Bases Concurso Público Director Escuela Básica G-747 César Monsalve Flores La Meseta Depto. Educación Municipal de Arauco

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1 BASES PARA CONCURSO PUBLICO NACIONAL PARA PROVEER CARGO DIRECTOR DE ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL COMUNA DE ARAUCO 1. IDENTIFICACION DE LA MUNICIPALIDAD Ilustre Municipalidad de Arauco Provincia de Arauco Región: BIO BIO Dirección: Esmeralda esquina Tucapel S/N, Arauco 2.- CARACTERISTICA DEL CARGO Denominación: 1 Cargo Director Escuela Básica G-747 César Monsalve Flores - La Meseta Calidad: Titulares, con 44 horas. Duración: 05 años. 3.- PERFIL PROFESIONAL DEL CARGO Profesional de nivel superior que se ocupa de la dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación de la unidad educativa. Su función principal es liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional 4.-DESAFIOS DEL CARGO El Director del establecimiento tiene los siguientes desafíos: 4.1 Respecto de la implementación del Proyecto Educativo del Establecimiento: a. Mantener actualizado y difundir el PEI del establecimiento, conforme normativa y propuesta que emane desde el Departamento de Educación Municipal. b. Llevar a cabo y alcanzar los objetivos propuestos en éste. c. Proponer acciones y/o remediales de forma clara y oportuna que permitan mejorar e incrementar su propuesta educativa. 4.2 Respecto de la Matrícula y Asistencia de alumnos: a. Elaborar estrategias y remediales que faciliten la recuperación y mantención de matrícula. b. Aumentar porcentaje de asistencia media mensual. c. Mejorar índice de retención. 4.3 Respecto de los resultados de logros de académicos, entre otros: a. Mejorar índice de promoción. b. Incrementar el número de alumnos que ingresan a la enseñanza media municipal. c. Mejorar resultados de SIMCE. 4.4 Respecto de la participación de la comunidad educativa a. Generar alianzas con la comunidad escolar, actores públicos y privados, con el propósito de mejorar la calidad del servicio educativo. b. Propiciar acciones que faciliten la integración de la comunidad en el establecimiento. c. Mejorar el grado de satisfacción del servicio educativo que se brinda a: alumnos, padres, apoderados y comunidad escolar en general. d. Cumplir las exigencias legales respecto al funcionamiento de los Consejos Escolares y el Consejo de Profesores, de acuerdo a lo dispuesto por las leyes y respectivamente. 4.5 Respecto de la gestión financiera del establecimiento: a. Alcanzar como mínimo el punto de equilibrio, para lo cual se deberá valer de la ecuación resultante de los siguientes indicadores: Asistencia media, planilla de sueldos, gastos generales e ingresos por subvenciones, entre otros. b. Asumir la Administración Delegada de la Unidad Educativa si corresponde. c. Racionalizar gastos de consumos básicos, insumos, materiales y equipamiento en general.

2 5.-PERFIL DE SELECCION Requisitos Legales y Otros Los establecidos en las Bases Generales y Específicas del concurso Competencias para el ejercicio del cargo Ponderaciones: Variables e Indicadores Liderazgo y Gestión de personas: Capacidad para potenciar una cultura escolar productiva en un clima organizacional de respeto, confianza, colaboración, orden y estructura, articulando sus habilidades con las del equipo, motivando para el logro de objetivos desafiantes, entregando retroalimentación y reconociendo los logros, trabajando a la par y en terreno para gestionar los cambios. Implica hacer partícipes a otros actores de la comunidad educativa en la toma de decisiones, asumir la responsabilidad por los resultados y tomar medidas difíciles, modelando conductas en los miembros de su equipo y concretando instancias para el desarrollo de sus competencias y potencial. Gestión y logro: Capacidad para diseñar, planificar e implementar acciones administrativas y pedagógicas alineadas con las directrices estratégicas, imprimiendo en la gestión un fuerte foco en el aprendizaje y una cultura de altas expectativas. Implica evaluar de manera sistemática y rigurosa los resultados obtenidos, así como realizar un manejo eficiente y previsor de los recursos, controlando la gestión, identificando oportunidades y optimizando procesos con foco en la calidad y mejora continua. Relación con entorno y redes: Capacidad para identificar, construir y fortalecer relaciones de cooperación y confianza con actores internos y externos a la organización, aunando voluntades para lograr los propósitos del Proyecto Educativo Institucional. Implica la habilidad de comunicarse de manera abierta, clara y congruente, respetando puntos de vista diferentes, fomentando la convivencia y también la capacidad para defender posturas, negociar y resolver conflictos. Visión estratégica e Innovación: Capacidad para asumir y compartir una visión global del proyecto educativo, atendiendo a objetivos, valores y estrategias vinculadas. Implica evaluar de manera flexible y rigurosa los problemas, así como los recursos administrativos y pedagógicos con que se cuenta para brindar soluciones eficientes. Requiere anticipar escenarios y comprender la incidencia de factores externos (locales y nacionales) sobre su gestión, identificando, promoviendo e implementando soluciones creativas acordes al contexto y realidad institucional, incentivando la investigación, Ponderación 25% 25% 10% 15%

