Excmo. Alcalde del Ayuntamiento de Valladolid Plaza Mayor, Valladolid

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Excmo. Alcalde del Ayuntamiento de Valladolid Plaza Mayor, 1 47001 Valladolid"

Transcripción

1 Excmo. Alcalde del Ayuntamiento de Plaza Mayor, D. PABLO ANDRÉS GERBOLÉS SÁNCHEZ titular del Documento Nacional de Identidad número R, presidente de la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos y Consumidores de Antonio Machado actuando en nombre de los 70 COLECTIVOS Y ORGANIZACIONES SOCIALES Y CIUDADANAS abajo relacionadas, 1. Coordinadora de ONGD de Castilla y León 2. Asamblea de Cooperación Por la Paz ACPP Castilla y León 3. Entrepueblos 4. Ingeniería sin Fronteras de Castilla y León 5. ONG Sotermun (USO) 6. Plataforma Solidaria con Palestina de 7. SODePAZ Balamil 8. Solidaridad Internacional 9. Umoya Comité de Solidaridad con África Negra de 10. Asociación de Voluntariado de la UVA (AVUVA) 11. Alternativa Universitaria 12. AMPA ESCUELA Y SALUD del CEIP Isabel la Católica de 13. Asociación Cultural Escuela Laica 14. Federación Autónoma de Asociaciones de Estudiantes de (FADAE - ) 15. Federación de Colectivos de Educación de Personas Adultas de - FECEAV 16. Grupo Universitario de Astronomía 17. Sociedad Astronómica Syrman 18. ACERCA - Asociación Ciudadana por el Espacio y su Recuperación Colectiva Autogestionada 19. Asociación Cultural de Danzas del Mundo RADALAILA 20. Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos ADAVASYMT 21. Asociación Estarivel: Desarrollo Social y Actividades Educativas 22. Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de 23. Ateneo cultural Jesús Pereda (CCOO) 24. Ateneo Republicano 25. Comité Óscar Romero 1/7

2 26. Federación de Asociaciones de Padres y Amigos de los Sordos de Castilla y León - FAPAS CyL 27. Fundación Triángulo de 28. Juventud Obrera Cristiana - JOCE Castilla y León 29. Juventud Obrera Cristiana - JOCE 30. LIZA asamblea de mujeres combativas 31. Movimiento Cultural Cristiano/Casa de Cultura y Solidaridad de 32. FACUA Consumidores en Acción Castilla y León 33. FIARE Castilla y León 34. Asamblea Ciclista de 35. Asociación cultural Ciudad Sostenible 36. Asociación Vallisoletana de Afectados por las Antenas de Telefonía AVAATE 37. Ecologistas en Acción 38. Greenpeace 39. STOP Accidentes 40. Federación de Asociaciones de Vecinos de 41. Confederación de Asociaciones Vecinales de Castilla y León CAVECAL 42. Asociación de Vecinos 24 de Diciembre de Belén 43. Asociación de Vecinos Bailarín Vicente Escudero de Vadillos, Circular y San Juan 44. Asociacion de Vecinos Caño Argales San Andrés 45. Asociación de Vecinos Ciudad Parquesol 46. Asociación de Vecinos "El Refugio" San Pedro-Hospital 47. Asociación de Vecinos La Unión de Pajarillos 48. Asociación de Vecinos Los Comuneros de La Victoria 49. Asociación de Vecinos Pisuerga de Huerta del Rey 50. Asociación de Vecinos Unión Esgueva de Barrio España 51. Asociación de Vecinos de Ribera de Curtidores 52. Asociación de Vecinos de Santos-Pilarica 53. Asociación de Vecinos de Villa de Prado 54. Asociación Familiar Delicias 55. Asociación Vecinal Rondilla 56. Comisiones Obreras - CCOO 57. Confederación General del Trabajo - CGT 58. Confederación Nacional del Trabajo - CNT 59. Trabajadores Unidos 60. Unión General de Trabajadores UGT 61. Unión Sindical Obrera USO 62. Izquierda Anticapitalista 63. Izquierda Castellana 64. Izquierda Unida - IU 65. Izquierda Unida Jóvenes IU Jóvenes 66. Partido Comunista de España (PCE) 67. Partico Comunista del Pueblo Castellano PCPC 68. Partido SAIN 69. Partido Socialista Obrero Español PSOE 70. Unión de Juventudes Comunistas de España - (UJCE) con domicilio a efectos de notificaciones en calle Andrés Laorden s/n ante el ALCALDE DE VALLADOLID comparece y DICE: Que en desarrollo del derecho recogido en el artículo 29 de la Constitución y de conformidad al contenido de la Ley orgánica que lo desarrolla, por medio del presente escrito venimos a FORMULAR LA SIGUIENTE PETICIÓN: 2/7

