión de cada Fondo. El Folleto se actualizará para reflejar los detalles de negociación adicionales de cualquier Fondo que pretenda invertir directamente en caso de cambios futuros en relación con los reglamentos de la RPC. Los detalles sobre los riesgos asociados con la inversión en títulos A o B de China se indican bajo el epígrafe "Factores de riesgo - Inversión en China". Los Fondos podrán, con sujeción a los límites establecidos por el Banco Central, comprar y vender instrumentos de renta variable y sobre índices de renta variable, incluyendo, a título enunciativo, opciones con precio de ejercicio reducido ( LEPO ), carteras optimizadas como valores cotizados ( OPALS ), rentabilidad asociada a valores de renta variable ( PERLES ), títulos de deuda vinculados a índices de acciones, certificados de futuros sobre índices bursátiles, así como recibos y certificados de participación, siempre que contribuyan a alcanzar el objetivo de inversión del Fondo en cuestión. Cuando se utilicen, los LEPO, OPALS y PERLES cotizarán o se negociarán en una o varias bolsas o mercados de valores en que pueda invertir al Fondo, con arreglo a lo dispuesto en el Apéndice 1. En cada caso, estos instrumentos incluirán Valores mobiliarios del emisor, sin perjuicio de que su valor esté asociado a un valor o índice subyacentes de renta variable. En la práctica, el Fondo pertinente comprará estos instrumentos a un emisor y el instrumento reproducirá el valor o índice subyacentes de renta variable. Debe tenerse en cuenta que la exposición del Fondo correspondiente a estos instrumentos consistirá en la exposición al emisor de los mismos. No obstante, también se tendrá exposición económica a los títulos subyacentes. Las LEPO compradas o vendidas por un Fondo podrán ejercerse en cualquier momento durante su vigencia y liquidarse en efectivo. Los Fondos podrán utilizar técnicas e instrumentos diferentes a los citados de conformidad con los requisitos del Banco Central y previa presentación al mismo de un procedimiento revisado de gestión de riesgos y para su autorización. Los Fondos también podrán invertir, aunque de manera limitada, en fondos negociados en bolsa (ETF) de conformidad con los requisitos reglamentarios establecidos por el Banco Central para los planes abiertos de inversión colectiva. No se podrá invertir más del 10% del activo neto de un Fondo en otros planes de inversión colectiva. De conformidad con el Contrato de fideicomiso, no existe ningún requisito relativo a la proporción mínima de inversión directa o indirecta del activo de los Fondos en el área estipulada en los objetivos y políticas de inversión de cada Fondo, ni en una mezcla de inversiones concreta. En situaciones excepcionales puede considerarse conveniente realizar una inversión determinada fuera del área pertinente. La elaboración de la política de inversión de los Fondos y su modificación como resultado de las condiciones políticas 15

17 y/o económicas es responsabilidad de la Entidad gestora, que, con sujeción al Contrato de fideicomiso, podrá modificar de forma acorde la citada política de inversión. El Contrato de fideicomiso no limita la política de inversión ni la inversión del activo del Fideicomiso de inversiones salvo según se describe en el Apéndice I. Sin embargo, la Entidad gestora no modificará el objetivo ni las políticas de inversión de ningún Fondo durante un período mínimo de tres años tras la admisión a cotización y negociación en el Mercado Principal de Valores de la Bolsa irlandesa del Fondo de que se trate, excepto en circunstancias excepcionales o cuando esté convencida de que la modificación es beneficiosa para los Titulares de participaciones del Fondo de que se trate y, en todos los casos, únicamente con la sanción de un Acuerdo Extraordinario de los Titulares de participaciones del Fondo pertinente y del Banco Central. En caso de modificarse el objetivo de inversión y/o de aplicarse un cambio importante en la política de inversión, la Entidad gestora notificará de forma razonable a los Titulares de participaciones, con una antelación mínima de un mes, para que estos puedan amortizar sus Participaciones antes de que se implementen los cambios. Cuando la política de inversión de un Fondo requiera que se invierta un porcentaje concreto en un tipo o tipos específicos de inversiones, dicho requisito no será de aplicación en condiciones de mercado extraordinarias y estará sujeto a diversos factores de liquidez y/o cobertura por riesgo de mercado derivados de