TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES"

Transcripción

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES Sentencia 172/2014, de 14 de mayo de 2014 Sala de lo Social Rec. n.º 342/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Delimitación de competencias entre el Orden Social y el Contencioso-Administrativo. Responsabilidad patrimonial de la Administración. Acoso laboral sufrido por un funcionario en el seno de una Administración autonómica. Pretensión de tutela de derechos fundamentales: cese del comportamiento y condena por daños y perjuicios. La competencia objetiva le corresponde al Orden Contencioso-Administrativo al tratarse de la tutela de una pretensión basada en la vulneración de derechos fundamentales. Ley 36/2011 (LRJS), arts. 2 a) y e) y 177. Ley 29/1998 (LJCA), arts. 1.3 a) y 114. Don Francisco Javier Wilhelmi Lizaur. Sentencia T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL PALMA DE MALLORCA SENTENCIA: 00172/2014 T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIALPALMA DE MALLORCA PL.MERCAT, NUM.12 Tfno: / Fax: NIG: TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION /2013 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de PALMA DE MALLORCA Recurrente/s: Imanol Abogado/a: OSCAR DIAZ VILCHEZ Recurrido/s: CONSELLERIA ADMINISTRACIONES PUBLICAS, CONSELLERIA DE TURISME GOVERN DE LES ILLES BALEARS, Otilia, Lázaro, Mario Abogado/a: SRA. DOÑA Mª. ÁNGELES GONZÁLEZ AMATE Nº. RECURSO SUPLICACION 342/2013 Materia: DERECHOS FUNDAMENTALES SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES ILMOS. SRES.: PRESIDENTE: DON FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR MAGISTRADOS: DON ANTONIO FEDERICO CAPÓ DELGADO DON ANTONI OLIVER REUS En Palma de Mallorca, a catorce de mayo de dos mil catorce. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, formada por los Ilmos. Sres. Magistrados que constan al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DE S. M. EL REY

2 la siguiente S E N T E N C I A NÚM. 172/2014 En el Recurso de Suplicación núm. 342/2013, formalizado por el Sr. Letrado D. Óscar Díaz Vílchez, en nombre y representación de D. Imanol, contra el auto de fecha 15 de abril de 2013, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de Palma de Mallorca en sus autos demanda número 1185/2012, seguidos a instancia del recurrente, D. Imanol, frente a la Conselleria de Administracions Públiques, Conselleria de Turismo Govern de les Illes Balears, Dª Otilia, D. Lázaro y D. Mario, representados por la Sra. Letrada de la Comunidad Autónoma de las Islas Balelares (C.A.I.B.) Doña Mª. Ángeles González Amate, en reclamación por Derechos Fundamentales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO J. WILHELMI LIZAUR, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes Primero. ANTECEDENTES DE HECHO Que por Juzgado de lo Social Nº. 3 de Palma de Mallorca, se dictó Auto de fecha quince de Abril de dos mil trece, cuya relación de antecedentes de hecho son los siguientes: "PRIMERO. En fecha tuvo entrada en este Juzgado de lo Social demanda reclamando la tutela de derechos fundamentales formulada por DON Imanol frente al GOVERN BALEAR-CONSELLERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y CONSELLERÍA DE TURISMO, así como contra DOÑA Otilia, DON Lázaro y DON Mario, debiendo ser parte el MINISTERIO FISCAL. En dicha demanda de TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES, se pedía la declaración de vulneración del derecho fundamental a la dignidad e integridad moral del actor (acosos laboral), declarando la nulidad de las conductas que se relatan en la misma y pidiendo una indemnización por daños y perjuicios de euros. En el hecho primero de la demanda se hacía constar que el actor es funcionario de carrera. SEGUNDO.- Se admitió a trámite la demanda por Decreto de TERCERO.- En fecha , por la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se presentó escrito de alegaciones, pidiendo que se declarara la incompetencia del orden jurisdiccional social para conocer de la cuestión planteada, que debería corresponder al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. CUARTO.- Se dio traslado de dicho escrito a la parte actora y al Ministerio Fiscal. QUINTO.- La parte actora presentó escrito en fecha pidiendo la desestimación de la pretensión de la demandada, por cuanto, la nueva LJS atribuye al orden jurisdiccional social el conocimiento de las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales, incluida la reclamación de daños y perjuicios, y con inclusión en su ámbito personal del personal funcionario y estatutario al servicio de las Administraciones Públicas y Organismos de ellas dependientes: art. 2.e) de la LJS. SEXTO.- El Ministerio Fiscal evacuó el traslado conferido por escrito de , manifestando que el orden jurisdiccional competente para conocer de la pretensión debería ser el contencioso-administrativo, por ser el actor funcionario de carrera. En el que se dispone: PARTE DISPOSITIVA Declarar la incompetencia por razón de la materia de este Juzgado de lo Social para conocer de la demanda interpuesta por DON Imanol frente al GOVERN BALEAR-CONSELLERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y CONSELLERÍA DE TURISMO-, así como contra DOÑA Otilia, DON Lázaro y DON Mario, siendo para el MINISTERIO FISCAL, en demanda de TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES en los autos de las anotaciones marginales, previniendo a la parte actora que la misma demanda podrá ser interpuesta, con el mismo contenido, ante el correspondiente órgano del orden jurisdiccional contencioso-administrativo." Segundo. Se dictó asimismo Auto por el Juzgado de lo Social Nº. 3 de Palma de Mallorca, cuyos antecedentes de hecho son los siguientes:

3 "PRIMERO.- En fecha tuvo entrada en este Juzgado de lo Social demanda de cantidad formulada por DON Imanol frente al GOVERN BALEAR- CONSELLERÍA DE ADMINISTRACIUONES PÚBLICAS Y CONSELLERÍA DE TURISMO, así como contra DOÑA Otilia, DON Lázaro y DON Mario, debiendo ser parte el MINISTERIO FISCAL. En dicha demanda de TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES, se pedía la declaración de vulneración del derecho fundamental a la dignidad e integridad moral del actor (acosos laboral), declarando la nulidad de las conductas que se relatan en la misma y pidiendo una indemnización por daños y perjuicios de euros. En el hecho primero de la demanda se hacía constar que el actor es funcionario de carrera. SEGUNDO.- Se admitió a trámite la demanda por Decreto de TERCERO.- En fecha , por la Abogacía de la Comunidad Autónoma de de las Islas Baleares, se presentó escrito de alegaciones, pidiendo que se declarara la incompetencia del orden jurisdiccional social para conocer de la cuestión planteada, que debería corresponder al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. CUARTO.- Se dio traslado de dicho escrito a la parte actora y al Ministerio Fiscal. QUINTO.- La parte actora presentó escrito en fecha pidiendo la desestimación de la pretensión de la demanda, por cuanto, la nueva LJS atribuye al orden jurisdiccional social el conocimiento de las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales, incluida la reclamación de daños y perjuicios, y con inclusión en su ámbito personal del personal funcionario y estatutario al servicio de las Administraciones Públicas y Organismos de ellas dependientes: art. 2.e) de la LJS. SEXTO.- El Ministerio Fiscal evacuó el traslado conferido por escrito de , manifestando que el orden jurisdiccional competente para conocer de la pretensión debería ser el contencioso-administrativo, por ser el actor funcionario de carrera. SEPTIMO.- En fecha 15 de abril de 2013 se dictó auto declarando la incompetencia del orden social de la jurisdicción para conocer de la demanda planteada por la parte actora, remitiendo a la misma al correspondiente órgano del orden jurisdiccional contencioso administrativo. OCTAVO.- Contra dicho Auto interpuso la parte actora recurso de reposición en fecha , que fue impugnado por escrito de la demandada de , tal como consta en autos DISPONGO No ha lugar al recurso de reposición interpuesto por la parte actora. Se confirma el Auto recurrido." Tercero. Contra dicha resolución se anunció recurso de suplicación por el Letrado D. Óscar Díaz Vílchez, en nombre y representación de D. Imanol, que posteriormente formalizó y que fue impugnado por la representación de la parte recurrida; siendo admitido a trámite dicho recurso por esta Sala, por Providencia de fecha 14 de octubre de dos mil trece. Primero. FUNDAMENTOS DE DERECHO La competencia del orden jurisdiccional ante quien se plantea una determinada cuestión litigiosa para conocer de la materia sobre la que versa el conflicto constituye presupuesto de validez primordial de las actuaciones judiciales. La jurisdicción "ratione materiae" es aspecto regido por normas de orden público, indisponibles, de rigurosa observancia y que el tribunal debe aplicar de oficio. El art de la LOPJ salva en este sentido los supuestos de falta de jurisdicción o de competencia objetiva o funcional de la regla que prohíbe al tribunal decretar, con ocasión de un recurso, la nulidad de las actuaciones que no le haya sido pedida en el mismo recurso. En el presente caso, la excepción de incompetencia por razón de la materia fue alegada por la letrada de la Comunidad Autónoma demandada, dando lugar a la inadmisión de la demanda mediante auto de 15 de abril de 2013, contra el que se formula el presente recurso de suplicación, en el que en su único motivo de suplicación, formulado al amparo del apartado c) del art. 193 de la LRJS, se denuncia la infracción de los arts. 2e ), 2f ) y 3c) de dicho texto procesal, que desde su vigencia se ha producido una ampliación del ámbito del orden de la jurisdicción social, sobre todo en temas de acoso laboral que deviene de un incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales por parte de la Administración, como se determina en el preámbulo de la LRJS y en su apartado c) del art. 2, al considerar que todo acoso laboral es una consecuencia de una falta de diligencia por parte de la Administración, que tiene por obligación la de velar por la seguridad y protección física, psíquica y moral de los trabajadores en el ámbito empresarial, de forma que en el presente procedimiento no estamos ante

4 una simple demanda de vulneración de derechos fundamentales como consecuencia de una reiterado y consciente incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, denunciando el daño que el trabajador ha sufrido como consecuencia del reiterado y manifiesto incumplimiento de las normas de prevención por parte de los codemandados. Segundo. Pues bien, el presente proceso tiene por objeto la demanda de la actora por violación de Derechos Fundamentales, en su calidad de funcionaria de carrera, al servicio actualmente de la Consellería de Turismo y Deportes de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB), por lo que, en principio y con carácter general, las cuestiones litigiosas que de dicho estatus funcionarial surjan con su empleadora, están excluidas de la jurisdicción laboral en virtud de lo dispuesto en el arts. 1, 2 y 3 de la LRJS, ya que corresponden a la competencia material de la jurisdicción contenciosa administrativa, de acuerdo con el apartado 3.a) del Artículo 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, al establecer que los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo " Conocerán también de las pretensiones que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones en materia de personal, administración y gestión patrimonial sujetos al derecho público adoptados por los órganos competentes del Congreso de los Diputados, del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo, así como de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y de las instituciones autonómicas análogas al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo." En su apartado 2 se establece que "Se entenderá a estos efectos por Administraciones públicas: d) Las Entidades de Derecho público que sean dependientes o estén vinculadas al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades locales." Pues bien, como se razona en la el auto impugnado, el actor ejercita una acción especial de tutela de los derechos fundamentales, regulado en los arts 177 y ss. de la LRJS, al haberse vulnerado su derecho fundamental a la dignidad personal e integridad moral por acoso laboral, lo que dada su condición de funcionario no está contemplado en ninguno de los supuestos del art. 2 de la LRJS, sin que se pueda reconducir a lo previsto en su apartado e ), en el que se contempla, como competencia material de la jurisdicción social, el supuesto siguiente : " Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales, tanto frente al empresario como frente a otros sujetos obligados legal o convencionalmente, así como para conocer de la impugnación de las actuaciones de las Administraciones públicas en dicha materia respecto de todos sus empleados, bien sean éstos funcionarios, personal estatutario de los servicios de salud o personal laboral, que podrán ejercer sus acciones, a estos fines, en igualdad de condiciones con los trabajadores por cuenta ajena, incluida la reclamación de responsabilidad derivada de los daños sufridos como consecuencia del incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales que forma parte de la relación funcionarial, estatutaria o laboral; y siempre sin perjuicio de las competencias plenas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones." Debe tenerse en cuenta, además, que el art. 3 de la LRJS, en su apartado c), excluye expresamente de la jurisdicción social "La tutela de los derechos de libertad sindical y del derecho de huelga relativa a los funcionarios públicos, personal estatutario de los servicios de salud y al personal a que se refiere la letra a) del apartado 3 del artículo 1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores ", por lo que con mayor razón, deben excluirse las pretensiones basadas en la vulneración de derechos fundamentales. Tercero. Consiguientemente procede la desestimación del recurso de suplicación formulado, confirmando el auto recurrido, de 6 de septiembre de 2013, contra el que se formula el presente recurso en el que se declara la incompetencia de la jurisdicción social para el conocimiento de la demanda formulada por la actora por vulneración de derechos fundamentales, al ser funcionaria de la Comunidad Autónoma de Baleares. En virtud de lo expuesto, F A L L A M O S SE DESESTIMA el Recurso de Suplicación interpuesto por la representación de Don Imanol, contra el auto dictado por el Juzgado de lo Social Nº. 3 de Palma de Mallorca, de fecha 15 de abril de 2013, en los autos de juicio nº. 1185/2012 seguidos en virtud de demanda formulada por el citado recurrente frente al Govern Balear-

