LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL Y SU REGULACIÓN EN COSTA RICA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL Y SU REGULACIÓN EN COSTA RICA"

Transcripción

1 LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL Y SU REGULACIÓN EN COSTA RICA Dra. Vilma Alpízar Matamoros 1 El fenómeno de la globalización ha cambiado profundamente al mundo actual. Los países han dejado de vivir los seres humanos. de la vida privada de las personas, por lo que es frecuente conocer de matrimonios de personas que viven en lugares distantes o de adopciones notorias que se dan en países distintos al nuestro. Dentro de este panorama la adopción internacional ha tenido gran importancia en los últimos tiempos y inexistentes. Esta institución ha sido objeto de estudio no solo de las personas que pretenden adoptar a un menor sino por la existencia de una gran cantidad de niños abandonados producto de las guerras, catástrofes naturales y las crisis económicas que viven muchos países del mundo. Originalmente en culturas antiguas como la romana, se concibió a la adopción como una forma de proveer de hijos a los padres que no los habían podido tener o los habían perdido, perpetuando con ello su apellido y su herencia, es decir operaba esencialmente en función de los padres y no necesariamente en favor de los hijos adoptivos. En la dioses de la familia o espíritus de los antepasados, lo que implicaba el desamparo en el más allá, además de la extinción del culto familiar y de la familia en sí. consuelo a las personas sin hijos u obtener una situación moral ni proteger a los menores huérfanos, sino cumplir con deberes religiosos. 2 En nuestro país, la legislación hizo eco de esta idea y un ejemplo es la regulación que se hace de ella en el 3 según el cual solo se podía adoptar a personas mayores de catorce años y los adoptantes debían ser mayores de cincuenta años y no tener hijos ni descendientes legítimos. Esta concepción clásica de la adopción ha sido superada y hoy es una institución dirigida a dotar de una familia acto jurídico que crea entre el adoptante y el adoptado un vínculo de parentesco civil del que se derivan relaciones análogas a las que resultan La adopción es una institución jurídica de integración y protección familiar, orden público e interés social. Constituye un proceso jurídico y psicosocial, mediante el que el adoptado entra a formar parte de la familia de los adoptantes, para todos los efectos, en calidad de hijo o hija. 4 adopción entre países se convirtió en una práctica reiterada. Los niños huérfanos producto de la guerra, los abandonados En esta etapa, se considera a la Adopción Internacional como una respuesta humanitaria a una situación de emergencia y crisis, encontrando hogares permanentes a niños que habían perdido a sus familias en la guerra. 5 niño o el de los padres que lo pretendían adoptar? recomendación y no de un tratado, en la que se consignan los principios sociales y jurídicos aplicables a la protección y al bienestar de los niños, contemplados sobre todo desde las prácticas en materia de adopción y la colocación familiar 6 El 29 de mayo de 1993 nace otro tratado internacional, denominado Convenio relativo a la protección del niño 7 donde El reconocimiento que para el desarrollo armónico de su personalidad, el niño debe crecer en un medio familiar, en un clima de felicidad, amor y comprensión. Que cada Estado debería tomar, con carácter prioritario, medidas adecuadas que permitan mantener al niño en su familia de origen. El reconocimiento de que la adopción internacional puede presentar la ventaja de dar una familia permanente a un niño que no puede encontrar una familia adecuada en su Estado de origen.

2 La necesidad de adoptar medidas que garanticen que las adopciones internacionales tengan lugar en consideración al interés superior del niño y al respeto a sus derechos fundamentales, así como para prevenir 8 d) Adoptarán todas las medidas apropiadas para garantizar que, en el caso de adopción en otro país, la colocación Esta Convención se inspiró en acuerdos informales que la precedieron y en especial en la Declaración de las 9. Tanto la Declaración cual es el interés superior del menor, el cual debe estar presente en todo proceso sea nacional o internacional. Artículo Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado. e) Promoverán, cuando corresponda, los objetivos del presente artículo mediante la concertación de arreglos o acuerdos bilaterales o multilaterales y se esforzarán, dentro de este marco, por garantizar que la colocación del niño en otro país se efectúe por medio de las autoridades u organismos competentes. adopción y la comunicación y cooperación de las autoridades del país de origen de los niños y la autoridades del país receptor. El principio del interés superior del niño implica que en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, la prioridad será la aplicación de este principio Los Estados Partes garantizarán, de conformidad con sus leyes nacionales, otros tipos de cuidado para esos niños. islámico, la adopción o de ser necesario, la colocación en instituciones adecuadas de protección de menores. Al considerar las soluciones, se prestará particular atención a la conveniencia de que haya continuidad en la educación del niño y a su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico. tomando en cuenta su condición de sujeto de derechos, su edad, madurez, capacidad, condición económicas y todas aquellas condiciones propias de una persona en desarrollo. Este interés intervenga directa o indirectamente un menor de edad. Sin embargo, es preciso indicar, que alcances, por lo que su desarrollo, aplicación, límites, alcances y protección, se encuentran a cargo de la ley 11. Artículo 21 Los Estados Partes que reconocen o permiten el sistema de adopción cuidarán de que el interés superior del determinarán, con arreglo a las leyes y a los procedimientos aplicables y sobre la base de toda la información sus padres, parientes y representantes legales y que, cuando así se requiera, las personas interesadas hayan dado con conocimiento de causa su consentimiento a la adopción sobre la base del asesoramiento que pueda b) Reconocerán que la adopción en otro país puede ser considerada como otro medio de cuidar del niño, en el caso de que éste no pueda ser colocado en un hogar de guarda o entregado a una familia adoptiva o no pueda El principio de subsidiaridad para la protección del niño, pues la prioridad es que los niños convivan con sus padres o familiares. Por último el principio de cooperación en aras de la protección de los derechos fundamentales de los niños. está compuesta por un equipo interdisciplinario (abogados, trabajadoras sociales y psicólogas), cuyas funciones se