la emisión, permuta o amortización de Participaciones. En concreto, a fin de alcanzar el objetivo de inversión de un Fondo, podrán realizarse inversiones en valores mobiliarios diferentes a aquellos en que el Fondo invierte normalmente al objeto de reducir la exposición del Fondo al riesgo del mercado. A modo ilustrativo, durante dichos periodos el Fondo podrá invertir en efectivo, depósitos, letras del tesoro o instrumentos del mercado monetario a corto plazo, tal como se describen en el Reglamento OICVM. Inversión en derivados En relación a cada Fondo y en beneficio de estos, la Entidad gestora o su delegado Sociedad tendrá la facultad de hacer uso de técnicas e instrumentos de Instrumentos financieros derivados ( FDI, según las siglas en inglés) a efectos de inversión y gestión eficaz de cartera, respetando en cada caso los límites establecidos por el Banco Central. Estos FDI, técnicas e instrumentos podrán incluir, a título enunciativo, warrants, futuros y opciones negociados en bolsa, contratos de divisas a plazo, swaps, contratos por diferencias, títulos de deuda vinculados a un índice y contratos de futuros sobre índices de materias primas y acciones. Se solicitará la aprobación previa del Banco Central antes de que un Fondo utilice Instrumentos financieros derivados sobre índices de materias primas. En caso de que un Fondo se proponga utilizar técnicas e instrumentos derivados, se informará al respecto en las políticas de inversión del Fondo correspondiente. En caso de que un Fondo cambie su política de inversión (cualquier cambio sustancial a la política de inversión se realizará únicamente previa aprobación de los Titulares de participaciones por mayoría de votos en la Junta General de Titulares de participaciones correspondiente) de modo que se modifique la forma en que puede invertir en técnicas e instrumentos derivados, la Entidad gestora presentará un proceso de gestión de riesgos revisado al Banco Central a fin de obtener su aprobación. La inversión en técnicas e instrumentos derivados solo se realizará cuando se hubieran establecido disposiciones para tales instrumentos en el proceso de gestión de riesgo y hubiera recibido la aprobación del Banco Central. La exposición subyacente a derivados en cada caso concreto puede estar relacionada con valores mobiliarios, planes de inversión colectiva (incluyendo fondos negociados en bolsa ETF), instrumentos del mercado monetario, índices de valores o materias primas, tipos de cambio de divisas y divisas. La gestión eficaz de la cartera se considera una técnica de gestión de inversiones utilizada (1) para reducir los riesgos (2) para reducir los costes sin ningún incremento o con un incremento mínimo de los riesgos; y (3) el uso de instrumentos para la generación de ingresos o capital adicional sin un incremento o un incremento mínimo de los riesgos. Para cada Fondo, cualquier riesgo asociado con las técnicas de gestión eficaz de cartera estará en consonancia con el perfil de riesgo del Fondo. Los gastos de explotación directos y/o las comisiones que se originen como consecuencia de la utilización de técnicas de gestión eficaz de la cartera y que se puedan deducir de los ingresos registrados por el Fondo se cobrarán a los tipos normales del mercado y no incluirán ingresos ocultos. Dichos gastos directos y comisiones se abonarán a la contraparte de la operación pertinente. Todos los ingresos generados a través de la utilización de técnicas de gestión eficaz de la cartera, una vez deducidos los gastos de explotación directos y las comisiones, se reintegrarán al Fondo. Las contrapartes de la operación en cuestión no estarán relacionadas con los Gestores pero podrán estar relacionadas con el Depositario y, en tales circunstancias, las operaciones se realizarán en condiciones comerciales normales y se negociarán como lo harían dos partes independientes. El Gestor de inversiones decidirá si utiliza o no estos instrumentos o estrategias. Asimismo, el Gestor de inversiones podrá decidir si utiliza otros instrumentos diferentes a los descritos anteriormente, de conformidad con los requisitos del Banco Central. A continuación se describen los diferentes instrumentos que podrán utilizarse: Los Fondos pueden vender futuros sobre títulos, índices, divisas o tipos de interés con el objetivo de contar con un método de gestión de riesgos eficiente, líquido y efectivo mediante el bloqueo de las ganancias y/o la protección ante futuras bajadas de valor. Asimismo, los Fondos pueden comprar futuros sobre títulos, divisas o tipos de interés para asumir posiciones en títulos valores, así como comprar o vender futuros sobre índices bursátiles como método para 16