3 actualización e innovación como medios para lograr un desempeño de excelencia. Manejo de crisis y contingencias: Capacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y conflictos, creando soluciones oportunas y acordes a los valores y objetivos del proyecto educativo. Implica la capacidad para establecer límites y promover mecanismos de colaboración en la resolución de conflictos. 15% Conocimientos técnicos: Contar con conocimientos en el ámbito educacional escolar y/o experiencia en gestión. Contar con experiencia en aula. Poseer experiencia en cargos de directivos, coordinación y/o jefatura. Manejo de herramientas de planificación, metodologías de enseñanza-aprendizaje, normas y regulaciones vigentes en el ámbito educativo. 10% 6. CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO Estatuto Docente, Art. 32 bis. El nombramiento del Director del establecimiento educacional tendrá una duración de cinco años. Estatuto Docente, Art. 33. Dentro del plazo máximo de 30 días contados desde su nombramiento definitivo, el Director del establecimiento educacional suscribirá con el respectivo sostenedor un Convenio de Desempeño. Este Convenio será público y en él se incluirán las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el período y los objetivos de resultados a alcanzar por el Director anualmente, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos así como las consecuencias de su cumplimiento e incumplimiento. Estatuto Docente, Art. 34. El Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal con aprobación del Sostenedor, podrá pedir la renuncia anticipada del Director cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el Convenio de Desempeño sea insuficiente de acuerdo a los mínimos que éste establezca. 7. REQUISITOS DE POSTULACION Los señalados en el artículo 24 la Ley (Estatuto Docente), y artículo 65 del reglamento de la misma, contenida en el Decreto Supremo de Educación 453/91, modificado por el Decreto Supremo de Educación 177/2006 y el Decreto Supremo de Educación 215/12, acreditados en la forma señalada en el artículo 68 del mismo; y los establecidos en el artículo 4 de la Ley y el artículo 54 de la Ley (Bases Generales Administración del Estado). Ser ciudadano (fotocopia de cédula de identidad). Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. Tener salud compatible con el desempeño del cargo (certificado de salud emitido por Servicio de Salud), este requisito se exigirá sólo para quienes resulten seleccionados. Ser profesional de la educación, estar legalmente habilitado o autorizado para ejercer la función docente de acuerdo a lo señalado en el artículo 2 del decreto con fuerza de ley N 1, de 1996, del Ministerio de Educación; No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito, o en virtud de lo dispuesto en la Ley sobre violencia intrafamiliar (Certificado de Antecedentes). Para incorporarse a la función docente directiva, los postulantes deberán cumplir con el requisito de contar a lo menos, con perfeccionamiento en las áreas pertinentes a dicha función y una experiencia docente de 5 años. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, podrán incorporarse a la función docente directiva quienes estén en posesión de un título profesional o licenciatura de al menos ocho semestres y hayan