3 En nuestro caso particular y de acuerdo a los Tratados que se han suscrito y a la legislación emitida, el instituto 12. en el seno de una familia, sea ésta biológica o adoptiva. 13 marco jurídico que garantice el respeto de estos principios y derechos fundamentales. Individual: Si el adoptante es único. El adoptado de esta forma repetirá los apellidos del adoptante. Conjunta: Si la adopción es solicitada por ambos cónyuges, que tengan un hogar estable y vivan juntos. El adoptado en forma conjunta llevará, como primer apellido, el primero del adoptante y como segundo apellido, el primero de la adoptante. La doctrina moderna considera que la adopción internacional en general debe considerarse como una solución origen. 16 Efectos Jurídicos de la Adopción 1. El papel de la crianza y evolución del niño, como una especie de hábitat donde se desarrolla y forma su personalidad y La importancia de la familia biológica, recordándose el carácter subsidiario de la adopción internacional. De acuerdo con el ordenamiento jurídico de Costa Rica, la adopción, sea ésta nacional o internacional, una vez a) Entre los adoptantes y adoptados se establecen los mismos vínculos jurídicos que unen a los padres con los hijos e hijas consanguíneas. Además, para todos los efectos, las personas adoptadas entrarán a formar parte de la familia consanguínea del o los adoptantes. Y es que la adopción debe considerarse como una excepción cuando al niño o niña no puede vivir con algún familiar o en último caso cuando es objeto de una adopción y es llevado a otro país ajeno a sus raíces. entre ellos Costa Rica, iniciaron un proceso de reformas en materia de adopción dentro del cual se emitió el Código de la Código de Familia en personas adoptantes. De esta forma, se entiende por Adopción Internacional, aquella que es tramitada por personas con residencia permanente fuera del territorio de Costa Rica, independiente de su nacionalidad. Por ejemplo como se señala 14, podría darse el caso de una familia conformada por costarricenses con residencia habitual en España que desee adoptar en Costa Rica deberá seguir el procedimiento establecido para la adopción internacional. 15 b) Otro efecto importante de la adopción, en cuanto al adoptado, es que, produce la desvinculación de éste con su familia consanguínea, es decir, no se le exigirán obligaciones por razón de parentesco con sus ascendientes o colaterales consanguíneos, igualmente la persona adoptada no tendrá derecho alguno respecto de esos mismos parientes. Sin embargo hay que hacer notar que, los impedimentos matrimoniales por razón de parentesco consanguíneo, permanecen vigentes. c) El o los adoptantes ejercen la autoridad parental del adoptado. d) La adopción es irrevocable, es decir, una vez que la autoridad judicial competente dicte sentencia en donde Es importante indicar que la familia adoptante puede solicitar al juez el cambio del nombre de pila en forma parcial o completa, de la persona menor de edad. Sin embargo, el cambio de nombre de pila debe hacerse tomando en cuenta la edad y las implicaciones que a nivel psicológico ello pueda conllevar para la persona menor de edad, pues el nombre de pila es un elemento que conforma la identidad de la persona. Dependiendo de la madurez que el niño o niña tenga, deberán estar totalmente de acuerdo con este cambio, por lo que en algunos casos tal decisión debe ser compartida tanto por la persona menor de edad como por los adoptantes.

4 Procedimiento para el trámite de Adopción Internacional trámite de adopción de niños, niñas y adolescentes que realizan las personas solicitantes de adopción internacional se requiere tramitar una solicitud de adopción internacional a través de ellos, las personas interesadas deben primeramente contactar al organismo que funge como Autoridad Central de su país de residencia habitual, conforme a lo dispuesto cual deberá estar debidamente autorizada para tales efectos por la Autoridad Central de su país y acreditada por parte internacional en Costa Rica. como la lista de requisitos y documentos que deben aportar para poder adoptar en nuestro país. La Autoridad central del país de residencia habitual de los solicitantes deberá realizar todas las valoraciones realización de una adopción internacional de niños, niñas o adolescentes de Costa Rica. Si la Autoridad Central determina que la familia es idónea, emitirá un documento denominado Declaratoria de Idoneidad. Dicha Declaratoria Adopción Internacional en Costa Rica: Para poder adoptar en Costa Rica, las personas solicitantes de adopción deben cumplir con las condiciones 1. Poseer capacidad plena para ejercer sus derechos civiles. 2. Ser mayor de veinticinco años, en caso de adopciones individuales. En adopciones conjuntas, bastará que uno de los adoptantes haya alcanzado esta edad. 3. Ser por lo menos quince años mayor que el adoptado. En la adopción conjunta, esa diferencia se establecerá con respecto al adoptante de menor edad. 4. Ser de buena conducta y reputación. 5. Poseer condiciones familiares, morales, psicológicas, sociales, económicas y de salud, que evidencien aptitud y disposición para asumir la responsabilidad parental. De acuerdo con lo establecido en el artículo 112 del Código de Familia las personas sin domicilio en Costa Rica pueden adoptar, en forma conjunta o individual. a) Tienen por lo menos cinco años de casados. b) Además de los requisitos generales establecidos en el artículo 106 del Código de Familia, deberán comprobar que reúnen las condiciones personales para adoptar, exigidas por la ley de su domicilio. c) La autoridad competente los ha declarado aptos para adoptar. autoridades competentes del Estado receptor, velará por el interés del adoptado. Tratándose de adopciones individuales, los adoptantes sin domicilio en Costa Rica deberán cumplir con los requisitos b), c) y d) anteriores. b) Documentos que deben presentar las personas solicitantes de adopción por los solicitantes. Este formulario podrá ser solicitado (ya sea por las personas solicitantes o bien por la al Consulado de Costa Rica más cercano. 2. Dos fotografías tamaño pasaporte de ambos solicitantes. años de casados como mínimo. residencia habitual de los solicitantes. 7. Dictamen médico de salud.

