Firma del Asegurado

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "----------------------------------------- Firma del Asegurado"

Transcripción

1 SOLICITUD DE INCORPORACIÓN Y CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO INCENDIO HIPOTECARIOBANCO ITAÚ CHILE Fecha de Suscripción: Antecedentes de la Compañía de Seguros Bci Seguros Generales S.A. RUT: K Teléfono: Antecedentes del Contratante Banco Itaú Chile. RUT: K Antecedentes del Cliente Asegurado Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Rut: Teléfono : Fecha de Nac: Dirección Particular (calle, número): Comuna: Dirección del Riesgo Monto Asegurado UF Comuna Ciudad: Materia Asegurada Ciudad En caso de Uso Servicios Profesionales y Comerciales Especificar: Importante 1.- La Compañía que cubre el riesgo es Bci Seguros Generales S.A. Rut: K y las coberturas contratadas se encuentran amparadas en las condiciones particulares de la póliza Nº WP , 2.- Código de Autorregulación: Bci Seguros Generales S.A. se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de Bci Seguros o a través de la página web Este contrato no cuenta con sello SERNAC. IMPORTANTE: Usted se está incorporando como asegurado a una póliza o contrato de seguros colectivos cuyas condiciones han sido convenidas por BANCO ITAÚ CHILE. directamente con Seguros BCI Seguros Generales S.A. Prima Tasa Afecta Incendio Mensual bruta: 0,0076%; Prima: La tasa especificada aplica sobre el monto asegurado. Vigencia de la Póliza Doce (12) meses a contar las 12:00 horas del día 31 de octubre de 2014, expirando a las 12:00 horas del día 31 de julio del 2016, no prorrogable Sin perjuicio de lo expuesto, en el evento que por cualquier circunstancia, al término de las pólizas de seguros licitadas no se hubiere podido iniciar o terminar un proceso de licitación para el siguiente período, la Compañía deberá, a sola solicitud del Banco y sin más trámite, extender la vigencia de las pólizas hasta por 60 días más, en las mismas condiciones ya pactadas. Vencido el plazo de prórroga sin que se hubiese iniciado la vigencia de nuevas pólizas licitadas, el Banco y la Adjudicataria negociarán condiciones y términos de una nueva prórroga. Declaración del Asegurado 1. El asegurado declara conocer y aceptar las condiciones señaladas en este formulario antes de firmar esta solicitud certificado. 2. El asegurado ha tomado conocimiento del derecho a decidir sobre la contratación del seguro y la libre elección de la compañía aseguradora. 3. El contratante colectivo de la póliza N WP será Banco Itaú Chile. 4. Las coberturas tendrán vigencia desde la firma del asegurado. En este caso la presente solicitud hará las veces de certificado de cobertura conforme a la circular 2123 de la Superintendencia de Valores y Seguros 5. Autorizo irrevocablemente a Banco Itaú Chile., para remitir a BCI Seguros Generales S.A., la información pertinente al seguro elegido, según lo solicitare dicha compañía. 6. Autorizo también a que el monto de la prima correspondiente al seguro elegido, sea cargado mes a mes a través del dividiendo del crédito hipotecario, 7. El Banco Itaú en su carácter de contratante de la póliza de seguro colectivo; está facultado para contratar, modificar o renovar esta póliza durante su vigencia o a su vencimiento, así como también para cambiar de entidad aseguradora, conforme a los mejores intereses para los asegurados, de acuerdo a condiciones del mercado Firma del Asegurado Folio:

2 Bci Seguros Generales S.A Itaú Chile Corredora de Seguro Ltda. Firma del Asegurado RUT: K RUT: CONDICIONES PARTICULARES Contratante: Banco Itaú Chile. Asegurado: Personas naturales o jurídicas propietarios o copropietarios de propiedades hipotecadas por el Banco Itaú Chile, destinadas para la vivienda o servicios profesionales, que hayan sido incorporados a la póliza colectiva licitada, ya sea como parte del Flujo o del Stock de operaciones y respecto de los cuales no hayan contratado una póliza individual que cubra los riesgos licitados. Beneficiario: Banco Itaú Chile, hasta la suma de su interés asegurable. En caso de existir un saldo éste deberá ser entregado al Asegurado como indemnización, también hasta el valor de su interés asegurable. Monto asegurado: El monto asegurado estará determinado por el 100% del total de las construcciones y obras complementarias incluidas en el informe de tasación, sin considerar el valor del terreno. Este valor es informado en la tasación como un monto distinto del valor de garantía. Queda establecido que los montos asegurados son a primera pérdida, es decir, no admitirán ningún tipo de proporcionalidad, prorrateos y/o depreciaciones por años de uso y/o conservación Asimismo, queda estipulado que no será necesario comunicar a la compañía aseguradora la circunstancia de haberse efectuado reparaciones, construcciones o ampliaciones en los bienes asegurados, entendiéndose que ellas cuentan con cobertura automática, sin cobro de prima adicional pero sólo hasta un 20% más del monto asegurado original, y por consiguiente se encuentran incluidas en el monto asegurado, con lo cual se deja sin efecto lo indicado en el artículo 13 de las Condiciones Generales de la póliza de incendio, sobre alteración en el riesgo o de la materia asegurada. Se establece que, a petición expresa del cliente, podrá modificarse el monto asegurado con el objeto de reflejar el mayor valor del bien asegurado, caso en el cual se aplicará el aumento proporcional de la prima que corresponda. En cualquier caso, las construcciones o ampliaciones de los bienes asegurados deberán cumplir con los requisitos de asegurabilidad establecidos en las Bases. A) COBERTURA Se otorgará Cobertura de Incendio a través, de la Póliza Colectiva de Incendio, Asociada a Créditos Hipotecarios del Artículo Cuarenta del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno, incorporada al Depósito de Pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros, bajo el Código POL Coberturas Adicionales: - Incendio y Daños Materiales Causados por Riesgo de la Naturaleza. Como consecuencia directa e inmediata de erupción volcánica, salida de mar, inundación, huracán, ciclón, avalanchas, aluvión o deslizamiento producidos o desencadenados por fenómenos de la naturaleza a excepción de sismo, o cualquiera otra convulsión de la naturaleza o perturbación atmosférica a excepción de rayo. CAD Daños Materiales causados por Aeronaves. Caída o choque de aeronaves o por los objetos no explosivos caídos desde ellas. CAD Daños Materiales Causados por Choque o Colisión con Objetos Fijos o Flotantes, Incluyendo Naves. Daños materiales al objeto asegurado en un río, laguna o mar, o en sus riberas, ocasionados por choque o colisión debido al desplazamiento de objetos fijos o flotantes, incluyendo naves. CAD Colapso de Edificio. Sea este total o parcial, producido por el hundimiento o desplome ocasionado o producido por falla y debilitamiento de sus sistemas de apoyo o sustentación, a causa de excavaciones, hundimiento y derrumbe de terrenos. CAD Daños Materiales Causados por Vehículos Motorizados. CAD Daños Materiales Causados Por Roturas De Cañerías O Desbordamiento De Estanques Matrices. CAD Daños Materiales Causados por Explosión. Sea o no seguida de Incendio. CAD Daños materiales por Incendio y Explosión a Consecuencia directa de Huelga, Desorden Popular o Actos Terroristas. CAD Cláusula adicional de saqueo y daños materiales por saqueo durante huelga o desorden popular. CAD Daños Materiales A Consecuencia Directa De Huelga o Desorden Popular. CAD Otros Adicionales: 1. Remoción de Escombros: El presente seguro también se extiende a cubrir los gastos en que incurra el asegurado por la remoción de escombros y por las demoliciones de la materia asegurada que sean necesarias u ordenadas por la autoridad competente. Cada

