CONGRESO NACIONAL CAMARA DE SENADORES SESIONES ORDINARIAS DE 2005 ORDEN DEL DIA N Impreso el día 25 de noviembre de 2005 SUMARIO

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1 CONGRESO NACIONAL CAMARA DE SENADORES SESIONES ORDINARIAS DE 2005 ORDEN DEL DIA N 1607 Impreso el día 25 de noviembre de 2005 SUMARIO COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO HUMANO Dictamen en el proyecto de comunicación del señor senador Guinle, solicitando informes sobre los motivos por los que no se cumplen en el sector público nacional con los cupos previstos en cuanto a ocupación de discapacitados.(s-2944/05) Honorable Senado: DICTAMEN DE COMISION Vuestra Comisión de Población y Desarrollo Humano ha considerado el proyecto de comunicación del señor senador Guinle solicitando informes sobre los motivos por los que no se cumplen en el sector público nacional con los cupos previstos en cuanto a ocupación de discapacitados (S 2944/05); y, por las razones que dará el miembro informante, os aconseja su aprobación. De acuerdo con las disposiciones pertinentes del Reglamento del H. Senado, este dictamen pasa directamente al Orden del Día Sala de la comisión, 24 de agosto de Antonio F. Cafiero.- Diana Conti.- Mirian Curletti.- Sonia M. Escudero.- Amanda M. Isidori - Marcela F. Lescano - Gerardo R. Morales.- Elva A. Paz.- El Senado de la Nación,... PROYECTO DE COMUNICACION Solicita al Poder Ejecutivo nacional que a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros analice las causas por las cuales en el sector público nacional no se cumplen con los cupos mínimos previstos en el decreto-ley modificado por la ley en

2 cuanto a la ocupación de personas discapacitadas y, en su caso, adopte las medidas conducentes para revertir el cuadro de situación y cumplir los objetivos trazados en las normas citadas y en el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo Nº 159 ratificado por la ley Marcelo A.H. Guinle FUNDAMENTOS Señor Presidente: Si bien las personas con discapacidades no constituyen un grupo homogéneo, en orden a las diferentes causas que pueden dar origen a esas capacidades especiales, estadísticas oficiales nos indican que representan el 7,1% de la población total 1, lo cual nos da una dimensión cuantitativa de que millones de argentinos padecen alguna contingencia que determina se extremen con la mayor eficiencia las acciones desde el Estado y la comunidad toda a fin de su adecuada atención. No es menor la especial atención que el constituyente dispensó al problema de las personas discapacitadas y, conforme a ello específicamente le impuso al Congreso Nacional legisle y promueva... medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular en respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. (...) (Art. 75 inc. 23 C.N.) A su vez nuestro país ha suscripto numerosos Tratados Internacionales referidos a la tutela estatal de personas que padezcan algún tipo de discapacidad 2. Dentro de este marco existen diferentes cuerpos legales, que sobre la base de lo establecido por el sistema de protección integral de las personas discapacitadas implementado por el decreto-ley , han avanzado sobre un aspecto que a mi criterio es esencial, como es el de inserción laboral de las personas con discapacidad, destacándose entre otros puntos los relacionados a la determinación de un cupo laboral reservado para ingresar en Organismos públicos y empresas prestadoras de servicios públicos; la concesión de espacios para la explotación de pequeños comercios en organismos públicos y 1 De conformidad con datos oficiales obtenidos en Aquí se cuenta, revista informativa del Censo 2001, INDEC, número 14, diciembre Entre los que se puede mencionar a modo de ejemplo el PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES PROTOCOLO DE SAN SALVADOR Aprobado por ley nº en 1996.

3 empresas prestatarias de servicios públicos privatizados y la implementación de Talleres Protegidos de Producción y los Grupos laborales Protegidos. En lo que es materia del presente proyecto, entiendo procede destacar que el decreto-ley , modificado luego por la Ley , en forma específica dispuso en su artículo 8º que el Estado nacional, entre otros sujetos obligados, tiene el deber de ocupar una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de personas con discapacidad, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, de la totalidad de su personal y de establecer reservas de puestos de trabajo para ser exclusivamente ocupados por ellas. El Decreto 498/83 reglamentó el Art. 8 del decreto-ley estableciendo que "... El cómputo del porcentaje determinado resultará de aplicación para lo futuro, debiendo considerarse respecto del cubrimiento de las vacantes que se produzcan a partir de la aplicación de la presente reglamentación, y procurando mantener una relación proporcional directa con la dotación de cada organismo. Del cuatro por ciento (4%) establecido en el artículo 8 de la Ley No deberá darse una preferencia de uno por ciento (1%) para empleo de no videntes (...). El texto del Decreto 498/83 se constituyó en una primera limitación a lo ordenado por el decreto- ley , pues hizo referencia a que el 4% debía calcularse sobre las vacantes que se produjeran a partir de la vigencia de esa reglamentación, en lugar de aplicarse a la totalidad del personal, dato éste que tenía importancia en la época de entrar en vigencia la normativa, pero no en la actualidad, pues habiendo transcurrido más de 20 años de la existencia del régimen, de haberse éste cumplido ya deberíamos estar próximos a cubrir los porcentajes previstos en la ley y sobre el total de la planta de personal. El órgano de aplicación de la citada legislación era el Ministerio de Trabajo de la nación hasta que por el dictado del Decreto 1.027/94 la misión de controlar el cumplimiento de lo estatuido por el Art. 8 del decreto-ley pasó a la Secretaría de la Función Pública (Subsecretaría de la Gestión Pública) dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Presidencia de la Nación. En cumplimiento de esa misión, dicha Secretaría emitió dos Resoluciones: la 67/98 y la 137/98 que crearon un sistema de control a través de un soporte informático, por el que todas las reparticiones públicas deben informar la cantidad de personal discapacitado que se hubiera incorporado a la Administración Pública. Sin perjuicio de que este Honorable Cuerpo aprobó en diciembre de 2004 un Proyecto de Comunicación de autoría de la Senadora María Laura Leguizamón, que llevara el número de Proyecto S /04, donde se solicitaba al Poder Ejecutivo nacional informe el porcentaje de personas con discapacidad ocupadas en sus

