Foja:178 Ciento Setenta y Ocho. C.A. de Santiago

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Foja:178 Ciento Setenta y Ocho. C.A. de Santiago"

Transcripción

1 Foja:178 Ciento Setenta y Ocho C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil doce. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de nueve de junio de dos mil once, escrita a fojas 142 y siguientes. Regístrese y devuélvase. N Civil Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Javier Aníbal Moya Cuadra e integrada, además, por el ministro señor Leopoldo Andrés Llanos Sagrista y el abogado integrante señor Angel Cruchaga Gandarillas.

2 NOMENCLATURA JUZGADO CAUSA ROL CARATULADO : 1. [40]Sentencia : 20º Juzgado Civil de Santiago : C : ALONSO JOSE ANT/COMPLEJO TURIS Santiago, nueve de Junio de dos mil once V I S T O S: José Antonio Eugenio Alonso Sánchez, chileno, soltero, abogado, domiciliado en Avenida Libertador Bernanrdo O Higgins N 268, departamento 201, Torre 3, comuna de Santiago, demandó en juicio ordinario civil de menor cuantía a Sociedad Complejo Turístico Costa Barua Ltda., representada por Marcelo Andrés Yáñez Astudillo, domiciliada en Avenida Trinidad N 1533, comuna de La Florida, a fin que se le condene a pagar un indemnización de perjuicios ascendente a la suma de $ , más intereses y costas. A fojas 10, se notificó la demanda a la demandada.. La demandada contestó la demanda en rebeldía. A fojas 106, el Tribunal llamó a las partes a conciliación, la cual no se produjo. A fojas 116, se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos controvertidos que rolan en autos. A fojas 141, se citó a las partes a oír sentencia. C O N S I D E R A N D O:

3 1 ) Que, la parte demandante explicó, que el 7 de marzo del año 2009 aproximadamente a las 00:50 horas concurrió al centro de eventos, pub y discoteca Costa Varúa, con un grupo aproximado de 8 amigos y ex compañeros de la carrera de Derecho de la Universidad del Desarrollo de Santiago. Señaló, que el día anterior uno de sus amigos contactó a la administración del establecimiento con el fin de que les permitieran ingresar al sector vip, para permanecer en él, contar con una mesa y provisión de debidas, a fin de realizar una celebración, por lo cual pagaron la suma de $40.000, instante en el cual solicitaron la extensión de una boleta para comprobar el derecho a ingresar al sector exclusivo, pero lo único que recibieron fueron pulseras de papel. Indicó, que una vez dentro del local y del sector vip, pudo junto a sus amigos trasladarse libremente, manteniendo una conducta normal de esparcimiento y diversión, tanto de los clientes como de las personas que trabajaban en el centro de evento. Señaló, que aproximadamente a las 03:30 horas, una persona desconocida que pasaba por el lugar en que se encontraba, dejó caer al suelo una cubeta de hielo lo cual causó desorden, y siguió caminando junto a su pareja, mientras su persona trataba de recoger las botellas de bebida que estaban cerradas, momento en el cual fue compelido por los guardias a abandonar el recinto, ubicándose a su lado izquierdo y derecho para acompañarlo a la salida. Añadió, que una vez recibida la orden de abandono del local por parte de los guardias quienes no tenían claro la persona responsable de los hechos, lo

4 sindicaron como responsable por el sólo hecho de encontrarse cerca del balde, aceptó retirarse, ya que no tenía intención de argumentar contra los guardias y tampoco claridad sí en conjunto con otras personas accidentalmente empujaron hasta su caída la cubeta. Destacó, que durante el trayecto a la salida del recinto, con los guardias ubicados a su izquierda y derecha, no opuso resistencia, no profirió provocación, improperio o alguna palabra vejatoria en su contra, ni menos tuvo la intención de golpearlos, a tal nivel que incluso en señal de ello, flectó los brazos para que sus manos quedaran a la altura sus hombros, para señalar que no era necesario el uso de la fuerza. Sin embargo, mientras recorría el recinto hacía la salida, pensaba que llegaría al acceso y salida principal del lugar, que tendría que esperar a sus amigos en ese lugar hasta que salieran, y que podría razonar con los administradores del local, pero, fue sorprendido, ya que fue conducido por los guardias hacía una salida lateral de la discoteca, momento en cual fue golpeado con puño cerrado, sin mediar provocación, por un tercer guardia en su ojo derecho, provocándole la pérdida del equilibro y su caída, por lo que azotó su cara contra el suelo, y liego recibió golpes de pie en el cuerpo por parte de otro de los guardias, ante lo cual intentó levantarse para no seguir siendo objeto de la golpiza y para acercarse a un portón y salir absolutamente del recinto. Precisó, que producto del acontecimiento referido en el párrafo precedente sufrió una lesión en su ojo derecho con inmediata hinchazón, una lesión en la frente de

5 su cara por la erosión de las piedras al caer, una hematoma en el brazo derecho y una herida sangrante en el codo izquierdo. Relató, que una vez afuera de la discoteca trató de buscar a sus amigos y ex compañeros de universidad, hasta que, luego de haber esperado unos 40 minutos salió uno de ellos, a quien le informe inmediatamente lo ocurrido, quien con preocupación reunió a los restantes. Fue así que, sostuvieron contacto telefónico con Carabineros de Chile, quienes enviaron, luego de 40 minutos, primero a una pareja de funcionarios y luego un móvil perteneciente a la 36 Comisaría de La Florida, los cuales informados sobre la situación le solicitaron identificar a los guardias que participaron en la agresión, pero atendida la oscuridad del lugar y la velocidad de los hechos, sólo identificó a uno, esto es, a Rodolfo Cárdenas De La Fuente, quien obró de forma activa en la golpiza y agresión en conjunto con otros guardias de seguridad de la discoteca Costa Varúa. El referido guardia fue detenido por Carabineros de Chile, quienes le informaron sus derechos y la razón de la detención Expuso, que fue llevado en el retén móvil al Servicio de Urgencia San Rafael del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, de la comuna de La Florida, para constatar las lesiones provocadas por la agresión. Según informe del médico Sr, Pablo Andrés Cabello Estay la lesiones fueron contusión frontal y malar derecha, erosión codo izquierdo y esquimosis hematoma brazo derecho, y el diagnostico fue de lesiones leves y policintuso. El mismo médico le practicó un examen físico al guardia involucrado en los hechos, el que resultó sin lesiones.

