PRUEBA NO 15 Respuesta pregunta nro. 1. La modalidad del Régimen Simplificado del I.V.A. sólo se aplicará a las personas físicas y a

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1 PRUEBA NO 15 Respuesta pregunta nro. 1 La respuesta correcta es la A. La modalidad del Régimen Simplificado del I.V.A. sólo se aplicará a las personas físicas y a las entidades en régimen de atribución de rentas que reúnan los requisitos previstos. El Régimen Simplificado no esta previsto para su aplicación por parte de las sociedades. La aplicación del Régimen General del I.V.A. (registros) no es una mayor dificultad para las sociedades, pues éstas están obligadas por el Código de Comercio y por el Impuesto sobre Sociedades a llevar contabilidad. # ESTUDIOS DE EMPRESA - 1 -

2 Respuesta pregunta nro. 2 La respuesta correcta es la C. La especialidad del Régimen Simplificado consiste en que se calculan las cuotas devengadas (repercutidas) partiendo del valor de unos módulos con independencia de la incidencia que tenga el importe de las ventas realizadas. La cuota devengada será la suma de las cuotas correspondientes a los módulos de cada actividad. Durante los tres primeros trimestres del año se ingresarán unos importes a cuenta de la cuota a ingresar derivada de la liquidación a realizar en el cuarto trimestre. Para el cálculo del importe a ingresar en los tres primeros trimestres a la cuota devengada por operaciones corrientes se aplicará un porcentaje, este porcentaje es el previsto para cada actividad. Cuota devengada por operaciones corrientes Porcentaje previsto para la actividad... 15% Importe a ingresar el primer trimestre: X 15% = 1.387,50 euros. # ESTUDIOS DE EMPRESA - 2 -

3 Respuesta pregunta nro. 3 La respuesta correcta es la A. En la modalidad del Régimen Simplificado del I.V.A. para calcular el importe de la cuota se realizan una serie de pasos o fases. La cuota derivada del Régimen Simplificado es una de las fases del cálculo de la liquidación. La cuota derivada del Régimen Simplificado será la mayor de: La diferencia entre la cuota devengada y las cuotas soportadas por operaciones corrientes y el importe imputable a los gastos de difícil justificación. La cuota mínima prevista para cada actividad en la Orden de Módulos. La cuota mínima se obtiene aplicando un porcentaje sobre la cuota devengada por operaciones corrientes. Operaciones: Cuota devengada por operaciones corrientes Cuota soportada operaciones corrientes Gastos de difícil justificación (1% de 4.200) Diferencia Cuota mínima (40% de 4.200) Cuota derivada del Régimen Simplificado # ESTUDIOS DE EMPRESA - 3 -

4 Respuesta pregunta nro. 4 La respuesta correcta es la C. El módulo kilómetros recorridos se aplica en la actividad de transporte de viajeros en autotaxi. Se tendrá en cuenta la totalidad de los kilómetros recorridos por el vehículo afecto a la actividad, con independencia que se hayan recorrido sin pasajeros o que se hayan recorrido para fines particulares. El uso del taxi para fines particulares se considera accesorio y notoriamente irrelevante. # ESTUDIOS DE EMPRESA - 4 -

5 Respuesta pregunta nro. 5 La respuesta correcta es la A. La característica del Régimen Especial de la Agricultura Ganadería y Pesca consiste en que el agricultor no repercutirá el I.V.A. en sus ventas, ni tendrá derecho a deducirse las cuotas de I.V.A. soportado. A cambio, tiene derecho a una compensación. A las actividades del enunciado de la pregunta le corresponde un porcentaje del 12 por ciento del importe de sus ventas. A los efectos de simplificar las obligaciones de los sujetos pasivos acogidos al Régimen Especial de la Agricultura Ganadería y Pesca se establece que deberán ser los empresarios adquirentes de los productos de la explotación quienes deberán confeccionar un recibo donde conste la descripción de la operación el importe y la compensación. Este recibo deberá de ser firmado por el agricultor. El agricultor deberá guardar una copia del recibo. El mayorista registrará el recibo emitido como una factura de compra teniendo derecho a la deducción del importe de la compensación satisfecha al agricultor, como si se tratase de cuotas de I.V.A. soportado. Operaciones: X 12% = Total a recibir por el agricultor = # ESTUDIOS DE EMPRESA - 5 -