18 igualar las posiciones significativas de efectivo en el Fondo. Los Fondos podrán también comprar o vender futuros sobre índices bursátiles como método para igualar las posiciones significativas de efectivo en el Fondo. La Entidad gestora se asegurará de que cualquier índice de materias primas subyacente en que pueda invertir un Fondo cumplirá con los requisitos normativos establecidos por el Banco Central. Los Fondos pueden utilizar opciones (incluyendo opciones sobre índices de renta variable, opciones sobre futuros y opciones sobre swaps) para aumentar su rentabilidad actual mediante la suscripción de opciones de compra y venta cubiertas sobre títulos valores de su propiedad o en los que pueda haber invertido. Los Fondos perciben una prima por la suscripción de una opción de compra o venta, cuyo rendimiento aumenta cuando la opción vence sin haberla ejercido o se cierra arrojando un beneficio neto. Al suscribir una opción de compra, los Fondos renuncian a la oportunidad de beneficiarse de eventuales aumentos del precio de un título por encima del precio de ejercicio de la opción; al suscribir una opción de venta, los Fondos asumen el riesgo inherente a la compra de un valor al titular de la opción a un precio por encima del precio de mercado vigente del valor. Los Fondos pueden resolver una opción suscrita antes de su fecha de vencimiento celebrando una operación de compra de cierre, en cuyo marco adquiera una opción sujeta a las mismas condiciones que la opción suscrita. Los Fondos también pueden suscribir opciones de venta sobre divisas para protegerse ante los riesgos de cambio. Los Fondos pueden adquirir opciones de venta (incluyendo opciones sobre índices de renta variable, opciones sobre futuros y opciones sobre swaps) para contar con un mecanismo eficiente, líquido y efectivo de bloqueo de las ganancias y/o para protegerse ante bajadas futuras del valor de los títulos de su propiedad. Esto permite a los Fondos beneficiarse de las ganancias futuras en el valor de un título sin asumir el riesgo de una eventual reducción de este. Los Fondos también pueden adquirir opciones de compra (incluyendo opciones sobre índices de renta variable y opciones sobre futuros) para contar con un mecanismo eficiente, líquido y efectivo para asumir posiciones en títulos valores. De esta forma, los Fondos pueden beneficiarse de las ganancias futuras en el valor de un título sin necesidad de adquirirlo y poseerlo. También pueden utilizarse operaciones de cambio de divisas y otros contratos de divisas para protegerse contra los riesgos de cambio o aplicar de forma activa ajustes sobre la exposición a divisas (es decir, establecer posiciones en una divisa distinta de la divisa base que se prevé que generen un rendimiento positivo en términos de divisa base) de los Fondos derivada de la inversión en mercados extranjeros a la vista de las previsiones relativas a divisas. A la discreción del Gestor de Inversiones, es posible utilizar estos contratos para cubrir una parte o la totalidad del riesgo de cambio/riesgo de divisas dimanante de la fluctuación entre la divisa de denominación del Fondo y las divisas de denominación de las inversiones del Fondo, o bien para aplicar una estrategia activa de ajuste de divisas. Los Fondos pueden utilizar también contratos a plazo no entregables. Estos son contratos bilaterales de futuros financieros sujetos a un tipo de cambio entre una divisa fuerte y una divisa de países emergentes. Al vencimiento no se produce la entrega de la divisa emergente, sino que se liquida en efectivo el resultado financiero del contrato en la divisa fuerte. Los Fondos pueden (pero no están obligados a) efectuar determinadas transacciones relativas a divisas para cubrir la exposición a divisas de su activo imputable a una Clase específica al convertirla a la moneda de denominación de la Clase pertinente. Los instrumentos financieros utilizados para aplicar estas estrategias en relación con una o varias Clases constituirán elementos del activo/pasivo de cada Fondo en su conjunto, aunque serán imputables a la clase o Clases pertinentes, y las ganancias/pérdidas y los costes inherentes a dichos instrumentos financieros tan solo devengarán en relación con la Clase en cuestión. La exposición a divisas de una Clase no puede combinarse ni compensarse con la de otras