NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS"

Transcripción

1 CMET. S.A.C.I. 1 NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Estas Normas Generales del Contrato de Prestación de Servicios ( NGCPS ) son parte integrante del Contrato de Prestación de Servicios, en adelante el contrato, celebrado entre el SUSCRIPTOR o SUSCRIPTOR y la sociedad COMPLEJO MANUFACTURERO DE EQUIPOS TELEFONICOS S.A.C.I., en adelante CMET. S.A.C.I., R.U.T. N ,quién actúa por sí. Estas NGCPS conti enen todas las normas de aplicación general a los servicios que en dicho instrumento el SUSCRIPTOR contratare, salvo aquellas que indiquen expresamente que se aplican determinadamente a uno o más de los servicios contratados. PRIMERO: Por el contrato CMET. S.A.C.I. ofrece al SUSCRIPTOR la contratación de los servicios de telefonía, de televisión por cable y/o de internet banda ancha, bajo las siguientes condiciones que se obligan: Todos estos servicios fueron otorgados legalmente con fecha 18 de Enero 2011, repertorio número 2737, respectivamente otorgados en la Notaría Felix Jara Cadot, con fecha 18 de Enero 2011que El SUSCRIPTOR, declara conocer y aceptar conforme a lo expresado en la inscripción individualizada. SEGUNDO: El SUSCRIPTOR se obliga a comunicar por escrito cualquier modificación respecto a los datos contenidos en la cláusula del contrato relativa a la Identificación Suscriptor o Suscriptor, en un plazo máximo de cinco días a contar de la fecha de ocurrido el hecho que motiva la modificación. De no efectuar dicho aviso, el SUSCRIPTOR no podrá alegar desconocimiento de cualquier boleta, factura u otra documentación que le hubiese sido enviada por CMET. S.A.C.I. TERCERO: Si el servicio que solicitare el SUSCRIPTOR fuere el SERVICIO DE TELEFONIA deberá esperar que CMET. S.A.C.I. realice las labores de instalación de la línea telefónica seguida de la conexión telefónica entre el domicilio de instalación señalado por el SUSCRIPTOR y la red de CMET. S.A.C.I., y finalmente, de habilitación del servicio. CUARTO: El costo mensual del servicio de telefonía estará constituido por el cargo fijo mensual más las tarifas correspondientes a todas las comunicaciones que se efectúen mediante sus equipos telefónicos más las tarifas por los servicios conexos y/o complementarios procedentes, de acuerdo a lo solicitado expresamente por el SUSCRIPTOR en el contrato. A las comunicaciones telefónicas locales se le aplicarán las tarifas del Servicio Local Medido (SLM) fijadas por CMET. S.A.C.I., salvo el caso de la Provincia de Valparaíso, en el que las llamadas cursadas desde ésta hacia Isla de Pascua tendrán un valor superior al establecido para el SLM. Tratándose de las tarifas del servicio telefónico de larga distancia nacional e internacional, o, de las tarifas por servicios complementarios o por servicios públicos del mismo tipo cuya habilitación haya sido solicitada por el SUSCRIPTOR, éste declara conocer y aceptar expresamente que las tarifas, precios y cargos por dichos servicios son fijados por los terceros prestadores de dichos servicios y no por CMET. S.A.C.I. QUINTO: En caso que el SUSCRIPTOR hubiere solicitado la habilitación de acceso a comunicaciones hacia equipos telefónicos móviles, declara conocer y aceptar expresamente que al realizar llamadas desde su aparato telefónico hacia aparatos móviles no siempre se enviará a éste último la identificación del número originador. SEXTO: El servicio de telefonía de CMET. S.A.C.I. cuenta con un servicio de asistencia de operadoras cuyo objeto es atender las consultas del SUSCRIPTOR, el cuál pagará por cada llamada realizada a dicho servicio la tarifa fijada mensualmente por CMET. S.A.C.I. para cada nivel de atención. Dentro de los servicios especiales, el SUSCRIPTOR tendrá acceso gratuito exclusivamente a los niveles de emergencia 13X, 14X y 10X, en este último caso se exceptúa únicamente el nivel 103, el cuál tendrá el cargo según el valor determinado por la normativa tarifaria vigente de CMET. S.A.C.I. SEPTIMO: El SUSCRIPTOR del servicio de telefonía podrá solicitar la suspensión transitoria del servicio. En este caso y durante todo el tiempo que dure dicha suspensión, el SUSCRIPTOR deberá pagar el cargo fijo. Si se tratare de un SUSCRIPTOR que pagare cargos por arriendo y mantención de equipo telefónico y/o cargos por arriendo y mantención de la instalación telefónica interior, igualmente deberá pagarlos durante todo el tiempo por el que haya solicitado dicha suspensión. OCTAVO: El SUSCRIPTOR que hubiere contratado el servicio de telefonía, podrá solicitar el Servicio de no publicar ni informar (NPNI), pagando el cargo correspondiente. En virtud del servicio NPNI, CMET. S.A.C.I. no podrá publicar ni informar los datos del SUSCRIPTOR en el directorio telefónico, ni otorgarlos a través de las operadoras ni traspasarlos a otras compañías telefónicas. En todo otro caso, el SUSCRIPTOR recibirá sin cargo la información de los suscriptors de todas las compañías telefónicas que operan en el área o áreas donde está(n) instalada(s) la(s) línea(s) adquirida(s) por el contrato, únicamente a través del Directorio Telefónico Interactivo, el que reemplaza a las guías impresas, no comprendidas en el presente instrumento. NOVENO: En el caso de edificios de departamentos, oficinas y similares, el servicio de telefonía incluye la(s) línea(s) telefónica(s) hasta el tablero de doble conexión del edificio, siempre que a éste se le haya efectuado la obra civil de