5 10. Compromiso de Seguimiento expedido por la Autoridad Central del país de residencia habitual de los adoptantes, o por la Agencia u organismo colaborador en materia de adopción internacional acreditado en Costa Rica. Mediante dicho documento, la autoridad indicada deberá comprometerse expresamente a realizar de la persona menor de edad al país del domicilio habitual de los adoptantes. Dicho seguimiento deberá hacerse mediante informes semestrales, a los cuales deberán anexarse fotografías y demás documentos que demuestren los avances en la adaptación y el desarrollo integral de la persona menor de edad con la familia adoptiva. Libros y Revistas BENAVIDES SANTOS, Diego. Código de Familia, actualizado, concordado y comentado, con jurisprudencia BRENA SEMA, Ingrid, Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, BELLUSCIO, Augusto César. Manual de Derecho de Familia, Buenos Aires, Ediciones de Palma, BRENES CORDOBA, Alberto. Tratado de las Personas 11. Documento de Declaratoria de Idoneidad expedida por la Autoridad Central del país de residencia habitual de los solicitantes, para adoptar a un niño (s), niña (s) proveniente (s) de Costa Rica. GONZALEZ MARTIN, Nuria y RODRIGUEZ BENOT, Andrés. Estudios sobre adopción internacional, del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica correspondientes. LACRUZ BERDEJO, Luis. Elementos del Derecho Civil IV, fascículo III, Derecho de Familia, Barcelona, Bosch, 1982, página 674. español. Conclusiones señalan que la adopción internacional se plantea como otra posibilidad que amplia el horizonte de las esperanzas de las personas menores de edad de no tener que quedar institucionalizados al no contar con una familia nacional, por lo que se considera como la mejor alternativa de protección para estos niños, niñas y adolescentes, a través de la cual se podrá garantizar su derecho a contar con una familia que les provea de todas las condiciones para su desarrollo normal e integral y que, principalmente les dote del amor que ellos necesita. Sin embargo, es esencial que los Estados se aseguren de que las adopciones internacionales se realicen respetando los derechos de los niños, niñas y adolescentes. PEREZ VARGAS, Victor. El nuevo derecho de Familia en Costa Rica SAENZ CARBONELL, Jorge. Los sistemas normativos en la Historia de Costa Rica, Santo Domingo de TREJOS SALAS, Gerardo, Derecho de Familia Costarricense Edic Fuentes Normativas Código de la Niñez y la Adolescencia, Concordado y con índice Alfabético, Convención sobre Derechos del Niño Concordado y con índice temático Código General del Estado de Costa Rica Constitución Política de la República de Costa Rica

6 Sitios de Internet CARDENAS MIRANDA, Elva Leonor. La adopción internacional libros/1/145/4.pdf, consultado el 10 de febrero de Convención sobre la protección de menores y la cooperación en materia de adopción internacional, (Convención de La Haya de 1993) en consultada el 8 de febrero de Patronato Nacional de la Infancia php consultado el 8 de febrero de Sentencias LA COMISION DE DERECHO INTERNACIONAL, SU OBRA Y SU IMPORTANCIA Introducción: Dr. Bernd H. Niehaus Q. 1 justicia y el respeto a las obligaciones... a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto de aunar esfuerzos en favor de la paz y la seguridad internacionales, así como en la búsqueda del progreso económico y social de todos los pueblos. Semejantes propósitos nunca podrían ser logrados si no es sobre la base del respeto a la ley, del acatamiento del Derecho Internacional, lógico y necesario marco de acción de las relaciones de los Estados entre sí. Conscientes de ello, apenas tres años después de promulgada la Carta, en el año de 1948, nace, en el seno En la historia de las Relaciones Internacionales y del Derecho Internacional, ésta no es una idea nueva. Ya en los últimos dos siglos pasados fué retomada y tratada de desarrollar por múltiples juristas, inspirada sobre todo en el convencimiento de que un Derecho Internacional escrito conllevaría mayor claridad, certeza y seguridad para la comunidad internacional. forma de Convenciones, en materia de régimen de ríos internacionales, abolición de la trata de esclavos y varios aspectos referentes a las representaciones diplomáticas. A partir de entonces se han concretado una gran diversidad de normas jurídicas internacionales sobre las más diversas materias que, en gran parte, reponden a la voluntad y al esfuerzo de la comunidad internacional por impulsar, Derecho Internacional, al que se le encomienda sugerir una serie de temas que fuera conveniente y posible reglamentar, mediante la creación de acuerdos internacionales, así como indagar el que fuera realizable coordinar con los distintos

Convenio de la Haya. Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional

Convenio de la Haya. Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional Convenio de la Haya Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional RECONOCIENDO que para el desarrollo armónico de su personalidad, el niño debe crecer en un medio familiar, en

Más detalles

FILIACION ADOPTIVA SECCION PRIMERA DISPOSICIONES COMUNES

FILIACION ADOPTIVA SECCION PRIMERA DISPOSICIONES COMUNES FILIACION ADOPTIVA SECCION PRIMERA DISPOSICIONES COMUNES FINALIDAD Art. 165.- La adopción es una institución de protección familiar y social, especialmente establecida en interés superior del menor, para

Más detalles

CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.

CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. 3.1.- DERECHOS. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual

Más detalles

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 41/85, de 3 de diciembre de 1986

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 41/85, de 3 de diciembre de 1986 Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la colocación en hogares de guarda, en los planos

Más detalles

PAÍS: RUMANÍA 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PAÍS.

PAÍS: RUMANÍA 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PAÍS. PAÍS: RUMANÍA Fecha actualización: enero de 2013. 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PAÍS. Situación jurídica en la que llega el menor: Adopción plena Adopción simple Guarda Existe firma de Protocolo: SI NO. Firmado

Más detalles

Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805)

Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805) Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805) ÚNICO: APROBAR la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita por nuestro

Más detalles

Paternidad Compartida Después del Divorcio

Paternidad Compartida Después del Divorcio Paternidad Compartida Después del Divorcio LOS HIJOS Y EL DIVORCIO Los niños son nuestro recurso más preciado. Debemos protegerlos del daño indebido y de las situaciones de conflicto. Una de las etapas

Más detalles

Proyecto de ley que modifica la Ley 19.620 sobre Adopción SERVICIO NACIONAL DE MENORES

Proyecto de ley que modifica la Ley 19.620 sobre Adopción SERVICIO NACIONAL DE MENORES Proyecto de ley que modifica la Ley 19.620 sobre Adopción SERVICIO NACIONAL DE MENORES Antecedentes históricos 1934-1999 Ley de Adopción N 7.613 de 1943 Esta ley concibió la adopción como un acto privado

Más detalles

16 de octubre de 2001. Costa Rica GOBERNACIÓN Y POLICÍA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

16 de octubre de 2001. Costa Rica GOBERNACIÓN Y POLICÍA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ REGLAMENTO N Res.D.JUR-971-001-PG Se Regula los Requisitos y Procedimientos para el Otorgamiento de Permisos de Salida de Personas Menores de Edad por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería

Más detalles

IMPORTANTE. El contenido de estas informaciones es de la exclusiva propiedad de Gratereaux Delva y Asociados todos los derechos reservados.

IMPORTANTE. El contenido de estas informaciones es de la exclusiva propiedad de Gratereaux Delva y Asociados todos los derechos reservados. IMPORTANTE El contenido de estas informaciones es de la exclusiva propiedad de Gratereaux Delva y Asociados todos los derechos reservados. Esta guía no representa ninguna consulta o consejo legal son solo

Más detalles

A) SUJETOS.- En este punto son dos en el cual esta el Adoptante y Adoptado

A) SUJETOS.- En este punto son dos en el cual esta el Adoptante y Adoptado CAPITULO V LA ADOPCIÓN PLENA EN MÉXICO 5.1 ELEMENTOS DE LA ADOPCIÓN A) SUJETOS.- En este punto son dos en el cual esta el Adoptante y Adoptado Adoptante.- Es la persona que recibe a un menor o incapacitado

Más detalles

El presente folleto contiene información general para los aspirantes a guarda con fines

El presente folleto contiene información general para los aspirantes a guarda con fines REGISTRO CENTRALIZADO DE ADOPTANTES El agua, factor de inclusión social. Ley 6750. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA PROVINCIA DEL CHACO ADOPCIÓN. INFORMACIÓN GENERAL. GUÍA. El presente folleto contiene información

Más detalles

Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012

Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012 Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012 GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA: SER PADRES MÁS ALLA DE LA RUPTURA. Uno de los agentes que más influye en que va a

Más detalles

Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad

Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad en todos los temas relacionados con el derecho matrimonial- separaciones y divorcios. Además de contar con una solida formación

Más detalles

C Casamiento-Divorcio

C Casamiento-Divorcio Procesos de matrimonio entre distintas nacionalidades Matrimonio entre japonés y extranjera (o viceversa) Matrimonio entre extranjeros Los japoneses tienen que cumplir con los requisitos estipulados por

Más detalles

EL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION

EL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION EL INTERES DEL MENOR EN ADOPCION Ponencia presentada por: LIC. Ma. De La Luz Bravo Hernandez EN EL TERCER FORO REGIONAL EN MATERIA DE ADOPCION. En el estado de Guanajuato se reglamenta la Adopción simple

Más detalles

BUSCA FAMILIAS DE ACOGIDA DE BIZKAIA CAMPAÑA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR 2012

BUSCA FAMILIAS DE ACOGIDA DE BIZKAIA CAMPAÑA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR 2012 BUSCA FAMILIAS DE ACOGIDA DE BIZKAIA CAMPAÑA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR 2012 Hay muchos niños y niñas que ESPERAN TU AYUDA En Bizkaia hay muchos niños y niñas que viven con familias de acogida. Lo deseable