3 I.- ASUNTO: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 40 de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas del dominio público. II.- FUNDAMENTACIÓN LEGAL. a.- FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES. El Artículo 29 de la Constitución española reconoce el derecho de petición. En el momento actual entronca de manera adecuada con las tendencias mayoritarias que proclaman una mayor participación de los ciudadanos, y de los grupos en que se integran, en la cosa pública, una mayor implicación en las estructuras institucionales sobre las que se asienta nuestro Estado social y democrático de Derecho. Las peticiones pueden incorporar una sugerencia, una iniciativa, una información, expresar quejas o súplicas. Su objeto, por tanto, se caracteriza por su amplitud y está referido a cualquier asunto de interés general, colectivo o particular. b.- PRECEPTOS LEGALES 1. La Ley Orgánica 4/2001 de 12 de Noviembre, que señala en el artículo 1.1 la posibilidad de ejercicio del derecho de petición por parte de los ciudadanos, bien individualmente, bien, como en el presente supuesto, a través de las organizaciones sociales en las que se integre. El artículo 3 señala que el derecho de petición deberá referirse a asuntos de competencia de la administración a la que se dirige. El artículo 4.1 señala requisitos de forma, que se cumplen en el presente supuesto: realización por escrito, designación de la Administración, establecimiento del contenido de la petición. El artículo 6.1 de la ley indica el modo formal de presentación de las peticiones, modo que se ha cumplido en el presente supuesto. 2. Los artículo 170 y 171 del Reglamento orgánico de de fechas y en vigor en virtud de Disposición Derogatoria del Reglamento orgánico de fecha , que desarrolla el derecho en el ámbito municipal. III. ANTECEDENTES. PRIMERO.- El Ayuntamiento de está cobrando por usar la calle con fines sociales. Este cobro lo justifica el consistorio a través del Decreto de Alcaldía nº 4610 del 14 de Mayo de 2010, que supone una nueva interpretación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas del dominio público SEGUNDO.- SOBRE EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 40 DEL EPÍGRAFE VII DE LA ORDENANZA 3/7

4 Que el sentido de la tasa de ocupación es con total claridad la utilización para desarrollar actividades comerciales o industriales con el objeto, directo o indirecto de obtener un beneficio económico. En efecto, dicho precepto señala que constituye el hecho imponible de esta tasa la ocupación de los terrenos de dominio público, mediante la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones en terrenos de dominio público e industrias callejeras o ambulantes, así como los rodajes cinematográficos o publicitarios y televisivos. Es evidente que de cobrarse sólo podría serlo bajo la calificación de espectáculo o atracción en el caso de acciones de sensibilización (presentación mediante actos de calle proceso participativo de designación del candidato municipal, liquidación /2010); y de puestos en el caso de recogida de firmas (contra el cobro en el aparcamiento del Hospital Río Hortega liquidación /2010). No merece más desarrollo la consideración de que una acción de calle se defina por el Ayuntamiento a efectos de la tasa como espectáculo o atracción. Es palmario que no lo son. Respecto al puesto no tiene uno más que ir al diccionario de la Real Academia de la Lengua, que establece cuál es la definición aplicable en su acepción sexta al definir puesto como Tenderete, generalmente desmontable, que se pone en la calle para vender cosas. Ese concepto, el de que el puesto debe ser comercial y con ánimo lucrativo, concuerda con el resto de elementos que recoge el artículo 40 (barraca, caseta de venta ) TERCERO. SOBRE EL PROPIO RECONOCIMIENTO MUNICIPAL DE LA EXENCIÓN DE COBRO DE TASA A ACTOS NO LUCRATIVOS El que dicha tasa no debe ser cobrada a entidades sin ánimo de lucro lo asumen los propios técnicos municipales: En el expediente de aprobación de la modificación de una parte de esta ordenanza para el ejercicio 2011 (concretamente de la tarifa, artículo 43), en su página 23 consta informe del técnico especialista de la Secretaría Ejecutiva del Área de Hacienda y Función Pública, D. JUAN BAZA ROMAN que señala: El hecho imponible consiste en la utilización de suelo público para desarrollar determinadas actividades comerciales, industriales con o sin elementos instalados al efecto. La utilidad derivada consiste, fundamentalmente en que se posibilite el desarrollo de una actividad, obteniendo rendimientos económicos, que de otra forma no podrían obtenerse 4/7

5 De conformidad a este informe, es palmario que no puede considerarse hecho imponible en el cobro de tasa en el ejercicio 2011 las actividades que no tengan como fin un rendimiento económico. Y, comoquiera que el contenido del artículo 40 no ha sufrido variación respecto del 2010, consecuentemente, tampoco está sujeto a la tasa las actividades no lucrativas, por lo que las liquidaciones giradas deben ser anuladas por el Ayuntamiento. Y ello al margen motivo concreto del informe (evidentemente económico), porque a pesar de la finalidad de dicho informe, un técnico está interpretado con criterios técnicos cuál es el objeto del cobro de la tasa. CUARTO. EL COBRO DE DICHA TASA A ACTIVIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO VULNERA EL ARTÍCULO 20.3 LETRA N DE LA LEY DE HACIENDAS LOCALES Frente a lo señalado por el Ayuntamiento, dicho precepto no recoge el cobro a entidades sin ánimo de lucro. Y no lo establece porque aunque no lo indica expresamente, ello está motivado porque el legislador considera con toda claridad que las actividades contempladas en dicha letra son siempre con ánimo de lucro (instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones en terrenos de dominio público e industrias callejeras o ambulantes, así como los rodajes cinematográficos o publicitarios y televisivos). De igual modo que en la letra m la instalación de quioscos en la vía pública no distingue entre con y sin ánimo de lucro, simplemente porque los quioscos son siempre con ánimo de lucro. Por ello, por el contrario la letra l sí incluye la distinción de que sean objeto de tasas las ocupaciones con mesas y sillas con ánimo lucrativo, porque en ese caso el legislador considera que sí es posible ocupar la vía con dichos elementos sin ánimo de lucro. En consecuencia, el Ayuntamiento sólo puede cobrar por ocupar la vía pública a entidades con ánimo lucrativo. QUINTO.- SOBRE LA VULNERACIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONAL DE REUNIÓN El cobro de la tasa para la entidad a la que represento y para actos sin ánimo de lucro condiciona el ejercicio de derechos fundamentales como el de libertad de reunión o expresión, pues se está poniendo un precio a su ejercicio. El artículo 21 de la Constitución establece: Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a 5/7

