GUIA DE TRÁMITES REQUISITOS PARA TRÁMITES ANTE LA DIRECCION GENERAL DE COOPERATIVAS
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- Francisca Luna Vázquez
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1 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 1 GUIA DE TRÁMITES REQUISITOS PARA TRÁMITES ANTE LA DIRECCION GENERAL DE COOPERATIVAS LA PAZ - BOLIVIA
2 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 2 GUIA DE TRÁMITES ANTE LA DIRECCION GENERAL DE COOPERATIVAS REQUISITOS 1. TRÁMITE DE PERSONERIA JURIDICA. PRE REQUISITOS 1. Solicitud de nombre de la cooperativa, rubro o actividad, ubicación de la Cooperativa (adjuntando el croquis de ubicación para fines de comunicación) 2. Solicitud de Curso de Cooperativismo DOCUMENTOS A PRESENTAR 1. Nota de solicitud de Personería Jurídica dirigido al Director General de Cooperativas. 2. Certificado de haber pasado Cursillo de Cooperativismo Básico, el cual es impartido por el Departamento de Educación Cooperativa de la Dirección General de Cooperativas. 3. Convocatoria a la Asamblea Constitutiva con al menos 7 días de anticipación a la realización de la misma. Esta deberá contar con la aprobación o visto Bueno de la Dirección General de Cooperativas o alternativamente de las Federaciones nacionales, departamentales, regionales, Centrales o CONCOBOL. 4. Acta de Asamblea de Constitución que deberán contar con la presencia de un funcionario de la Dirección General de Cooperativas, cualquier autoridad local, notario de Fe Pública o funcionario de gobierno con jurisdicción y competencia en el domicilio de la Cooperativa 5. Cuadro de Filiación de Socios de acuerdo al modelo dispuesto por la Dirección General de Cooperativas. Este debe estar firmado por presidente del Consejo de Administración, de Vigilancia y el Tesorero. 6. Cuadro del Fondo Social, de acuerdo al modelo elaborado y aprobado por la Dirección General de Cooperativas, con la firma del presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero. 7. Certificado del Tesorero que acredite la tenencia del Fondo Social, con el Visto Bueno del Presidente del Consejo de Administración y Presidente del Consejo de Vigilancia. 8. Balance de Apertura, el cual deberá estar refrendado por un Contador o Auditor debidamente registrado. 9. Datos para el Estudio Socio Económico y Plan de Operaciones, de acuerdo al modelo de la Dirección General de Cooperativas. 10. Estatuto Orgánico. 11. Solicitud de autorización sobre el trámite de licencias, dotaciones de tierras o concesiones mineras u otras. 12. Documentos de propiedad en caso de que la Cooperativa cuente con bienes muebles e inmuebles (si corresponde). 13. Visto bueno de sus Federaciones o Regionales (Mineras, Trasporte, Servicios Públicos, etc.). 14. Fotocopia de Carnets de Identidad de cada Socio.
3 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 3 Nota.- a) Todos los Documentos deberán presentarse con la firma de los Presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero en (1) Original y dos Copias. 1.1 TRAMITE PERSONERIA JURIDICA PARA COOP. AHORRO Y CREDITO PRE REQUISITOS 3. Solicitud de nombre de la cooperativa, rubro o actividad, ubicación de la Cooperativa (adjuntando el croquis de ubicación para fines de comunicación) 4. Solicitud de Curso de Cooperativismo DOCUMENTOS A PRESENTAR 1. Nota de solicitud de Personería Jurídica dirigido al Director General de Cooperativas. 2. Certificado de haber pasado Cursillo de Cooperativismo Básico, el cual es impartido por la Dirección General de Cooperativas. 3. Convocatoria a la Asamblea Constitutiva con al menos 7 días de anticipación a la realización de la misma. Esta deberá contar con la aprobación o visto Bueno de la Dirección General de Cooperativas. 4. Acta de Asamblea de Constitución que deberán contar con la presencia de un funcionario de la Dirección General de Cooperativas. 5. Cuadro de Filiación de Socios de acuerdo al modelo dispuesto por la Dirección General de Cooperativas. Este debe estar firmado por presidente del Consejo de Administración, de Vigilancia y el Tesorero. 6. Cuadro del Fondo Social, de acuerdo al modelo elaborado y aprobado por la Dirección General de Cooperativas, con la firma del presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero. 7. Certificado del Tesorero que acredite la tenencia del Fondo Social, con el Visto Bueno del Presidente del Consejo de Administración y Presidente del Consejo de Vigilancia. 8. Balance de Apertura, el cual deberá estar refrendado por un Contador o Auditor debidamente registrado. 9. Datos para el Estudio Socio Económico y Plan de Operaciones, de acuerdo al modelo de la Dirección General de Cooperativas y proyecto de factibilidad con su respectivo flujo de caja que demuestre la sustentabilidad del proyecto. 10. Estatuto Orgánico según Modelo de la Dirección 11. Solicitud de autorización sobre el trámite de licencias, dotaciones de tierras o concesiones mineras u otras. 12. Documentos de propiedad en caso de que la Cooperativa cuente con bienes muebles e inmuebles (si corresponde). 13. Visto bueno de sus Federaciones o Regionales (Mineras, Trasporte, Servicios Públicos, etc.). 14. Fotocopia de Carnets de Identidad de cada Socio.