Clases de los Fondos. La exposición a divisas del activo imputable a una Clase no puede asignarse a otras Clases. No está previsto mantener posiciones con cobertura excesiva o insuficiente pero esto podría ocurrir debido a factores ajenos al control del Fondo. Las posiciones con cobertura excesiva no excederán el 105% del Valor de activo neto de cada Clase. Las posiciones con cobertura se someterán a la supervisión continua del Gestor de inversiones para asegurarse de que el total de posiciones con cobertura excesiva de cualquier Clase con cobertura no excedan el 105% del Valor de activo neto de dicha Clase y que las posiciones por encima del 100% no se trasladen de un mes a otro. Los inversores deben ser conscientes de que esta estrategia puede limitar sustancialmente o eliminar por completo el beneficio obtenido por los Titulares de participaciones de las Clases Hedged en caso de que haya una disminución en el valor del tipo de cambio de la Clase de participaciones frente al dólar estadounidense y/o la(s) divisa(s) de denominación del Fondo. Sin embargo, la Entidad gestora no garantiza que la estrategia tenga éxito a la hora de eliminar por completo los efectos de las modificaciones negativas en los tipos de cambio. Además, los costes de las operaciones de cobertura de divisas correrán a cargo de los Titulares de participaciones de las Clases Hedged, y las ganancias/pérdidas derivadas de alguna estrategia con cobertura (hedged) serán imputables únicamente a la Clase Hedged específica. Permutas financieras: los Fondos podrán celebrar contratos de permuta financiera (incluyendo permutas de rendimiento total y contratos por diferencias) relativos a monedas, tipos de interés y valores, y utilizar estas técnicas para protegerse ante cambios en los tipos de interés y de cambio. Los Fondos también pueden utilizar estas técnicas para asumir posiciones en índices de valores y precios de valores específicos, o para protegerse ante eventuales variaciones de los mismos. En relación con las divisas, los Fondos pueden utilizar contratos de swaps de divisas, en cuyo marco puede 17

19 intercambiar divisas con tipo de cambio fijo por divisas con tipo de cambio variable, o viceversa. Estos contratos permiten a los Fondos gestionar sus exposiciones a aquellas divisas en las que posea inversiones. En relación con estos instrumentos, el rendimiento de los Fondos se basa en el movimiento de los tipos de cambio de divisas con respecto a un importe fijo de divisa acordado por las partes. En relación con los tipos de interés, los Fondos pueden utilizar contratos de swaps de tipos de interés, en cuyo marco pueden intercambiar flujos de caja con tipo de interés variable por flujos de caja con tipo de interés fijo, o viceversa. Estos contratos permiten a los Fondos gestionar sus exposiciones a tipos de interés. En el caso de estos instrumentos, el rendimiento del Fondo deriva del movimiento de los tipos de interés con respecto a un tipo fijo acordado entre las partes. En relación con los valores e índices de renta variable, un Fondo puede utilizar contratos de swap de rendimiento total, en cuyo marco puede intercambiar flujos de caja con tipos de interés variables por flujos de caja fijos basados en el rendimiento total de un valor o instrumento de renta fija o índice de renta variable, o flujos de caja fijos basados en el rendimiento total de un valor o instrumento de renta fija o índice de renta variable por flujos de caja con tipos de interés variables. Estos contratos permiten a los Fondos gestionar sus exposiciones a determinados valores o índices de valores. En relación con estos instrumentos, el rendimiento de los Fondos se basa en el movimiento de los tipos de interés con respecto al rendimiento del valor o índice correspondiente. Los Fondos pueden también emplear swaps de riesgo de impago ( CDS ). Las CDS constituyen contratos de permuta diseñados para transferir exposición crediticia entre contrapartes. Los CDS pueden utilizarse por el Fondo, entre otros fines, para cubrir el riesgo específico de país. El comprador de un CDS recibe a protección de crédito, mientras que el vendedor de un CDS garantiza efectivamente la solvencia del instrumento de renta fija subyacente. Al hacerlo, el riesgo de impago derivado del citado instrumento se transfiere del titular del instrumento al vendedor de la CDS. A continuación se ofrecen detalles relativos a las contrapartes de dichos contratos de swap. Las contrapartes de dichos contratos de swap no tendrán