4 ejercido funciones docentes al menos durante tres años en un establecimiento educacional. Deseable contar con experiencia en la función docente directiva en establecimientos educacionales de alta vulnerabilidad. Otros requisitos establecidos especialmente en el perfil técnico del Establecimiento Educacional que se llama a concurso. 8.- DE LA POSTULACION a) A contar del día 05 de noviembre y hasta el 20 de diciembre de 2013, cada postulante podrá retirar las Bases del Concurso, en las oficinas de partes del Departamento de Educación Municipal de Arauco, ubicado en calle Esmeralda esquina Tucapel S/N, Arauco, de lunes a viernes entre las 8:30 hrs. y las 13:00 hrs. y desde las 14:30 hrs. a 17:00 hrs., salvo el día viernes hasta 16:00 horas, y en la página web: b) Los antecedentes se recibirán a partir del día 05 de noviembre y hasta el día 13 de diciembre de 2013, en la dirección y horarios antes señalados. c) La postulación deberá hacerse en sobre cerrado dirigido al señor Director de Educación Pedro Luis Soto Gaete, señalando el cargo al cual se postula. d) Cada postulante a este Concurso, deberá presentar sus antecedentes enumerados en forma correlativa, en el margen superior derecho de cada hoja de su expediente y anillados, de acuerdo al siguiente detalle: SECCION A: Currículum Vitae, Título Profesional y requisitos artículo 24 de la ley ; art. 65 del D.S. Nº 453/91 (Reglamento Estatuto Docente), acreditados en la forma señalada en el artículo 68 del mismo, y art. 54 de la Ley Nº sobre Bases Generales de la Administración del Estado, acreditados en la forma señalada en el artículo 55 de la misma. SECCION B: Experiencia docente. SECCION C: Formación y Perfeccionamiento docente SECCION D: Excelencia en el desempeño profesional. e) Los postulantes de otras regiones, provincias y comunas podrán remitir sus antecedentes por correo certificado, siempre y cuando el timbre de correo señale expresamente que los antecedentes fueron despachados dentro del plazo establecido. f) Los antecedentes deberán presentarse en original o copias cotejadas con el original ante la Dirección del Departamento de Educación Municipal, o en la forma que corresponda para que hagan o constituyan prueba, de conformidad a lo prescrito en los artículos 1698 y siguientes del Código Civil. Para el evento que se quiera postular a más de un establecimiento, deberá presentar un expediente con los documentos en fotocopias simples para su segunda postulación, indicando el orden de interés. g) Se requiere que el postulante señale un correo electrónico y teléfono, a objeto de comunicarle en el evento de ser preseleccionado en la terna. h) La documentación deberá ser entregada en forma completa. Una vez ingresada y timbrada en la oficina de partes del D.A.E.M. no se aceptarán entregas parciales, ni podrán agregarse nuevos antecedentes. i) Toda documentación presentada fuera de plazo, no será aceptada para el Concurso. j) Los postulantes que no cumplan con los antecedentes requeridos para la postulación, automáticamente quedan fuera de concurso.