4 organismos y que este requerimiento hasta la fecha no fue respondido, el suscripto utilizando los recursos que provee el Decreto 1172/03 ha obtenido dicha información de parte de la Oficina Nacional de Empleo Público, perteneciente a la Subsecretaría de la Gestión Pública, de la que surge palmariamente que los porcentajes de ocupación de personas con capacidades especiales en la Administración Pública Nacional son mínimos. Asimismo, de acuerdo a lo informado, la documentación se encuentra incompleta dado la falta de envío de la misma por parte de organismos del Estado nacional, sin perjuicio de las resoluciones vigentes antes enunciadas. La conclusión que se puede extraer por los porcentajes estudiados sin duda será que los índices legales no se cumplen en la mayoría de los organismos y reparticiones que presentaron las estadísticas correspondientes. Para una mejor comprensión de la situación crítica descripta, a continuación se detallan los índices. 1. Organismo: ADMINISTRACION NACIONAL DE INGRESOS PUBLICOS Escalafón: PERSONAL CONTRATADO Escalafón: PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS ,65 4 0, ,27 Escalafón: PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA , , ,56 Total: , , ,27 2. Organismo: ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE LA SALUD Escalafón: CARRERA PROFESIONAL DTO. 277/ ,12 4 1, , ,89 1 0, ,93 Total: , ,94 3. Organismo: AUTORIDAD REGULADORA NUCLEAR Escalafón: PERSONAL DEL ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR , ,02 Total: , ,02 4. Organismo: CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

5 167 98, ,02 Total: , ,02 5. Organismo: CASA MILITAR Escalafón: PERSONAL CONTRATADO , ,71 Total:207 93, ,35 6. Organismo: CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL Escalafón: CARRERA PROFESIONAL DTO. 277/ ,70 2 4,65 2 4, ,65 1 1,18 1 1,18 Total:122 94,17 3 2,91 3 2,91 7. Organismo: COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA Total: Organismo: COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA Escalafón: PERSONAL DE LA COMISION NAC DE ENERGIA ATOMICA ,63 9 0, ,90 Total: ,63 9 0, ,90 9. Organismo: COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Escalafón: PERSONAL COMISION NACIONAL DE REG DEL TRANSPORTE , ,93 Total:193 92, , Organismo: COMISION NACIONAL DE VALORES Escalafón: PERSONAL COMISION NACIONAL DE VALORES ,02 1 0,78 8 6,20 Total: ,02 1 0,78 8 6,20

6 11. Organismo: COMISION FEDERAL DE RADIODIFUSION ,48 4 1, ,27 Total: ,48 4 1, , Organismo: COORDINACION GENERAL UNIDAD PRESIDENTE 99 97, ,94 Total: 99 97, , Organismo: DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES Escalafón: PERSONAL DE LA DIR GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES ,73 5 0, ,74 Total:880 92,73 5 0, , Organismo: DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS , , ,87 Total: , , , Organismo: ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Escalafón: ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS 98 78, , ,00 Total:101 69, , Organismo: ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS 5 83, ,67 Escalafón: PERSONAL DE ENABIEF ,13 1 0, , , ,12 Total:324 91,11 1 0, , Organismo: ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA) Escalafón: PERSONAL DEL CO.F.A.P.Y.S

7 45 88,24 1 1,96 5 9,80 Total:45 88,24 1 1,96 5 9, Organismo: ENTE NACIONAL REGULADOR DE ENERGIA ELECTRICA Escalafón: PROVISORIO DEL ENRE 77 90, ,41 Total: 77 90, , Organismo: FONDO NACIONAL DE LAS ARTES Total: Organismo: HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER Escalafón: PERSONAL DEL Mº DE SALUD Y ACCION SOCIAL , ,67 Total: , , Organismo: INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES Total: Organismo: INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR Escalafón: PERSONAL CIVIL DE LAS FF AA ,24 2 0,79 5 1,97 Total:247 97,24 2 0,79 5 1, Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL ,25 1 0,78 9 6,98 Total:119 92,25 1 0,78 9 6, Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ,71 3 3, ,71 Total:75 92,85 3 1,78 9 5,35

