Conoce el Plan de Igualdad de ENDESA Ser mayoría da resultados

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1 IGUALDAD Y CONCILIACIÓN Conoce el Plan de Igualdad de ENDESA Ser mayoría da resultados

2 Objetivos 1. Implantar efectivamente el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en Endesa eliminando cualquier discriminación por razón de género: Garantizando la utilización de un lenguaje neutro y no sexista Dando preferencia tanto en la contratación externa como en los procesos internos de cobertura de vacantes a las personas del género menos representado, siempre en los supuestos de igualdad de condiciones de idoneidad, mérito y capacidad. Facilitando la promoción de mujeres a puestos de trabajo que impliquen mando o responsabilidad Concienciando a la plantilla en general y al equipo directivo en particular en materia de igualdad y conciliación Promoviendo acciones formativas para facilitar la promoción de las mujeres Tu garantía, nuestro compromiso

3 Objetivos 2. Contribuir a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral: Medidas de flexibilidad horaria Cambios de régimen de jornada, para hacer compatible el trabajo con las responsabilidades derivadas de la maternidad, la lactancia o el cuidado de menores o discapacitados Favorecer el cumplimiento de las jornadas y horarios establecidos Iniciar la implantación del teletrabajo Medidas que eviten los desplazamientos innecesarios fuera del centro de trabajo habitual Reducciones de jornada por guarda legal, cuidado de familiares y realización de estudios oficiales Excedencias para la atención del cuidado de hijos y familiares Establecer los supuestos en que procede la concesión de permisos y licencias retribuidas y no retribuidas UGT, la mayoría sindical que te interesa

4 Objetivos 3. La protección de víctimas de violencia de género 4. El establecimiento de medidas especiales para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo así como la elaboración de un protocolo de actuación para la prevención y erradicación de estas conductas Ser mayoría da resultados

5 Medidas específicas TENDENTES A FAVORECER LA IGUALDAD DE TRATO Y DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES RELATIVAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL Y FAMILIAR CON LA VIDA LABORAL ESPECÍFICAS PARA LA PROTECCIÓN DEL EMBARAZO Y LA MATERNIDAD ESPECIALES PARA LA PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO ESPECIALES PARA LA PREVENCIÓN DEL ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO Tu garantía, nuestro compromiso

6 La Comisión de Igualdad Es una la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad contemplada en el III Convenio Marco. Está compuesta por 7 miembros de la Dirección de la Empresa y 7 representantes de los Sindicatos firmantes. La mayoría sindical de UGT con 4 representantes velará por el desarrollo del Plan Se reúne de forma ordinaria dos veces al año. Podrá contar con el asesoramiento de personas externas especialmente cualificadas en las materias objeto de regulación Serán sus funciones: a) Seguimiento de los indicadores, tanto cualitativos como cuantitativos, y de las actuaciones que en materia de igualdad se proponen en el Plan de Igualdad b) Análisis de mejoras prácticas existentes en materia de igualdad de trato y de oportunidades, proponiendo, en su caso, la adopción de aquellas que se consideren convenientes o la sustitución de las propuestas por otras que se consideren más efectivas para el cumplimiento de los objetivos previstos c) Anualmente presentará un informe de evaluación que reflejará el grado de consecución de los objetivos establecidos y el de aplicación de cada una de las medidas propuestas. Ser mayoría da resultados

7 Igualdad de trato y oportunidades Selección y promoción profesional Garantizar la inexistencia de requisitos relacionados con el sexo en las ofertas de empleo o publicación de vacantes Promover acciones para que el porcentaje de mujeres contratadas sea acorde con la oferta femenina existente en el mercado Facilitar la incorporación de las mujeres en puestos de trabajo en los que se encuentren subrepresentadas: en los supuestos de igualdad de condiciones de idoneidad, mérito y capacidad, tendrán preferencia en el grupo profesional de que se trate Posibilitar la participación de trabajadores y trabajadores en situación de excedencia o reducción de jornada por motivos familiares o maternidad, en los procesos de cobertura de vacantes Facilitar la incorporación de las mujeres a puestos de decisión y con mayores cuotas de responsabilidad Tu garantía, nuestro compromiso