4 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 4 Notas Importantes: a) Todos los Documentos deberán presentarse con la firma de los Presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero en (1) Original y dos Copias. 1.2 PERSONERIA JURIDICA PARA COOPERATIVAS DE GRADO SUPERIOR (Federaciones Nacionales, Departamentales, Regionales, centrales locales y regionales) 1. Nota de solicitud de Personería Jurídica dirigido al Director General de Cooperativas. 2. Fotocopias legalizadas de las personerías jurídicas y fichas de Registro de las cooperativas afiliadas. 3. Convocatoria a la Asamblea Constitutiva, con al menos 7 días de anticipación a la realización de la misma, con la autorización por la Dirección General de Cooperativas o la federación respectiva y por la Confederación de Cooperativas de Bolivia (CONCOBOL). 4. El número de cooperativas para la conformación de cooperativas de grado superior, se requiere un mínimo de tres cooperativas. 5. Acta de Asamblea de Constitución que deberán contar con la presencia de un funcionario de la Dirección General de Cooperativas, o de la Federación Nacional que corresponda, CONCOBOL o cualquier autoridad local. 6. Certificación emitida por la DGCOOP que acredite la calidad societaria de los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia señalando a que Cooperativa afiliada pertenece. 7. Cuadro de Filiación de Socios de acuerdo al modelo dispuesto por la Dirección General de Cooperativas. Este debe estar firmado por presidente del Consejo de Administración, de Vigilancia y el Tesorero. 8. Cuadro del Fondo Social, de acuerdo al modelo elaborado y aprobado por la Dirección General de Cooperativas, con la firma del presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero. 9. Certificado del Tesorero que acredite la tenencia del Fondo Social, con el Visto Bueno del Presidente del Consejo de Administración y Presidente del Consejo de Vigilancia. 10. Balance de Apertura, el cual deberá estar refrendado por un Contador o Auditor debidamente registrado. 11. Datos para el Estudio Socio Económico y Plan de Operaciones, de acuerdo al modelo de la Dirección General de Cooperativas. 12. Estatuto Orgánico. 13. Documentos de propiedad en caso de que la Cooperativa de Grado Superior cuente con bienes muebles e inmuebles (si corresponde en el caso de las Centrales y Federaciones). Notas Importantes: a) Todos los Documentos deberán presentarse con la firma de los Presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero en (1) Original y dos Copias.