Más detalles

CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL. Hecho en La Haya, el 29 de mayo de 1993

CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL. Hecho en La Haya, el 29 de mayo de 1993 CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL Hecho en La Haya, el 29 de mayo de 1993 Los Estados signatarios del presente Convenio, Reconociendo que

Más detalles

CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS

CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA TRAS EL INGRESO DE BULGARIA Y RUMANÍA EN LA UNIÓN EUROPEA EL 1 DE ENERO DE 2007. Internet: www.mtas.es http://extranjeros.mtas.es/

Más detalles

2. ADOPCIÓN. 2.1. Adopción Nacional. PROGRAMAS, SERVICIOS Y PRESTACIONES 2014 Servicio de Infancia

2. ADOPCIÓN. 2.1. Adopción Nacional. PROGRAMAS, SERVICIOS Y PRESTACIONES 2014 Servicio de Infancia 2. ADOPCIÓN El Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia es la entidad competente en tramitar el procedimiento administrativo relativo a la Adopción que tiene como objetivo la integración

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE 2015

PROYECTO DE LEY DE 2015 Bogotá D.C, 30 de julio de 2015 Doctor LUIS FERNANDO VELASCO PRESIDENTE Senado de la República Ciudad, Respetado Presidente: Asunto: Proyecto de Ley Por medio de la cual se reforma la ley 1098 de 2006

Más detalles

Ref. Nacionalidad de persona nacida en el extranjero de padres Colombianos y que haya fijado residencia en Colombia Concepto Jurídico

Ref. Nacionalidad de persona nacida en el extranjero de padres Colombianos y que haya fijado residencia en Colombia Concepto Jurídico Señores Ciudad./ Ref. Nacionalidad de persona nacida en el extranjero de padres Colombianos y que haya fijado residencia en Colombia Concepto Jurídico Con relación al tema de la referencia, me permito

Más detalles

Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Adoptado por la Asamblea General en su resolución 428 (V), de 14 de diciembre de 1950 Capítulo I: Disposiciones generales

Más detalles

Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006

Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006 Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el acceso a la información de los alumnos que es objeto de tratamiento por

Más detalles

PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*)

PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*) PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*) Como continuación del Plan de Oficio de Inspección a Hospitales, en 1999 se ha inspeccionado el hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante,

Más detalles

PERÚ. NOTA: Entre España y Perú rige el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 desde el 1 de enero de 1996.

PERÚ. NOTA: Entre España y Perú rige el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 desde el 1 de enero de 1996. Servicio de Adopción y Protección Actualización: Enero 2010 PERÚ NOTA: Entre España y Perú rige el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 desde el 1 de enero de 1996. I. REQUISITOS LEGALES 1. Legislación

Más detalles

3. Adopción Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de

3. Adopción Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de 1 3. Adopción Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de forma tal que establece entre ellas una relación de

Más detalles

ALIMENTOS. Eliana M. González Posadas, 22 de mayo de 2015.

ALIMENTOS. Eliana M. González Posadas, 22 de mayo de 2015. JORNADAS DE ACTUALIZACIÓN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO CENTRO DE CAPACITACIÓN Y GESTIÓN JUDICIAL DR. MARIO DEI CASTELLI PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE MISIONES ALIMENTOS Eliana M. González Posadas,

Más detalles

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios P.1 Qué es un intermediario en el área de banca privada? P.2 Qué referencias podemos encontrar sobre los intermediarios en los Principios Wolfsberg? P.3 Qué es

Más detalles

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en: Los conceptos de la modificación de la capacidad jurídica, la tutela o la curatela son términos complejos que a menudo se desconocen o se confunden en el entorno más inmediato de las personas con discapacidad

Más detalles

Nº Delegados de Prevención

Nº Delegados de Prevención NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado

Más detalles

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS REGISTRO GENERAL DE ENTRADA I 0199798. r echa:29/06/2015-17:07:28 A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS REGISTRO GENERAL DE ENTRADA I 0199798. r echa:29/06/2015-17:07:28 A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS CONGRESO DE LOS DIPUTADOS REGISTRO GENERAL DE ENTRADA I 0199798 r echa:29/06/2015-17:07:28 Grup Parlamentario 1 de Cortes Generales A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS En nombre del Parlamentario tengo

Más detalles

DOCUMENTO DE APOYO Todos los niños y todas las niñas necesitan vivir en un entorno familiar adecuado

DOCUMENTO DE APOYO Todos los niños y todas las niñas necesitan vivir en un entorno familiar adecuado DOCUMENTO DE APOYO 1. Diferentes modalidades familiares. 2. Convención sobre los Derechos del niño y de la niña (artículos con referencia al Derecho a una Familia). 3. Papel de las Instituciones públicas

Más detalles

Procesos de. Adopción. en Colombia

Procesos de. Adopción. en Colombia G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N P A R A Procesos de Adopción en Colombia Un acto de amor por las niñas, los niños y los adolescentes de Colombia. Prólogo E n Colombia, el Instituto Colombiano de Bienestar

Más detalles

CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE

CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Bonificación en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones NORMATIVA APLICABLE

Más detalles

CONGRESO INTERNACIONAL ALIENACION PARENTAL JUDICATURA Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS

CONGRESO INTERNACIONAL ALIENACION PARENTAL JUDICATURA Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CONGRESO INTERNACIONAL ALIENACION PARENTAL JUDICATURA Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CORRESPONSABILIDAD PARENTAL Y LOS DERECHOS DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS. Alejandro Heredia Ávila