8 Igualdad de trato y oportunidades Formación Acceso a la formación para trabajadores y trabajadores en excedencia o reducción de jornada por motivos familiares, maternidad o violencia de género, siempre que sea adecuado para su futuro desarrollo profesional o desempeño de su trabajo Desarrollo de programas formativos en habilidades y competencias directivas o de mando para las trabajadoras de Endesa Formación en materia de igualdad y violencia de género para el equipo directivo y mandos Formar a las trabajadoras para acceder a puestos de trabajo con escasa presencia femenina UGT, la mayoría sindical en Endesa

9 Igualdad de trato y oportunidades Prevención del acoso sexual y por razón de género Realización de campañas informativas y de sensibilización, realización de jornadas, distribución de material divulgativo sobre el acoso Elaboración de un código de buenas prácticas Tratamiento reservado de denuncias de acoso sexual o por razón de género Tu garantía, nuestro compromiso

10 Igualdad de trato y oportunidades Información, comunicación y sensibilización Especial cuidado en la utilización de un lenguaje neutro y no sexista en todas las comunicaciones e informaciones de la empresa Realización de actos de sensibilización e información, como cursos y jornadas tendentes a lograr un cambio de mentalidad en el conjunto de la plantilla y a poner fin a estereotipos e ideas que puedan dificultar la plena operatividad del principio de igualdad de trato y de oportunidades Tu garantía, nuestro compromiso

11 Ser mayoría da resultados IGUALDAD Y CONCILIACIÓN

12 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Flexibilidad horaria Con horario continuado, mixto o partido se tendrá derecho a solicitar flexibilización de la jornada, mediante el retraso en la entrada o el adelanto en la salida de 1 hora diaria. Esta hora es adicional a la flexibilidad a la que se tenga derecho en virtud del horario que resulte de aplicación en el momento de entrada en vigor de este acuerdo El trabajador o trabajadora lo podrá solicitar a la empresa y en caso de discrepancias se analizará en el seno de la Comisión de Igualdad El tiempo de flexibilidad se recuperará bajo alguna de las 3 siguientes modalidades: Mediante retraso de la hora de finalización de jornada diaria en la misma medida que se retrase la entrada, o, en su caso, y siempre que sea posible, anticipando la hora de entrada en la misma medida que se adelante la salida Mediante recuperación en el período o períodos del año natural en curso que se acuerden, sin que exceda de 2 horas diarias Recuperando en el año natural correspondiente, a requerimiento de la Dirección y mediando preaviso mínimo de 48 horas de antelación. No excederá de dos horas diarias. La modalidad de recuperación que se fije se podrá modificar posteriormente mediante acuerdo entre las partes UGT, la mayoría sindical en Endesa

13 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Cambio temporal de jornada Se podrá cambiar temporalmente la jornada mixta o partida a continuada, con el solo y único requisito de la solicitud del interesado, en los siguientes casos: Progenitores con hijos menores de 3 años Trabajadores encargados del cuidado personal y directo de ascendientes y descendientes hasta el 1º grado de consanguinidad o afinidad siempre que éstos tengan la consideración de dependencia severa o gran dependencia otorgada por la Administración Autonómica Víctimas de violencia de género NO TENDRÁ REPERCUSIÓN ALGUNA EN LAS RETRIBUCIONES, y finalizada la situación que origina el derecho se retornará al horario anterior o al que convencionalmente proceda Tu garantía, nuestro compromiso

14 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Cambio temporal de jornada También se podrá cambiar temporalmente la jornada mixta o partida a continuada en los siguientes supuestos: 1) Guarda legal de menores de 10 años, o en su caso, mayor de 10 años y menor de 18 años que tenga reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial 2) Guarda legal de mayores de 18 años con discapacidad física, psíquica o sensorial, siempre que éste no desempeñe actividad retribuida por la que perciba una prestación superior a 2 veces el salario mínimo interprofesional 3) Cuidado directo de cónyuge, pareja de hecho o familiar, hasta el 1º grado de consanguinidad o afinidad, que por razón de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe una actividad retribuida por la que perciba una prestación superior a 2 veces el salario mínimo interprofesional 4) Víctimas de violencia de género durante el período de tiempo que permanezca vigente la orden judicial de protección a favor de la víctima En los tres primeros supuestos el trabajador o trabajadora solicitante deberá acreditar que se encarga de manera directa y personal del cuidado del menor o de la persona cuya atención origina la solicitud Ser mayoría da resultados