6 Concluidos los trámites médicos, concurrió conjuntamente con sus amigos al 36 Comisaria de La Florida para complementar sus declaraciones y para la realización de una pericia fotográfica por parte del SIAT, de las lesiones ocasionadas por la golpiza, a fin de enviarlas al Ministerio Público. Expuso, que el mismo día sábado 7 de marzo del año 2008 y por tratarse de un delito flagrante el guardia de seguridad de la demandada, pasó a control de detención en el 14 Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa rit , ruc , en la cual nadie cuestionó la legalidad de la detención y la Fiscalía requirió procedimiento monitorio, toda vez que las declaraciones, la constatación de lesiones y la pericia fotográfica efectuada por el SIAT, informaban sobre la existencia de un hecho constitutivo del delito de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N 5 del Código Penal, en grado de consumado, respecto del cual el Sr. Rodolfo Cárdenas De La Fuente tenía la calidad de autor. Dicho requerimiento fue acogido por el Sr. Juez de Garantía Cesar Orellana López, determinando la existencia del aludido ilícito penal en grado de consumo y la calidad de autor de la referida persona y dependiente de la demandada. Sostuvo, que los daños que sufrió están constituidos por las lesiones físicas que le dejó la golpiza que le fue propinada; por los gastos pecuniarios en que incurrió producto del hecho en la compra de antiinflamatorios y bolsas Cold- Hot Pack, avaluados en $50.000; y por un daño moral que se expresa en padecimientos emocionales sensación de injusticia y dolor en su núcleo familiar, y en la alteración de su vida académica, laboral y social, ya que el día de los hechos no

7 pudo asistir al matrimonio de uno de sus familiares; el día 9 de marzo del año 2009 tuvo que asistir a una entrevista de trabajo en el departamento de factoring del Banco de Crédito e Inversiones visiblemente lesionado, lo cual afectó su presentación personal y causó una impresión negativa; y además tuvo que asistir a reuniones con su profesor guía de tesis durante el periodo de tiempo que se extiende desde noviembre del año 2008 a julio del 2009, especialmente durante las semanas posteriores a la ocurrencia de los materia de autos, lo cual le significó un menoscabo en su imagen personal, seriedad, prestancia, y de la calidad y distinción que debía reflejar ante el académico. Finalmente citó, las normas contenidas en los artículos 1, 19 y 76 de la Constitución Política de la República; 1 y 142 del Código Orgánico de Tribunales; 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 2314, 2316, 2319, 2329, 2322 y 2329 del Código Civil. 2 ) Que, la parte demandante acompañó a los autos: a) Copia simple de Acta de Constatación de Lesiones N , de fecha 7 de marzo del año 2009, extendida por Servicio de Salud Metropolitana Sur Oriente; b) Copia simple de Acta de Audiencia de Control de Detención, de fecha 7 de marzo del año 2009, seguida ante el 14 Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos Rit , Ruc N ; c) Declaración Jurada, de fecha 27 de noviembre de 2009, emitida por Carmen Díaz Gracia; d) Bono de Atención Médica, de fecha 9 de septiembre del año 2009, emitido por Clínica Providencia La Araucana; y e) 3 fotografías con fecha 8 de marzo del año 2009.

8 Los referidos documentos rolan a fojas 1, 5, 48, 123, y 126. A fojas 120 y siguientes, rindió prueba testimonial, testigos que declararon conforme el tenor de los puntos de prueba. 3 ) Que, en autos rolan: a) Copias autorizada de lo obrado en causa Rit N , Ruc N , seguida ante el 14 Juzgado de Garantía de Santiago; b) Copia de carpeta investigativa Ruc , remitida mediante Oficio N 140/2010/MML, por la Fiscalía Región Metropolitana Oriente; c) Oficio N 250, de fecha 18 de febrero de 2010, emitido por Carabineros de Chile, y d) Oficio N 1027, de fecha 12 de octubre del año 2010, emitido por Carabineros de Chile. Los referidos documentos rolan a fojas 65, 89, 97 y ) Que, los hechos pueden revestir distinta naturaleza jurídica dependiendo de la óptica desde la cual sean observados, es decir, un mismo hecho puede presentar caracteres civiles, penales, administrativos, etc. La referida idea, sin duda, fue contemplada por el legislador al establecer el artículo 67 del Código Procesal Penal, destacando la independencia entre las acciones civiles y penales. 5 ) Que, los instrumentos rolantes a fojas a 1, 61, 64, 67, 68, 70, 71, 74, 75, 76, 82, 88, 94 y la testimonial rolante a fojas 120 y siguientes, prueban que, a eso de las 3:30 horas a.m., del día 7 de marzo del año 2009 el demandante concurrió al establecimiento de la demandada, ubicado en Avenida Trinidad N 1533, comuna de La Florida Discoteque Costa Varua, lugar en el cual fue golpeado por los dependientes de ésta.