6 Respuesta pregunta nro. 6 La respuesta correcta es la C. En el Régimen Especial de los bienes usados la base imponible estará constituida por el margen del beneficio aplicado por el sujeto pasivo revendedor minorado en la cuota del I.V.A. correspondiente a dicho margen. El margen de beneficio se obtiene por la diferencia entre el precio de la venta y el precio de la compra del bien. El precio de venta incluirá el importe del I.V.A. repercutido, sin que el vendedor pueda repercutirlo expresamente. Una vez obtenido el margen de beneficio se debe calcular el importe de I.V.A que se considera incluido para obtener la base imponible de la operación, para ello se dividirá el margen de beneficio por uno más el tipo de gravamen expresado en tanto por uno. Para la operación contemplada en el enunciado de la pregunta (1,21). Operaciones: Margen del beneficio: = Base imponible: / 1,21 = 1.239,67 # ESTUDIOS DE EMPRESA - 6 -

7 Respuesta pregunta nro. 7 La respuesta correcta es la B. Uno de los requisitos para que un sujeto pasivo sea considerado minorista es que durante el año anterior más del 80% de sus ventas sean realizadas a consumidores finales (no sujetos pasivos del I.V.A.) o a la Seguridad Social que a estos efectos se considera consumidor final. Del enunciado de la pregunta se deduce que sólo el 50% por ciento de las ventas han sido realizadas a consumidores finales, por lo que no se le considerará, a los efectos del I.V.A., como comerciante minorista. El Régimen del Recargo de Equivalencia es un Régimen obligatorio y no se puede ni renunciar ni optar por el mismo. Del enunciado no se deducen datos para entender que está matriculado en un epígrafe de venta al menor, y que calcula sus rendimientos por medio de la Estimación Objetiva por lo que no se puede aplicar la excepción a la regla general. # ESTUDIOS DE EMPRESA - 7 -

8 Respuesta pregunta nro. 8 La respuesta correcta es la C. El Régimen Especial del Recargo de Equivalencia se aplicará a las ventas al menor de productos no excluidos del régimen especial. Se requiere que el sujeto pasivo sea persona física o una entidad en régimen de atribución de rentas y que todos sus miembros sean personas físicas. También deben reunir los requisitos exigidos por la Ley del I.V.A. para considerar a un comerciante como minorista. - Ventas de productos sin haberlos sometido a procesos de fabricación elaboración o manufactura. - Que la suma de las ventas a consumidores finales y a la Seguridad Social durante el año anterior haya excedido del 80 por ciento del total de ventas realizadas. # ESTUDIOS DE EMPRESA - 8 -

9 Respuesta pregunta nro. 9 La respuesta correcta es la B. El comerciante minorista en sus operaciones de venta deberá repercutir el I.V.A., que se considerará incluido en el precio de venta al público sin necesidad de repercutirlo expresamente. Cuando realice una venta a un sujeto pasivo que tenga derecho a deducción de las cuotas de I.V.A. soportado, a petición de éste, tendrá la obligación de emitir una factura con el correspondiente desglose del I.V.A. repercutido. Esta repercusión expresa no incrementará el importe total de la venta, por lo que habrá que calcular una base imponible a la que añadiendo la cuota del I.V.A. repercutido dé como resultado el precio de venta al público. El sujeto pasivo en el Régimen de Recargo de Equivalencia no tendrá que ingresar ni realizar ninguna declaración por esta causa. # ESTUDIOS DE EMPRESA - 9 -

10 Respuesta pregunta nro. 10 La respuesta correcta es la C. La repercusión del Impuesto (reflejo en la factura) se realizará en el momento de expedición y entrega de la factura, no obstante el devengo de las cuotas repercutidas tienen lugar en el momento del cobro (total o parcial) de la factura. El empresario deberá incluir en su declaración las cuotas cuyo devengo se ha producido en el período de declaración. # ESTUDIOS DE EMPRESA

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