3 una de estas coberturas tendrá un límite del 10% del monto asegurado con un máximo de UF por evento y ubicación. Esto se pagará una vez acreditado el gasto. 2. Gastos de Traslado de muebles: Se extiende a cubrir los gastos que incurra el Asegurado por traslado de muebles del lugar o sitio del siniestro hasta el 1% del monto asegurado. Esto se pagará una vez acreditado el gasto. 3. Cobertura de Inhabitabilidad y bodegaje: Se extiende a cubrir el valor de los hospedajes o arriendos que el Asegurado deba solventar a causa de un siniestro indemnizable por la póliza, hasta un sublímite del 1% del monto asegurado por ubicación, hasta un periodo máximo de indemnización de seis meses por evento. Se entiende por valor de los hospedajes o arriendos, el monto en dinero del canon pactado en un contrato de arrendamiento o el precio por noche de un hotel, hostal o similar, que debe pagar el Asegurado para obtener alojamiento para él o su familia, mientras el inmueble no esté en condiciones de ser habitado y, en todo caso, por un período no superior al periodo de indemnización establecido. Se entiende también por valor de los arriendos, los costos en que debe incurrir el asegurado por concepto de bodegaje o almacén de los bienes que guarnecían la vivienda siniestrada. Son condiciones para que exista obligación de indemnizar por parte de la Compañía: a) Que la pérdida o daño del bien asegurado provenga de un hecho indemnizable bajo esta póliza o de sus cláusulas adicionales. b) Que al momento del siniestro, la propiedad estuviere habitada por el Asegurado o su familia para fines de vivienda permanente. o habitada por un tercero autorizado por el propietario. Como extensión de cobertura, se entenderá también habitada para estos efectos la propiedad usada para servicios profesionales. c) Que a causa de siniestro, el asegurado o su familia no puedan habitar la propiedad dañada o destruida total o parcialmente o mantener el uso profesional que tenía. En caso de eventos catastróficos como sismos o maremotos, esta cobertura deberá contemplar el pago al deudor asegurado de un monto mensual, acreditada la imposibilidad del uso de la vivienda donde reside el asegurado o su familia sin necesidad de demostrar la ocurrencia de los gastos. 4. Daños por Rayo: Se cubre los deterioros que sufra la materia asegurada por efecto de rayos. B) DEDUCIBLES Sin Deducibles C) OTRAS CONDICIONES PARTICULARES: 1. Cobertura para Nuevos Créditos: Podrán ingresar a ésta póliza los deudores por los Créditos Hipotecarios otorgados por el Banco Itaú, para aquellos bienes raíces cuyo uso sea habitacional ó estén destinados a servicios profesionales que cumplan con los requisitos de asegurabilidad. Rige la cobertura en forma automática desde la firma de la escritura pública respectiva por parte de cualquiera de los comparecientes. 2. Cláusula de Rehabilitación automática: En caso de siniestro, el monto asegurado se rehabilitará en forma automática. Aquello dará derecho a la Compañía para cobrar prima adicional en forma proporcional. Esta nueva prima será calculada únicamente aplicando la tasa licitada. 3. Concurrencia de seguros: En caso de existir seguros concurrentes que el deudor asegurado u otra persona que tuviere interés asegurable hubiere contratado sobre el inmueble, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el al artículo 556 del Código de Comercio. 4. Cláusula de Copropiedad Tratándose de inmuebles acogidos a la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria, quedarán cubiertos los bienes o espacios comunes establecidos en el reglamento de copropiedad pertinente. 5. Arbitraje: Cualquier dificultad que se suscite entre el Contratante, Asegurado o Beneficiario en su caso y la Compañía en relación con el contrato de seguro de que da cuenta esta póliza, se regirá por lo estipulado en el artículo N 543 del Código de Comercio. No obstante lo estipulado precedentemente, el Asegurado podrá, por sí solo y en cualquier momento, someter al arbitraje de la SVS las dificultades que se susciten con la Compañía cuando el monto de los daños reclamados no sea superior a 120 Unidades de Fomento, de conformidad a lo dispuesto en la letra i) del Art. 3º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 251, de 1931, o en la disposición equivalente que se encuentre vigente a la fecha en que se presente la solicitud de arbitraje. 6. Plazo para el pago de la prima y rehabilitación de la cobertura individual: Para los seguros asociados a créditos Hipotecarios financiados con recursos propios del Banco o bien para mutuos hipotecarios endosables, la prima deberá ser pagada mensualmente por el deudor hipotecario por meses vencidos, a más tardar el décimo día hábil del mes calendario inmediatamente siguiente a aquel en que ella se devengó. Por el contrario, para los seguros asociados a los créditos hipotecarios con letras la prima se paga anticipadamente dentro de los 10 primeros días del mes anterior.