5 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 5 2. INCLUSION DE SOCIOS Presentar ante la Dirección General de Cooperativas (DGCOOP), la siguiente documentación: 1. Carta de solicitud de Inclusión de Nuevos Socios, la misma que debe ser dirigida al Director General de Cooperativas. 2. Acta de Asamblea de Socios, señalando en el orden del día la inclusión de nuevos socios a la Cooperativa. 3. Cuadro de Filiación de Nuevos Socios, de acuerdo a Modelo elaborado por la Dirección General de Cooperativas, consignando datos personales y generales de ley (C. I., estado civil, etc.). 4. Cuadro de Fondo Social de los Nuevos Socios, de acuerdo a Modelo elaborado por la Dirección General de Cooperativas, (Valor del Certificado de Aportación, Valor Pagado, Valor por Pagar, Firmas). 5. Certificado del Tesorero, que acredite la tenencia del Fondo Social, con el Visto Bueno del Presidente del Consejo de Administración y Presidente del Consejo de Vigilancia. 6. Si la Inclusión es por transferencia adjuntar documento aprobado por la Asamblea. Si es por fallecimiento adjuntar Declaratoria Judicial de Herederos. 7. Con el informe favorable de la Unidad Jurídica, se emitirá la orden de pago de Certificados de Aportación y Carnets de Socios. NOTA.- Todos los documentos presentados deben encontrarse firmados por los presidentes de los consejos de Administración, Vigilancia y Tesorero. Excepcionalmente para Cooperativas del Área Rural donde no exista Tribunal Judicial y no pueda presentarse la Declaratoria Judicial de Herederos, se aceptará una carta suscrita por los herederos en el cual nombren un representante para ocupar la condición del Socio Fallecido, la misma que deberá contar con el visto bueno de la Cooperativa. 3. EXCLUSION DE SOCIOS (*). Para Excluir a un socio, se debe presentar ante la Dirección General de Cooperativas (DGCOOP), la siguiente documentación: 1. Solicitud de Exclusión de socio (s) dirigida al Director General de Cooperativas. 2. Proceso Sumario Interno elaborado por la comisión correspondiente, que deberá contar: la apertura del proceso sumario, tres notificaciones y el correspondiente informe 3. Informe de la comisión sumariante. 4. Notificación al(os) procesado(s) por lo menos con 5 días antes de la Asamblea de Socios para que puedan asumir defensa, en respeto al Derecho Constitucional de la legítima defensa. 5. Acta de Asamblea de Exclusión, que deberá ser aprobada por 2/3 de votos, adjuntando constancia de notificación a la parte interesada con la Resolución que hubiera emitido la Asamblea, en el marco de la Ley General de sociedades Cooperativas y su Estatuto.
6 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 6 6. En caso de renuncia voluntaria, la Cooperativa deberá presentar el documento que acredite la misma conforme al estatuto de la Cooperativa. 4. RECONOCIMIENTO DE DIRECTORIO Para proceder al reconocimiento de un nuevo Directorio Consejo de Administración y de Vigilancia se debe presentar los siguientes documentos: 1. Carta de Solicitud de Reconocimiento de Directorio, que deberá ser dirigida al Director General de Cooperativas firmada por el Presidente electo del Consejo de administración. 2. Acta de Asamblea de Elección de Nuevo Directorio, cuya estructura deberá adecuarse a lo establecido en el Estatuto de la Cooperativa y si correspondiere deberá estar firmado por los miembros del Comité Electoral. 3. Acta de Posesión por funcionario designado por la Dirección General de Cooperativas, su organización matriz o su federación. Para las Cooperativas que se encuentre en el área rural, se acepta excepcionalmente la posesión por un Notario de Fe Publica, Director Regional del Trabajo o cualquier Autoridad Política o Administrativa. 4. Con el informe favorable de la Unidad Jurídica, emitirá la orden de pago de Credenciales para cada uno de los Consejeros. 5. Resolución Administrativa reconociendo la vigencia del nuevo directorio. 5. CAMBIO DE DENOMINACION Para proceder al cambio de Denominación de una Sociedad Cooperativa deberán presentar los siguientes documentos: 1. Carta de Solicitud dirigida al Director General de Cooperativas, señalando los motivos del cambio. 2. Acta de Asamblea convocada al efecto, la misma que deberá ser aprobada por conforme establece los estatutos de la Cooperativa. 3. Comprobante de Difusión y Publicidad del cambio de Denominación en medios de prensa escrita u oral a efectos de oposición. Para Cooperativas de Zonas Rurales se aceptaran alternativamente otros medios que aseguren su difusión, de acuerdo a los usos y costumbres del lugar. 4. Presentación del estatuto modificado en lo pertinente y aprobado en la misma Asamblea sin ninguna otra modificación que no sea aquella que requiera para este fin. 5. Visto Bueno de su Federación correspondiente.