9 6 ) Que, el artículo 2320 del Código Civil en sus incisos 1 y 4, estatuye una presunción de responsabilidad por hecho ajeno, hipótesis jurídica en la cual se subsumen los hechos acreditados en autos y a que se refiere el acápite precedente. 7 ) Que, en los hechos sub lite se verifican todos y cada uno de los presupuestos que requiere la responsabilidad extracontractual para su configuración, ya que existe una conducta positiva y culposa que ocasionó daños materiales y morales a la persona del demandante, atribuible a un dependiente de la demandada. 8 ) Que, cabe destacar que las presunciones de responsabilidad por hecho ajeno contempladas en los artículos 2320 y siguientes del Código Civil, tienen por finalidad disminuir la complejidad y problemas probatorios que presenta la responsabilidad extracontractual en cuanto a la culpa, por lo que al actor sólo detenta como carga acreditar los presupuestos facticos que las configuran. 9 ) Que, en autos no existe duda acerca de la relación de dependencia, subordinación y vigilancia entre el autor especifico del daño y la demandada, y tampoco la hay respecto de que ésta última no obró con la debida diligencia, puesto que teniendo el deber de observar y supervisar la conducta del primero no adoptó las medidas necesarias para evitar los hechos sub lite y las consecuencias en que derivaron. 10 ) Que, a luz de lo previsto en el artículo 2319 del Código de Bello, el autor especifico del daño y la demandada, son capaces de delito civil, por lo que se

10 configura uno de los otros elementos indispensables, y exigencia de la responsabilidad extracontractual. 11 ) Que, cabe recalcar que la demandada no alegó ni probó que obró con la autoridad y cuidado que su calidad le confería y prescribía, - artículo 2320 inciso 5 Código Civil, y que no obstante ello, no logró impedir el daño ocasionado. Asimismo, no acreditó que en los hechos concurrió imprudentemente la víctima, para efectos de lo previsto en el artículo 2330 del Código Civil. 12 ) Que, los artículos 2314 y 2329 del Código Civil establecen el principio de reparación integral del daño, orientación jurídica formal según la cual todos los perjuicios materiales y morales deben ser indemnizados. 13 ) Que, el daño material reclamado, en la especie daño emergente, se encuentra constituido por los gastos patrimoniales en atenciones médicas y medicamentos en que incurrió el demandante, el cual sólo en la cantidad de $3.600, según indica el instrumento rolante a fojas ) Que, esta sentenciadora entiende que el daño moral está compuesto por dos elementos indisolubles, es decir, por el pretium doloris y por los perjuicios de agrado. 15 ) Que, la prueba rendida por la demandante, permite a esta sentenciadora presumir, en conformidad con lo previsto en los artículos 1712 del Código Civil y 426 del Código de Procedimiento Civil, que durante el curso de los hechos materia del juicio, el actor padeció dolor, aflicción e impotencia.

11 16 ) Que, igualmente es posible establecer que las condiciones normales de vida del actor, fueron alteradas gravemente por los hechos, al nivel de tener que enfrentar atenciones médicas, instancias judiciales e incomodidad familiar. 17 ) Que, considerando la gravedad del ilícito civil y la conducta culposa de la demandada, se avalúan los perjuicios sufridos por el actor en la suma de $ , cantidad que, sin duda, es razonable y se ajusta al mérito de autos. 18 ) Que, en materia de responsabilidad extracontractual, los intereses deben ser calculados desde la fecha de ocurrencia del daño, ya que una sentencia definitiva, a juicio de esta sentenciadora, no viene a declarar la existencia de un daño, sino que a constatar que se produjo y que como consecuencia de ello nació la obligación para la demandada de resarcirlo, de hecho el tenor de los artículos 2314, 2316 y 2329 del Código de Bello no establecen una secuencia temporal entre la existencia de una sentencia y el daño, sino que expresan de forma categórica que todo daño deber indemnizado. 19 ) Que, atendido lo previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, la demandada será condenada en costas por resultar totalmente vencida. Y Vistos, lo expuesto y las normas contenidas en los artículos 1698, 1699, 1700, 1702, 1712, 2314, 2316, 2319, 2320, 2329, 2330 y demás pertinentes del Código Civil; 144, 160, 170, 254, 341, 342, 346, 356, 426 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; y 67, 392 y demás pertinentes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE:

12 I.- Que, se condena a Complejo Turístico Costa Barua Limitada, ya individualizada, a pagar a favor del actor la suma de $ , por concepto de indemnización de perjuicios patrimoniales y morales, más intereses corrientes, calculados desde el día 7 de marzo del año II.- Que, se condena en costas a la demandada. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad, DICTADA POR DOÑA GABRIELA SILVA HERRERA JUEZ TITULAR AUTORIZÓ DOÑA ALBA ELIANA VALDÉS GONZÁLEZ. SECRETARIA TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de Junio de dos mil once

Santiago, veintiséis de agosto de dos mil quince. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, de veintisiete de julio del presente año, dictada por

Santiago, veintiséis de agosto de dos mil quince. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, de veintisiete de julio del presente año, dictada por Santiago, veintiséis de agosto de dos mil quince. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, de veintisiete de julio del presente año, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago con excepción

Más detalles

Daño Físico sin Secuela Incapacitante. Figueroa Juan Jose c/ Solis Juan Carlos y otro s/ Daños y Perjuicios

Daño Físico sin Secuela Incapacitante. Figueroa Juan Jose c/ Solis Juan Carlos y otro s/ Daños y Perjuicios DAÑOS Y PERJUICIOS Daño Físico sin Secuela Incapacitante Daño Moral Figueroa Juan Jose c/ Solis Juan Carlos y otro s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I

Más detalles

Santiago, treinta y uno de julio de dos mil doce. En estos autos rol N 9140-2009 don Miguel Rosales

Santiago, treinta y uno de julio de dos mil doce. En estos autos rol N 9140-2009 don Miguel Rosales Santiago, treinta y uno de julio de dos mil doce. Vistos: En estos autos rol N 9140-2009 don Miguel Rosales dedujo demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio en contra del Servicio de

Más detalles

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo

Más detalles

A N T E C E D E N T E S

A N T E C E D E N T E S ACUERDO: CG-IEEPCO-19/2014, POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL CATORCE, DICTADO POR LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO EN EL EXPEDIENTE

Más detalles

BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER FUNCIONARIOS DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL.

BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER FUNCIONARIOS DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL. BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER FUNCIONARIOS DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL. El presente documento comprende las Bases que regularán el llamado a Concurso Público de Ingreso, según lo establecido

Más detalles

1) Que por oficio 201503031732-3941 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro

1) Que por oficio 201503031732-3941 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro Fallo por Arbitraje de dominio "Medifarma.cl" Expediente Rol N 3941 Santiago, siete de mayo de dos mil quince. VISTOS: 1) Que por oficio 201503031732-3941 de fecha 3 de marzo de 2015, el Centro de Resolución

Más detalles

Denuncias por actos de violencia policial en Chile 1990-2004

Denuncias por actos de violencia policial en Chile 1990-2004 Denuncias por actos de violencia policial en Chile 1990-2004 por Gonzalo Álvarez y Claudio Fuentes Observatorio Nº3, junio, 2005 Programa de Seguridad y Ciudadanía FLACSO-Chile Más de 6 mil denuncias por

Más detalles

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art. 75.2.2º LC).

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art. 75.2.2º LC). Cumpliendo lo ordenado en el artículo 94 de la Ley Concursal (LC), la Administración Concursal elaborará una Lista de Acreedores, referida a la fecha de solicitud del concurso, que comprenderá una relación

Más detalles

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL Procedimientos a) Procedimiento general, donde el sujeto activo son los trabajadores; b) Procedimiento de tutela de derechos fundamentales, donde el sujeto es el trabajador

Más detalles

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.

Más detalles

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES Conceptos y definiciones v. 1.0 Elaboración y edición:

Más detalles

SALA DE CASACIÓN SOCIAL. Ponencia del Magistrado Doctor JUAN RAFAEL PERDOMO

SALA DE CASACIÓN SOCIAL. Ponencia del Magistrado Doctor JUAN RAFAEL PERDOMO SALA DE CASACIÓN SOCIAL Ponencia del Magistrado Doctor JUAN RAFAEL PERDOMO El ciudadano MARIO MEDINA, representado por los abogados Josefina Mast de Rodríguez y José Elías Pascuzzi Guerra, demandó por

Más detalles

a trámite en forma preventiva. Inconforme promovió amparo, mismo que le fue concedido y es el motivo de la presente revisión por parte de la

a trámite en forma preventiva. Inconforme promovió amparo, mismo que le fue concedido y es el motivo de la presente revisión por parte de la El 15 de mayo del año en curso, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por primera vez un asunto que trata

Más detalles

Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y. 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de

Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y. 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y siete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que por oficio Nº 11.671, de 14 de octubre de 1997, el Honorable Senado ha enviado el proyecto de ley, aprobado

Más detalles

Cartilla esencial para el trámite de Denuncia

Cartilla esencial para el trámite de Denuncia LEGISLACIÓN APLICABLE: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Ley Orgánica. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos: Ley Federal. Acuerdo General del Pleno

Más detalles

en materia de Seguros

en materia de Seguros en materia de Seguros Javier López García de la Serrana Abogado Doctor en Derecho Director de HispaColex LA CONSIDERACIÓN DE CLÁSULA OSCURA LLEVA A INDEMNIZAR POR LA MÁXIMA CANTIDAD GARANTIZADA, EN APLICACIÓN

Más detalles

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 29 de diciembre de 2014:

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 29 de diciembre de 2014: Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 29 de diciembre de 2014: En esta sentencia cabe destacar: Las dos partes acreedoras demandantes ejercitaron una acción directa de responsabilidad, basada

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

www.civil-mercantil.com

www.civil-mercantil.com RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de

Más detalles

Que, con relación a los aspectos institucionales y generales:

Que, con relación a los aspectos institucionales y generales: 1 RESOLUCION Nº: 536/00 ASUNTO: ACREDITAR la carrera de Especialización en Investigación Científica del Delito, Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina, Facultad de Ciencias de la Criminalística.

Más detalles

OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO Y ESQUEMA

OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO Y ESQUEMA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO ÍNDICE CONTEMPLADO EN EL ART.188.1 DEL CÓDIGO PENAL I. INTRODUCCIÓN.... 3 II. NOVEDADES.

Más detalles

REPOSITORIO DE JURISPRUDENCIA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M.

REPOSITORIO DE JURISPRUDENCIA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M. REPOSITORIO DE JURISPRUDENCIA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M. DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS Descriptores Régimen de trabajo en subcontratación. Recurso de nulidad laboral acogido, causal de infracción

Más detalles

Confidencialidad y secreto profesional; Criterio de prevención; Conflicto con el interés de un cliente anterior.

Confidencialidad y secreto profesional; Criterio de prevención; Conflicto con el interés de un cliente anterior. NPR 91-12 Fecha sentencia 13/04/2015 Materia Ética Disposiciones infraccionadas Según O. Instructor Según Tribunal de Ética Confidencialidad y secreto profesional; Criterio de prevención; Conflicto con

Más detalles

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en

Más detalles

Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis.

Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis. En la Ciudad de Torreón, Coahuila, a quince de febrero del año dos mil dieciséis, la suscrita Secretaria de Acuerdo y Trámite LICENCIADA OFELIA MEDINA ESPARZA, Adscrita a éste Juzgado, doy cuenta al Ciudadano

Más detalles

Diagnóstico al Sistema Licitado de Mediación Familiar. Documento Resumen Auditoría Ernst &Young

Diagnóstico al Sistema Licitado de Mediación Familiar. Documento Resumen Auditoría Ernst &Young Diagnóstico al Sistema Licitado de Mediación Familiar Documento Resumen Auditoría Ernst &Young Marzo 2010 I. INTRODUCCION En el mes de Octubre de 2008 el Ministerio de Justicia mediante resolución exenta

Más detalles

Esta obra forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.

