Principales aspectos legales en asignaciones internacionales de España a Chile. 26 de mayo de 2015
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- Amparo Herrero Calderón
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1 Principales aspectos legales en asignaciones internacionales de España a Chile 26 de mayo de 2015
2 Contenido 1. Introducción 2. Aspectos fiscales: Residencia fiscal Tributación Comparativa tributación Sistemas de protección fiscal 3. Aspectos laborales: Aspectos generales Legislación aplicable Jurisdicción competente 4. Aspectos en materia de Seguridad Social Principales aspectos Doble cotización y totalización de periodos 2015 Mercer Consulting S.L.U.
3 1. Introducción
4 Introducción Aspectos clave en Movilidad internacional. Seguridad jurídica y optimización de costes. Legislación aplicable? Mantenimiento de la residencia fiscal del Empleado en España para no perder beneficios fiscales? Existen otras alternativas más ventajosas? Residencia fiscal en destino? Incentivos fiscales aplicables en asignaciones internacionales susceptibles de reducir la tributación tanto en origen como en destino. Cabe una articulación eficiente de la compensación? Qué compañía paga el salario? Determinación de la asunción de la carga impositiva derivada del desplazamiento. Empleado o Compañía? Puede evitarse la duplicidad de costes de cotizaciones a la Seguridad Social? Mantenimiento del vínculo contractual con la Compañía de origen? Contratación local en destino? 2015 Mercer Consulting S.L.U. 19 May
5 2. Aspectos fiscales 2015 Mercer Consulting S.L.U.
6 Residencia fiscal Criterios aplicables en España La residencia fiscal es una cuestión de hecho que se determina en cada ejercicio de acuerdo con los criterios establecidos por cada país. Cuando un Empleado es desplazado en asignación internacional para trabajar a otro país, diversas legislaciones aplicables pueden entrar en juego. Criterios principales en la legislación española: Criterio de permanencia: más de 183 días, durante el año natural en territorio español. Criterio de intereses: núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, permanece de forma directa o indirecta en España. Presunción de residencia en España: en caso de residencia del cónyuge no separado y descendientes menores de edad dependientes. El criterio de la permanencia no prevalece sobre el criterio del centro de intereses Mercer Consulting S.L.U. 5
7 Residencia fiscal Excepción regla general Supuesto excepcional: cuarentena fiscal (Paraísos fiscales). No se pierde la condición de residente fiscal en España cuando se desplace a un país considerado como paraíso fiscal: Aun cuando acrediten la residencia (la Administración podrá exigir prueba de presencia física durante más de 183 días); Sólo para nacionales españoles; El año del traslado y los cuatro ejercicios siguientes. Estas reglas de residencia fiscal condicionan la tributación y el régimen fiscal aplicable. No obstante, la residencia puede ser objeto de una planificación adecuada Mercer Consulting S.L.U. 6
8 Residencia fiscal Criterios aplicables en Chile En Chile, el factor de conexión es el domicilio o residencia, no la nacionalidad, del contribuyente. El artículo 59 del Código Civil define domicilio: Residencia acompañada, real o presunta, del ánimo de permanecer en ella El domicilio requiere la concurrencia de dos elementos: Elemento objetivo: Residencia Elemento subjetivo: Ánimo El artículo 8 del Código Tributario determina qué debe entenderse por residente: Toda persona natural que permanezca en Chile, más de seis meses en un año calendario, o más de seis meses en total, dentro de dos años tributarios consecutivos. Sin perjuicio de lo anterior, es posible que el Servicio de Impuestos Internos califique a una determinada persona como residente o domiciliado en Chile, con anterioridad al cumplimiento de los plazos señalados Mercer Consulting S.L.U. 7
9 Residencia fiscal Acreditación CERTIFICADO DE RESIDENCIA FISCAL: Obtención del certificado obligación del contribuyente. Emisión autoridades tributarias del país de destino SII. La Agencia Tributaria requiere que el certificado contenga mención expresa a que la persona se encuentra sujeta a tributación por sus rentas mundiales. Si existe CDI, se exige que el certificado especifique que se trata de un contribuyente en los términos del Convenio. Importancia del CDI para las empresas retenedoras Mercer Consulting S.L.U.