2 2 entrada de ductos telefónicos a través de una cámara construída para el efecto. Cualquier obra civil que se tenga que efectuar para la conexión de la(s) línea(s) telefónica(s) al equipo, será de cargo del SUSCRIPTOR. DECIMO: Tratándose del servicio de telefonía con el Plan Cuenta Controlada, el SUSCRIPTOR hará uso del servicio de telefonía local (SLM) hasta por un monto fijo predeterminado mensual o monto fijo contratado. A partir del segundo ciclo de facturación se activarán el resto de los servicios contratados. El SUSCRIPTOR se sujeta, además de lo dispuesto en las cláusulas generales del presente instrumento y las particulares relativas al servicio de telefonía, en cuanto le fueren aplicables, a las siguientes condiciones propias del Plan Línea Controlada, las cuáles prevalecerán sobre las cláusulas generales y particulares, en caso de existir controversia entre ellas: 1. En caso que el SUSCRIPTOR consuma el monto fijo contratado antes del plazo estipulado para el término del ciclo de facturación correspondiente, quedará con servicio de entrada de llamadas, no pudiendo recuperar el servicio de salida de llamadas, sino hasta que se dé inicio al nuevo ciclo y siempre que el SUSCRIPTOR no tenga deuda pendiente en su boleta o factura. 2. En caso que el SUSCRIPTOR no consuma completamente el monto fijo contratado dentro del ciclo de facturación que se halle en curso y hasta el término del mismo, el saldo que quedare pendiente sin haber sido utilizado por el SUSCRIPTOR, no se suma al ciclo siguiente, sino que vuelve a cero, y se procede el primer día del nuevo ciclo a una nueva recarga por el total del monto fijo contratado. Es decir, en ningún caso el saldo de un mes se suma al siguiente. 3. El monto fijo contratado incluye sólo las prestaciones por tráfico por el servicio de telefonía local (SLM) y también incluirá el servicio a móviles, a partir del segundo ciclo, en caso de que el SUSCRIPTOR lo hubiere contratado. El resto de los servicios solicitados, utilizados o aceptados por el SUSCRIPTOR tales como llamadas de cobro revertido de entrada o cualquier otro, serán cobrados en forma adicional en la respectiva boleta o factura así como también los eventuales cobros de tráfico o saldos de los mismos, generados por el SUSCRIPTOR con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Plan Línea Controlada. 4. El SUSCRIPTOR no podrá solicitar el cambio de número de suscriptor. DECIMO PRIMERO: Tratándose del servicio de telefonía con el Plan Prepago, el SUSCRIPTOR hará uso del servicio de telefonía local (SLM) y demás servicios que hubiere contratado hasta por el monto del cargo de activación mensual que hubiere prepagado, sin perjuicio de que pueda recargar las veces que quiera. El SUSCRIPTOR se sujeta, además de lo dispuesto en las cláusulas generales del presente instrumento y las particulares relativas al servicio de telefonía, en cuanto le fueren aplicables, a las siguientes condiciones propias del Plan Prepago, las cuáles prevalecerán sobre las cláusulas generales y particulares, en caso de existir controversia entre ellas: 1. El SUSCRIPTOR, periódicamente, al menos una vez cada 30 días corridos, deberá prepagar un cargo de activación mensual o recarga, suma que le dará derecho a originar las comunicaciones contratadas dentro del período de activación y hasta concurrencia del monto de la recarga. Esto, sin perjuicio de que dentro de un mismo período de activación pueda comprar todas las recargas adicionales que quiera. 2. Concluido que fuere el período de activación de 30 días corridos, señalado en el número precedente, y no habiendo el SUSCRIPTOR comprado otro cargo de activación o recarga, tendrá un plazo adicional de 30 días corridos más dentro del cuál sólo podrá recibir llamadas pero estará inhabilitado para efectuarlas. 3. Vencido que fuere el plazo anterior, tendrá el SUSCRIPTOR un plazo de gracia de 30 días corridos más para comprar un cargo de activación o recarga sin costos adicionales. Si así no lo hiciere, quedará automáticamente eliminado del servicio de telefonía Plan Prepago. 4. Tratándose de un SUSCRIPTOR que quiera cambiarse del servicio de telefonía regular de CMET. S.A.C.I. al del Plan Prepago deberá cancelar por una única vez el cargo por cambio a este Plan y el valor del tráfico generado hasta la fecha del cambio. Si además tuviere el servicio telefónico cortado por no pago o hubiere perdido su contrato de servicio telefónico a causa de su deuda pendiente, deberá hacer un abono adicional a dicha deuda. En estos dos últimos casos, el SUSCRIPTOR acepta expresamente que cada vez que compre un cargo de activación mensual o recarga, cualquiera sea el monto de ésta, se destinará de cada recarga la cantidad de $1.000 (un mil pesos) al pago de la deuda pendiente y el resto del cargo de activación mensual será para originar las comunicaciones contratadas. 5. La contratación del servicio telefónico Plan Prepago no incluye en ningún caso el equipo telefónico ni la instalación telefónica interior. 6. En el caso de llamadas de cobro revertido de entrada o llamadas en que deban aceptarse cargos de terceros hacia la línea telefónica Plan Prepago, dichos cargos serán pagados por el SUSCRIPTOR directamente al proveedor del servicio correspondiente, los que le emitirán la boleta o factura respectiva. DECIMO SEGUNDO: El servicio de telefonía bajo el Plan Cuenta Controlada o Plan Prepago es incompatible con cualquier servicio que el SUSCRIPTOR hubiere contratado con anterioridad, asociado al número de la línea de dicho Plan, ya sea con CMET. S.A.C.I. o con cualquier otro proveedor de servicios de telecomunicaciones como por ejemplo planes de descuento en SLM o en servicios de larga distancia u otros, siendo de exclusiva responsabilidad del SUSCRIPTOR dar término a dichos servicios directamente con los respectivos proveedores de los mismos. DECIMO TERCERO: Tratándose del servicio de telefonía bajo el Plan Cuenta Controlada o Plan Prepago el SUSCRIPTOR renuncia expresamente a la habilitación para acceder al servicio telefónico de larga distancia nacional e internacional, ya que CMET. S.A.C.I. no podrá aplicar a dichos servicios la tarifa del Plan Línea Controlada o la recarga o cargo de activación mensual del Plan Prepago. DECIMO CUARTO: En caso de término del contrato del servicio de telefonía bajo el Plan Cuenta Controlada o Plan Prepago si existiere saldo pendiente a favor del SUSCRIPTOR en relación al monto fijo contratado o al cargo de