6 la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público. El artículo 20 de la Constitución establece el reconocimiento y protección del derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción El ejercicio de este derecho no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa (ni la económica). El artículo 53 de la Constitución, Los derechos y libertades vinculan a todos los poderes públicos. SEXTO. LA JURISPRUDENCIA TIENE DECLARADA LA INCOMPETENCIA DEL AYUNTAMIENTO EN LA REGULACIÓN DEL DERECHO DE REUNIÓN EN LA VÍA PUBLICA 1. Sentencia del Tribunal Constitucional 195/2003, de 27 de octubre de 2003 recordamos que dichos medios y materiales forman parte del derecho constitucional del Art 21 CE y, por tanto, no podrán ser limitados, salvo razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. Desde la perspectiva expuesta, hemos de considerar comprendida dentro del derecho de reunión, y al tiempo y lugar de la celebración de la concentración que se comunicó a la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, la posibilidad de instalar mesas «para dejar constancia escrita de su adhesión al motivo de la concentración- manifestación» y también la de una tienda de campaña en la que se repartieran panfletos y fueran exhibidos fotografías y vídeos relacionados con el problema o reivindicación que se deseaba difundir. Como señala el Ministerio Fiscal, tales aspectos accesorios de la concentración estaban directamente relacionados con los fines del acto, aun cuando dichas instalaciones supusieran una temporal ocupación del espacio de tránsito público, como por lo demás sucede en toda reunión celebrada en lugares destinados a ese fin. 2. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León-sede ha dictado Sentencia en procedimiento de Derecho de Reunión seguido con el número 1978/2010 en fecha 17 de diciembre de 2010 en que señala que el derecho de reunión es inescindible de la posibilidad en el momento de la reunión de mensajes escritos o verbales y que está comprendido dentro del derecho de reunión la posibilidad de instalar mesas aún cuando dichas instalaciones supusieran una ocupación temporal del espacio de tránsito público. Y como el derecho de reunión no necesita de autorización pública, señala la Sentencia, tampoco es necesaria la autorización para la instalación temporal de mesas y paneles 6/7

7 informativos (que es lo que pretende el Ayuntamiento al condicionar el pago de la tasa a la autorización). Además, la Sentencia señala que el Ayuntamiento no es competente para adoptar decisión alguna sobre el ejercicio del derecho de reunión. 3. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia 353 en fecha 9 de febrero de 2011 en procedimiento Derecho reunión 205/2011, en que señala que para que los poderes públicos puedan incidir en el derecho de reunión constitucionalmente garantizado, ya sea restringiéndolo, modificando las circunstancias de su ejercicio, o prohibiéndolo incluso, es preciso, tal y como acaba de señalarse, que existan razones fundadas, lo que implica una exigencia de motivación de la resolución correspondiente (Sentencia Tribunal Constitucional 36/1982, de 16 de junio) No es, pues, el Ayuntamiento competente para adoptar decisión alguna sobre el ejercicio del derecho de reunión, IV.- CONTENIDO DE LA PETICIÓN: Los 70 COLECTIVOS Y ORGANIZACIONES SOCIALES Y CIUDADANAS de solicitan: Que el Ayuntamiento proceda a modificar el artículo 40 de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas del dominio público en el sentido de excluir de su pago a las acciones de calle sin ánimo de lucro desarrolladas por las entidades y organizaciones de la ciudad. Por lo expuesto SOLICITO que, teniendo por presentado este escrito, lo admita y en base al contenido del mismo acuerde de conformidad a lo solicitado. En a 4 de mayo de dos mil once. Fdo: Pablo Andrés Gerbolés Sánchez 7/7

REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PREAMBULO

REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PREAMBULO 1 REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PREAMBULO Desde el año 1996, se viene desarrollando desde el Area de Políticas Sociales, actuaciones encaminadas a favorecer

Más detalles

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en: GUÍA DE RECURSOS: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Los actos y resoluciones dictados por distintos órganos de la Oficina Española de Patentes (en adelante OEPM), en su mayor parte concesiones o

Más detalles

AL PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE AYUNTAMIENTO DE PALMA

AL PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE AYUNTAMIENTO DE PALMA AL PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE AYUNTAMIENTO DE PALMA DOÑA ANTONIA BOCH FERRAGUT, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en la localidad de Palma (C/Avinguda Uruguay s/n, Palma Arena),

Más detalles

ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza

ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES O RECREO, INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 146/2012 Resolución nº 163/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2012. VISTO el recurso interpuesto por Dª. M.A.S.R., en representación

Más detalles

I. ANTECEDENTES. PRIMERO.- Tuvo entrada en esta Institución queja que quedó registrada con el número de referencia arriba expresado.