5 k) Certificación. Todos los datos consignados en el Currículum y en el orden especificado precedentemente, deben acreditarse en su caso, con certificados extendidos por la autoridad competente. Se entiende por autoridad competente al funcionario legalmente facultado en la Institución respectiva para emitir certificados, por ejemplo: en el Departamento de Educación Municipalizada, el(la) Director(a) o Jefe(a) del DEM; en los Establecimientos Educacionales el(la) Director(a) de la Escuela o el(la) Rector(a) del Liceo; en la Municipalidad el(la) Alcalde(sa) y en la Escuela Particular el Sostenedor(a) o el Director(a) del establecimiento. l) El sólo hecho de que cada postulante presente sus antecedentes, constituye plena aceptación de estas Bases, en todos sus aspectos. m) Los años de experiencia deben ser debidamente acreditados, con certificados que resuman períodos de tiempo, no bastando adjuntar resoluciones o decretos acumulados. n) El perfeccionamiento que se considerará, será estrictamente el que diga relación con la educación y se contabilizarán los cursos con horas y evaluados. Los cursos en ejecución, no serán considerados en puntaje. Las actividades sociales, gremiales y de voluntariado, no tienen puntaje especial, como tampoco el ser residente en la comuna de Arauco. ñ) Las consultas deben hacerse a la Dirección de Educación del Departamento de Educación Municipal por correo electrónico a sotogaete@gmail.com. Especificando en ASUNTO. Consulta concurso Arauco. o) Si no se conformara la terna, el concurso será declarado desierto. p) La remuneración del cargo, será la establecida en el D.F.L. N 1 / 97 del MINEDUC y lo señalado en la Ley q) Cualquier situación no contemplada en las Bases, deberá ser resuelta por la Comisión Calificadora. LOS ANTECEDENTES NO SERAN DEVUELTOS. 9.- ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PRIMERA ETAPA: ADMISIBILIDAD El Municipio deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos formales, entre ellos los que se señalan a continuación más los requisitos legales para el desempeño del cargo: Ficha de postulación que se adjunta a estas bases. Curriculum Vitae. Fotocopia Cédula de Identidad por ambos lados. Certificado de Antecedentes para fines especiales con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de postulación. Certificado de Título de Profesional debidamente legalizados. Declaración Jurada Simple de cumplimiento de requisitos de postulación y que acredite que no se encuentra afecto a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el artículo 54 de la Ley Nº ; ni condenado en virtud de la ley sobre violencia intrafamiliar. En el caso que el postulante no sea profesional de la educación, deberá acreditar en su caso, el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 24 inciso final de la ley modificado por la ley Certificados de perfeccionamiento en relación al cargo, indicando nivel y horas. Certificados de Evaluación de Desempeño del DAEM, Corporación, Sostenedor, Empleador y/o Jefe Directo según corresponda. Premios y reconocimientos obtenidos por el postulante.

6 Informe final de evaluaciones ministeriales u otras a las que se haya sometido el/la postulante (Evaluación Docente, Asignación de Excelencia Pedagógica, Evaluación Directiva y Técnica, SACGE, Fundación Chile u otros). Certificados que acrediten experiencia laboral de al menos tres años de funciones en establecimientos educacionales, indicando períodos. Acreditación de cargos desempeñados en el sistema educacional. Certificado de Salud Compatible con el desempeño del cargo, emitido por el Servicio de Salud. Certificado de situación militar al día, vigente 60 días a la fecha de postulación, desde la fecha de su emisión (varones). Todos los documentos probatorios de los requisitos exigidos para postular. NOTA: Toda documentación que se presente fuera del contexto señalado, no será considerada para ningún efecto de selección. SEGUNDA ETAPA: PRESELECCIÓN DE LA ASESORÍA EXTERNA VARIABLES CONSIDERADAS PARA EL ANÁLISIS CURRICULAR 1.- Experiencia docente (30 %) Entendido como el tiempo efectivamente trabajado, tanto en la educación fiscal como particular, que no signifique un trabajo ejercido en forma paralela, en cuyo caso se considerará uno solo. Se asignará un puntaje especial a aquellos profesionales de la educación que se hayan desempeñado, a lo menos 3 años, en establecimientos rurales, debidamente acreditados. 2.- Formación y Perfeccionamiento: (30%) Asistencia a Seminarios, Encuentros, Jornadas: corresponde a actividades realizadas en calidad de asistente o expositor. Cursos de Perfeccionamiento: Perfeccionamiento pertinente al cargo, otorgado por entidades de educación superior reconocidas por el estado, Centro de Perfeccionamiento o Experimentación e Investigaciones Pedagógicas CPEIP y/o cursos de otras instituciones inscritos en Registro Público Nacional de Perfeccionamiento Docente. Cursos de Especialización afín o intermedios, relacionados con el proceso Enseñanza Aprendizaje o con el área pertinente a la función docente directiva (director de establecimiento) igual o superior a 300 horas. Post-título, Post Grados o Grados Académicos. Corresponde a programas de formación académicas desarrolladas por Instituciones de Educación Superior y que guarden relación con el proceso de enseñanza aprendizaje y/o con la función directiva, igual o superior a horas. 3.- Excelencia en el desempeño profesional (40%) Desempeño en labores de Docente Directiva o técnico pedagógica. Informe del desempeño de sus superiores. Premios y reconocimientos obtenidos por el postulante. Proyectos especiales que haya liderado en el o los establecimientos (en los últimos 3 años). Informe final de evaluaciones ministeriales u otras a las que se haya sometido el/la postulante. Otros antecedentes meritorios. Norma a aplicar: Artículo único del Decreto Supremo Nº119 de 20 de febrero de 2012, de Educación, publicado el 09 de abril de 2012.