Más detalles

(enero 10) Diario Oficial No. 34.244 del 28 de enero de 1975. <NOTA DE VIGENCIA: Ley derogada por el artículo 353 del Decreto 2737 de 1989>

(enero 10) Diario Oficial No. 34.244 del 28 de enero de 1975. <NOTA DE VIGENCIA: Ley derogada por el artículo 353 del Decreto 2737 de 1989> LEY 5 DE 1975 (enero 10) Diario Oficial No. 34.244 del 28 de enero de 1975 Por la cual se modifica el Título XIII del Libro

Más detalles

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en: Los conceptos de la modificación de la capacidad jurídica, la tutela o la curatela son términos complejos que a menudo se desconocen o se confunden en el entorno más inmediato de las personas con discapacidad

Más detalles

SECCIÓN CORTES GENERALES

SECCIÓN CORTES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 17 de enero de 2014 Núm. 241 Pág. 1 Autorización de Tratados y Convenios Internacionales 110/000114 (CD) Convenio

Más detalles

CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES

CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES CONCLUSIONES El Derecho mexicano, ha creado medios legales para conservar la naturaleza del seguro de vida intacta con el objetivo de proteger a los usuarios de

Más detalles

M Sc. Abog. Patricia Leal Barros Secretaría de la Cátedra

M Sc. Abog. Patricia Leal Barros Secretaría de la Cátedra M Sc. Abog. Patricia Leal Barros Secretaría de la Cátedra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 43. El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de

Más detalles

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES. La Educación Gratuita y Obligatoria

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES. La Educación Gratuita y Obligatoria Enero 2014 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES La Educación Gratuita y Obligatoria Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 26) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Más detalles

Declaración de los Derechos del Niño

Declaración de los Derechos del Niño Declaración de los Derechos del Niño A.G. res.. 1386 (XIV), 14 U.N. GAOR Supp. (No. 16) p. 19, ONU Doc. A/4354 (1959). PREÁMBULO Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la

Más detalles

La defensa de los derechos JUAN PABLO OLMO (Abogado)

La defensa de los derechos JUAN PABLO OLMO (Abogado) 2 Congreso Argentina de Discapacidad en Pediatría Por una inclusión plena para una sociedad mejor Bs. As., 27, 28 y 29 de Septiembre de 2012 Mesa Redonda LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDADES Y SUS

Más detalles

Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional

Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional (hecho el 29 de mayo de 1993) Los Estados signatarios del presente Convenio, Reconociendo que para el

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007)

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007) (Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 07/11/2007) NORMATIVA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Título I. De la Igualdad de Oportunidades

Más detalles

LOS DERECHOS DEL PACIENTE DE CÁNCER

LOS DERECHOS DEL PACIENTE DE CÁNCER LOS DERECHOS DEL PACIENTE DE CÁNCER DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE LA PROMOCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES DE CÁNCER Firmada por los 39 miembros de la European Cancer League (ECL) PREÁMBULO

Más detalles

La nacionalidad alemana

La nacionalidad alemana La nacionalidad alemana La ley alemana conoce diversas posibilidades para adquirir o perder la nacionalidad alemana. En el pasado se realizaron muchas modificaciones legales que han tenido como consecuencia

Más detalles

Procedimiento para las familias colombianas y extranjeras residentes en el exterior que desean. Adoptar en Colombia

Procedimiento para las familias colombianas y extranjeras residentes en el exterior que desean. Adoptar en Colombia Procedimiento para las familias colombianas y extranjeras residentes en el exterior que desean Adoptar en Colombia Presentación El nuevo código de infancia y la Adolescencia ley 1098 de 2006, tiene como

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

I JORNADAS UNIDAD DE ATENCIÓN N A VÍCTIMAS V CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL

I JORNADAS UNIDAD DE ATENCIÓN N A VÍCTIMAS V CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL LA SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DESDE LA PERSPECTIVA DE LA CONVENCION INTERNACIONAL DE NACIONES UNIDAS. NUEVA YORK. 13- XII-2006 CARLOS GANZENMÜLLER ROIG. FISCAL DEL TRIBUNAL

Más detalles

SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO.

SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA 1: PROBLEMAS EN TORNO A LAS RECIENTES REFORMAS A LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. LIC. EDITH PATRICIA CALZADA GUERRERO. León, Guanajuato,

Más detalles

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2 18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los

Más detalles

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas.

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. 5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. El Estatuto de Autonomía para Cantabria atribuye a esta Comunidad

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 95 Y 152 DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY N.º 2 EXPEDIENTE N.º 16.