3 3 activación mensual, éstos se considerarán como extinguidos para todos los efectos contractuales y legales y CMET. S.A.C.I. no estará obligada a restituirlos en ningún caso como tampoco a imputarlos a otras deudas que el SUSCRIPTOR pudiere tener con CMET. S.A.C.I. DECIMO QUINTO: CMET. S.A.C.I. se obliga a otorgar el servicio de telefonía, declarando que a su respecto se rige, en lo pertinente, por la Ley General de Telecomunicaciones N y sus modificaciones posteriores, y, por el Reglamento del Servicio Público Telefónico. El SUSCRIPTOR podrá ponerle término al servicio de telefonía, previo aviso en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44 del citado Reglamento. DECIMO SEXTO: Si el servicio que solicitare el SUSCRIPTOR fuere el SERVICIO DE TELEVISION POR CABLE, tendrá acceso al sistema de servicio limitado de televisión por cable de acuerdo a las condiciones de factibilidad técnica y operativas del sistema, y sujeto al plan que hubiere contratado. DECIMO SEPTIMO: El costo mensual del servicio de televisión por cable incluye dicho servicio respecto de un televisor por domicilio, el cuál se ubicará en el lugar preciso que el SUSCRIPTOR indique en la respectiva solicitud de instalación. Si el SUSCRIPTOR desea recibir el servicio de televisión por cable a través de más de un televisor, llevará un recargo por la instalación de cada conexión o boca adicional y además tendrá un cargo adicional por cada una de ellas en la mensualidad del servicio. DECIMO OCTAVO: El SUSCRIPTOR del servicio de televisión por cable deberá elegir uno o más de los planes comerciales existentes a la fecha del contrato, sin perjuicio de que dichos planes puedan sufrir alteraciones o modificaciones tanto en su contenido o en la cantidad de canales. Los canales que integran cada uno de estos planes son aquellos existentes a la fecha de suscripción, por parte del SUSCRIPTOR, del Contrato de Prestación de Servicios y específicamente del servicio de televisión por cable. Todo esto, sin perjuicio de que dichos planes puedan sufrir alteraciones o modificaciones tanto en su contenido o en la cantidad de canales. En caso de agregarse y/o eliminarse algún canal en forma definitiva o en relación a un plan determinado, se le dará aviso al SUSCRIPTOR con 30 días de anticipación. DECIMO NOVENO: Tratándose del servicio de televisión por cable, CMET..SACI. no será responsable por alteraciones o modificaciones que pudieren producirse en la programación informada, cuando ella se deba a hecho o causa imputable a la emisora de la señal respectiva. VIGESIMO: Para la prestación del servicio de televisión por cable, se le entrega al SUSCRIPTOR un set o kit de equipos denominado KIT TV CABLE que contiene una caja decodificadora y un control remoto, el cuál, no incluye las pilas para su funcionamiento. Dicho set o kit de equipos se le entrega al SUSCRIPTOR por cada televisor conectado a la red del servicio de televisión por cable y deberá ser arrendado por él bajo las condiciones y precios señalados en el contrato. VIGESIMO PRIMERO: Si el servicio que solicitare el SUSCRIPTOR fuere el SERVICIO DE INTERNET BANDA ANCHA, tendrá acceso a Internet según los planes a la fecha del contrato. VIGESIMO SEGUNDO: Para la prestación del servicio de internet banda ancha, se le entrega al SUSCRIPTOR un set o kit de equipos denominado KIT CPE o KIT CABLE MODEM. Dicho set o kit de equipos deberá ser arrendado por él bajo las condiciones y precios señalados en el contrato. VIGESIMO TERCERO: El SUSCRIPTOR está obligado a utilizar en forma responsable los recursos de internet, evitando causar daño o perjuicio a los datos de otros usuarios, de CMET. S.A.C.I. o de otros proveedores, ya sea mediante el uso indebido o malicioso de la información obtenida, efectuando accesos ilegales o a redes no autorizadas, mediante virus, uso de información privada, etcétera. Además, el SUSCRIPTOR no podrá publicar en sus servidores o en los servidores de CMET. SACI. información o páginas de carácter pornográfico, erótico o de violencia manifiesta. CMET. S.A.C.I. no tiene responsabilidad alguna respecto a la calidad de la información obtenida a través de la red de internet, como tampoco le cabe responsabilidad por los daños o perjuicios que pudiesen resultar de la utilización de la misma, ya sea en relación a los datos del SUSCRIPTOR o a cualquier otra materia. VIGESIMO CUARTO: CMET. S.A.C.I. declara expresamente que cualquiera de los servicios que contratare el SUSCRIPTOR le serán otorgados las 24 horas del día los 365 días del año, salvo que razones de fuerza mayor o caso fortuito atribuibles a hechos de la naturaleza, o a terceros ajenos a la misma, tales como sismos, cortes de energía eléctrica, cortes de las líneas de comunicación, caída de postes, cortes de cable, actos terroristas, robo de cables o cualquier otro, no permitan disponer del o los servicios pertinentes. Toda reparación, modificación o mantención que deba efectuarse a las redes, materiales o a los equipos necesarios para la prestación de uno cualquiera de los servicios, producto de desperfectos por falla de material, será efectuada sin costo para el SUSCRIPTOR. VIGESIMO QUINTO: La instalación, operación y conexión(es) del(os) servicio(s) contratado(s) será(n) realizada(s) únicamente por personal debidamente identificado como perteneciente o dependiente de CMET. S.A.C.I., quiénes serán los únicos autorizados para intervenir en los equipos y/o instalaciones de propiedad de alguna de ellas. Para estos efectos, el SUSCRIPTOR les permitirá el acceso a su domicilio y será obligación y responsabilidad del SUSCRIPTOR estar presente durante todo el tiempo que dicho personal permanezca en su domicilio, con el objeto de cuidar de los bienes de su propiedad existentes en el lugar, y, para verificar y recibir conforme el o los servicios

