REPÚBLICA DEL ECUADOR

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1 REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SE-03-No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "En cumplimiento al Mandato Constituyente número 14, las instituciones de educación superior que se ubicaron en la categoría E por el informe del CONEA, deberán ser evaluadas dentro de los 18 meses posteriores a la promulgación de esta Ley. (... ) Se garantizan los derechos de los estudiantes de estas Universidades y Escuelas Politécnicas para que puedan continuar sus estudios regulares en otros centros de educación superior, rigiéndose por las normas propias de estas instituciones. Para el efecto, el Consejo de Educación Superior elaborará, coordinará y supervisará la ejecución de un plan de contingencia"; en cumplimiento a lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera de la LOES, el 11 de abril de 2012, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES), resolvió suspender, de manera definitiva, a 14 universidades y escuelas politécnicas, por haber obtenido un dictamen técnico de NO ACEPTABLE en el cumplimiento de los parámetros de calidad de la educación superior establecidos por tal Consejo para la presente evaluación; el Reglamento del Plan de Contingencia, expedido por el Consejo de Educación Superior (CES), mediante Resolución RPC-SE-02-No , de 25 de febrero de 2012, establece cuatro mecanismos para la continuidad de estudios: a) Culminación de estudios en la institución de origen; b) Continuación de estudios en una carrera vigente en una institución de educación superior distinta a la de origen; c) Continuación de estudios en una Carrera de Titulación Especial; d) Inscripción en el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión; con el objeto de garantizar la continuidad de estudios de las y los estudiantes de las instituciones de educación superior (les), suspendidas en forma definitiva, el CES junto con la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) presentan el Proyecto de Inversión del Plan de Contingencia, con CUP No , por un monto total de USD$ (CINCUENTA y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). para el período , del que. una parte estará destinado para la transferencia de recursos a las instituciones públicas de educación superior que acojan a los estudiantes de las les públicas que resulten suspendidas definitivamente, ya sea para la continuación de estudios en una carrera vigente o para la continuación de estudios en una carrera de titulación especial; mediante Resolución RPC-SE-11-No , de 04 de septiembre de 2012, el CES aprobó "El Mode lo de Convenio a ser suscrito entre el CES y las

2 CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Universidades y Escuelas Politécnicas para la inclusión y continuación de estudios de las y los estudiantes de las Universidades y Escuelas Politécnicas suspendidas definitivamente por el CEAACES, que se inscribieron en el Plan de Contingencia"; el CES, conjuntamente con la SENESCYT. han suscrito un total de dieciséis (16) convenios específicos para inclusión y continuación de estudios de las y los estudiantes inscritos en el Plan de Contingencia, en los que se prevé la transferencia de recursos provenientes del Proyecto de Inversión Pública denominado "Plan de Contingencia", cuyo monto total debe ser calculado una vez culminado el proceso de matrícula en cada período académico, de acuerdo al informe remitido por las instituciones de educación superior; mediante Resolución RPC-SE-02-No , de 25 de febrero de 2012, el CES aprobó el Reglamento del Plan de Contingencia para las y los estudiantes de las universidades y escuelas politécnicas de categoría E que se suspendan definitivamente, con la finalidad de garantizar los derechos de las y los estudiantes de dichas instituciones de educación superior, estableciendo mecanismos tendientes a posibilitar la continuidad de sus estudios en otros centros de educación superior del país; a través de Resolución RPC-SE-I1-No , de 04 de septiembre de 2012, el Pleno del CES aprobó el modelo de convenio a ser suscrito entre el CES y las universidades y escuelas politécnicas para la inclusión y continuación de estudios de las y los estudiantes de las universidades y escuelas politécnicas suspendidas definitivamente por el CEAACES que se inscribieron en el Plan de Contingencia; el 03 de octubre de 2012, se suscribió el "Convenio Específico entre el CES, la SENESCYT y la Universidad del Azuay (UDA), para la inclusión y la continuación de estudios de las y los estudiantes que se inscribieron en el Plan de Contingencia de las universidades y escuelas politécnicas suspendidas definitivamente por el CEAACES"; la cláusula quinta del Convenio referido en el considerando precedente, dispone que el CES solicitará a la SENESCYT, la adquisición de equipos y materiales necesarios para la incorporación de nuevos estudiantes, hasta por un monto equivalenté a la suma de $ USD 200 (DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) anuales por cada estudiante matriculado; el 22 de noviembre de 2012, el Consejo Sectorial de Conocimiento y Talento Humano, considerando que la continuidad de los estudios va en "beneficio directo de la colectividad", reformó la Resolución 001-CSCTH-2012, de 10 de mayo de 2012, en el sentido de posibilitar la transferencia directa de recursos públicos por parte de la SENESCYT, a favor de las instituciones de educación superior particulares que reciben rentas y asignaciones del Estado; mediante Resolución RPC-SE-019-No , de 30 de noviembre de 2012, el Pleno del CES, aprobó el Informe Técnico de Matricula y de Transferencia directa de Recursos Públicos, presentado por la Comisión Ocasional del Plan de Av. República E7-226 y Diego de Almagro Página 2 de 4