8 25. Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO , ,80 Escalafón: PERSONAL EMBARCADO DEL INIDEP Total: , Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA Escalafón: FUNCIONES EJECUTIVAS , ,67 Total: , , Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Escalafón: PERSONAL DEL INSTITUTO NAC DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL , , Total: , , Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA Escalafón: PERSONAL DEL INSTITUTO NAC DE TECNOLOGIA AGR ,79 6 0, ,04 Total: ,79 6 0, , Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE VITINICULTURA ,14 4 0, ,01 Total: ,14 4 0, , Organismo: INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y EL AMBIENTE ,92 2 0, ,57 Total: ,92 2 0, , Organismo: MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION

9 Escalafón: PERSONAL CIVIL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA , , Total: , , Organismo: MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Escalafón: PERSONAL CIVIL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA , , ,20 Total: , , , Organismo: MINISTERIO DE JUSTICIA Escalafón: AUTORIDADES SUPERIORES DE PODER EJECUTIVO NAC 5 83, , , ,05 Escalafón: PERSONAL CIVIL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA , , ,83 Total: , , , Organismo: MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Escalafón: OTROS REGIMENES ,65 6 1, Total: ,65 6 1, Organismo: SECRETARIA DE DEPORTES Escalafón: AUTORIDADES SUPERIORES DE PODER EJECUTIVO NAC , ,42 Total:128 96, , Organismo: SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION Escalafón: PERSONAL DE LA SECRETARI DE COMUNICACIONES , , , , ,60

10 Total:886 94, , , Organismo: SECRETARIA DE TURISMO ,64 1 0, ,16 Total: ,64 1 0, , Organismo: SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Y PROMOCION DE LA PERSONA , , ,56 Total:130 73, , , Organismo: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Escalafón: PERSONAL CONTRATADO , ,39 Total: , , Organismo: SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Escalafón: SINDICATURA GENERAL DE LA NACION , ,47 Total:377 84, , Organismo: TEATRO NACIONAL CERVANTES 92 78,63 1 0, ,51 Total: 92 78,63 1 0, ,51 Conforme el detalle precedente, resulta evidente que las cifras arrojadas distan, salvo unas pocas excepciones, siquiera de acercarse al porcentaje previsto imperativamente en la normativa vigente. En las Dependencias de la Administración Pública nacional el cupo efectivamente cubierto no alcanza al uno por ciento (1%) del total de la dotación de su personal, lo que constituye, sin lugar a dudas, un absoluto incumplimiento de la legislación vigente y la consecuente violación de los derechos humanos de las personas con discapacidad. Semejante irregularidad, subsistente desde el año 1981 pretendió ser convalidada mediante los sucesivos congelamientos de vacantes operados durante los años 1991, 1992 y 1994, motivados en la necesidad de reducir el gasto público y racionalizar la inversión de las exiguas partidas presupuestarias.

11 Los argumentos esgrimidos para justificar el incumplimiento del cupo laboral reservado para personas con discapacidad son múltiples y variados, pero ninguno explica cómo en un Estado de Derecho se puede admitir el desconocimiento de la legislación vigente y la conculcación de los derechos de las personas que integran uno de los grupos más vulnerables y que deben ser protegidos. En todas las sociedades del mundo se promueve que las personas con discapacidades desempeñen alguna actividad laboral, para lo cual es obvio que corresponde implementar políticas activas que superen los obstáculos que este grupo de personas tiene para lograr su inserción laboral, obstáculos éstos que son de muy variada índole, y que van desde el prejuicio de los no discapacitados, hasta las propias limitaciones emergentes de la discapacidad. En este sentido debemos tener presente que la Declaración de Copenhague de 1995 considera la discapacidad como una forma de diversidad social y destaca la necesidad de brindar una respuesta global encaminada a crear una «sociedad para todos» 3. Conforme lo expuesto todos nos debemos esforzar para lograr que la discapacidad se considere en el marco de la igualdad de derechos, más que en el ámbito de la asistencia social, pues esa es la única forma de integrar efectivamente a este grupo de personas a la sociedad, para lo cual debemos fomentar un cambio en las oportunidades de empleo tanto en los sectores públicos como privados. En los sectores privados, el cambio está dado a través de políticas activas que incentiven la contratación de discapacitados y en el sector público, con normas que como la comentada, fijen cupos mínimos y que efectivamente se cumplan. Es así que entonces debemos prestar atención a las causas que han llevado a que no se cumpla con la ley en el sector público, a fin de eliminar los obstáculos existentes, en coincidencia con el convenio 159 de la OIT 4 que considera a la discapacidad como una situación de desventaja laboral que puede y debería ser corregida mediante un conjunto de medidas de política, reglamentaciones, programas y servicios que tiendan a la efectiva vigencia de la igualdad de trato y oportunidades, incorporación de formación y de oportunidades de empleo. Atento las razones expuestas, es que solicito a mis pares el acompañamiento a la presente iniciativa con su voto favorable. Marcelo A. H. Guinle La Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague. La ONU adopta la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social. 4 Ratificado por la ley

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