4 4 conectados o su mantención. Por medio del presente acto, el SUSCRIPTOR renuncia a toda acción civil en contra de CMET. S.A.C.I., por daños y perjuicios causados por eventuales acciones que pudieran imputársele a dicho personal, eximiendo expresamente a CMET. S.A.C.I., de toda responsabilidad por la conducta de sus empleados o dependientes, cuando realicen su trabajo sin supervisión del SUSCRIPTOR en el domicilio de instalación indicado por éste. VIGESIMO SEXTO: Si el SUSCRIPTOR solicitare visitas de diagnóstico a su domicilio, con el objeto de evaluar desperfectos que él encontrare respecto del o los servicios contratados, ella se realizará por parte del personal técnico de CMET. S.A.C.I., sin cargo para el SUSCRIPTOR, cuando la mantención del o los servicios de que se trate haya sido contratada por éste último en el contrato y el desperfecto sea de responsabilidad de la empresa proveedora del o los servicios contratados. De lo contrario, el SUSCRIPTOR deberá cancelar el cargo correspondiente por la visita de diagnóstico o visita técnica efectuada. VIGESIMO SEPTIMO: El SUSCRIPTOR autoriza en este acto el tendido de cables desde y hacia el domicilio de instalación del(os) servicio(s) contratado(s) y otorga permiso para usar el espacio aéreo para estos fines. Asimismo, no podrá oponerse a la ejecución de los trabajos de mantención o revisión del(os) servicio(s) contratado(s) en el domicilio designado para la instalación y prestará su autorización y toda su colaboración para la realización de dichos trabajos. Si su domicilio forma parte de un inmueble acogido a la ley de propiedad horizontal, el SUSCRIPTOR se obliga a concurrir con su consentimiento para que la comunidad respectiva otorgue las facilidades y los permisos necesarios para realizar las inspecciones, relevamiento de conexiones y desconexiones que sean procedentes. En todos estos casos, cualquier conexión clandestina o no autorizada en el domicilio de instalación, edificio o condominio, será desconectada inmediatamente por CMET. S.A.C.I. VIGESIMO OCTAVO: Si el otorgamiento de alguno de los servicios contratados por el SUSCRIPTOR se hace a través de cables que cruzan por propiedades de terceros, la permanencia y prestación del(os) servicio(s) queda(n) sujeto(s) a la condición de que dichos terceros otorguen y mantengan los permisos y autorizaciones pertinentes. VIGESIMO NOVENO: El personal de CMET. S.A.C.I., no retirará teléfonos, televisores ni aparatos electrónicos de propiedad del SUSCRIPTOR por ningún concepto y cualquier contravención a esta prohibición será de responsabilidad del SUSCRIPTOR. Además, el SUSCRIPTOR podrá solicitar el traslado del lugar de prestación del(os) servicio(s) contratado(s) a un domicilio diverso del señalado inicialmente para su instalación. Esta solicitud estará sujeta a la factibilidad técnica y deberá ser aprobada y autorizada por el Departamento Técnico correspondiente, y se efectuará previo pago por parte del SUSCRIPTOR, del cargo o costo de traslado respectivo. TRIGESIMO: CMET. S.A.C.I. declara que mantiene un sistema automatizado de recepción de reclamos 104 para cualquiera de los servicios del contrato, el cuál se encuentra habilitado las 24 horas del día los 365 días del año. TRIGESIMO PRIMERO: CMET. S.A.C.I. declara que el plazo de instalación para cualquiera de los servicios que solicitare el SUSCRIPTOR en el contrato no será superior a 45 días corridos a contar de la fecha del mismo, salvo que en el contrato se indique expresamente otro plazo. TRIGESIMO SEGUNDO: CMET. S.A.C.I. y el SUSCRIPTOR acuerdan que si dentro del plazo de instalación, surgieran inconvenientes técnicos que no hagan factible la instalación del(os) servicio(s), o la hagan excesivamente onerosa para alguna de las partes, se extinguirán todas las obligaciones que para ambas partes emanan del contrato. En este caso, CMET. S.A.C.I. deberá comunicar por escrito esta circunstancia al SUSCRIPTOR dentro del plazo antes mencionado y deberá restituirle las cantidades de dinero recibidas del SUSCRIPTOR, reajustadas según la variación del Indice de Precios al Consumidor, entregada por el Instituto Nacional de Estadísticas o por el organismo que lo reemplace en el futuro. Si por cualquier otra causa, no pudiere cumplirse con la instalación del(os) servicio(s) dentro del plazo establecido, ello dará derecho al SUSCRIPTOR para solicitar por escrito la caducidad del citado contrato, en cuyo caso, a las restituciones señaladas precedentemente se le aplicará un interés del 8% anual. TRIGESIMO TERCERO: Si antes de vencerse el plazo de instalación y antes de haber sido conectado el o los servicios contratados, el SUSCRIPTOR solicitare la terminación anticipada del contrato, acepta expresamente para dicho evento, la retención y/o cobro de un 33% del costo de la inscripción y/o instalación del(os) servicio(s) contratado(s), en razón de gastos operacionales y proyecto de instalación. Igualmente, si antes de vencerse el plazo de instalación y antes de haber sido conectado el o los servicios contratados, el SUSCRIPTOR cae en mora o simple retardo en el cumplimiento del pago de cualquiera de las cuotas pactadas por el costo de la inscripción y/o instalación del(os) servicio(s) contratado(s), dará derecho a CMET. S.A.C.I. para poner término al contrato, y, además retener y/o cobrar el 33% de dicho(s) valor(es), en razón de gastos operacionales y proyecto de instalación. TRIGESIMO CUARTO: Si durante la prestación del(os) servicio(s) contratado(s), el SUSCRIPTOR no paga en forma oportuna cualquiera de las cuotas pactadas para el pago del(os) costo(s) de inscripción y/o instalación, se hará exigible la totalidad de la deuda insoluta, como si fuera de plazo vencido, devengando, desde entonces, un interés equivalente al máximo que la ley permite estipular. TRIGESIMO QUINTO: CMET. S.A.C.I. estará facultada para poner término al contrato, sin ulterior responsabilidad ni derecho a indemnización o reparación de ninguna especie a favor del SUSCRIPTOR, en los siguientes casos: 1. Por razones de fuerza mayor o caso fortuito o demás mencionadas en la cláusula vigésima cuarta del presente instrumento;

5 5 2. Por cumplimiento de disposiciones, prohibiciones, restricciones, condiciones o limitantes efectuadas por las autoridades administrativas o judiciales; 3. Por imposibilidad concesionaria del servicio de telefonía, del servicio de televisión por cable o de la suministradora del servicio de internet banda ancha, de seguir prestando el o los servicios contratados; 4. Por no pago a la compañía telefónica respectiva, del servicio telefónico prestado sobre el mismo medio, en los casos correspondientes; 5. Por fijar la autoridad, precios inferiores a los estipulados en el contrato, o, exigir requerimientos técnicos superiores a los existentes a esa fecha y ofrecidos en ese instrumento. 6. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por el SUSCRIPTOR en virtud del contrato o del presente instrumento. En todos estos casos, la empresa suspenderá dicho(s) servicio(s) de inmediato y sin más trámite. TRIGESIMO SEXTO: El Contrato de Prestación de Servicios suscrito por el SUSCRIPTOR tendrá una duración indefinida a contar de la fecha del mismo. El SUSCRIPTOR podrá solicitar la terminación del contrato comunicando por escrito, su intención de ponerle término. CMET. S.A.C.I. tendrá el plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción del aviso escrito, para terminar con el suministro de los servicios que el SUSCRIPTOR tuviere vigentes, salvo, en el caso del servicio de telefonía, respecto del cuál tendrá el plazo de 10 días para hacerlo. El SUSCRIPTOR deberá pagar en este caso, la mensualidad correspondiente a todos y cada uno de los servicios que tuviere vigentes, calculada hasta el último día en que se le prestó (aron) efectivamente dicho(s) servicio(s), no pudiendo exceder de los plazos señalados precedentemente. Además de la cancelación de las mensualidades por parte del SUSCRIPTOR, éste estará obligado a cumplir toda otra obligación que mantuviere pendiente en favor de CMET. S.A.C.I., a causa del contrato, tales como el pago de saldos por costo(s) de inscripción y/o instalación del(os) servicio(s) contratado(s), la devolución del(os) equipo(s) arrendado(s) o en caso contrario el pago del mismo, o, cualquier otra obligación que fuere procedente. TRIGESIMO SEPTIMO: El SUSCRIPTOR, además de todas las obligaciones contenidas en este instrumento y en el contrato, se obliga especialmente a: 1. Cancelar a CMET. S.A.C.I. mensualmente, la factura o boleta del(os) servicio(s) contratado(s), antes del plazo señalado para su vencimiento. 2. Asumir el costo de las líneas de comunicación, en los casos procedentes, ya que es de su exclusivo cargo. 3. Mantener la seguridad de su(s) equipo(s). 4. Utilizar en forma exclusiva el servicio(s) contratado(s), absteniéndose de ceder, sea a título gratuito u oneroso, dicho(s) servicio(s). TRIGESIMO OCTAVO: El no pago por parte del SUSCRIPTOR de las mensualidades, costos y demás cargos correspondientes a uno o más de los servicios contratados, dentro del plazo señalado para su vencimiento en la boleta o factura respectiva, otorgará a CMET. SACI. el derecho a cortar o suspender la prestación del servicio impago. Dicho servicio sólo será reanudado cuando el SUSCRIPTOR cancele todas las mensualidades, costos y cargos adeudados, correspondientes a dicho servicio, más las multas e intereses, además de los cargos por corte, reposición, desconexión, y/o cobranza procedentes. El SUSCRIPTOR acepta expresamente, para los efectos del presente instrumento, que desde el momento de intimación telefónica, escrita o por cualquier otro medio, sea considerado en mora del pago de la(s) mensualidad(es) adeudada(s). TRIGESIMO NOVENO: La calidad de SUSCRIPTOR o SUSCRIPTOR no confiere título alguno que lo habilite para adquirir el dominio sobre las redes, materiales, equipos de recepción y/o cualesquiera otros equipos de propiedad de CMET. S.A.C.I. o proporcionados por los proveedores de éstas para el funcionamiento de cualquiera de los servicios contratados. En caso de retraso mayor a 30 días por parte del SUSCRIPTOR, en el pago de una boleta o factura del(os) servicio contratado(s), CMET. S.A.C.I. podrá retirar los equipos instalados en las dependencias del SUSCRIPTOR y que le fueron entregados en arrendamiento, para lo cuál, éste autoriza expresamente al personal de CMET. S.A.C.I. para efectuar dicho retiro y para que le sean cargados a su deuda de SUSCRIPTOR, los gastos en que deba incurrir CMET. S.A.C.I. para efectuarlo. En caso de término del contrato, el SUSCRIPTOR está obligado a devolver los equipos recibidos o su valor, haciéndose cargo por las pérdidas o deterioros acontecidos durante la tenencia de los mismos. Para los efectos de la presente cláusula, las partes avalúan de común acuerdo el o los equipos recibidos en la cantidad de $ tratándose del KIT TV CABLE; de $ tratándose del KIT CPE o KIT CABLE MODEM y de $ tratándose del equipo MTA o IMTA. El SUSCRIPTOR declara conocer y aceptar expresamente su obligación de restituír el o los equipos recibidos por los servicios contratados al término del contrato, o, de pagar por ellos las cantidades antedichas, además de toda otra obligación que tuviere pendiente a causa del contrato. CUADRAGESIMO: El SUSCRIPTOR declara conocer íntegramente las obligaciones y consecuencias que implica la utilización del(os) servicio(s) contratado(s). En razón de lo expuesto, CMET. S.A.C.I., o los proveedores de éstas, quedan expresamente exentos y liberados de toda responsabilidad, directa o indirecta, presente o futura, que pudiese ocurrir a causa o consecuencia de infracciones a la Ley de Propiedad Intelectual N y sus modificaciones presentes o futuras, como asimismo, a los tratados, acuerdos o convenciones internacionales sobre propiedad intelectual que Chile haya suscrito y reconocido como Ley de la República, ya sea a causa de una acción u omisión del SUSCRIPTOR, o también de terceros respecto de los cuáles CMET. S.A.C.I. y/o sus proveedores carezcan de autoridad o facultades legales para impedir que dichos actos u omisiones causen daño o perjuicio a otros.

