PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE PISTAS DE PÁDEL
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- Margarita Sánchez Fuentes
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1 PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE PISTAS DE PÁDEL Tipos de Homologación Existen dos tipos de Homologación, de Nivel 1 y Nivel 2. Nivel 1. Homologación Dimensional Las mediciones y el trabajo de campo son realizados directamente por la FEP. Se comprueban las dimensiones de las pistas, la planimetría, la seguridad (revisión visual de la Instalación comprobando que no tiene elementos que pueden resultar peligrosos, incluido el peligro de atrapamiento) y el espesor de los cristales. Nivel 2. Homologación Funcional Las mediciones y el trabajo de campo son realizados por el IBV (Instituto Biomecánico de Valencia) en los mismos términos establecidos para el Nivel 1 pero además se estudian los materiales empleados en la construcción de la pista, realizando las pruebas de laboratorio que fuesen necesarias. Iniciación del Procedimiento Para poder solicitar la homologación de unas Instalaciones estas deberán estar totalmente acabadas. Los interesados presentarán en las oficinas de la FEP, a la atención de la Comisión de Homologaciones, toda la documentación que se requiera, incluyendo: Planos del terreno en el que están ubicadas todas las pistas de pádel, tanto aquellas cuya homologación se solicita como cualquier otra que pudiese existir. Impreso oficial correspondiente (facilitado por la FEP). La Comisión de Homologación abre el expediente correspondiente y: Lo numera de forma correlativa, incluyendo en él toda la documentación recibida. Factura las tarifas que procedan. Activa la actuación de la propia FEP si es una petición de homologación de Nivel 1 o lo 1 de 5
2 hace seguir al IBV en caso de que se trate del Nivel 2. Se sigue el expediente, hasta su aprobación o rechazo final, incluyendo la posibilidad de que el primer control haya resultado fallido y se proponga al Solicitante que revise los fallos denunciados antes de realizar el segundo control. Homologación Nivel 1. Homologación Dimensional El equipo de verificación de la FEP lleva a cabo todos los controles indicados en Tipos de Homologación y emite el oportuno informe que debe ser acompañado por la documentación que justifique que los materiales empleados en la construcción de la pista cumplen con la Normativa existente o poseen el SELLO DE CALIDAD FEP. Para Instalaciones construidas antes del 1 de enero de 2013 no se exigirá acreditar la calidad de los materiales para obtener la homologación, pero esta circunstancia se hará constar en el Certificado correspondiente. La designación de los Verificadores se hará a través del Comité de Árbitros de la FEP teniendo en cuenta la ubicación de las Instalaciones y el coste de desplazamiento de los Verificadores disponibles. En el caso de que existiesen se le comunicará al Solicitante el coste aproximado de los gastos de transporte, manutención y estancia para su previa aceptación. El nombre del Verificador será comunicado al Solicitante y se acordarán las fechas en las que se realizará la verificación al objeto de que las pistas estén totalmente disponibles para ello. Tarifas Los Derechos de Homologación que se deben abonar a la FEP se calculan en función del número de pistas a controlar, como sigue: Hasta 4 pistas: 600 (IVA no incluido). Más de 4 pistas, hasta 8, por cada pista adicional: 50 (IVA no incluido). Más de 8 pistas, por cada pista adicional: 25 (IVA no incluido). Además deberá abonarse al Verificador, contra entrega de la factura correspondiente: Hasta 4 pistas: 200 (IVA no incluido). Más de 4 pistas, por cada pista adicional: 50 (IVA no incluido). El Solicitante pondrá a su propio cargo, un ayudante a disposición del Verificador así como el material auxiliar necesario (escaleras, etc.). 2 de 5
3 Por cada visita de reconocimiento para comprobar que se han corregido fallos advertidos en una verificación previa: Por visita: 80 (IVA no incluido). Igualmente el Solicitante aportará ayudante y material auxiliar si fuese necesario. Nivel 2. Homologación Funcional El IBV lleva a cabo todos los controles indicados en Tipos de Homologación y emite el oportuno informe que debe ser acompañado por la documentación que justifique que los materiales empleados en la construcción de la pista cumplen con la Normativa existente o poseen el SELLO DE CALIDAD FEP. Se acordarán las fechas en las que debe realizarse el control en las pistas para que estas estén disponibles. Tarifas Los Derechos de Homologación se abonarán directamente al IBV y ascienden a 796 (IVA no incluido) por pista controlada, aplicando los siguientes descuentos: de 2 a 3 pistas, 10 por ciento de descuento. de 4 a 6 pistas, 15 por ciento de descuento. Más de 6 