I. ANTECEDENTES. PRIMERO.- Tuvo entrada en esta Institución queja que quedó registrada con el número de referencia arriba expresado. Expte. DI-980/2006-8 EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Avda. Gómez Laguna, 25 50009 ZARAGOZA Asunto: Sugerencia sobre prácticas en ciclo formativo. I. ANTECEDENTES PRIMERO.- Tuvo entrada

Más detalles

Reclamación de cuotas de la Seguridad Social de trabajadores de concesionario servicio público de Centro de Día. Sucesión de empresarial.

Reclamación de cuotas de la Seguridad Social de trabajadores de concesionario servicio público de Centro de Día. Sucesión de empresarial. ASUNTO: PERSONAL Reclamación de cuotas de la Seguridad Social de trabajadores de concesionario servicio público de Centro de Día. Sucesión de empresarial. 111/12 FC ************ INFORME ANTECEDENTES DE

Más detalles

Asunto C-309/99. J.C.J. Wouters y otros contra Algemene Raad van de Nederlandse Orde van Advocaten

Asunto C-309/99. J.C.J. Wouters y otros contra Algemene Raad van de Nederlandse Orde van Advocaten Asunto C-309/99 J.C.J. Wouters y otros contra Algemene Raad van de Nederlandse Orde van Advocaten [Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos)] «Colegio profesional

Más detalles

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen DICTAMEN: 152/13, de 18 de abril MATERIA: Recurso extraordinario de revisión DEPARTAMENTO: Gobernación y Relaciones Institucionales PONENTE: Mercè Barceló i Serramalera Recurso extraordinario de revisión

Más detalles

Ayuntamiento de Valmojado

Ayuntamiento de Valmojado TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE QUIOSCOS, PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS, ATRACCIONES O RECREO, INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO

Más detalles

Arbitraje 6/95 HECHOS

Arbitraje 6/95 HECHOS Arbitraje 6/95 D. JOSE Mª HOSPITAL VILLACORTA, árbitro designado por la Autoridad Laboral de La Rioja, conforme a lo establecido en el Art. 76,3 de la Ley 8/80, de 10 de Marzo, Estatuto de los Trabajadores,

Más detalles

enseñanza federación de enseñanza de comisiones obreras gabinete técnico-jurídico Nº 170 Fecha 11.09.2015 Resumen de sentencias

enseñanza federación de enseñanza de comisiones obreras gabinete técnico-jurídico Nº 170 Fecha 11.09.2015 Resumen de sentencias enseñanza federación de enseñanza de comisiones obreras gabinete técnico-jurídico Nº 170 11.09.2015 Resumen de sentencias Tribunal JCA nº 3 de Madrid Resumen 24/04/15 Infarto en el domicilio tras haber

Más detalles

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Es objeto del presente Reglamento, la regulación de las normas referentes

Más detalles

Sentencia del Tribunal Supremo, sala tercera, de 17 de octubre de 2012 (BOE de 7 de noviembre de íd, Roj STS 6749 y 6694/2012)

Sentencia del Tribunal Supremo, sala tercera, de 17 de octubre de 2012 (BOE de 7 de noviembre de íd, Roj STS 6749 y 6694/2012) TELECOMUNICACIONES Infraestructuras comunes de telecomunicación La competencia para elaborar y firmar proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicación no corresponde en exclusiva a los ingenieros

Más detalles

Legislación y abreviaturas:

Legislación y abreviaturas: Objeto de la consulta: Conocer cómo debería quedar redactada la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento de servicio de telefonía móvil, ante las diferentes sentencias

Más detalles

LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015

LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015 LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015 Alejo Hernández Lavado Universidad de Extremadura Presidente Asociación Amigos Museo Vostell-Malpartida ahernlav@gmail.com Trujillo, A. Hernández. Acuarela Introducción

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE BENFERRI E D I C T O

AYUNTAMIENTO DE BENFERRI E D I C T O AYUNTAMIENTO DE BENFERRI E D I C T O No habiéndose presentado reclamaciones contra la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por apertura de calicatas o

Más detalles

ÍNDICE DE ARTÍCULOS. ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza

ÍNDICE DE ARTÍCULOS. ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES ATRACCIONES O RECREO, RODAJE CINEMATOGRÁFICO

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0101/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0101/2008 Informe 0101/2008 La consulta plantea si existe obligación de ceder a los sindicatos y a los Órganos de Representación del personal, la dirección de correo electrónico del trabajador, al amparo de la Sentencia

Más detalles

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos

Más detalles

BASES DE LA PROMOCIÓN PLAYA KOTEX DE KIMBERLY-CLARK CHILE S.A.

BASES DE LA PROMOCIÓN PLAYA KOTEX DE KIMBERLY-CLARK CHILE S.A. BASES DE LA PROMOCIÓN PLAYA KOTEX DE KIMBERLY-CLARK CHILE S.A. En Santiago de Chile, a 28 de enero de 2015, KIMBERLY-CLARK CHILE S.A., Rol Único Tributario N 96.888.460-3, en adelante también KIMBERLY-CLARK

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 154/2012 Resolución nº 173/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 8 de agosto de 2012. VISTO el recurso interpuesto por D. A.R.D.L.F. en representación

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Consell Tributari Expediente: 217/8 El Consell Tributari, reunido en sesión de 20 de enero de 2010, y conociendo del recurso presentado por D. B.R.V., ha estudiado la propuesta elaborada por el ponente

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 191/2011 Resolución nº 216/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 14 de septiembre de 2011. VISTA la reclamación interpuesta por Don J.C.P y Doña I.G.C en representación,

Más detalles

Pendiente del Respuesta por el Servicio Canario de la Salud.