4 Sin perjuicio de ello, de conformidad al numeral III.5.5 de la Circular de la SBIF, se deberá conceder al deudor asegurado un plazo de gracia de un mes para el pago de la prima. Durante el plazo de gracia la cobertura se mantendrá vigente. Si el deudor asegurado paga las primas vencidas dentro del plazo de gracia indicado en el párrafo anterior, la cobertura individual del asegurado no sufrirá alteración alguna sin necesidad de declaración ni trámite de ningún tipo, rehabilitándose en forma automática. Se deja constancia que el primer pago de las primas del crédito hipotecario se efectuará en el mes subsiguiente de la fecha de la firma de la escritura de mutuo. Se deja constancia que los créditos hipotecarios otorgados por el Banco contemplan periodos de gracia para el pago del primer dividendo, tiempo durante el cual deudor se encontrará asegurado, sin pago de primas. El pago de las primas devengadas durante el periodo de gracia se efectuará al término del mismo, de una sola vez. Se deja constancia que en caso de prepagos de la deuda, la prima se calculará sobre el nuevo saldo insoluto de la deuda, manteniendo el plazo pactado de la operación. 7. Comunicación entre las partes Cualquier comunicación, declaración o notificación que haya de hacerse entre la Compañía Aseguradora y el Contratante o el Asegurado o el Beneficiario con motivo de esta póliza, deberá efectuarse por escrito mediante carta certificada u otro medio fehaciente, dirigida al domicilio de la Compañía Aseguradora o al último domicilio del Contratante, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 de la POL Riesgos No Cubiertos Según POL de Incendio Artículo 13: Deterioros no cubiertos por la póliza; El presente seguro no cubre deterioros que, en su origen o en su extensión, sean causados por hechos distintos a los indicados en los artículos 3, 4 y 5 anteriores, en especial los causados por: a) Quemadura, chamuscado, humo o cualquier deterioro que provenga de contacto o aproximación a fuentes de calor. No obstante, la póliza responderá de los daños por incendio que sean consecuencia de alguno de tales hechos; y b) Experimentos de energía atómica o nuclear; utilización de tal energía, emisiones radioactivas, o contaminación por radioactividad por cualquier combustible nuclear o de cualquier residuo de su combustión. Artículo 14: El presente seguro no cubre: a) Los incendios, que se produjeren a causa, durante o inmediatamente después de sismos superiores a grado VI de la Escala de Mercalli, cualquiera sea el origen del fenómeno que los provoquen. b) Los incendios y daños materiales que tuvieran por origen o fueran una consecuencia de erupción volcánica, maremoto, inundación, huracán, ciclón, avalanchas o deslizamiento producidas o desencadenadas por fenómenos de la naturaleza a excepción de sismo, o cualquier otra convulsión de la naturaleza o perturbación atmosférica, a excepción de rayo. c) Los incendios y daños materiales que tuvieran por origen o fueran una consecuencia de guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado. d) Los incendios y daños materiales que tuvieran por origen o fueran consecuencia de huelga legal o ilegal o de lock out; y de atentados, desórdenes populares o de otros hechos que las leyes califican como delitos contra el orden público. g) Los incendios y daños materiales que tuvieran por origen o fueran una consecuencia de hechos que la ley califica como conductas o delitos de terrorismo; h) Los daños materiales que tuvieran por origen o fueran una consecuencia de sismo. i) Los incendios y daños materiales que tuvieran por origen o fueran una consecuencia de acto malicioso cometido por un tercero o por el propio asegurado, contratante o beneficiario. Procedimiento Para Denunciar El Siniestro Procedimiento en caso de Siniestro. Aviso de siniestros: Se establece un plazo de 90 días corridos una vez ocurrido el siniestro o desde que se tomó conocimiento de la ocurrencia de éste, para entregar el aviso de siniestro a la Compañía. Para estos efectos, la Compañía deberá poner a disposición medios y facilidades que permitan a los Asegurados, al menos, realizar denuncios en forma remota y sin limitación de horario, debiendo entregarse al denunciante una confirmación fehaciente de la recepción del denuncio. Documentos necesarios para efectuar la denuncia de siniestro: Para el aviso de siniestros, se requiere: a) Formulario de denuncia del siniestro. b) Carta relato de los hechos por el Asegurado (descripción del origen y extensión del siniestro, fecha de ocurrencia, dirección afectada, teléfono de contacto, nombre y RUT del Asegurado, nombre y datos del denunciante). c) Certificado de bomberos (cuando corresponda). d) Denuncia en Carabineros o en el Ministerio Público (cuando corresponda). Plazo para liquidación y pago de la indemnización:

5 El plazo para el pago de la indemnización no podrá ser superior a seis días hábiles contados desde la notificación de la aceptación de la Compañía, salvo que ésta no proceda en conformidad a las normas legales y contractuales vigentes al tiempo del siniestro. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos totales de liquidación nunca podrán exceder los señalados en el Decreto Supremo N 1055 de agosto de Evento catastrófico (Plazo para liquidación y pago de la indemnización): Tratándose de eventos catastróficos los plazos del proceso de liquidación, incluida la inspección del inmueble asegurado, corresponderán únicamente a los establecidos en el Decreto Supremo N 1055 de agosto de La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesario para poder realizar la liquidación. Anexo Servicio de Atención al Cliente En caso de requerir asistencia, asesoría o información, favor llamar a Itaú Chile Corredora de Seguros Ltda. en horario habitual de oficina, de lunes a jueves de 9 a 14 hrs. y de 15 a 18 hrs. y viernes de 9 a 14 hrs. y de 15 a 16 hrs., excepto feriados, a los teléfonos: y ; o a través de la Mesa Central Itaú al las 24 horas del día los 365 días del año. También, personalmente y sin formalidades, en el horario de oficina ya señalado en su domicilio comercial: San Antonio 113, Piso 2, comuna y ciudad de Santiago; o enviando un mail a la dirección de correo electrónico: ics@itau.cl, según sea su preferencia. En caso de requerir atención directa del Asegurador, puede utilizar el servicio de atención al cliente, de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 horas, llamando al: y desde celulares al Para consultas a través de correo electrónico escribir a: cri@bciseguros.cl DIVERSIFICACION DE PRODUCCION (Art.57 DFL 251) La información respecto de la diversificación de los negocios de Itaú Chile Corredora de Seguros, como de las entidades aseguradoras con que ha trabajado, y las pólizas de seguros que ha contratado para responder del cumplimiento de sus obligaciones como intermediario, se encuentra publicada en sección Seguros. Bci Seguros Generales S.A Itaú Chile Corredora de Seguro Ltda Firma del Asegurado RUT: K RUT: ANEXO ANEXO A SOLICITUD DE INCORPORACIÓN / CERTIFICADO DE COBERTURA INCENDIO HIPOTECARIO Circular N 2123 (Superintendencia de Valores y Seguros)

6 De acuerdo a lo instruido en la circular N 2123 de fecha de 22 de Octubre de 2013 de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), le informamos que la remuneración por recaudación y comisiones pagadas por Bci Seguros Generales S.A. respecto de la prima pagada por usted por su póliza, son las siguientes: Comisión de Intermediación Corredor: Itaú Chile Corredora de Seguros Ltda. - RUT: Comisión: 23 % + IVA sobre la prima neta mensual

RESUMEN CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA COLECTIVA LICITADA DE INCENDIO Y SISMO PARA CRÉDITOS HIPOTECARIOS BANCO SANTANDER (Stock y Flujo)