7 EVALUACIÓN PSICOLABORAL: Se desarrollará evaluación conforme a perfil y competencias por una empresa externa al DAEM, según lo dictamina la Ley. TERCERA ETAPA: COMISIÓN CALIFICADORA Terminada la etapa de preselección el asesor externo informará las evaluaciones a la Comisión Calificadora de Concursos, ésta preseleccionará una terna o quina de postulantes, los cuales en una segunda etapa deberán: Someterse a Entrevista con la Comisión Calificadora de Concurso. La Comisión Calificadora se establecerá de acuerdo al artículo 88 de Decreto Supremo Nº 453/91, modificado por el Decreto Supremo Nº 215/12, y estará constituido por: a) El Jefe del Departamento de Educación Municipal. Sr. Pedro Luis Soto Gaete b) Un miembro del Consejo de Alta Dirección Pública, creado en la ley N , o un representante de este Consejo elegido éste de una lista de profesionales de reconocido prestigio en el ámbito educacional aprobada por el propio Consejo; c) Un docente, elegido por sorteo, perteneciente a la misma dotación municipal que se desempeñe en otro establecimiento educacional y que pertenezca a la Red Maestros de Maestros o este acreditado como Profesor de Excelencia pedagógica, según lo dispuesto en la ley N , o haya sido evaluado como profesor de desempeño destacado en su última evaluación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto con fuerza de ley N 1, de 1997, del Ministerio de Educación. Quince días antes de la fecha del cierre de recepción de antecedentes para el concurso, el Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal, procederá a efectuar el sorteo para seleccionar este cargo. d) El Secretario Municipal actuará como ministro de fe. CONSTITUCION DE LA COMISION: Según lo dispuesto en el art. 90 del D.S. 453/91 de MINEDUC, las Comisiones Calificadoras de Concurso, deberán constituirse, dentro de cinco días después de terminado el proceso de preselección y confeccionar, en un plazo máximo de 15 días contado desde la fecha en que los antecedentes son puestos a su disposición, la nómina de postulantes preseleccionados que será presentada al Sostenedor DE LA RESOLUCIÓN DEL CONCURSO, COMUNICACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE POSTULANTES SELECCIONADOS: Según lo establecido en las Leyes N y y sus Reglamentos Decreto Supremo N 453/91 y 215/2012, finalizado el proceso de selección, la Comisión Calificadora ordenará a los participantes preseleccionados, en estricto orden de puntaje, ponderados. De acuerdo a los puntajes obtenidos las Comisión elaborará una nómina de 3 (terna) candidatos para ser presentados al Alcalde de Arauco. El Alcalde de Arauco, en un plazo máximo de 5 días deberá nombrar a cualquiera de los integrantes de la nómina o declarar desierto el proceso de selección, previa resolución fundada. Se notificará por escrito, sólo al postulante que se adjudicó el concurso.