Pendiente del Respuesta por el Servicio Canario de la Salud. Resolución al Servicio Canario de la Salud, de Recordatorio del Deber Legal de intentar las notificaciones en los domicilios idóneos antes de acudir a la vía edictal, y la Recomendación de retrotraer las

Más detalles

Duque de la Victoria, 8-3ª y 4ª planta - 47001 Valladolid Tfno.: 983 39 42 00 Fax: 983 39 65 38 http://www.cescyl.es - E-mail: cescyl@cescyl.

Duque de la Victoria, 8-3ª y 4ª planta - 47001 Valladolid Tfno.: 983 39 42 00 Fax: 983 39 65 38 http://www.cescyl.es - E-mail: cescyl@cescyl. IP 4/06 Informe Previo sobre el Proyecto de Decreto por el que se atribuye la competencia en materia de defensa de la competencia y se crea el Tribunal para la defensa de la competencia de la Comunidad

Más detalles

REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE nº 97 23-04-1997

REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE nº 97 23-04-1997 REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el BOE nº 97 23-04-1997 Órgano emisor: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Fecha

Más detalles

Informe 17/2008, de 7 de octubre, sobre la posibilidad de subcontratar la totalidad del contrato con empresas vinculadas.

Informe 17/2008, de 7 de octubre, sobre la posibilidad de subcontratar la totalidad del contrato con empresas vinculadas. Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 17/2008, de 7 de octubre, sobre la posibilidad de subcontratar la totalidad del contrato con empresas vinculadas. I.- ANTECEDENTES La Secretaria General Técnica de

Más detalles

REGLAMENTO MUNICIPAL 1

REGLAMENTO MUNICIPAL 1 MUNICIPAL 1 Preámbulo Las normas básicas en las que se fundamenta el derecho de los ciudadanos del municipio de Villalbilla a participar en la vida social, vienen recogidas por la Constitución Española,

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O D E C A N I L L A S D E A C E I T U N O ( M Á L A G A )

A Y U N T A M I E N T O D E C A N I L L A S D E A C E I T U N O ( M Á L A G A ) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS, TOLDOS, EXPOSITORES, PLATAFORMAS, ELEMENTOS RECREATIVOS Y CUALQUIER OTRA

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN

CONVENIO DE COLABORACIÓN JARS/pv ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS Y LA ENTIDAD DEPORTIVA CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL LAESPORT R E U N I D O S De una parte el Alcalde-Presidente, D. Jesús Moreno García, actuando en nombre y representación

Más detalles

notificación en el mismo domicilio fiscal no realizándose los días 2 y 3 de enero de 2014 por el motivo de ausente de reparto

notificación en el mismo domicilio fiscal no realizándose los días 2 y 3 de enero de 2014 por el motivo de ausente de reparto Resolución a la Agencia Tributaria Canaria, sobre la aplicación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados liquidados a un empresario por la adquisición de oro y joyas de

Más detalles

La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo

La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo Por María José López González La sentencia del Tribunal Constitucional 17/2003 estableció de forma inequívoca lo que representa la rescisión de un contrato

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS Según el artículo 31.2 apartado a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES.

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES. Anuncio del Ayuntamiento de Xirivella sobre aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones para la instalación de ascensores. Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL Recurso nº 402/2014 C.A. Valenciana 055/2014 Resolución nº 468/2014 RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL En

Más detalles

5.1. Contratos de consultoría y asistencia, de servicios y de trabajos específicos y concretos no habituales. Conceptos Generales.

5.1. Contratos de consultoría y asistencia, de servicios y de trabajos específicos y concretos no habituales. Conceptos Generales. Informe 64/96, de 18 de diciembre de 1996. "Redacción de proyectos. Innecesariedad de visado de colegios profesionales y no vinculación del precio a tarifas oficiales". 5.1. Contratos de consultoría y

Más detalles

LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal

LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal Causo diversas reacciones el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado; es así

Más detalles

16 de enero de 2008. I. Antecedentes

16 de enero de 2008. I. Antecedentes Expte. DI-1639/2007-5 Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zaragoza Plaza del Pilar, 18 50001 Zaragoza 16 de enero de 2008 I. Antecedentes Primero.- Tuvo entrada en esta Institución escrito

Más detalles

TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL

TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL INDICE Art.1.- Fundamento y naturaleza... 2 Art. 2.- Hecho imponible... 2 Art. 3.- Sujeto pasivo y responsables... 3 Art.

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0669/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0669/2009 Informe 0669/2009 La consulta plantea la posibilidad de creación de un fichero de datos de contactos de los diferentes socios que conforman la asociación consultante, Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales,

Más detalles

EQ.-0121/2011. Santa Cruz de La Palma. Octubre de 2012. Ilmo. Sr.:

EQ.-0121/2011. Santa Cruz de La Palma. Octubre de 2012. Ilmo. Sr.: EQ.-0121/2011 Santa Cruz de La Palma Octubre de 2012 Sr. Director de Valora- Gestión Tributaria. Avda. Primero de Mayo, nº 20. 35002 Las Palmas de Gran Canaria. Ilmo. Sr.: Nuevamente nos dirigimos a V.I.