Esta obra forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam. IV. VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO JUAN N. SILVA MEZA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 15/2009 Por resolución de fecha veintiséis de mayo de dos mil diez, la Primera Sala de esta Suprema

Más detalles

DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. *

DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. * DICTAMEN 39 DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, como consecuencia del accidente

Más detalles

LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO

LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO LA EXTINCION DEL CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR CON ABANDONO DEL PUESTO DE TRABAJO Qué es la extinción del

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE ARTÍCULO 1º Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes 1. La actuación del Departamento de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/2004,

Más detalles

Juez Arbitro. Ricardo Sandoval López

Juez Arbitro. Ricardo Sandoval López Fallo arbitral por dominio altojuicio.cl DATTATEC.COM SOLUCIONES DE HOSTING LIMITADA v- ALTO S.A. Juez Arbitro Ricardo Sandoval López ---------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006. Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS

RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006. Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS 1/5 Procedimiento Nº: TD/00418/2006 RESOLUCIÓN Nº.: R/00978/2006 Vista la reclamación formulada por DOÑA I.M.A., contra la entidad OPUS DEI, y en base a los siguientes, HECHOS PRIMERO: Con fecha 22/08/2006,

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y ELIMINACION DE REGISTROS, DOCUMENTOS Y SIMILARES.

REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y ELIMINACION DE REGISTROS, DOCUMENTOS Y SIMILARES. REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y ELIMINACION DE REGISTROS, DOCUMENTOS Y SIMILARES. TITULO I REGLAS GENERALES Artículo 1º.- Las reglas contenidas en el presente reglamento se

Más detalles

ENCUESTA COLEGIADOS ICAM

ENCUESTA COLEGIADOS ICAM INFORME SOBRE PROCESO MONITORIO SOCIAL OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL ENCUESTA COLEGIADOS ICAM ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2.

Más detalles

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO TITULO V DE LA FUNCION MEDIADORA-CONCILIADORA Y DE LA CALIFICADORA DE LOS AYUNTAMIENTOS CAPITULO PRIMERO

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO TITULO V DE LA FUNCION MEDIADORA-CONCILIADORA Y DE LA CALIFICADORA DE LOS AYUNTAMIENTOS CAPITULO PRIMERO LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO TITULO V DE LA FUNCION MEDIADORA-CONCILIADORA Y DE LA CALIFICADORA DE LOS AYUNTAMIENTOS CAPITULO PRIMERO DE LAS OFICIALIAS MEDIADORA-CONCILIADORAS Y DE LAS OFICIALIAS

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL Mónica-Galdana Pérez Morales Profesora Titular de Derecho Procesal Universidad de Murcia. 1 CAPÍTULO 4º. LOS RECURSOS. Lección 19. Recursos ordinarios no devolutivos: reforma

Más detalles

PROTOCOLO DE AUDIENCIA JUICIO

PROTOCOLO DE AUDIENCIA JUICIO PROTOCOLO DE AUDIENCIA JUICIO SECRETARIO: Colima, Colima, siendo las horas del día de de 2013, la de la voz lic. Secretaria de Acuerdos, adscrita al Juzgado, hago constar que nos encontramos constituidos

Más detalles

Lima, 4 de enero de 2012 ANTECEDENTES

Lima, 4 de enero de 2012 ANTECEDENTES PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR SEDE LIMA SUR PROCEDIMIENTO : DE PARTE DENUNCIANTES : HONORIO SABINO FERREIRA FERRO JORGE LUIS MENDOZA RAFAEL DENUNCIADA : AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE

Más detalles

Licenciado Mayid Martínez Calvo Encargado del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano Consejo de Seguridad Vial

Licenciado Mayid Martínez Calvo Encargado del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano Consejo de Seguridad Vial PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL Licenciado Mayid Martínez Calvo Encargado del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano Consejo de Seguridad Vial Estimado señor: Con la

Más detalles

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos 1 de 9 Elaborado por: Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional -Área de Calidad y Mejoramiento Aprobado por: Aprobado por: Secretario Comité de Conciliación Rector Universidad TABLA DE CONTENIDO

Más detalles

INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1

INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1 INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1 Conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el procedimiento de vacancia debe seguir los siguientes pasos: I) SOLICITUD DE

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO á COMISION NACIONAL RESOLUCION Expte. S/0357/11, Colegio Agentes Propiedad Inmobiliaria Consejo D. Joaquín García Bernaldo de Quirós, Presidente Da. Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta D. Julio Costas

Más detalles

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley: SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas

Más detalles

Cambio en el Sistema de Acreditación Universitaria en Chile

Cambio en el Sistema de Acreditación Universitaria en Chile Propuesta Progresista para un Cambio en el Sistema de Acreditación Universitaria en Chile Resumen La acreditación de las carreras e instituciones de la educación universitaria busca constituir una señal

Más detalles

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS 6. DEFINICIONES. GEDIS Sistema de Información de Gestión Disciplinaria. 7. FORMATOS.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS 6. DEFINICIONES. GEDIS Sistema de Información de Gestión Disciplinaria. 7. FORMATOS. SUBPROCESO: INDAGACIÓN PRELIMINAR DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO: Dependencias con competencia disciplinaria. Servidores comisionados. PROCEDIMIENTO: - Conflicto de CODIGO: PRO- DI- IP- 008

Más detalles

profesorado o el personal no docente

profesorado o el personal no docente Protocolo de actuación en caso de agresión hacia el profesorado o el personal no docente Caracterización página 103 Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún miembro del personal