3 REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Contingencia del CES, a favor de la UDA por un monto de USD$ ,00 (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); a la fecha no se ha procedido a la transferencia de recursos a favor de la UDA, dado que esta institución de educación superior, debía presentar un informe ejecutivo del periodo académico mismo que incluya el informe de matrícula, así como el destino de los recursos públicos del proyecto de inversión; mediante Oficio No. R UDA, de 08 de julio de 2014, la UDA hace entrega del Informe Ejecutivo, mismo que contiene el "Proyecto de Inversión de Mejora de Laboratorios de las Carreras de Ingeniería y Diseño"; es necesario incluir la transferencia correspondiente al año 2012, en los montos a transferir, respecto a los aprobados en la Resol uci ón RPC-SE-019- No ; la Coordinación del Plan de Contingencia del CES, presentó al Pleno de este Organismo, Informe Técnico, en el cual recomienda se autorice la suscripción del Adendum al Convenio Especifico, suscrito entre el CES, la SENESCYT y la UDA, por el monto de USD$ (SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); en observancia a la Resolución RPC-SO-018-No , de 13 de junio de 2012, la UDA, al momento de la suscripción del Ademdum, presentará una garantía de fiel cumplimiento por el cinco por ciento (5%) del monto total de los recursos públicos a transferirse; En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior, RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Informe Técnico presentando por la Comisión Ocasional del Plan de Co ntingencia, en relación a la solicitud del Adendum al Convenio Específico entre el Consejo de Educación Superior (CES), la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnologfa e Innovación (SENESCYT); y, la Universidad del Azuay (UDA), por el monto de USD$ (SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los cuales corresponden a los siguientes rubros: RUBRO USD DESTINO DE LOS RECURSOS Equipamiento en el área de Total estudiantes (386 ingeniería y diseño según se estudiantes) especifica en el convenio Total Artículo 2.- Solicitar a la SENESCYT, la elaboración del Adendum al Convenio Específico, y una vez suscrito, se proceda co n la transferencia de recursos a la UDA, de conformidad con el artículo precedente.

4 CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR.... 1'... DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Notificar el contenido de la presente Reso lución a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. SEGUNDA.- Notificar el contenido de la presente Reso lución a Universidad del Azuay. DISPOSICIÓN FINAL La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del CES. Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los veintiséis (26) días del mes de septiembre de 2014, en la Tercera Sesión Extraordinaria del Pleno del Co nsejo de Educación Superior. \ írez Gallegos DENTE NSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR _~/.énü_ Marcelo Calderón Vintimilla SECRETARIO GENERAL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Av. República E7-226 y Diego de Almagro Página 4 de 4

5 REPÚBLlCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Coordinación Plan de Contingencia Informe Técnico. solicitud de adenda Convenio Específico entre el Consejo De Edu cación Superior CES, la Secretaría Nacional de Educación Superior. Ciencia. Tecnología e Innovación - SENESCYT; y. la Universidad del Azuay- UDA, para la inclusión y continuación de estudios de lcls y lus ~slu tliallles que se inscribieron en el plan de contingencia de las universidades y escuelas politécnicas suspendidas definitivamente por el CEAACES. Quito. Septiembre de Informe Tecnico de transferencjij de recursos a favor de la UDA en el conte"to del Plan de Contingencia, periodo

6 CONSEJO DE EDUCACIÚN SUPERIOR ndice Antecedentes Valoración del Informe Técnico de la UDA Conclusiones y Recomendaciones Informe Técnico de trijnsferencia de recursos a favor de la UDA en el contexto del Plan de Contingencia, periodo