8 11.- ACEPTACION DEL CARGO El postulante seleccionado deberá enviar carta dirigida al Alcalde de Arauco aceptando el cargo, dentro del plazo de tres días hábiles, contados de su notificación. Para efectuar el nombramiento, el interesado se deberá adjuntar la documentación que sea requerida por el Departamento de Educación Municipal para su registro en Contraloría Regional DE LA REMUNERACIÓN: La que corresponda de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N , Ley N , más la que fijan las leyes complementarias. El cargo se rige por las normas del Estatuto Docente y tiene una remuneración total bruta de $ (Seiscientos treinta y siete mil trescientos siete pesos), más bienios, perfeccionamiento y BRP. En caso que el Director seleccionado sea un profesional de la educación, y que por la aplicación de la RBMN y las asignaciones que le sean aplicables, le corresponda una remuneración mayor, será esta última la que se aplicará CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO: Dentro del plazo máximo de treinta días, contados desde su nombramiento definitivo, el director del establecimiento deberá suscribir un convenio de desempeño, el cual contenga las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el periodo y los objetivos de resultados a alcanzar por el director anualmente, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos así como las consecuencias de su cumplimiento e incumplimiento (artículo 33 del Estatuto Docente). El Director de Educación podrá pedir la renuncia anticipada del Director cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de desempeño sean insuficientes de acuerdo a los mínimos que este establezca (artículo 43 del Estatuto Docente). DESCRIPCIÓN DE LAS ETAPAS DEL CONCURSO ETAPA PREVIA RECLUTAMIENTO- RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES El Departamento de Educación Municipal recepciona los antecedentes de los postulantes, efectuará el trámite de admisibilidad, acorde a las bases y procederá a enviarlos a la empresa externa seleccionada por el representante del Consejo de Alta Dirección, que desarrollará la etapa de preselección. I ETAPA Requisitos: Título de Profesor o Educador, y contar con perfeccionamiento en las áreas pertinentes a la función (cursos, Post Título, Post Grado, Diplomado). Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, podrán incorporarse a la función docente directiva, quienes estén en posesión de un Título Profesional o Licenciatura de al menos 8 semestres y hayan ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un Establecimiento Educacional. 1.- PERFECCIONAMIENTO: Nº DE HORAS ACUMULADAS PUNTAJE 100 a a a a y más 100

9 Las certificaciones deberán señalar el número de horas de duración del perfeccionamiento, Código RPNP, en caso contrario no serán contabilizados. 2.1 AÑOS DE SERVICIO AÑOS DE EXPERIENCIA PUNTAJE 1 años a 6 años 25 6 años 1 día a 12 años años 1 día a 18 años años 1 día y más EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO EVALUACION DE DESEMPEÑO PUNTAJE Muy Buena 40 Buena 30 Media 15 Regular 5 CRONOGRAMA DEL CONCURSO 05 de noviembre de 2013 Notificación del Concurso a: Dirección Nacional del Servicio Civil y al Ministerio de Educación. 05 de noviembre de 2013 Publicación del concurso en página web de la I. Municipalidad de Arauco. 05 de noviembre al 20 de diciembre de 2013 Dentro de un plazo máximo de cinco días de notificados, la Dirección Nacional del Servicio Civil designa representante que integrará la Comisión Calificadora de Concursos. Retiro de bases en las oficinas de partes del Departamento de, ubicado en calle Esmeralda esquina Tucapel S/N, Arauco, de lunes a viernes entre las 8:30 hrs. y las 13:00 hrs. y desde las 14:30 hrs. a 17:00 hrs., salvo el día viernes hasta 16:00 horas. 27 de noviembre de 2013 Sorteo público del profesor/a integrante de la Comisión Calificadora del Concurso. 27 de diciembre de 2013 Entrega de antecedentes de los concursantes preseleccionados a la Dirección Nacional del Servicio Civil.

10 La Comisión Calificadora de Concurso, una vez recibida la nómina de los postulantes preseleccionados por parte de la Dirección Nacional del Servicio Civil, dentro de un plazo no mayor al de quince días, realizará las entrevistas personales y seleccionará una nómina de tres postulantes, la que remitirá al Sostenedor junto a un informe fundado, para la respectiva toma de decisiones. Recibida esta nómina y el respectivo informe fundado por parte del Sostenedor, éste en un plazo que no exceda los cinco días procederá a designar al Director/a. Resuelto el o los concursos, se procederá a la notificación personal y por carta certificada al postulante ganador a la dirección, correo electrónico y teléfono que figuran en sus antecedentes al momento de la postulación. Publicación del resultado del Concurso Público en la página web de la I. Municipalidad de Arauco. A treinta día contados desde su nombramiento definitivo, el director/a designado deberá firmar con el Director Educacion un convenio de desempeño de acuerdo a lo dispuesto en el Art. N 33 del D.F.L. N 1 de 1996 del MINEDUC. SITUACIONES NO PREVISTAS Cualquier situación no contemplada en las bases deberá ser resuelta por la Comisión Calificadora, por simple mayoría. El no cumplimiento con la totalidad de requisitos y antecedentes que se solicitan en este proceso de postulación, será causal inmediata de eliminación del postulante. Ante la renuncia voluntaria de quien haya sido nombrado como Director/a de una Unidad Educativa Concursada, el Sostenedor podrá nombrar a su reemplazante dentro de los miembros que conformaron la terna propuesta. La mencionada renuncia deberá ser ante Notario Público o ante Secretario Municipal AL TÉRMINO DEL CONCURSO: EL Departamento de Educación Municipal elaborará un informe general del proceso para su publicación en página web de la I. Municipalidad de Arauco.