RESUMEN CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA COLECTIVA LICITADA DE INCENDIO Y SISMO PARA CRÉDITOS HIPOTECARIOS BANCO SANTANDER (Stock y Flujo) RESUMEN CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA COLECTIVA LICITADA DE INCENDIO Y SISMO PARA CRÉDITOS HIPOTECARIOS BANCO SANTANDER (Stock y Flujo) ASEGURADOR CONTRATANTE : ZURICH SANTANDER SEGUROS GENERALES CHILE

Más detalles

INFORMACIÓN MÍNIMA DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE INCENDIO Y SISMO

INFORMACIÓN MÍNIMA DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE INCENDIO Y SISMO INFORMACIÓN MÍNIMA DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE INCENDIO Y SISMO a) Información sobre la Compañía Aseguradora 1. Nombre de la Compañía Aseguradora: RSA Seguros Chile S.A. 2. RUT:

Más detalles

PROPUESTA PÓLIZA DE INCENDIO & SISMO

PROPUESTA PÓLIZA DE INCENDIO & SISMO PROPUESTA PÓLIZA DE INCENDIO & SISMO Con esta fecha, por medio de la presente propuesta y de conformidad a lo dispuesto en el DFL 251 de 1931, en la Ley General de Bancos, en la Norma de Carácter General

Más detalles

SVS INFORMA RESULTADO DE PRIMERA LICITACIÓN DE SEGUROS DE INCENDIO Y SISMO ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS ESTABLECIDOS POR LA LEY 20.

SVS INFORMA RESULTADO DE PRIMERA LICITACIÓN DE SEGUROS DE INCENDIO Y SISMO ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS ESTABLECIDOS POR LA LEY 20. SVS INFORMA RESULTADO DE PRIMERA LICITACIÓN DE SEGUROS DE INCENDIO Y SISMO ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS ESTABLECIDOS POR LA LEY 20.552 Durante la semana pasada se informó sobre la primera licitación

Más detalles

I. DETALLE DE LAS PRINCIPALES COBERTURAS DEL SEGURO:

I. DETALLE DE LAS PRINCIPALES COBERTURAS DEL SEGURO: CERTIFICADO DE COBERTURA BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A., certifica que el bien raíz más adelante individualizado se encuentra incorporado en la póliza de seguro colectiva contratada por CorpBanca

Más detalles

RUT 97.023.000-9 ASEGURADO RUT E-MAIL (1) Nº DE OPERACIÓN DIRECCIÓN DEL RIESGO MONTO ASEGURADO

RUT 97.023.000-9 ASEGURADO RUT E-MAIL (1) Nº DE OPERACIÓN DIRECCIÓN DEL RIESGO MONTO ASEGURADO SOLICITUD DE INCORPORACIÓN CERTIFICADO DE COBERTURA Por medio de la presente propuesta, solicito a CorpBanca Corredores de Seguros S.A. gestionar mi incorporación a la Póliza Colectiva de Incendio y Sismo

Más detalles

SEGUROS ASOCIADOS A CREDITOS HIPOTECARIOS. Implementación del cambio legal

SEGUROS ASOCIADOS A CREDITOS HIPOTECARIOS. Implementación del cambio legal SEGUROS ASOCIADOS A CREDITOS HIPOTECARIOS Implementación del cambio legal 21 de marzo de 2012 Objetivos de la Ley: Que la entidad crediticia sólo traspase al asegurado deudor el costo efectivo del seguro,

Más detalles

SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098.

SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º DEFINICION DE LA COBERTURA En los términos de la presente póliza, el

Más detalles

INFORMACION WEB SEGURO INCENDIO CON SISMO BANCO INTERNACIONAL

INFORMACION WEB SEGURO INCENDIO CON SISMO BANCO INTERNACIONAL INFORMACION WEB SEGURO INCENDIO CON SISMO BANCO INTERNACIONAL INFORMACION SOBRE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA Nombre de la compañía aseguradora: RSA Seguros Chile Clasificación de Riesgo: AA Relación entre aseguradora

Más detalles

CREDITO HIPOTECARIO COMANDO APOYO ADM. DEL EJERCITO JAVE INCENDIO CON SISMO

CREDITO HIPOTECARIO COMANDO APOYO ADM. DEL EJERCITO JAVE INCENDIO CON SISMO CREDITO HIPOTECARIO COMANDO APOYO ADM. DEL EJERCITO JAVE INCENDIO CON SISMO a) Información Sobre la Compañía Aseguradora a1) Nombre de la Compañía Aseguradora: MAPFRE Compañía de Seguros Generales de Chile

Más detalles

SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK - NETBOOK - DESKTOPS LENOVO

SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK - NETBOOK - DESKTOPS LENOVO SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK - NETBOOK - DESKTOPS LENOVO DOCUMENTO DESCRIPTIVO DE COBERTURAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA POLIZA N 303-22-4868 DE HDI SEGUROS S.A. SEGURO PARA EQUIPOS NOTEBOOK NETBOOK

Más detalles

ENDOSO N 1/2013 PÓLIZA N 112123072. Desempleo Hipotecario MINVU Leasing BBVA

ENDOSO N 1/2013 PÓLIZA N 112123072. Desempleo Hipotecario MINVU Leasing BBVA ENDOSO N 1/2013 Desempleo Hipotecario MINVU Leasing BBVA Mediante el presente documento se deja constancia que las partes han acordado efectuar las siguientes modificaciones a la póliza antes individualizada.

Más detalles

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PRESTADORES DE SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PRESTADORES DE SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PRESTADORES DE SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA Incorporada en el Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 02 103 ARTICULO 1º: COBERTURA Esta Póliza cubre

Más detalles

ADM. DE MUTUOS HIPOTECARIOS HOGAR Y MUTUO S.A. Dirección: GRAJALES 2140, ciudad : Santiago, comuna : Santiago Datos de beneficiarios

ADM. DE MUTUOS HIPOTECARIOS HOGAR Y MUTUO S.A. Dirección: GRAJALES 2140, ciudad : Santiago, comuna : Santiago Datos de beneficiarios Pagina 1 de 10 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación

Más detalles

Beneficios Seguro Pack HEWLETT PACKARD CHILE COMERCIAL LTDA VIGENTE EN POLIZA N 22-4258

Beneficios Seguro Pack HEWLETT PACKARD CHILE COMERCIAL LTDA VIGENTE EN POLIZA N 22-4258 Beneficios Seguro Pack para Business Notebooks. HEWLETT PACKARD CHILE COMERCIAL LTDA VIGENTE EN POLIZA N 22-4258 INDICE ANTECEDENTES HP CAREPACKS 02 DETALLE DE COBERTURAS 03 - Incendio y Adicionales -

Más detalles

Asimismo, en la medida que existan, se encuentran amparados por este seguro los siguientes bienes:

Asimismo, en la medida que existan, se encuentran amparados por este seguro los siguientes bienes: Compañía Aseguradora Compañía de Seguros Generales Penta-Security S. A. Clasificación de Riesgos de la Compañía A+ Fitch Rating AA- International Credit Rating CONDICIONES PARA LA PÓLIZA CON ADICIONAL

Más detalles

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 1 03 034

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 1 03 034 CLÁUSULA DE INCENDIO Y DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR VIENTO, INUNDACIÓN Y DESBORDAMIENTO DE CAUCES, ADICIONAL A: POLIZA DE INCENDIO, COD. POL 1 03 014; POLIZA DE SEGURO DE INCENDIO, COD. POL 1 05 020.