7 REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR INFORME TÉCNICO ADENDA CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR - CES, LA SECRETARÍA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN - SENESCVT; V, LA UNIVERSIDAD DEL AZUAV - UDA, PARA LA INCLUSIÓN V CONTINUACiÓN DE ESTUDIOS DE LAS V LOS ESTUDIANTES QUE SE INSCRIBIERON EN EL PLAN DE CONTINGENCIA DE LAS UNIVERSIDADES V ESCUELAS POLITÉCNICAS SUSPENDIDAS DEFINITIVAMENTE POR EL CEAACES 1 Antecedentes Con fecha 03 de octubre de 2012, el Consejo de Educación Superior CES, la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnologfa e In novación - SEN ESCYT; y,la Universidad del Azuay - UDA, suscribieron un convenio especítlco cuyo objetivo es "aunar esfuerzos entre las partes y coordinar actividades para viabilizar el proceso de continuación de estudios de las y los estudiantes de las 14 universidades y escuelas politécnicas suspendidas definitivamente por el CEMeES, en la UDA"; convenio que permitiría garantizar la continuidad de estudios de las y tos estudiantes matriculados en las carreras del área de educación, administración, ingeniería y servicios de seguridad que resultaron afectados por la medida de suspensión. Convenio que tiene una duración de cinco años contados a partir de la fecha de su suscripción. Entre las obligaciones de las partes establecidas en la cláusula cuarta, se establece que es obligación del CES "brindar apoyo técnico, económico y legal en todas aquellas actividades que sean requeridas para el cumplimiento del objeto del convenio", de la SENESCYT "efectuar la adquisición de equipo y/o material, o la transferencia de recursos públicos, de conformidad con lo establecido en la cláusula quinta del presente convenio", mientras que en el caso de la UDA se establecen una serie de disposiciones orientadas a garantizar la continuidad de estudios de las y los estud iantes inscritos en el Plan de Contingencia. En cuanto al financiamiento, la cláusula quinta, establece que: El CES podrá solicitar a la SENESCYT que a través de los fondos provenientes del Proyecto de Inversión Pública denominado "Plan de Contingencia", adquiera de los equipos y materiales necesarios para la incorporación de nuevos estudiantes en virtud de la ejecución del objeto del presente convenio, hasta por un monto equivalente a la suma de 200 USD anuales por cada estudiante matriculado. Estos bienes deberán ser entregados en comodato a la UDA por parte de la referida Secretaría, con la finalidad de garantizar la adecuada prestación del servicio público de educación. 3 Info r~ TécniCO de transferencia de recursos a fallor de la UDA en el contexto del Plan de Contingencia, n"""rln 1111 'I..,n14

8 CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR En relación a la forma en que se determinarán los montos a transferir, la misma cláusula establece que "el monto total a transferir se ca lculará una vez culminado el proceso de matrícula, en cada periodo académico, sobre la base de las y los estudiantes matriculados, de acuerdo a informe remitido por la universidad". Al respecto. es importante señalar que la adquisición de materiales y equipo por parte de la SENESCYT, se sustenta en el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públi cas, el cual establece: "Prohrbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que corresponden a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Regl amento de este código, siempre que exista la partida presupuestaria". En este caso el Decreto Ejecutivo 544, publicado en el Registro Oficial No.329 del 29 de noviembre de 2010, determina que: "Los ministerios, secretarfas nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de perso nas naturales o jurfdicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad. Los consejos sectoriales de política, en el caso de la Función Ejecutiva, los consejos regionales y provinciales y los concejos municipales o metropolitanos en el caso de los gobiernos autónomos descentralizados, mediante resolución, establecerán los criterios y orientaciones generales que deberán observar dichas entidades para la realización de las indicadas transferencias". En virtud de que si es posible realizar donaciones o asignaciones no reembolsables a personas jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión que son beneficio directo de la colectividad, y con el objeto de garantizar la adquisición oportuna del equipamiento, el CES y la SENESCYT solicitaron al Consejo Sectorial de Co nocimiento y Talento Humano, en el mes de noviembre autorizar la transferencia directa de recursos a las instituciones particulares que recibe n rentas asignaciones del Estado, dado que la continuidad de estudios de las y los estudiantes que resultaron afectados por la resolución de suspensión de las universidades, se traduce en un beneficio para los estudiantes, sus famili as y la colectividad en su conjunto. Luego de analizar la solicitud, con fecha 22 de noviembre de 2012, el Consejo Sectorial de Conocimiento y Tale nto Humano considerando que la continuidad de los estudios va en "beneficio directo de. la colectividad", resolvió "Reformar la resolución Nro.001-CSCTH-2012, del 10 de mayo de 2012", en el sentido de 4 Informe Tecnko de transferencia de recursos a fallor de la UDA en el contexto del Plan de ContingenCIa, periodo