7 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 7 6. CAMBIO DE OBJETO SOCIAL Para proceder al cambio de Objeto Social de una Sociedad Cooperativa ya constituida, deberán presentar los siguientes documentos: 1. Carta de Solicitud dirigida al Director General de Cooperativas, señalando los motivos del cambio. 2. El Cambio del Objeto de la Cooperativa deberá estar sustentada y justificada por un Estudio de viabilidad económica y social que demuestre el cambio sustancial. Antes de su tratamiento esta propuesta deberá ser socializada entre los socios para el consiguiente tratamiento en Asamblea Extraordinaria convocada para este único fin. 3. La convocatoria a la Asamblea de Socios, que deberá ser difundida en medios de prensa escrita y oral a efectos de oposición. Para Cooperativas de zonas Rurales se aceptaran alternativamente otros medios que aseguren su difusión, de acuerdo a los usos y costumbres del lugar. 4. Acta de Asamblea que apruebe el cambio de Objeto la misma que deberá ser aprobada conforme al estatuto de la Cooperativa.. 5. Presentación del estatuto modificado en lo pertinente y aprobado en la misma Asamblea sin ninguna otra modificación que no sea aquella que requiera para este fin. 6. Visto Bueno de su Federación. 7. CAMBIO DE DOMICILIO El cambio de Domicilio de una Sociedad Cooperativa deberá ser en la misma región, resguardando las limitaciones que los sectores cooperativas se hallan sujetos a disposiciones legales específicas y deberá presentarse los siguientes documentos: 7. Carta de Solicitud dirigida al Director General de Cooperativas, señalando los motivos del cambio. 8. La convocatoria a la Asamblea de Socios, que deberá ser difundida en medios de prensa escrita y oral a efectos de oposición. Para Cooperativas de zonas Rurales se aceptaran alternativamente otros medios que aseguren su difusión, de acuerdo a los usos y costumbres del lugar. 9. Acta de Asamblea que apruebe el cambio de Domicilio la misma que deberá ser aprobada conforme al estatuto de la Cooperativa Presentación del estatuto modificado en lo pertinente y aprobado en la misma Asamblea sin ninguna otra modificación. 11. Visto Bueno de su Federación
8 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites MODIFICACIÓN DE ESTATUTO Cuando las Sociedades Cooperativas estimen conveniente actualizar y/o Modificar su Estatuto Orgánico deberán presentar ante la Dirección General de Cooperativas inicialmente un Proyecto con exposición de motivos de aquellas partes que reforman, para su estudio y análisis pertinente. Cumplido este requerimiento deberán presentar los siguientes documentos: 1. Carta de Solicitud dirigida al Director General de Cooperativas. 2. Tres ejemplares del Estatuto Modificado 3. Convocatoria a Asamblea Extraordinaria, con visto bueno de su Federación. 4. Acta de Asamblea Extraordinaria de Aprobación, esta deberá ser aprobada por 2/3 de los socios convocados para este fin y de acuerdo a disposiciones internas y aprobada en dos instancias: en grande, en detalle y Aprobación de los textos modificados. Nota Importante.- Si este cambio de Estatuto se relaciona con uno de los requisitos para nombre, domicilio, objeto social u otro, el trámite deberá observar cada uno de los requisitos que éstos implican. La solicitud deberá especificar esta situación. 9. ADECUACION DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO CERRADAS AL D.S Memorial de solicitud de adecuación al D.S dirigido al Director General de Cooperativas. 2. Copia legalizada por el Notario de Fe Publica del Acta de Asamblea de Socios donde se decide operar como Cooperativa de Ahorro y Crédito en la modalidad que corresponda, así como adecuar su Personería Jurídica como la de Responsabilidad Limitada, Nombre o Denominación, Sigla, Domicilio Legal, etc. 3. Presentar Impreso y en medio magnético, el cuadro de la Nomina de Filiación de Socios Activos y Pasivos. 4. Presentar Impreso y en medio magnético, el cuadro de la Nomina de Socios con Certificados de Aportación inicial y actuales revalorizados. Esta Información deberá ser llenada de acuerdo al formato diseñado para ese fin. 5. Estados Financieros y Memoria Anual de las últimas 5 gestiones. 6. Nominas del Consejo de Administración, Vigilancia, Comités de Crédito, Personal Administrativo, Auditoria Interna contratada con cargo, Formación Profesional, Número de Carnet, Duración de Gestión y Otros. 7. Proyecto del Nuevo Estatuto de acuerdo al D.S , el mismo debe ser aprobado en Asamblea Extraordinaria de Socios, de acuerdo al Modelo concensuado.