Más detalles

JURISPRUDENCIA DE INTERÉS MATERIA PENAL. Corte Suprema Toro P., Martín con Robledo y Fisco 28 de marzo de 2005

JURISPRUDENCIA DE INTERÉS MATERIA PENAL. Corte Suprema Toro P., Martín con Robledo y Fisco 28 de marzo de 2005 JURISPRUDENCIA DE INTERÉS MATERIA PENAL Corte Suprema Toro P., Martín con Robledo y Fisco 28 de marzo de 2005 RECURSO PLANTEADO: Recurso de casación en el fondo del Fisco en contra de la sentencia de segunda

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

NEWSLETTER OCTUBRE 2013

NEWSLETTER OCTUBRE 2013 INDICE I. Una condición más beneficiosa no puede ser suprimida unilateralmente por la empresa II. Jubilación parcial III. Recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad por la declaración

Más detalles

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS. CALIFICACIÓN DEL DESPIDO. EFECTO DEL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE 1. Cuando el patrono paga al trabajador la indemnización correspondiente al despido injustificado, deja sin efecto

Más detalles

IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE TASA PROGRESIVA

IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE TASA PROGRESIVA IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE TASA PROGRESIVA Distribución de materias: 1. Hijos. 2. Esposa. 3. Madre. 4. Padre. 5. Hermanos. 6. Nietos. 7. Cuantía de la deducción. 8. Prueba. 9. Varios. 1. Hijos Deducción

Más detalles

Sistematización de la información de casos de violencia policial en los que el Ministerio de la Defensa Pública actuó como querellante

Sistematización de la información de casos de violencia policial en los que el Ministerio de la Defensa Pública actuó como querellante Sistematización de la información de casos de violencia policial en los que el Ministerio de la Defensa Pública actuó como querellante Chubut 2007 - primer trimestre 2013 1. Introducción El presente estudio

Más detalles

EXPTE. NÚM.: 1165/2012

EXPTE. NÚM.: 1165/2012 INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 1165/2012 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 5 de marzo de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el

Más detalles

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos 25 de marzo de 2015 Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos Índice TÍTULO PRELIMINAR. DEFINICIONES 3 TÍTULO I. DE

Más detalles

IV. DISCUSIÓN. El estrés ha sido objeto de estudio a través de un largo periodo de tiempo y aún

IV. DISCUSIÓN. El estrés ha sido objeto de estudio a través de un largo periodo de tiempo y aún IV. DISCUSIÓN El estrés ha sido objeto de estudio a través de un largo periodo de tiempo y aún así existen dudas acerca de éste y sus consecuencias. Se ha podido observar que por una parte es un gran incentivo

Más detalles

Inmigrantes en situación irregular

Inmigrantes en situación irregular Inmigrantes en situación irregular España Comunidad Valenciana Alicante Castellón Valencia Análisis de la situación documental de los extranjeros. Año 2010 Versión: 12 de agosto de 2011 Índice Índice 1

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 VALLADOLID SENTENCIA: 00322/2004 AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID Sección 002 Rollo : 0000406 /2004 Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 de VALLADOLID Proc. Origen: JUICIO

Más detalles

PROTOCOLO OCURRENCIA DE DELITOS. VALORES ASOCIADOS AL DEBER Respeto, Responsabilidad, Tolerancia, Honestidad, Autocuidado, Servicio.

PROTOCOLO OCURRENCIA DE DELITOS. VALORES ASOCIADOS AL DEBER Respeto, Responsabilidad, Tolerancia, Honestidad, Autocuidado, Servicio. PROTOCOLO OCURRENCIA DE DELITOS I. DEBERES Y VALORES DEBER Relacionados con las prohibiciones VALORES ASOCIADOS AL DEBER Respeto, Responsabilidad, Tolerancia, Honestidad, Autocuidado, Servicio TIPO DE

Más detalles

DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL

DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL CIRCULAR INFORMATIVA núm. 131024 DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL Sres., Empiezan a ser frecuentes las actas de derivación de responsabilidad solidaria contra

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Centro de Estudios de Opinión Ciudadana. Chile sin Pinochet. Percepción de los Santiaguinos

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Centro de Estudios de Opinión Ciudadana. Chile sin Pinochet. Percepción de los Santiaguinos FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Centro de Estudios de Opinión Ciudadana Chile sin Pinochet Percepción de los Santiaguinos Diciembre 2006 Chile sin Pinochet Percepción de los Santiaguinos I. Resumen

Más detalles

Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Segunda Parte. Presidencia Municipal - Guanajuato, Gto.

Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Segunda Parte. Presidencia Municipal - Guanajuato, Gto. REGLAMENTO SOBRE LA UTILIZACIÓN DE VIDEOCÁMARAS PARA LA VIGILANCIA DE LA VÍA PÚBLICA EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado Año XCIV

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO fondomagallanes.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO fondomagallanes.cl 90 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO fondomagallanes.cl Santiago, veintisiete de octubre de dos mil diez.-- VISTOS: Con fecha 3 de marzo de 2010, la sociedad Administradora

Más detalles

Colegio La Fuente Los Ángeles Autenticidad, compromiso y liderazgo 43-2363025 43-2363026 www.colegiolafuente.cl colegiolafuente@gmail.