15 Reducción de jornada El personal de plantilla podrá acogerse a una reducción de jornada con disminución proporcional del salario en las siguientes situaciones: Guarda legal de menores de 10 años o cuidado de discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales que no desempeñen actividad retribuida por la que perciban prestación superior a 2 veces el salario mínimo interprofesional Cuidado directo de cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y que no desempeñen actividad retribuida por la que perciban prestación superior a 2 veces el salario mínimo interprofesional A quien realice estudios para la obtención de un título académico o profesional de carácter oficial, acreditando un rendimiento académico superando, al menos, anualmente, 1/3 de los créditos que integran el currículo de cada curso académico. Víctimas de violencia de género Conciliación de la vida familiar, personal y laboral No podrá ser inferior a 1 hora ni superior a la mitad de la duración de la jornada diaria La reducción proporcional del salario no afectará a la aportación empresarial al plan de pensiones, ni a los beneficios sociales, ni a las cuantías para anticipos y créditos para vivienda UGT, la mayoría sindical que te interesa

16 El personal de plantilla tendrá derecho a: Excedencias Un período de excedencia no superior a 3 años para atender al cuidado de cada hijo, ya sea por naturaleza, por adopción o acogimiento. Habrá reserva de puesto de trabajo durante los primeros 18 meses y transcurrido este plazo la reserva será para un puesto de trabajo de su mismo grupo profesional, en el mismo centro de trabajo, y de no ser posible, en el mismo ámbito territorial Un período de excedencia no superior a 3 años para atender al cuidado de cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y que no desempeñen actividad retribuida por la que perciban prestación superior a 2 veces el salario mínimo interprofesional. Habrá reserva de puesto de trabajo durante los primeros 18 meses y transcurrido este plazo la reserva será para un puesto de trabajo de su mismo grupo profesional, en el mismo centro de trabajo, y de no ser posible, en el mismo ámbito territorial Se podrán disfrutar de forma contínua o fraccionada siempre que los períodos de fraccionamiento no sean inferiores a 3 meses. Se mantiene el derecho al suministro de energía eléctrica Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Tu garantía, nuestro compromiso

17 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Licencias retribuidas a) 15 días naturales por matrimonio o inscripción en el registro oficial por parejas de hecho b) 5 días naturales en caso de nacimiento, adopción o acogimiento de hijo c) 5 días naturales en los supuestos de enfermedad grave del cónyuge o de parientes hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad. Se podrá disfrutar de forma fraccionada y el número de horas disfrutadas cada día no podrá ser inferior a 2 horas d) 2 días en caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta 2º grado consanguinidad o afinidad. Si existe desplazamiento el plazo será de 3 días e) 6 días naturales en los supuestos de fallecimiento de cónyuge o de ascendientes o descendientes de 1º grado por consanguinidad y hermanos siempre que convivan en el mismo domicilio f) 3 días naturales en los supuestos de fallecimiento de parientes hasta el 2º grado por consaguinidad o afinidad ampliables a 4 con desplazamiento g) 1 día laborable por traslado del domicilio habitual, ampliable a 2 si existe cambio de localidad. Para familias numerosas de categoría especial o en las que alguno de los miembros sea discapacitado 2 ó 3 días en función de que exista o no cambio de localidad h) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal Tu garantía, nuestro compromiso

18 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Licencias retribuidas i) Por el tiempo necesario para concurrir a exámenes, cuando se curse estudios para la obtención de un título oficial de carácter académico o profesional. Para trabajadores a turno al que le correspondiera trabajar la noche inmediatamente anterior al examen tendrá derecho al cambio de turno para evitar esta situación j) Por el tiempo estrictamente necesario para asistir a consulta médica, en los supuestos de enfermedad del trabajador y de hijos menores de 10 años. Se extiende a la asistencia psicológica o jurídica alas víctimas de violencia de género o de acoso sexual, y a la asistencia a tratamientos de reproducción asistida k) Los trabajadores que, a lo largo de su vida laboral, hayan permanecido un mínimo de 10 años en régimen de turno cerrado tendrán derecho a solicitar, por cada año de turno, una licencia especial de 2 días retribuidos, a disfrutar exclusivamente en las fechas anteriores al día de la baja en la empresa por prejubilación a los 60 años o por jubilación a los 65 años. l) Los trabajadores que no hubieran faltado al trabajo durante el año natural anterior podrán disfrutar de 1 día de permiso retribuido para asuntos propios. Se consideran ausencias: faltas sin justificar, situaciones de excedencia, enfermedad y accidente, sea o no laboral, los permisos y licencias retribuidas con excepción de la letra h) y el inciso final de la letra j) LAS PAREJAS DE HECHO TENDRÁN LA MISMA CONSIDERACIÓN QUE LOS CÓNYUGES UGT, la mayoría sindical que te interesa