5 Conselleria de Administracions Públiques, Conselleria de Turisme, Doña Otilia, Don Lázaro y Don Mario, con intervención del Ministerio Fiscal y, en su virtud, SE CONFIRMA el auto recurrido. Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. ADVERTENCIAS LEGALES Contra esta sentencia cabe RECURSO DE CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA ante la Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo, que necesariamente deberá prepararse por escrito firmado por abogado dirigido a esta Sala de lo Social y presentado dentro de los DIEZ DIAS hábiles siguientes al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 218 y 220 y cuya forma y contenido deberá adecuarse a los requisitos determinados en el artº. 221 y con las prevenciones determinadas en los artículos 229 y 230 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social. Además si el recurrente hubiere sido condenado en la sentencia, deberá acompañar, al preparar el recurso, el justificante de haber ingresado en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en el Banco Español de Crédito, S.A.(BANESTO), Sucursal de Palma de Mallorca, cuenta número a nombre de esta Sala el importe de la condena o bien aval bancario indefinido pagadero al primer requerimiento, en el que expresamente se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, documento escrito de aval que deberá ser ratificado por persona con poder bastante para ello de la entidad bancaria avalista. Si la condena consistiere en constituir el capital-coste de una pensión de Seguridad Social, el ingreso de éste habrá de hacerlo en la Tesorería General de la Seguridad Social y una vez se determine por éstos su importe, lo que se le comunicará por esta Sala. Conforme determina el artículo 229 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social, el recurrente deberá acreditar mediante resguardo entregando en esta Secretaría al tiempo de preparar el recurso la consignación de un depósito de 600 euros, que deberá ingresar en la entidad bancaria Banco Español de Crédito, S.A. (BANESTO), sucursal de la calle Jaime III de Palma de Mallorca, cuenta número Para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al número de cuenta de Santander (antes Banesto): , IBAN ES55 y en el campo "Beneficiario" introducir los dígitos de la cuenta expediente referida en el párrafo precedente, haciendo constar el órgano "Sala de lo Social TSJ Baleares". Conforme determina el artículo 229 de la LRJS, están exentos de constituir estos depósitos los trabajadores, causahabientes suyos o beneficiarios del régimen público de la Seguridad social, e igualmente el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de los mismos, así como las entidades de derecho público reguladas por su normativa específica y los órganos constitucionales. Los sindicatos y quienes tuvieren reconocido el beneficio de justicia gratuita quedarán exentos de constituir el depósito referido y las consignaciones que para recurrir vienen exigidas en esta Ley. En materia de Seguridad Social y conforme determina el artículo 230 LRJS se aplicarán las siguientes reglas: a) Cuando en la sentencia se reconozca al beneficiario el derecho a percibir prestaciones, para que pueda recurrir el condenado al pago de dicha prestación será necesario que haya ingresado en la Tesorería General de la Seguridad Social el capital coste de la pensión o el importe de la prestación a la que haya sido condenado en el fallo, con objeto de abonarla a los beneficiarios durante la sustanciación del recurso, presentando el oportuno resguardo. El mismo ingreso de deberá efectuar el declarado responsable del recargo por falta de medidas de seguridad, en cuanto al porcentaje que haya sido reconocido por primera vez en vía judicial y respecto de las pensiones causadas hasta ese momento, previa fijación por la Tesorería General de la Seguridad social del capital costa o importe del recargo correspondiente. c) Si en la sentencia se condenara a la Entidad Gestora de la Seguridad Social, ésta quedará exenta del ingreso si bien deberá presentar certificación acreditativa del pago de la prestación conforme determina el precepto. d) Cuando la condena se refiera a mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social, el condenado o declarado responsable vendrá obligado a efectuar la consignación o aseguramiento de la condena en la forma establecida en el artículo Conforme determina el art LRJS los anteriores requisitos de consignación y aseguramiento de la condena deben justificarse, junto con la constituir del depósito necesario para recurrir en su caso, en el momento