Más detalles

Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza

Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza REAL DECRETO 1906/1999, de 17 de diciembre de 1999, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo

Más detalles

REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL PREÁMBULO

REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL PREÁMBULO REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL PREÁMBULO Las normas básicas en las que se fundamenta el derecho de los ciudadanos del municipio de Las Palmas de Gran Canaria a participar en la vida social,

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

Ordenanza Fiscal nº 405.Tasa por instalación de Quioscos en la vía pública

Ordenanza Fiscal nº 405.Tasa por instalación de Quioscos en la vía pública ORDENANZA FISCAL Nº 405 TASA POR INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VIA PÚBLICA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de

Más detalles

lo.- LEGITIMACIÓN.- Transportes Rober S.A. tiene el carácter de interesado a

lo.- LEGITIMACIÓN.- Transportes Rober S.A. tiene el carácter de interesado a FRANCISCO JOSÉ GÁMEZ CARMONA, con DNI No 260031 16Y, cuyos demás datos personales y de representación de TRANSPORTES ROBER S.A., de CIF A28077444, constan de forma notoria en esa Corporación Municipal,

Más detalles

DOCUMENTACIÓN Informatiza tu asociación

DOCUMENTACIÓN Informatiza tu asociación DOCUMENTACIÓN Informatiza tu asociación MODULO 2 LEGISLACION, CONTABILIDAD Y DOMICILIACION 1 LEGISLACIÓN Libros de Contabilidad Una novedad que establece en su Artículo 14 de la Ley Orgánica 1/2002, de

Más detalles

A la Mesa del Congreso de los Diputados

A la Mesa del Congreso de los Diputados A la Mesa del Congreso de los Diputados Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente Proposición de Ley para la modificación del Código Civil en materia de matrimonio.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 12 Miércoles 14 de enero de 2009 Sec. I. Pág. 4411 I. DISPOSICIONES GENERALES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES 655 Circular 10/2008, de 30 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado

Más detalles

I. La comunicación es un derecho humano fundamental, reconocido y protegido a nivel nacional e internacional.

I. La comunicación es un derecho humano fundamental, reconocido y protegido a nivel nacional e internacional. LA COMUNICACIÓN COMO UN DERECHO HUMANO: FUNDAMENTACIÓN PARA LA LEY DE COMUNICACIÓN Por: Marco Navas Alvear Este documento presenta elementos conceptuales que sirven de base para fundamentar el desarrollo

Más detalles

LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003)

LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003) LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003) JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren.

Más detalles

Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Junta Consultiva de Contratación Administrativa INFORME 4/2008 DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE PUBLICIDAD Y CONCURRENCIA EN LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

Novedades legislativas

Novedades legislativas REVISTA JURÍDICA JUNIO DE 2014 ~ Sumario ~ Novedades legislativas Diversas cuestiones en relación con la aplicación de la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones por adquisición de empresa individual

Más detalles

Legislación consolidada PREÁMBULO

Legislación consolidada PREÁMBULO 1 de 6 Legislación consolidada Última revisión 01.01.2014 LEY 7/2003, de 20 de marzo, de Publicidad Institucional de la Comunidad Valenciana. (DOCV núm. 4468 de 27.03.2003) Ref. 1403/2003 Sea notorio y

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y USO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO LOCAL.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y USO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO LOCAL. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y USO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO LOCAL. ARTICULO 1º.- FUNDAMENTO LEGAL Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y

Más detalles

LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS

LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS TEXTO ORIGINAL. Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 12 de septiembre de 2007. Juan Sabines

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 27 TASA POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL, CON MESAS Y SILLAS

ORDENANZA FISCAL Nº 27 TASA POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL, CON MESAS Y SILLAS ORDENANZA FISCAL Nº 27 TASA POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL, CON MESAS Y SILLAS ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO LEGAL En uso de las facultades concedidas por los

Más detalles

En el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regula el contrato, en su Cláusula Adicional se dice literalmente:

En el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regula el contrato, en su Cláusula Adicional se dice literalmente: Informe 5/2014, de 24 de noviembre, sobre diversas cuestiones surgidas en torno a la figura de la subrogación de personal en materia de contratación pública. I.- ANTECEDENTES La Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento

Más detalles

convenios de colaboración

convenios de colaboración convenios de colaboración 25 consideraciones generales convenios de la subdirección general de promoción de las bellas artes procedimiento de tramitación 26 El objetivo de este capítulo consiste en proponer

Más detalles

VALORACIÓN SOBRE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA DGPEM POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ESTIMACIÓN DEL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA

VALORACIÓN SOBRE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA DGPEM POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ESTIMACIÓN DEL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA VALORACIÓN SOBRE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA DGPEM POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ESTIMACIÓN DEL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA FACTURACIÓN 17 de marzo de 2009

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2015/012

INFORME UCSP Nº: 2015/012 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2015/012 FECHA 10.02.2015 ASUNTO Impartición de formación específica por parte de los centros de formación del personal de seguridad

Más detalles

DESARROLLO COMUNITARIO Y EDUCACIÓN

DESARROLLO COMUNITARIO Y EDUCACIÓN DESARROLLO COMUNITARIO Y EDUCACIÓN J. Ricardo González Alcocer Para empezar, lo primero que considero relevante es intentar definir el concepto de Desarrollo Comunitario, tarea difícil ya que es un concepto

Más detalles

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la

Más detalles

RESOLUCIÓN (Expte. r 284/97, Ferca/Butano)

