SOCIEDAD ESTATAL DE LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO C/Capitán Haya 53 MADRID. Att. Dña. Inmaculada García Presidenta de SELAE.
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- María Jesús Hernández Vidal
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1 SOCIEDAD ESTATAL DE LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO C/Capitán Haya 53 MADRID Att. Dña. Inmaculada García Presidenta de SELAE. Madrid, 23 de junio de 2014 Estimada Presidenta: El pasado 16 de junio SELAE ha comunicado a través de una carta firmada por el D. Juan Antonio López Martínez (Subdirector de Juegos) y notificada a toda la red de ventas a través de la web estila, en la que se nos comunica que los números abonados no son susceptibles de devolución, instándonos a formalizar voluntariamente la renuncia de los mismos y amenazando con realizarla a juicio del Servicio de Distribución y Ventas, en el caso de superar la devolución el 15% de la consigna percibida por tal concepto. Le recordamos Sra. García, que la Ley 13/2011 de 27 de mayo de Regulación del Juego, en su Disposición Derogatoria, concretamente en el punto 3, cita expresamente la derogación de la Ley del 17 de Julio de 1956, Instrucción General de Loterías, así como otros Reales Decretos, Órdenes, Disposiciones, etc., que, hasta esa fecha, venían regulando la actividad de comercialización de los Juegos del Estado. Es precisamente en la Instrucción General de Loterías del año 1956 donde se contemplaba el marco de consignación, venta y devolución de los números abonados. Por lo que consideramos que la carta de referencia vulnera explícita y arrogantemente el marco jurídico, pretendiendo imponer un criterio unilateral que no está contemplado en la relación contractual que vincula a SELAE y a la Red Integral de ventas. No obstante, PIDAL ha sido siempre una Asociación abierta al diálogo y al consenso entre las partes, buscando un entendimiento que consideramos básico para poder desarrollar nuestro trabajo y facilitar con ello una mayor y mejor presencia de SELAE en el mundo del juego.
2 Por ello y con el fin de mejorar nuestra colaboración, deseamos ponerle de manifiesto nuestra total disconformidad con esta decisión, cuyo planteamiento es el que seguidamente exponemos. PRIMERO.- La disposición Trigésimo Cuarta sobre comercialización de los juegos que gestiona SELAE, incluida en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, indica: Uno. Con efectos de 1 de enero de 2010 y vigencia indefinida, se dispone: 1. La Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado comercializa sus productos directamente, o mediante los puntos de venta y Delegaciones Comerciales que conforman su red comercial externa los cuales, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, con respecto a los principios de publicidad y concurrencia, estarán sometidos en su selección, contratación, extinción y régimen jurídico, así como en su vinculación con la mencionada entidad, al Derecho Privado, de conformidad con la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y la Instrucción de Contratación de la entidad. Las modificaciones contempladas en el párrafo anterior habrán de asegurar el respeto a los derechos adquiridos de los titulares de los puntos de venta y delegaciones. 2. Los actuales titulares de los puntos de venta y Delegaciones Comerciales de Loterías y Apuestas del Estado que formen parte de la red comercial externa, podrán optar, en el plazo de dos años, al nuevo régimen previsto en el punto 1 de este apartado o mantener, respecto a su vinculación con la entidad pública empresarial, la naturaleza y régimen jurídico actual hasta el fallecimiento, jubilación, renuncia o cese del titular. 3. Los juegos y apuestas que gestiona la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado se comercializarán, en las condiciones que la misma establezca con sujeción a las normas de derecho privado. A dicho efecto establecerá, según proceda, mediante resolución o contrato, cualquier aspecto de carácter material o formal, técnico o procedimental, relativo a la organización, explotación, diseño, soporte, tecnología y comercialización de los juegos. Los números abonados de Lotería Nacional constituyen desde prácticamente el inicio del juego uno de los derechos adquiridos más antiguos y tradicionales, tanto desde el punto de vista de las Administraciones de Lotería que los gestionan, como de los usuarios finales que los juegan. Por todos