Más detalles

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013.

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. 1.- COBERTURA ARTICULO Nº 1: CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. En virtud de este plan de Seguro de Desgravamen, la compañía aseguradora

Más detalles

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA, MUERTE ACCIDENTAL E INCAPACIDAD PERMANENTE ACCIDENTAL

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA, MUERTE ACCIDENTAL E INCAPACIDAD PERMANENTE ACCIDENTAL POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA, MUERTE ACCIDENTAL E INCAPACIDAD PERMANENTE ACCIDENTAL POLIZA N VIGENCIA COBERTURA CONTRATANTE ASEGURADOS 20505213 Desde 01 de Mayo de 2005 a las 12h00. Hasta 01 de Mayo

Más detalles

MetLife Protección y Ahorro. En letra GRANDE. y SIMPLE!

MetLife Protección y Ahorro. En letra GRANDE. y SIMPLE! MetLife Protección y Ahorro En letra GRANDE y SIMPLE! 1 Qué es MetLife Protección y Ahorro? Es un seguro de vida con un componente de ahorro, que otorga la tranquilidad de proteger financieramente a la

Más detalles

POLIZA DE INCENDIO CARTERAS HIPOTECARIAS

POLIZA DE INCENDIO CARTERAS HIPOTECARIAS 4968334-0-0-11947305 IDENTIFICACION DEL CLIENTE PROPONENTE : BANCO CONSORCIO RUT : 99.500.410-0 DIRECCION : Avenida El Bosque Sur N 130 Piso 7 COMUNA : LAS CONDES CIUDAD : SANTIAGO FONO : RELACION PROPONENTE/ASEGURADO

Más detalles

DECLARACIÓN, SOLICITUD DE CONTRATACIÓN Y AUTORIZACION DE COBRO DE PRIMAS

DECLARACIÓN, SOLICITUD DE CONTRATACIÓN Y AUTORIZACION DE COBRO DE PRIMAS INFORMATIVO - SOLICITUD DE INCORPORACIÓN SEGURO DE INCENDIO ASOCIADO A CRÉDITOS HIPOTECARIOS BANCO SECURITY ANTECEDENTES GENERALES Contratante BANCO SECURITY RUT : 97.053.000-2 Asegurado/Cliente: Nombre

Más detalles

CONDICIONES DE COBERTURA SEGURO COLECTIVO DE INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES

CONDICIONES DE COBERTURA SEGURO COLECTIVO DE INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES CONDICIONES DE COBERTURA SEGURO COLECTIVO DE INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES 1. ANTECEDENTES GENERALES Numero de Póliza Colectiva : 20164343 Vigencia Póliza : Desde las 12:01 horas del día 30 de noviembre

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014.

PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014. PÓLIZA DE SEGURO INTEGRAL PARA CLIENTES DE INSTITUCIONES BANCARIAS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 00 014. I. DEFINICIONES Para los efectos de la presente póliza de seguros, las

Más detalles

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar

Más detalles

SVS Y SBIF EMITEN NORMAS SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE LICITACIÓN Y COBERTURAS MÍNIMAS DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS

SVS Y SBIF EMITEN NORMAS SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE LICITACIÓN Y COBERTURAS MÍNIMAS DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SVS Y SBIF EMITEN NORMAS SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE LICITACIÓN Y COBERTURAS MÍNIMAS DE SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS 21 de marzo 2012.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y la Superintendencia

Más detalles

CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA)

CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA) RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Hoja 1 CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA) OPERACIONES CON BONOS HIPOTECARIOS 1. Bonos hipotecarios. De conformidad con lo dispuesto en el N 2 del artículo

Más detalles

PÓLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 12 027

PÓLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 12 027 PÓLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS I.- INTRODUCCIÓN Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 12 027 La presente póliza se otorga en atención a las declaraciones

Más detalles

POLIZA DE SEGURO TODO RIESGO EQUIPOS DE PISCICULTURAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 1 93 062.

POLIZA DE SEGURO TODO RIESGO EQUIPOS DE PISCICULTURAS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 1 93 062. POLIZA DE SEGURO TODO RIESGO EQUIPOS DE PISCICULTURAS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 1 93 062. El asegurado ha requerido la contratación de una póliza de seguro de acuerdo a las

Más detalles

SEGURO DE VIDA PROTECCION FAMILIAR. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 112.

SEGURO DE VIDA PROTECCION FAMILIAR. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 112. SEGURO DE VIDA PROTECCION FAMILIAR Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 112. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º: COBERTURA En virtud de este seguro de vida, el capital asegurado indicado

Más detalles

Compañía Aseguradora Compañía de Seguros Generales Penta-Security S. A.

Compañía Aseguradora Compañía de Seguros Generales Penta-Security S. A. Compañía Aseguradora Compañía de Seguros Generales Penta-Security S. A. Clasificación de Riesgos de la Compañía A+ Fitch Rating AA- International Credit Rating CONDICIONES CON ADICIONAL DE SISMO Contratante

Más detalles

POLIZA DE INCENDIO MÁS SISMO CARTERA HIPOTECARIA BANCO FALABELLA

POLIZA DE INCENDIO MÁS SISMO CARTERA HIPOTECARIA BANCO FALABELLA POLIZA DE INCENDIO MÁS SISMO CARTERA HIPOTECARIA BANCO FALABELLA IDENTIFICACION DEL CLIENTE PROPONENTE: Banco Falabella RUT: 96.509.660 4 DIRECCION: Moneda 970 P.7 COMUNA: Santiago CIUDAD: Santiago FONO:

Más detalles

VIGENCIA: DESDE LAS 12:00 DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014 HASTA LAS 12:00 DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016.