19 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Licencias no retribuidas Los trabajadores, previo aviso y posterior justificación, podrán ausentarse del trabajo, sin derecho a retribución, por el tiempo y motivos que se señalan a: Hasta un máximo de 30 días para la realización de trámites vinculados con adopciones internacionales Hasta un máximo de 4 días/año por asuntos personales o familiares Hasta un máximo de 15 días/año por hospitalización o enfermedad grave del cónyuge, pareja de hecho o de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad Tu garantía, nuestro compromiso

20 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Desplazamientos y cambios de Centro de Trabajo Los desplazamientos con pernocta de duración superior a 15 días y los cambios de centro de trabajo que impliquen movilidad geográfica temporal o definitiva requerirán el consentimiento previo de los trabajadores afectados en los siguientes casos: Por razones de salud, debidamente acreditadas y reconocidas por los servicios médicos de empresa Por guarda legal de algún menor de 10 años o de una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial Por cuidado directo de su cónyuge, pareja de hecho o de un familiar, hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo Tu garantía, nuestro compromiso

21 Conciliación de la vida familiar, personal y laboral Otras medidas de apoyo a la conciliación Para facilitar una mejor conciliación de la vida personal y profesional y reducir, en la medida de lo posible, los desplazamientos y viajes de trabajo, se potenciarán actuaciones encaminadas a alcanzar los siguientes objetivos: Reducción de las horas extraordinarias Utilización de sistemas de comunicación y reunión por videoconferencia Formación en horario laboral, siempre que sea posible Cobertura de vacantes en los plazos previstos Utilización del Teletrabajo cuando el tipo de trabajo a realizar y la tecnología disponible lo permitan Establecer acuerdos con guarderías cercanas a los centros de trabajo para ofrecer al personal de Endesa bonificaciones sobre los precios de mercado Tu garantía, nuestro compromiso

22 PROTECCIÓN AL EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD Ser mayoría da resultados

23 Protección del embarazo, la maternidad y la paternidad Permisos retribuidos por embarazo y lactancia 1)1 hora diaria fraccionable en dos períodos de igual duración por lactancia de un hijo menor de 12 meses ya sea natural, en adopción o acogimiento. En caso de parto múltiple, 2 horas Este permiso se puede sustituir por una reducción equivalente de la jornada diaria que podrá cogerse al inicio o al final de la misma, o por un régimen de jornada continuada durante dicho período A elección del trabajador o trabajadora, puede acumularse este tiempo generando un descanso continuado de 20 a 25 días laborables. En el caso de parto múltiple serán 40 días laborables. Se disfrutará de forma ininterrumpida y a continuación del descanso por maternidad Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen 2)Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo 3)Por nacimiento de hijos prematuros, o que por cualquier causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante 1 hora. Este derecho es compatible y acumulable con la hora de permiso por lactancia UGT, la mayoría sindical en Endesa

24 Protección del embarazo, la maternidad y la paternidad Período de descanso por maternidad El período de suspensión del contrato de trabajo en los casos de maternidad, adopción o acogimiento tendrá una duración de 17 semanas, que se disfrutarán de forma ininterrumpida y que serán ampliables en los siguientes casos: En partos múltiples se ampliará en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo En los supuestos de discapacidad del hijo recién nacido se ampliará en 3 semanas En el supuesto de fallecimiento de la madre, el otro progenitor podrá disfrutar el período de suspensión desde la fecha del parto y sin que se descuente la parte que la madre pudiera haber disfrutado con anterioridad al mismo Por nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deben permanecer hospitalizados a continuación del parto, el período de suspensión se ampliará en tantos días como el recién nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales El período de descanso por maternidad se puede disfrutar, a petición del beneficiario, a jornada completa o a tiempo parcial Tu garantía, nuestro compromiso