6 de la preparación del recurso de casación o hasta la expiración de dicho plazo, aportando el oportuno justificante. Todo ello bajo apercibimiento que, de no verificarlo, podrá tenerse por no preparado dicho recurso de casación. De conformidad a lo dispuesto en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre (B.O.E. nº. 280/2012) y en la Orden HAP/2662/2012 de 13 de diciembre del Ministerio de hacienda y Administraciones Públicas (B.O.E. nº. 301/2012), se pone en conocimiento de las partes que formulen recurso de casación que: 1) Deberán hacer efectivo y acreditar al momento de interposición del recurso el pago de la tasa que por importe de 750 euros establece para el orden social el art. 7. nº.1º de la citada Ley 10/12. 2) Que en el orden social los trabajadores, sean por cuenta ajena o autónomos, tendrán una exención del 60 por ciento en la cuantía de la tasa que les corresponda por la interposición del recurso de casación (debiendo abonar en consecuencia una tasa de 300 euros.) Según dispone el artº. 4, 3º de dicho texto legal. 3) Desde el punto de vista subjetivo, están en todo caso exentos de esta tasa (entre otros), según dispone el art. 4, 2º. del mismo texto. a) Las personas a las que se les haya reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, acreditando que cumplen los requisitos para ello de acuerdo con su normativa reguladora. b) El Ministerio Fiscal. c) La Administración General del Estado, las de las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todas ellas. Guárdese el original de esta sentencia en el libro correspondiente y líbrese testimonio para su unión al Rollo de Sala, y firme que sea, devuélvanse los autos al Juzgado de procedencia junto con certificación de la presente sentencia y archívense las presentes actuaciones. Así por ésta nuestra sentencia, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos. DILIGENCIA DE PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado - Ponente que la suscribe, estando celebrando audiencia pública y es notificada a las partes, quedando su original en el Libro de Sentencias y copia testimoniada en el Rollo.- Doy fe. El contenido de la presente resolución respeta fielmente el suministrado de forma oficial por el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ). La Editorial CEF, respetando lo anterior, introduce sus propios marcadores, traza vínculos a otros documentos y hace agregaciones análogas percibiéndose con claridad que estos elementos no forman parte de la información original remitida por el CENDOJ.

Roj: STSJ BAL 126/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:126

Roj: STSJ BAL 126/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:126 Roj: STSJ BAL 126/2013 - ECLI: ES:TSJBAL:2013:126 Id Cendoj: 07040340012013100016 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 24/01/2013 Nº de Recurso:

Más detalles

Roj: STSJ BAL 1049/ ECLI: ES:TSJBAL:2016:1049

Roj: STSJ BAL 1049/ ECLI: ES:TSJBAL:2016:1049 Roj: STSJ BAL 1049/2016 - ECLI: ES:TSJBAL:2016:1049 Id Cendoj: 07040340012016100410 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 10/11/2016 Nº de Recurso:

Más detalles

Roj: STSJ BAL 687/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:687

Roj: STSJ BAL 687/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:687 Roj: STSJ BAL 687/2014 - ECLI: ES:TSJBAL:2014:687 Id Cendoj: 07040340012014100258 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 18/07/2014 Nº de Recurso:

Más detalles

Roj: STSJ BAL 727/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:727

Roj: STSJ BAL 727/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:727 Roj: STSJ BAL 727/2013 - ECLI: ES:TSJBAL:2013:727 Id Cendoj: 07040340012013100228 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 30/05/2013 Nº de Recurso:

Más detalles

Juzgado de Origen/Autos: JUZGADO DE LO SOCIAL N.º. 2 DE PALMA DE MALLORCA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES

Juzgado de Origen/Autos: JUZGADO DE LO SOCIAL N.º. 2 DE PALMA DE MALLORCA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES Sentencia 250/2013, de 17 de mayo de 2013 Sala de lo Social Rec. n.º 61/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Tiempo

Más detalles

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO C/ SAN JUAN Nº 10 Tfno: Fax:

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO C/ SAN JUAN Nº 10 Tfno: Fax: T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO C/ SAN JUAN Nº 10 Tfno: 985 22 81 82 Fax:985 20 06 59 NIG: 33044 44 4 2015 0002134 210600 TIPO Y Nº DE RECURSO: RSU RECURSO SUPLICACION 0000100 /2016 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS:

Más detalles

Roj: STSJ BAL 596/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:596

Roj: STSJ BAL 596/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:596 Roj: STSJ BAL 596/2014 - ECLI: ES:TSJBAL:2014:596 Id Cendoj: 07040340012014100217 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 18/07/2014 Nº de Recurso:

Más detalles

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL. Juzgado de Origen/Autos: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº. 4 DE PALMA DE MALLORCA

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL. Juzgado de Origen/Autos: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº. 4 DE PALMA DE MALLORCA BASE DE DATOS NORMACEF SOCIO-LABORAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES Sentencia 507/2012, de 25 de septiembre de 2012 Sala de lo Social Rec. n.º 231/2012 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE:

Más detalles

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2-28004 33010310 NIG: 28.079.00.3-2016/0014471 Recurso de Apelación 302/2017 Recurrente:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Sentencia de 18 Abr. 2005, rec. 5879/2004. Texto

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Sentencia de 18 Abr. 2005, rec. 5879/2004. Texto Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Ponente: Moreiras Caballero, Miguel N.º Sentencia: 321/2005 N.º Recurso: 5879/2004 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY JURIS: 2020260/2005

Más detalles

SENTENCIA N o 152 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA

SENTENCIA N o 152 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Novena C/ General Castaños, 1, Planta 1-28004 33010280 NIG: 28.079.00.3-2014/0014626 Recurso de Apelación 308/2016

Más detalles

CUESTIÓN DE ILEGALIDAD registrada como RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 382/2016. Partes: VODAFONE ESPAÑA, S.A. C/ AJUNTAMENT DE TERRASSA

CUESTIÓN DE ILEGALIDAD registrada como RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 382/2016. Partes: VODAFONE ESPAÑA, S.A. C/ AJUNTAMENT DE TERRASSA CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :16/11/16 M/ REF.: 6420 LETRADO:AMADO MARTINEZ RUIZ FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado.

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado. Tribunal Superior de Justicia TSJ de Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª) Sentencia num. 422/2016 de 1 septiembre JUR\2016\266041 Personal al servicio de la Administración

Más detalles

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero RECURSO n.º 636/2010 SENTENCIA n.º 61/2013 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA: SECCION PRIMERA Compuesta

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 450/06

SENTENCIA NÚM. 450/06 Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 394/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Wilhelmi Lizaur DESPIDO IMPROCEDENTE: salarios de tramitación: denegación: reconocimiento expreso de la

Más detalles

CUADRO COMPARATIVO (ARTÍCULO 2): ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS AL ORDEN JURISDICCIONAL SOCIAL

CUADRO COMPARATIVO (ARTÍCULO 2): ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS AL ORDEN JURISDICCIONAL SOCIAL CUADRO COMPARATIVO (ARTÍCULO 2): ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS AL ORDEN JURISDICCIONAL SOCIAL REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/1995, DE 7 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO

Más detalles

SENTENCIA N o 1222 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA

SENTENCIA N o 1222 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Novena C/ General Castaños, 1, Planta 1-28004 33010280 NIG: 28.079.00.3-2013/0025466 Recurso de Apelación 56/2016 Recurrente:

Más detalles

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Recurrido/s: ORGANISMO AUTONOMO DE TRABAJO Y PRESTACIONES PENITENCIARIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Recurrido/s: ORGANISMO AUTONOMO DE TRABAJO Y PRESTACIONES PENITENCIARIAS Id. Cendoj: 28079340022007100472 ECLI: ES:TSJM:2007:5832 ROJ: STSJ M 5832/2007 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 2 Nº de Resolución: 533/2007 Fecha de Resolución:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero

Tribunal Superior de Justicia. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero Tribunal Superior de Justicia TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero JUR\2017\121205 Tiempo de trabajo. ECLI:ECLI:ES:TSJPV:2017:781 Jurisdicción:Social

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 359/2010 de 28 septiembre

Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 359/2010 de 28 septiembre Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 359/2010 de 28 septiembre JUR\2010\394206 Accidente de trabajo, enfermedad profesional y contingencias comunes.proceso

Más detalles

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA

Más detalles

JDO. CENTRAL CONT/ADMVO. N. 4

JDO. CENTRAL CONT/ADMVO. N. 4 JDO. CENTRAL CONT/ADMVO. N. 4 GOYA, 14 28001 MADRID TEL: 91-400-70-51/52/53 Equipo/usuario: VRG Modelo: N01100 AUTO COMPETENCIA OTROS JUZGADOS ART 7.2 LRJCA N.I.G: 28079 29 3 2016 0001275 PO PROCEDIMIENTO

Más detalles

ASOCIACIÓN DE APOYO A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS

ASOCIACIÓN DE APOYO A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Julián Moreno Retamino Ilmos. Sres. Magistrados Doña María Luisa Alejandre Durán Don Eugenio Frías Martínez En la ciudad de Sevilla, a quince de marzo de dos mil dieciséis.

Más detalles

Roj: STSJ BAL 756/ ECLI: ES:TSJBAL:2017:756

Roj: STSJ BAL 756/ ECLI: ES:TSJBAL:2017:756 Roj: STSJ BAL 756/2017 - ECLI: ES:TSJBAL:2017:756 Id Cendoj: 07040340012017100353 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 28/09/2017 Nº de Recurso:

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (Sede en Sevilla) Sentencia de 2 de junio de 2015 Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 1.ª) Rec. n.º 496/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Potestad

Más detalles

AUTO. En MADRID, a dieciocho de enero de dos mil dieciocho ANTECEDENTES DE HECHO

AUTO. En MADRID, a dieciocho de enero de dos mil dieciocho ANTECEDENTES DE HECHO AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: 005 - Modelo: N40010 AUTO TEXTO LIBRE ART 206.1 2º LEC C/ GOYA 14 91400 72 98/99/7300 Equipo/usuario: MBS N.I.G: 28079 23 3 2016 0001249

Más detalles

Roj: STSJ BAL 29/ ECLI: ES:TSJBAL:2017:29

Roj: STSJ BAL 29/ ECLI: ES:TSJBAL:2017:29 Roj: STSJ BAL 29/2017 - ECLI: ES:TSJBAL:2017:29 Id Cendoj: 07040340012017100012 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 19/01/2017 Nº de Recurso:

Más detalles

SENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016

SENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016 SENTENCIA: JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO DOS DE VIGO N11600 C/ LALIN Nº 4, PISO 5º EDIFICIO Nº2 CB N.I.G: Procedimiento: Sobre: De D/Dª: Letrado: Procurador D./Dª: Contra D./Dª Letrado: Procurador

Más detalles

En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce.

En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce. TRIBUNAL SUPREMO (Sala Cuarta) S. 02.12.2014 INCAPACIDAD TEMPORAL Necesidad de abono del subsidio de incapacidad temporal hasta el momento de la notificación de la resolución administrativa correspondiente,

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Sentencia 90149/2014, de 31 de julio de 2014 Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 1.ª) Rec. n.º 134/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE:

Más detalles

DEMANDA N : Instancia / SENTENCIA N : 1210/2016 auzialdi Auzialdia 8/2016 NIG PV: / NIG CGPJ: XXXXX.34.

DEMANDA N : Instancia / SENTENCIA N : 1210/2016 auzialdi Auzialdia 8/2016 NIG PV: / NIG CGPJ: XXXXX.34. DEMANDA N : Instancia / SENTENCIA N : 1210/2016 auzialdi Auzialdia 8/2016 NIG PV: 00.01.4-16/000023 NIG CGPJ: XXXXX.34.4-2016/0000023 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección

AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección AUTO: AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección - Domicilio : PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN Telf : 985176944-45 Fax : 985176940 Modelo : AUR000 N.I.G.: ROLLO : Juzgado procedencia : Procedimiento

Más detalles

Roj: STSJ BAL 675/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:675

Roj: STSJ BAL 675/ ECLI: ES:TSJBAL:2013:675 Roj: STSJ BAL 675/2013 - ECLI: ES:TSJBAL:2013:675 Id Cendoj: 07040340012013100179 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 25/03/2013 Nº de Recurso:

Más detalles

4.2.-SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. 173/2017 INTERPUESTO POR URBAN INCENTIVES, S.L.

4.2.-SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. 173/2017 INTERPUESTO POR URBAN INCENTIVES, S.L. 4.1.-AUTO DICTADO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN PROCEDIMIENTO DE DERECHOS FUNDAMENTALES 381/2017 INTERPUESTO POR DON ALEJANDRO GALLARDO GAITÁN CONTRA ESTE EXCMO.