RESOLUCIÓN (Expte. r 284/97, Ferca/Butano) RESOLUCIÓN (Expte. r 284/97, Ferca/Butano) Pleno Excmos. Sres.: Petitbò Juan, Presidente Berenguer Fuster, Vicepresidente Bermejo Zofío, Vocal Alonso Soto, Vocal Hernández Delgado, Vocal Rubí Navarrete,

Más detalles

C H Á V A R R I Y M U Ñ O Z

C H Á V A R R I Y M U Ñ O Z C H Á V A R R I Y M U Ñ O Z a b ogados Boletín Derecho Mercantil / Febrero 2013 INDICE Legislación Adopción por parte de la Comunidad Europea de un plan de acción que resume las futuras iniciativas en

Más detalles

Pendiente del Respuesta por la Dirección General de Tributos

Pendiente del Respuesta por la Dirección General de Tributos Resolución al Director General de Tributos del Gobierno de Canarias, en un procedimiento tributario de comprobación de valores del ITPAJD, de la Recomendación de retrotraer las actuaciones, y notificar

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1

I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Reglamento por el que se regula la Composición, Competencias, Organización, Funcionamiento y Procedimiento Del Tribunal Económico- Administrativo de Bilbao Pág. 1 Índice Reglamento por el que se regula

Más detalles

Una nueva visión de la capacidad jurídica: algunas reflexiones con ocasión del Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo.

Una nueva visión de la capacidad jurídica: algunas reflexiones con ocasión del Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo. Una nueva visión de la capacidad jurídica: algunas reflexiones con ocasión del Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo. Patricia Cuenca Gómez Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas

Más detalles

En Sevilla, a 28 de mayo de 2015 JEFE DE SERVICIO DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS CONSUMIDORES. Fdo.: SANTIAGO HOYA COTO

En Sevilla, a 28 de mayo de 2015 JEFE DE SERVICIO DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS CONSUMIDORES. Fdo.: SANTIAGO HOYA COTO PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONCEDE TRÁMITE DE AUDIENCIA Y ACEPTACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA LÍNEA 3 SUBVENCIONES

Más detalles

RESUMEN TELECOMUNICACIONES: INSTALACIÓN ANTENAS 3

RESUMEN TELECOMUNICACIONES: INSTALACIÓN ANTENAS 3 RESUMEN TELECOMUNICACIONES: INSTALACIÓN ANTENAS 3 Una asociación de empresas del sector de las telecomunicaciones reclama contra la Ordenanza reguladora de la solicitud, tramitación y control de la ejecución

Más detalles

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C.

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. 100202208-1608 Señora ADRIANA ORTIZ ROA Calle 100 N 19-54 Bogotá, D. C. Referencia:

Más detalles

LAS RELACIONES Y EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL ANDINO EN MATERIA DE IGUALDAD, DISCRIMINACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL.

LAS RELACIONES Y EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL ANDINO EN MATERIA DE IGUALDAD, DISCRIMINACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL. LAS RELACIONES Y EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL ANDINO EN MATERIA DE IGUALDAD, DISCRIMINACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL. Cómo es que se han recogido los derechos de igualdad, a no ser discriminado en los textos

Más detalles

Expediente: 20132958 Asunto: Abono de becas en el ámbito educativo / Resolución Centro directivo: Consejería de Educación

Expediente: 20132958 Asunto: Abono de becas en el ámbito educativo / Resolución Centro directivo: Consejería de Educación León, a 5 de diciembre de 2013 Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León Ilmo. Sr. Secretario General Plaza de Castilla y León, Nº 1 47071 - VALLADOLID Expediente: 20132958 Asunto: Abono

Más detalles

Exigencia de requisito de titulación en proceso selectivo de auxiliar de enfermería. 001/14

Exigencia de requisito de titulación en proceso selectivo de auxiliar de enfermería. 001/14 ASUNTO: PERSONAL/ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO Exigencia de requisito de titulación en proceso selectivo de auxiliar de enfermería. 001/14 EP ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES Escrito del Sr. Alcalde-

Más detalles

DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS

DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Los derechos y deberes de los ciudadanos respecto a los servicios sanitarios están contenidos en dos normas fundamentales: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad,

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Una aspiración de los ciudadanos hoy en día es la de poder vivir en el campo y trabajar en la ciudad. La presente Ley de Viviendas

Más detalles

NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.

NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. 1 NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA. Madrid a 21 mayo 2009 1.-El Acta Notarial de la junta es un acta y no una escritura.

Más detalles

CONTROL DE CAMBIOS Y REGULACIÓN DE LAS TRANSACCIONES EXTERIORES EN ESPAÑA 1. CONCEPTO DE CONTROL DE CAMBIOS: Por control de cambios se entiende el conjunto de disposiciones legales y administrativas que

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES DE PILAR DE LA HORADADA

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES DE PILAR DE LA HORADADA REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES DE PILAR DE LA HORADADA PREÁMBULO La concejalía de Participación Ciudadana tiene como misión la planificación, gestión y control de las cuestiones

Más detalles

LEGISLACIÓN Y GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA. 5º CURSO. GRADO EN FARMACIA.