VIGENCIA: DESDE LAS 12:00 DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014 HASTA LAS 12:00 DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016. CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LAS PÓLIZAS COLECTIVAS DE INCENDIO Y ADICIONALES, E INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES PARA CRÉDITOS HIPOTECARIOS DEL BANCO DE CHILE. VIGENCIA: DESDE LAS 12:00 DEL 31

Más detalles

de la naturaleza Clausula adicional de daños materiales causados por aeronaves 2,00 * 0,00

de la naturaleza Clausula adicional de daños materiales causados por aeronaves 2,00 * 0,00 Pagina 1 de 10 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A.

PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A. PÓLIZA DE SEGURO DE HURTO CALIFICADO CONDICIONES GENERALES GIRAMOS S.A. MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A. quien en adelante se denominará La Compañía, se obliga a indemnizar las pérdidas que sufra

Más detalles

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para: Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.

Más detalles

PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO

PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL "MUSEO PROVINCIAL DE PONTEVEDRA". 1 PLIEGO DE CLÁUSULAS

Más detalles

Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 1 96 018

Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 1 96 018 CLAUSULA DE ASISTENCIA DOMICILIARIA, ADICIONAL A: SEGURO DE INCENDIO HOGAR, CODIGO POL 1 93 064 Y POLIZA DE SEGURO DE INCENDIO REGISTRADO, CODIGO POL 1 90 006 Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el

Más detalles

POLIZA DE SEGURO QUE CUBRE EL PAGO DE CUOTAS DEL SERVICIO DE LA DEUDA, POR DESEMPLEO DEL DEUDOR

POLIZA DE SEGURO QUE CUBRE EL PAGO DE CUOTAS DEL SERVICIO DE LA DEUDA, POR DESEMPLEO DEL DEUDOR POLIZA DE SEGURO QUE CUBRE EL PAGO DE CUOTAS DEL SERVICIO DE LA DEUDA, POR DESEMPLEO DEL DEUDOR Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 90 031 Artículo 1.- Cobertura A virtud de la presente

Más detalles

BASES DE LICITACION PUBLICA SEGURO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE 2/3 CARTERA LEASING HABITACIONAL INMOBILIARIA PROHOGAR S.A.

BASES DE LICITACION PUBLICA SEGURO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE 2/3 CARTERA LEASING HABITACIONAL INMOBILIARIA PROHOGAR S.A. BASES DE LICITACION PUBLICA SEGURO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE 2/3 CARTERA LEASING HABITACIONAL INMOBILIARIA PROHOGAR S.A. 2015-2017 Versión 3.0 Santiago, 14 de septiembre de 2015 I.-

Más detalles

SEGURO DE INCENDIO HOGAR. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 1 93 064. CONDICIONES GENERALES

SEGURO DE INCENDIO HOGAR. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 1 93 064. CONDICIONES GENERALES SEGURO DE INCENDIO HOGAR Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 1 93 064. CONDICIONES GENERALES Artículo 1. Cobertura Por el presente contrato, la compañía asegura los bienes inmuebles y

Más detalles

POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 12 040. Tabla de Contenidos

POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 12 040. Tabla de Contenidos POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 1 12 040 I.- INTRODUCCIÓN II.- FORMA DE CONTRATACIÓN Artículo 1: seguro individual III.-

Más detalles

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 2 10 145

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD 2 10 145 CLAUSULA DE AHORRO, ADICIONAL A: POLIZA DE SEGURO DE VIDA DE PROTECCION MULTIPLE REAJUSTABLE, COD. POL 2 91 046, POLIZA DE SEGURO DE VIDA DE PROTECCION FAMILIAR TEMPORAL FLEXIBLE, COD. POL 2 03 037 Incorporada

Más detalles

MetLife Inversión Patrimonial. En letra GRANDE. y SIMPLE!

MetLife Inversión Patrimonial. En letra GRANDE. y SIMPLE! MetLife Inversión Patrimonial En letra GRANDE y SIMPLE! 1 Qué es MetLife Inversión Patrimonial? Es un seguro de vida con una prima única de apertura, que otorga la tranquilidad de proteger financieramente

Más detalles

BASES DE LICITACION PUBLICA DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES PARA CREDITOS HIPOTECARIOS OTORGADOS POR LA CCAF LA ARAUCANA 2012-2014

BASES DE LICITACION PUBLICA DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES PARA CREDITOS HIPOTECARIOS OTORGADOS POR LA CCAF LA ARAUCANA 2012-2014 BASES DE LICITACION PUBLICA DE SEGUROS DE INCENDIO, SISMO Y ADICIONALES PARA CREDITOS HIPOTECARIOS OTORGADOS POR LA CCAF LA ARAUCANA 2012-2014 I.- Introducción En cumplimiento a lo dispuesto en la Norma

Más detalles

POLIZA DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS 99.279.000-8 SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA 153.439-5 154 10 VIGENCIA DESDE

POLIZA DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS 99.279.000-8 SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA 153.439-5 154 10 VIGENCIA DESDE DE SEGURO DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS 99.279.000-8 SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA 153.439-5 154 10 0 CONTRATANTE : SERVICIO DE BIENESTAR PERSONAL USACH : 60.911.000-7 GRUPO NEGOCIO : 310 SERVICIO DE

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES TERREMOTO ZONA NORTE

PREGUNTAS FRECUENTES TERREMOTO ZONA NORTE PREGUNTAS FRECUENTES TERREMOTO ZONA NORTE 1. Cómo puedo saber lo que cubre mi seguro ante el Sismo? Si Usted es cliente BancoEstado, puede llamar desde cualquier lugar del país al FonoSeguros 600 660 1212,

Más detalles

CARTERA HIPOTECARIA BANCO ESTADO INCENDIO EDIFICIO CON SISMO CREDITO 100% FLEXIBLE

CARTERA HIPOTECARIA BANCO ESTADO INCENDIO EDIFICIO CON SISMO CREDITO 100% FLEXIBLE CARTERA HIPOTECARIA BANCO ESTADO INCENDIO EDIFICIO CON SISMO CREDITO 100% FLEXIBLE a) Información Sobre la Compañía Aseguradora a1) Nombre de la Compañía Aseguradora: MAPFRE Compañía de Seguros Generales

Más detalles

DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES

DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES SEGURO DE VIDA Más Vida SEGURO DE VIDA TEMPORAL SIN VALORES GARANTIZADOS CONDICIONES GENERALES Inscrito en el Registro de Póliza bajo el código POL 2 07 062 ARTÍCULO 1º: COBERTURA En los términos de la

Más detalles

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario

Más detalles

CIRCULAR Nº 758. Santiago, 31 de diciembre de 1987. A todas las entidades de seguros del segundo grupo