Más detalles

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3 - ZARAGOZA SENTENCIA: 00156/2016

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3 - ZARAGOZA SENTENCIA: 00156/2016 JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3 - ZARAGOZA SENTENCIA: 00156/2016 PLAZA EXPO Nº 6 - EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS, PLANTA 2, ESCALERA F - ZARAGOZA FAX 976208638 N.I.G: 50297 45 3 2015 0000189 Procedimiento:

Más detalles

Roj: STSJ BAL 22/ ECLI: ES:TSJBAL:2017:22

Roj: STSJ BAL 22/ ECLI: ES:TSJBAL:2017:22 Roj: STSJ BAL 22/2017 - ECLI: ES:TSJBAL:2017:22 Id Cendoj: 07040340012017100005 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 12/01/2017 Nº de Recurso:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 1417/2014 de 12 Nov. 2014, Rec. 1212/2012.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 1417/2014 de 12 Nov. 2014, Rec. 1212/2012. 1/5 Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 1417/2014 de 12 Nov. 2014, Rec. 1212/2012 Ponente: Ornosa Fernández, María Rosario. Nº de Sentencia:

Más detalles

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 8 MURCIA

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 8 MURCIA JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 8 MURCIA SENTENCIA: 00110/2017 UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO Modelo: N11600 AVDA. DE LA JUSTICIA, S/N - CIUDAD DE LA JUSTICIA - FASE I - 30011 MURCIA Equipo/usuario: L N.I.G:

Más detalles

A U T O. Zaragoza a doce de julio de dos mil diecisiete. ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O. Zaragoza a doce de julio de dos mil diecisiete. ANTECEDENTES DE HECHO Recurso de casación 18/17 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Manuel Bellido Aspas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Fernando Zubiri de Salinas / D. Javier Seoane Prado / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch /

Más detalles

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS SENTENCIA N : 844/2015

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS SENTENCIA N : 844/2015 RECURSO DE SUPLICACION Num.: 75312015 Ponente Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y

Más detalles

JDO. DE LO SOCIAL N. 4 GIJON

JDO. DE LO SOCIAL N. 4 GIJON ADMINISTRACION JDO. DE LO SOCIAL N. 4 GIJON DEJUSTICIA SENTENCIA: 00248/2016 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA S/N (NUEVO PALACIO DE JUSTICIA DE GIJON) Tfno: 985176285~985176197 Fax: 985176618 NIG: 33024 44

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015 CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :26/03/15 M/ REF.: 7239 LETRADO:HELENA LUCIO VICIANA FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 01/10/2013 Recurso Num.: 3332/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 143/2017

SENTENCIA NÚM. 143/2017 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA SENTENCIA: 00143/2017 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCION QUINTA DIRECCION.- C/ GALO PONTE Nº 1 DE ZARAGOZA-50.003 TFNO.: 976208053-055-051 FAX: 976208052 ROLLO:

Más detalles

Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009

Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO Auto 5217/2015, de 1 de julio de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 2084/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Costas Procesales. Impugnación por excesivos de los honorarios del letrado. La tasación

Más detalles

Roj: STSJ BAL 622/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:622

Roj: STSJ BAL 622/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:622 Roj: STSJ BAL 622/2014 - ECLI: ES:TSJBAL:2014:622 Id Cendoj: 07040340012014100226 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 16/06/2014 Nº de Recurso:

Más detalles

SENTENCIA nº /2016

SENTENCIA nº /2016 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA Avda Pedro San Martin S/N Santander Teléfono: 942357126 Fax.: 942357004 Modelo: TX900 Proc.: RECURSOS DE SUPLICACIÓN Nº: 0000203/2016 NIG:

Más detalles

SENTENCIA Nº /2014. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil catorce.

SENTENCIA Nº /2014. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil catorce. Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera C/ General Castaños, 1-28004 33009730 NIG: 28.079.00.3-2013/0010212 Procedimiento Ordinario /2013 G.C. Demandante:

Más detalles

ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U T O NÚM.

ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U T O NÚM. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE SECCION OCTAVA. TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero

Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero JUR\2012\56810 Despido.Derecho a la tutela judicial efectiva.proceso Social. Jurisdicción:

Más detalles

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana

Más detalles

AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: 006 EL SECRETARIO JUDICIAL N40210 C/ PRIM N 12

AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: 006 EL SECRETARIO JUDICIAL N40210 C/ PRIM N 12 :)MINISTRAC'iON STIC1 A AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN: 006 N40210 COMISION NACIONAL DE LA COMPETENCIA ENTRADA Reg0f: 5156 1 RG 5156 08/06/2012 12:25:12 C/ PRIM N 12 Número

Más detalles

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 4 OVIEDO

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 4 OVIEDO JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 4 OVIEDO SENTENCIA: 00011/2014 En Oviedo, a 17 de enero de 2014, el Ilmo. Sr. D. David Ordóñez Solís, magistrado juez del Juzgado de lo Contenciosoadministrativo nº 4 de Oviedo,

Más detalles

Roj: STSJ CLM 1413/ ECLI: ES:TSJCLM:2013:1413

Roj: STSJ CLM 1413/ ECLI: ES:TSJCLM:2013:1413 Roj: STSJ CLM 1413/2013 - ECLI: ES:TSJCLM:2013:1413 Id Cendoj: 02003340012013100452 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Albacete Sección: 1 Fecha: 17/05/2013 Nº de Recurso: 61/2013

Más detalles

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece.

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece. Recurso de casación e infracción procesal 43/12 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Fernando Zubiri de Salinas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch / D. Emilio Molins García-Atance

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA NOTIFICADA AL PROCURADOR 4 FEBRERO 2016 SENTENCIA Nº 21 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.: Presidente Mariano Ferrando

Más detalles

AUD.NACIONAL SALA DE LO SOCIAL MADRID

AUD.NACIONAL SALA DE LO SOCIAL MADRID Roj: SAN 4683/2015 - ECLI:ES:AN:2015:4683 Id Cendoj: 28079240012015100213 Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 296/2015 Nº de Resolución: 213/2015 Procedimiento:

Más detalles

NIG: 28.092.00.4-2017/0000298 251658240 En Móstoles a cuatro de mayo de dos mil diecisiete. Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, Dª. Ana Fernández Valenti

Más detalles

RECURSO: PO 199/17 RECURRENTE: PROCURADOR: D. Manuel Garrote Barbón RECURRIDO: AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PROCURADOR: D. Antonio Álvarez Arias de Velasco

RECURSO: PO 199/17 RECURRENTE: PROCURADOR: D. Manuel Garrote Barbón RECURRIDO: AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PROCURADOR: D. Antonio Álvarez Arias de Velasco TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo RECURSO: PO 199/17 RECURRENTE: PROCURADOR: D. Manuel Garrote Barbón RECURRIDO: AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PROCURADOR: D. Antonio