10 Tributación Importancia de la determinación de la residencia fiscal Tributación en función de la residencia fiscal: residente fiscal: tributa por toda su renta mundial en el país de residencia, aunque haya sido obtenida en otros países. no residente fiscal: está sujeto a tributación únicamente por los rendimientos obtenidos en el país de la fuente. Especial atención a los Convenios suscritos para evitar la doble imposición internacional. Los criterios establecidos en cada Convenio aplicable a efectos de delimitar la residencia fiscal de un individuo guardarán primacía sobre los previstos en cada legislación interna aplicable. La residencia fiscal de un individuo supone el punto de partida que determina la tributación que corresponde en cada país, en función de su legislación interna Mercer Consulting S.L.U. 9
11 Tributación Principales incentivos aplicables en materia de asignaciones internacionales previstos en la normativa española. Exención trabajos realizados en el extranjero: Límite Régimen de Excesos: no hay límite legal. Dietas por desplazamiento al extranjero, gastos de traslado, etc. Regímenes especiales para expatriados: tributación al 24%. Los incentivos fiscales señalados permiten optimizar la retribución satisfecha por la Compañía y percibida por el Empleado, reduciendo la carga impositiva sobre la misma. Por tanto, sin necesidad de asumir mayores costes, la empresa retribuye de una forma fiscalmente más eficiente al Empleado, aumentando el salario neto a percibir por el mismo Mercer Consulting S.L.U. 10
12 Tributación Particularidades legislación tributaria chilena El extranjero que constituya domicilio o residencia en Chile sólo queda afecto a los impuestos que gravan las rentas obtenidas de fuentes chilenas durante los tres primeros años contados desde su ingreso en territorio chileno. Impuesto de Segunda Categoría Resulta fundamental la coordinación de sendas legislaciones tributarias de cara a una correcta planificación fiscal de cada asignación internacional Mercer Consulting S.L.U. 11
13 Comparativa tributación España vs Chile ESPAÑA CHILE Salario bruto Impuestos (+) Impuestos (+) Porcentaje Seguridad Social Seguridad Social Porcentaje ,74% ,98% ,44% ,52% ,74% ,02% ,92% ,92% ,54% ,51% ,02% ,01% * Los cálculos han sido realizados asumiendo que en todos los casos el empleado está casado con dos hijos y existe obligación de cotizar a la Seguridad Social en cada respectivo Estado Mercer Consulting S.L.U. 12
14 Sistemas de protección fiscal Elección de un sistema Los diferentes sistemas de protección en el ámbito fiscal al empleado pueden resumirse así: Sistema Laissez faire : la empresa no otorga ningún tipo de protección fiscal al empleado. Sistemade Protección fiscal : la compañía les reembolsará el importe equivalente al exceso de impuestos que haya soportado en el país de destino respecto al país de origen. En países donde la fiscalidad es inferior, el beneficiado es el empleado. Sistemade Ecualización fiscal : el coste tributario del empleado será equivalente al que hubiera soportado en el caso de permanecer en el país de origen, sin verse ni favorecido ni perjudicado desde el punto de vista fiscal, a causa del desplazamiento internacional. En países donde la fiscalidad en inferior, el beneficiado es la empresa. Sistema de netos: en ese sistema el empleado no asume impuestos, siendo la empresa la que los soporta en su totalidad. Elección y definición de un sistema = planificación de costes y gestión eficaz de la asignación 2015 Mercer Consulting S.L.U. 13
15 3. Aspectos laborales 2015 Mercer Consulting S.L.U.
16 Laboral Aspectos generales 1. Mantenimiento de la relación laboral en origen: Habitual en los desplazamientos temporales; Carta de desplazamiento con regulación de las condiciones; Fijación de la temporalidad del desplazamiento; Mantenimiento de la cotización a la Seguridad Social en origen. 2. Suspensión o extinción de la relación laboral: Baja del empleado en la Compañía; Nuevo contrato y condiciones en destino; Cotización en destino; Pacto de suspensión de la relación laboral en origen con establecimiento de las condiciones de regreso. 3. Doble vínculo contractual: Contrato laboral en origen y nuevo contrato en destino; Cotización en origen y destino; Determinación de la legislación y jurisdicción aplicable Mercer Consulting S.L.U. 15
17 Laboral Legislación aplicable 1. Mantenimiento de la relación laboral en origen. Legislación del país de origen: La legislación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los trabajadores españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero (art. 1.4 ET). 2. Suspensión o extinción de la relación laboral: Legislación del país de destino. 3. Doble vínculo contractual: Cada contrato está sometido a la legislación laboral del país correspondiente Mercer Consulting S.L.U. 16
18 Laboral Jurisdicción competente Desplazamientos fuera de la UE Competencia de los Tribunales españoles (art. 25 LOPJ): Contrato celebrado en España; Demandado tenga su domicilio en territorio español; Trabajador y empresario de nacionalidad española, cualquiera que sea el lugar de prestación de los servicios o de celebración del contrato Mercer Consulting S.L.U. 17
19 4. Aspectos en materia de Seguridad Social 2015 Mercer Consulting S.L.U.
20 Seguridad Social Principales aspectos Convenio de Seguridad Social entre España y Chile de 28 de enero de 1997 Norma General Los trabajadores desplazados están sometidos a la legislación de Seguridad Social del país en cuyo territorio están ejerciendo su actividad laboral. Excepción Si se trata de un traslado temporal pueden mantener la legislación española de Seguridad Social Mercer Consulting S.L.U. 19
21 Seguridad Social Doble cotización y totalización de períodos Prohibición de doble cotización por la misma actividad: TSJ Madrid núm. 85/2012; TSJ de Navarra núm. 240/2010. Para la totalización de períodos solo se tienen en cuenta los períodos obligatorios, cotizaciones mediante CESS no computables para períodos superpuestos: TSJ Galicia de 27/03/2002; TSJ Galicia núm. 370/2010; TSJ Galicia núm. 2660/ Mercer Consulting S.L.U. 20
22 Muchas gracias por su atención 2015 Mercer Consulting S.L.U. 21
23 Reg. Mercantil de Madrid, Tomo , Folio 131, Sec. 8, Hoja M NIF: B Reg. Esp. De Corredores de Seguros, clave J Contratados los seguros de RC y Caución.
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