CIRCULAR Nº 758. Santiago, 31 de diciembre de 1987. A todas las entidades de seguros del segundo grupo CIRCULAR Nº 758 Santiago, 31 de diciembre de 1987 Modelo de póliza renta vitalicia inmediata, artículo 62 D.L. Nº 3.500, DE 1980. A todas las entidades de seguros del segundo grupo Vista la facultad que

Más detalles

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil: Página 1 de 5 Garantía y Mandato Fecha del Contrato: Nº de referencia del Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Más detalles

SEGURO MATERNIDAD FULL CONDICIONES PARTICULARES

SEGURO MATERNIDAD FULL CONDICIONES PARTICULARES N o Póliza: N o Propuesta: SEGURO MATERNIDAD FULL CONDICIONES PARTICULARES SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza más adelante, suscriben el presente Contrato de Seguro,

Más detalles

ACUERDO SUGESE 05-13

ACUERDO SUGESE 05-13 CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN

Más detalles

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas La presente guía es indicativa y busca que el cliente tenga en cuenta los aspectos más importantes de la Póliza de Seguro Protección

Más detalles

SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL FLEXIBLE. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 02 028

SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL FLEXIBLE. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 02 028 SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL FLEXIBLE Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 02 028 CONDICIONES GENERALES Para efectos de la presente póliza se entenderá por: PRIMA MINIMA: La menor prima

Más detalles

REPORTE DE SINIESTROS

REPORTE DE SINIESTROS REPORTE DE SINIESTROS En México, el robo a casa habitación es el 6 delito más frecuente. Por eso, en TERTIUS te ayudamos a cuidar todo por lo que has trabajado! Fuente: ENVIPE 2013 Coberturas del Seguro

Más detalles

SEGURO DE RENTA NO PREVISIONAL. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 96 027.

SEGURO DE RENTA NO PREVISIONAL. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 96 027. SEGURO DE RENTA NO PREVISIONAL Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 96 027. ARTICULO 1: COBERTURA Renta: La compañía aseguradora pagará al asegurado la renta señalada en las Condiciones

Más detalles

SEGURO INCENDIO Y CONTENIDO ASOCIADO A CREDITO BANLINEA

SEGURO INCENDIO Y CONTENIDO ASOCIADO A CREDITO BANLINEA SEGURO INCENDIO Y CONTENIDO ASOCIADO A CREDITO BANLINEA Nombre del Producto : 0Seguro Incendio y Contenido Destinatario de Seguro :0 Personas que soliciten un Crédito Banlínea 0 00otorgado por Bancondell.

Más detalles

GERENCIA DE ESTUDIOS COORDINACIÓN DE ESTUDIOS LEGALES CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCION MINUTA CLE Nº 10 /2010/

GERENCIA DE ESTUDIOS COORDINACIÓN DE ESTUDIOS LEGALES CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCION MINUTA CLE Nº 10 /2010/ GERENCIA DE ESTUDIOS COORDINACIÓN DE ESTUDIOS LEGALES CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCION MINUTA CLE Nº 10 /2010/ TÍTULO : REBAJA DE AVALÚO BIENES RAÍCES DESTRUIDOS POR TERREMOTO AREA O TEMA : TRIBUTARIO

Más detalles

LICITACIÓN PÚBLICA SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA PENSIONADOS Y TRABAJADORES AFILIADOS A LOS HÉROES CCAF

LICITACIÓN PÚBLICA SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA PENSIONADOS Y TRABAJADORES AFILIADOS A LOS HÉROES CCAF LICITACIÓN PÚBLICA SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA PENSIONADOS Y TRABAJADORES AFILIADOS A LOS HÉROES CCAF BASES ADMINISTRATIVAS MODIFICADAS Compras Corporativas y Proveedores

Más detalles

BASES PROMOCIÓN Asegura tu auto con Liberty Seguros Generales S.A. y llévate 240.000 puntos nectar

BASES PROMOCIÓN Asegura tu auto con Liberty Seguros Generales S.A. y llévate 240.000 puntos nectar BASES PROMOCIÓN Asegura tu auto con Liberty Seguros Generales S.A. y llévate 240.000 puntos nectar Paris Corredores de Seguros Ltda., en adelante Paris Corredores conjuntamente con la compañía de seguros

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del

Más detalles

SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN

SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN La Ley Nº 19.934, vigente a partir del 19 de agosto de 2004, creó un sistema de Consultas y Ofertas de Monto de Pensión, con el propósito que los afiliados

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE

SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE SEGURO DE AVIACION LSW 555B CLAUSULA DE GUERRA Y OTROS PELIGROS POLIZA No.: ASEGURADO: VIGENCIA DE ESTA CLAUSULA: SECCION 1: PERDIDA O DAÑO A LA AERONAVE Sujeto a los términos, condiciones y limitaciones

Más detalles

Identificar los principales seguros que manejan los créditos Hipotecarios

Identificar los principales seguros que manejan los créditos Hipotecarios Identificar los principales seguros que manejan los créditos Hipotecarios Conocer las características de los seguros aplicables en los créditos hipotecarios Que la información proporcionada sea de utilidad

Más detalles

ORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A 99.279.000-8 CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD 212.335-4 4 01 VIGENCIA DESDE

ORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A 99.279.000-8 CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD 212.335-4 4 01 VIGENCIA DESDE DE SEGURO ORIGINAL DE CONTRATANTE : JPV Y ASOCIADOS AJUSTADORES ESPECIALIZADOS : 78.938.920-9 GRUPO NEGOCIO : SIN GRUPO DIRECCION : AVDA. AMERICO VESPUCIO SUR 80 PISO 6 COMUNA/CIUDAD : LAS CONDES SANTIAGO

Más detalles

PRESENTACIÓN DEL CURSO.

PRESENTACIÓN DEL CURSO. PRESENTACIÓN DEL CURSO. La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), en uso de sus facultades legales, especialmente lo dispuesto en los artículos 58 letra c) y 62 letra a) del D.F.L. Nº 251, de 1931,

Más detalles

CARTERA HIPOTECARIA BANCO ESTADO INCENDIO CONTENIDO CON SISMO FUERZA DE VENTA EXTERNA

CARTERA HIPOTECARIA BANCO ESTADO INCENDIO CONTENIDO CON SISMO FUERZA DE VENTA EXTERNA CARTERA HIPOTECARIA BANCO ESTADO INCENDIO CONTENIDO CON SISMO FUERZA DE VENTA EXTERNA a) Información Sobre la Compañía Aseguradora a1) Nombre de la Compañía Aseguradora: MAPFRE Compañía de Seguros Generales

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes

Más detalles

SEGURO DE INCENDIO. Preparado por Felipe Alonso Z.