Colegio La Fuente Los Ángeles Autenticidad, compromiso y liderazgo 43-2363025 43-2363026 www.colegiolafuente.cl colegiolafuente@gmail. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS El consumo de alcohol y drogas en los alumnos es una problemática que ha aumentado fuertemente en los últimos años en el país. En

Más detalles

SE FORMALIZA POR ESCRITO UN RECURSO DE AMPARO. Honorable Corte de Apelaciones de lo Contencioso-

SE FORMALIZA POR ESCRITO UN RECURSO DE AMPARO. Honorable Corte de Apelaciones de lo Contencioso- SE FORMALIZA POR ESCRITO UN RECURSO DE AMPARO. Honorable Corte de Apelaciones de lo Contencioso- Administrativo:., mayor de edad, soltero, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, de este domicilio,

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del Código Foja 45 Santiago, veintiocho de marzo de dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de fojas 8 y siguiente de autos, artículos 160 y 170 del

Más detalles

Santiago, diez de julio de dos mil doce. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: 1º) Que, en causa RIT 0-3292-2011, la demandada París Administradora Centro

Santiago, diez de julio de dos mil doce. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: 1º) Que, en causa RIT 0-3292-2011, la demandada París Administradora Centro Santiago, diez de julio de dos mil doce. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: 1º) Que, en causa RIT 0-3292-2011, la demandada París Administradora Centro Limitada, representada por el abogado don Jorge Andrés

Más detalles

CAPÍTULO V. Conclusiones y Recomendaciones. 5.1 Conclusiones. El presente trabajo tuvo como objetivo principal identificar si existen prácticas de

CAPÍTULO V. Conclusiones y Recomendaciones. 5.1 Conclusiones. El presente trabajo tuvo como objetivo principal identificar si existen prácticas de CAPÍTULO V Conclusiones y Recomendaciones 5.1 Conclusiones El presente trabajo tuvo como objetivo principal identificar si existen prácticas de seguridad del cliente en los establecimientos para la venta

Más detalles

Al escrito folio N 9706-2016: téngase presente. 1 ) Que, a fs. 7 de estos antecedentes compareció el abogado don Juan

Al escrito folio N 9706-2016: téngase presente. 1 ) Que, a fs. 7 de estos antecedentes compareció el abogado don Juan Santiago, tres de febrero de dos mil dieciséis. Al escrito folio N 9706-2016: téngase presente. Vistos y teniendo presente que: 1 ) Que, a fs. 7 de estos antecedentes compareció el abogado don Juan Pablo

Más detalles

Nº 6 PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING

Nº 6 PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING Nº 6 PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING Art. 40.- A. DEFINICIÓN DE ACOSO ESCOLAR: Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera

Más detalles

COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO A C U E R D O S

COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO A C U E R D O S U N A M COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO STUNAM Acuerdo No. 297 En Ciudad Universitaria, Distrito Federal, siendo las catorce horas del veintisiete de octubre del año dos mil

Más detalles

3.2 Los trabajadores encargados de la prevención

3.2 Los trabajadores encargados de la prevención 3.2 Los trabajadores encargados de la prevención Carácter de Designación: La modalidad de organización que según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales parece considerarse como originaria, natural o

Más detalles

DICTAMEN Nº. 117/2006, de 19 de julio. *

DICTAMEN Nº. 117/2006, de 19 de julio. * DICTAMEN 117 DICTAMEN Nº. 117/2006, de 19 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, por los daños y perjuicios derivados

Más detalles

Santiago, once de abril de dos mil dieciséis. A fojas 99: sin perjuicio del estado de la causa y atendida la naturaleza del procedimiento, agréguese

Santiago, once de abril de dos mil dieciséis. A fojas 99: sin perjuicio del estado de la causa y atendida la naturaleza del procedimiento, agréguese Santiago, once de abril de dos mil dieciséis. A fojas 99: sin perjuicio del estado de la causa y atendida la naturaleza del procedimiento, agréguese a los autos. Vistos y teniendo presente: Primero: Que

Más detalles

N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000047 /2013 0001 A U T O ANTECEDENTES DE HECHO

N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION DE GASTO EXTRAORDINARIO 0000047 /2013 0001 A U T O ANTECEDENTES DE HECHO JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.7 AVILES AUTO: 00068/2013 MARCOS DEL TORNIELLO, Nº 29-3ª PLANTA-DCHA., AVILES 985 12 78 94/95 985 12 78 96 N30040 N.I.G.: 33004 41 1 2009 0002152 Procedimiento: PIEZA DECLARACION

Más detalles

CIRCULAR Nº E17/2008. Miembros ejercientes del Instituto. FECHA: 13 de mayo de 2008

CIRCULAR Nº E17/2008. Miembros ejercientes del Instituto. FECHA: 13 de mayo de 2008 CIRCULAR Nº E17/2008 ASUNTO: EXTENSIÓN: Renovación de las Pólizas del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para Personas físicas y Sociedades Unipersonales que el Instituto gestiona desde ahora

Más detalles

CONTRADICCION DE TESIS 53/93. ENTRE EL SEGUNDO Y TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

CONTRADICCION DE TESIS 53/93. ENTRE EL SEGUNDO Y TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Número de registro: 180 Octava Época Instancia: Cuarta Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación Tomo: Tomo XIII, Abril de 1994 Página: 152 CONTRADICCION DE TESIS 53/93. ENTRE EL SEGUNDO Y TERCER

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA ARTÍCULO 1º OBJETO DEL REGLAMENTO. Con la aprobación de la ORDEN ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

Concurso Nº 01. - 01 cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local de Quinchao, Grado 10º E.M.R., planta Profesional.-

Concurso Nº 01. - 01 cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local de Quinchao, Grado 10º E.M.R., planta Profesional.- BASES DE LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES 2012 PARA PROVEER CARGO SECRETARIO ABOGADO DE JUZGADO DE POLICIA LOCAL EN LA MUNICIPALIDAD DE QUINCHAO La Ilustre Municipalidad de Quinchao llama a Concurso