Más detalles

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4 DE VALENCIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4 DE VALENCIA JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4 DE VALENCIA Procedimiento Abreviado - 000381/2016 Actor: Letrado/ Procurador: HIPOLITO VICENTE GRANERO SANCHEZ Demandado: DELEGACION DE GOBIERNO Letrado/ Procurador:

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 1030/2016 de 1 Dic. 2016, Rec. 1351/2015

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 1030/2016 de 1 Dic. 2016, Rec. 1351/2015 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 1030/2016 de 1 Dic. 2016, Rec. 1351/2015 Ponente: López García de la Serrana, José Manuel. Nº de Sentencia: 1030/2016 Nº de Recurso: 1351/2015 Jurisdicción:

Más detalles

Roj: STSJ M 14912/ ECLI: ES:TSJM:2015:14912

Roj: STSJ M 14912/ ECLI: ES:TSJM:2015:14912 Roj: STSJ M 14912/2015 - ECLI: ES:TSJM:2015:14912 Id Cendoj: 28079340032015100855 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 3 Fecha: 16/12/2015 Nº de Recurso: 426/2015

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 004 RECURSO SUPLICACION 3794/2010. Sentencia número: 570/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 004 RECURSO SUPLICACION 3794/2010. Sentencia número: 570/2010 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 004 RECURSO SUPLICACION 3794/2010 Sentencia número: 570/2010 En MADRID a 28 de Septiembre de 2010, habiendo visto las presentes actuaciones

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STSJ AS 154/2011 Id Cendoj: 33044340012011100140 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Oviedo Sección: 1 Nº de Recurso: 2946/2010 Nº de Resolución: 338/2011 Procedimiento:

Más detalles

D.lDña., Letrado/a de la Admón. de Justicia. DOY FE: Que en el Procedimiento Abreviado 89/2015 se ha dictado resolución del siguiente tenor literal:.

D.lDña., Letrado/a de la Admón. de Justicia. DOY FE: Que en el Procedimiento Abreviado 89/2015 se ha dictado resolución del siguiente tenor literal:. ,, Admlnlslradón de Jusllcla Juzgado de lo Contencioso- Administrativo no02 de Madrid 1111111111111111111111111111111 C/ Gran Vía, 19, Planta 4-28013 (01) 30560088654 45020020 NIG: 28.079.00.3-2015/0003872

Más detalles

En Sevilla, a 17 de Diciembre de dos mil quince.

En Sevilla, a 17 de Diciembre de dos mil quince. En Sevilla, a 17 de Diciembre de dos mil quince. En el recurso de suplicación interpuesto por Dª.CB, representada por el Sr. Letrado D. José I., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social

Más detalles

Roj: STSJ BAL 212/ ECLI: ES:TSJBAL:2016:212

Roj: STSJ BAL 212/ ECLI: ES:TSJBAL:2016:212 Roj: STSJ BAL 212/2016 - ECLI: ES:TSJBAL:2016:212 Id Cendoj: 07040340012016100080 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 02/03/2016 Nº de Recurso:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Les Illes Balears, Sala de lo Social, Sentencia 174/2016 de 28 Abr. 2016, Rec. 423/2015

Tribunal Superior de Justicia de Les Illes Balears, Sala de lo Social, Sentencia 174/2016 de 28 Abr. 2016, Rec. 423/2015 Tribunal Superior de Justicia de Les Illes Balears, Sala de lo Social, Sentencia 174/2016 de 28 Abr. 2016, Rec. 423/2015 Ponente: Oliver Reus, Antonio. Nº de Sentencia: 174/2016 Nº de Recurso: 423/2015

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEXTA. S E N T E N C I A núm. 735

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEXTA. S E N T E N C I A núm. 735 Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Sexta C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004 33010280 NIG: 28.079.00.3-2014/0009497 Recurso de Apelación 838/2017

Más detalles

Rollo de apelación nº 141/2014 Partes : AJUNTAMENT DE TERRASSA C/ VODAFONE ESPAÑA, S.A. S E N T E N C I A Nº 1165

Rollo de apelación nº 141/2014 Partes : AJUNTAMENT DE TERRASSA C/ VODAFONE ESPAÑA, S.A. S E N T E N C I A Nº 1165 CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :24/11/15 M/ REF.: 7248 LETRADO:AMADO MARTINEZ RUIZ FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00469/2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00469/2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª Roj: STSJ M 7859/2011 - ECLI:ES:TSJM:2011:7859 Id Cendoj: 28079340042011100431 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 4 Nº de Recurso: 2342/2011 Nº de Resolución:

Más detalles

S E N T E N C IA N 142/2009

S E N T E N C IA N 142/2009 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCiÓN CUARTA 1/5 Rollo de apelación no342/2006 Parte apelante: DEP. D'INTERIOR - GENERALlTAT DE CATALUNYA Representante

Más detalles

A U D I E N C I A N A C I O N A L. Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA

A U D I E N C I A N A C I O N A L. Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA A U D I E N C I A N A C I O N A L Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA Núm. de Recurso: 0000604/2016 Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Núm. Registro General: 03784/2016 Demandante:

Más detalles

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA SENTENCIA: 00621/2016 Ponente: Don Benigno López González Recurso de Apelación número 243/2016 Apelante: A.A. Apelada: Concello de Vigo (Pontevedra) EN NOMBRE DEL REY

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 544/2018 de 17 May. 2018, Rec. 3598/2016

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 544/2018 de 17 May. 2018, Rec. 3598/2016 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 544/2018 de 17 May. 2018, Rec. 3598/2016 Ponente: Arastey Sahún, María Lourdes. UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 3598/2016 Ponente: Excma. Sra. D.ª Maria

Más detalles

Texto. En la villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil siete T.S.J. MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 01263/2007. Apelación nº 461/07

Texto. En la villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil siete T.S.J. MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 01263/2007. Apelación nº 461/07 Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, Sentencia de 16 Oct. 2007, rec. 461/2007 Ponente: Gallardo Martín de Blas, Eva Isabel. Nº de sentencia:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia

Tribunal Superior de Justicia Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª) Sentencia num. 192/2010 de 17 marzo RJCA\2010\848 COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO: Agricultura: Decreto

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014 Ponente: Souto Prieto, Jesús. Nº de Recurso: 337/2014 Jurisdicción: SOCIAL SENTENCIA En la Villa de Madrid, a diez

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 507/2015, de 28 de julio de 2015 Sala de lo Penal Rec. n.º 199/2015 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Auto de sobreseimiento libre. Recursos. Con objeto de clarificar la interpretación

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO Auto de 4 de marzo de 2014 Sala de lo Civil Rec. n.º 8 /2013 SUMARIO: Tasas judiciales. Tutela judicial efectiva. Recurso de revisión de sentencias firmes. El recurso de revisión de sentencias

Más detalles

SENTENCIA 63/2018 ANTECEDENTES DE HECHO. Magistrada-Juez: Dª. Marina Rodríguez Baudach

SENTENCIA 63/2018 ANTECEDENTES DE HECHO. Magistrada-Juez: Dª. Marina Rodríguez Baudach NOMBRE DEL ÓRGANO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE HUESCA PROCEDIMIENTO DEL ÓRGANO: JUICIO VERBAL Nº 7/2018 CAUSA/DELITO: RECLAMACIÓN PRIMA SEGURO POR CANCELACIÓN DEL VUELO ACUSADO/DEMANDADO:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, Sala de lo Social, Sentencia 1382/2015 de 10 Jul. 2015, Rec. 1335/2015

Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, Sala de lo Social, Sentencia 1382/2015 de 10 Jul. 2015, Rec. 1335/2015 1/8 Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, Sala de lo Social, Sentencia 1382/2015 de 10 Jul. 2015, Rec. 1335/2015 Ponente: Prado Fernández, Francisco José de. Nº de Sentencia: 1382/2015

Más detalles

S E N T E N C I A nº 342/11

S E N T E N C I A nº 342/11 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO S E N T E N C I A nº 342/11 Ilma. Sra. Presidente acctal Doña Teresa Marijuán Arias Iltmos. Sres. Magistrados Doña Clara

Más detalles

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Id. Cendoj: 30030450082014100002 Organo: - Sede: Murcia Sección: 8 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 10/04/2014 Nº Recurso: 421/2013 Ponente: EULALIA MARTINEZ LOPEZ Procedimiento: CONTENCIOSO

Más detalles

Documento descargado de El portal de los profesionales de la seguridad

Documento descargado de  El portal de los profesionales de la seguridad SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN 7ª, DE 12 DE JUNIO DE 2009, SOBRE LA EXTENSIÓN DE EFECTOS DE SENTENCIA PRECEDENTE EN RELACIÓN CON LAS HORAS EXTRAORDINARIAS

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O. Sala de lo. Contencioso-Administrativo. Sección: SEGUNDA S E N T E N C I A

T R I B U N A L S U P R E M O. Sala de lo. Contencioso-Administrativo. Sección: SEGUNDA S E N T E N C I A T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: SEGUNDA S E N T E N C I A Fecha de Sentencia: 21/11/2012 REC.ORDINARIO(c/a) Recurso Núm.: 17/2011 Fallo/Acuerdo: Sentencia Inadmisibilidad

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente

Más detalles

Roj: STSJ BAL 598/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:598

Roj: STSJ BAL 598/ ECLI: ES:TSJBAL:2014:598 Roj: STSJ BAL 598/2014 - ECLI: ES:TSJBAL:2014:598 Id Cendoj: 07040340012014100219 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Fecha: 18/07/2014 Nº de Recurso:

Más detalles

Reformas en suplicación y casación y Reformas en ejecución

Reformas en suplicación y casación y Reformas en ejecución LA NUEVA LEY REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL (36/2011) Reformas en suplicación y casación y Reformas en ejecución Francisco Javier Lluch Corell. Magistrado de la Sala de lo Social del TSJ Valencia.

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Aurelio Desdentado Bonete en funciones Fecha Sentencia: 03/05/2006 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 1333/2005 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

Autos núm.: 1/1346/1999 Ponente: Excmo. Sr. Pujalte Clariana Secretario: Sr. Abizanda Chorci TRIBUNAL SUPREMO

Autos núm.: 1/1346/1999 Ponente: Excmo. Sr. Pujalte Clariana Secretario: Sr. Abizanda Chorci TRIBUNAL SUPREMO Autos núm.: 1/1346/1999 Ponente: Excmo. Sr. Pujalte Clariana Secretario: Sr. Abizanda Chorci TRIBUNAL SUPREMO SALA TERCERA, DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA A U T O NUM. Excmos. Sres.:

Más detalles

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO.

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO. 3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. Nº 382/14 INTERPUESTO POR DON ALBERTO LLAVES ENRÍQUEZ CONTRA ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO. Jurídicos del Excmo.

Más detalles

ASUNTO: Auto autorizando la remisión de carta a determinados acreedores. AUTO. En la Villa de Madrid, a NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.

ASUNTO: Auto autorizando la remisión de carta a determinados acreedores. AUTO. En la Villa de Madrid, a NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO. JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID C/ Gran Vía, 52, Planta 4-28013 Tfno: 914930437 Fax: 914936183 42020296 NIG: 28.079.47.2-2006/0001660 Procedimiento: Concurso ordinario 208/2006 Sección 5ª Concursada:

Más detalles

SEGURIDAD SOCIAL. Cotización a la Seguridad Social. Sujetos responsables. Responsables solidarios. A Favor: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

SEGURIDAD SOCIAL. Cotización a la Seguridad Social. Sujetos responsables. Responsables solidarios. A Favor: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 1375/2013 de 25 Jul. 2013, Rec. 1238/2010 Ponente: López Parada, Rafael Antonio. LA LEY

Más detalles

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL PALMA DE MALLORCA

T.S.J.ILLES BALEARS SALA SOCIAL PALMA DE MALLORCA Roj: STSJ BAL 781/2014 - ECLI:ES:TSJBAL:2014:781 Id Cendoj: 07040340012014100306 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Palma de Mallorca Sección: 1 Nº de Recurso: 96/2014 Nº de

Más detalles