6 6 CUADRAGESIMO PRIMERO: CMET. S.A.C.I. se reserva el derecho de modificar las tarifas por el o los servicios contratados en el contrato, con la obligación de dar aviso al SUSCRIPTOR con una anticipación de 30 días a la fecha en que se quiere aplicar el o los nuevos sistemas tarifarios. CUADRAGESIMO SEGUNDO: CMET. S.A.C.I. declara expresamente que todos los precios contrato están expresados con IVA incluído. indicados en el CUADRAGESIMO TERCERO: Por el presente instrumento, el SUSCRIPTOR viene en otorgar mandato especial a CMET. S.A.C.I. para que, a través de apoderados designados al efecto, y a nombre y en representación del SUSCRIPTOR, suscriba pagarés y reconozca deuda en beneficio de CMET. S.A.C.I., quién acepta expresamente el encargo; por los montos, capital, intereses, costas, impuestos y demás gastos que se originen con motivo de facturas o boletas adeudadas a la misma por cualquiera de los servicios otorgados por el contrato y por concepto de equipos arrendados y no devueltos o por cualquier otra obligación incumplida. La suscripción del o los pagarés no constituirá novación de las obligaciones pendientes del SUSCRIPTOR para con CMET. S.A.C.I.. En caso de no pago de los pagarés aceptados o suscritos en virtud del mandato anteriormente constituido, o, en caso de mora o simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones contraidas por el SUSCRIPTOR con CMET. S.A.C.I., dará derecho a que los apoderados de ésta última, nombrados para estos efectos, autoricen y gestionen el ingreso de los datos personales del SUSCRIPTOR y los antecedentes del protesto o del incumplimiento en un sistema de información comercial, facultando expresamente su digitación, procesamiento, tratamiento y comunicación en línea o en cualesquiera otra forma. El presente mandato tendrá el carácter de irrevocable, en los términos del Artículo 241 del Código de Comercio, en tanto esté vigente el contrato y/o mientras existiesen deudas pendientes derivadas de dicho instrumento o de la ejecución del mismo. El mandatario queda relevado de la obligación de rendir cuenta y facultado para poner término al presente mandato, en cualquier momento, y sin expresión de causa. CUADRAGESIMO CUARTO: El cliente declara conocer y aceptar todas las condiciones establecidas en el contrato(s) y anexo(s) antes aludido(s) cuyo contenido se encuentra disponible en bajo el nombre de NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. CUADRAGESIMO QUINTO: Para todos los efectos legales de estas NGCPS y del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad donde se prestan el o los servicios contratados por el SUSCRIPTOR, y, se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de dicha comuna y ciudad. CMET. S.AC.I. R.U.T.: SUSCRIPTOR R.U.T.:

NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS CMETFLEX

NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS CMETFLEX 1 NORMAS GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS CMETFLEX Estas Normas Generales del Contrato de Prestación de Servicios, en adelante NGCPS, son parte integrante del Contrato de Prestación de

Más detalles

CONDICIONES CONTRACTUALES LINEA HOGAR PREPAGO

CONDICIONES CONTRACTUALES LINEA HOGAR PREPAGO CONDICIONES CONTRACTUALES LINEA HOGAR PREPAGO 1. EL SERVICIO 1.1 Telefónica Chile S.A. (TCH) suministrará al Cliente, en modalidad de prepago, el Servicio Público Telefónico Local (el Servicio), que le

Más detalles

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO DE TELEVISION

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO DE TELEVISION CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO DE TELEVISION 1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 1.1. El servicio de televisión que suministra Telefónica Chile S.A. (TCH), en adelante el Servicio, permite al Cliente recibir

Más detalles

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil: Página 1 de 5 Garantía y Mandato Fecha del Contrato: Nº de referencia del Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO 1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 1.1. El servicio telefónico que suministra Telefónica Chile S.A. (TCH), en adelante el Servicio, consiste en un servicio

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES

TÉRMINOS Y CONDICIONES Uso del canal de comunicación mediante mensaje de texto TÉRMINOS Y CONDICIONES 1) Partes intervinientes Las partes intervinientes son: Energía de Entre Ríos S.A., con domicilio en calle Buenos Aires 87

Más detalles

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS

CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS Conste por el presente documento el Contrato de Servicios de Acceso a Internet y Arrendamiento de Equipos que celebran de una parte,