facultades para decidir sobre la cartera de ningún Fondo o las exposiciones subyacentes, y no se requerirá la aprobación de dichas contrapartes para las operaciones de la cartera de un Fondo. Procedimientos de contraparte El Comité de Crédito de Contraparte ( CCC ) del Gestor de inversiones aprueba las contrapartes de la negociación, establece los límites de crédito de las contrapartes y las supervisa de forma continua. A fin de establecer una relación con una contraparte, las calificaciones crediticias de la contraparte propuesta se obtienen de los proveedores líderes de la industria de la calificación crediticia. En la actualidad, el Gestor de inversiones recurre principalmente a S&P, Fitch, Moody s o Dun & Bradstreet. Dicha información es revisada por el CCC como parte del proceso de autorización, que también insiste en los términos y condiciones mutuamente acordados. Los criterios fundamentales examinados por el CCC son la estructura, la gestión, la solidez financiera, los controles internos y la reputación general de la contraparte de que se trate, así como el entorno jurídico, reglamentario y político en los mercados de referencia. Por consiguiente, estas contrapartes son objeto de un control constante utilizando información de los movimientos de precios de las acciones y otra información de mercado. La exposición de la contraparte es objeto de seguimiento, se registra diariamente y se notifica al CCC. Cualquier contraparte que se un intermediario deberá estar autorizada y regulada por la Autoridad de Conducta Financiera (FCA) u otra entidad reguladora nacional competente. Cada contraparte intermediario también estará sujeto a lo siguiente: Ejecución óptima: la contraparte intermediario es controlada y clasificada por un sistema de análisis de terceros creado para optimizar las estrategias de negociación. Eficiencia operativa: los intermediarios del Gestor de inversiones clasifican a los corredores según la calidad de sus servicios. Para cada operación, la ejecución óptima anula cualquier otra consideración y el Gestor de inversiones no está autorizado a realizar negociaciones directas. Para obtener información sobre el riesgo de contraparte que asumen los Fondos, se recomienda que se remitan a los factores de riesgo que se detallan en el apartado Factores de riesgo del Folleto. Los Fondos también tratarán de tener exposición a algunos o todos los activos mencionados en la sección de política de inversión de cada Fondo obteniendo exposición a índices financieros, por ejemplo a través de futuros o swaps sobre índices financieros que cumplan con los requisitos de las Notificaciones sobre OICVM. Dichos índices pueden incluir, entre otros, el S&P 500 Index (ajustado trimestralmente). No se utilizarán índices que se ajusten a diario. Los costes asociados a la obtención de exposición a un índice financiero pueden verse afectados por la frecuencia con la que se ajusta el índice correspondiente. El Gestor de inversiones facilitará a los Titulares de participaciones detalles de otros índices financieros mantenidos a petición de estos, y se incluirán en las cuentas semestrales y anuales del Fideicomiso de inversiones. Cuando la ponderación de un componente particular del índice supere los límites de inversión del OICVM, el Gestor de inversiones tendrá como objetivo prioritario remediar la situación, teniendo en cuenta los intereses de los Titulares de participaciones y del Fondo correspondiente. 18

20 Los Fondos pueden adquirir warrants con el objetivo de contar con un mecanismo líquido y eficiente para asumir posiciones en títulos valores sin necesidad de comprar y poseer el título. Con sujeción a las condiciones y límites estipulados en las Notificaciones OICVM, los Fondos podrán valerse de pactos de recompra, pactos de recompra inversa y/o acuerdos de préstamo de valores a efectos de gestión eficaz de cartera para generar ingresos adicionales para el Fondo. Las ventas con pacto de retrocesión son operaciones en las que una parte vende un título a la otra con un pacto simultáneo de recompra del mismo en una fecha futura establecida a un precio estipulado, que refleja un tipo de interés de mercado no relacionado con el tipo según cupón de los títulos valores. Una compra con pacto de reventa es una operación en la que un Fondo compra títulos valores a una contraparte comprometiéndose de forma simultánea a revenderlos a esta en una fecha y a un precio acordados. Un contrato de préstamo de títulos es un acuerdo en virtud del cual un