es conocido que hay familias y clientes (tanto de los sorteos semanales como de los especiales de Navidad y Niño) que llevan años jugando los mismos números, pasándose de padres a hijos y respetando los diferentes cambios de titularidad de los negocios de hostelería, empresas o grupos de amigos, que a lo largo del tiempo conservan la costumbre de jugar a los números abonados. Y no sólo forman parte desde siempre de los derechos adquiridos por los puntos de venta, sino que en ningún apartado del Contrato Mercantil se menciona tal castigo (pues así es como lo percibimos) cuyo texto fue publicado en el mes de Julio de Más bien al contrario, en el apartado (p) Manual del punto 3.1. Obligaciones relativas al acondicionamiento del Punto de Venta se indica: 2
3 El Manual no podrá menoscabar los derechos recogidos en el presente Contrato ni suponer una modificación de las obligaciones contenidas en el mismo que contravengan su objeto y elementos esenciales. Pues bien, ni siquiera estamos ante una posible modificación del Manual (cuyo procedimiento sería complejo y desde luego diferente) que su momento se anexó al contrato; más bien ante una circular que de forma coercitiva pretende menoscabar uno de los principales derechos de las Administraciones de Lotería protegidos por los pactos sometidos a la regulación del Derecho Civil y no al injustificado capricho de una de las partes, originando un claro menoscabo económico a la otra parte contratante. Igualmente, el susodicho contrato recoge en el apartado Comercialización fuera del Local autorizado, lo siguiente: el Gestor podrá comercializar los Billetes Tradicionales de Lotería Nacional a través de terceros bajo su exclusiva responsabilidad, sin que ello implique la apertura de un nuevo punto de venta, y de acuerdo con los usos y costumbres tradicionalmente admitidas. Nos reiteramos en lo anteriormente expuesto. Insistimos en que uno de los canales más importantes de venta es precisamente el depositar los billetes de Lotería Nacional en distintos establecimientos, muchas veces pueblos que no tendrían acceso a su adquisición, y que la tradición de estos clientes es la de jugar un número fijo todas las semanas o en los sorteos especiales de Navidad y Niño. SEGUNDO.- Sufrimos en nuestras propias carnes la crisis económica que desde hace años azota a nuestro país. La bajada en ventas ha sido más acusada en nuestro sector tradicional del décimo debido a los siguientes motivos: La implantación de la retención del 20% a premios superiores a Muchos de nuestros clientes se han enfadado por lo que consideran un abuso por parte de la Administración y ello ha conllevado que han dejado de jugar. Clientes cuya recuperación será compleja, por no decir imposible. La subida de impuestos, en especial el IRPF, que ha hecho que la población disponga de mucho menos dinero en el bolsillo para destinarlo al consumo y especialmente al juego. El cierre de empresas, bares, restaurantes y demás establecimientos por imposibilidad de mantenerlos. Aparejando, con ello, el cese de venta de Lotería Nacional. El alto nivel de paro, desilusión e inviabilidad económica de muchos clientes que, si hace dos años jugaban cinco décimos, ahora se llevan uno y muchas veces ninguno en el caso de los sorteos especiales. 3
4 La competencia que ha supuestos para las Administraciones de Lotería el que los establecimientos de la Red Mixta puedan ofrecer también el mismo producto a través del ticket dispensado por el STL. Los números abonados afectan especialmente a las ventas en los sorteos de los jueves y sábados. Es un goteo de clientes que acuden a la Administración a por su décimo y además de sellar sus juegos activos, provocan un mínimo de venta en firme, imprescindible para el mantenimiento económico de la Red Integral. VENTAS LOTERÍA NACIONAL SORTEOS SEMANALES IMPORTE EN EUROS PORCENTAJES , ,00-3,41% ,00 4,36% ,00-4,90% La bajada en números absolutos de los sorteos semanales ha supuesto más de euros en los últimos años. Y las perspectivas tanto del 2013, cuya memoria todavía no ha sido publicada, como las del actual 2014, son todavía mucho más lamentables. Seguramente desde SELAE conocen casos concretos de verdadera penuria, en la que los profesionales aguantan como pueden las 54 semanas del año, previendo equilibrar su facturación con Navidad y Niño. Si a este colectivo se les retira parte de su consignación abonada, su situación se verá del todo insostenible. Como hemos indicado