pistas, 20 por ciento de descuento. Informe de Verificación El resultado de la Verificación deberá quedar reflejado en el informe que se enviará directamente a la FEP en el plazo máximo de quince días. Si en el informe de Verificación no se mencionasen anomalías reglamentarias o de otro tipo, la FEP expedirá el correspondiente Certificado de Homologación, remitiendo dicho documento al Solicitante. Si por el contrario se detectaran anomalías, estas serán comunicadas al Solicitante para que proceda a su rectificación. Una vez le hayan sido comunicadas las anomalías encontradas, el Solicitante dispondrá de un plazo de tres meses, contados desde la recepción, para proceder a su corrección y requerir una visita de inspección. Este plazo podrá ser ampliado, a propuesta del Solicitante, si existen causas justificadas para ello. Vencido el plazo antedicho sin que se haya requerido la visita de inspección, se entenderá que el titular de la Instalación desiste de su solicitud de obtención del Certificado de Homologación de la misma. 3 de 5
4 Cuando el Solicitante comunique la corrección de las deficiencias reflejadas en el informe, se girará una visita de comprobación, a ser posible a cargo de los mismos Verificadores que realizaron el informe, y si este es positivo se extenderá el Certificado de Homologación. Reconocimiento y Registro de las Instalaciones Emitido el Certificado de Homologación este se incluirá en el Registro de Instalaciones Homologadas y se le remite al Solicitante los distintivos acreditativos que se deben colocar en cada una de las pistas homologadas. La FEP mantendrá un Registro de Instalaciones Homologadas de cuyo contenido se informará anualmente a la Asamblea. Se publicará en la página web de la FEP la relación de las Instalaciones que posean pistas homologadas, indicando el número de ellas de que disponen. Validez Temporal de la Homologación Los Certificados de Homologación expedidos tendrán una validez de cinco años. Pasado este período, si la Instalación desea mantener su condición de homologada, deberá solicitar que sea rehabilitada, para lo cual es necesario una nueva verificación. Tanto las Instalaciones que hayan sido construidas antes del 1 de enero de 2013 como las que lo sean a partir de esa fecha deberán aportar los documentos que justifiquen que los materiales que hayan sido incorporados a las mismas después de su construcción cumplen con la Normativa existente o poseen el SELLO DE CALIDAD FEP. Las Tarifas de la FEP se reducirán en estos casos al cincuenta por ciento de lo que esté establecido, pero las retribuciones a los Verificadores se aplicarán íntegras. En aquellos casos en que en la Instalación se hayan celebrado competiciones oficiales incluidas en el Calendario Oficial de Competiciones de la FEP, durante los dos últimos años de vigencia de la homologación, la FEP estudiará la posibilidad de aumentar la reducción de las tarifas en la proporción que considere conveniente. Pérdida de la Homologación Los Solicitantes adquieren el compromiso de mantener las pistas homologadas en las condiciones exigidas, no obstante si de los informes de los Jueces Árbitros o de personal técnico nombrado por la FEP, se desprendiese que una determinada pista ha sufrido cambios o deterioros que hubieran impedido otorgarle la homologación en su día, la FEP comunicará al Solicitante que la homologación queda suspendida preventivamente, abriéndosele plazo para 4 de 5
5 que formule alegaciones e indicándole las deficiencias a corregir. Si el titular de la Instalación no solicita en el plazo de TRES MESES contados desde el momento de la recepción de la comunicación, una visita de inspección, la Instalación perderá definitivamente su condición de Instalación con pistas homologadas. Este plazo podrá ser ampliado, a propuesta del titular de la Instalación, si existen causas justificadas para ello. Si el titular de la Instalación, una vez corregidas las deficiencias advertidas, solicita visita de inspección, se designará un Verificador para realizarla, en los términos económicos anteriormente descritos. Los gastos de esta visita de inspección serán a cargo del titular de la Instalación y deberán ser abonados antes de realizarse esta. El Verificador emitirá el oportuno informe, si es positivo se alzará la suspensión cautelar en caso contrario la Instalación perderá su consideración de Instalación Homologada. Si una determinada pista homologada perdiese, por las razones que fuesen, las características que le calificaron para obtener esa consideración y el titular de la Instalación lo pone en conocimiento de la FEP, se dará de baja esa pista del Registro hasta que se solucione la situación surgida, pero el resto de las pistas homologadas de esa Instalación mantendrán su condición. 5 de 5
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