prestamista transfiere a un prestatario la titularidad de los valores prestados, comprometiéndose el segundo a entregar títulos equivalentes al primero en una fecha posterior. A la fecha de este Folleto, no se propone la utilización de acuerdos de recompra o de recompra inversa, ni la participación en préstamos de valores en nombre de ningún Fondo. En caso de que un Fondo proponga utilizar dichas técnicas e instrumentos, se notificará a los Titulares de participaciones y se revisará el Folleto de conformidad con los requisitos del Banco Central. Cada Fondo utilizará un procedimiento de gestión de riesgos que le permita medir, controlar y gestionar con precisión los diversos riesgos asociados a los derivados. Los inversores podrán obtener, a petición, información referente a los límites cuantitativos que se aplican a la gestión del riesgo de cada Fondo, los métodos de gestión del riesgo que se utilizan en relación con el Fondo, y las novedades recientes respecto al riesgo y los rendimientos de las principales categorías de inversiones propiedad del Fondo. Gestión de garantías De conformidad con los requisitos del Banco Central, el Gestor de inversiones instrumentará una política de gestión de garantías en nombre y representación del Fideicomiso de inversiones y de cada Fondo en relación con las garantías recibidas en el marco de operaciones con instrumentos financieros derivados OTC, tanto si dichas operaciones se han realizado con fines de inversión como con fines de gestión eficaz de la cartera. Todas las garantías recibidas por el Fideicomisario en nombre y representación de un Fondo en forma de cesión de títulos serán mantenidas por el Fideicomisario. En el caso de otras clases de garantías, éstas podrán ser mantenidas por un depositario tercero sujeto a supervisión cautelar y no vinculado con el proveedor de la garantía. La política de gestión de garantías utilizada por el Gestor de inversiones en relación con los Fondos derivadas de operaciones con derivados financieros OTC establece que el efectivo y los activos de alta liquidez que cumplan los criterios normativos (tal y como se describe en el proceso de gestión de riesgos) en materia de valoración, calidad crediticia, correlación y diversificación de garantías, podrán ser utilizados como garantía en todas las operaciones con derivados financieros que se propongan. La política de gestión de garantías implementada por el Gestor de inversiones establecerá los niveles adecuados de garantías exigidas por éste en materia de operaciones con derivados. El Gestor de inversiones también empleará una política de reducción de valor (haircut) clara (es decir, una política en la que un porcentaje predeterminado se resta del valor de mercado de un activo que se utiliza como garantía) para cada clase de activos recibidos en garantía, teniendo en cuenta las características de los activos recibidos en garantía, tales como la solvencia crediticia o la volatilidad de los precios, así como el resultado de cualquier política de pruebas de estrés de liquidez. Todas las garantías en efectivo recibidas en nombre y representación del Fondo podrán invertirse en: (i) (ii) (iii) (iv) depósitos en entidades relevantes (tal y como se definen en las Notificaciones sobre OICVM); bonos soberanos de alta calidad; contratos con pacto de recompra inversa siempre y cuando las operaciones se efectúen con entidades de crédito sujetas a supervisión cautelar y el OICVM es capaz de recuperar en todo momento la importe total de efectivo sobre base devengada; fondos del mercado monetario a corto plazo, tal y como se definen en las Directrices de la ESMA sobre una definición común de los fondos europeos del mercado monetario (ref. CESR/10-049). La garantía en efectivo invertida se diversifica de acuerdo con los requisitos de diversificación aplicables a las garantías que no sean en efectivo, y no podrá depositarse en la contraparte. En el caso de que un Fondo reciba garantías que representen como mínimo el 30% de sus activos, el Gestor de inversiones aplicará una política de pruebas de estrés apropiada para garantizar que se realicen pruebas de estrés con carácter regular, en condiciones normales y excepcionales de liquidez, con el fin de permitir al Gestor de inversiones evaluar el riesgo de liquidez vinculado a la garantía. La política de pruebas de estrés de liquidez se detallará en el proceso de gestión del riesgo utilizado por el Gestor de inversiones. 19

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