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 95 Y 152 DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY N.º 2 EXPEDIENTE N.º 16. ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 95 Y 152 DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY N.º 2 EXPEDIENTE N.º 16.563 DICTAMEN UNÁNIME NEGATIVO (12 de octubre de 2010) PRIMERA LEGISLATURA

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 191 Sábado 7 de agosto de 2010 Sec. I. Pág. 69197 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA 12710 Ley 21/2010, de 7 de julio, de acceso a la asistencia sanitaria de cobertura pública

Más detalles

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (versión resumida) Artículo 1 Se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad. Artículo 2 Todos los

Más detalles

El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres. Preguntas y respuestas sobre la Ley Holandesa de Acceso al Matrimonio,

El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres. Preguntas y respuestas sobre la Ley Holandesa de Acceso al Matrimonio, El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres Preguntas y respuestas sobre la Ley Holandesa de Acceso al Matrimonio, versión 2011 1 El matrimonio entre dos hombres o dos mujeres 2 Otras formas de convivencia

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

PRINCIPIOS RECTORES PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LOS FICHEROS COMPUTADORIZADOS DE DATOS PERSONALES*

PRINCIPIOS RECTORES PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LOS FICHEROS COMPUTADORIZADOS DE DATOS PERSONALES* PRINCIPIOS RECTORES PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LOS FICHEROS COMPUTADORIZADOS DE DATOS PERSONALES* La Asamblea General, Recordando su resolución 4413 de 15 de diciembre de 1989, Teniendo en cuenta la resolución

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

DESGRAVACIONES FISCALES 2015

DESGRAVACIONES FISCALES 2015 DESGRAVACIONES FISCALES 2015 En el articulo 7, Ley IRPF y otras disposiciones( rentas exentas y no sujetas), el apartado h. La cuantía exenta tiene como límite en el importe de la prestación máxima que

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0092/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0092/2009 Informe 0092/2009 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal la recogida de fotografías de los trabajadores de la

Más detalles

Familiar, visas para estudiantes y permisos de trabajo en las diferentes categorías.

Familiar, visas para estudiantes y permisos de trabajo en las diferentes categorías. MIGRACIÓN NAVAS & NAVAS TIPOS DE RESIDENCIAS Y PERMISOS MIGRATORIOS EN COSTA RICA (Abogados Migración Costa Rica) Bufete Navas & Navas cuenta con un Departamento especializado en Derecho Migratorio que

Más detalles

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar

Más detalles

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL [II.E/RCIA/GA/2004(2009)] REFERENCIAS Resolución AG-2004-RES-08 de la 73 a reunión de la

Más detalles

Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012

Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012 Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012 Real Decreto Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar

Más detalles

NORMAS REGULADORAS DEL VOLUNTARIADO SOCIAL EN EL AREA DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

NORMAS REGULADORAS DEL VOLUNTARIADO SOCIAL EN EL AREA DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES NORMAS REGULADORAS DEL VOLUNTARIADO SOCIAL EN EL AREA DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES aprobadas, 21 enero 2004 publicadas, BORM nº 44, de 23 febrero 2004 Exposición de motivos. El derecho a la participación

Más detalles

CUADRO COMPARATIVO MODIFICACIONES INTRODUCIDAS AL CÓDIGO CIVIL POR LA LEY N 20.680

CUADRO COMPARATIVO MODIFICACIONES INTRODUCIDAS AL CÓDIGO CIVIL POR LA LEY N 20.680 CUADRO COMPARATIVO MODIFICACIONES INTRODUCIDAS AL CÓDIGO CIVIL POR LA LEY N 20.680 Código Civil, texto anterior a Ley N 20.680 Código Civil, texto con modificaciones Ley N 20.680 ARTÍCULO 222 ARTÍCULO

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de

Más detalles

Bilbao, 16 de setiembre de 2013

Bilbao, 16 de setiembre de 2013 sobre el Proyecto de Decreto de segunda modificación del Decreto por el que se regula el procedimiento de actuación que deberán seguir las Diputaciones Forales en materia de adopción de personas menores

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0615/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0615/2008 Informe 0615/2008 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la actuación

Más detalles

Capítulo II Consejo Interinstitucional de Atención a la Madre Adolescente

Capítulo II Consejo Interinstitucional de Atención a la Madre Adolescente Ley General de Protección a la Madre Adolescente Ley N 7735 (modificada a partir de la ley 8312) La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica DECRETA CAPÍTULO I Disposiciones Generales: Artículo

Más detalles

Tarjetas 2 Agrupación de Derechos del Niño

Tarjetas 2 Agrupación de Derechos del Niño Estas tarjetas se pueden descargar en: www.warchildlearning.org /descargar módulos. Artículo 2: No-discriminación Artículo 3: El mejor interés del niño Todos los derechos aplican a todos los niños, independiente

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012 Informe 0382/2012 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, la comunicación de una sentencia firme al Consejo

Más detalles

Todos los niños necesitan un hogar

Todos los niños necesitan un hogar CAMPAÑA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR 2010 Todos los niños necesitan un hogar Para éste, ES URGENTE TU puedes DARSELO Con la colaboración de: SITUACIÓN DEL ACOGIMIENTO EN BIZKAIA El Departamento de Acción Social

Más detalles

Las Relaciones Públicas en el Marketing social

Las Relaciones Públicas en el Marketing social Las Relaciones Públicas en el Marketing social El marketing social es el marketing que busca cambiar una idea, actitud o práctica en la sociedad en la que se encuentra, y que intenta satisfacer una necesidad

Más detalles

Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana: Principio del Interés Superior del Niño

Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana: Principio del Interés Superior del Niño Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana: Principio del Interés Superior del Niño 1 Protección Jurídica especial de los Derechos de la Niñez: Convención Internacional

Más detalles

D E C R E T A. ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 65; 367, párrafo primero;

D E C R E T A. ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 65; 367, párrafo primero; LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, D E C R E T A ARTÍCULO

Más detalles

+ + + F U N E R A R I A + + + S A N P A B L O

+ + + F U N E R A R I A + + + S A N P A B L O AVISO DE PRIVACIDAD El presente documento constituye el Aviso de Privacidad de SONIA DIAZ ANICASIO y/o FUNERARIA SAN PABLO, y de sus filiales y subsidiarias (en lo sucesivo LA FUNERARIA), en donde se establece

Más detalles

CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO.

CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO. CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO. Yo, de nacionalidad, de años de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-, nacida en,

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles

DERECHOS DE LOS NIÑOS

DERECHOS DE LOS NIÑOS DERECHOS DE LOS NIÑOS La Convención sobre los Derechos de la niñez es un tratado internacional que reconoce los derechos de los niños y las niñas en 41 artículos esenciales y establece en forma de ley

Más detalles

MANUAL DEL PATROCINADOR. Guia de preguntas. frecuentes sobre su. patrocinio. www.visionmundial.org.co

MANUAL DEL PATROCINADOR. Guia de preguntas. frecuentes sobre su. patrocinio. www.visionmundial.org.co MANUAL DEL PATROCINADOR? Guia de preguntas frecuentes sobre su patrocinio www.visionmundial.org.co MANUAL DEL PATROCINADOR VISIÓN Nuestra visión para cada niño y niña vida en toda su plenitud, Nuestra

Más detalles

1.- Objetivo y descripción del funcionamiento

1.- Objetivo y descripción del funcionamiento INFORME SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS LIVECAM-PRO S.L. 1.- Objetivo y descripción del funcionamiento El presente informe tiene por objetivo elaborar recomendaciones y establecer pautas encaminadas a informar

Más detalles

Realizado por LA A.P.F.S. (Asociación de Padres de Familia Separados)

Realizado por LA A.P.F.S. (Asociación de Padres de Familia Separados) PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE PADRES SEPARADOS O DIVORCIADOS PARA LOS CENTROS EDUCATIVOS Realizado por LA A.P.F.S. (Asociación de Padres de Familia Separados) 1 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE PADRES

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 646 Y 647, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO. H. PLENO LEGISLATIVO DIPUTADA PATRICIA SÁNCHEZ CARRILLO, Presidenta de la

Más detalles

PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL PREÁMBULO Reconociendo que, a pesar de las divergencias de los sistemas nacionales de Derecho de familia existe, no obstante,

Más detalles

CIUDADANOS COMUNITARIOS (UNIÓN EUROPEA, ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO Y CONFEDERACIÓN SUIZA) ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA (AÑO 2004)

CIUDADANOS COMUNITARIOS (UNIÓN EUROPEA, ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO Y CONFEDERACIÓN SUIZA) ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA (AÑO 2004) CIUDADANOS COMUNITARIOS [323] (UNIÓN EUROPEA, ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO Y CONFEDERACIÓN SUIZA) ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA (AÑO 2004) Teléfono de información: 900 150 000 (Gratuito) Internet:

Más detalles

EL DELEGADO DE PREVENCIÓN

EL DELEGADO DE PREVENCIÓN EL DELEGADO DE PREVENCIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS QUE ME INTERESAN www.osalan/euskadi.net Indice.: Quién es el Delegado de Prevención? 2.: A quién le corresponde la representación

Más detalles

MARCO JURÍDICO VINCULADO A LA PERSONA POR NACER RESPETO AL DERECHO A LA VIDA Y A LA DIGNIDAD HUMANA

MARCO JURÍDICO VINCULADO A LA PERSONA POR NACER RESPETO AL DERECHO A LA VIDA Y A LA DIGNIDAD HUMANA MARCO JURÍDICO VINCULADO A LA PERSONA POR NACER RESPETO AL DERECHO A LA VIDA Y A LA DIGNIDAD HUMANA Abog. Cristian Daniel Kriskovich Villarrica, junio de 2013 Conceptos fundamentales Qué es el derecho?

Más detalles

AUDIENCIA PÚBLICA. Dr. PABLO ADRIAN ROLDAN. Dr. Pablo Adrián Roldán Página 1

AUDIENCIA PÚBLICA. Dr. PABLO ADRIAN ROLDAN. Dr. Pablo Adrián Roldán Página 1 Dr. PABLO ADRIAN ROLDAN Dr. Pablo Adrián Roldán Página 1 INTRODUCCION En primer lugar quiero agradecer por la invitación a participar en esta Audiencia Pública y se me hace imposible dejar de mencionar

Más detalles

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA.

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. Gerencia Selecta Ltda. (En adelante Gerencia Selecta), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de

Más detalles

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 273, 282 Y 288 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA GLORIA TRINIDAD LUNA RUIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 273, 282 Y 288 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA GLORIA TRINIDAD LUNA RUIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 273, 282 Y 288 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA GLORIA TRINIDAD LUNA RUIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN La suscrita, diputada Gloria Trinidad Luna Ruiz, integrante

Más detalles

MESA DE TRABAJO 2 DIVERSOS CRITERIOS SOBRE COMO LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN

MESA DE TRABAJO 2 DIVERSOS CRITERIOS SOBRE COMO LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN MESA DE TRABAJO 2 DIVERSOS CRITERIOS SOBRE COMO LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN CASO HIPOTETICO NÚMERO 3 PREGUNTAS 1. Tenía el padre derecho a la custodia y la ejercía al momento de la remoción

Más detalles

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados.

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. PROTECCIÓN DE DATOS Pliegos de condiciones Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. Resolución de la Dirección de

Más detalles