11 Convenio de Desempeño DAEM ARAUCO DIRECTOR DE ESCUELA BASICA CÉSAR MONSALVE FLORES DE LA MESETA MUNICIPALIDAD DE ARAUCO PERÍODO Objetivo Estratégico 1) Velar por el logro de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios del Marco Curricular vigente en los alumnos de los establecimientos educacionales dependientes de la Municipalidad de ARAUCO, reflejados en resultados y avances concretos en las mediciones externas. Factor crítico de éxito Indicadores Metas 1. Lograr resultados de aprendizaje en las mediciones externas. 2. Planificar y actualizar los Proyectos Educativos Institucionales y PADEM 1.1 Promedio SIMCE Promedio SIMCE Promedio SIMCE II a. % de actualización de Proyecto Educativo en la escuela. Instrumentos de medición nacional Aumentar en el periodo comprendido de gestión progresivamente en relación al año anterior teniendo como base inicial el promedio Año 1 Actualizar al 100% del proyecto educativo. Año 2, 3, 4 y 5 : Mantener al 100% la actualización Nota: Lograr la participación de toda la comunidad educativa en la actualización de los PEI. b. % de actualización de PADEM.Y participación 2.2 Actualización del PADEM en pertinencia al interés de la Escuela. Nota: Lograr la participación de toda la comunidad educativa en la actualización de los PEI. 2) Aumentar el número de alumnos matriculados y asistentes al establecimiento. 1 Lograr equilibrio financieros 2.1 Meta de matrícula de la educación municipal Propender al aumento de un 10% en el periodo de 5 años. Año 1: Mantener el 100% de la matricula en relación al año inicial y el 93% de asistencia. Año Aumentar progresivamente la matricula y aumentar un punto de asistencia cada año alcanzando el 97%. 3) Generar alianzas con la comunidad escolar, actores públicos y privados, con el propósito de mejorar la calidad del servicio educativo comunal. 1. Entregar aprendizajes de calidad. 3.1 % de aprobación de la escuela :% de aprobación de las escuelas. Año1: Mantener en 95 % la aprobación del establecimiento durante el periodo concursado. 3.2 % de retención de la escuela % de retención de alumnos en los establecimientos de la comuna.

12 3.3 % acciones tendientes a incrementar beneficios públicos o privados de carácter económico para alumnos del sistema. (Becas) Año 1: Mantener en un 95 % de retención escolar a nivel de los establecimientos educacionales de la comuna. Año 2: Aumentar a un 96 % la retención de los alumnos en los establecimientos educacionales de la comuna. Año 3: Aumentar a un 97 % la retención de los alumnos en los establecimientos educacionales de la comuna. Año 4: Aumentar a un 98% la retención de los alumnos en los establecimientos educacionales de la comuna. Año 5 Aumentar a un 99 % la retención de los alumnos en los establecimientos educacionales de la comuna Director debe postular proyectos de sustentación económica externa con instituciones de carácter público o privado que permitan incrementar bienes del establecimiento o bien vallan en directo beneficio de los alumnos. Director Determinar N beneficiarios por curso en forma anual. 2 Incorporar a las familias al quehacer escolar. 3.4 % de deserción de los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media. Mantener bajo el umbral del 3% la deserción en el establecimiento. 3.5 N de actividades desarrolladas con la comunidad educativa al año. Actividades extra programáticas, culturales, recreativas y deportivas. N de actividades desarrolladas con la comunidad educativa al año. Año 1: Levantamiento de estado de situación para establecer línea base y formular plan quinquenal por escuela. Año 2: Ejecutar el 80 % de las actividades contenida en el plan. Año 3: Ejecutar el 85 % de las actividades contenida en el plan. Año 4: Ejecutar el 90 % de las actividades contenida en el plan. Año 5: Ejecutar el 100 % de las actividades contenida en el plan.