9 REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERJOR posibilitar la transferencia directa de recursos públicos por parte de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Cienci a, Tecnologia e Innovación él favor de las instituciones de educación superior particulares que reciben rentas y asignaciones del Estado. A partir de esta resolución, el Consejo de Educación Superior aprobó reformar No. RPC SO-018-No e incluir a las universidades y escuelas politécnicas particu lares que reciben rentas y asignaciones del Estado y con las cuales el CES y la SENESCYT ha suscrito convenios que buscan garantizar la continuidad de estudios de los estudiantes afectados mn la edila de suspensión. Teniendo como base los antecedentes expuestos y el informe de matrícula de la UDA, el 30 de noviembre del 2012, mediante RPC-SE-019-No , el Consejo de Educación Superior aprobó la transferencia de recursos a favor de la UDA, específicamente el artículo 1 establece: Aprobar el informe técnico de matrícula y de transferencia directa de recursos públicos presentado por la Comisión del Plan de Contingencia, a favo r de la Universidad del Azuay por un monto de USD$ (SETENTA y SIETE MIL, DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), los cuales corresponden a los siguientes rubros: ~"mhrt d. 101 m,,.. ~1", 1.1I. J.1I.1 \I. I'''III U11'.1I1I""\" "1~tlhUI '1"'1'..101"'11\" CTE ADM INISTRACION Presencial ete COMERCIO y MARKETING Presencial CTE DISE~O GRÁFICO Presencial DISEÑO GRÁFICO Presencial I 200 O O 200 DERECHO Presencial 56 1 L P5ICOLOG[A Presencial INGENIERIA MECÁNICA Presencial AUTOMOTRIZ INGENIERIA ELECTRÓNICA Presencial JI Total r,,\.1l Finalmente y como los establece la Resolución No. RPC SQ-018 No y su reforma RPC-SE-019-No , la UDA, al momento de la suscripción de la adenda presentará una garantía de fi el cumplimiento por el 5% del manto total de los recursos públicos a transferir. 5 Informe Tecnico de transferencia de recursos a favor de la UDA en el conteño del Plan de ContingenCIa, rw>nnrln 70n 2014.

10 CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR 1.. CES " 1>._.. _-- 2. Valoración "Infonne Ejecutivo Periodo Académico UDA" La UDA con fecha 12 de junio de 2014 presenta informe ejecutivo, mediante el cual demuestra las actividades y resultados alcanzados en el contexto del Plan de Contingencia. La UDA desarrolla un informe ejecutivo en el que describe el número de estudiantes matriculados por carrera actualizado a la fecha del informe. Tabla 1 Informe de matrícula VDA- Plan de Contingencia periodo M.ltrkula llesllnu de los Notl1hrt' tic J.ll',lrn'r.l Mud.llld.ld Equlp.lmlcnto rl'lurscls ete ADMINISTRACION Presencial ete COMERC IO y MARKETING Presencial CTE DISE~O GRÁFICO Presencial DISE~O GRÁFICO Presencial Equipamiento en el área de DERECHO Presencial ingeniería y PSICOLOGíA Presencial diseño. INGENIERIA MECANICA AUTOMOTRIZ Presencial INGENIERIA ELECTRÓN ICA Presencial Total Tabla 2 Informe de matrícula VDA Plan de Contingencia periodo Nnmhrt, de la C.lITl'l".l Mudilhd:1d M.ltrlcula Dcsuno de los 2013 Eqll1p.lnlll'nln l"l'l'urslis CTE ADMINISTRACION Presencial CTE COMERCIO y 8 Presencial MARKETING CTE DISEÑO GRÁFICO Presencial SS EquipamientO en el áréa de DERECHO Presencial ingeniería y PS ICOLOGIA Presencial diseño. INGEN IERíA MECAN1CA 29 Presencial AUTOMOTRIZ INGENIERÍA ELECTRONICA Presencial Total Informe Técnico de transferencia de recursos a favor de la UDA en el contexto del Plan de Contingencia, periodo