Más detalles

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL (TV)

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL (TV) CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO DE TELEVISION DIGITAL (TV) 1. EL SERVICIO 1.1 Telefónica Chile S.A. (TCH) suministrará al Cliente, por cuenta de la permisionaria del servicio limitado de televisión

Más detalles

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,

Más detalles

{ } Bolsas Roaming Brasil BASES DE OFERTA

{ } Bolsas Roaming Brasil BASES DE OFERTA BASES DE OFERTA En Santiago de Chile, a 30 de abril del 2014, comparece ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., en adelante Entel, RUT N 96.806.980-2, sociedad del giro de su denominación, representada por

Más detalles

PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales)

PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales) PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de la suma de pesos, moneda chilena,

Más detalles

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE SIGNOS DISTINTIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUJETO C A QUIEN EN LO SUCESIVO

Más detalles

Reglamento del Programa LANCORPORATE

Reglamento del Programa LANCORPORATE Reglamento del Programa LANCORPORATE El programa LANCORPORATE es un programa creado para algunas empresas que son clientes habituales de Grupo LAN, en virtud del cual, las empresas acumulan, en una cuenta

Más detalles

BASES PROMOCIÓN Suscripción Virtual

BASES PROMOCIÓN Suscripción Virtual BASES PROMOCIÓN Suscripción Virtual PRIMERO: Entel PCS, a objeto de potenciar la utilización del servicio de Facturación Electrónica de Entel PCS y los medios automáticos de pago de facturas, realizará

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS En Santiago de Chile, entre Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A., RUT Nº 96.523.710-0, representada en este acto, según se acreditará, por su Gerente

Más detalles

Contrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor

Contrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor Contrato Marco para Factoring Electrónico - Proveedor Conste por el presente documento el Contrato Marco para realizar operaciones de Factoring Electrónico que suscriben de una parte, BANCO INTERNACIONAL

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EN LO SUCESIVO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA,,

Más detalles

{ } BASES DE OFERTA. La presente promoción no aplica si el negocio se efectúa en tiendas, de manera presencial.

{ } BASES DE OFERTA. La presente promoción no aplica si el negocio se efectúa en tiendas, de manera presencial. 10% descuento al cargo fijo Call Center BASES DE OFERTA En Santiago, a 25 de enero de 2014, comparece: ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., en adelante Entel, RUT Nº 96.806.980-2, sociedad del giro de su

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIO TELEFONICO MOVIL

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIO TELEFONICO MOVIL CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIO TELEFONICO MOVIL 1.- El Servicio. Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., en adelante Telsur o la Compañía suministrará

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana.

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana. CONTRATO PRIVADO DE PRESTACION DE SERVICIO DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD SUPERAUTOS UNIVERSIDAD, S.A. DE C.V., A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL,

Más detalles

Condiciones generales

Condiciones generales Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIO TELEFONICO MOVIL

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIO TELEFONICO MOVIL CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIO TELEFONICO MOVIL 1.- El Servicio. Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., en adelante Telsur o la Compañía suministrará

Más detalles

Instructivo Servicios de Celular

Instructivo Servicios de Celular 1. Objeto Dar a conocer las políticas de manejo de la comunicación móvil en la SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA para los usuarios que por razón de su función, cargos o lineamientos de la Institución requieren

Más detalles

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet. Contrato Nº

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet. Contrato Nº Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet Contrato Nº Condiciones Generales del Servicio de Acceso a Internet Contrato Nº 1. El Servicio Constituye objeto del presente contrato la prestación

Más detalles

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES 1. Tipo de residuos permitidos ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES El Generador podrá disponer finalmente de los residuos sólidos que genere en virtud de su actividad. Se entiende por residuo sólido toda sustancia,

Más detalles

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el

Más detalles

CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO DE PÁGINAS WEB Y OTROS SERVICIOS DIGITALES

CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO DE PÁGINAS WEB Y OTROS SERVICIOS DIGITALES CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO DE PÁGINAS WEB Y OTROS SERVICIOS DIGITALES Conste por el presente documento, las Cláusulas Generales de Contratación del Servicio

Más detalles

CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE VOZ SOBRE INTERNET MODALIDAD PREPAGO

CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE VOZ SOBRE INTERNET MODALIDAD PREPAGO CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE VOZ SOBRE INTERNET MODALIDAD PREPAGO REDVOISS S.A., Rol Único Tributario N 76.040.896-4, representada por don Claudio López Véliz, cédula de identidad

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET

CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET Los que suscribimos libre y voluntariamente, convenimos en celebrar el presente contrato de acuerdo con los términos y condiciones que más adelante

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PAGÁ CON AMIGOS

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PAGÁ CON AMIGOS BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PAGÁ CON AMIGOS 1. ENTIDAD ORGANIZADORA RADIO SAPIENZA S.A., CUIT 30-54194320-6, en adelante la Empresa, ha organizado una promoción especial denominada PAGÁ CON AMIGOS,

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO CANTV TELEFONÍA IP

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO CANTV TELEFONÍA IP TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO CANTV TELEFONÍA IP PRIMERO: PARTE GENERAL 1.1 Mediante las presentes Condiciones Particulares se establecen los términos y condiciones bajo las cuales la

Más detalles

ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS

ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS Entre Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, en adelante Los Héroes, RUT: 70.016.330-K, representada por

Más detalles

CONTRATO DE PROMOCION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE ANACONDAWEB S.A.

CONTRATO DE PROMOCION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE ANACONDAWEB S.A. CONTRATO DE PROMOCION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE ANACONDAWEB S.A. PRIMERO: El vendedor ejerce profesionalmente su actividad de acuerdo a iniciación de actividades. En tal carácter, prestará servicios

Más detalles

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES. El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar?

PREGUNTAS FRECUENTES. El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar? PREGUNTAS FRECUENTES El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar? Según la Ley 142, las empresas de servicios públicos pueden cobrar las deudas

Más detalles

TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO PRESTACION DE SERVICIOS DE VALOR AGREGADO

TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO PRESTACION DE SERVICIOS DE VALOR AGREGADO TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO PRESTACION DE SERVICIOS DE VALOR AGREGADO PRIMERA. ANTECEDENTES. ORBINET es una sociedad legalmente constituida de conformidad con la legislación de la República del

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto

Más detalles

Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0

Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Los siguientes términos y condiciones se aplican a Europeanwebhost S.L a partir del 30 de noviembre de 2014. 1. Suscripción: Las suscripciones de

Más detalles

Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org

Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.aytotorrelodones.org Entidad solicitante: AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES (SER. INFOR.) A la atención de: FRANCISCO TORRENTE Código propuesta: 120228/21855/versión 1

Más detalles

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por su confianza. Condiciones

Más detalles

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las

Más detalles

COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) SOLICITUD DEL PRODUCTO INTERNET EQUIPADO PERSONA JURÍDICA

COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) SOLICITUD DEL PRODUCTO INTERNET EQUIPADO PERSONA JURÍDICA COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) SOLICITUD DEL PRODUCTO INTERNET EQUIPADO PERSONA JURÍDICA 1. Denominación social: DATOS DEL CLIENTE (PERSONA JURÍDICA) 2. N de Registro de Información

Más detalles

LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios

LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley de reprogramación de créditos universitarios: (2) Artículo 1º.- Los deudores de los Fondos Solidarios

Más detalles

prestamosenlinea.com.do

prestamosenlinea.com.do Términos y Condiciones de los Préstamos Personales Por favor lea cuidadosamente estos Términos y Condiciones antes de utilizar los servicios de Prestamosenlinea.com.do. Al utilizar este Sitio Web, usted

Más detalles

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley

Más detalles

Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L.

Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L. Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L. Contrato de Soporte Informático Con Pag.1. En Madrid, a de de 200 REUNIDOS DE UNA PARTE: D. con Documento Nacional de Identidad nº, en representación de la sociedad

Más detalles

Contrato de arrendamiento de vivienda

Contrato de arrendamiento de vivienda Contrato de arrendamiento de vivienda ciudad, (fecha) REUNIDOS De una parte, Y de la otra, INTERVIENEN Cada uno en su propio nombre y derecho, y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD REUNIDOS De una parte, la parte contratante del servicio online E-conomic como EL RESPONSABLE DEL FICHERO. De otra parte, E-conomic Online

Más detalles

PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América)

PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América) PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América) D7 Debo y pagaré (Debemos y pagaremos) solidaria e incondicionalmente, el de del año a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº de

Más detalles

Condiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet. En, a de de

Condiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet. En, a de de Condiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet En, a de de 1. Objeto del Servicio. Estas condiciones generales tienen por objeto única y exclusivamente regular

Más detalles

BASES DE LA PROMOCIÓN SÁBADOS MASTERCARD DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC.

BASES DE LA PROMOCIÓN SÁBADOS MASTERCARD DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC. BASES DE LA PROMOCIÓN SÁBADOS MASTERCARD DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC. En Santiago de Chile, a 1 de agosto de 2014, MasterCard International Incorporated, domiciliada en 2000, Purchase Street, Purchase,

Más detalles

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA OFICINA Nº DE LA PROMOCIÓN Nº. PLAN MUNICIPAL DE OFICINAS AMABLES AL EMPRENDIMIENTO. Página 1 de 5

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA OFICINA Nº DE LA PROMOCIÓN Nº. PLAN MUNICIPAL DE OFICINAS AMABLES AL EMPRENDIMIENTO. Página 1 de 5 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LA OFICINA Nº DE LA PROMOCIÓN Nº. PLAN MUNICIPAL DE OFICINAS AMABLES AL EMPRENDIMIENTO Página 1 de 5 En Móstoles a de... de 201.. REUNIDOS De una parte, D..., mayor de edad,

Más detalles

MANTENGASE SIEMPRE INFORMADO. 1. Cómo tramitar el cierre de una cuenta de ahorros, la cancelación de una tarjeta de crédito?

MANTENGASE SIEMPRE INFORMADO. 1. Cómo tramitar el cierre de una cuenta de ahorros, la cancelación de una tarjeta de crédito? MANTENGASE SIEMPRE INFORMADO 1. Cómo tramitar el cierre de una cuenta de ahorros, la cancelación de una tarjeta de crédito? Acercándose a la Plataforma de Atención al cliente de cualquier Centro Financiero

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS y COMODATO DE EQUIPOS Entre VOISSNET S.A. Y xxxxxxxxxxxxxxxx

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS y COMODATO DE EQUIPOS Entre VOISSNET S.A. Y xxxxxxxxxxxxxxxx CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS y COMODATO DE EQUIPOS Entre VOISSNET S.A. Y xxxxxxxxxxxxxxxx En Santiago, a xxxx xx de xx del xxx, entre VOISSNET S.A., en adelante también REDVOISS, domiciliada en

Más detalles

SOLICITUD DE CONTRATO DE SUMINISTRO Nº.

SOLICITUD DE CONTRATO DE SUMINISTRO Nº. SOLICITUD DE CONTRATO DE SUMINISTRO Nº. En, Chile, a,, en adelante el Suscriptor, cédula de identidad Nº, Nº de contacto, domiciliado en, Región, debidamente representado (si es persona jurídica) por,

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

Bases de Promoción Recarga tu Entel con Tarjetas Hites

Bases de Promoción Recarga tu Entel con Tarjetas Hites Bases de Promoción Recarga tu Entel con Tarjetas Hites En Santiago de Chile, a 08 de octubre de 2012 comparece ENTEL COMERCIAL S.A., en adelante Entel, RUT 76.479.460-5, sociedad del giro de su denominación,

Más detalles

Anexo VI del Contrato Marco Multiservicios entre I-MED S.A y el Prestador

Anexo VI del Contrato Marco Multiservicios entre I-MED S.A y el Prestador ANEXO VI DESCRIPCIÓN Y PRECIO DE LOS SERVICIOS DE EMISIÓN DE DTE Y COBRANZA DE BONOS ELECTRÓNICOS Este Anexo VI forma parte del Contrato Marco Multiservicios ( Contrato") suscrito entre I-MED S.A. y el

Más detalles

Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial)

Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial) Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial) Conste por el presente documento El Acuerdo para la adquisición de Equipos con Condiciones Especiales celebrado

Más detalles

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo

Más detalles

BASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS

BASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS BASES Y CONDICIONES PROGRAMA ITAPUNTOS El presente documento describe los términos y condiciones generales de adhesión al Programa PUNTOS. Cualquier cliente que desee acceder a los beneficios del programa

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA.

CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA. CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA. LEA CUIDADOSAMENTE ESTE DOCUMENTO. EL ACCESO Y USO DE LA OFICINA VIRTUAL IMPLICA, POR

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,

Más detalles

PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012

PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012 PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012 1. AMPAROS. SEGUROS DEL ESTADO S.A., QUE EN ADELANTE SE DENOMINARÁ SEGURESTADO OTORGA A LA ENTIDAD

Más detalles

CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS

CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte

Más detalles

CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO MOVIL BORRADOR

CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO MOVIL BORRADOR CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO MOVIL 1. EL SUMINISTRO: CLARO CHILE S.A., en adelante CLARO, proporcionará al suscriptor el servicio público telefónico móvil, que incluye larga distancia

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIO POR MONITOREO. R.U.T. N., en representación

CONTRATO DE SERVICIO POR MONITOREO. R.U.T. N., en representación CONTRATO DE SERVICIO POR MONITOREO En de Chile, a.. de. de 20., entre PATROLL S.A., R.U.T N 83.314.800-1. con domicilio en Avenida Santa María 2294, ciudad de Santiago, representada por don Iván Karlezi

Más detalles

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS Conste por el presente documento, el Contrato de Compra Venta que celebran de una parte (((NOMBRE DE LA VENDEDOR))), empresa constituida bajo las leyes