LEGISLACIÓN Y GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA. 5º CURSO. GRADO EN FARMACIA. LEGISLACIÓN Y GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA. 5º CURSO. GRADO EN FARMACIA. Grupo III. Profesor Antonio Ramos Carrillo. TEMA INTRODUCCIÓN: La protección de la salud y la asistencia sanitaria constituyen

Más detalles

Segundo.- En el acto de la vista, la parte demandada no compareció, ordenando la continuación del juicio en su

Segundo.- En el acto de la vista, la parte demandada no compareció, ordenando la continuación del juicio en su SENTENCIA Nº 91/2002 PROCEDIMIENTO ABREVIADO 145/01 En Albacete, a 2 de mayo de 2002. VISTOS por mí, Marta Iturrioz Muñoz, Magistrada-juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. PROYECTO DE DECRETO FORAL POR EL QUE SE REGULA LA DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y EL COPIADO Y CONVERSIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y

Más detalles

MOCIÓN. Además, en el artículo 20, apartado a), menciona como uno de los derechos a proteger mediante la tal Convención:

MOCIÓN. Además, en el artículo 20, apartado a), menciona como uno de los derechos a proteger mediante la tal Convención: MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA AL PLENO ORDINARIO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013, RELATIVA A LA INCORRECTA INTERPRETACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 3.6. Reguladora de la Tasa por Instalaciones o Servicios constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo del dominio público local.

ORDENANZA FISCAL Nº 3.6. Reguladora de la Tasa por Instalaciones o Servicios constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo del dominio público local. EXCMO. AYUNTAMIENTO de la VILLA DE LA OROTAVA ORDENANZA FISCAL Nº 3.6 Reguladora de la Tasa por Instalaciones o Servicios constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo del dominio público local. Artículo

Más detalles

Buenos Aires, 15 de setiembre de 2008. Dra. Susana Ayala S / D

Buenos Aires, 15 de setiembre de 2008. Dra. Susana Ayala S / D Buenos Aires, 15 de setiembre de 2008 Dra. Susana Ayala S / D Me dirijo a Ud. a fin de emitir opinión en mi carácter de Director del Centro de Protección de Datos Personales de esta Defensoria del Pueblo

Más detalles

MANIFIESTO PARA LA REGULACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS POST-ADOPTIVOS. OCTUBRE de 2013

MANIFIESTO PARA LA REGULACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS POST-ADOPTIVOS. OCTUBRE de 2013 MANIFIESTO PARA LA REGULACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS POST-ADOPTIVOS. OCTUBRE de 2013 Índice de contenido 1. ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS... 2 2. HECHOS... 3 3. PROPUESTAS DE CORA...

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

ASOCIACIÓN Y PARTICIPACIÓN PÚBLICA DE PERSONAS EXTRANJERAS

ASOCIACIÓN Y PARTICIPACIÓN PÚBLICA DE PERSONAS EXTRANJERAS ASOCIACIÓN Y PARTICIPACIÓN PÚBLICA DE PERSONAS EXTRANJERAS SÍNTESIS NORMATIVA El artículo 22 de la Constitución española reconoce el derecho de asociación como un derecho de carácter universal y el artículo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA. Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza.- En uso de las facultades concedidas

Más detalles

DECLARACIÓN DE VALENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO EN EUROPA CON OCASIÓN DE LA CAPITALIDAD EUROPEA DEL DEPORTE 2011

DECLARACIÓN DE VALENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO EN EUROPA CON OCASIÓN DE LA CAPITALIDAD EUROPEA DEL DEPORTE 2011 DECLARACIÓN DE VALENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL VOLUNTARIADO DEPORTIVO EN EUROPA CON OCASIÓN DE LA CAPITALIDAD EUROPEA DEL DEPORTE 2011 (Conclusiones del I Congreso Europeo del Voluntariado

Más detalles

(BOE, de 15 de febrero de 2008)

(BOE, de 15 de febrero de 2008) Circular 1/2008, de 30 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información periódica de los emisores con valores admitidos a negociación en mercados regulados relativa a los informes

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA APLICABLE:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA APLICABLE: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO DOMICILIO: NORMATIVA APLICABLE: Artículo 8.2.1º Ley 20/1991 Artículo 10.3 Ley 20/1991 Artículo 58 bis Ley 20/1991

Más detalles

25 de agosto de 2006 ISSN 0787-0415

25 de agosto de 2006 ISSN 0787-0415 BOLETÍN 4185-06 25 de agosto de 2006 ISSN 0787-0415 I. DESCRIPCIÓN REFERENCIA : Modifica la ley Nº 19.518, permitiendo que las municipalidades puedan actuar como organismos técnicos de capacitación (OTEC)

Más detalles

Tiene un niño de casi tres años, escolarizado este curso en el colegio XXX en Zaragoza (justo frente a su casa).

Tiene un niño de casi tres años, escolarizado este curso en el colegio XXX en Zaragoza (justo frente a su casa). Expte. DI-1695/2015-8 EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Parque Empresarial Dinamiza (Recinto Expo) Pablo Ruiz Picasso, 65 D 50018 Zaragoza Asunto: Atención sanitaria en Centro escolar

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se

Más detalles

Asunto C-380/03. República Federal de Alemania contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Asunto C-380/03. República Federal de Alemania contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea Asunto C-380/03 República Federal de Alemania contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea «Recurso de anulación Aproximación de las legislaciones Directiva 2003/33/ CE Publicidad y patrocinio

Más detalles

II. DISPOSICIONES GENERALES

II. DISPOSICIONES GENERALES 5294 Viernes, 9 de marzo 2007 B.O.C. y L. - N.º 49 II. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DECRETO 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de

Más detalles