9 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites 9 8. Una carta indicando si compraran o Legalizaran los Certificados de Aportación, de acuerdo al D.S y el convenio suscrito con FEBOCAC. 9. Copia del memorial presentado a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras sobre el compromiso de devolución de recursos captados con cronograma o conversión a certificados obligatorios o voluntarios. En caso que la Cooperativa no hubiera captado Depósitos a Plazo Fijo señalar eso en una carta dirigida al Director General de Cooperativas. 10. Información actualizada de la Cooperativa para la ficha de Adecuación. 11. Información actualizada de la Cooperativa para la Tarjeta de Vigencia. 12. Certificado de afiliación a su Federación Departamental de Ahorro y Crédito. 13. De acuerdo a liquidación, depósito Bancario en la Cuenta de la Dirección General de Cooperativas. 10. CIERRE DE GESTIÓN DE COOPERATIVAS Y PRESENTACIÓN DE BALANCES Las fechas de Cierre de Gestión establecidas por el D.S. Nº según las Actividades de las Cooperativas, son las siguientes: 1. Cierre de Gestión de Cooperativas. Cooperativas Industriales y Artesanales 31 de Marzo. Cooperativas Agropecuarias, Agrícolas 30 de Junio. Cooperativas Mineras 30 de Septiembre. Cooperativas de Servicios y otras no contempladas en las fechas anteriores. 31 de Diciembre. Para dar cumplimiento al Artículo 46 y 47 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, todas las Cooperativas están obligadas a presentar Balances de Gestión dentro de los 120 días posteriores al cierre de acuerdo al siguiente detalle: 2. Estados Financieros. Balance General con sus Anexos. Estados de Pérdidas y Excedentes. Estado de Comprobación de Sumas y Saldos. Estado de Resultados Acumulados. Estado de Cambios en la Situación Financiera. Notas a los Estados Financieros. Los Estados Financieros deben estar firmados por: Presidente del Consejo de Administración. Presidente del Consejo de Vigilancia. Tesorero Un auditor o contador registrado en el respectivo colegio y en la DGC.
10 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites Memorias Anuales de los Consejos Directivos y Comités, con Información estadística de las actividades desarrolladas. 4. Acta de Asamblea donde fueron considerados y aprobados, los Estados Financieros y la Memorias de los Consejos. 11. APERTURA Y/O CIERRE DE LIBROS Para proceder a la apertura y/o cierre de libros de la Cooperativa interesada deberá presentar: Solicitud de Apertura de libros dirigida al Director General de Cooperativas. Nuevo Libro de Actas, para su apertura, además el libro viejo. Comprobante de Ingreso emitido por la Dirección General de Cooperativas por Bs. 50 (Caso Cooperativas Antiguas). En el caso de Cooperativas Nuevas el monto por este servicio viene incluido en la liquidación de Personalidad Jurídica. 12. REGISTRO DE CONSULTORAS DE CAPACITACION, FIRMAS AUDITORAS Y AUDITORES INDEPENDIENTES. Las Consultoras de Capacitación, Firmas Auditoras y Auditores Independientes interesados en inscribirse en este Registro deberán cumplir con la presentación de los siguientes documentos: 1. Solicitud de Inscripción o Actualización en Registro. 2. Hoja de Vida de la Consultora, de la Empresa o del Auditor Independiente. 3. Hoja de vida de cada uno de los profesionales que conforman la consultora o firma Auditora. 4. Certificado del Colegio de Auditores Departamental (Original y Actualizado) de la Firma Auditora y de cada profesional integrante de la firma, de la misma forma para el Auditor Independiente. 5. Certificado de Solvencia con el Fisco emitido por la Contraloría General de la Republica (Original y Actualizado) de la Consultora, Firma Consultora o del Profesional Independiente. 6. Titulo Académico de cada uno de los Profesionales que integran la Consultora, Firma Auditora, o del Profesional Independiente. 7. Titulo en Provisión Nacional de cada uno de los Profesionales que integran la Consultora, la Firma Auditora o del Profesional Independiente.