11 REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR A continuación de terminar el informe ejecutivo, se presenta el "Proyecto de Inversión Eq ui pamiento de los laboratorios de Ingeniería Mecánica Automotriz e Ingeniería Electrónica" y el "Proyecto de Implementación de Laboratorios en la Facultad de Diseño". Los Proyectos de Inversión, describe el nombre del proyecto. la localización geográfica (Cu enca en la UDA), objetivo genera, objetivos específicos, beneficiarios, metas, indicadores de resultado, duración del proyecto. Desarrollan una breve justificación de los proyectos, en cuanto al "Proyecto de Inversión Equipamiento de los labora turios de Ingeniería Mecánica Automotriz e Ingeniería Electrónica" resaltan que fre nte al incremento de alumnos matriculados en las carreras de Ingeniería Electrónica e Ingeniería Mecánica Automotriz, además del avance y desarrollo tecnológico en el área electrónica y de la mecánica automotriz se requiere de la implementación de equipos con tecnología de punta en los laboratorios, que permitan solventar las necesidades de formación y preparación académica de los estudiantes en estas áreas. Referente al "Proyecto de Implementación de Laboratorios en la Facultad de Diseño" ven la necesidad de implementar laboratorios en donde tanto los docentes como los estudiantes puedan desarrollar investigación y generar conocimiento cientifico, que permitan defini r políticas, estrategias y espacios que impulsen la generación de conocimiento científico a través de la investigación, específicamente dentro del área de Diseño Gráfico. 3. Conclusión y recomendación A continuación se presenta las conclusiones y recomendaciones para los proyectos que implican la trasferencia de recu rsos: "Proyecto de Inversión Eqllipamiento de los laboratorios de Ingeniería Mecánica Automolriz e Ingenieria Electrónica" y el "Proyecto de Implementación de Labordtorios en la Facultad de Diseño"l De acuerdo al informe de matrícula los estudiantes matriculados superan el número mínimo exigido, por lo cual procede aprobar la transferencia de recursos por USD$ Dado que el convenio contemplaba que en el año 2012, se adquirirá equipamiento por un monto global de USOS ; y en tanto que en el año 2012 no se procedió a la transferencia de estos recursos, y se debe contemplar la transferencia de recursos por USOS correspondientes al periodo Informe TéCniCO de transferencia de recursos a favor de la UOA en el contexto del Plan de Contingencia, oeriodo

12 CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR El monto a transferir respecto a los aprobados en la Resolución RPC-SE 019- No , se explican en la Tabla 1, presenta los montos que corresponde transferir a la UDA de acuerdo al Convenio Específico suscrito entre el CES, la SENESCYT y la UDAy al informe ejecutivo presentando por la Universidad. Tabla 3 Resumen de transferencia de Recursos públicos a favor de la UDA, / M,ltllcul,J N"mhn' JI' Il'l"l M"dJlld.)(j EqUlp.II111{'n (TE ADMIN ISTRACION Presencial 27 ete COMERCIO y MARKETING Presencial II ete DISEÑO GRÁFICO Presencial 59 DISEÑO GRÁFICO Presencial I DERECHO Presencial 56 PSICOLOGíA Presencial I INGENIERíA MECÁNICA Presencial 52 AUTOMOTRIZ INGENIERíA ELECTRÓN ICA Presencial 17 Total J M,llmul, EqUlfldllllrmo TOI, O O I Mgs. aud~a ]alla COORDINADORA LAN DE CONTINGENCIA CONSEJO DE EDUCAC IÓN SUPERIOR ~~ Lic. Francisco Moscoso ASESOR PLAN DE CONTINGENCIA CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR 8 Informe Técnico de transfere ncia de recursos a favor de la UDA en el contexto del Plan de Contingencia, periodo

13 ANEX O 1: " otdculado. en la Unl... rs ldad Oel A ~.. ay,., [ ORENA ~ M AR ~ n I NG " ~ MARKffiNG ~ MA R~!1 1 N G "

14

15 ,,,LJ n, PATRIOO ARTURQ " FERNANDO Al'IlON IO BARRERA MORA ""EcANICA H R"'''NOO MfCÁ..,CA,, MECÁNICA M[c./iN'CA TAPIA T I ~I,, MECÁNICA,, MECÁNICA PABLO, i MH:ÁNICA ' EI. ~ MECANlCA, i MECÁ NIc:A.oUAR"'''' EDUARDO,, MfCÁNlo,,, MECÁN ICA PEREl PABLO Mec.l.f lca.,, MECÁN ICA,, M[tiNlc,o,

16 G U ~M~ N 1I0NARIXI

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