25 Protección del embarazo, la maternidad y la paternidad Permisos por paternidad El período de suspensión del contrato de trabajo en los casos de paternidad, adopción o acogimiento tendrá una duración de 13 días naturales Este permiso es compatible y adicional con los 5 días naturales en caso de nacimiento, adopción o acogimiento de hijo, recogido en las licencias retribuidas En los supuestos de parto múltiple se ampliará en 2 días más por cada hijo a partir del segundo UGT, la mayoría sindical que te interesa

26 Protección del embarazo, la maternidad y paternidad Permanencia en el puesto de trabajo Durante los períodos de embarazo y lactancia de un hijo menor de 12 meses la trabajadora no podrá ser trasladada ni desplazada en comisión de servicio a un centro de trabajo que implique movilidad geográfica, salvo que exista acuerdo con la interesada a petición expresa de la misma. Esta garantía es aplicable al padre en el supuesto de que ambos cónyuges trabajen en la empresa Vacaciones Cuando una trabajadora no pueda disfrutar de sus vacaciones como consecuencia del embarazo o disfrute de los períodos de descanso asociados al mismo, podrá disfrutarlas a lo largo del año siguiente al correspondiente a su devengo En la elaboración de los calendarios anuales de vacaciones se tendrá en cuenta y se dará preferencia a las trabajadoras embarazadas en los supuestos de concurrencia con otros trabajadores Seguridad y salud laboral Se evaluarán los puestos de trabajo de trabajadoras embarazadas para evitar riesgos que afecten negativamente a la salud de la madre o del feto En los supuestos de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural se facilitará a la trabajadora un puesto de trabajo compatible con su situación y en su mismo centro de trabajo. Tu garantía, nuestro compromiso

27 Trabajadoras a turno Las mujeres que trabajen a turno, embarazadas o en período de lactancia de un hijo menor de 12 meses, tendrán derecho a: Modificación del turno de trabajo de manera continuada durante el tiempo que dure el embarazo y la lactancia natural de los menores de 12 meses Reducción de la jornada ordinaria diaria, con reducción proporcional del salario. Esta reducción no afectará a los beneficios sociales ni a las aportaciones que efectúe la empresa al plan de pensiones No realización de horas extraordinarias. Protección del embarazo, la maternidad y la paternidad Para que el ejercicio de estos derechos cause la menor repercusión posible sobre el resto de trabajadores adscritos al mismo puesto de trabajo la empresa adoptará las siguientes medidas: Formalizar contratos a tiempo parcial con Empresas de Trabajo Temporal para sustituir a la trabajadora durante los períodos de ausencia Realización de convenios especiales con el INEM o con ETTS para crear un pool de trabajadores de los distintos puestos de trabajo a turno, que puedan incorporarse donde fueran necesarios Preparación de trabajadores de otras unidades menos críticas para que puedan sustituir a las trabajadoras a turno Tu garantía, nuestro compromiso

28 PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Ser mayoría da resultados

29 Servicios de apoyo y asesoramiento Protección a las víctimas de violencia de género Asesoramiento y apoyo psicológico: tanto a la víctima como a los hijos menores de edad o discapacitados Asistencia Sanitaria Asesoramiento y asistencia jurídica: se realizarán las actuaciones jurídicas que fueran necesarias para garantizar la seguridad de los familiares a su cargo, así como las relativas a la adopción de medidas provisionales tendentes a garantizar el disfrute de la vivienda familiar, la custodia de los hijos menores, la pensión alimenticia y la obtención de las prestaciones sociales correspondientes Ayudas económicas Se ofrecen ayudas económicas durante un plazo máximo de 6 meses, el cual concluirá si antes la beneficiaria puede regresar a su domicilio habitual, y serán las siguientes: Hasta un 50%, con un límite máximo de 360 /mes para gastos de alquiler en el caso de tener que abandonar temporalmente el domicilio habitual Colaboración de hasta un 50% en gastos escolares por motivos de seguridad personal, que conlleve cambio de colegio a hijos menores a su cargo Ser mayoría da resultados

30 Protección a las víctimas de violencia de género Otras medidas Posibilidad de acogerse a una excedencia especial de 3 meses a 3 años. Durante los primeros 18 meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo y el derecho al suministro de energía eléctrica Tendrán preferencia para ocupar vacantes que se produzcan fuera del lugar de su residencia habitual, y la empresa agilizará los trámites con el solo requisito de la previa comunicación a la Comisión de Igualdad UGT, la mayoría sindical en Endesa

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