anteriormente, muchos de los números abonados se depositan en bares y otros negocios; normalmente la recogida se realiza entre el viernes y el sábado de cada semana. La devolución de los décimos no vendidos por parte de estos clientes es imposible reconducirla por ventanilla, puesto que supone, en muchos casos, el 50% de lo depositado. Y no es por mala gestión. Sino que simplemente no ha tocado el reintegro, ni la pedrea y en muchos casos, ni siquiera el cliente se ha pasado por el establecimiento para consumir una cerveza porque su economía no se lo permite. Las Administraciones de Lotería debemos de procurar suficiente papel para cubrir las necesidades de nuestros clientes. Pero las devoluciones a menos de 24 horas del sorteo son tan voluminosas, que no nos queda más remedio que anular los billetes. Ojalá esto no sucediese así, como en la época tan añorada de las vacas gordas. Pero es una realidad que nos afecta a todos y SELAE tiene el deber moral de apoyar a su Red Integral, permitiendo la subsistencia precaria del colectivo en situaciones tan difíciles como las que estamos atravesando. 4
5 TERCERO.- No será por falta de ilusión e imaginación por nuestra parte. SELAE ha reducido drásticamente su inversión en los carteles y publicidad para nuestros establecimientos. Muchos administradores compartimos a través de las redes sociales ideas para poder adaptarlas a nuestros escaparates. Esta imagen es fiel reflejo de lo que ocurre puertas afuera de Capitán Haya. Consideramos que este abandono en publicidad y marketing a la Red Básica, así como la escasa calidad de las campañas por parte de SELAE, tiene también una responsabilidad en la bajada espectacular de las ventas. El buen paño en el arca no se vende, es una de las máximas en el estudio de campañas de publicidad. Saquemos nuestro producto estrella a la calle: los números abonados. CUARTO.- En nuestra lucha diaria por captar nuevos clientes que sustituyan a las bajas de números abonados, son éstos precisamente la única arma que tenemos de fidelización. Para la Red Integral ha sido un duro golpe el que la Red Mixta pueda comercializar el mismo producto, Lotería Nacional, y cada año con más ventajas. Nunca nos hemos opuesto al cambio que suponen los avances en las nuevas tecnologías; es más, consideramos que la venta por ticket es un avance positivo y se puede mejorar notablemente. Pero ello no obsta para que nos percatemos que al quedar números abonados libres, muchos de los compañeros de la red mixta se aprovecharán fácilmente para sustituirnos en la labor de venta en la que durante tantos años hemos invertido tiempo, esfuerzo y dinero. 5
6 El manejo de números abonados en papel es mucho más complejo que pulsar una tecla. Exige dedicación e inversión y eso se traduce en muchos puestos de trabajo en nuestras Administraciones, puesto que su manipulación es compleja. Es mucho más sencillo imprimir un ticket. Más cómodo, económico y sin riesgo. Sin costes adicionales como los avales, cajas fuertes, seguros o errores involuntarios en su clasificación y puesta a disposición del cliente. Por ello, consideramos que lo que la comunicación del Subdirector de Juegos pretende favorecer a una parte de la Red Comercial, en clara descompensación económica de la Red Integral. Podremos deducir el 15% de los sueldos de nuestros empleados? Podremos proponer un descuento en la factura de la red eléctrica o telefónica a nuestros Operadores? Nos rebajarán el 15% de las tasas y arbitrios? El Ministerio del ramo nos permitirá un reducción del 15% de nuestra Base Imponible en el impuesto afecto a la actividad? Insistimos en que estamos abiertos al diálogo sobre este asunto y demás que afecten a nuestra profesión y empresas, como siempre hemos hecho desde PIDAL. Y por todo lo anteriormente expuesto solicitamos retracte a su Director de Juegos de la comunicación de su Subdirector sobre su comunicación de fecha 16 de junio, dejándola sin efecto. Sin más, quedamos a su disposición para cualquier consulta que desee realizar, así como nos reservamos los derechos de actuar conforme la legislación vigente nos ampara, con el fin de no sentar precedente alguno en la forma de actuación unilateral de la empresa que tan dignamente preside. Reciba un cordial saludo, Paloma de Marco Presidenta de PIDAL Plataforma Independiente de Administradores de Lotería. Puerta del Sol 12, Ad. Nº 10, Madrid Teléfonos presidenta@pidal.org 6
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