Más detalles

ANUARIO ESTADÍSTICO INTERINSTITUCIONAL REFORMA PROCESAL PENAL 2007

ANUARIO ESTADÍSTICO INTERINSTITUCIONAL REFORMA PROCESAL PENAL 2007 ANUARIO ESTADÍSTICO INTERINSTITUCIONAL REFORMA PROCESAL PENAL 2007 1 PÁGINAS PRÓLOGO 8 CONSIDERACIONES GENERALES 9 RESUMEN EJECUTIVO 11 TABLAS 37 T.1 Ingreso de casos durante el año 2007 por región 38

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA 1. FINALIDAD Y FUNCIONES La finalidad del Servicio de Atención al Cliente es recibir y tramitar las quejas

Más detalles

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional 08 _ justicia 2004 08 _ justicia 2004 - Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional ANTECEDENTES En este supuesto (expte. 03/176/J), la persona interesada nos mostraba su disconformidad

Más detalles

DEPARTAMENTO JURIDICO s/k ( 1084) 2012 602 ( 93 ) 2013

DEPARTAMENTO JURIDICO s/k ( 1084) 2012 602 ( 93 ) 2013 DEPARTAMENTO JURIDICO s/k ( 1084) 2012 602 ( 93 ) 2013 ORD.: Nº 0859 / 008 / MAT.: Dirección del Trabajo: Fiscalizadores. Facultades. Estudiantes en práctica. Dirección del Trabajo: Fiscalizadores. Facultades.

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Reglamento de Entrega Recepción

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Reglamento de Entrega Recepción OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Reglamento de Entrega Recepción Segundo Nivel Torre de Rectoría. Campus Universitario Av. Agustín Melgar sin número Campeche, Campeche México CONTENIDO REGLAMENTO DE ENTREGA

Más detalles

Foja: 216. Doscientos dieciséis.

Foja: 216. Doscientos dieciséis. Foja: 216. Doscientos dieciséis. Santiago, veinticuatro de julio de dos mil nueve. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada de fecha catorce de mayo de dos mil siete, escrita de fojas 179 a 199, pero

Más detalles

3. En sus descargos, el Colegio señaló lo siguiente:

3. En sus descargos, el Colegio señaló lo siguiente: PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI CAJAMARCA DENUNCIADO : COMPLEJO EDUCATIVO CABRERA E.I.R.L. PROCEDIMIENTO : DE OFICIO MATERIAS : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DERECHO A LA PROTECCIÓN

Más detalles

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN FLAGRANCIA Y GARANTÍA DE DERECHOS

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN FLAGRANCIA Y GARANTÍA DE DERECHOS PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN FLAGRANCIA Y GARANTÍA DE DERECHOS PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN FLAGRANCIA Y GARANTÍA DE DERECHOS 1. Flagrancia y Derecho de Defensa a. Conceptos: El artículo 259 1 del Código

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

Juan María Aburto Consejero de Empleo y Políticas Sociales

Juan María Aburto Consejero de Empleo y Políticas Sociales PAÍS VASCO Juan María Aburto Consejero de Empleo y Políticas Sociales En el País Vasco, a diferencia del resto de comunidades autónomas, la competencia del desarrollo y la aplicación de la Ley de Dependencia

Más detalles

Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004

Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 La consulta plantea diferentes cuestiones relativas a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

Más detalles

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. ANEXO I Versión 3.0

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. ANEXO I Versión 3.0 ANEXO I Versión 3.0 GUÍA PARA LA CORRECTA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEFINIDAS EN EL REGLAMENTO 2/2010 PARA EL REGISTRO DE ASUNTOS Reglas generales a) Todos los sistemas de gestión procesal y aplicaciones

Más detalles

CAPÍTULO IV DERECHO COMPARADO

CAPÍTULO IV DERECHO COMPARADO CAPÍTULO IV DERECHO COMPARADO 1. EL JUICIO ORDINARIO EN FRANCIA: Comienza con una tentativa de conciliación entre las partes, caso contrario el actor intíma al reo para que comparezca, ante el Juez, hasta

Más detalles

ANTECEDENTES CONSIDERANDO

ANTECEDENTES CONSIDERANDO REGLAS QUE EXPIDE EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, PARA LA ATENCIÓN DE LAS CONSULTAS DE TURNO QUE ESTABLECE EL ACUERDO GENERAL 48/2008 DEL PROPIO PLENO, POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTICULO 9 DEL DIVERSO

Más detalles

Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil doce. Vistos y teniendo presente: 1 Que a fojas 8, el abogado Rodrigo Gómez Segura, con domicilio en

Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil doce. Vistos y teniendo presente: 1 Que a fojas 8, el abogado Rodrigo Gómez Segura, con domicilio en Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil doce. Vistos y teniendo presente: 1 Que a fojas 8, el abogado Rodrigo Gómez Segura, con domicilio en calle Cochrane N 813, oficina 405, Valparaíso, en representación

Más detalles

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial REGLAMENTO PARA LA MEDIACIÓN (Basado en la Ley 5/2012 de 6 de Julio) Índice de artículos Art. Concepto

Más detalles

ADJUDICACION NIVEL II N 004 2012 - AGROBANCO CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

ADJUDICACION NIVEL II N 004 2012 - AGROBANCO CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES ADJUDICACION NIVEL II N 004 2012 - AGROBANCO CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PATRIMONIALES ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES En San Isidro, al 17 días del mes de Diciembre de 2012, siendo las 15:00

Más detalles

ZUBILLAGA ORTIZ. Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintitrés de marzo de dos mil quince.

ZUBILLAGA ORTIZ. Toluca de Lerdo, Estado de México, a veintitrés de marzo de dos mil quince. JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: ST-JDC-170/2015 ACTORA: NORA LUISA MORENO GONZALEZ. RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

Más detalles

PROCEDIMIENTO INTEGRADO SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES

PROCEDIMIENTO INTEGRADO SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Hoja 1 de 7 PROCEDIMIENTO INTEGRADO SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E Realizado por Revisado por Aprobado por Fco. Javier Martí Bosch Comité

Más detalles