13 4)Implementar el Proyecto Educativo Comunal, de acuerdo a las necesidades específicas de los alumnos 1. Mejorar la calidad del Servicio educativo 4.1Grado de satisfacción de alumnos y familias con la escuela Situación Actual: Año1: Aplicar documentos objetivos que midan grado de satisfacción de alumnos, apoderados en relación a la escuela. Encuesta de satisfacción entregada por el DAEM al termino del año escolar. Y cotejada por el DAEM para ser entregada en marzo del año siguiente. Año 2 : Mantener o mejorar en un 20 % los niveles de satisfacción de alumnos y familias escuela en relación a resultados de encuestas aplicadas en año 1. Año 3: Mejorar en un 30 % los grados de satisfacción de alumnos, apoderados, escuela en relación a resultados encuesta año 1. Año 4: Mejorar en un 40 % los grados de satisfacción de alumnos, apoderados, escuela en relación a resultados encuesta aplicada año 1. 5) Generar políticas que aseguren y/o fomenten la continuidad de estudios de los alumnos del sistema municipal. 1 Apoyar y acrecentar el ingreso de alumnos a los niveles de Enseñanza Media Municipal de Arauco 5.1 %de incremento de alumnos que continúan estudios en el sistema municipal comunal. Año 5: Mejorar en un 50 % los grados de satisfacción de alumnos, apoderados, escuela en relación a resultados encuesta aplicada año Estado actual: Año 1: Formular plan por establecimiento de continuidad de estudios en el sistema municipal. Y de continuidad de estudios para egresados de octavo básico. Año : Ejecución de un 100% de las acciones comprometidas en el plan CONVENIO CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO Los indicadores y medios de verificación, como así mismo los supuestos básicos del convenio de desempeño se establecen como entendidos. Se estipula que los estándares mínimos para el desarrollo del convenio es del 85%. Cabe señalar que en caso que el establecimiento se vea afectado por algún sumario de carácter grave, generado por fiscalizadores externos cuya responsabilidad tenga directa relación con negligencia y o falta de gestión por parte del director del establecimiento, se solicitara por parte del DAEM su renuncia. Esta medida se aplicara también en caso de no cumplir los mínimos esperados.

14 ESCUELA BÁSICA G-747 CÉSAR MONSALVE FLORES LA MESETA A) CONTEXTO DEL CARGO: 1.- ANTECEDENTES GENERALES: CONTEXTO Y ENTORNO DEL CARGO Tipo de establecimiento: ENSEÑANZA BASICA Nivel Educativo: NT1, NT2 Y ENSEÑANZA BASICA COMPLETA Ubicación: Urbana/Rural Programas: PIE, JUNAEB, Enlaces, CRA, Dirección del Establecimiento: La Meseta s/n- Carampangue Población escolar actual: Año MATRÍCULA Índice de Vulnerabilidad Escolar (IVE): 78,1% Resultados SIMCE Puntaje promedio del establecimiento en SIMCE Lenguaje y Comunicación: 4 Año Básico 2012: 243 Educación Matemática: 4 Año Básico 2012: 220 Evaluación Docente 2012: N Destacados : 2 Nº Competentes : 5 Nº Básicos : 1 Nº Insatisfactorios : 0 Indicadores complementarios de eficiencia interna 2012: Matrícula inicial : 143 Matricula fina : 137 Promovidos : 135 Reprobados : 2 Retirados : 6 % Asistencia : 96,1% B) ENTORNO DEL CARGO EQUIPO DE TRABAJO El equipo de trabajo del Director/a está integrado por:. Directivos Docente: Director. Directivo Técnico: Jefe de UTP, Encargado de Convivencia Escolar. Profesores: 13 docentes. Asistentes de la Educación: 6 funcionarios ENTORNO EXTERNO El Director/a se relaciona con los siguientes actores : Consejo escolar Centro de Padres y apoderados Centro de alumnos Empresas del sector

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