11 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites Numero de Identificación NIT de la Consultora, la Firma Auditora o del Profesional Individual. 9. Domicilio Legal de la Consultora, la Firma Auditora o del Auditor Independiente especificando: Teléfono(s) Fax. Casilla Correo 10. Comprobante de Ingreso por Bs (Firma Auditora), Bs (Auditor Independiente), Bs (si se trata de una Actualización). 13. FUSIÒN DE COOPERATIVAS 1. Memorial o Carta Solicitando la Fusión de las cooperativas y Revocatoria de la disuelta por fusión. 2. Balances y Estados Financieros especiales de cada una de las Cooperativas a Fusionarse. 3. Actas de Asambleas de cada una de las Cooperativas en la que conste la decisión de fusionarse por parte de los socios y la aprobación de los Balances a momento de fusionarse. 4. Nomina de Socios que se retiran de las Sociedades, con el importe de sus Certificados de aportación Actualizado. 5. Cuadro de Filiación de los Socios de la Cooperativa Fusionada. 6. Cuadro de Constitución de Fondo Social, donde el valor nominal del Certificado de Aportación será igual para todos los Socios. 7. Balance Fusionado, con todos sus estados de Cuentas. 8. Acta de aprobación de las Reformas al Estatuto o un Nuevo Estatuto. 9. Acta de la Elección y Posesión de los Consejos Directivos de las Cooperativas Fusionadas. 10. Visto bueno de la Federación. Nota.- En Cumplimiento de los dispuestos por el Artículo 140 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, para la Fusión de Cooperativas se aplicara análogamente las disposiciones del Reglamento 158 sobre Fusión de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de fecha 13 de Diciembre de 1998, en lo conducente y otras disposiciones conexas.
12 Dirección General de Cooperativas Guía de Trámites DISOLUCION VOLUNTARIA DE UNA COOPERATIVA 1. Carta de solicitud de Revocatoria de Personalidad Jurídica con copia a su Federación. 2. Acta Notariada de Asamblea que determine la liquidación y revocatoria, aprobada por 2/3 de los Socios de la misma. 3. Informe del Funcionario de la Dirección General de Cooperativas, previa verificación y análisis de los antecedentes y la documentación de la Cooperativa e inspección de la misma. 4. Conformación de una Comisión Liquidadora, la misma estará integrada de acuerdo a los Artículos 103 y 104 de la Ley General de Sociedades Cooperativas. 5. Informe Final de la Comisión Liquidadora elaborado por la Comisión Liquidadora una vez concluido todo el proceso, en base al cual se dictara Resolución de Revocatoria de la Personalidad Jurídica. 15. REVOCATORIA DE PERSONALIDAD JURÍDICA En aplicación de lo dispuesto por el Articulo 102 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, el Consejo Nacional de Cooperativas podrá revocar la Personalidad Jurídica de las Cooperativas en los casos expresamente previstos por Ley. Para proceder a esta revocatoria se necesitan los siguientes requisitos: 1. Denuncia de Irregularidades y/o solicitud de revocatoria, la cual debe estar acompañada de las correspondientes pruebas de cargo o con plena y absoluta especificación de los actos que vulneren las disposiciones Legales. 2. Informes Técnicos (Legal y Fiscalización) de la Dirección General de Cooperativas, previa verificación y análisis de los antecedentes, y la documentación de la Cooperativa e inspección de la misma en su domicilio Legal. 3. Resolución Administrativa de Liquidación, la Dirección General de Cooperativas mediante resolución administrativa, dispone la iniciación del proceso de liquidación y la Conformación de la Comisión Liquidadora, la misma que en coordinación con la Dirección General de Cooperativas, elabora el Balance Final de Liquidación para ser aprobado por la Asamblea General. 4. Informe Final de Distribución y Liquidación del patrimonio elaborado por la Comisión Liquidadora una vez concluido todo el proceso, con lo que se dictara Resolución de Revocatoria de la Personalidad Jurídica.
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