SEGURO DE INCENDIO. Preparado por Felipe Alonso Z. SEGURO DE INCENDIO Preparado por Felipe Alonso Z. FUENTES DEL CONTRATO DE SEGURO CONDICIONES GENERALES; POL 1 90 006 programa general: Cuál ó cuáles son los riesgos cubiertos; Artículos 1 y 2. Daños no

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO ESPECIAL PARA ALMACENES PARTICULARES. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120140388 PRIMERO: REGLAS APLICABLES

PÓLIZA DE SEGURO ESPECIAL PARA ALMACENES PARTICULARES. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120140388 PRIMERO: REGLAS APLICABLES PÓLIZA DE SEGURO ESPECIAL PARA ALMACENES PARTICULARES Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120140388 PRIMERO: REGLAS APLICABLES Se aplicarán al presente contrato de seguro las disposiciones

Más detalles

Stranger & Lewin Corredores de Seguros San Pío X 2460, Of. 703. Providencia, Santiago / Fono: 233 6656-233 8946 - Fax: 421 1087

Stranger & Lewin Corredores de Seguros San Pío X 2460, Of. 703. Providencia, Santiago / Fono: 233 6656-233 8946 - Fax: 421 1087 CLAUSULA CHILENA PARA HUELGA. MERCADERIAS AVION, ADICIONAL A LA POLIZA CHILENA PARA MERCANCIAS (AVION). EXCLUYENDO LOS ENVIOS HECHOS POR CORREO, CODIGO POL 1 92 035; Y A LA POLIZA CHILENA PARA MERCANCIAS

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA EN LA SESIÓN

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana.

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana. CONTRATO PRIVADO DE PRESTACION DE SERVICIO DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD SUPERAUTOS UNIVERSIDAD, S.A. DE C.V., A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL,

Más detalles

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Vida Obligatorio: Decreto 1567/74; principales puntos sobre la operatoria Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Como se sabe desde el 1 º de enero de 2011 el premio del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Más detalles

ACV (Valor Actual en Efectivo) El es valor de la propiedad basado en el costo de reemplazarla menos la depreciación.

ACV (Valor Actual en Efectivo) El es valor de la propiedad basado en el costo de reemplazarla menos la depreciación. Glosario de Términos La lista que sigue es una recopilación de términos que generalmente son usados en la industria de los seguros. Este documento es para su información y bajo ningún situación constituye

Más detalles

Decreto Número 491 La Junta de Gobierno de la Republica de Venezuela Decreta la siguiente Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio

Decreto Número 491 La Junta de Gobierno de la Republica de Venezuela Decreta la siguiente Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio Decreto Número 491 La Junta de Gobierno de la Republica de Venezuela Decreta la siguiente Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio Artículo 1 En las ventas a plazo de cosas muebles por su naturaleza, el

Más detalles

PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES EN PRORROGA Ó PARCIALIDADES. Podemos decir del pago a plazos que la regulación de este, está mal ubicada en el Código

PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES EN PRORROGA Ó PARCIALIDADES. Podemos decir del pago a plazos que la regulación de este, está mal ubicada en el Código CAPITULO 7 PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES EN PRORROGA Ó PARCIALIDADES. Podemos decir del pago a plazos que la regulación de este, está mal ubicada en el Código Fiscal de la Federación, porque si este ordenamiento

Más detalles

CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES

CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES CONDICIONES ESPECÍFICAS SEGURO DE PROTECCIÓN DE COMPRAS DAÑOS MATERIALES Cláusula 1 - RIESGO CUBIERTO. El Asegurador indemnizará al Asegurado los daños materiales sufridos como consecuencia de un accidente

Más detalles

SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N 5002408

SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N 5002408 SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N 5002408 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPÓSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO EL CÓDIGO POL 320130351 CONDICIONES

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE

CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE P-DV-01-D-12-V1 CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE Cláusula 1. Contrato de seguro. El Contrato de Seguro, que regula todas las obligaciones y derechos del Grupo

Más detalles

ANEXO II HOJA RESUMEN DE CREDITO MIVIVIENDA

ANEXO II HOJA RESUMEN DE CREDITO MIVIVIENDA ANEXO II HOJA RESUMEN DE CREDITO MIVIVIENDA Conste por el presente documento la Hoja Resumen que, como Anexo II, forma parte integrante del Contrato de Crédito y Garantía Hipotecaria, la cual contiene

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO

Más detalles

Pensión de Invalidez

Pensión de Invalidez Pensión de Invalidez El D.L. 3.500 de 1980, creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Este es administrado por instituciones creadas especialmente para tal efecto,

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES

TÉRMINOS Y CONDICIONES Uso del canal de comunicación mediante mensaje de texto TÉRMINOS Y CONDICIONES 1) Partes intervinientes Las partes intervinientes son: Energía de Entre Ríos S.A., con domicilio en calle Buenos Aires 87

Más detalles

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley

Más detalles

1 IMPORTANTE Al tomar una póliza de seguro es necesario tener en cuenta que como Asegurado tiene derechos y deberes, los que pueden ejercerse y exigirse a partir del momento en que se efectúa la oferta

Más detalles

OBRA: SISTEMA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL TEATRO COLÓN Expediente Nº 27.386/ 2009

OBRA: SISTEMA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL TEATRO COLÓN Expediente Nº 27.386/ 2009 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO UNIDAD PROYECTO ESPECIAL TEATRO COLON 2009 Año de los Derechos Políticos de la Mujer CONTRATACIÓN DIRECTA POR COMPULSA DE PRECIOS.

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

II.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales y Extranjeros

II.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales y Extranjeros Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro IV, Título III, Capítulo II Valoración de Instrumentos, Operaciones y Contratos Nacionales y Extranjeros de los Fondos de Pensiones II.2 Valoración

Más detalles

Reglamento Cuenta BAC Objetivos

Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento Cuenta BAC Objetivos Reglamento, Requisitos Y Condiciones De La Cuenta De Ahorro Bac Objetivos Del Bac San José Primero: Objeto. El presente reglamento contiene las regulaciones del servicio

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS:

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS: SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS: VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 40 del D.F.L. N 251, de 1931, y las facultades que confiere la ley a las

Más detalles

Sistema de consultas y ofertas de montos de pensión (SCOMP)

Sistema de consultas y ofertas de montos de pensión (SCOMP) Sistema de consultas y ofertas de montos de pensión (SCOMP) Qué es el SCOMP? Es un Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión al cual deben acceder obligatoriamente quienes deseen pensionarse

Más detalles

Preguntas frecuentes (SBS)

Preguntas frecuentes (SBS) Cuál es el contenido de una póliza? Nombre y domicilio del asegurador. Nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario. Calidad en que actúa el solicitante del seguro. Identificación precisa

Más detalles