Más detalles

Bases de Promoción OFERTA BOLSAS MINUTOS NET

Bases de Promoción OFERTA BOLSAS MINUTOS NET Bases de Promoción OFERTA BOLSAS MINUTOS NET En Santiago, a 23 de Marzo de 2009, comparece: ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., en adelante Entel PCS, RUT 96.806.980-2, sociedad del giro de su denominación,

Más detalles

CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA

CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA Conste el presente documento, un Convenio para emisión de Garantía Bancaria, contenido al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones: PRIMERA: COMPARECIENTES.-

Más detalles

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios

Más detalles

www.eka.mx! 1. EL AVISO LEGAL Y SU ACEPTACIÓN

www.eka.mx! 1. EL AVISO LEGAL Y SU ACEPTACIÓN 1. EL AVISO LEGAL Y SU ACEPTACIÓN El presente aviso legal regula el uso de los servicios en la Página de Internet www.eka.mx (en adelante, la "Página ") que EKA Seguros S.A. de CV. (en adelante, "EKA")

Más detalles

BASES PROMOCIÓN GUERRILLA 3X50 PROVIDENCIA

BASES PROMOCIÓN GUERRILLA 3X50 PROVIDENCIA BASES PROMOCIÓN GUERRILLA 3X50 PROVIDENCIA 1.- ENTIDAD ORGANIZADORA TELEFONICA CHILE S.A. RUT Nº 90.635.000-9, ha organizado una promoción especial dentro de la República de Chile. La promoción se denominará

Más detalles

Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca

Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca 1. PARTES. a. Busining Desarrollos Empresariales, S.L. (a partir de ahora Busining), con CIF B85618361, domiciliada en Pº del Club Deportivo,

Más detalles

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante

Más detalles

CONTRATO RELATIVO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÓVILES EN MODALIDAD PREPAGO

CONTRATO RELATIVO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÓVILES EN MODALIDAD PREPAGO CONTRATO RELATIVO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÓVILES EN MODALIDAD PREPAGO 1 ÍNDICE DE CONTENIDOS CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES... 3 CONDICIONES GENERALES DE SERVICIOS DE

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO. A quien en adelante denominaremos como CLIENTE y la

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO. A quien en adelante denominaremos como CLIENTE y la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL DESARROLLO CONTRATO TARJETA DEBITO CREDECOOP R. L. COOPENAE R.L. TARJETA N. NOSOTROS: CON CEDULA: [numero_tarjeta] [nombre_deudor] [cedula_deudor] A quien en adelante

Más detalles

CESION DE CREDITOS (Facturas Sin Responsabilidad)

CESION DE CREDITOS (Facturas Sin Responsabilidad) CESION DE CREDITOS (Facturas Sin Responsabilidad) Comparecen: El cedente, que se individualiza al pie del presente contrato, en adelante también indistintamente "el cliente"; y por la otra CorpBanca, sociedad

Más detalles

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN Entre.., en su carácter de propietario del lote No.. del barrio cerrado.. en el partido de, provincia de Buenos Aires con domicilio en la calle, piso.., departamento.de la Ciudad

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

Disposición preliminar.- Para efectos de la presente norma entiéndase por:

Disposición preliminar.- Para efectos de la presente norma entiéndase por: SISTEMA DE TARIFAS QUE SE APLICARA A LAS COMUNICACIONES CURSADAS ENTRE USUARIOS DEL SERVICIO DE TELEFONIA FIJA Y USUARIOS DEL SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR Disposición preliminar.- Para efectos de

Más detalles

REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN

REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN DISPOSICIONES GENERALES SOBRE NORMAS ARANCELARIAS 1 Los Postgrados son todos aquellos programas docentes que ofrece la Universidad

Más detalles

BASES DE LA PROMOCIÓN WEEKEND MASTERCARD DE CADA MES EN TIENDAS ADHERIDAS DE PARQUE ARAUCO DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC.

BASES DE LA PROMOCIÓN WEEKEND MASTERCARD DE CADA MES EN TIENDAS ADHERIDAS DE PARQUE ARAUCO DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC. BASES DE LA PROMOCIÓN WEEKEND MASTERCARD DE CADA MES EN TIENDAS ADHERIDAS DE PARQUE ARAUCO DE MASTERCARD INTERNATIONAL INC. En Santiago de Chile, a 21 de Diciembre de 2015, MasterCard International Incorporated,

Más detalles

6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 28 6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 6.1 Responsabilidad general Las empresas o profesionales que ofrezcan servicios de la sociedad de la información

Más detalles

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

POLÍTICA DE PRIVACIDAD POLÍTICA DE PRIVACIDAD Esta página web es propiedad de El Sinvivir y tiene como objetivo la promoción de los servicios que ofrece de: venta de moda sostenible. El hecho de acceder a esta página Web implica

Más detalles

REGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005)

REGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005) REGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005) 1. DESCRIPCION DEL PROGRAMA SUPERPUNTOS SUPERPUNTOS es un Programa de acumulación de puntaje (denominados superpuntos ) y otorgamiento

Más detalles

D.S. Nº 425, DE 1996, SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO TELEFONICO. CAPITULO I De las disposiciones generales

D.S. Nº 425, DE 1996, SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO TELEFONICO. CAPITULO I De las disposiciones generales D.S. Nº 425, DE 1996, SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO TELEFONICO (Publicado en el Diario Oficial de 9 de Agosto de 1997) CAPITULO I De las disposiciones generales Artículo

Más detalles

Nombres y Apellidos/Razón Social:... Nombre del Representante:... Doc. Identidad:... Domicilio:. RUC:... FIRMA:...

Nombres y Apellidos/Razón Social:... Nombre del Representante:... Doc. Identidad:... Domicilio:. RUC:... FIRMA:... CONTRATO DE MUTUO Conste que el presente documento denominado CONTRATO DE MUTUO que celebran, de una parte la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MAYNAS S.A., con RUC Nº 20103845328, con domicilio para

Más detalles

I.2 Cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del.

I.2 Cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL CURSO DE CAPACITACIÓN EN LA PRÁCTICA LABORAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO, REPRESENTADO POR EL C., EN SU CARÁCTER DE Y POR LA

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE MILLAS TARJETA DE CRÉDITO PREMIA CORPORATE

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE MILLAS TARJETA DE CRÉDITO PREMIA CORPORATE REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE MILLAS TARJETA DE CRÉDITO PREMIA CORPORATE Definiciones: Para los efectos de este reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Emisor (Banco Promerica de

Más detalles

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO 2012-1

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO 2012-1 REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO 2012-1 1 REGLAMENTO ADMINISTRATIVO ACADÉMICO 1. INTRODUCCIÓN El presente Reglamento Administrativo Académico ha sido aprobado mediante Resolución de la Vicepresidencia

Más detalles

Condiciones legales del programa de puntos R Residencial

Condiciones legales del programa de puntos R Residencial Condiciones legales del programa de puntos R Residencial OBJETO El programa de puntos de R Cable y Telecomunicaciones Galicia S.A. (en adelante R) ha sido diseñado como una atención para aquellos clientes

Más detalles